Efectos patrimoniales de las uniones registradas

Chipre

Contenido facilitado por
Chipre

Artículo 64, apartado 1, letra a) - los órganos jurisdiccionales o las autoridades competentes para conocer de las solicitudes de declaración de fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 44, apartado 1, y de los recursos contra las resoluciones dictadas sobre dichas solicitudes de conformidad con el artículo 49, apartado 2.

Nota: la versión original de esta página griego se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.
Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: inglés.

Los tribunales de familia son competentes para pronunciarse sobre las solicitudes de declaración de fuerza ejecutiva.

Los recursos interpuestos contra las decisiones sobre estas solicitudes son resueltos por el tribunal de familia de segunda instancia.

Artículo 64, apartado 1, letra b) - los procedimientos para impugnar la resolución dictada sobre el recurso a que se refiere el artículo 50.

Los procedimientos para impugnar la decisión sobre el recurso son el recurso extraordinario, de conformidad con el artículo 25 de la Ley de tribunales n.º 14/60, y la emisión de órdenes prioritarias, como se indica en el artículo 155 de la Constitución.

Artículo 65, apartado 1 - la lista de las demás autoridades y los demás profesionales del Derecho a que se refiere el artículo 3, apartado 2.

No se aplica.

Última actualización: 04/03/2024

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.