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La actividad empresarial es el motor de la economía, ya que contribuye al desarrollo económico y social mediante la creación de puestos de trabajo, el suministro de bienes y la prestación servicios; sin embargo, también puede tener un efecto negativo en los derechos humanos, entre ellos los laborales, sociales y medioambientales.
En particular, las empresas (por medio de sus actividades y omisiones, y las de sus cadenas de suministro) pueden repercutir negativamente en todo el espectro de derechos humanos reconocidos internacionalmente, tales como:
- los derechos civiles y políticos;
- los derechos económicos y culturales;
- la igualdad y la no discriminación;
- los derechos del menor;
- la libertad de expresión;
- la protección de datos;
- el derecho a un juez imparcial;
- los derechos medioambientales y en materia de sostenibilidad;
- los derechos laborales;
- los derechos relativos a la salud;
- los derechos de protección de los consumidores.
A fin de garantizar que la actividad de las empresas redunde en ventajas para la sociedad y de prevenir sus efectos adversos, las Naciones Unidas, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) han acordado un enfoque sobre lo que cabe esperar en materia actividad empresarial responsable a escala mundial.
En concreto:
Los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (2011) son los primeros estándares de conducta acordados a escala mundial para prevenir y combatir los riesgos que las actividades empresariales plantean para los derechos humanos.
Las Líneas Directrices de la OCDE, adoptadas en 1976 y actualizadas en 2011, incluyen un capítulo sobre derechos humanos, que se ajusta a los Principios Rectores de las Naciones Unidas.
La Declaración tripartita de principios de la OIT sobre las empresas multinacionales y la política social se actualizó en 2017 para incluir nuevas normas laborales, así como referencias a los Principios Rectores de las Naciones Unidas y a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
Además, en 2016 el Consejo de Europa adoptó una Recomendación sobre empresas y derechos humanos que se centra en el acceso a las vías de reparación y hace especial hincapié en las necesidades adicionales de protección de los trabajadores, los menores, los pueblos indígenas y los defensores de los derechos humanos.
En relación con el acceso a vías de reparación, los Principios Rectores de las Naciones Unidas establecen que los países deberían adoptar medidas adecuadas para garantizar el acceso a la tutela judicial efectiva de las personas afectadas por vulneraciones derivadas de actividades empresariales. Esto puede lograrse a través de medios judiciales, administrativos, legislativos o de otro tipo. Los Principios Rectores de las Naciones Unidas también establecen que las empresas que han causado o hayan contribuido a producir efectos adversos con sus actividades deberían repararlos.
Respuesta de la UE
La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea contiene varias normas pertinentes, como las que tratan:
- la prohibición de la esclavitud y del trabajo forzado (artículo 5);
- la libertad de empresa (artículo 16);
- la no discriminación (artículo 21);
- los derechos del menor (artículo 24);
- las condiciones de trabajo justas y equitativas (artículo 31);
- la prohibición del trabajo infantil (artículo 32);
- la protección de la salud (artículo 35);
- la protección del medio ambiente (artículo 37);
- la protección de los consumidores (artículo 38);
- el derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial (artículo 47).
La UE ha procurado contrarrestar el efecto adverso de las actividades empresariales sobre los derechos humanos con las iniciativas siguientes:
- 2011: Estrategia de la UE que alude al compromiso de aplicar los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos.
- 2015: Revisión de la Comisión de los avances logrados por la UE en relación con los Principios Rectores de las Naciones Unidas
- 2017: Informe de la Agencia de los Derechos Fundamentales que recomienda la creación de un compendio de todas las vías de reparación, redactado en un lenguaje claro para el público en general.
- 2019: Documento de trabajo de los servicios de la Comisión «Visión global de los progresos realizados: Responsabilidad social de las empresas, Conducta empresarial responsable y Empresas y derechos humanos» [SWD(2019)143].
- 2019: Informe de la Agencia de los Derechos Fundamentales sobre las violaciones de los derechos humanos relacionadas con la actividad empresarial notificadas en la UE y los medios de reparación disponibles.
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