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¿A quién contactar?
No hay ningún organismo público centralizado encargado de prestar servicios de mediación.
¿En qué ámbito es admisible la mediación y/o cuál es el más frecuente?
La mediación se utiliza sobre todo en asuntos de lesiones, de Derecho de familia o mercantiles, y en las demandas por discriminación ilegal acogidas a la legislación sobre igualdad.
¿Hay que seguir unas normas específicas?
Lesiones
Por regla general, la mediación es una opción voluntaria. La Ley sobre responsabilidad civil y órganos jurisdiccionales (Civil Liability and Courts Act) de 2004 la regula en sus artículos 15 y 16. El artículo 15 introduce el concepto de reunión de mediación. El órgano jurisdiccional puede instruir a las partes en un juicio por lesiones para que examinen la posibilidad de lograr un arreglo extrajudicial. Si una de las partes no respeta dichas instrucciones, el órgano jurisdiccional puede condenarle a pagar las costas derivadas.
En tales casos el mediador puede ser, en determinadas circunstancias, una persona designada por un organismo «designado, para los fines del presente artículo, por el Ministro de Justicia, Igualdad y Reforma Legislativa».
Para ampliar esta información, véase la Ley sobre responsabilidad civil y órganos jurisdiccionales de 2004 (organismos designados con arreglo al artículo 15), Orden de 2005 y la Ley sobre responsabilidad civil y órganos jurisdiccionales de 2004 (organismos designados con arreglo al artículo 15), nº 2, Orden de 2005.
Derecho de familia
En el ámbito del Derecho de familia, diversas normas disponen que los representantes procesales de las partes en un proceso de separación o divorcio deben examinar con el demandante o demandado (según proceda) la posibilidad de recurrir a la mediación. El objetivo consiste en culminar el proceso de separación o divorcio mediante un pacto entre los cónyuges. Los representantes procesales deben facilitar además a las partes el nombre y dirección de profesionales capacitados para prestar el servicio de mediación en los casos de desavenencias conyugales, y para certificar al tribunal que las partes han cumplido estos requisitos. En caso de no aportar dicha certificación, el tribunal puede aplazar el proceso por el tiempo que considere razonable, con el fin de que el representante procesal pueda encauzar el procedimiento de mediación.
Véanse los sitios web de la Agencia de Asesoramiento Familiar y del Servicio de Mediación Familiar para obtener información complementaria.
Asuntos mercantiles
Con arreglo a la Orden 63A, por la que se aprueba el Reglamento de los tribunales superiores (procesos en materia mercantil) de 2004, en estas causas el juez puede disponer, por propia iniciativa o a instancia de cualquiera de las partes, «el aplazamiento de las actuaciones judiciales por el período de tiempo que considere apropiado, hasta un máximo de 28 días, para que las partes puedan valorar la procedencia de someter la demanda o controversia a un procedimiento de mediación, conciliación o arbitraje y, en caso de que las partes decidan aceptarlo, la prórroga del plazo concedido a las mismas para cumplir lo dispuesto en las presentes normas o en cualquier resolución judicial».
Tribunal de Igualdad
Es posible obtener más información sobre el Tribunal de Igualdad en el sitio web de información al ciudadano (Citizens Information website) y en el propio sitio web del Tribunal de Igualdad.
Información y formación
Como norma general, la formación de los mediadores no es competencia del Estado. No obstante, la Agencia de Asesoramiento Familiar imparte formación en el ámbito de la mediación familiar. Para recibirla, los solicitantes deben haber completado un curso general sobre mediación de 60 horas de duración y someterse a un proceso de selección riguroso.
Véase el sitio web de la Agencia de Asesoramiento Familiar para obtener más información.
¿Cuál es el coste de la mediación?
La mediación no es gratuita; su coste es el acordado por el mediador privado con las partes afectadas.
Sin embargo, el Servicio de Mediación Familiar y el Tribunal de Igualdad pueden prestar estos servicios gratuitamente.
¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?
El acuerdo alcanzado en un procedimiento de mediación puede ejecutarse como cualquier contrato.
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