Obtención de pruebas

Lituania
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Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 La carga de la prueba

Las partes deben probar los hechos subyacentes a sus alegaciones y réplicas excepto en los casos en los que no es preciso probarlos (véase 1.2).

1.1 ¿Qué normas rigen la carga de la prueba?

De acuerdo con el Código de Procedimiento Civil de la República de Lituania (Lietuvos Respublikos civilinio proceso kodeksas), la carga de la prueba corresponde a las partes de un caso. Deben probar los hechos subyacentes a sus alegaciones y réplicas excepto en los casos en los que no es preciso probarlos de conformidad con el Código de Procedimiento Civil.

Todos los órganos jurisdiccionales examinan los asuntos civiles de acuerdo con el principio de dualidad de partes. Todas las partes deben probar los hechos subyacentes a sus alegaciones y réplicas excepto en los casos en los que no es preciso probarlos.

1.2 ¿Hay normas que dispensan la prueba de determinados hechos? ¿En qué casos? ¿Se pueden aportar pruebas para demostrar que una determinada presunción jurídica no es válida?

En el artículo 182 del Código de Procedimiento Civil figuran los siguientes hechos exentos de la carga de la prueba:

  • hechos que el tribunal considera de notoriedad pública;
  • hechos establecidos en decisiones firmes en otros procedimientos civiles o administrativos en los que los participantes eran las mismas personas, excepto en casos en los que una decisión del tribunal produzca consecuencias jurídicas para otras personas que no estén involucradas en los procedimientos (actos prejudiciales);
  • las consecuencias de actos personales constitutivos de delito establecidos en una decisión firme en procedimientos penales (actos prejudiciales);
  • hechos que supuestamente están dentro de la ley y que no se discuten en el marco del procedimiento general;
  • hechos admitidos por las partes.

Una parte tiene derecho a admitir los hechos subyacentes a la alegación o réplica de otra de las partes. El tribunal puede considerar que un hecho admitido está probado si cree que la admisión es coherente con las circunstancias del caso y la parte en cuestión no lo declara a efectos de engaño, violencia o amenaza, ni ha sido realizado por error o a fin de ocultar la verdad.

Cabe destacar asimismo que dichas circunstancias podrán ser impugnadas mediante la presentación de pruebas en el marco del procedimiento general.

1.3 ¿En qué medida debe el tribunal estar convencido de un hecho para basar su fallo en él?

Si las pruebas presentadas permiten al tribunal concluir que la probabilidad de que un hecho ocurriera es más alta que la probabilidad de que no ocurriera, el tribunal considerará este hecho comprobado.

2 La práctica de la prueba

En los procedimientos civiles se entiende por «pruebas» todo conjunto de datos reales que actúe como base para que el tribunal determine, en el marco del procedimiento judicial, la existencia o inexistencia de hechos que prueben las alegaciones o réplicas de las partes, así como otros hechos relevantes para llegar a una decisión justa y equitativa en el caso. Dicho conjunto de datos puede establecerse a través de los siguientes medios: declaraciones de las partes o terceros (directamente o mediante un representante), testimonios de testigos, pruebas escritas, pruebas materiales, protocolos de inspección, informes periciales, grabaciones, vídeos y fotografías obtenidos legalmente y otras formas de prueba.

Asimismo, un tribunal puede solicitar que un Estado miembro de la UE reúna pruebas o las obtenga directamente de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 1206/2001 del Consejo, de 28 de mayo de 2001, relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil a fin de mejorar, simplificar y acelerar la cooperación entre los tribunales en el ámbito de la obtención de pruebas.

2.1 ¿La práctica de la prueba se realiza siempre a instancia de parte o en determinados casos puede hacerse también de oficio?

Según el artículo 179 del Código de Procedimiento Civil, las partes y otros participantes en los procedimientos deberán presentar pruebas. En caso de que las pruebas presentadas no sean suficientes, un tribunal podrá solicitar que las partes y otros participantes en los procedimientos proporcionen al tribunal pruebas que corroboren el hecho y que establecer un plazo para su presentación. Un tribunal también tiene derecho a recoger pruebas por iniciativa propia (ex officio), pero solo en casos previstos por la ley.

Un tribunal tiene derecho, según el Código de Procedimiento Civil, a recoger pruebas por iniciativa propia mientras resuelve casos de carácter familiar y de empleo, si lo considera fundamental, a fin de resolver un caso de manera justa (artículos 376 y 414).

Además, el artículo 476 del Código de Procedimiento Civil establece que un tribunal que se prepara para resolver casos relativos a la declaración de la plena capacidad de un menor (emancipado) deberá:

  • designar una institución estatal de protección de la infancia en el lugar de residencia del interesado para que presente su conclusión respecto a la capacidad del menor para ejercer todos los derechos civiles o asumir sus obligaciones;
  • solicitar información sobre si el menor ha sido condenado o si ha cometido una infracción administrativa o de otro tipo;
  • en caso de que sea necesario establecer el nivel de desarrollo físico, moral, espiritual o mental del menor, solicitar un examen psiquiátrico y/o psicólogo forense, así como los documentos médicos del menor u otro material necesario para llevar a cabo dicho examen;
  • realizar otras acciones necesarias para la preparación de la vista.

Asimismo, el artículo 582 del Código de Procedimiento Civil establece que cuando se está considerando un asunto relativo a autorizar la cesión de los derechos de propiedad de los bienes familiares, hipotecar los mismos o restringir de otro modo estos derechos, un tribunal puede, teniendo en cuenta las circunstancias del caso, solicitar al demandante pruebas de la situación financiera de la familia (ingresos, ahorros, otras propiedades, pasivos), información sobre la propiedad familiar que se traspasa, información del servicio de protección de los derechos de la infancia sobre los padres del menor, las condiciones preliminares y las perspectivas de los resultados de la futura transacción, las perspectivas de la protección de los derechos del menor si no se realiza la transacción y otro tipo de pruebas.

2.2 ¿Qué fases siguen a la aprobación por el Juez de la práctica de la prueba solicitada por una de las partes?

A fin de recopilar pruebas (de acuerdo con los artículo 199 y 206 del Código de Procedimiento Civil), un tribunal podrá solicitar que una persona jurídica o física presente pruebas escritas o materiales, que deberán remitirse directamente al tribunal dentro del plazo establecido. En caso de que las personas jurídicas o físicas no puedan presentar las pruebas escritas o materiales solicitadas, o no puedan hacerlo dentro del plazo fijado, deberán notificarlo al tribunal e indicar los motivos. Un tribunal podrá facilitar a una persona que solicite pruebas escritas o materiales un certificado que autorice a dicha persona a obtener las pruebas para que pueda presentarlas ante el tribunal.

Durante la preparación de la vista, un juez también realiza otras actividades procesales que son necesarias para preparar debidamente el caso para una vista judicial (solicita pruebas que los participantes no pueden obtener en los procedimientos, recoge pruebas por iniciativa propia cuando el tribunal está facultado para ello según el Código de Procedimiento Civil, etc.).

2.3 ¿En qué casos puede el tribunal rechazar la petición de una parte para obtener una prueba?

Un tribunal podrá rechazar pruebas en las siguientes circunstancias:

  • cuando sean inadmisibles;
  • cuando las pruebas no confirmen ni desmientan hechos pertinentes al caso (artículo 180 del Código de Procedimiento Civil);
  • cuando una demora injustificada en la presentación de las pruebas retrase los procedimientos (artículo 181, apartado 2, del Código de Procedimiento Civil).

Todo documento u otro tipo de prueba sobre los que el demandante basa sus demandas, pruebas de que se han pagado las tasas judiciales y solicitudes para exigir pruebas que el demandante no puede presentar, indicando las razones por las que no se pueden presentar dichas pruebas, deberían adjuntarse al escrito de demanda a fin de que sean aceptados por un tribunal (artículo 135 del Código de Procedimiento Civil).

Cabe destacar que un tribunal de apelación rechazará nuevas pruebas que pudieran haberse presentado ante el tribunal de primera instancia, excepto en aquellos casos en los que dicho tribunal rechazase erróneamente las pruebas, o en caso de que la necesidad de presentar pruebas surgiera posteriormente (artículo 314 del Código de Procedimiento Civil).

2.4 ¿Cuáles son los distintos medios de prueba?

Como se establece en el Código de Procedimiento Civil, en los procedimientos civiles se entiende por «pruebas» todo conjunto de datos reales que actúe como base para que un tribunal defina, en el marco del procedimiento judicial, si las circunstancias que prueban las alegaciones o réplicas de las partes existen, así como otras circunstancias relevantes para llegar a una decisión justa y equitativa en el caso. Esta información puede obtenerse de las siguientes formas: declaraciones de las partes o de terceros (directamente o mediante un representante), testimonios de testigos, pruebas escritas, pruebas materiales, protocolos de inspección e informes periciales.

Las fotografías, los vídeos y los audios obtenidos de manera legal también podrán usarse como prueba.

2.5 ¿Cómo se práctica la prueba testifical? ¿Se realiza de forma diferente a la prueba pericial? ¿Qué normas rigen la presentación de las pruebas escritas y los dictámenes e informes periciales?

En los artículos 192 a 217 del Código de Procedimiento Civil se establecen las siguientes normas que regulan los métodos de obtención de pruebas de testigos y peritos:

El procedimiento de interrogatorio de testigos

Cada testigo es convocado a una sala de vistas e interrogado de manera individual. Los testigos no interrogados no podrán permanecer en dicha sala durante la vista. Los testigos interrogados deberán permanecer en dicha sala hasta que la vista haya terminado. Si los testigos interrogados lo solicitan, el tribunal podrá permitirles salir de la sala una vez se hayan escuchado las opiniones de todos los participantes en los procedimientos.

Un testigo podrá ser interrogado in situ si no puede personarse en la citación ante un tribunal por enfermedad, edad, discapacidad u otro motivo sustancial reconocido por un tribunal y si el participante en los procedimientos que solicitó la comparecencia del testigo no puede asegurar la presencia de este en un tribunal.

El tribunal deberá identificar al testigo y explicar sus derechos y deberes, así como su responsabilidad por quebrar el juramento o incumplir o cumplir indebidamente otra de sus obligaciones.

Antes del interrogatorio, un testigo deberá prestar juramento colocando una mano sobre la Constitución de la República de Lituania (Lietuvos Respublikos Konstitucija) y decir: «Yo, (nombre completo), juro sincera y honestamente decir la verdad sin suprimir, añadir ni cambiar cualquier prueba». El testigo que haga la declaración jurada deberá firmar el texto del juramento. El juramento firmado se adjunta a los documentos del caso.

Habiendo determinado la relación del testigo con las partes y terceros, así como otras circunstancias relevantes para la evaluación de sus pruebas (educación, profesión del testigo, etc.), el tribunal ordenará al testigo que le cuente todo lo que sepa sobre el caso y que evite revelar aquella información cuya fuente no sea capaz de especificar.

Después de declarar, un testigo podrá ser interrogado. Primero, el testigo será examinado por la persona que solicitó que lo citaran y por el representante de dicha persona. Después, el testigo será interrogado por otros participantes en el caso. Un testigo citado por iniciativa del tribunal será interrogado en primer lugar por el demandante. El juez deberá desestimar preguntas tendenciosas e irrelevantes para el caso. El juez tiene derecho a formular preguntas en cualquier momento durante el interrogatorio del testigo.

Si fuese necesario, a petición de un participante en el procedimiento o por iniciativa propia, el tribunal podrá interrogar de nuevo a un testigo en la misma vista, citar a dicho testigo para otra vista del mismo tribunal o confrontar a los testigos entre ellos.

En casos excepcionales en los que resulte imposible o complicado evaluar a un testigo en el tribunal, el tribunal conocedor del asunto tiene derecho a evaluar el testimonio escrito si, en su opinión y considerando la identidad del testigo y el fundamento de las circunstancias sobre las que se va a testificar, esto no tuviera efectos adversos en el establecimiento de los principales hechos del caso. Por iniciativa de las partes, un testigo podrá ser citado a un interrogatorio adicional en un tribunal si fuese necesario para establecer los hechos del caso con más detalle. Antes de declarar, el testigo debe firmar el escrito del juramento establecido en el artículo 192, apartado 4, del Código de Procedimiento Civil y será advertido por escrito de que prestar falso testimonio constituye un delito penal. El testimonio escrito debe prestarse en presencia de un notario, que deberá certificar dicho testimonio.

Audición de peritos

El dictamen pericial se lee en voz alta en una vista judicial. Antes de que se lea el dictamen pericial, el perito (peritos) que entrega su dictamen y participa en la vista debe prestar juramento colocando una mano sobre la Constitución de la República de Lituania y decir: «Yo, (nombre completo), juro realizar con honestidad las funciones del perito en los procedimientos y elaborar un dictamen pericial imparcial y razonado de acuerdo con mi plena experiencia». Si un interrogatorio se lleva a cabo fuera de una vista judicial, el texto del juramento firmado por el perito constituye una parte integrante del informe pericial. Los peritos incluidos en la Lista de peritos judiciales de la República de Lituania (Lietuvos Respublikos teismo ekspertų sąrašas) que prestaron juramento en el momento en el que fueron incluidos en dicha lista no tienen que prestar juramento en el tribunal, y se considerarán advertidos acerca de su responsabilidad en caso de que emitan dictámenes y declaraciones falsas.

Un tribunal tiene facultad para solicitar que un perito explique su dictamen oralmente. La explicación oral de un dictamen pericial se incluye en las actas de la vista judicial.

Puede que los peritos tengan que responder preguntas que expliquen o complementen su dictamen. La persona que solicite su citación podrá ser la primera en formular preguntas. Después, un perito podrá ser interrogado por otros participantes en los procedimientos. Si un perito es citado por el tribunal por iniciativa del mismo, el demandante podrá ser el primero en hacerle preguntas al perito.

Los jueces tienen derecho a formular preguntas a un perito en cualquier momento durante su declaración.

El dictamen pericial solo se presenta a petición del tribunal (y debe hacerse por escrito en forma de informe pericial). Un informe pericial debe incluir una descripción detallada de la investigación realizada, las conclusiones extraídas de los hallazgos, y respuestas razonadas a las preguntas formuladas por el tribunal.

Si un tribunal solicita un dictamen pericial sin informe pericial, dicho dictamen se considerará prueba escrita presentada por un perito (parecido a otros participantes en los procedimientos) o que es solicitado por el tribunal según el procedimiento establecido por el Código de Procedimiento Civil.

El artículo 198 del Código de Procedimiento Civil establece las siguientes normas de presentación de pruebas escritas:

Las pruebas escritas podrán ser presentadas por participantes en los procedimientos o solicitadas por un tribunal de acuerdo con el procedimiento estipulado por el Código.

Las pruebas escritas deberán presentarse en la forma descrita en el Código de Procedimiento Civil: un participante en los procedimientos que justifique los contenidos de un documento procesal con pruebas escritas debe adjuntar los originales o las copias (copias digitales) al mismo, según lo certifique un tribunal, un notario (u otra persona autorizada para realizar funciones notariales), un abogado que participe en los procedimientos o la persona que emitió (recibió) el documento. Un tribunal podrá solicitar, por iniciativa propia o a petición de uno de los participantes en los procedimientos, que se presenten los documentos originales. Si uno de los participantes en los procedimientos solicita que se presenten los documentos originales, dicha solicitud deberá presentarse con su demanda, reconvención, escrito de contestación u otro documento procesal de los participantes en los procedimientos. Los participantes en los procedimientos podrán presentar dicha solicitud en una fecha posterior en caso de que el tribunal considere legítimos los motivos por los que no se pudo presentar antes, o en caso de que la concesión de la solicitud en cuestión no retrase la resolución del caso. En los casos en los que solo una parte de un documento está relacionada con los contenidos de los documentos procesales, solo pueden presentarse ante el tribunal las partes relevantes (excerta, extractos).

Todos los documentos procesales y los apéndices de los mismos deben presentarse ante el tribunal en lituano, salvo en el caso de determinadas excepciones establecidas por la legislación. En caso de que los participantes en los procedimientos a quienes se han de proporcionar los documentos procesales no entiendan lituano, deberán presentarse ante el tribunal traducciones de dichos documentos a una lengua que entiendan. En caso de que, según el Código, sea necesario traducir a una lengua extranjera los documentos que deben presentarse, los participantes en los procedimientos deben presentar traducciones juradas de los mismos al tribunal, de acuerdo con el procedimiento judicial establecido.

Si los remitentes lo solicitan, podrán devolverse los documentos originales de un auto. En este caso, deben conservarse en el auto copias de los documentos que se devuelvan, certificadas de acuerdo con el procedimiento estipulado por el Código.

2.6 ¿Tienen algunos medios de prueba más fuerza probatoria que otros?

Según el artículo 197 del Código de Procedimiento Civil, los documentos emitidos por autoridades estatales y municipales, que hayan sido aprobados por personas autorizadas por el Estado dentro de los límites de su competencia y de acuerdo con los requisitos aplicados a la forma de determinados documentos, podrán considerarse pruebas escritas oficiales y tendrán un mayor valor probatorio. Los hechos indicados en las pruebas escritas oficiales se consideran totalmente probados hasta que sean desmentidos por otras pruebas en los procedimientos, excepto por pruebas testificales. No se aplica una prohibición del uso de pruebas testificales en caso de que contradiga los principios de buena fe, equidad y racionalidad. El valor probatorio de las pruebas escritas oficiales también podrá concederse a otros documentos, así como por actos legislativos.

2.7 ¿Son obligatorios algunos medios de prueba para demostrar determinados hechos?

Las circunstancias de un caso que, por ley, deban probarse mediante unas clases de pruebas en concreto no podrán probarse mediante otras clases de pruebas distintas (artículo 177, apartado 4, del Código de Procedimiento Civil).

2.8 ¿Obliga la Ley a declarar a los testigos?

Una persona citada como testigo debe personarse en el tribunal y prestar un testimonio veraz. Una persona citada como testigo es responsable, según la ley, por no cumplir las obligaciones de un testigo (artículo 191), es decir, podrá ser sancionada con una multa.

2.9 ¿En qué casos pueden los testigos negarse a declarar?

Un testigo puede negarse a prestar declaración en caso de que dicha declaración constituya pruebas en su contra, en contra de su familia o en la de familiares cercanos.

2.10 ¿Se puede obligar a declarar a una persona que se niegue a ello, o sancionarla si no lo hace?

En caso de que los testigos, peritos o intérpretes no se personen en la vista, el tribunal preguntará a las personas que participan en los procedimientos si el caso puede celebrarse en ausencia de testigos, peritos o intérpretes y determinará si la vista judicial continúa o se aplaza. En caso de que un testigo, perito o intérprete citado no se persone en el tribunal sin causa justificada, podrá ser sancionado con una multa de hasta mil litas lituanas. Asimismo, un testigo podrá ser llevado a juicio de manera forzosa según una resolución judicial (artículo 248 del Código de Procedimiento Civil).

2.11 ¿Hay personas de las que no pueda recabarse declaración?

Las siguientes personas no podrán ser interrogadas como testigos:

  • representantes en los procedimientos civiles o administrativos o asesores jurídicos en procedimientos penales, acerca de circunstancias que conocieron en su calidad de representantes o asesores jurídicos;
  • personas que no son capaces de entender las circunstancias pertinentes al caso o de prestar testimonios correctos debido a algún impedimento físico o psíquico;
  • sacerdotes, sobre circunstancias que conocen gracias a una confesión;
  • profesionales médicos, acerca de circunstancias cubiertas por el secreto profesional;
  • mediadores, sobre circunstancias que conocieron durante un procedimiento de conciliación.

Asimismo, otras personas podrán ser definidas por ley.

2.12 ¿Cuál es el papel del Juez y las partes en el interrogatorio de testigos? ¿En qué circunstancias puede un testigo ser interrogado por videoconferencia u otros medios técnicos?

Habiendo aclarado la relación del testigo con las partes y terceros, así como otras circunstancias relevantes para la evaluación de pruebas testificales (educación del testigo, profesión, etc.), el tribunal solicitará al testigo que le cuente todo lo que sepa sobre el caso y que evite toda aquella información cuya fuente no sea capaz de especificar.

Después de testificar, un testigo podrá ser interrogado. Primero, el testigo será examinado por la persona que solicitó que lo citaran y por el representante de dicha persona. Posteriormente lo interrogarán otros participantes en los procedimientos. Un testigo citado por iniciativa del tribunal es evaluado en primer lugar por el demandante. El juez deberá desestimar preguntas tendenciosas e irrelevantes para el caso. El juez tiene derecho a formular preguntas en cualquier momento durante el interrogatorio del testigo. Si fuese necesario, a petición de un participante del procedimiento o por iniciativa propia, el tribunal podrá reevaluar a un testigo en la misma vista, citar a dicho testigo para otra vista del mismo tribunal o confrontar a los testigos entre ellos.

En casos excepcionales en los que resulte imposible o complicado evaluar a un testigo en el tribunal, el tribunal conocedor del asunto tiene derecho a evaluar el testimonio escrito si, en su opinión y considerando la identidad del testigo y el fundamento de las circunstancias sobre las que se va a testificar, esto no tuviera efectos adversos en el establecimiento de los principales hechos del caso. Por iniciativa de las partes, un testigo podrá ser citado a un interrogatorio adicional en un tribunal cuando fuese necesario para establecer los hechos del caso con más detalle. Antes de declarar, un testigo debe firmar el texto preestablecido del juramento y será advertido por escrito de que prestar falso testimonio constituye un delito penal. El testimonio escrito debe prestarse en presencia de un notario, que deberá certificar dicho testimonio.

Podrá asegurarse la participación en las vistas judiciales de los participantes en los procedimientos y el interrogatorio de los testigos in situ mediante el empleo de tecnologías informáticas y de las comunicaciones electrónicas (por videoconferencia, teleconferencia, etc.). Al usar dichas tecnologías de acuerdo con el procedimiento establecido por el Ministro de Justicia, debe garantizarse que los participantes en los procedimientos están identificados de manera fiable y que los datos (pruebas) se registran y se presentan de manera objetiva.

Asimismo, el artículo 803 del Código de Procedimiento Civil contempla la posibilidad de que los tribunales de la República de Lituania soliciten a un tribunal de otro estado utilizar tecnologías de la comunicación (videoconferencia, teleconferencia, etc.) mientras recopilan pruebas.

3 La valoración de la prueba

Un tribunal examina las pruebas en los procedimientos de acuerdo con su propia convicción según las evaluaciones completas y parciales de los hechos presentadas en los procedimientos y de acuerdo con la ley.

3.1 ¿Existen restricciones para que el Juez adopte una resolución cuando alguna de las pruebas presentadas por una de las partes no se ha obtenido de manera legal?

Los datos fácticos se establecen a través de los siguientes medios: declaraciones de las partes y terceros (directamente o mediante un representante), testimonios de testigos, pruebas escritas, pruebas materiales, protocolos de inspección, conclusiones periciales, grabaciones, vídeos y fotografías obtenidas legalmente y otros elementos de prueba. Los datos fácticos que son secreto de Estado o profesional normalmente no pueden servir de prueba en procedimientos civiles hasta que se desclasifiquen de acuerdo con el procedimiento judicial. La información recibida durante un procedimiento de conciliación no puede servir de prueba en procedimientos civiles excepto en los casos establecidos por la ley relativa a la mediación conciliadora en litigios civiles.

Asimismo, cabría destacar que, de acuerdo con el artículo 185 del Código de Procedimiento Civil, un tribunal debe examinar las pruebas en los procedimientos de acuerdo con su propia convicción según las evaluaciones completas e imparciales de los hechos presentadas en los procedimientos y de acuerdo con la ley. Ninguna prueba tendrá efectos predefinidos en un tribunal, salvo cuando esto se contemple en el Código de Procedimiento Civil.

3.2 ¿Tiene mi propia declaración valor de prueba si soy parte en el litigio?

Sí (véase 2.4).

Última actualización: 16/11/2018

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