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En Polonia, los asuntos civiles se someten a los tribunales ordinarios (sądy powszechne) y el Tribunal Supremo (Sąd Najwyższy) (véase: Sistemas judiciales en los Estados miembros, Polonia), a menos que sean competencia de tribunales especializados.
Las disposiciones relativas a la competencia de los órganos jurisdiccionales se establecen en los artículos 16 a 18 y 27 a 46 del Código de Procedimiento Civil (CEC, Kodeks Postępowania Cywilnego).
En los tribunales de distrito (sądy rejonowe), los asuntos de Derecho civil son objeto de examen por las siguientes divisiones:
Civil
Familia y Menores (juzgados de familia, sądy rodzinne): para los asuntos de familia y tutela; corrupción moral de menores y actos punibles cometidos por ellos; tratamiento de personas adictas al alcohol, las drogas o sustancias psicotrópicas, así como los asuntos que, de conformidad con otras legislaciones, sean competencia de un tribunal tutelar.
Trabajo y Seguridad Social (juzgados de trabajo, sądy pracy): para los asuntos de Derecho laboral y de la seguridad social.
Mercantil (tribunales mercantiles, sądy gospodarcze) para los asuntos de Derecho mercantil y civil entre entidades mercantiles en relación con sus actividades; los asuntos relativos a las relaciones mercantiles o societarias; los asuntos contra los miembros de consejos de administración de sociedades por demandas derivadas de declaraciones falsas ante el Registro Judicial Nacional; los asuntos contra entidades mercantiles para emitir una de cese de daños medioambientales y los asuntos de quiebra.
Catastro: para el mantenimiento de los catastros y la tramitación de otros asuntos civiles relacionados con los procedimientos catastrales.
Los tribunales provinciales (sądy okręgowe) de Polonia cuentan con las secciones correspondientes, excepto las secciones catastrales y las secciones familiar y de menores. Los tribunales provinciales de Polonia tienen divisiones secciones civiles competentes para conocer, en particular, de los asuntos de divorcio, separación legal y extinción de separación legal, anulación del matrimonio, establecimiento de la existencia o inexistencia de matrimonio y declaración de la fuerza ejecutoria de sentencias de tribunales extranjeros en asuntos de familia.
Asimismo, el Tribunal Provincial de Varsovia cuenta con las siguientes unidades adicionales que funcionan como secciones:
Tribunal de la Competencia y Protección del Consumidor (Sąd Ochrony Konkurencji i Konsumentów), cuya jurisdicción abarca los asuntos relativos a la prevención de prácticas monopolísticas y de regulación energética;
Tribunal de Marcas Comerciales y Diseños Industriales Comunitarios (Sąd Wspólnotowych Znaków Towarowych i Wzorów Przemysłowych), que conoce de los asuntos relativos a infracciones, presuntas infracciones o ausencia de infracciones de diseños industriales y marcas comerciales; nulidad de diseños comunitarios; extinción o nulidad de marcas comerciales y efectos de las infracciones contra marcas comerciales.
Además, desde el 1 de enero de 2010, el Tribunal de Distrito de Lublin fue designado como el tribunal competente para conocer de los asuntos de la competencia de otros tribunales de distrito en los procedimientos electrónicos de órdenes de pago.
Como norma general, los tribunales de distrito son competentes en los asuntos civiles de primera instancia. Los tribunales de distrito son competentes en todos los asuntos excepto los reservados por ley (artículos 16 y 507 de la LEC) a los tribunales provinciales.
Los tribunales provinciales son competentes en primera instancia para los asuntos enumerados en el artículo 17 de la LEC, concretamente:
1) los derechos no patrimoniales y las demandas de propiedad interpuestas junto con tales derechos, excepto los asuntos para establecer u oponerse a la filiación de un menor, la anulación de reconocimientos de paternidad y la disolución de adopciones;
2) la protección de derechos de autor y los derechos conexos, así como los asuntos relativos a invenciones, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas comerciales, indicaciones geográficas y topografías de circuitos integrados, así como los asuntos relativos a la protección de otros derechos de propiedad inmateriales;
3) las demandas sujetas a la Ley de Prensa;
4) los derechos patrimoniales en los que la cuantía objeto de litigio supere los setenta y cinco mil zlotys, excepto los asuntos de pensión alimenticia, infracción de la posesión, establecimiento de separación de bienes de los cónyuges, ajustes del contenido de un catastro a la situación legal vigente y los asuntos examinados en un procedimiento electrónico de orden de pago;
5) pronunciamiento de una sentencia en lugar de una resolución a fin de dividir una cooperativa;
6) la derogación, la anulación o el establecimiento de inexistencia de las resoluciones de los órganos rectores de personas jurídicas o unidades organizativas que no sean personas jurídicas pero a las que la ley ha concedido personalidad jurídica;
7) la prevención y lucha contra la competencia desleal;
8) las indemnizaciones por daños causados por sentencias firmes ilícitas;
9) las demandas interpuestas por infracciones de los derechos conferidos por las normas de protección de los datos personales.
Asimismo, la competencia de los tribunales provinciales abarca por ejemplo:
1) los asuntos de incapacitación;
2) los asuntos para la resolución de litigios relativos al funcionamiento de empresas estatales: entre el consejo de administración de la empresa y su director, los órganos rectores de la empresa y sus órganos fundadores, y entre sus órganos rectores y el órgano de supervisión de la empresa;
3) el reconocimiento de sentencias de tribunales extranjeros y la declaración de fuerza ejecutiva (artículo 11481 y 11511 de la LEC).
En los asuntos de derechos patrimoniales, el demandante está obligado a especificar la cuantía objeto del litigio en el escrito de demanda, a menos que el objeto del litigio sea una cantidad específica de dinero.
En los asuntos relativos a créditos pecuniarios, aunque se presenten como una alternativa a otra demanda, la cantidad especificada de dinero constituye la cuantía del objeto del litigio.
En los demás asuntos patrimoniales, el demandante está obligado a especificar la cuantía del objeto del litigio indicando la cantidad de dinero en el escrito de demanda, de conformidad con los artículos 20 a 24 de la LEC.
Véase el apartado 2.
El Código de Procedimiento Civil polaco distingue cuatro tipos de competencia judicial: general (artículos 27 a 30), alternativa (artículos 31 a 37), exclusiva (artículos 38 a 42) y especial (artículos 43 a 46).
La competencia territorial se describe detalladamente en los apartados 2.2.1 a 2.2.3.
Competencia territorial general
Las demandas deben interponerse ante el tribunal de primera instancia con competencia territorial sobre el domicilio del demandado (artículo 27 de la LEC).
De conformidad con el artículo 25 del Código Civil, el domicilio de una persona física es la localidad o ciudad en la que esta persona reside con la intención de permanecer allí de forma permanente. Si el demandado no reside en Polonia, la competencia general se determina en función de su lugar de estancia y, cuando dicho lugar no se conozca o esté fuera de Polonia, las demandas deberán interponerse de acuerdo con el último domicilio del demandado en Polonia.
Las demandas contra el Tesoro Público deben interponerse ante el órgano jurisdiccional competente del domicilio social de la unidad organizativa a la que se refiere el litigio. Cuando el Tesoro Público esté representado por el Consejo General de la República de Polonia (Prokuratoria Generalna Rzeczypospolitej Polskiej), las demandas deberán interponerse ante el órgano jurisdiccional competente del domicilio social de la sucursal del Consejo responsable de la unidad organizativa objeto de la demanda.
Las demandas contra otras personas jurídicas y otras entidades que no sean personas físicas deben interponerse ante el órgano jurisdiccional competente de su domicilio social (artículo 30 de la LEC).
Véase el apartado 2.2.2.1.
La competencia territorial alternativa permite al demandante elegir el órgano jurisdiccional en determinados casos. El demandante puede interponer una demanda ante el tribunal con competencia general o ante otro tribunal especificado en los artículos 32 a 371 de la LEC.
La competencia territorial alternativa se contempla en los siguientes casos:
La urisdicción exclusiva de un órgano jurisdiccional significa que del asunto solo puede conocer el órgano jurisdiccional especificado en la Ley. La jurisdicción exclusiva se contempla en los siguientes casos:
La jurisdicción especial significa que la competencia del órgano jurisdiccional puede determinarse de forma diferente en los casos especificados en la legislación especial.
El derecho a elegir el órgano jurisdiccional se otorga al demandante:
Si la competencia de varios órganos jurisdiccionales está justificada o si la demanda se interpone contra varias partes para las que son competentes varios órganos jurisdiccionales con arreglo a las normas de la competencia general. Lo mismo es de aplicación si los bienes inmuebles cuya ubicación sirve de base para determinar la competencia del órgano jurisdiccional están situados en varias regiones jurisdiccionales.
El derecho a elegir el órgano jurisdiccional se otorga a ambas partes basándose en un contrato o una demanda conjunta:
Las partes pueden acordar por escrito someter un litigio ya existente, o cualquier litigio que pueda surgir en el futuro de una relación jurídica especificada, ante un tribunal de primera instancia que no tenga competencia territorial con arreglo a la legislación. Ese tribunal tendrá en tal caso competencia exclusiva, a menos que las partes hayan acordado lo contrario o salvo que el demandante haya presentado un escrito de demanda en un procedimiento electrónico de orden de pago. Las partes también pueden limitar, por medio de un acuerdo por escrito, el derecho del demandante a elegir entre varios órganos jurisdiccionales competentes para tales litigios.
Sin embargo, las partes no pueden cambiar la competencia exclusiva.
Los acuerdos sobre la competencia judicial deben formalizarse por escrito. Pueden formar parte de un contrato de Derecho sustantivo (cláusula de competencia judicial) o constituir un acuerdo separado.
En el Derecho laboral y en los asuntos de seguridad social, el órgano jurisdiccional competente puede, previa demanda conjunta de las partes, remitir el asunto a otro órgano jurisdiccional equivalente que conozca de asuntos de Derecho laboral y de la seguridad social, cuando esté justificado por motivos de conveniencia.
El tribunal superior o el Tribunal Supremo designarán el órgano jurisdiccional competente.
Si el órgano jurisdiccional competente no puede conocer del asunto ni adoptar ninguna otra acción debido a un impedimento, su tribunal superior designará a otro órgano jurisdiccional. El motivo de dicha designación puede ser únicamente un impedimento que evite que se conozca del asunto, es decir, la exclusión de un juez o un caso de fuerza mayor.
El Tribunal Supremo está obligado a designar el órgano jurisdiccional ante el que se interpondrá la demanda si no se puede determinar la competencia territorial de conformidad con la ley en función de las circunstancias del caso (artículo 45 de la LEC).
Los órganos jurisdiccionales especializados son los tribunales administrativos (sądy administracyjne) y los tribunales militares (sądy wojskowe).
El funcionamiento de los tribunales militares está regulado en la Ley de Organización Militar de 21 de agosto de 1997. Por lo general, estos tribunales examinan asuntos penales de las Fuerzas Armadas polacas. Solo se pueden remitir a su jurisdicción otros asuntos por ley.
El funcionamiento de los tribunales administrativos está regulado en la Ley de Tribunales Administrativos de 25 de julio de 2002. Los tribunales administrativos imparten justicia supervisando las actividades de las autoridades administrativas públicas, y resolviendo litigios sobre competencia y litigios jurisdiccionales entre las autoridades gubernamentales locales y administrativas. No puede excluirse que, en casos excepcionales, un tribunal administrativo, como parte de sus obligaciones de supervisión de las actividades de las autoridades administrativas públicas, pueda conocer de un asunto civil.
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