Cómo funciona
Se trata de una solicitud presentada por una autoridad judicial de un país de la UE para que se detenga a una persona en otro y se la entregue para su procesamiento, o para la ejecución de una pena o de una medida de seguridad privativas de libertad dictadas en el primer país. El mecanismo se basa en el principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales. Es operativo en todos los países de la UE
Funciona mediante contactos directos entre las autoridades judiciales.
Al ejecutar ODE, las autoridades han de respetar los derechos procesales de los sospechosos o acusados, como el derecho a la información, a contar con la asistencia de un abogado y de un intérprete y a asistencia jurídica gratuita, de conformidad con el ordenamiento jurídico del país en que sean detenidos.
¿En qué se diferencia de la extradición tradicional?
- Plazos estrictos
El país en que la persona ha sido detenida debe tomar una decisión definitiva sobre la ejecución de la ODE en un plazo de sesenta días a partir de la fecha de detención.
Si el interesado consiente en ser entregado, la decisión de entrega debe tomarse en un plazo de diez días.
La persona sobre la que pese la ODE debe ser entregada a la mayor brevedad en la fecha convenida por las autoridades implicadas y, en cualquier caso, en un plazo máximo de diez días desde que se tome la decisión definitiva de ejecutar la ODE. - Control de doble tipificación (innecesario en treinta y dos categorías de delitos)
En treinta y dos categorías de delitos, no se comprueba que el acto se considere delito en ambos países. El único requisito es que esté castigado con penas privativas de libertad cuyo máximo sea al menos de tres años en el país de expedición.
En otros delitos, la entrega puede hacerse depender de que el acto sea constitutivo de delito en el país que efectúa la entrega. - Ausencia de injerencias políticas
Las decisiones han de ser adoptadas exclusivamente por las autoridades judiciales, sin influencia política alguna. - Entrega de nacionales
Los países de la UE no pueden ya denegar la entrega de sus propios nacionales, a no ser que se hagan cargo de la ejecución de la pena privativa de libertad de las personas en cuestión. - Garantías
El país que ejecute la orden puede exigir garantías de que:
a) transcurrido un cierto plazo, la persona tendrá derecho a solicitar la revisión si la pena impuesta es de cadena perpetua;
b) la persona buscada puede cumplir cualquier pena privativa de libertad en el país que debe ejecutar la entrega si es un nacional o residente habitual del mismo.
Motivos de denegación limitados
Un país solo puede negarse a entregar a una persona buscada si es de aplicación uno de los motivos de denegación obligatorios u opcionales:
Motivos obligatorios
- la persona ya ha sido juzgada por el mismo delito (ne bis in idem);
- menores (la persona no ha alcanzado la edad de responsabilidad penal en el país de ejecución);
- amnistía (el país de ejecución tenía jurisdicción para enjuiciar el delito y se ha decretado en él una amnistía).
Motivos opcionales, como:
- ausencia de doble tipificación para delitos distintos de los 32 mencionados en el artículo 2, apartado 2, de la Decisión Marco relativa a la ODE;
- competencia territorial;
- proceso penal pendiente en el país de ejecución;
- prescripción, etc.
Manual europeo para la emisión y ejecución de ODE
La Comisión Europea publicó el Manual europeo para la emisión y ejecución de órdenes de detención europeas (2002 Kb) para facilitar y simplificar el trabajo cotidiano de las autoridades judiciales. El Manual ofrece explicaciones pormenorizadas sobre cada uno de los pasos del procedimiento para emitir y ejecutar una ODE. Asimismo, ofrece una visión completa de la jurisprudencia más importante del Tribunal de Justicia de la Unión Europea acerca de la interpretación de disposiciones particulares de la Decisión Marco relativa a la ODE.
Puede consultar el manual en todas las lenguas en los enlaces siguientes: BG (2700 Kb) , CS (1854 Kb) , DA (1766 Kb) , DE (1659 Kb) , ET (1783 Kb) , EL (2439 Kb) , ES (1649 Kb) , FR (1892 Kb) , HR (1789 Kb) , IT (2141 Kb) , LV (2158 Kb) , LT (1865 Kb) , HU (1908 Kb) , MT (2560 Kb) , NL (2047 Kb) , PL (2200 Kb) , PT (1968 Kb) , RO (1926 Kb) , SL (1797 Kb) , SK (1977 Kb) , FI (2172 Kb) , SV (1591 Kb) .
Estadísticas sobre la utilización de la ODE
En 2018, la duración media de la entrega de una persona buscada fue de:- 16,4 días, cuando hubo consentimiento;
- 45 días, cuando no hubo consentimiento.
En 2019, la duración media de la entrega de una persona buscada fue de:
- 16,7 días, cuando hubo consentimiento;
- 55,75 días, cuando no hubo consentimiento.
En 2020, la duración media de la entrega de una persona buscada fue de:
- 21,25 días, cuando hubo consentimiento;
- 72,45 días, cuando no hubo consentimiento.
En 2021, la duración media de la entrega de una persona buscada fue de:
- 20,14 días, cuando hubo consentimiento;
- 53,72 días, cuando no hubo consentimiento.
En 2022, la duración media de la entrega de una persona buscada fue de:
- 20,48 días, cuando hubo consentimiento;
- 57,29 días, cuando no hubo consentimiento.
Respuestas al cuestionario sobre la ODE: 2014 (1582 Kb) | 2015 (1479 Kb) | 2016 (1732 Kb) | 2017 (1268 Kb) | 2018 (1552 Kb) | 2019 (1082 Kb) | 2020 (1479 Kb) | 2021 | 2022 (1011 Kb)
No se dispone de datos de todos los países; no obstante, los datos sobre las ODE emitidas correspondientes a 2015, 2016 y 2017 están completos.
ODE | 2014 | 2015 | 2016 | 2017 | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 |
Emitidas | 14.948 | 16.144 | 16.636 | 17.491 | 17.471 | 20.226 | 15.938 | 14.789 | 13.335 |
Ejecutadas | 5.535 | 5.304 | 5.812 | 6.317 | 6.976 | 5.665 | 4.397 | 5.144 | 4.540 |
Proyectos financiados en el marco del Programa «Justicia»
El proyecto de investigación InAbsentiEAW es un estudio jurídico comparado de las ODE relativas a personas declaradas en rebeldía en el proceso por el que se les condenó. La práctica demuestra que, a menudo, surgen problemas con la emisión y la ejecución de dichas ODE. El objetivo del proyecto de investigación era analizar las causas de estos problemas y formular normas comunes para la emisión de dichas ODE con el fin de garantizar una ejecución justa y sin incidentes. Para ello se estudiaron casos de Bélgica, Hungría, Irlanda, Países Bajos, Polonia y Rumanía.
La ODE y las condiciones de detención
Aunque todos los Estados miembros deben cumplir el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), en la práctica existen diferencias significativas en relación con la prisión preventiva, y las condiciones materiales de detención varían enormemente. Como reconoció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la sentencia del asunto Aranyosi/Căldăraru, estas diferencias en las condiciones de detención tienen un efecto real en la confianza mutua entre los Estados miembros y en el funcionamiento de la ODE. Desde 2016, la ejecución de una ODE se ha retrasado o denegado debido a un riesgo real de violación de los derechos fundamentales en casi 300 asuntos.
Con el fin de reforzar la cooperación judicial en materia penal y mejorar las condiciones de detención en toda la UE, el 8 de diciembre de 2022 la Comisión adoptó una Recomendación sobre los derechos procesales de las personas sospechosas o acusadas sometidas a prisión provisional y sobre las condiciones materiales de reclusión. La Recomendación ofrece una visión global consolidada de determinadas normas mínimas europeas sobre las condiciones materiales de la reclusión y los derechos procesales en la prisión preventiva, centrándose en ámbitos prioritarios fundamentales para la protección de los derechos fundamentales de los presos.
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