Traductores e intérpretes jurados

Belgien

A continuación, encontrará información sobre la búsqueda de un intérprete que pueda asistir a procedimientos judiciales o de traductores, en caso necesario, a través de un sitio web oficial.

Indholdet er leveret af
Belgien

¿Cómo encontrar un traductor en Bélgica?

Hasta la fecha, Bélgica dispone de dos bases de datos centrales oficiales, una para los peritos judiciales y otra para los traductores, intérpretes e intérpretes.

¿Qué es el registro nacional de peritos judiciales, traductores, intérpretes e intérpretes jurados?

Una Ley de 10 de abril de 2014, modificada por una Ley de 19 de abril de 2017, estableció dos nuevos registros nacionales belgas: un registro de traductores, intérpretes e intérpretes jurados y un registro de peritos judiciales.

Estos dos nuevos registros nacionales persiguen un doble objetivo:

  1. Crear un directorio de expertos, traductores e intérpretes a los que pueda recurrirse en el marco de determinados procedimientos judiciales o administrativos.
  2. Garantizar el cumplimiento de criterios de calidad en relación con las competencias profesionales, los conocimientos y la formación de las personas inscritas en el Registro.

Se prestará especial atención a los conocimientos jurídicos.

¿Quién está inscrito en este registro?

Desde finales de noviembre de 2016, los peritos judiciales, traductores, intérpretes e intérpretes jurados pueden inscribirse en estas bases de datos nacionales. Pueden hacerlo ellos mismos a través de la plataforma e-Deposit.

No obstante, para ser inscritos, deberán demostrar que ya han trabajado para la justicia o una autoridad competente antes del 1 de diciembre de 2016. (véanse las disposiciones generales)

¿Quién puede consultar el Registro?

A partir del 18 de marzo de 2022, cualquier persona interesada puede consultar el registro nacional de peritos judiciales y traductores, intérpretes y traductos-intérpretes jurados a través de estos enlaces:

Puede obtenerse más información en la página Acceso público a la información — Registro público.

¿Cómo se garantizará la calidad de los servicios?

Para garantizar la calidad de los servicios de los peritos judiciales, traductores e intérpretes jurados, se publican órdenes de ejecución. Determinan los requisitos y criterios de calidad que deben cumplir las personas inscritas en el registro en términos de competencias profesionales, conocimientos y formación. Se prestará especial atención a los conocimientos jurídicos.

En el Moniteur belge de 27 de abril de 2018 se publicó un Real Decreto (AR) relativo a los conocimientos jurídicos, de 30 de marzo de 2018. Desde esta publicación, las universidades, las escuelas altas y las asociaciones profesionales están adaptando sus programas de formación.

Con el fin de mantener y desarrollar a lo largo del tiempo los conocimientos necesarios para mantener la calidad de los servicios, se está ultimando un AR que define los requisitos mínimos que deben reunirse en materia de formación permanente, en consulta con varias asociaciones profesionales y universidades.

Para evaluar estos requisitos de calidad, se crea un comité de autorización.

El Real Decreto que regula su funcionamiento y su composición se publicó en el Moniteur belge de 28 de septiembre de 2018 y está en curso la convocatoria de candidaturas para su composición.

Además de estos requisitos técnicos de calidad, los magistrados también proporcionarán una evaluación.

Cuando las fiscalías, los tribunales o los servicios de policía tengan una mala experiencia con peritos judiciales, traductores, intérpretes e intérpretes jurados, pueden transmitirla al servicio del registro nacional. Éste elaborará un expediente que podrá implicar la suspensión o la supresión del interesado, tras haber sido oído evidentemente por la Comisión de autorización.

En la actualidad, los tribunales, las fiscalías o las fuerzas policiales pueden informar al Departamento de los hechos delictivos que vulneran la deontología de los peritos judiciales (Real Decreto de 25 de abril de 2017) o de los traductores, intérpretes o traductores intérpretes jurados (Real Decreto de 18 de abril de 2017). Ambos AR se publicaron en el MB el 31 de mayo de 2017.

Última actualización: 15/02/2023

Esta versión se ha generado con traducción automática. El dueño de esta página no acepta responsabilidad alguna sobre la calidad de la traducción.