National ordinary courts

Ordinary courts are the core of the judicial systems in the Member States. They deal with a major part of judicial proceedings. Their scope of jurisdiction varies considerably. You can find here information on the ordinary courts and their jurisdiction in each Member State.

In most Member States, the ordinary courts deal with two main types of proceedings:

  • Proceedings in criminal matters, i.e. regarding punishable (criminal) offences (such as theft, vandalism, fraud, etc.); these courts can impose penalties and are often referred to as "criminal courts",
  • Proceedings in civil matters, i.e. disputes between citizens and/or businesses (for instance, problems with rent, a service contract or a divorce, etc.); these courts are often referred to as "civil courts".

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Last update: 17/11/2021

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Tribunales ordinarios nacionales - Bélgica

En esta sección se ofrece un resumen de los órganos jurisdiccionales ordinarios de Bélgica.

Introducción

Máxima instancia judicial

El El enlace abre una nueva ventanaTribunal de Casación (Cour de Cassation): es el órgano jurisdiccional supremo, el «tribunal de tribunales», y tiene su sede en Bruselas.

Los tribunales de lo penal (cours d´assises)

Cada una de las diez provincias y el distrito administrativo de Bruselas-Capital cuentan con un El enlace abre una nueva ventanatribunal de lo penal. No es un órgano jurisdiccional permanente, sino que se constituye cada vez que un acusado es enviado ante él.

Órganos jurisdiccionales de apelación

  • Los El enlace abre una nueva ventanatribunales de apelación (cours d’appel): hay cinco en Bélgica:
    • Bruselas (para los distritos judiciales de Brabante Valón, Lovaina y Bruselas);
    • Lieja (para los distritos judiciales de Lieja, Eupen, Namur y Luxemburgo);
    • Mons (para el distrito judicial de Henao);
    • Gante (para los distritos judiciales de Flandes Occidental y Flandes Oriental);
    • Amberes (para los distritos judiciales de Amberes y Limburgo).
  • Los El enlace abre una nueva ventanatribunales de trabajo (cours du travail): hay cinco en Bélgica. Son órganos jurisdiccionales de apelación especializados en Derecho laboral que comparten sede judicial con los tribunales de apelación.

Órganos jurisdiccionales de primera instancia

  • Los El enlace abre una nueva ventanajuzgados de primera instancia (tribunaux de première instance): hay trece en Bélgica (uno por distrito judicial, y dos en el distrito de Bruselas: uno neerlandófono y otro francófono).
  • Los El enlace abre una nueva ventanajuzgados de trabajo (tribunaux du travail): hay nueve en Bélgica [uno por sede jurisdiccional de los tribunales de apelación, a excepción de Bruselas, que tiene dos juzgados de trabajo (uno neerlandófono y otro francófono) radicados en Bruselas y otro que se reparte entre Lovaina y Nivelles, y a excepción asimismo del distrito judicial de Eupen].
  • Los El enlace abre una nueva ventanajuzgados de lo mercantil (tribunaux de l'entreprise): hay nueve en Bélgica [uno por sede jurisdiccional de los tribunales de apelación, a excepción de Bruselas, que tiene dos juzgados de lo mercantil (uno neerlandófono y otro francófono) radicados en Bruselas y otro que se reparte entre Lovaina y Nivelles, y a excepción asimismo del distrito judicial de Eupen].

Órganos jurisdiccionales inferiores o de proximidad

  • Los El enlace abre una nueva ventanajuzgados de paz (justices de paix): hay 187 en Bélgica, uno por partido judicial.
  • Los El enlace abre una nueva ventanajuzgados de policía (tribunaux de police): hay quince en Bélgica, a saber, uno por distrito judicial y, en el de Bruselas, cuatro.

Competencia de los órganos jurisdiccionales

Los juzgados de paz (justices de paix)

Los juzgados de paz conocen de las demandas de cuantía inferior a 5 000 EUR que no sean de competencia exclusiva de otro órgano jurisdiccional. Los jueces de paz también son competentes en los litigios en materia de arrendamiento, problemas de vecindad, servidumbres, expropiación, con independencia de la cuantía del litigio, y medidas provisionales entre cónyuges. Salvo cuando la cuantía de la demanda no supere los 2 000 EUR, las resoluciones de los jueces de paz pueden recurrirse ante los juzgados de primera instancia.

Los juzgados de policía (tribunaux de police)

Los juzgados de policía son órganos jurisdiccionales penales y civiles que conocen de los delitos leves (contraventions et délits contraventionnalisés), las infracciones de leyes especiales (por ejemplo, el Código Rural y el Código Forestal), las demandas de indemnización por daños resultantes de accidentes de circulación y las infracciones de tráfico. Las resoluciones de los juzgados de policía pueden recurrirse ante los juzgados de primera instancia, excepto en las materias enumeradas en el Código Procesal cuando la cuantía de la demanda no supere los 1 240 EUR.

Los juzgados de primera instancia (tribunaux de première instance)

Los juzgados de primera instancia tienen competencia para conocer de todos los litigios salvo los atribuidos por la ley a otros órganos jurisdiccionales. Los juzgados de primera instancia tienen, por tanto, lo que se denomina una competencia residual.

Los juzgados de primera instancia están subdivididos en secciones: juzgado de lo civil (tribunal civil), juzgado de lo penal (tribunal correctionnel), juzgado de familia (tribunal de la famille) y juzgado de menores (tribunal de la jeunesse). En 2007 se creó un juzgado de ejecución de la pena (tribunal de l’application des peines) en el seno de los juzgados de primera instancia de Amberes, Bruselas, Flandes Oriental, Lieja y Henao.

Los juzgados de lo civil

Los juzgados de lo civil conocen de los asuntos que afectan al estado civil de las personas. Asimismo, son competentes en litigios cuya cuantía sea superior a 1 860 EUR, en litigios relativos a derechos de sucesión o derechos de autor y en las apelaciones de resoluciones dictadas por los jueces de paz.

Los juzgados de lo penal

Los juzgados de lo penal son órganos jurisdiccionales penales encargados de juzgar todos los delitos menos graves y los delitos graves con atenuantes (délits et les crimes correctionnalisés), como estafas, fraudes, homicidios imprudentes, robos con violencia en las cosas y robos con violencia o intimidación en las personas. También actúan como órgano jurisdiccional de apelación de las resoluciones dictadas por los juzgados de policía.

Un caso puede ser llevado ante un juzgado de lo penal por citación directa del Ministerio Fiscal o de la parte civil o por auto del juzgado de instrucción, que, tras la instrucción, decide si el acusado es enviado o no ante el juzgado de lo penal.

Los juzgados de instrucción (chambres du conseil), compuestos por un juez del juzgado de primera instancia, deciden si hay motivo suficiente para remitir el asunto a un juzgado de lo penal o si, por el contrario, no se inician diligencias contra el acusado (sobreseimiento o non-lieu). Además, los juzgados de instrucción deciden cada mes, o cada tres meses si se trata de delitos graves sin atenuantes (crime non correctionnalisable), si se mantiene al acusado en prisión preventiva o se le pone en libertad condicional.

La prisión preventiva es una medida de seguridad por la cual una persona sospechosa de haber cometido un delito grave o menos grave es encarcelada a la espera de su juicio. Esta medida se impone para evitar que el sospechoso desaparezca en el momento de comparecer ante el juez, cometa otras infracciones entre tanto, intente hacer desaparecer las pruebas o se ponga en contacto con terceras personas (por ejemplo, para intentar influir sobre los testigos u otros acusados). Si el sospechoso es finalmente absuelto o si se retira la acusación, puede solicitar una indemnización por daños y perjuicios al Ministro de Justicia por el tiempo pasado injustamente en la cárcel, lo que se conoce como indemnización por prisión preventiva indebida. Para tener derecho a esta indemnización deben cumplirse dos condiciones: la prisión preventiva debe haber durado más de ocho días y la detención o la permanencia en prisión no debe haberse derivado del comportamiento personal del sospechoso. El Ministerio es muy estricto en la valoración de esta segunda condición.

Las resoluciones de los juzgados de instrucción se pueden apelar ante los tribunales de instrucción (chambre des mises en accusation), que actúan como órgano jurisdiccional de instrucción en los tribunales de apelación.

Los juzgados de menores

Los juzgados de menores son competentes en los asuntos relativos a menores en situación de riesgo y menores que hayan cometido delitos.

Corresponde al Ministerio Fiscal exclusivamente decidir si el asunto se presenta a un juzgado de menores. No es posible recurrir personalmente al juzgado, como sucede, por ejemplo, en materia civil. Procede llevar a un menor ante un juzgado de menores en dos casos:

  • Si ha cometido una infracción, la policía comunica el nombre del menor al Ministerio Fiscal, que decide si los hechos son lo suficientemente graves como someterlos al enjuiciamiento de un juzgado de menores.
  • Si la situación en su hogar es difícil, probablemente ya se haya puesto en contacto con un servicio de ayuda a la juventud (service d'aide à la jeunesse). Si no se resuelve la situación, dicho servicio remite el expediente en cuestión a una comisión de mediación que preste servicios especiales de asistencia a la juventud. De ser necesario, esta comisión de mediación puede solicitar al Ministerio Fiscal que remita el asunto a un juzgado de menores para que se adopte una medida adecuada.

Los juzgados de familia

Los juzgados de familia tienen competencia para conocer de todos los litigios en materia familiar.

Estas competencias están recogidas en el artículo 572 bis y el artículo 577, apartado 3, del Código Procesal (Code judiciaire).

Salvo excepciones, los juzgados de familia son competentes, cualquiera que sea la cuantía del litigio, para conocer de:

  • las demandas relativas al estado civil de las personas y sus consecuencias: los litigios sobre el matrimonio o sus obligaciones, el divorcio y sus efectos patrimoniales, el establecimiento y la impugnación de la filiación, la impugnación de determinadas decisiones adoptadas por los funcionarios del Registro Civil, etc.;
  • las demandas relativas a una convivencia registrada (cohabitación légale) y sus consecuencias: medidas relativas al patrimonio de los convivientes, a la anulación de la convivencia, etc.;
  • las demandas relacionadas con menores: determinación del ejercicio de la patria potestad o del alojamiento del menor, determinación del régimen de visitas, etc.;
  • las demandas relativas a obligaciones de alimentos: fijación o modificación de una pensión alimenticia para el excónyuge o un progenitor, determinación o adaptación de una contribución alimenticia, etc.;
  • ciertas demandas relativas a prestaciones familiares: determinación del beneficiario de las prestaciones familiares o impugnación del pago de dichas asignaciones al beneficiario.
  • las demandas relativas al patrimonio de una familia: donaciones de bienes del patrimonio familiar, liquidación de regímenes económicos matrimoniales, litigios relativos a sucesiones (por ejemplo: renuncia a la sucesión), etc.; • las demandas relativas a órdenes temporales de restricción de residencia en casos de violencia doméstica.

Los juzgados de familia también son competentes para adoptar medidas provisionales y urgentes.

Por último, también son competentes para conocer de los recursos contra las resoluciones de los jueces de paz relativas a sujetos incapaces.

Los juzgados de ejecución de la pena

Los juzgados de ejecución de la pena toman decisiones sobre el régimen jurídico de las personas condenadas a una pena privativa de libertad en lo que se refiere a su contacto con el exterior. Conceden uno de las regímenes siguientes: régimen abierto (détention limitée)vigilancia electrónicalibertad condicionalpuesta en libertad provisional para el reenvío del reo o su alejamiento del territorio nacional. El Ministerio Fiscal y los condenados pueden interponer un recurso de casación contra las decisiones de los juzgados de ejecución de la pena.

Recursos contra las resoluciones de los juzgados de primera instancia

Exceptuando las resoluciones de los juzgados de ejecución de la pena, cada una de las partes o el Ministerio Fiscal pueden, si no están satisfechos con la sentencia de un juzgado de primera instancia, interponer un recurso contra esa sentencia a condición de que esta haya sido dictada en primera instancia, es decir, que no sea consecuencia de un recurso contra una resolución de un juzgado de policía o un juez de paz. En este caso, es un tribunal de apelación el que conoce del asunto, independientemente de que provenga de un juzgado de lo civil, un juzgado de lo penal o un juzgado de menores.

Los juzgados de trabajo (tribunaux du travail)

Los juzgados de trabajo son competentes en materia social: seguridad social (pensiones, desempleo, etc.), conflictos laborales (contratos laborales, reglamentación del trabajo, etc.) y accidentes laborales. Son asimismo competentes para pronunciarse sobre las demandas de liquidación colectiva de deudas presentadas por particulares.

Los juzgados de trabajo están formados por diversas salas. Salvo en las excepciones contempladas en el Código procesal, están formadas por un juez de carrera que la preside y por dos jueces legos del ámbito social. Según la naturaleza del litigio tratado por el juzgado, los jueces legos del ámbito social representan a los trabajadores, a los empresarios o a autónomos. Estos jueces son nombrados a propuesta de las organizaciones del mundo laboral (empresarios, empleados, obreros o autónomos). En cuanto al Ministerio Fiscal, se reviste del nombre de «auditoría laboral» (auditorat du travail), mientras que al fiscal se le denomina «auditor laboral» (auditeur du travail).

En caso de desacuerdo con la sentencia de un juzgado de trabajo, las partes pueden apelar ante un tribunal de trabajo.

Los juzgados de lo mercantil (tribunaux de l'entreprise)

Los juzgados de lo mercantil son competentes para conocer de los litigios entre empresas, independientemente de la cuantía.

Asimismo, conocen de las acciones de los particulares contra empresas.

Los juzgados de lo mercantil conocen de los litigios entre empresas, es decir, las personas físicas que ejercen una actividad profesional por cuenta propia (comerciantes, profesiones liberales y administradores), las personas jurídicas (sociedades, asociaciones y fundaciones) y las organizaciones sin personalidad jurídica. Los litigios no pueden entrar dentro del ámbito de competencia de otros órganos jurisdiccionales y, por lo que se refiere a las personas físicas, no pueden referirse a actuaciones cuyo carácter sea manifiestamente distinto del mercantil.

Un juzgado de lo mercantil puede esta formado por una o varias salas. Cada sala se compone por un juez de carrera y dos jueces legos del ámbito mercantil. Los jueces legos no son jueces de carrera, sino empresarios, administradores de sociedades, contables, auditores de cuentas, etc. que ayudan al juez de carrera aportándole su experiencia mercantil.

El Ministerio Fiscal interviene en algunos casos a través de un fiscal de distrito (procureur du Roi), uno o varios suplentes primeros y uno o más suplentes.

Si las partes desean apelar la resolución de un juzgado de lo mercantil, pueden presentar un recurso al tribunal de apelación competente. Sin embargo, la sentencia recurrida debe haber sido dictada en primera instancia.

Tribunales de apelación y tribunales de trabajo

Los tribunales de apelación se componen de diversas salas:

  • Las salas de lo civil (chambres civiles) conocen de las apelaciones de las resoluciones dictadas en primera instancia por las secciones civiles de los juzgados de primera instancia y los juzgados de lo mercantil.
  • Las salas de lo penal (chambres correctionnelles) conocen de las apelaciones de las resoluciones dictadas en primera instancia por los juzgados de lo penal.
  • Las salas de menores (chambres de la jeunesse) conocen de las apelaciones de las resoluciones dictadas en primera instancia por los juzgados de menores.
  • El tribunal de instrucción (chambre des mises en accusation) es el órgano jurisdiccional de instrucción encargado de las apelaciones contra las resoluciones de los juzgados de instrucción. El tribunal de instrucción también envía ante el tribunal de lo penal competente a los sospechosos de haber cometido un delito grave, un delito de prensa o un delito político.

Al igual que en los juzgados de trabajo, las salas de los tribunales de trabajo están formadas por un juez de carrera denominado «juez asesor» (conseiller) y por dos o cuatro asesores legos del ámbito social. Los tribunales de trabajo conocen de los recursos de apelación contra las resoluciones de los juzgados de trabajo.

Los tribunales de lo penal (cours d´assises)

Delitos graves

Cuando una persona es acusada de un delito grave sin atenuantes, se la cita a comparecer ante un tribunal de lo penal para ser juzgada por un jurado popular.

Los tribunales de lo penal están presididos por un magistrado, asistido por dos magistrados asesores, también jueces de carrera. No se pronuncian sobre la culpabilidad o la inocencia del acusado, sino que corresponde a los miembros del jurado decidir si el acusado ha cometido o no un delito. Los jurados son elegidos por sorteo entre la población. Todos los ciudadanos belgas entre 28 y 65 años, con pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos, que sepan leer y escribir y que no hayan sido condenados a una pena de prisión de más de cuatro meses o a una pena de trabajo de más de sesenta horas pueden ser llamados a formar parte de un jurado.

El procedimiento penal comienza con la lectura del escrito de calificación, que es una síntesis de la investigación en la que se incluyen los principales elementos de la instrucción. A continuación declaran los testigos y las personas afectadas por la instrucción. Estas declaraciones deben permitir a los jurados que no hayan podido consultar el expediente formarse una opinión. A continuación, el Ministerio Fiscal formula su acusación, las partes civiles toman la palabra y los abogados hacen sus alegatos. Igualmente, se da oportunidad al acusado para que manifieste lo que considere oportuno. También se interroga al acusado, que responde a las preguntas del presidente, da explicaciones sobre los hechos y, además, puede declararse inocente. Tras el debate, los doce jurados se reúnen a puerta cerrada. Deben pronunciarse sobre la culpabilidad o la inocencia del acusado. Deciden mediante una votación y pueden matizar su decisión. Por ejemplo, pueden declarar culpable al acusado reconociendo la existencia de circunstancias atenuantes. Si el acusado es declarado culpable, los magistrados y el jurado deliberan conjuntamente sobre la pena que se va a imponer. Esta decisión se toma por mayoría absoluta. La decisión sobre la culpabilidad debe estar motivada.

En principio, las sentencias de los tribunales de lo penal no se pueden apelar. No obstante, el condenado, la parte civil o el Ministerio Fiscal pueden presentar un recurso de casación ante el Tribunal de Casación. Si una condena es anulada por el Tribunal de Casación, el caso se remite a otro tribunal de lo penal, que deberá proveer de nuevo sobre el asunto.

Delitos de prensa y delitos políticos

Existe un delito de prensa cuando se ha expresado un pensamiento delictivo en varios ejemplares de textos difundidos con un proceso técnico. Un delito político es un delito cometido por motivos políticos y con fines políticos. Los tribunales de lo penal conocen de la acción pública en materia de delitos políticos y delitos de prensa, excepto los delitos de prensa inspirados por el racismo o la xenofobia.

El Tribunal de Casación

El Tribunal de Casación es el garante del respeto del Derecho por parte de los tribunales y juzgados. Su competencia se extiende a todo el territorio belga. El Tribunal de Casación no se pronuncia sobre los hechos, sino únicamente sobre las cuestiones de Derecho. El recurso de casación puede interponerse solamente sobre la base de motivos jurídicos, es decir, en caso de vulneración de la ley o de un principio general del Derecho. Solo es posible interponer un recurso de casación contra las sentencias o resoluciones dictadas en última instancia, es decir, contra las resoluciones que no se pueden apelar.

El Tribunal de Casación está compuesto por un primer presidente, un presidente, varios presidentes de sección y varios magistrados (conseillers). El Ministerio Fiscal está representado en el Tribunal de Casación por la Fiscalía General o por un abogado general. El Tribunal está formado por tres salas: la primera conoce de los asuntos civiles, mercantiles, fiscales y disciplinarios; la segunda, de los asuntos penales; y la tercera, de los asuntos relativos al Derecho laboral y de la seguridad social. Cada una de las salas está formada por una sección francófona y una sección neerlandófona. Cada sección está compuesta por cinco magistrados.

Antes de pronunciarse, los magistrados del Tribunal de Casación escuchan las conclusiones del Ministerio Fiscal y pueden desestimar el recurso de casación. Si no se admiten los argumentos esgrimidos, el recurso se desestima y la sentencia recurrida pasa a ser firme. Si el Tribunal de Casación considera que la resolución recurrida se ha dictado infringiendo la ley, tal decisión se anula, total o parcialmente, con o sin remisión a la instancia de origen. Se admite la casación con remisión a un tribunal o un juzgado de la misma calidad que el órgano jurisdiccional que dictó la resolución recurrida si resulta pertinente reexaminar el fondo del asunto. El asunto nunca es reexaminado por el mismo órgano jurisdiccional.

Nota

Hay que señalar que las salas de lo penal de los tribunales de apelación, los tribunales de lo penal, los juzgados de lo penal de los juzgados de primera instancia y los juzgados de policía (en su competencia penal) conocen asimismo, junto con los órganos jurisdiccionales civiles, de las demandas de responsabilidad civil derivada del delito presentadas por las víctimas de infracciones penales en sentido amplio.

Bases de datos jurídicas

Para obtener más información sobre los tribunales y los juzgados, consúltese el El enlace abre una nueva ventanaportal del Poder Judicial de Bélgica.

¿Es gratuito el acceso a la base de datos?

Sí, el acceso a la base de datos es gratuito.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaServicio Público Federal de Justicia

Última actualización: 28/07/2022

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Tribunales ordinarios nacionales - Bulgaria

En esta sección encontrará información sobre el Poder Judicial en Bulgaria.

Organización de la Administración de Justicia: el Poder Judicial

Órganos jurisdiccionales de primera instancia en materia civil y penal

Tribunales de distrito (Районен съд)

Los tribunales de distrito son los principales órganos jurisdiccionales de primera instancia. Tienen competencia para conocer de todos los asuntos, a excepción de aquellos que la ley ha encomendado a otro órgano jurisdiccional. Se ocupan de los asuntos civiles, penales y contencioso-administrativos. Sus resoluciones son recurribles ante el tribunal regional competente.

Están compuestos por magistrados y un presidente que ejerce funciones directivas.

Tribunales regionales (Окръжен съд)

Cuando actúan en calidad de órgano jurisdiccional de primera instancia, conocen de:

en materia civil: acciones sobre el establecimiento o la impugnación de la filiación, y la revocación de la adopción, la tutela o su revocación; acciones sobre derechos de propiedad u otros derechos reales con respecto a un bien inmueble si la cuantía del litigio es superior a 50 000 BGN; acciones en materia civil y mercantil, cuando la cuantía del litigio es superior a 25 000 BGN (salvo las acciones en materia de pensiones alimenticias y de conflictos laborales, así como las acciones de recuperación de gastos no autorizados); acciones de constatación de irregularidades o de nulidad de inscripciones registrales, o bien de inexistencia de una anotación inscrita en los casos previstos por ley; acciones que, en virtud de otras leyes, sean competencia de los tribunales regionales;

en materia penal: actos tipificados en los artículos 95 a 110, el artículo 115, el artículo 116, el artículo 118, el artículo 119, el artículo 123, el artículo 124, el artículo 131, apartado 2, puntos 1) y 2), el artículo 142, el artículo 149, apartado 5, el artículo 152, apartado 4, el artículo 196 bis, el artículo 199, el artículo 203, el artículo 206, apartado 4, el artículo 212, apartado 5, el artículo 213 bis, apartados 3 y 4, el artículo 214, apartado 2, el artículo 219, el artículo 224, el artículo 225 ter, el artículo 225 quater, el artículo 242, los artículos 243 a 246, los artículos 248 a 250, los artículos 252 a 260, los artículos 277 bis a 278 quinquies, el artículo 282, el artículo 283 ter, el artículo 287 bis, los artículos 301 a 307 bis, los artículos 319 bis a 319 septies, el artículo 330, apartados 2 y 3, el artículo 333, el artículo 334, los artículos 340 a 342, el artículo 343, apartado 1, letra c), apartado 3, letra b), y apartado 4, el artículo 349, apartados 2 y 3, el artículo 350, apartado 2, el artículo 354 bis, apartados 1 y 2, el artículo 354 ter, los artículos 356 septies a 356 decies, los artículos 357 a 360 y los artículos 407 a 419 bis del Código penal, a excepción de los asuntos que sean competencia del Tribunal Penal Especial (Spetsializiran nakazatelen sad) en virtud del artículo 411 bis del El enlace abre una nueva ventanaCódigo penal.

El El enlace abre una nueva ventanatribunal de la ciudad de Sofía (Sofiyski gradski sad) tiene las atribuciones de un tribunal regional. El tribunal de la ciudad de Sofía interviene en calidad de órgano jurisdiccional de primera instancia en caso de delitos de carácter general cometidas por personas que gozan de inmunidad o por miembros del Consejo de Ministros.

Los tribunales regionales están situados en las cabezas de distrito. Dentro de la demarcación judicial de cada tribunal regional hay uno o varios tribunales de distrito.

Órganos jurisdiccionales de segunda instancia en materia civil y penal

Los tribunales regionales conocen, en segunda instancia, de las resoluciones de los tribunales de distrito que sean impugnadas, así como de otros asuntos asignados por ley.

Los tribunales de apelación (Апелативният съд) conocen, en calidad de órgano jurisdiccional de segunda instancia, de actos impugnados ante los órganos jurisdiccionales regionales, así como de otros asuntos que le hayan sido asignados por ley.

Órganos jurisdiccionales de tercera instancia en materia civil y penal

El El enlace abre una nueva ventanaTribunal Supremo de Casación (Върховният касационен съд) es la instancia judicial suprema en materia penal y civil. Tiene jurisdicción en todo el territorio de la República de Bulgaria.

Bases de datos jurídicas

Para atender a las necesidades de los ciudadanos, las entidades jurídicas y las autoridades administrativas, cada uno de los órganos jurisdiccionales de Bulgaria tiene una sede electrónica en la que informa de su estructura y actividades, de los asuntos que está examinando y de los que ha resuelto.

Denominación y URL de las bases de datos pertinentes

La sede electrónica del El enlace abre una nueva ventanaConsejo General del Poder Judicial búlgaro ofrece una lista pormenorizada de los órganos jurisdiccionales de Bulgaria, junto con sus direcciones y sedes electrónicas (solo en búlgaro).

Última actualización: 29/06/2023

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Tribunales ordinarios nacionales - Chequia

El sistema jurisdiccional de Chequia se compone de 89 tribunales de distrito, ocho tribunales regionales y el Tribunal Supremo.

Tribunales ordinarios – Introducción

Jurisdicción civil

Los asuntos civiles son competencia de los tribunales de distrito (okresní soudy), los tribunales regionales (krajské soudy), los tribunales superiores (vrchní soudy) y el Tribunal Supremo de Chequia (Nejvyšší soud České republiky).

Tribunales de primera instancia

Los tribunales de distrito examinan y resuelven los litigios y demás asuntos en materia civil, laboral, de familia y mercantil sobre los que, de acuerdo con la ley, ningún otro tribunal tiene competencia material.

Los tribunales de distrito examinan y resuelven también, con arreglo al procedimiento civil, otros asuntos no pertenecientes al ámbito del derecho privado (los relativos, por ejemplo, al nombramiento o a la destitución de árbitros, la anulación de laudos arbitrales, etc.) cuando así lo dispone la ley.

Los asuntos que recaen bajo el ámbito de competencia de los tribunales de distrito son enjuiciados, por lo general, por un único juez.

Los asuntos laborales y otros asuntos especificados en la ley son enjuiciados por un tribunal compuesto por un juez y dos asesores legos.

Los tribunales regionales actúan como tribunales de primera instancia en los asuntos y litigios definidos en el artículo 9, apartado 2, y en el artículo 9 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil. (občanský soudní řád)

Los asuntos sometidos a un tribunal regional que actúa como tribunal de primera instancia son examinados y resueltos por un único juez; cuando así lo dispone la ley, los asuntos en primera instancia son examinados y resueltos por un tribunal compuesto por un magistrado presidente y otros dos jueces.

El Tribunal Supremo actúa como tribunal de primera instancia en los casos previstos en el artículo 51 de la Ley nº 91/2012 Rec., de Derecho Internacional Privado (zákon č. 91/2012 Sb., o mezinárodním právu soukromém); con arreglo a lo dispuesto en dicha Ley, el Tribunal Supremo reconoce las sentencias firmes dictadas por tribunales extranjeros.

El Tribunal Supremo puede actuar en una sala compuesta por varios jueces o en pleno.

Segunda instancia

Cuando un asunto es conocido por un tribunal de distrito en primera instancia, el tribunal regional desempeña la función de tribunal de apelación (tribunal de segunda instancia).

Cuando un asunto es conocido por un tribunal regional en primera instancia, el tribunal superior desempeña la función de tribunal de apelación.

Los tribunales superiores actúan en salas compuestas por un magistrado presidente y otros dos jueces, salvo si los reglamentos especiales disponen otra cosa.

Base de datos jurídica

La legislación checa está disponible (únicamente en checo) en el El enlace abre una nueva ventanaportal oficial del Gobierno de Chequia.

¿Se puede consultar la base de datos jurídica gratuitamente?

Sí. El sitio web citado es el único que facilita gratuitamente los textos de los actos legislativos.

Jurisdicción penal

La justicia penal es competencia de los tribunales de distrito, los tribunales regionales, los tribunales superiores y el Tribunal Supremo de Chequia.

Tribunales de primera instancia

Salvo disposición en contrario de la Ley nº 141/1961 de Enjuiciamiento Criminal (zákon č. 141/1961 Sb., o trestním řízení soudním), los tribunales de distrito actúan en primera instancia.

En los procesos penales ante un órgano jurisdiccional, los asuntos son examinados y resueltos por una sala o un juez único; el presidente de la sala o el juez único se pronuncian solos únicamente cuando la ley contempla explícitamente esa posibilidad. Las salas de los tribunales de distrito se componen de un magistrado presidente y dos asesores. El «juez único» puede ser el magistrado presidente u otro juez. Solo los miembros de la judicatura pueden actuar como magistrados presidentes de sala.

Los tribunales regionales conocen en primera instancia de las causas penales para las que la ley impone una pena mínima de cinco años de privación de libertad o que pueden ser objeto de una pena especial. Los tribunales regionales Los tribunales regionales conocen además en primera instancia de los delitos e infracciones penales contemplados en el artículo 17, apartado 1, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, incluso si la pena mínima de privación de libertad es inferior a cinco años.

Los tribunales regionales se constituyen como órganos judiciales divididos en salas. Determinadas causas especificadas en las Leyes de Enjuiciamiento son enjuiciadas por jueces únicos.

Las salas de los tribunales regionales tienen la siguiente composición:

  1. un magistrado presidente y dos asesores, si la formación actúa como tribunal de primera instancia en una causa penal;
  2. un magistrado presidente y dos jueces en las demás causas.

El «juez único» puede ser un magistrado presidente u otro juez. Solo los miembros de la judicatura pueden actuar como magistrados presidentes de sala.

Segunda instancia

De los recursos contra las sentencias de los tribunales de distrito conocen los tribunales regionales superiores correspondientes. De los recursos contra las sentencias dictadas por los tribunales regionales que actúen en primera instancia conocen los tribunales superiores correspondientes.

Los tribunales superiores se constituyen en salas compuestas por un magistrado presidente y otros dos jueces, salvo si los reglamentos especiales disponen otra cosa.

Jurisdicción contencioso-administrativa

El papel de la justicia contencioso-administrativa es proteger los derechos públicos subjetivos de las personas físicas o jurídicas.

Los tribunales administrativos (správní soudy) desempeñan este papel. Se trata de salas especializadas dentro de los tribunales regionales que actúan como tribunales administrativos de primera instancia.

Los tribunales administrativos están compuestos por el magistrado presidente, magistrados vicepresidentes y otros jueces. En los asuntos particulares, la sala se compone de tres jueces.

Los tribunales administrativos conocen de:

  1. las demandas contra resoluciones dictadas en el ámbito de la administración pública por una autoridad administrativa, es decir, por un órgano del poder ejecutivo o de una entidad territorial autónoma, así como por personas físicas o jurídicas u otros órganos encargados de determinar los derechos y las obligaciones de las personas físicas o jurídicas en el ámbito de la administración pública;
  2. la protección frente a la omisión del deber de actuar de una autoridad administrativa;
  3. la protección en caso de actuación ilícita por parte de una autoridad administrativa;
  4. los conflictos de competencias;
  5. los asuntos relativos a elecciones o referéndums locales/regionales;
  6. los asuntos relacionados con los partidos y movimientos políticos;
  7. la anulación total o parcial de medidas generales debido a su carácter ilícito;
  8. los asuntos relativos a la responsabilidad disciplinaria de jueces, funcionarios de justicia, fiscales y agentes judiciales, y
  9. los asuntos relativos a determinadas reglas profesionales y deontológicas.

El Tribunal Supremo Administrativo (Nejvyšší správní soud) es el tribunal de lo contencioso-administrativo de última instancia y lo componen un magistrado presidente, varios magistrados vicepresidentes y otros jueces. En los asuntos particulares, la sala se compone de tres jueces.

Además de conocer de los recursos, el Tribunal Supremo Administrativo conoce de los asuntos sobre disolución de partidos o movimientos políticos, así como sobre la suspensión o reanudación de sus actividades, además de los conflictos de competencias y de la anulación total o parcial de medidas de carácter general. Las demás competencias materiales del Tribunal Supremo Administrativo se rigen por leyes especiales.

Esta información se puede ampliar en la página web El enlace abre una nueva ventanaAtlas judicial europeo en materia civil - Organización de la justicia en Chequia.

Puede encontrarse más información en el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaTribunal Supremo Administrativo.

Otras referencias

El enlace abre una nueva ventanaSistema judicial

Última actualización: 09/11/2020

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Tribunales ordinarios nacionales - Dinamarca

Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios de Dinamarca.

Órganos jurisdiccionales ordinarios – Introducción

Tribunal Supremo (Højesteret)

El Tribunal Supremo, con sede en Copenhague, es el órgano de última instancia en Dinamarca. Resuelve los recursos contra las sentencias y resoluciones dictadas por:

  • la Audiencia de Dinamarca Oriental;
  • la Audiencia de Dinamarca Occidental; y
  • el Tribunal Marítimo y Comercial de Copenhague.

Conoce de asuntos tanto civiles como penales y actúa como órgano de recurso en tercera instancia en asuntos referidos a las sucesiones, las insolvencias, las medidas de ejecución y el registro de la propiedad.

No examina cuestiones de culpabilidad o de inocencia en las causas penales, salvo en casos excepcionales en que está contemplado el derecho de recurso ante él como órgano de tercera instancia (véase más adelante). Entre sus miembros no hay jueces legos.

Audiencia de Dinamarca Oriental (Østre Landsret) y Audiencia de Dinamarca Occidental (Vestre Landsret)

En Dinamarca existen dos audiencias: la de Dinamarca Occidental y la de Dinamarca Oriental. Ambas resuelven los recursos presentados contra las resoluciones de los juzgados locales.

Los juzgados locales son los órganos de primera instancia en asuntos civiles y penales. Contra sus resoluciones cabe recurso, en determinadas circunstancias, ante las audiencias.

Juzgados locales (Byretterne)

Los juzgados locales se ocupan de asuntos civiles, penales, de medidas de ejecución, de sucesiones y de insolvencia. Se ocupan asimismo de las cuestiones relacionadas con los documentos notariales. En determinadas zonas seguirán gestionando el registro de la propiedad hasta que el Tribunal del Registro de la Propiedad asuma plenas competencias al respecto.

Bases de datos jurídicas

Para más información, consúltese el El enlace abre una nueva ventanaorganigrama del Sistema judicial.

Última actualización: 05/05/2022

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Tribunales ordinarios nacionales - Alemania

Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios de Alemania.

Órganos jurisdiccionales ordinarios: introducción

Jurisdicción en materia civil

Los juzgados municipales (Amtsgerichte) son competentes en los asuntos civiles como órganos jurisdiccionales de primera instancia, principalmente en los de cuantía no superior a 5 000 EUR, así como en otras cuestiones independientemente de la cuantía litigiosa, como las relativas a arrendamientos, familia y alimentos.

Los asuntos son examinados y resueltos por un solo juez de carrera.

Las audiencias regionales (Landgerichte) son competentes para conocer, en primera instancia, de los asuntos civiles que no sean de competencia de los juzgados municipales, normalmente las demandas de cuantía superior a 5 000 EUR.

En principio, también actúan por medio de un solo magistrado. No obstante, los asuntos complejos o de gran importancia son resueltos por un tribunal compuesto por tres magistrados.

Las audiencias regionales conocen en segunda instancia de los asuntos resueltos por los juzgados municipales de su demarcación judicial; suelen hacerlo en sala, compuesta por tres magistrados.

Las audiencias regionales pueden crear también salas de lo mercantil, para conocer de asuntos de este tipo en primera y segunda instancia. Están integradas por un magistrado y dos jueces legos comerciantes.

Los tribunales superiores de justicia regionales (Oberlandesgerichte) suelen ser órganos jurisdiccionales de segunda instancia. En materia civil, conocen de los recursos contra las sentencias de las audiencias regionales y contra las de los juzgados municipales en asuntos de familia.

Las salas de los tribunales superiores de justicia regionales están constituidas en principio por tres magistrados. De los asuntos civiles sin especiales complicaciones ni gran importancia puede conocer, no obstante, solo un magistrado.

El órgano jurisdiccional ordinario de mayor rango es el El enlace abre una nueva ventanaTribunal Federal de Justicia (Bundesgerichtshof); actúa como órgano de última instancia y sólo conoce de recursos por cuestiones de Derecho (Revision). Sus salas están formadas por cinco magistrados.

Jurisdicción en materia penal

Órganos jurisdiccionales de primera instancia

La Ley del poder judicial (GerichtsverfassungsgesetzGVG) establece la competencia de los órganos jurisdiccionales en materia penal. Los juzgados municipales actúan como órganos de primera instancia, a menos que la competencia corresponda a una audiencia regional o a un tribunal superior de justicia regional (artículo 24, apartado 1, números 1 a 3, de la GVG). En principio (artículo 25 de la GVG), resuelve los asuntos de faltas (Vergehen) un solo juez de carrera si:

  • hay acusación particular, o
  • si no se contempla una pena privativa de libertad de más de dos años.

En los demás casos, conoce del caso un tribunal de jurado (Schöffengerichte) (artículo 28 de la GVG), compuesto por un juez de carrera y dos jurados.

Los asuntos que resuelven los tribunales de jurado son los correspondientes a los delitos menos graves (Straffälle mittlerer Schwere), para los que son competentes los juzgados municipales (artículo 24, apartado 1, de la GVG), a menos que hayan sido asignados a un juez penal (artículo 25 de la GVG). Esto ocurre en los casos en que la pena prevista es de 2 a 4 años de privación de libertad. El caso puede asignarse también a uno de los conocidos como tribunales de jurado «ampliados» (erweiterten Schöffengerichte) a solicitud de la Fiscalía (artículo 29, apartado 2, de la GVG), si esta y el tribunal consideran necesario consultar a un segundo magistrado por la dimensión del asunto.

La competencia de primera instancia de las audiencias regionales (Landgerichte) se detalla en el artículo 74, apartado 1, de la GVG. En virtud de este, les corresponden los delitos para los que no son competentes ni los juzgados municipales ni los tribunales superiores de justicia regionales, es decir, aquellos para los que se contempla una mayor pena privativa de libertad.

Debe resaltarse que el Derecho penal alemán distingue entre faltas (Vergehen) y delitos (Verbrechen). Un delito es, a estos efectos (conforme al Código Penal federal), una infracción penal que lleva aparejada una pena mínima de privación de libertad de al menos un año. Se trata, por tanto, de las infracciones penales más graves.

Las audiencias regionales son competentes también para conocer de las restantes infracciones penales: pena superior a cuatro años de privación de libertad (artículo 74, apartado 1, inciso 2, caso 1, de la GVG), así como los casos en que la Fiscalía decida ejercer la acción penal ante la audiencia por la especial importancia del caso, aunque la competencia original corresponda a un juzgado municipal.

Las audiencias regionales actúan en salas. Las sentencias en primera instancia son dictadas en gran sala (Große Strafkammer), formada normalmente por tres magistrados y dos jurados. En los supuestos del artículo 76, apartado 2, de la GVG, la gran sala puede decidir, al incoarse el procedimiento o en el momento de señalar fecha para la audiencia, que conozca del asunto una sala reducida formada únicamente por dos magistrados y dos jurados.

Los tribunales superiores de justicia regionales (Oberlandesgerichte) son los órganos jurisdiccionales de primera instancia para los delitos y las faltas contemplados en el artículo 120, apartados 1 y 2, de la GVG, la mayoría de los cuales atentan contra la seguridad o la integridad de la República Federal de Alemania. La sala de lo penal del Tribunal Federal de Justicia está formada por cinco magistrados, incluido un presidente. No obstante, al incoarse el procedimiento, la sala de lo penal puede decidir que el asunto sea resuelto por tres magistrados, incluido el presidente, a menos que la dificultad o la dimensión del asunto haga necesaria la participación de otros dos (artículo 122, apartado 2, incisos 1 y 2, de la GVG).

Recursos

Los recursos contra las sentencias de los juzgados municipales han de interponerse ante la audiencia regional [artículo 312 del Código de procedimiento penal (StrafprozessordnungStPO)] y conoce de ellos la denominada «sala reducida» (kleine Strafkammer) (artículo 76, apartado 1, de la GVG), compuesta por un magistrado y dos jurados. En caso de recurso contra una sentencia de un tribunal de jurado «ampliado» del juzgado municipal, se añade un segundo magistrado (artículo 76, apartado 6, de la GVG). También cabe interponer el denominado «recurso directo» (Sprungrevision) (artículo 335 del StPO) contra las sentencias de los juzgados municipales de primera instancia ante el tribunal superior de justicia regional correspondiente.

Cabe recurso por cuestiones de Derecho (Revision) contra todas las sentencias en primera instancia de las audiencias regionales o los tribunales superiores de justicia regionales (artículo 333 del StPO). El Tribunal Federal de Justicia es la instancia de recurso (Revisionsinstanz) contra las resoluciones de los tribunales superiores de justicia regionales y de la gran sala de las audiencias regionales (artículo 135, apartado 1, de la GVG). Las salas de dicho Tribunal están formadas por cinco magistrados, incluido un presidente. Los recursos por cuestiones de Derecho contra las demás sentencias de las audiencias regionales son de competencia de los tribunales superiores de justicia regionales.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaTribunal Federal de Justicia

Última actualización: 14/05/2021

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Tribunales ordinarios nacionales - Estonia

Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios en Estonia.

Órganos jurisdiccionales ordinarios - Introducción

Los tribunales comarcales (maakohus) son órganos de primera instancia que conocen de todo tipo de asuntos civiles y penales (incluidos los jucios de faltas) y llevan a cabo otros procedimientos que la ley sitúa bajo su competencia. Los procedimientos judiciales en los juzgados comarcales son regulados por los siguientes Códigos: el Código de Enjuiciamiento Civil para los asuntos civiles, el Código de Enjuiciamiento Criminal para los asuntos penales y el Código de Enjuiciamiento de Faltas para los asuntos de faltas.

Las audiencias (ringkonnakohus), como tribunales de distrito de segunda instancia, examinan los recursos contra la sentencias y resoluciones de los juzgados comarcales. Los procedimientos en estos tribunales están regulados por las mismas leyes que los procedimientos en los órganos jurisdiccionales de primera instancia.

Órganos jurisdiccionales de primera instancia

En Estonia hay cuatro tribunales comarcales, divididos en juzgados (kohtumaja).

Tribunales comarcales:

Tribunal comarcal de Harju (Harju Maakohus):

  1. Juzgado de Tallinn

Tribunal comarcal de Viru (Viru Maakohus):

  1. Juzgado de Jõhvi
  2. Juzgado de Narva
  3. Juzgado de Rakvere

Tribunal comarcal de Pärnu (Parnu Maakohus):

  1. Juzgado de Pärnu
  2. Juzgado de Haapsalu
  3. Juzgado de Kuressaare
  4. Juzgado de Rapla
  5. Juzgado de Paide

El tribunal comarcal de Pärnu comprende un servicio encargado de las órdenes de pago, que tranita el procedimiento de pago acelerado.

Tribunal comarcal de Tartu (Tartu Maakohus):

  1. Juzgado de Tartu
  2. Juzgado de Jõgeva
  3. Juzgado de Viljandi
  4. Juzgado de Valga
  5. Juzgado de Võru
  6. Juzgado de Põlva

El tribunal comarcal de Tartu comprende servicios de registro, incluido el registro de la propiedad. El registro de la propiedad se encarga también de la matriculación de los buques, mientras que el registro general mantiene el registro mercantil, el registro de las asociaciones y fundaciones sin fin lucrativo y el de los compromisos mercantiles.

Órganos jurisdiccionales de segunda instancia

En Estonia hay dos audiencias.

Audiencias:

  • Audiencia de Tallin (Tallinna Ringkonnakohus)
  • Audiencia de Tartu (Tartu Ringkonnakohus)

Bases de datos jurídicas

Los datos de contacto de estos órganos pueden encontrarse en el El enlace abre una nueva ventanasitio web de los órganos jurisdiccionales. El acceso a la base de datos es gratuito.

Última actualización: 01/10/2020

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Tribunales ordinarios nacionales - Irlanda

Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios en Irlanda.

Órganos jurisdiccionales ordinarios

El sistema judicial irlandés tiene su origen en la Constitución de 1922, que dispuso la creación de nuevos órganos jurisdiccionales para sustituir a los que se habían desarrollado bajo la administración británica. Con la Ley de tribunales de justicia de 1924 se sentaron las bases jurídicas del sistema judicial.
Los actuales órganos jurisdiccionales se crearon por la Ley de 1961 (de creación y constitución de órganos jurisdiccionales), en ejecución de lo dispuesto en el artículo 34 de la Constitución adoptada en 1937 por el pueblo irlandés. El Tribunal de Apelación (Court of Appeal) se creó el 29 de octubre de 2014 a raíz de un referéndum celebrado en 2013.
Los artículos 34 a 37 de la Constitución tratan sobre la Administración de justicia en general. El artículo 34, apartado 1, establece que la justicia la administrarán órganos judiciales establecidos por ley. Según la Constitución, el sistema judicial está formado por el Tribunal Supremo (Supreme Court), el Tribunal de Apelación, que tiene competencia en asuntos penales y civiles, y los restantes órganos jurisdiccionales, entre los que se encuentran el Tribunal Superior (High Court) con competencia plena en asuntos civiles y penales, y los órganos jurisdiccionales de ámbito territorial, es decir, los juzgados de condado (Circuit Courts) y los juzgados de distrito (District Courts).

Jurisdicción civil

El Tribunal Supremo (Supreme Court)

Con la entrada en vigor el 28 de octubre de 2014 de la trigésimo tercera modificación de la Constitución, por la que se creó el Tribunal de Apelación, se produjeron cambios de calado en la competencia de apelación del El enlace abre una nueva ventanaTribunal Supremo. Desde dicho día, el Tribunal Supremo tiene una competencia de apelación respecto de:

  1. las resoluciones del Tribunal de Apelación, si el Tribunal Supremo considera que la resolución se refiere a una cuestión de interés general, o si, en interés de la justicia, es necesario que exista un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo; y
  2. las resoluciones del Tribunal Superior si el Tribunal Supremo considera que existen circunstancias excepcionales que justifican que conozca en apelación, a saber, la resolución se refiere a una cuestión de interés general y/o redunda en interés de la justicia.

Los recursos contra las resoluciones civiles del Tribunal Superior que, antes de la trigésimo tercera modificación de la Constitución, habrían sido presentados ante el Tribunal Supremo ahora son de competencia del Tribunal de Apelación, con excepción de los asuntos en los que el Tribunal Supremo ha admitido el recurso por considerar que cumple el umbral establecido en el artículo 34, apartado 5, punto 4, de la Constitución. Además, las cuestiones de Derecho que antes podían remitir los juzgados de condado al Tribunal Supremo para su resolución (conocidas como case stated) son ahora resueltas por el Tribunal de Apelación.
La trigésimo tercera modificación de la Constitución no afectó a la competencia en primera instancia del Tribunal Supremo, que consiste en la competencia contemplada en el artículo 26 de la Constitución. Según el artículo 26, el Tribunal Supremo tiene competencia para pronunciarse sobre la constitucionalidad de los proyectos o proposiciones de ley (en su totalidad o de alguna o algunas de sus disposiciones), aprobados por las dos cámaras del Oireachtas (Parlamento) y presentados para la firma del presidente de Irlanda y su promulgación en ley, que le remita el presidente. Es competente también para decidir, en su caso, sobre la destitución (permanent incapacity) del presidente de Irlanda.

El Tribunal Supremo suele actuar en salas de tres o cinco magistrados y, excepcionalmente, de siete. Cuando se celebran juicios sobre asuntos relativos a la constitucionalidad de un acto legislativo del Oireachtas, la Constitución exige que la composición sea como mínimo de cinco magistrados. Esta exigencia se aplica también cuando el presidente de Irlanda solicita al Tribunal Supremo, con arreglo al artículo 26 de la Constitución, que emita un dictamen sobre constitucionalidad de un proyecto o proposición de ley adoptado por el Oireachtas. Con arreglo al artículo 12 de la Constitución, la composición mínima para decidir sobre la destitución del presidente de Irlanda es de cinco magistrados. El presidente del Tribunal Supremo u otro magistrado del Tribunal Supremo puede conocer por sí mismo de determinadas solicitudes de medidas provisionales y procesales.

El Tribunal de Apelación (Court of Appeal)

El Tribunal de Apelación se creó el 29 de octubre de 2014 tras la celebración de un referéndum en 2013. Como en el caso de otros órganos jurisdiccionales superiores, gran parte de su competencia le viene atribuida por la Constitución y por la ley. Ocupa un nivel jurisdiccional de apelación entre el Tribunal Superior y el Tribunal Supremo.
El Tribunal de Apelación es competente para conocer de los recursos civiles contra resoluciones del Tribunal Superior que, antes de la trigésimo tercera modificación de la Constitución, habrían sido competencia del Tribunal Supremo. Constituyen excepción a esta norma los asuntos en los que el Tribunal Supremo ha admitido el recurso por considerar que este cumple el umbral establecido en el artículo 34, apartado 5, punto 4, de la Constitución. El Tribunal de Apelación puede conocer de los recursos presentados contra resoluciones del Tribunal Superior relativas a la inconstitucionalidad de una norma. La Constitución establece que no se pueden promulgar normas que restrinjan esta competencia del Tribunal de Apelación.
El Tribunal de Apelación está compuesto por un presidente y nueve magistrados de pleno derecho (ordinary judges). El presidente del Tribunal Supremo y el presidente del Tribunal Superior son magistrados ex officio del Tribunal de Apelación. El Tribunal de Apelación puede actuar en salas de tres magistrados. El presidente u otro magistrado nombrado por este puede conocer por sí mismo de determinadas solicitudes de medidas provisionales y procesales.

El Tribunal Superior (High Court)

De acuerdo con la Constitución, el Tribunal Superior tiene jurisdicción plena en primera instancia en todos los asuntos y cuestiones de hecho o de Derecho, civiles o penales. El Tribunal Superior tiene competencia exclusiva en asuntos relativos a la adopción de niños y a las solicitudes de extradición. La jurisdicción del Tribunal Superior se amplía a la constitucionalidad de cualquier norma (excepto cuando ya haya sido sometida al Tribunal Supremo por el presidente de Irlanda). La mayor parte de las causas del Tribunal Superior se celebran ante un solo magistrado, aunque en ciertos asuntos, tales como los procesos por difamación, agresión o detención ilegal, la ley estipula que se celebren en un juicio con jurado. Los asuntos de importancia excepcional pueden ser conocidos por dos magistrados o más constituidos en sala (Divisional Court).
El Tribunal Superior conoce de los recursos de apelación de los juzgados de condado (Circuit Courts) en asuntos civiles. Aparte de su competencia de apelación en los recursos civiles contra las resoluciones de los juzgados de condado, el Tribunal Superior también tiene competencia para revisar las resoluciones de todos los tribunals (órganos cuasi judiciales) inferiores mediante los autos judiciales de mandamiento judicial (mandamus), inhibición (prohibition) y avocación (certiorari). Estos autos no inciden en la decisión de los tribunals inferiores, sino en la cuestión de si se han excedido en su competencia.
El Tribunal Superior puede pronunciarse sobre las cuestiones de Derecho presentadas por un juzgado de distrito (District Court). También resuelve las solicitudes de puesta en libertad bajo fianza cuando el acusado ha sido acusado de asesinato o cuando quiera cambiar las condiciones impuestas por un juzgado de distrito.
Normalmente, el Tribunal Superior se constituye en Dublín para conocer de las demandas en primera instancia. También celebra sesiones en varios distritos judiciales provinciales para conocer en primera instancia de litigios sobre indemnizaciones por lesiones leves, lesiones graves y lesiones mortales. El Tribunal Superior itinerante (High Court on Circuit) conoce de los recursos contra las resoluciones de los juzgados de condado en las jurisdicciones provinciales.

Juzgados de Condado (Circuit Courts)

La competencia de los El enlace abre una nueva ventanajuzgados de condado es limitada, a menos que todas las partes de un litigio den su consentimiento para que sea ilimitada. La competencia de estos juzgados se refiere principalmente a acciones cuya cuantía no excede de 75 000 EUR (60 000 EUR en caso de lesiones).
Los juzgados de condado tienen competencia en asuntos relacionados con legalizaciones testamentarias y en asuntos referentes a derechos de propiedad o de arrendamiento de bienes inmuebles cuando el valor de la renta imputable al inmueble (rateable valuation) no exceda de 253,95 EUR. Los juzgados de condado tienen competencia en procesos relativos al Derecho de familia, incluidos los que se refieren a separaciones judiciales, divorcios y nulidades matrimoniales, y conoce de los recursos contra las resoluciones de los juzgados de distrito.
Los asuntos de Derecho civil los resuelve un juez único sin jurado. Actúa como instancia de apelación de los juzgados de distrito en asuntos civiles y penales. El recurso adopta la forma de una nueva vista; la resolución del juzgado de condado es firme y por tanto no recurrible.
Los juzgados de condado también son competentes en todas las causas relativas a las solicitudes de nuevos permisos para la venta de bebidas alcohólicas para su consumo en bares, y conocen en segunda instancia de las resoluciones de tribunals como el Director de Investigaciones sobre Igualdad de Oportunidades (Director of Equality Investigations).

Juzgados de Distrito (District Courts)

Los El enlace abre una nueva ventanajuzgados de distrito tienen competencia local y limitada. En los asuntos relativos al Derecho de familia pueden dictar sentencia en materia de alimentos, prohibiciones, visita, custodia y filiación.
Los juzgados de distrito son competentes para resolver asuntos civiles sobre contratos, compras a plazos o ventas a crédito, responsabilidad extracontractual (tort), impagos de alquiler o posesión ilícita de bienes, cuyo valor no exceda de 15 000 EUR. También son competentes en la ejecución de las sentencias declarativas de deuda de cualquier órgano jurisdiccional, en relación con un gran número de autorizaciones, por ejemplo las relativas a la venta de licores, y también por lo que se refiere a las demandas por daños dolosos cuando la cuantía demandada no excede de 15 000 EUR.
Existen 24 juzgados de distrito en todo el país: el del distrito metropolitano de Dublín y los 23 distritos restantes. Generalmente, es competente el del lugar en que se formalizó el contrato, o donde el demandado reside o ejerce su actividad empresarial, o en los casos de autorización, donde están situados los locales.

Jurisdicción penal

El Tribunal Supremo (Supreme Court)

El Tribunal Supremo conoce de los recursos contra las sentencias del Tribunal de Apelación cuando se ventilen cuestiones de Derecho de excepcional importancia pública.

El Tribunal de Apelación (Court of Appeal)

La Ley del Tribunal de Apelación (Court of Appeal Act 2014) otorgó al Tribunal de Apelación la competencia de apelación que antes ejercía ante el Tribunal de Apelación Penal.
Desde la entonces, son de competencia del Tribunal de Apelación los recursos de particulares condenados en proceso con jurado (conviction on indictment) ante un juzgado de condado o el Tribunal Penal Central, cuando el juez o magistrado expida un certificado que indique que procede elevar el asunto a segunda instancia. Si se deniega este certificado, el propio Tribunal de Apelación puede, en la impugnación de dicha denegación, autorizar el recurso de apelación.
Además, la Fiscalía General (Director of Public Prosecutions) puede recurrir ante el Tribunal de Apelación por imposición de una condena muy poco severa (undue leniency of sentence) en virtud del artículo 2 de la Ley de justicia penal (Criminal Justice Act 1993). En el caso de un supuesto error judicial, puede interponerse un recurso con arreglo al artículo 2 de la Ley de enjuiciamiento criminal de 1993 (Criminal Procedure Act 1993).
Al Tribunal de Apelación se le otorgó asimismo competencia para conocer de los recursos que presente la Fiscalía General relativos a cuestiones de Derecho que se deriven de juicios penales que resulten en un fallo absolutorio. En estos casos, la resolución del Tribunal de Apelación no afecta a la sentencia absolutoria.
Son también competencia del Tribunal de Apelación los recursos de la Fiscalía General contra una absolución o una resolución que establece que no se repita el juicio. La Ley del Tribunal de Apelación otorgó a este la competencia de apelación que antes ejercía el Tribunal Militar de Apelación (Courts-Martial Appeal Court), lo que quiere decir que ahora es el Tribunal de Apelación el que conoce de los recursos interpuestos por quienes que hayan sido condenados por un tribunal militar.

El Tribunal de Apelación Penal (Court of Criminal Appeal)

La Ley del Tribunal de Apelación otorgó la competencia de apelación del El enlace abre una nueva ventanaTribunal de Apelación Penal al Tribunal de Apelación.

El Tribunal Penal Especializado (Special Criminal Court)

El El enlace abre una nueva ventanaTribunal Penal Especializado se estableció para juzgar determinados delitos, cuando se considera que la jurisdicción ordinaria no puede garantizar una administración de justicia eficaz o el mantenimiento de la paz y el orden públicos. Actúa en sala formada por tres magistrados y sin jurado.

El Tribunal Penal Central (Central Criminal Court)

El El enlace abre una nueva ventanaTribunal Penal Central es en realidad la Sala de lo penal del Tribunal Superior. Juzga los delitos más graves, como los de homicidio, violación, traición y piratería, así como los asuntos de carácter penal derivados de la Ley de la competencia de 2002, actuando a través de un magistrado asistido por un jurado.

Los juzgados penales de condado (Circuit Criminal Court)

Los juzgados penales de condado conocen de los restantes delitos que no son competencia del Tribunal Penal Central. Actúa a través de un juez asistido por un jurado. Conoce de los recursos interpuestos contra sentencias de los juzgados de distrito.

Los juzgados de distrito (District Courts)

Los juzgados de distrito juzgan las faltas y algunos delitos. Son órganos unipersonales.

Última actualización: 18/01/2024

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Tribunales ordinarios nacionales - Grecia

Jurisdicción civil (πολιτικά δικαστήρια)

Todos los litigios de índole privada son competencia de los órganos jurisdiccionales civiles, así como los expedientes de jurisdicción voluntaria que por ley se atribuyan a estos.

Estos son los órganos jurisdiccionales civiles:

  1. el Tribunal Supremo (Άρειος Πάγος);
  2. los tribunales de apelación (εφετεία);
  3. los tribunales de primera instancia (πολυμελέσ πρωτοδικείο);
  4. los juzgados de primera instancia (μονομελέσ πρωτοδικείο);
  5. los juzgados de paz (ειρηνοδικείο);

Jurisdicción penal (ποινικά δικαστήρια)

Los órganos jurisdiccionales penales conocen de los asuntos penales.

Estos son los órganos jurisdiccionales penales:

  1. el Tribunal Supremo;
  2. los tribunales de apelación, en salas integradas por cinco magistrados (πενταμελή εφετεία);
  3. los tribunales con jurado (μεικτά ορκωτά δικαστήρια);
  4. los tribunales de apelación con jurado (μεικτά ορκωτά εφετεία);
  5. los tribunales de apelación, en salas integradas por tres magistrados (τριμελή εφετεία);
  6. los tribunales de lo penal (τριμελή πλημμελειοδικεία);
  7. los juzgados de lo penal (μονομελή πλημμελειοδικεία);
  8. los juzgados de delitos leves (πταισματοδικεία);
  9. los juzgados/tribunales de menores (δικαστήρια ανηλίκων).

En virtud de leyes especiales, pueden ejercer la potestad jurisdiccional penal también:

  • los tribunales del Ejército de Tierra (στρατοδικεία);
  • los tribunales de la Armada (ναυτοδικεία);
  • los tribunales de las Fuerzas Aéreas (αεροδικεία).

Todos ellos son órganos jurisdiccionales penales especiales.

Estos tribunales conocen de los delitos cometidos por personal militar en ejercicio en los ejércitos de tierra, mar o aire.

Jurisdicción contencioso-administrativa (Διοικητικά δικαστήρια)

  • El Consejo de Estado (Συμβούλιο της Επικρατείας) es uno de los tres órganos jurisdiccionales que forman la cúspide de la pirámide jurisdiccional helena, junto con el Tribunal Supremo y el Tribunal de Cuentas (Ελεγκτικό Συνέδριο).
  • El Consejo de Estado conoce, por ejemplo, de:

    • los recursos de anulación de actos administrativos por infracción de ley, abuso de poder, falta de competencia o vicio de forma;
    • los recursos del personal de la Administración civil y militar contra las resoluciones de los consejos de personal en materia de ascensos, despidos, degradaciones, etc.;
    • los recursos de casación contra las resoluciones de los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos. Los órganos jurisdiccionales de lo contencioso-administrativo conocen de los litigios administrativos entre los órganos de la Administración y los ciudadanos.
  • El Tribunal de Cuentas dispone simultáneamente de competencias judiciales y administrativas, por lo que se considera un órgano de naturaleza dual. Su función principal es controlar el gasto público, tanto del Estado como de las entidades locales. También se encarga de determinar la responsabilidad patrimonial de los funcionarios públicos y tiene competencia judicial en determinados casos relativos a estos.
  • En la jurisdicción contencioso-administrativa se distingue entre tribunales de primera instancia de lo contencioso-administrativo (διοικητικά πρωτοδικεία) y tribunales de apelación de lo contencioso-administrativo (διοικητικά εφετεία).

  • Los tribunales de primera instancia de lo contencioso-administrativo conocen de los asuntos, bien en formación unipersonal, bien en formación de tres magistrados, dependiendo de la cuantía del litigio. Conocen de los asuntos tributarios, de los litigios entre particulares y organismos de la seguridad social o de la política social y de los litigios administrativos entre los particulares y el Estado, las regiones y los municipios.
  • En su formación de tres magistrados, conocen también de los recursos contra las resoluciones dictadas en formación unipersonal.

  • Los tribunales de apelación de lo contencioso-administrativo conocen de los recursos contra las resoluciones de los tribunales de primera instancia de lo contencioso-administrativo dictadas en formación de tres magistrados. Conocen también en primera instancia de los recursos de anulación de actos administrativos en el ámbito de la función pública (despidos, falta de nombramiento o de ascenso, etc.).
  • Bases de datos jurídicas

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    2. Sitio web del El enlace abre una nueva ventanaTribunal Supremo. El acceso a la base de datos es gratuito.

    Enlaces relacionados

    El enlace abre una nueva ventanaTribunal Supremo

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    El enlace abre una nueva ventanaJuzgado de Paz de Corinto

    Última actualización: 04/07/2023

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    Tribunales ordinarios nacionales - España

    La Constitución Española de 1978 establece en su artículo 117 que el principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales.

    Este principio se plasma en la existencia de una única jurisdicción, integrada por un único cuerpo de jueces y magistrados que constituyen la Jurisdicción Ordinaria.

    Existen numerosos juzgados y tribunales que se distribuyen el trabajo a través de los criterios de reparto de la competencia: materia, cuantía, persona, función o territorio, ya que la Unidad de jurisdicción no se opone a la existencia de diferentes órganos con diferentes competencias.

    La Constitución Española de 1978 proclama que España se constituye en un Estado Social y Democrático de Derecho que propugna como valores superiores de su Ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.La Constitución dedica su Título VI al Poder Judicial y establece en su artículo 117 que el principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales.

    Estos principios informan la Organización de los Juzgados y Tribunales en España y se plasman en la existencia de un Cuerpo único de Jueces y Magistrados que integran el Poder Judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente a la Constitución y al imperio de la Ley.

    El ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados en las leyes y en los Tratados Internacionales.

    Tribunales ordinarios- introducción

    Existen numerosos Juzgados y Tribunales que se distribuyen el trabajo a través de los diferentes criterios de reparto de la competencia establecidos en la Ley: materia, cuantía, persona, función o territorio, ya que la unidad de jurisdicción no se opone a la existencia de diferentes órganos con distintas competencias. Los Juzgados y Tribunales ejercen su jurisdicción exclusivamente en aquellos casos en que les venga atribuida por la Ley.

    La Ley Orgánica del Poder Judicial, por mandato del artículo 122 de la Constitución Española de 1978, es la que determina la constitución, funcionamiento y gobierno de los Juzgados y Tribunales.

    Hay que distinguir tres aspectos fundamentales;

    • el aspecto territorial.
    • el carácter unipersonal o colegiado de los órganos.
    • el aspecto competencial.

    El aspecto territorial

    De acuerdo con la exposición de motivos de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial, el Estado se organiza territorialmente, a efectos judiciales, en municipios, partidos, provincias y Comunidades Autónomas.

    El ejercicio de la potestad jurisdiccional se atribuye a lossiguientes Juzgados y Tribunales: Juzgados de Paz, Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de lo Mercantil, de Violencia sobre la Mujer, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria, Audiencias Provinciales, Tribunales Superiores de Justicia, Audiencia Nacional y Tribunal Supremo.

    Sobre todo el territorio nacional ejercen potestad jurisdiccional la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo, los Juzgados Centrales de Instrucción y los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo.

    El carácter unipersonal o colegiado de los órganos

    En cuanto al carácter unipersonal o colegiado de los órganos, son todos unipersonales excepto el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales.

    El Tribunal Supremo, con sede en Madrid, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías Constitucionales. Se compone de su Presidente, de los Presidentes de Sala y los Magistrados que determine la Ley para cada una de sus Salas y Secciones.

    El Tribunal Supremo está integrado por las siguientes Salas:

    Primera: De lo Civil.

    Segunda: De lo Penal.

    Tercera: De lo Contencioso-Administrativo.

    Cuarta: De lo Social.

    Quinta: De lo Militar, que se rige por su Legislación específica y supletoriamente por la LOPJ y por el Ordenamiento común a las demás Salas del Tribunal Supremo.

    La Audiencia Nacional con sede en Madrid, tiene jurisdicción en toda España. Se compone de su Presidente, los Presidentes de Sala y los Magistrados que determine la ley para cada una de sus Salas y Secciones (de Apelación, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social).

    Los Tribunales Superiores de Justicia uno en cada Comunidad Autónoma culminan la organización judicial en el ámbito territorial de aquélla, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo. El Tribunal Superior de Justicia toma el nombre de la Comunidad Autónoma de que se trate y extiende su jurisdicción al ámbito territorial de ésta.

    Está integrado por tres Salas: de lo Civil y Penal, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social.

    Se componen de un Presidente, que lo será también de su Sala de lo Civil y Penal; de los Presidentes de Sala y de los Magistrados que determine la ley para cada una de sus Salas y, en su caso, de las Secciones que puedan dentro de ellas crearse.

    Las Audiencias Provincialestienen susede en la capital de la provincia, de la que toman su nombre y extienden su jurisdicción, por regla general, a toda ella. Se componen de un Presidente y dos o más Magistrados. También podrán estar integradas por dos o más Secciones de la misma composición, en cuyo caso el Presidente de la Audiencia presidirá una de las Secciones.

    Conocen de las cuestiones establecidas en la Ley en los órdenes civil y penal.

    La Oficina Judicial

    La Ley Orgánica del Poder Judicial define la Oficina Judicial como "la organización de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional de jueces y tribunales".

    Su diseño se ha concebido para mejorar la eficacia, la eficiencia de los órganos judiciales y la transparencia de las actuaciones judiciales, agilizar la resolución de trámites y procesos, y fomentar la cooperación y coordinación entre los servicios y unidades que conforman la Oficina Judicial. Su puesta en funcionamiento responde, por lo tanto, al compromiso con un servicio público próximo y de calidad, conforme a los valores constitucionales y ajustado a las necesidades actuales de la ciudadanía

    Se trata de un nuevo modelo organizativo que introduce modernas técnicas de gestión, basado en la combinación de unidades administrativas diversas; Unidades Procesales de Apoyo directo, equivalente a los antiguos juzgados, que apoyan al Juez o Magistrado en su función jurisdiccional y Servicios comunes procesales, dirigidos por Letrados de la Administración de Justicia que realizan y dirigen todas aquellas funciones no estrictamente jurisdiccionales, tales como: recepción de escritos, notificaciones, ejecución de resoluciones, trámites procesales no judiciales admisión de la demanda a trámite, traslado a las partes, subsanación de defectos procesales…

    Hay tres clases de Servicios comunes Procesales:

    • Servicio Común General
    • Servicio Común de Ordenación del Procedimiento
    • Servicio Común de Ejecución

    El aspecto competencial

    Además del componente territorial, hay que destacar las diferentes materias o asuntos de los que pueden conocer los Juzgados y Tribunales y que determinan la existencia de cuatro órdenes jurisdiccionales:

    Civil: Los Tribunales y Juzgados del orden civil conocen, además de las materias que les son propias, de todas aquellas que no estén atribuidas a otro orden jurisdiccional. Por ello puede ser catalogado como ordinario o común.

    Penal: Corresponde al orden penal el conocimiento de las causas y juicios criminales, con excepción de los que correspondan a la jurisdicción militar.Es característica del Derecho español que la acción civil derivada de ilícito penal pueda ser ejercitada conjuntamente con la penal. En tal caso, el tribunal penal decidirá la indemnización correspondiente para reparar los daños y perjuicios ocasionados por el delito.

    Contencioso-administrativo: La Constitución establece que los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican. El orden jurisdiccional Contencioso-administrativo trata del control de la legalidad de la actuación de todas las Administraciones públicas, incluidas las reclamaciones de responsabilidad patrimonial que se dirijan contra las mismas, ya que los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.

    Social: que conocen de las pretensiones que se ejerciten en la rama social del Derecho, tanto en conflictos individuales como colectivos, así como las reclamaciones en materia de Seguridad Social o contra el Estado cuando le atribuya responsabilidad la legislación laboral.

    Además de los cuatro órdenes jurisdiccionales, existe en España la Jurisdicción Militar.

    La Jurisdicción Militar supone una excepción al principio de unidad jurisdiccional.

    La Constitución establece los principios reguladores de la actividad jurisdiccional y en ella se asienta la unidad del Poder Judicial del Estado. Los órganos de la jurisdicción militar, integrante del Poder Judicial del Estado, basan su organización y funcionamiento en el principio de unidad jurisdiccional y administran Justicia en el ámbito estrictamente castrense y, en su caso, en las materias que establezca la declaración del estado de sitio, de acuerdo con la Constitución y lo dispuesto en las leyes penales, procesales y disciplinarias militares.

    La competencia de la jurisdicción militar se circunscribe en tiempo de paz al ámbito estrictamente castrense, conociendo de las conductas tipificadas como delito en el código penal militar y extendiendo su competencia a cualquier clase de delito en el supuesto de tropas desplazadas fuera del territorio nacional. Para tiempo de guerra, la Ley Orgánica 4/1987 de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar prevé una modificación de ese ámbito, si bien la decisión compete a las Cortes Generales y, en caso de que estuviere autorizado, al Gobierno.

    En el orden civil, corresponde a la jurisdicción militar la prevención de los juicios de testamentaría y de abintestato de los miembros de las Fuerzas Armadas que, en tiempo de guerra, fallecieren en campaña o navegación, limitándose a la práctica de la asistencia imprescindible para disponer el sepelio del difunto y la formación del inventario yaseguramiento provisorio de sus bienes, dando siempre cuenta a la Autoridad judicial civil competente.

    Los órganos jurisdiccionales militares se hallan integrados por militares de carrera, miembros de las Fuerzas Armadas y dependientes del Ministerio de Defensa.

    Todos ellos integran los tribunales militares: los Juzgados Togados Territoriales, los Juzgados Togados Centrales, los Tribunales Militares Territoriales, y el Tribunal Militar Central. No obstante, en la cúspide de la jurisdicción militar se encuentra la Sala 5ª del Tribunal Supremo.

    El Tribunal Militar Central con sede en Madrid y jurisdicción en todo el territorio nacional, constituye un tribunal centralizado para el conocimiento de las materias atribuidas por la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.

    Los Juzgados Togados Militares son los encargados de la instrucción de los procedimientos penales militares por hechos ocurridos en la demarcación de su competencia y cuyo conocimiento corresponda al respectivo Tribunal Militar Territorial y de la vigilancia judicial penitenciaria en relación con los establecimientos penitenciarios militares y sus internos, entre otras funciones.

    La creación de una Sala de lo Militar en el Tribunal Supremo, sujeta en su régimen y en el estatuto de sus miembros a las mismas normas que las demás Salas, supone la unidad en el vértice, de las dos jurisdicciones que integran el Poder Judicialdel Estado.

    La composición de dicha Sala por Magistrados procedentes de la jurisdicción ordinaria y de la militar, es una garantía de ponderación en una actuación jurisdiccional del más elevado rango, normalmente llamada a actuar en valoraciones de casación y revisión, aun cuando se respete, como es lógico, una reserva de fuero personal para quienes ostenten determinados altos empleos o cargos militares, cuyas conductas serian enjuiciadas por esta Sala.

    No existe en España un orden jurisdiccional extraordinario, pero si podemos destacar que, dentro de los órdenes jurisdiccionales mencionados, se han creado Juzgados especializados por razón de la materia. Así por ejemplo, los juzgados de Violencia sobre la Mujer, los juzgados de vigilancia penitenciaria o de menores. Estos juzgados son jurisdicción ordinaria pero cuentan con una especialización por razón de la materia. Para más información, ver “los juzgados y tribunales especializados en España”.

    Entrando en el análisis de los cuatro órdenes jurisdiccionales existentes, vamos a estudiar la competencia que ostentan los distintos juzgados y tribunales en estas materias.

    ORDEN JURISDICCIONAL CIVIL

    Tienen competencia en el orden jurisdiccional civil la Sala I del Tribunal Supremo, la Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, las Secciones Civiles de las Audiencias Provinciales, los Juzgados de Primera Instancia y los Juzgados de Paz así como ciertos Juzgados especializados( Juzgados de Familia, Mercantiles, de Marca Comunitaria, de Violencia sobre la Mujer)

    Los Juzgados Mercantiles, de Marca Comunitaria, de Violencia sobre la Mujer se analizan en la ficha correspondiente a la Jurisdicción Especializada en España.

    ORDEN JURISDICCIONAL PENAL

    En el Orden Jurisdiccional Penal son competentes la Sala 2ª del Tribunal del Supremo, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, la Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, las Secciones Penales de las Audiencias Provinciales, los Juzgados de lo Penal, los Juzgados de Instrucción, los Juzgados de Menores, los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, los Juzgados de Violencia contra la Mujer y los Juzgados de Paz.

    Los Juzgados de Menores, los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, y los Juzgados de Violencia contra la Mujer se analizan en la ficha correspondiente a la Jurisdicción Especializada en España.

    ORDEN JURISDICCIONAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

    Son órganos jurisdiccionales del orden contencioso administrativo, la Sala 3ª del Tribunal Supremo, la Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional, la Sala de lo Contencioso- Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo y los Juzgados de lo Contencioso Administrativo.

    ORDEN JURISDICCIONAL SOCIAL

    Integran el orden social, la Sala 4ª del Tribunal Supremo, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, la Sala de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia y los Juzgados de lo Social.

    Las competencias de todos los órganos mencionados anteriormente se establecen en la El enlace abre una nueva ventanaLey Orgánica del Poder Judicial.

    Enlaces relacionados

    El enlace abre una nueva ventanaCONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE ESPAÑA

    El enlace abre una nueva ventanaLEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL

    Última actualización: 17/01/2024

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    Tribunales ordinarios nacionales - Francia

    En la presente sección se explican las jurisdicciones ordinarias en Francia.

    Órganos jurisdiccionales ordinarios - Introducción

    Órganos jurisdiccionales de primera instancia

    Órganos jurisdiccionales civiles

    1. Tribunales de Primera Instancia (Tribunaux de grande instance)

    Los Tribunales de Primera Instancia conocen de los litigios entre particulares (asuntos civiles y mercantiles) de una cuantía superior a 10 000 EUR.

    Son asimismo competentes, con independencia de la cuantía del asunto, en especial en los siguientes ámbitos:

    • estado civil: matrimonio, filiación, adopción, declaración de ausencia;
    • rectificación de inscripciones en el Registro Civil;
    • sucesiones;
    • sanciones impuestas por los encargados del Registro Civil;
    • acciones inmobiliarias, petitorias y posesorias;
    • recompensas industriales;
    • disolución de asociaciones;
    • medidas cautelares concursales, administración judicial, liquidación judicial cuando el deudor no es comerciante ni está inscrito en el registro de profesiones (répertoire des métiers);
    • seguro contra accidentes laborales y enfermedades profesionales de los trabajadores autónomos agrícolas;
    • tasas de inscripción registral, tasa de publicidad de operaciones inmobiliarias, derechos de timbre y contribuciones especiales y otros gravámenes asimilados a esos derechos, tasas o contribuciones;
    • alquiler de locales comerciales, salvo los litigios relativos a la fijación del precio de un contrato de alquiler revisado o renovado, alquiler de viviendas o locales para usos profesionales y convenios de ocupación en precario en el ámbito mercantil;
    • impugnación por falsedad de actos auténticos;
    • demandas por difamación o por injurias, públicas o no públicas, verbales o por escrito.
    • impugnación relativa al pago, garantía o reembolso de todo tipo de deudas recuperadas por la Administración aduanera y otras autoridades aduaneras en los casos y las condiciones establecidas en el Código Aduanero.

    Los Tribunales de Primera Instancia están integrados por jueces y fiscales de carrera: presidente, vicepresidentes, jueces, fiscal de la República, vicefiscales y sustitutos.

    Algunos de estos magistrados son jueces especializados que intervienen principalmente en materia penal, como:

    • los jueces de menores, competentes para adoptar medidas de protección de los menores en peligro y juzgar las infracciones (faltas de quinta clase y delitos) cometidas por los menores. En materia penal, cuando se pronuncian en audiencia a puerta cerrada, solo pueden imponer medidas educativas; cuando presiden el tribunal de menores, cuentan con la asistencia de dos asesores que no son jueces de carrera, y pueden imponer penas y medidas educativas;
    • los jueces de vigilancia penitenciaria (juges de l’application des peines), se encargan de determinar las principales modalidades de ejecución de las penas privativas o restrictivas de la libertad; cuando intervienen en un entorno denominado «cerrado» derivado de la pena privativa de libertad, pueden modificar el régimen penitenciario de los reclusos (por ejemplo, régimen abierto, semilibertad, libertad condicional, libertad vigilada a través de medios electrónicos); cuando intervienen en un entorno abierto, les compete verificar y controlar el cumplimiento de la pena impuesta a los condenados (pena de prisión en suspenso, libertad condicional o a prueba, trabajo en interés de la comunidad, seguimiento sociojudicial, etc.);
    • los jueces de instrucción, a quienes compete llevar a cabo, bajo el control de la Sala de Instrucción del Tribunal de Apelación, todas las actuaciones útiles para el esclarecimiento de la verdad; reunir todos los elementos del caso, ya sean acusatorios o exculpatorios y, cuando consideren concluida la instrucción, sobreseer el asunto o imputar a la persona de que se trate ante un órgano jurisdiccional de enjuiciamiento. Los jueces de instrucción no pueden actuar de oficio, sino a instancia del fiscal o de la víctima, si esta se ha constituido en parte civil.

    Los Tribunales de Primera Instancia suelen tener su sede en las capitales de los departamentos, pero también puede haberlos en otras ciudades. A 1 de enero de 2017 había 164 Tribunales de Primera Instancia.

    2. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción (Tribunaux d'instance)

    Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción juzgan los litigios entre particulares (asuntos civiles) de una cuantía de hasta 10 000 EUR y tienen ciertas competencias exclusivas, sea cual sea el importe de la demanda, como los litigios de lindes o los desahucios.

    También tienen competencias jurisdiccionales (por ejemplo, embargo de las rentas del trabajo, rentas vitalicias, problemas relativos a las elecciones, arrendamientos de vivienda) y competencias administrativas; así, el director de servicios de un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción tiene potestad, por ejemplo, para expedir certificados de nacionalidad.

    Además, el juez de Primera Instancia desempeña las funciones de juez competente en materia de tutela (salvo en el caso de los menores, en cuyo caso es competente, de conformidad con una ley de 12 de mayo 2009, el juez de familia del Tribunal de Primera Instancia), encargándose, en especial, de proteger a los adultos vulnerables y controlar, en especial, la gestión de su patrimonio.

    Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción están integrados por uno o varios jueces, pero los asuntos los juzga un solo juez.

    Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción suelen tener su sede en la cabeza del partido judicial (arrondissement). A 1 de enero de 2017 había 307 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.

    3. Órganos jurisdiccionales de proximidad (Juridiction de proximité)

    Los órganos jurisdiccionales de proximidad conocen de los asuntos civiles entre particulares de una cuantía inferior a 4 000 EUR.

    A partir del 1 de julio de 2017 se suprimieron los órganos jurisdiccionales (Ley n.º 2011-1862, de 13 de diciembre de 2011) y sus atribuciones pasaron a ser ejercidas por los Juzgados de Primera Instancia.

    4. Tribunales Mercantiles (Tribunaux de commerce)

    Los El enlace abre una nueva ventanaTribunales Mercantiles conocen de los litigios entre comerciantes, entre entidades de crédito, o entre unos y otras, así como de los litigios relativos a las sociedades mercantiles o a los actos mercantiles en general. Conocen también de los procedimientos relativos a las empresas en dificultades.

    Los Tribunales Mercantiles están integrados por jueces que no son de carrera, todos ellos voluntarios, comerciantes o directivos de empresas. Son elegidos por dos años en la primera ocasión o por cuatro años una vez finalizado su primer mandato, por un colegio electoral compuesto por jueces y antiguos jueces de lo mercantil, así como por delegados mercantiles (délégués consulaires). Estos últimos son comerciantes o directivos de empresas elegidos cada cinco años en la circunscripción del Tribunal con la misión de participar, anualmente, en la elección de los jueces de los Tribunales Mercantiles.

    A 1 de enero de 2017 había en Francia continental 134 Tribunales Mercantiles, siete Cámaras de Comercio en los departamentos de Alsacia-Mosela y nueve Tribunales Mercantiles mixtos en los territorios de ultramar.

    Salvo disposición en contrario, el Tribunal Mercantil tendrá al menos tres jueces.

    En el seno del Tribunal Mercantil, la fiscalía representa los intereses de la sociedad. Está obligada a pronunciarse en asuntos que conciernen a empresas en crisis.

    La secretaría del Tribunal Mercantil estará organizada por un secretario, que es un funcionario público y ministerial.

    5. Tribunales de Conciliación (Conseils de prud'hommes)

    Los El enlace abre una nueva ventanaTribunales de Conciliación se encargan de solucionar los litigios entre empresarios y trabajadores en el marco de un contrato de trabajo (salario, tiempo de trabajo, acoso, sanciones, etc.). Se trata de tribunales comunes compuestos por jueces no profesionales que representan a empresarios y trabajadores.

    Se dividen en cinco secciones especializadas (gestión empresarial, industria, comercio y servicios comerciales, agricultura y actividades diversas). En caso de empate entre los cuatro consejeros, el Tribunal estará presidido por un juez designado por el presidente del Tribunal de Primera Instancia, el juez arbitrador.

    Existen uno o varios conseils de prud’hommes por departamento y al menos uno en la circunscripción del Tribunal de Primera Instancia.

    En la actualidad existen 210 Tribunales de Conciliación.

    En el contexto de la renovación de los Tribunales de Conciliación en 2017, los miembros ya no son elegidos, sino nombrados a propuesta de los sindicatos y las organizaciones empresariales representativas en función de su representatividad. Serán nombrados por un período de cuatro años.

    6. Tribunales competentes en cuestiones relativas a la Seguridad Social (Tribunaux des affaires de la sécurité sociale)

    Los El enlace abre una nueva ventanaTribunales competentes en cuestiones relativas a la Seguridad Social entienden de los conflictos entre las cajas de la Seguridad Social y los usuarios (por ejemplo, problemas de afiliación a una caja, de asignación y liquidación de las prestaciones, etcétera).

    Están integrados por un presidente (juez del Tribunal de Primera Instancia o magistrado honorario), de un asesor que representa a los trabajadores por cuenta ajena y un asesor en representación de los empresarios y los trabajadores por cuenta propia, ambos nombrados para un mandato de tres años por el presidente primero del Tribunal de Apelación, a partir de una lista de candidatos confeccionada, en la circunscripción de cada tribunal, por el Director Regional de Juventud, Deportes y Cohesión Social, a propuesta de las organizaciones sindicales y patronales más representativas.

    Hay 114 Tribunales competentes en cuestiones relativas a la Seguridad Social.

    7. Tribunales competentes en materia de incapacidad (Tribunaux du contentieux de l’incapacité)

    Los Tribunales competentes en materia de incapacidad conocen de los litigios relativos a la invalidez o a la incapacidad laboral de los afiliados a la Seguridad Social, es decir, del estado o grado de la incapacidad en caso de enfermedad o accidente laboral o la invalidez en caso de enfermedad o accidente no laboral.

    Están compuestos por un presidente (juez honorario o persona cualificada), designado por decisión del Ministerio de Justicia, un asesor en representación de los trabajadores por cuenta ajena y un asesor en representación de los empresarios o trabajadores autónomos (ambos asesores, cuyo mandato es de tres años, los nombra el presidente primero del Tribunal de Apelación en cuya circunscripción tiene su sede el Tribunal competente en materia de incapacidad, entre los candidatos de una lista confeccionada por el Director Regional de Juventud, Deportes y Cohesión Social a propuesta de las organizaciones profesionales más representativas).

    Hay 26 Tribunales competentes en materia de incapacidad.

    A partir del 1 de enero de 2019, los asuntos de los Tribunales competentes en cuestiones relativas a la Seguridad Social, en incapacidad y una parte de los de las Comisiones Departamentales de Asistencia Social (CDAS) se transfirieron a los centros de operaciones sociales de los Tribunales de Primera Instancia, suprimiéndose entonces estas jurisdicciones especializadas.

    8. Tribunales paritarios en materia de litigios sobre arrendamientos rústicos (Tribunaux paritaires des baux ruraux)

    Los El enlace abre una nueva ventanaTribunales paritarios en materia de arrendamientos rústicos conocen de los litigios entre arrendadores y arrendatarios rústicos relativos al estatuto del arrendamiento y la aparcería, los contratos de aparcería de ganado, los baux à domaine congéable, los baux à complants, los arrendamientos a largo plazo y los contratos de explotación de tierras de pastoreo.

    Los Tribunales paritarios en materia de arrendamientos rústicos están integrados por un presidente (un juez de Primera Instancia) y por cuatro asesores no profesionales: dos arrendadores y dos arrendatarios, elegidos por sus respectivos colectivos por un período de seis años, entre los candidatos de las listas electorales elaboradas por el prefecto a propuesta de la comisión de preparación de las listas electorales.

    En el contexto de la renovación de los Tribunales paritarios de litigios sobre arrendamientos rústicos en 2018, los asesores ya no serán elegidos, sino nombrados a propuesta de las organizaciones profesionales más representativas afectadas sobre la base de su respectiva representatividad. Serán nombrados por un período de seis años.

    Órganos jurisdiccionales penales

    1. Cour d’Assises

    La cour d’assises es un tribunal penal con competencia para juzgar los delitos, es decir, las infracciones más graves, castigados con penas de duración comprendida entre 10 años de reclusión y cadena perpetua.

    Se trata de órganos jurisdiccionales de ámbito departamental y no permanente. Las fechas de celebración de sus sesiones se fijan en función de las necesidades. No obstante, en los departamentos más importantes se reúnen con carácter casi permanente.

    Está integrado por tres jueces de carrera: un presidente (presidente de sala o consejero del Tribunal de Apelación), dos asesores (consejeros del Tribunal de Apelación o magistrados del Tribunal de Primera Instancia del departamento en que se celebre la audiencia) y un jurado (seis ciudadanos elegidos por sorteo). También se reúne como Tribunal de lo penal de menores con jurado cuando se trata de delitos cometidos por menores. En este caso, los asesores profesionales son jueces de menores.

    En el caso de determinados delitos, como los de terrorismo, militares o de tráfico de drogas, la cour d’assises está integrada exclusivamente por jueces de carrera.

    El Ministerio Público está representado por un fiscal (avocat général).

    2. Tribunales Correccionales (tribunaux correctionnels)

    Son competentes para juzgar los delitos, es decir, las infracciones castigadas con una pena de cómo máximo 10 años de privación de libertad o con una multa superior o igual a 3 750 EUR. Están vinculados a los tribunales de primera instancia. En principio, están integrado por tres jueces de carrera, salvo en los casos legales de infracciones juzgadas por un juez único.

    El Ministerio Público está representado por el fiscal o uno de sus sustitutos.

    3. Juzgados de Paz (Tribunaux de police)

    Hasta el 1 de julio de 2017 eran competentes para juzgar las infracciones de quinta clase en un Tribunal de Primera Instancia e Instrucción y estaban presididos por un juez de Primera Instancia, que actuaba como juez único. A partir de esa fecha puede entender de todo tipo de infracciones, está constituido en un Tribunal de Primera Instancia y compuesto por un juez de dicho tribunal.

    El Ministerio Público está representado por el fiscal o uno de sus sustitutos.

    4. Juzgados de proximidad

    Hasta el 1 de julio de 2017 eran competentes para juzgar las infracciones de las cuatro primeras clases. Tienen su sede en un Tribunal de Primera Instancia e Instrucción. Están presididos por un juez de proximidad, que actúa como juez único.

    Las funciones del Ministerio Público suele ejercerlas un comisario de policía. A partir del 1 de julio de 2017, se suprimieron, ya que sus competencias se transfirieron a los Juzgados Paz, que a su vez se adscriben a los Tribunales de Primera Instancia desde esa fecha.

    5. Órganos jurisdiccionales especializados

    Existen asimismo órganos jurisdiccionales especializados en determinados litigios penales, como los tribunales marítimos mercantiles, que tienen competencia para juzgar determinados delitos marítimos. Actualmente, existen seis tribunales marítimos mercantiles.

    Órganos jurisdiccionales de segunda instancia

    Los Tribunales de Apelación intervienen en segunda instancia para volver a juzgar, tanto sobre el fondo como sobre los hechos, asuntos ya juzgados por los órganos jurisdiccionales de primera instancia.

    Están compuestos exclusivamente por jueces de carrera; un primer presidente, dos presidentes de sala y consejeros (salvo en el caso de la cour d’assises de apelación, véase más arriba).

    Cada Tribunal de Apelación se divide en un número variable de salas, algunas salas especializadas (en materia civil, social, comercial y penal).

    Las resoluciones de las cours d'assises son examinadas por otra cour d'assises designada por la Sala de lo Penal del Tribunal de Casación. La cour d’assises de apelación está integrada por nueve jurados.

    El Tribunal nacional de Incapacidad y Tarificación del Seguro de Accidentes del Trabajo (Cour nationale de l’incapacité et de la tarification de l’assurance des accidents du travail) es el órgano de apelación de los Tribunales competentes en materia de incapacidades. También entiende, en primera y última instancia, de reclamaciones relativas a los baremos del seguro de accidentes de trabajo. El Ministerio Público está representado por el Fiscal General o uno de sus fiscales o sustitutos generales.

    Esta jurisdicción se suprimió el 1 de enero de 2019.

    Tribunal de Casación (Cour de cassation)

    El Tribunal de Casación es el órgano jurisdiccional de más de más alto rango del sistema judicial. Tiene su sede en París. Su función es velar por la conformidad de las resoluciones de los tribunales con las normas de Derecho, fuera de cualquier nueva valoración de los hechos. Por consiguiente, no constituye una tercera instancia, sino que garantiza la unidad de la jurisprudencia y se constituye en órgano regulador del Derecho y del respeto de la legalidad.

    Puede ser consultado por los tribunales para que emita un dictamen sobre una nueva cuestión de Derecho que suponga una dificultad grave y se plantee en numerosos litigios.

    El Tribunal interviene sobre todo para resolver los recursos de casación (pourvois en cassation) que interponen ante él las personas sobre las que ha recaído una resolución judicial o el Ministerio Público.

    Cuando el Tribunal estima que la resolución impugnada no fue adoptada conforme a las normas de Derecho, la «casa» y el asunto se remite a un órgano jurisdiccional para volver a ser juzgado.

    En caso contrario, desestima el recurso, lo que equivale a declarar definitiva la resolución impugnada.

    De forma excepcional, puede casar sin remisión, es decir, sin que sea necesario volver a juzgar sobre el fondo del asunto. También puede pronunciarse sobre el fondo en materia civil cuando el interés de una buena administración de la justicia así lo justifique y en materia penal, puede poner fin al litigio casando sin remisión cuando los hechos, soberanamente constatados y apreciados por los jueces del fondo, le permitan aplicar la norma de Derecho pertinente.

    Está dividido en salas (tres salas de lo civil, una mercantil, una de lo social y una de lo penal), cada una de ellas integrada por jueces de carrera, un presidente y consejeros. En función de la naturaleza del asunto, puede resolver en salas mixtas (compuestas por magistrados pertenecientes a tres salas por lo menos) o reunido en pleno (compuesto por el presidente primero, los presidentes y vicepresidente de sala y un consejero de cada sala).

    El Ministerio Público está representado por el Fiscal General y fiscales.

    Bases de datos jurídicas

    En Francia, un servicio público, El enlace abre una nueva ventanaLégifrance, se ocupa de difundir en internet las bases de datos jurídicas. En su página web figuran las resoluciones del Tribunal de Casación y las de los Tribunales de Apelación:

    • en la base «CASS» las resoluciones del Tribunal de Casación publicadas,
    • en la base «INCA» las resoluciones aún no publicadas, y
    • en la base «CAPP» las resoluciones de los Tribunales de Apelación.

    ¿El acceso a las bases de datos es gratuito?

    Sí, el acceso a las bases de datos es gratuito.

    Breve descripción de su contenido

    Las resoluciones están disponibles en francés y algunas también en inglés, árabe y mandarín.

    • La base «CASS» almacena 120 000 resoluciones, con un flujo anual de 2100.
    • La base «INCA» almacena 246 000 resoluciones, con un flujo anual de 10 000.
    • La base «CAPP» almacena 19 000 resoluciones, con un flujo anual de 20 000.

    Enlaces relacionados

    Competencia de los tribunales - Francia

    Última actualización: 15/04/2020

    El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

    Tribunales ordinarios nacionales - Croacia

    Hay dos tipos de órganos jurisdiccionales ordinarios: los juzgados municipales y los tribunales regionales.

    Juzgados municipales (općinski sudovi)

    1. Conocen de asuntos contenciosos, no contenciosos y de ejecución.
    2. Conocen de sucesiones y asuntos relacionados los registros de la propiedad, y se ocupan de la administración de estos últimos.
    3. Conocen de las causas penales que no son de competencia de otros órganos jurisdiccionales.
    4. Conocen de asuntos relativos a infracciones que no son de competencia de otros órganos jurisdiccionales.
    5. Resuelven sobre el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones de órganos jurisdiccionales extranjeros y de las resoluciones de otras autoridades de un Estado en el que estas se consideran resoluciones judiciales.
    6. Llevan a cabo tareas relativas al auxilio judicial internacional en el marco de los procedimientos que sean de su competencia.
    7. Llevan a cabo tareas relativas a la cooperación judicial con los Estados miembros de la Unión Europea en el marco de los procedimientos que sean de su competencia.
    8. Llevan a cabo otras tareas especificadas por ley.

    El enlace abre una nueva ventanaJuzgados municipales de Croacia

    Tribunales regionales (županijski sudovi)

    1. Conocen de los recursos contra las resoluciones de los juzgados municipales, salvo que la ley disponga otra cosa.
    2. Conocen de asuntos en primera instancia cuando tal competencia esté contemplada por ley.
    3. Llevan a cabo procedimientos de investigación y los disciplinarios en el marco de la actividad notarial en caso de infracción disciplinaria y enjuician en primera instancia tales infracciones, cuando así lo disponga la ley.
    4. Conocen de los recursos interpuestos contra las resoluciones disciplinarias por irregularidades en el ejercicio de funciones notariales, cuando así lo disponga la ley.
    5. Llevan a cabo tareas relativas al auxilio judicial internacional en el marco de los procedimientos que sean de su competencia.
    6. Llevan a cabo tareas relativas a la cooperación judicial con los Estados miembros de la Unión Europea en el marco de los procedimientos que sean de su competencia, salvo en el caso de delitos leves.
    7. Ejecutan las sentencias penales extranjeras.
    8. Llevan a cabo otras tareas especificadas por ley.

    El enlace abre una nueva ventanaTribunales regionales de Croacia

    Última actualización: 15/04/2020

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    Tribunales ordinarios nacionales - Italia

    Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios en Italia.

    Órganos jurisdiccionales ordinarios – Introducción

    La jurisdicción ordinaria se divide en:

    • Jurisdicción civil, relativa a la aplicación de la Ley en los conflictos entre particulares, o bien entre particulares y la administración pública cuando esta última, en el ejercicio de sus funciones, ha vulnerado los derechos subjetivos de aquellos.
    • Jurisdicción penal, en la que los jueces han de decidir si la acción penal ejercitada por un fiscal contra una determinada persona está fundada.

    Los procesos civiles y penales están regulados por dos conjuntos distintos de normas procesales: el Código de procesal civil y el Código procesal penal.

    Los procesos penales se inician a instancia de un fiscal (véase el último apartado del artículo 107 de la Constitución).

    Los procesos civiles se inician a instancia de parte (el demandante) contra otra parte a la que se reclama algo (el demandado).

    Jurisdicción civil

    Jueces de paz (Giudici di Pace): son jueces legos que tienen competencia en asuntos de menor cuantía.

    Los Tribunales (Tribunali) son los órganos jurisdiccionales de primera instancia que conocen de todos los demás asuntos, si bien también actúan como tribunales de apelación contra las resoluciones dictadas por los jueces de paz.

    Tribunales de menores y Salas de menores de los tribunales de apelación (Tribunali per i Minorenni e Sezione per i Minorenni delle Corti di Appello): son competentes en las materias relacionadas con menores que no corresponden los tribunales ordinarios.

    Salas de los tribunales ordinarios y de los tribunales de apelación especializadas en asuntos laborales (Sezione dei Tribunali e delle Corti di Appello specializzata per le controversie in materia di lavoro).

    Tribunales de apelación (Corti di Appello): son los órganos jurisdiccionales de segunda instancia.

    El Tribunal Supremo (Corte di Cassazione) tiene su sede única en Roma y es la más alta instancia del sistema de recursos y de control jurisdiccional de la legalidad.

    Jurisdicción penal

    Jueces de paz (Giudici di Pace): son jueces legos que tienen competencia en relación con las faltas.

    Tribunales ordinarios (Tribunali): son los órganos jurisdiccionales de primera instancia para los asuntos penales que no sean competencia de los jueces de paz o de los tribunales del jurado; se ocupan también de los recursos presentados contra las sentencias dictadas por los jueces de paz.

    Tribunales de menores y Salas de menores de los tribunales de apelación (Tribunali per i Minorenni e Sezione per i Minorenni delle Corti di Appello): son los órganos jurisdiccionales de primera y segunda instancia en los delitos cometidos por menores.

    Tribunales del jurado (Corti di Assise): son los órganos jurisdiccionales de primera instancia competentes para enjuiciar los delitos de mayor gravedad.

    Tribunales de apelación (Corti di Appello): son los órganos jurisdiccionales de segunda instancia.

    Tribunales del jurado de apelación (Corti di Assise di Appello): son los órganos jurisdiccionales de segunda instancia que se ocupan de los recursos contra las sentencias dictadas por los tribunales del jurado.

    Juzgados de vigilancia y Oficinas de vigilancia (Tribunale di Sorveglianza e Uffizi di Sorveglianza]: supervisan la aplicación de las condenas al pago de una multa y de las penas de privación de libertad, así como el cumplimiento de la legislación penitenciaria.

    Tribunal Supremo (Corte di Cassazione): es el órgano competente para conocer de los recursos por infracción de ley. Resuelve los recursos contra cualesquiera sentencias, sin necesidad de pasar por segunda instancia, tanto en procesos civiles como penales, y los casos de vulneración de las libertades individuales.

    El Tribunal Supremo es el más alto órgano jurisdiccional. Conforme al artículo 65 del R.D. nº 12/1941, sobre el ordenamiento judicial, una de sus funciones fundamentales es la de «garantizar la exacta observancia e interpretación uniforme de las leyes, la unidad del Derecho objetivo nacional y el respeto de los límites de las distintas jurisdicciones». Por lo tanto, ha de mantener la unificación del Derecho, aportando seguridad jurídica a la labor legislativa y reglamentaria.

    En cuanto a su actuación como órgano de tercera instancia, las disposiciones vigentes le autorizan a examinar las circunstancias de un caso solamente cuando, habiendo sido juzgado éste en una instancia anterior, deba tomarse en consideración alguna de las causas previstas legalmente para la interposición del recurso ante el Tribunal Supremo.

    Última actualización: 18/01/2022

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    Nota: la versión original de esta página griego se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.
    Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: inglés.

    Tribunales ordinarios nacionales - Chipre

    En la República de Chipre hay dos instancias jurisdiccionales: el Tribunal Supremo (Ανώτατο Δικαστήριο), que conoce de todos los recursos contra las sentencias dictadas por los órganos jurisdiccionales de primera instancia, y los siguientes órganos jurisdiccionales de primera instancia:

    • Juzgado contencioso-administrativo (Διοικητικό Δικαστήριο)
    • Juzgados de distrito (Επαρχιακά Δικαστήρια)
    • Audiencias penales (Κακουργιοδικεία)
    • Juzgado de familia (Οικογενειακό Δικαστήριο)
    • Juzgado de control de los arrendamientos (Δικαστήριο Ελέγχου Ενοικιάσεων)
    • Juzgado de lo social (Δικαστήριο Εργατικών Διαφορών)
    • Tribunal militar (Στρατοδικείο)

    Órganos jurisdiccionales ordinarios: introducción

    • Tribunal Supremo

    El Tribunal Supremo está compuesto por trece magistrados, uno de los cuales ejerce como presidente. Cuenta con las siguientes competencias:

    Instancia de recurso (Εφετείο)

    El Tribunal Supremo conoce de todos los recursos contra las sentencias dictadas por los órganos jurisdiccionales de primera instancia en materia civil y penal. Por regla general, los recursos son examinados en salas formadas por tres magistrados. La vista del recurso se basa en el examen de la sentencia del órgano jurisdiccional inferior (el Tribunal Supremo solo admite la práctica de pruebas en circunstancias excepcionales y muy infrecuentes). En el ejercicio de su competencia en materia de recursos, el Tribunal Supremo puede confirmar, modificar o anular la resolución recurrida u ordenar la repetición del juicio.

    Revisión administrativa (Αναθεωρητική Δικαιοδοσία)

    El Tribunal Supremo dispone de la competencia exclusiva para conocer de los recursos presentados contra las resoluciones, actos u omisiones de las personas o los órganos que ejerzan competencias administrativas. Puede anular cualquier acto administrativo ejecutivo que implique abuso de poder o que sea contrario a la legislación en general o, en concreto, a la Constitución.

    Órdenes judiciales extraordinarias (Προνομιακά Εντάλματα)

    El Tribunal Supremo dispone de la competencia exclusiva para dictar mandamientos de habeas corpusmandamuscertiorariquo warranto e interdictos (prohibition).

    Jurisdicción marítima (Δικαιοδοσία Ναυτοδικείου)

    El Tribunal Supremo conoce en primera y segunda instancia de los asuntos de Derecho marítimo. En primera instancia, conoce de los asuntos un único magistrado y, en caso de recurso, la sala en su conjunto.

    Jurisdicción electoral (Δικαιοδοσία Εκλογοδικείου)

    Como órgano jurisdiccional electoral, el Tribunal Supremo tiene competencia exclusiva para conocer de las demandas relativas a la interpretación y la aplicación de las leyes electorales.

    Asuntos constitucionales (Συνταγματικά θέματα)

    El Tribunal Supremo es competente para pronunciarse sobre la constitucionalidad de cualquier ley, así como para resolver conflictos de competencia entre los distintos órganos del Estado. Determina asimismo la constitucionalidad de las leyes que somete a su consideración el presidente de la República (Πρόεδρος της Δημοκρατίας) cuando ejerce el derecho que le confiere la Constitución.

    • Juzgados de distrito (Επαρχιακά Δικαστήρια)

    Los juzgados de distrito son competentes para conocer en primera instancia de los asuntos civiles (con la excepción de los de Derecho marítimo) y de los asuntos penales cuando se trate de delitos castigados con una pena de privación de libertad de hasta 5 años. Existe un juzgado de distrito en cada distrito administrativo de Chipre. Conoce de los asuntos un único juez y no existe jurado.

    • Audiencias penales (Κακουργιοδικεία)

    Las audiencias penales solo conocen de asuntos penales. Por regla general, únicamente se ocupan de los asuntos más graves, en los que el delito está castigado con una pena de privación de libertad de más de 5 años. Cada audiencia está compuesta por 3 magistrados. Todas las decisiones se adoptan por mayoría. No existe jurado.

    Bases de datos jurídicas

    No existe aún ninguna base de datos jurídica oficial. Hay varias bases de datos de este tipo de naturaleza privada; algunas prestan servicios por suscripción y otras proporcionan un acceso gratuito.

    Contienen información sobre sentencias judiciales y legislación primaria.

    Enlaces relacionados

    El enlace abre una nueva ventanaTribunal Supremo de Chipre

    Última actualización: 11/04/2022

    El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

    Tribunales ordinarios nacionales - Letonia

    En esta sección se ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios en Letonia.

    Órganos jurisdiccionales ordinarios: introducción

    En Letonia, el poder judicial lo ejercen los tribunales de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad, los tribunales regionales, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional (y, en estados de emergencia o durante una guerra; los tribunales militares). Los órganos jurisdiccionales ordinarios son los tribunales de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad, los tribunales regionales y el Tribunal Supremo.

    En Letonia, los asuntos civiles y penales son resueltos por estos tribunales, que se dividen en tres niveles:

    1. los tribunales de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad [rajonu (pilsētu) tiesas];
    2. los tribunales regionales (apgabaltiesas);
    3. la Sala de lo Civil (Civillietu departaments) y la Sala de lo Penal (Krimināllietu departaments) del Tribunal Supremo (Augstākā Tiesa).

    La competencia territorial se establece en la El enlace abre una nueva ventanaDecisión sobre los órganos jurisdiccionales, su competencia territorial y su ubicación (Lēmums par tiesām, darbības teritorijām un atrašanās vietām).

    Tribunales de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad y su demarcación

    N.º

    Órgano jurisdiccional

    Territorio administrativo

    1.

    Tribunal de Primera Instancia de Daugavpils (Daugavpils tiesa)

    1.1. Municipio de Augšdaugava

    1.2. Ciudad de Daugavpils

    1.3. Municipio de Krāslava

    1.4. Municipio de Līvāni

    1.5. Municipio de Preilu

    2.

    Tribunal de Primera Instancia del Distrito de Kurzeme (Kurzemes rajona tiesa)

    2.1. Municipio de Dienvidkurzeme

    2.2. Municipio de Kuldīga

    2.3. Ciudad de Liepāja

    2.4. Municipio de Saldus

    2.5. Municipio de Talsi

    2.6. Ciudad de Ventspils

    2.7. Municipio de Ventspils

    3.

    Tribunal de Primera Instancia de Rēzeknes (Rēzeknes tiesa)

    3.1. Municipio de Balvu

    3.2. Municipio de Ludzas

    3.3. Municipio de Rēzeknes

    3.4. Ciudad de Rēzeknes

    4.

    Tribunal de Primera Instancia del Distrito de Riga (Rīgas rajona tiesa)

    4.1. Municipio de Ādažu

    4.2. Ciudad de Jūrmala

    4.3. Municipio de Kekavas

    4.4. Municipio de Mārupes

    4.5. Municipio de Olaines

    4.6. Municipio de Ropažu

    4.7. Municipio de Salaspils

    4.8. Municipio de Saulkrastu

    4.9. Municipio de Siguldas

    5.

    Tribunal de Primera Instancia del Distrito Vidzeme (Vidzemes rajona tiesa)

    5.1. Municipio de Alūksne

    5.2. Municipio de Cēsis

    5.3. Municipio de Gulbene

    5.4. Municipio de Limbaži

    5.5. Municipio de Madona

    5.6. Municipio de Smiltene

    5.7. Municipio de Valka

    5.8. Municipio de Valmiera

    5.9. Municipio de Varakļānu

    6.

    Tribunal de Primera Instancia del Distrito de Semigalia (Zemgales rajona tiesa)

    6.1. Municipio de Aizkraukles

    6.2. Municipio de Bauskas

    6.3. Municipio de Dobeles

    6.4. Municipio de Jelgava

    6.5. Ciudad de Jelgava

    6.6. Municipio de Jēkabpils

    6.7. Municipio de Ogres

    6.8. Municipio de Tukuma


    La competencia territorial del Tribunal de Primera Instancia de la ciudad de Riga es el territorio administrativo de la ciudad de Riga.

    La competencia territorial del Tribunal Económico es la totalidad del territorio de la República de Letonia.

    Competencia territorial de los tribunales regionales

    N.º

    Competencia territorial del tribunal regional

    Tribunales de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad

    1.

    Tribunal Regional de Kurzeme (Kurzemes apgabaltiesa) 1. Tribunal de Primera Instancia del Distrito de Kurzeme

    2.

    Tribunal Regional de Latgale (Latgales apgabaltiesa) 2.1. Tribunal de Primera Instancia de Daugavpils
    2.2. Tribunal de Primera Instancia de Rēzekne

    3.

    Tribunal Regional de Riga (Rīgas apgabaltiesa) 3.1. Tribunal de Primera Instancia de la ciudad de Riga (Rīgas pilsētas tiesa)
    3.2. Tribunal de Primera Instancia del Distrito de Riga
    3.3. Tribunal Económico

    4.

    Tribunal Regional de Vidzeme (Vidzemes apgabaltiesa) 4. Tribunal de Primera Instancia del Distrito de Vidzeme

    5.

    Tribunal Regional de Semigalia (Zemgale apgabaltiesa) 5. Tribunal de Primera Instancia del Distrito de Zemgale

    6.

    Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo (Administratīvā apgabaltiesa) 6.1. Tribunal de Primera Instancia de lo Contencioso-Administrativo (Administratīvā rajona tiesa)

     

    De los procesos contencioso-administrativos conocen:

    • los tribunales de primera instancia de lo contencioso-administrativo (situados en Riga, Jelgava, Liepāja, Rēzeknes y Valmiera),
    • el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo,
    • la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Administratīvo lietu departaments) del Tribunal Supremo.

    La competencia territorial del Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo y del Tribunal de Primera Instancia de lo Contencioso-Administrativo, es la totalidad del territorio administrativo de Letonia. El Tribunal de Primera Instancia de lo Contencioso-Administrativo cuenta con cinco sedes judiciales, cada una de ellas en una región judicial, a saber, Riga, Jelgava, Rēzeknes, Valmiera y Liepāja.

    Competencia territorial de los Tribunales de Primera Instancia de lo Contencioso-Administrativo

    N.º

    Sede judicial

    Territorio administrativo

    1.

    Tribunal de Primera Instancia de lo Contencioso-Administrativo de Riga 1.1. Municipio de Ādažu
    1.2. Ciudad de Jūrmala
    1.3. Municipio de Kekavas
    1.4. Municipio de Mārupes
    1.5. Municipio de Ogres
    1.6. Municipio de Olaines
    1.7. Ciudad de Riga
    1.8. Municipio de Ropažu
    1.9. Municipio de Salaspils
    1.10. Municipio de Saulkrastu
    1.11. Municipio de Siguldas

    2.

    Tribunal de Primera Instancia de lo Contencioso-Administrativo de Jelgava 2. Municipio de Aizkraukles
    2.2. Municipio de Bauskas
    2.3. Municipio de Dobeles
    2.4. Municipio de Jelgava
    2.5. Ciudad de Jelgava
    2.6. Municipio de Jēkabpils
    2.7. Municipio de Tukuma

    3.

    Tribunal de Primera Instancia de lo Contencioso-Administrativo de Rēzeknes 3. Municipio de Augšdaugava
    3.2. Municipio de Balvu
    3.3. Ciudad de Daugavpils
    3.4. Municipio de Krāslava
    3.5. Municipio de Līvāni
    3.6. Municipio de Ludzas
    3.7. Municipio de Preilu
    3.8. Municipio de Rēzeknes
    3.9. Ciudad de Rēzeknes

    4.

    Tribunal de Primera Instancia de lo Contencioso-Administrativo de Valmiera 4. Municipio de Alūksne
    4.2. Municipio de Cēsis
    4.3. Municipio de Gulbene
    4.4. Municipio de Limbaži
    4.5. Municipio de Madona
    4.6. Municipio de Smiltene
    4.7. Municipio de Valka
    4.8. Municipio de Valmiera
    4.9. Municipio de Varakļānu

    5.

    Tribunal de Primera Instancia de lo Contencioso-Administrativo de Liepāja 5. Municipio de Dienvidkurzeme
    5.2. Municipio de Kuldīga
    5.3. Ciudad de Liepāja
    5.4. Municipio de Saldus
    5.5. Municipio de Talsi
    5.6. Municipio de Ventspils
    5.7. Ciudad de Ventspils

    Competencia objetiva

    Con arreglo al El enlace abre una nueva ventanaCódigo Procesal Penal (Kriminālprocesa likums), los tribunales de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad conocen de todos los asuntos penales en primera instancia.

    El Tribunal de Primera Instancia de la ciudad de Riga tiene competencia como órgano jurisdiccional de primera instancia en procesos penales que incluyan materias que pueden constituir secretos de Estado. En los tribunales de primera instancia de comarca o de distrito el proceso penal lo resuelve un único magistrado. Si el proceso penal es particularmente complejo, el presidente del tribunal puede decidir que el asunto sea juzgado por una formación de tres jueces pertenecientes al tribunal.

    Las resoluciones de los tribunales de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad que se recurren mediante el procedimiento de recurso pleno (apelācija) las examinan los tribunales regionales como tribunales de apelación.

    Los recursos de casación (kasācija), sobre una cuestión de Derecho, contra una resolución de cualquier tribunal inferior se resuelven ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

    Los recursos penales, ya sean recursos plenos o de casación, los resuelve una formación compuesta por varios magistrados.

    Con arreglo al El enlace abre una nueva ventanaCódigo Procesal Civil (Civilprocesa likuma), los tribunales de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad conocen de los asuntos en primera instancia.

    El Tribunal de Primera Instancia de la ciudad de Riga examina los asuntos que incluyen materias que pueden constituir secretos de Estado y los asuntos relativos a la protección de los derechos de patente, los derechos sobre las obtenciones vegetales, la topografía de productos semiconductores, los diseños, marcas comerciales e indicaciones geográficas, así como los asuntos sobre derechos de autor y derechos conexos, la protección (sui generis) de bases de datos y los procedimientos relativos a la protección de secretos comerciales contra su obtención, uso y divulgación ilícitos. Si el asunto que se examina se refiere a una demanda relacionada con una demanda en un asunto que es competencia del Tribunal de Primera Instancia de la ciudad de Riga o de un tribunal de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad, o incluso con una demanda de reconvención ante un tribunal de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad dentro de la demarcación del Tribunal de Primera Instancia de la ciudad de Riga, corresponderá a este examinar el asunto.

    Con arreglo a la El enlace abre una nueva ventanaLey de Patentes (Patentu likums), el Tribunal de Primera Instancia de la ciudad de Riga conoce de los siguientes asuntos relativos a la protección jurídica de las invenciones en procedimientos civiles, como tribunal de primera instancia:

    • asuntos relativos al restablecimiento del disfrute de derechos sobre patentes;
    • asuntos de anulación de patentes;
    • asuntos relativos a los derechos de uso previo;
    • asuntos relativos al uso ilegal de patentes;
    • asuntos relativos a la declaración del uso ilegal de una patente como nulo;
    • asuntos relativos a la concesión de licencias, cláusulas contractuales de licencias o cumplimiento de dichas cláusulas;
    • asuntos relativos al derecho a indemnización por la imposibilidad de uso público de la invención.

    Con arreglo a la El enlace abre una nueva ventanaLey de dibujos y modelos industriales (Dizainparaugu likums), el Tribunal de Primera Instancia de la ciudad de Riga conoce de los siguientes litigios relativos a la protección jurídica de los dibujos y modelos, como tribunal de primera instancia:

    • litigios sobre reconocimiento de derechos sobre dibujos y modelos;
    • litigios sobre la constatación de inscripción inválida de un dibujo o modelo;
    • litigios sobre el uso ilegal (infracción) de dibujos y modelos;
    • litigios sobre concesión de licencias, cláusulas contractuales de licencias o cumplimiento de dichas cláusulas.

    El Tribunal de Primera Instancia de la ciudad de Riga examina los asuntos relativos a derechos objeto de litigo examinados por la Comisión de recursos de la propiedad industrial.

    El Tribunal de Primera Instancia de la ciudad de Riga emite los títulos ejecutivos correspondientes a actos del Consejo, la Comisión o el Banco Central Europeo, con arreglo al artículo 299 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

    El Tribunal de Primera Instancia de la ciudad de Riga examina los asuntos relativos a la presentación de un dictamen ante un órgano jurisdiccional extranjero en asuntos relativos al traslado ilegal de un menor a través de la frontera a un país extranjero o a su permanencia en un país extranjero, cuando el lugar de residencia del menor se encuentra en Letonia.

    El Tribunal de Primera Instancia de la ciudad de Riga examina los asuntos relativos al traslado ilícito de un menor a través de la frontera a Letonia o a su permanencia ilícita en Letonia, cuando el menor tenga su residencia en otro país.

    Los tribunales de primera instancia de comarca o de distrito conocen también de asuntos catastrales. En 2019, como parte del proceso de optimización del sistema judicial, los tribunales de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad también nombraron a setenta y dos magistrados de la sección del registro de la propiedad, que mantuvieron su especialización.

    El Tribunal de Primera Instancia de la ciudad de Riga tiene competencia como órgano jurisdiccional de primera instancia en procesos civiles que incluyan materias que pueden constituir secretos de Estado. En primera instancia, resuelve los asuntos civiles un único magistrado, mientras que los recursos (de apelación o de casación) los resuelve una formación de varios magistrados.

    Las partes en el procedimiento pueden interponer un recurso contra la sentencia del tribunal de primera instancia (o la resolución definitiva), pero el fiscal solo puede interponer un recurso extraordinario de conformidad con los procedimientos establecidos en esta sección, con excepción de los recursos contra sentencias que, por ley, no puedan ser objeto de apelación.

    La sentencia del órgano jurisdiccional de primera instancia dictada sobre la base de las disposiciones del capítulo 30.4 de la Código Procesal Civil y la sentencia (o resolución definitiva) del tribunal de apelación pueden ser recurridas por las partes con arreglo al procedimiento de casación sobre una cuestión de derecho, pero el fiscal solo puede interponer un recurso extraordinario de casación.

    Los asuntos relativos a infracciones administrativas los juzgan los tribunales de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad y los tribunales regionales competentes en materia civil y penal. Según el El enlace abre una nueva ventanaCódigo letón de infracciones administrativas (Latvijas Administratīvo pārkāpumu kodekss), las resoluciones de una autoridad superior pueden recurrirse ante los tribunales de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad. La resolución dictada por el tribunal de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad puede ser recurrida ante el tribunal regional competente si el Código letón de infracciones administrativas así lo contempla expresamente. Las resoluciones dictadas en apelación respecto de infracciones administrativas no pueden ser recurridas y tienen fuerza de cosa juzgada desde el día en que se dictan.

    Según la El enlace abre una nueva ventanaCódigo Procesal Contencioso-Administrativo (Administratīvā procesa likums), conoce de los procesos contencioso-administrativos en primera instancia una de las salas del Tribunal de Primera Instancia de lo Contencioso-Administrativo, a menos que la ley disponga lo contrario. Cuando dicha sala deba comprobar información sobre una materia objeto de secreto de Estado, conocerá del proceso la sede de Riga del Tribunal de Primera Instancia de lo Contencioso-Administrativo. En los casos en que la ley contempla que del proceso contencioso-administrativo conozca el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo y no el Tribunal de Primera Instancia de lo Contencioso-Administrativo, el recurso contencioso-administrativo se debe presentar al Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según proceda. Las partes del proceso contencioso-administrativo pueden interponer recurso de apelación contra una sentencia o resolución definitiva del órgano jurisdiccional de primera instancia, salvo en los supuestos en que la ley dispone que no se admite recurso o solo se admite sobre una cuestión de Derecho. Las sentencias del Tribunal de Primera Instancia de lo Contencioso-Administrativo que no han adquirido fuerza de cosa juzgada pueden recurrirse ante el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo. Las partes del proceso contencioso-administrativo pueden interponer recurso de casación contra la sentencia o resolución definitiva del órgano de apelación si este infringe normas sustantivas o procesales o se ha excedido en el ejercicio de sus competencias en el proceso. En primera instancia, los procesos contencioso-administrativos los resuelve un único magistrado o una formación de varios magistrados, mientras que los recursos (de apelación o de casación) los resuelve una formación de varios magistrados.

    El Tribunal Supremo está formado por la Sala de lo Civil, la Sala de lo Penal y la Sala de lo Contencioso-Administrativo. La Sala de lo Civil, la Sala de lo Penal y la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo son los órganos de casación en todos los asuntos juzgados por los tribunales de primera instancia de comarca o de distrito de ciudad y los tribunales regionales, y son los órganos de primera instancia en los asuntos relativos a resoluciones del Tribunal de Cuentas del Estado (Valsts kontroles padome) adoptadas con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 55 de la Ley del Tribunal de Cuentas del Estado (Valsts kontroles likums). En las Salas del Tribunal Supremo, los asuntos los resuelven tres magistrados o, en determinados casos previstos por la ley, el número de magistrados puede ser mayor.

    Bases de datos jurídicas

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    El enlace abre una nueva ventanaPortal del Poder Judicial de Letonia

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    El Portal del Poder Judicial de Letonia ofrece información general actualizada sobre los órganos jurisdiccionales letones.

    El sitio web de servicios electrónicos de los órganos jurisdiccionales letones permite al usuario acceder a una base de datos de sentencias judiciales anonimizadas, hacer un seguimiento electrónico de los procesos judiciales, presentar demandas judiciales por vía electrónica, calcular los gastos y tasas asociados a un proceso judicial y el pago de servicios utilizando una calculadoras de tasas y derechos, recibir y cumplimentar formularios electrónicos y solicitar otros servicios judiciales en línea.

    El sitio web del Tribunal Supremo contiene un archivo de resoluciones en el que se pueden encontrar sentencias recientes del Tribunal Supremo y colecciones de jurisprudencia. La información se encuentra en la sección Judikatūra (jurisprudencia).

    Información adicional

    La información publicada en el Portal del Poder Judicial, las resoluciones del Tribunal Supremo y las recopilaciones de jurisprudencia publicadas en el sitio web del Tribunal Supremo solo están disponibles en letón.

    Última actualización: 27/11/2023

    El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

    Tribunales ordinarios nacionales - Lituania

    Esta sección ofrece información sobre los órganos jurisdiccionales ordinarios de Lituania.

    Órganos jurisdiccionales ordinarios – Introducción

    En Lituania hay 56 órganos jurisdiccionales ordinarios:

    • El Tribunal Supremo de Lituania (Lietuvos Aukščiausiasis Teismas)
    • El Tribunal de Apelación de Lituania (Lietuvos apeliacinis teismas)
    • 5 tribunales regionales (apygardos teismai)
    • 49 tribunales de distrito (apylinkės teismai)

    Tribunal Supremo de Lituania

    El Tribunal Supremo de Lituania es el órgano de última instancia y examina los recursos de casación contra las sentencias, resoluciones, mandamientos y órdenes de los órganos jurisdiccionales ordinarios.

    Ha desarrollado procedimientos judiciales uniformes en lo relativo a la interpretación y aplicación de las leyes y otros instrumentos legislativos.

    Puede encontrarse información adicional en el sitio web del Tribunal Supremo.

    Tribunal de Apelación de Lituania

    El Tribunal de Apelación conoce de las apelaciones contra las sentencias de los tribunales regionales (actuando en primera instancia). Es competente en materia de reconocimiento de las resoluciones de los tribunales de otros países o de los laudos arbitrales internacionales, y de su ejecución en la República de Lituania. Realiza además las restantes funciones que la ley le atribuye.

    El Presidente del Tribunal de Apelación organiza y controla las actividades administrativas de los tribunales de distrito y de sus jueces, con arreglo a los procedimientos establecidos por la ley.

    Véase la información adicional publicada en el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaTribunal de Apelación.

    Tribunales regionales

    Los tribunales regionales son órganos jurisdiccionales de primera instancia que juzgan los asuntos penales y civiles correspondientes a su ámbito competencial. También examinan las apelaciones contra las sentencias, resoluciones, mandamientos y órdenes de los tribunales de distrito.

    Su Presidente organiza y controla las actividades administrativas de los tribunales de distrito sujetos a su jurisdicción y de sus jueces, con arreglo a los procedimientos establecidos por la ley.

    Tribunales de distrito

    Los tribunales de distrito son órganos jurisdiccionales de primera instancia que conocen de:

    • Asuntos en materia penal
    • Asuntos en materia civil
    • Asuntos por infracciones administrativas (asignadas por ley a ellos)
    • Asuntos en materia de ejecución de hipotecas correspondientes a su jurisdicción
    • Asuntos relativos a la ejecución de resoluciones y sentencias

    El juez de distrito desempeña las funciones de juez de instrucción y de juez de ejecución, además de las restantes tareas que por ley son de su competencia.

    Última actualización: 07/04/2023

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    Tribunales ordinarios nacionales - Luxemburgo

    En esta sección encontrará un resumen de los órganos jurisdiccionales ordinarios en Luxemburgo.

    Introducción

    Los órganos jurisdiccionales se encargan, en virtud de la Constitución, de ejercer la potestad jurisdiccional y de aplicar los decretos y reglamentos generales y locales, solo cuando son conformes con las leyes.

    Órganos jurisdiccionales del orden jurisdiccional ordinario

    El Tribunal Superior de Justicia (Cour Supérieure de Justice)

    En la cumbre de la pirámide del orden jurisdiccional ordinario se encuentra el Tribunal Superior de Justicia, que se compone del Tribunal de Casación (Cour de Cassation) y el Tribunal de Apelación (Cour d’Appel), así como de la Fiscalía General (Parquet Général).

    El Tribunal de Casación conoce principalmente de: la acción de nulidadel recurso de casación contra las sentencias dictadas por las distintas salas del Tribunal de Apelación y las sentencias dictadas en última instancia. La intervención de un abogado es preceptiva.

    El Tribunal de Apelación conoce de asuntos civiles, mercantiles y penales (delitos graves y menos graves), así como de asuntos juzgados por los tribunales de lo laboral (tribunaux du travail) en los dos distritos judiciales del país. La intervención de un abogado es preceptiva en todos los asuntos, excepto los penales y los procedimientos de medidas provisionales. La Sala de lo Penal del Tribunal de Apelación conoce de los recursos contra las sentencias de las salas de lo penal de los tribunales de distrito.

    Los tribunales de distrito (tribunaux d’arrondissement)

    El país está dividido en dos distritos judiciales y cada uno cuenta con un tribunal de distrito, uno en Luxemburgo y otro en Diekirch.

    Los dos tribunales de distrito están divididos en secciones; en cada tribunal de distrito existe una fiscalía compuesta de un fiscal y sus auxiliares. Los jueces de instrucción de cada tribunal de distrito se encargan de instruir las causas penales por delitos graves y, si procede, por delitos menos graves.

    En materia civil y mercantil, el tribunal de distrito tiene una competencia judicial genérica, por lo que conoce de todos los asuntos respecto de los cuales no se ha atribuido una competencia expresa a otro órgano jurisdiccional debido a la naturaleza o al importe de la demanda.

    Tiene competencia ratione valoris para conocer de las demandas por cuantía superior a 15 000 EUR.

    Tiene competencia exclusiva para conocer de los asuntos que, por su naturaleza, le son atribuidos expresamente por ley. Conoce de manera exclusiva de las solicitudes de exequátur de las sentencias dictadas por órganos jurisdiccionales extranjeros y de los documentos públicos elaborados por funcionarios públicos extranjeros. Los tribunales de distrito tienen también competencia en materia de jurisdicción voluntaria (adopción, tutela, emancipación, etc.).

    Los tribunales de distrito conocen del recurso contra las sentencias dictadas en primera instancia por los jueces de paz que tienen su sede en su distrito judicial.

    En principio, las demandas ante los tribunales de distrito se consideran interpuestas con la citación notificada al demandado por un agente judicial.

    Los presidentes de los tribunales de distrito, o los magistrados designados en sustitución, son los competentes para decretar medidas cautelares y provisionales en materia civil y mercantil.

    Los tribunales de distrito ejercen la jurisdicción penal en salas superiores de lo penal (chambres criminelles), para los delitos graves, y salas de lo penal (chambres correctionnelles), para los delitos menos graves. Son competentes para juzgar todos los delitos menos graves (délits), así como los delitos graves (crimes), remitidos por los juzgados de instrucción (chambres du conseil) o la Sala de Instrucción del Tribunal de Apelación. Los encausados deben personarse en audiencia excepto en el caso de que el delito sea castigado solamente con multa; en este caso, pueden hacerse representar por un abogado.

    En principio, es necesaria la representación por abogado ante los tribunales de distrito, salvo en los casos establecidos por ley, como, por ejemplo, en materia mercantil y en los procedimientos de medidas provisionales en los que las partes pueden presentar las alegaciones por sí mismas.

    Los juzgados de paz (justices de paix)

    Hay tres juzgados de paz, uno en Luxemburgo, uno en Esch-sur-Alzette (distrito judicial de Luxemburgo) y otro en Diekirch (distrito judicial de Diekirch).

    En materia civil y mercantil, los jueces de paz conocen de todos los asuntos para los cuales son competentes según el nuevo Código Procesal Civil (code de procédure civile) o conforme a otras disposiciones legales; son competentes en última instancia para conocer de los asuntos por una cuantía de hasta 2 000 EUR, y en apelación hasta una cuantía de 15 000 EUR.

    Conocen de algunas materias como, por ejemplo, los embargos de salarios, pensiones y rentas, así como el reparto de las sumas embargadas, cualquiera que sea el valor de la deuda.

    En principio, las demandas ante los jueces de paz se consideran interpuestas una vez el agente judicial expide la diligencia de citación. Hay una serie de asuntos que se consideran incoados mediante la presentación de la demanda en la secretaría judicial. Las partes comparecen en persona o a través de un representante. Este representante puede ser un abogado, el cónyuge, los padres o parientes en línea directa, los parientes en línea colateral hasta el tercer grado, así como las personas exclusivamente vinculadas al servicio personal de una de las partes o de su empresa.

    En materia penal, los jueces de paz ejercen las funciones de los jueces de infracciones leves (juges de police). En calidad de tales juzgan los delitos leves (contraventions) o incumplimientos que la ley castiga con una multa de 25 a 250 EUR, así como los delitos menos graves que los juzgados de instrucción remitan a los tribunales de infracciones leves.

    Juzgan asimismo los delitos castigados con penas que superan el grado de las penas de los tribunales de infracciones leves cuya competencia se les atribuye por ley. Las sentencias dictadas por los tribunales de infracciones leves pueden ser siempre objeto de recurso. El plazo para el recurso es de cuarenta días a contar desde el momento en que se haya dictado la sentencia o, si esta es dictada en rebeldía, a partir de su notificación o traslado a la persona o el traslado al domicilio. El recurso se interpone ante el tribunal de distrito competente.

    Existe en cada juzgado de paz una sala de lo laboral, competente en materia de conflictos relativos a los contratos de trabajo y a los contratos de aprendizaje. El recurso se presenta ante el Tribunal Superior de Justicia.

    Bases de datos jurídicas

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    Breve descripción del contenido

    Consúltese la página web del El enlace abre una nueva ventanaorden jurisdiccional ordinario.

    Consúltese la página web del El enlace abre una nueva ventanaorden jurisdiccional contencioso-administrativo.

    Enlaces relacionados

    El enlace abre una nueva ventanaMinistère de la Justice (Ministerio de Justicia)

    Última actualización: 05/05/2023

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    Tribunales ordinarios nacionales - Hungría

    Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios en Hungría

    Órganos jurisdiccionales ordinarios – Introducción

    Jurisdicción civil

    Órganos jurisdiccionales de primera instancia

    Tribunales de distrito y tribunales generales

    Los asuntos que la ley no atribuye a los tribunales generales son competencia de los tribunales de distrito (járásbíróságok).

    Los tribunales generales (törvényszékek) actúan como órganos jurisdiccionales de primera instancia que conocen de:

    • Demandas en materia de infracción de derechos de propiedad, cuando la cantidad reclamada exceda de 30 millones de forints húngaros (HUF) (106 000 EUR aproximadamente), salvo que el litigio esté relacionado con una demanda de divorcio.
    • Litigios sobre derechos de autor y demás derechos afines, así como asuntos relacionados con la protección de la propiedad industrial.
    • Demandas de indemnización por daños derivados de las actuaciones de funcionarios en el ejercicio de sus competencias administrativas.
    • Litigios relativos a acuerdos internacionales de transporte y expedición de mercancías.
    • Demandas de reconocimiento de derechos civiles a raíz de la vulneración de derechos morales, incluidas las correspondientes demandas de indemnización que se interpongan al mismo tiempo o en el curso de la tramitación de la demanda inicial.
    • Asuntos relacionados con activos financieros.
    • Demandas por difamación.
    • Determinados conflictos mercantiles definidos por la legislación:
      1. demandas de anulación de decisiones de inscripción de empresas;
      2. demandas de juicio declarativo relativo a la existencia, validez o efectos de las escrituras de constitución o estatutos sociales de las empresas;
      3. demandas relativas a la revisión judicial de las resoluciones de los órganos sociales de las empresas;
      4. demandas relacionadas con las participaciones sociales de las empresas, tanto las planteadas por los socios (o ex socios) contra la sociedad como las planteadas por un socio (o ex socio) contra otro;
      5. demandas relacionadas con la adquisición de participaciones sociales cualificadas;
      6. demandas relacionadas con la modificación de las cláusulas limitativas de la responsabilidad que afecten a los titulares de participación en sociedades de responsabilidad limitada.
    • Determinadas demandas relacionadas con entidades registradas que no se consideren sociedades mercantiles:
      1. demandas interpuestas contra tales entidades por los organismos responsables de su supervision oficial;
      2. o bien en relación con la participación en las mismas, tanto las planteadas por los socios (o ex socios) contra la entidad como las planteadas por un socio (o ex socio) contra otro;
    • Demandas relacionadas con los acuerdos económicos suscritos con proveedores de asistencia sanitaria.
    • Demandas de juicio declarativo en asuntos cuya cuantía exceda de la fijada en el primer inciso.
    • Demandas relacionadas con cláusulas contractuales abusivas.
    • Demandas de indemnizaciones relacionadas con el derecho de las partes a un juicio justo y rápido y con la terminación del proceso en un plazo razonable;
    • Asuntos que, con arreglo a la ley, sean competencia de los tribunales generales.
    • Si uno de los demandantes pertenece a la jurisdicción de un tribunal general, el asunto se dirimirá en esta jurisdicción.

    Órganos jurisdiccionales de segunda instancia

    Tribunales generales (törvényszékek): para los asuntos que son examinados por los tribunales de distrito en primera instancia, y para los asuntos examinados por los tribunales administrativos y laborales.

    Tribunales regionales de apelación (ítélőtáblák): para los asuntos examinados por los tribunales generales en primera instancia.

    Curia (Kúria): para los asuntos procedentes de los tribunales regionales de apelación. También examina los asuntos en que los tribunales generales han dictado resoluciones en primera instancia y las partes, representadas legalmente, solicitan conjuntamente que el asunto sea resuelto por la Curia, siempre que el recurso se fundamente en la vulneración de un derecho sustantivo. Las demandas relacionadas con derechos de propiedad deben exceder de 500 000 HUF (aproximadamente 1 840 EUR) para poder ser examinadas por la Curia.

    La Curia también se pronuncia sobre las solicitudes de revisión (felülvizsgálati kérelem).

    Composición de los órganos jurisdiccionales

    Los órganos jurisdiccionales de primera instancia suelen consistir en un juez, aunque en ciertos casos previstos por ley el órgano jurisdiccional se compone de un juez de carrera y un tribunal de tres miembros que incluye a dos jueces legos. Los jueces legos tienen las mismas facultades y obligaciones que el juez de carrera. Sin embargo, sólo este último puede actuar como juez único y presidente del tribunal.

    Los órganos jurisdiccionales de segunda instancia (tribunales generales y tribunales regionales de apelación) están formados por tres jueces de carrera.

    En el procedimiento judicial ante la Curia, intervienen tres (o en ciertos casos justificados por la naturaleza especialmente compleja del asunto – cinco) jueces de carrera.

    Órgano jurisdiccional competente

    Competencia jurisdiccional general: por regla general, el órgano jurisdiccional del domicilio permanente del demandado es el competente si ningún otro tribunal tiene la competencia exclusiva. La ley establece otras normas de competencia adicionales (por ejemplo, a falta de domicilio permanente, la competencia depende del lugar de residencia del demandado).

    La ley también reconoce supuestos de competencia especial además de la competencia jurisdiccional general (competencia alternativa y competencia exclusiva).

    En lo que respecta a la competencia alternativa, si no se especifica ninguna competencia exclusiva, el demandado puede emprender una acción judicial ante un tribunal de su elección, si la ley así lo prevé, en vez de ante el tribunal con competencia general (por ejemplo, los litigios sobre custodia de menores pueden incoarse ante el tribunal del domicilio permanente del menor, los asuntos de indemnizaciones también pueden incoarse en el tribunal del lugar o zona donde se produjo el daño, etc.)

    En lo que respecta a la competencia exclusiva, el proceso solo puede incoarse ante un tribunal específico.

    Jurisdicción penal

    Órganos jurisdiccionales de primera instancia

    Como norma general, los tribunales de distrito son competentes en materia penal.

    Sin embargo, los tribunales generales pueden actuar en procesos en los que se conozca de:

    1. Delitos castigados con penas de privación de libertad de 15 años o más, o de cadena perpetua.
    2. Delitos cometidos contra el Estado (capítulo X del Código Penal).
    3. Delitos contra la humanidad (capítulo X del Código Penal).
    4. Conspiración para cometer asesinato, homicidio culposo (artículo 166, apartados 3 y 4, del Código Penal), asesinato en estado de emoción violenta (artículo 167), lesiones que conlleven un riesgo de muerte elevado (o que hayan sido causa de la muerte) (artículo 170, apartados 6 y 7, párrafo tercero, del Código Penal), tráfico de seres humanos (artículo 175/B del Código Penal), delitos de infracción de las normas de intervención médica e investigación médica y de vulneración del derecho a la autodeterminación médica (título II, capítulo XII del Código Penal).
    5. Delitos contra el orden en elecciones, referendos, iniciativas ciudadanas e iniciativas de los ciudadanos europeos (artículo 211 del Código Penal), utilización ilegal de datos cualificados (título III del capítulo XV del Código Penal), abusos en el ejercicio de la función (título IV del capítulo XV del Código Penal), violencia contra una persona bajo protección internacional (artículo 232 del Código Penal), motines en prisión (artículo 246 del Código Penal), obstrucción a la justicia en jurisdicción internacional (artículo 294/B del Código penal), delitos contra la justicia (internacional) (títulos VII y VIII del capítulo XV del Código Penal).
    6. Actos terroristas (artículo 261 del Código Penal), vulneración de las restricciones económicas internacionales (artículo 261/A del Código Penal), secuestro de aeronaves, trenes, buques y vehículos de transporte de masas o de vehículos destinados al transporte masivo de mercancías (artículo 262 del Código Penal), pertenencia a una organización delictiva (artículo 263/C del Código Penal).
    7. Uso inapropiado de materiales y suministros de carácter militar, así como de productos de doble uso (artículo 263/B del Código Penal), uso indebido de información confidencial (artículo 299/A del Código Penal), fraude relacionado con inversiones financieras (artículo 299/B del Código Penal), organización de estafas de tipo piramidal (artículo 299/C del Código Penal), blanqueo de dinero (artículo 303 del Código Penal).
    8. Estragos en los bienes públicos que lleven aparejadas pérdidas económicas graves [artículo 259, apartado 2, letra b), del Código Penal], interferencia en el funcionamiento de los servicios públicos que implique pérdidas económicas graves o excepcionalmente graves [artículo 260, apartados 3 y 4, del Código Penal], destrucción dolosa de sistemas y datos informáticos que implique daños importantes o de extraordinaria gravedad [artículo 300/C, apartado 4, letras b) y c), del Código Penal]; fraude fiscal e incumplimiento de la obligación de supervisión o vigilancia en relación con dicho fraude fiscal, con el resultado de pérdida considerable o grave de ingresos [artículo 310, apartado 4, letra a), apartado 5, letra a), y apartado 6, y artículo 310/A del Código Penal], utilización indebida de métodos alternativos de pago que resulte en pérdidas considerables o excepcionalmente cuantiosas [artículo 313/C, apartado 5, letra a), y artículo 313/C, apartado 6, del Código Penal], robo [artículo 316, apartado 6, letra a) y artículo 316, apartado 7, del Código Penal] y estafa [artículo 317, apartado 6, letra a), y apartado 7, del Código Penal] de efectos de gran valor; fraude que tenga como resultado pérdidas considerables o especialmente elevadas [artículo 318, apartado 6, letra a) y artículo 318, apartado 7, del Código Penal], apropiación indebida de fondos que suponga perdidas económicas considerables o excepcionalmente cuantiosas [artículo 319, apartado 3, letras c) y d) del Código Penal], negligencia en la administración de fondos que suponga importantes o graves pérdidas económicas [artículo 320, apartado 2, del Código Penal], hurto [artículo 321, apartado 4, letra b), del Código Penal] y saqueo [artículo 322, apartado 3, letra a), del Código Penal] de efectos de valor o de gran valor, vandalismo que cause daños importantes o excepcionalmente cuantiosos [artículo 324, apartados 5 y 6, del Código Penal], receptación de efectos robados de valor o de excepcional valor [artículo 326, apartado 5, letra a) y apartado 6, del Código Penal], infracción de los derechos de propiedad intelectual o de otros derechos asociados que resulte en pérdidas considerables o excepcionalmente graves [artículo 329/A, apartado 3, del Código Penal, e infracción de derechos protegidos por la legislación sobre patentes [artículo 329/D, apartado 3, del Código Penal].
    9. Delitos sometidos a la jurisdicción militar.
    10. Delitos comunistas y delitos no sujetos a prescripción en el marco del Derecho internacional, tipificados en la Ley sobre la responsabilidad penal y la no prescripción legal de los delitos contra la humanidad, y la persecución de determinados delitos cometidos durante la dictadura comunista.

    La competencia de los órganos jurisdiccionales viene determinada, como norma general, por el lugar de comisión del delito.

    Si el acusado ha cometido delitos que son competencia de diversos tribunales, el órgano jurisdiccional competente para juzgar el asunto será el tribunal general.

    Órganos jurisdiccionales de segunda instancia

    Tribunales generales: para los asuntos examinados en primera instancia por los tribunales de distrito.

    Tribunales regionales de apelación: para los asuntos examinados en primera instancia por los tribunales generales.

    Curia: para los asuntos que sean competencia de un tribunal regional de apelación, cuando las resoluciones de estos puedan recurrirse.

    Órganos jurisdiccionales de tercera instancia

    Tribunales regionales de apelación: para asuntos en los que ha dictado sentencia un tribunal general en segunda instancia.

    Curia: para los asuntos en los que ha dictado sentencia un tribunal regional de apelación en segunda instancia.

    Composición de los órganos jurisdiccionales

    Cuando el delito juzgado se castigue con ocho o más años de privación de libertad, el órgano jurisdiccional de distrito se constituye en tribunal formado por un juez de carrera y dos jueces legos. En las demás causas actúa únicamente el juez titular.

    El tribunal general, cuando actúa en primera instancia, se constituye en tribunal formado por un juez de carrera y dos jueces legos.

    El órgano jurisdiccional que actúa como en segunda o tercera instancia se constituye en tribunal formado por tres jueces de carrera. La Curia se constituye en tribunal formado por tres o cinco jueces de carrera.

    Enlaces relacionados

    El enlace abre una nueva ventanaSitio web oficial de los tribunales húngaros

    Última actualización: 29/10/2019

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    Tribunales ordinarios nacionales - Malta

    Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios de Malta.

    Órganos jurisdiccionales ordinarios - Introducción

    Puede encontrar información sobre los órganos jurisdiccionales civiles y penales de Malta en los cuadros siguientes.

    Órganos jurisdiccionales civiles

    Tribunal de Apelación

    Segunda instancia

    Apelación

    Conoce de los recursos presentados contra las sentencias de los órganos jurisdiccionales civiles, tanto en su formación superior como inferior.

    i) Conoce de los recursos presentados contra las sentencias de la Sala Primera y de la Sala de Familia del Tribunal Civil.

    ii) Conoce también de los recursos presentados contra las sentencias del Tribunal de Magistrados (Court of Magistrates) en su formación como Tribunal Civil, del Tribunal de Asuntos de Pequeña Cuantía y de los Tribunales Contencioso-administrativos.

    i) Formado por tres jueces


    ii) Formado por un juez

    Tribunal Civil:

    Sala Primera del Tribunal Civil





    Sala de Jurisdicción Voluntaria del Tribunal Civil






    Sala de Familia del Tribunal Civil

    Primera instancia

    La Sala Primera de los Tribunales Civiles conoce de los asuntos civiles o mercantiles que exceden de la jurisdicción del Tribunal de Magistrados. En su formación como tribunal constitucional, también enjuicia las causas de violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales protegidos por la Constitución y por el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.

    La Sala de Jurisdicción Voluntaria del Tribunal Civil se ocupa de la interdicción o incapacitación de las personas privadas de razón, la designación de tutores de esas personas, la apertura de sucesiones y la confirmación de albaceas testamentarios. Actúa también como depositario de testamentos secretos.

    Entiende de los asuntos de Derecho de familia, como anulación del matrimonio, separación personal, divorcio, pensión de alimentos y custodia de los hijos menores.

    Presidida por un juez






    Presidida por un juez






    Presidida por un juez

    Tribunal de Magistrados

    Primera instancia

    En el ámbito civil, los Tribunales de Magistrados solo actúan como órgano jurisdiccional inferior de primera instancia, con competencia limitada por lo general a las demandas que no excedan de 15 000 EUR.

    Presidido por un magistrate (juez de asuntos de pequeña cuantía)

    Tribunal de Magistrados de Gozo

    Primera instancia

    En el ámbito civil, el Tribunal de Magistrados de Gozo tiene doble jurisdicción:

    - una inferior, comparable a la que ejerce el tribunal homólogo en Malta, - una superior, con las mismas competencias que la Sala Primera del Tribunal Civil -excluida su formación constitucional- y que el Tribunal Civil (Sala de Jurisdicción Voluntaria).

    Presidido por un magistrate

    Tribunal de Asuntos de Pequeña Cuantía

    Primera instancia

    Este Tribunal resuelve sumariamente, aplicando los principios de equidad y del Derecho, las demandas de cuantía inferior a 5 000 EUR.

    Presidido por un juez árbitro

    Órganos jurisdiccionales penales

    Tribunal Penal de Apelación

    Segunda instancia

    En su formación superior, conoce de los recursos presentados por los condenados por el Tribunal Penal.

    En su formación inferior, conoce de los recursos contra las sentencias del Tribunal de Magistrados en su formación como Tribunal Penal.

    Compuesto por tres jueces

    Compuesto por un juez

    Tribunal Penal

    Primera instancia

    Actúa como tribunal penal, conociendo de los asuntos penales que exceden de la competencia del Tribunal de Magistrados.

    Presidido por un juez con la asistencia de un jurado de nueve personas

    Tribunal de Magistrados

    Primera instancia

    En el ámbito penal, el Tribunal de Magistrados tiene una doble jurisdicción: como tribunal penal en los asuntos que le competen, y como juzgado de instrucción en relación con las infracciones penales que son de la competencia del Tribunal Penal.

    i) Tribunal penal: este Tribunal es competente para enjuiciar todos los asuntos relativos a infracciones penales castigadas con una pena de privación de libertad de hasta seis meses.

    ii) Juzgado de instrucción: el juzgado lleva a cabo la instrucción previa de las infracciones tipificadas como delito y traslada las actuaciones correspondientes al Fiscal General. Si no hay oposición del acusado, el Fiscal General puede devolver al Tribunal de Magistrados los asuntos punibles con una pena de privación de libertad de hasta diez años para que conozca del asunto y resuelva.

    Presidido por un magistrate

    Tribunal de Magistrados de Gozo

    Primera instancia

    En el ámbito penal, tiene las mismas competencias que el Tribunal de Magistrados como Tribunal Penal y Juzgado de Instrucción.

    Presidido por un magistrate

    Tribunal de Menores

    Primera instancia

    El Tribunal de Menores entiende de las acusaciones contra los menores de dieciséis años, tramita otros procedimientos conexos y puede además dictar resoluciones de tutela administrativa.

    Presidido por un magistrate y dos vocales

    Bases de datos jurídicas

    Véase la página «Organización de la justicia en los Estados miembros – Malta», donde encontrará información detallada sobre las bases de datos pertinentes y los enlaces a las mismas.

    Otros enlaces pertinentes

    El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia, Cultura y Administración Local

    El enlace abre una nueva ventanaServicios judiciales

    El enlace abre una nueva ventanaServicios judiciales - sentencias en línea

    El enlace abre una nueva ventanaServicios judiciales - procesos civiles

    El enlace abre una nueva ventanaServicios judiciales - utilización de las salas

    El enlace abre una nueva ventanaServicios judiciales - estadísticas

    El enlace abre una nueva ventanaServicios judiciales - subastas

    El enlace abre una nueva ventanaServicios judiciales - formularios civiles (en maltés)

    El enlace abre una nueva ventanaPeritos judiciales

    El enlace abre una nueva ventanaServicios jurídicos - leyes de Malta

    Última actualización: 04/05/2021

    El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

    Tribunales ordinarios nacionales - Países Bajos

    En esta sección se ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios en los Países Bajos.

    Tribunales de primera instancia

    Hay once tribunales de primera instancia (rechtbanken) en los Países Bajos.

    Cada tribunal se divide en una serie de El enlace abre una nueva ventanasalas:

    • de lo civil (litigios entre particulares y/u organizaciones);
    • de lo contencioso-administrativo (litigios entre particulares u organizaciones y autoridades públicas);
    • de lo penal (delitos).

    Los tribunales de primera instancia también cuentan con una sección cantonal; los jueces cantonales conocen, además de otras materias, de los asuntos penales por delitos leves y los asuntos civiles por cuantía de hasta 25 000 EUR.

    Órganos jurisdiccionales de segunda instancia

    Quienes no están de acuerdo con una resolución judicial en primera instancia pueden presentar un recurso de apelación. En materia civil y penal, el interesado puede dirigirse a uno de los cuatro tribunales de apelación (gerechtshoven). En materia contencioso-administrativa, el recurso debe presentarse, en función del objeto del litigio, ante:

    • el tribunal de apelación territorialmente competente;
    • el Tribunal Central de Apelación (Centrale Raad van Beroep);
    • el Tribunal de Apelación en materia económica (College van Beroep voor het Bedrijfsleven);
    • la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Consejo de Estado (Raad van State: Afdeling bestuursrechtspraak).

    El Tribunal Supremo

    El Tribunal Supremo de los Países Bajos (Hoge Raad der Nederlanden) es la máxima autoridad judicial de los Países Bajos en los ámbitos civil, penal y tributario. Puede anular las sentencias de los tribunales de apelación (casación). El Tribunal Supremo también es responsable de garantizar la interpretación uniforme del Derecho neerlandés y supervisar su evolución.

    Puede encontrarse más información sobre la organización judicial de los Países Bajos en el El enlace abre una nueva ventanasitio web del Poder Judicial neerlandés.

    Bases de datos jurídicas

    El poder judicial publica una parte importante de las resoluciones judiciales. Estas resoluciones están a disposición del público en la base de datos del sitio web El enlace abre una nueva ventanarechtspraak.nl.

    ¿Es gratuita la consulta de la base de datos jurídica?

    Sí, es gratuita.

    Enlaces relacionados

    El enlace abre una nueva ventanaPoder Judicial neerlandés y Tribunal Supremo de los Países Bajos

    El enlace abre una nueva ventanaInformación en inglés sobre el sistema judicial neerlandés

    Última actualización: 05/05/2023

    El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

    Tribunales ordinarios nacionales - Austria

    Esta sección contiene información sobre las jurisdicciones ordinarias en materia civil y penal en Austria.

    Órganos jurisdiccionales ordinarios: introducción

    Los órganos de la jurisdicción ordinaria se estructuran en cuatro niveles. Actualmente (marzo de 2023) se encargan de la jurisprudencia los siguientes órganos jurisdiccionales:

    • 113 tribunales de distrito (Bezirksgerichte),
    • 20 audiencias regionales (Landesgerichte),
    • 4 audiencias territoriales (Oberlandesgerichte), y
    • el Tribunal supremo (Oberster Gerichtshof).

    Desde principios de 2013, el número de tribunales de distrito se ha reducido gradualmente de 141 a los 113 actuales (a 1 de marzo de 2023) mediante la fusión y, en algunos casos, la creación de nuevos tribunales de distrito en Alta Austria, Baja Austria, Estiria, Salzburgo, Tirol y Burgenland.

    El ministerio fiscal comprende los siguientes órganos:

    • 16 fiscalías (Staatsanwaltschaften),
    • 1 fiscalía central (Zentrale Staatsanwaltschaft) de lucha contra la corrupción y los delitos económicos,
    • 4 fiscalías superiores (Oberstaatsanwaltschaften),
    • la Fiscalía General (Generalprokuratur).

    Hay 28 establecimientos penitenciarios para el cumplimiento de las sentencias privativas de libertad.

    A. Organización de los tribunales: jurisdicción civil y penal

    En primera instancia las causas se asignan a los tribunales de distrito o a las audiencias regionales. En materia civil, las competencias se delimitan fundamentalmente en función de la naturaleza del asunto litigioso (Eigenzuständigkeit o competencia material), y en las demás materias en función del valor del objeto del litigio (Wertzuständigkeit o competencia de cuantía). La competencia material prevalece sobre la competencia de cuantía.

    En materia penal las competencias se delimitan por la gravedad de la pena que se aplica a la infracción.

    Tribunales de distrito (primer nivel)

    Los tribunales de distrito son órganos de primera instancia competentes para:

    • resolver conflictos civiles de cuantía inferior a 15 000 EUR (competencia de cuantía);
    • dictar sentencia en determinados tipos de causas (con independencia del valor del objeto del litigio), fundamentalmente las de Derecho de familia y las relativas a arrendamientos y ejecuciones (competencia material);
    • dictar sentencia en materia penal por todos los delitos condenados con penas de simple multa, multa y privación de libertad de hasta un año o solo privación de libertad (p. ej. negligencia con resultado de lesiones, robo).

    Audiencias regionales u órganos jurisdiccionales de primera instancia (segundo nivel)

    Las audiencias regionales (causas penales) o los órganos jurisdiccionales de primera instancia (Gerichthöfe erster Instanz o causas civiles) son los órganos competentes:

    • para resolver en primera instancia sobre los asuntos no reservados a los tribunales de distrito; además, tienen competencia material en las causas de responsabilidad derivada del uso de la energía atómica, la responsabilidad civil, la protección de datos, y los litigios relacionados con la competencia y la propiedad intelectual;
    • para resolver en segunda instancia los recursos contra las resoluciones de los tribunales de distrito.

    Audiencias territoriales u órganos jurisdiccionales de segunda instancia (tercer nivel)

    Las audiencias territoriales (Gerichtshöfe zweiter Instanz) ocupan el tercer nivel en la ordenación jerárquica judicial. Se ubican, respectivamente, en Viena (con competencia sobre Viena, Baja Austria y Burgenland), Graz (para Estiria y Carintia), Linz (para Alta Austria y Salzburgo) e Innsbruck (Tirol y Vorarlberg).

    Actúan como tribunales de apelación en causas civiles y penales (en segunda instancia).

    Además, desempeñan una función especial en la administración de la justicia. El presidente de la audiencia territorial o del órgano jurisdiccional de segunda instancia es el responsable de la gestión de todos los órganos jurisdiccionales de su territorio. En el ejercicio de esta función, su superior único e inmediato es el ministro federal de Justicia.

    Tribunal Supremo (cuarto nivel)

    El Tribunal Supremo, con sede en Viena, es la última instancia en las causas civiles y penales. Junto con el Tribunal Constitucional (Verfassungsgericht) y el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo (Verwaltungsgericht), constituye el órgano jurisdiccional de rango más elevado (Höchstgerichte) en el país. Esto significa que contra sus resoluciones no cabe recurso (a escala interna).

    El Tribunal Supremo contribuye de modo especial a la aplicación uniforme de la ley en todo el territorio nacional.

    Aunque la jurisprudencia no es estrictamente fuente del Derecho, en la práctica los órganos jurisdiccionales inferiores se guían por las sentencias del tribunal de más alto rango.

    B. Jurisdicción civil

    La jurisdicción civil se divide en procedimientos civiles generales, procedimientos laborales, procedimientos mercantiles y procedimientos de jurisdicción voluntaria (Außerstreitverfahren).

    En los procedimientos civiles generales se tratan todos los asuntos de Derecho privado, que no pertenezcan a los tribunales de comercio o laborales o para los que esté previsto un procedimiento de jurisdicción voluntaria.

    C. Instancias sucesivas

    C.1. Instancias sucesivas en la jurisdicción civil

    En los procedimientos civiles generales existen básicamente dos series diferentes de instancias sucesivas que a su vez pueden tener tres niveles. En primera instancia las causas se asignan a los tribunales de distrito o a las audiencias regionales.

    En los casos en que los tribunales de distrito actúan en primera instancia, contra sus resoluciones cabe recurso ante el órgano jurisdiccional de primera instancia, que conoce del recurso como sala de apelación (Berufungssenat).

    En los casos que conocen en primera instancia los órganos jurisdiccionales de primera instancia, contra sus sentencias cabe recurso ante el órgano jurisdiccional de segunda instancia, que conoce del recurso como sala de apelación.

    Los órganos jurisdiccionales de segunda instancia solo controlan las decisiones adoptadas en primera instancia. En consecuencia, solo deciden sobre la base de las conclusiones formuladas por las partes al finalizar el procedimiento oral en primera instancia y sobre la exposición de los hechos presentada en ese momento. Los órganos jurisdiccionales de segunda instancia pueden pronunciarse sobre el asunto (confirmándolo o modificándolo). Para ello, el órgano jurisdiccional de segunda instancia puede repetir o ampliar la totalidad o parte del procedimiento, en el marco definido por las conclusiones y alegaciones presentadas ante el órgano jurisdiccional inferior; o puede anular la resolución del órgano jurisdiccional de primera instancia y ordenarle que vuelva a juzgar el asunto; o puede desestimar el recurso.

    Cuando están en juego cuestiones de Derecho de importancia fundamental, cabe recurso ulterior ante el Tribunal Supremo.

    El Tribunal Supremo solo decide sobre cuestiones de Derecho y por lo tanto su decisión está ligada a los hechos establecidos hasta ese momento. Por ello, solo decide sobre la exactitud de la decisión adoptada sobre esta base o sobre los motivos de anulación y, dentro de ciertos límites, sobre los defectos de procedimiento del procedimiento anterior. El Tribunal Supremo no desempeña solo un papel de casación; también puede pronunciarse sobre el asunto, confirmando o modificando la sentencia; o puede anular las resoluciones anteriores y ordenar al órgano jurisdiccional de primera o segunda instancia que vuelva a juzgar el asunto; o puede desestimar el recurso.

    En primera instancia un juez único decide en la mayoría de los casos (salvo en las causas de un valor superior a 100 000 EUR y a petición de una de las partes en las que decide una sala compuesta por tres magistrados). En segunda instancia decide una sala compuesta por tres magistrados y en el Tribunal Supremo por cinco. Si se trata de cuestiones de Derecho de importancia fundamental (como la modificación de jurisprudencia consolidada), será una sala reforzada compuesta de once magistrados la que se ocupará de ellas.

    C.2. Instancias sucesivas en la jurisdicción penal

    En el procedimiento penal se sigue una doble vía.

    Contra las sentencias de los tribunales de distrito en primera instancia cabe presentar dos tipos de recursos:

    • recurso de nulidad, o
    • recurso contra el alcance de la culpa y los términos de la pena.

    La audiencia territorial competente conoce del recurso en sala formada por tres magistrados.

    Cuando actúa como órgano jurisdiccional de primera instancia una audiencia regional constituida en juez único (en los casos de delitos y faltas condenados con una pena de privación de libertad de hasta cinco años, como los de falso testimonio en juicio), cabe presentar ante las audiencias territoriales dos tipos de recurso:

    • recurso de nulidad, o
    • recurso contra el alcance de la culpa y los términos de la pena.

    La audiencia territorial competente conoce del recurso en sala formada por tres magistrados.

    Cuando actúa como órgano jurisdiccional de primera instancia una audiencia regional constituida en sala de jueces legos (Schöffengericht) o con jurado (Geschworenengericht), cabe recurso de nulidad ante el Tribunal Supremo. En cambio, el recurso relativo únicamente a los términos de la pena debe presentarse ante las audiencias territoriales.

    D. Reclamación

    En los procedimientos civiles generales se puede presentar un recurso ante las sentencias de primera instancia (Berufung). El recurso se puede presentar en todos los casos por causa de nulidad o apreciación jurídica errónea, y en determinadas materias, o en su caso, por una cuantía mínima en litigio de 2 700 EUR, por vicio de procedimiento o por una valoración de los hechos incorrecta.

    Las sentencias en segunda instancia se pueden recurrir mediante una reclamación de «revisión». Esta reclamación al Tribunal Supremo está sujeta a ciertas limitaciones en función de la materia. En principio, el Tribunal Supremo solo resuelve sobre cuestiones de Derecho de significativa importancia, y la existencia de estas cuestiones es un requisito previo para que el Tribunal Supremo admita un recurso de casación. Al margen de ello, en determinadas circunstancias las sentencias pronunciadas en segunda instancia son inapelables si la cuantía objeto de litigio es inferior a 5 000 EUR o, si dicha cuantía no es superior a 30 000 EUR, la remisión al Tribunal Supremo, para su «revisión», debe ser autorizada (directamente o por nueva solicitud) por la jurisdicción en segunda instancia.

    E. Bases de datos jurídicas

    El El enlace abre una nueva ventanasitio web del Ministerio Federal de Justicia ofrece información general sobre el sistema judicial austríaco.

    ¿Es gratuito el acceso a la base de datos?

    Sí, el acceso al sitio web del Ministerio de Justicia es gratuito.

    Enlaces relacionados

    El enlace abre una nueva ventanaCompetencia de los órganos jurisdiccionales: Austria

    Última actualización: 11/09/2023

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    Nota: la versión original de esta página polaco se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.
    Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: inglés.

    Tribunales ordinarios nacionales - Polonia

    Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios en Polonia.

    Órganos jurisdiccionales ordinarios

    La jurisdicción ordinaria en Polonia corresponde a los tribunales de apelación (sądy apelacyjne), los tribunales provinciales (sądy okręgowe) y los tribunales de distrito (sądy rejonowe). Todos ellos se ocupan de asuntos penales, civiles, de familia y menores, mercantiles, laborales y de seguridad social, salvo los que correspondan a otros tribunales especializados (como los militares).

    Mantienen asimismo el Catastro, el Registro de la propiedad, así como el Registro de derechos reales de garantía, el Registro Judicial Nacional y el Registro Penal Nacional.

    Jurisdicción civil                                                

    Existe una sala de lo civil (wydział cywilny) en cada tribunal de apelación, provincial y de distrito.

    Jurisdicción penal

    Existe una sala de lo penal (wydział karny) en cada tribunal de apelación, provincial y de distrito.

    Bases de datos jurídicas

    El sitio web del El enlace abre una nueva ventanaGobierno polaco contiene una lista de leyes publicadas desde 1918.

    El acceso a las bases de datos es gratuito.

    Última actualización: 19/07/2023

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    Tribunales ordinarios nacionales - Portugal

    Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios de Portugal.

    Organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios

    Además del Tribunal Constitucional, al que compete específicamente administrar la justicia en materias de naturaleza jurídico-constitucional, en Portugal existen las siguientes categorías de órganos jurisdiccionales:

    1. el Tribunal Supremo de Justicia (Supremo Tribunal de Justiça) y los órganos jurisdiccionales de primera y segunda instancia;
    2. el Tribunal Supremo Administrativo (Supremo Tribunal Administrativo) y los demás tribunales administrativos y tributarios;
    3. el Tribunal de Cuentas (Tribunal de Contas).

    Pueden existir tribunales de lo marítimo y arbitrales, así como juzgados de paz.

    La ley determina los casos y formas en que dichos órganos jurisdiccionales pueden constituirse, separada o conjuntamente, en tribunales de conflicto jurisdiccional (Tribunais de Conflitos).

    Sin perjuicio de lo dispuesto en lo que respecta a los tribunales militares, que pueden ser constituidos durante la vigencia del estado de guerra, está prohibida la existencia de órganos jurisdiccionales con competencia exclusiva para juzgar determinadas categorías de delitos.

    Órganos jurisdiccionales ordinarios

    Tribunal Supremo de Justicia

    El Tribunal Supremo es el órgano superior en la ordenación jerárquica de la jurisdicción ordinaria, sin perjuicio de las competencias propias del Tribunal Constitucional. Cuenta con salas especializadas en asuntos civiles, penales y sociales.

    Tiene su sede en Lisboa y su jurisdicción se extiende a todo el territorio portugués.

    El Tribunal Supremo funciona, bajo la dirección de un presidente, en pleno del Tribunal (constituido por todos los magistrados que componen las diferentes salas), en pleno de cada sala especializada y por salas.

    El Tribunal Supremo, salvo excepciones legalmente consagradas, solo conoce de cuestiones de Derecho.

    Tribunales de segunda instancia (Tribunais da Relação)

    Los tribunais da Relação son, en general, órganos jurisdiccionales de segunda instancia.

    En la actualidad estos tribunales se encuentran en Lisboa, Oporto, Coímbra, Évora y Guimarães. Funcionan, bajo la dirección de un presidente, en pleno y por salas.

    Los tribunais da Relação tienen salas de lo civil, de lo penal, de lo social, de familia y menores, de lo mercantil, de la propiedad intelectual, y de la competencia, la regulación y la supervisión. Sin embargo, la existencia de las salas de lo social, de familia y menores, de lo mercantil, de la propiedad intelectual y de la competencia, la regulación y la supervisión depende del volumen o la complejidad del servicio y se crean mediante decisión del Consejo General del Poder Judicial (Conselho Superior da Magistratura), a propuesta del presidente del tribunal da Relação correspondiente.

    Órganos jurisdiccionales de primera instancia

    Los órganos jurisdiccionales de primera instancia son, en general, los tribunales comarcales (tribunais de comarca). Es responsabilidad de estos órganos jurisdiccionales preparar y enjuiciar los asuntos que no sean competencia de otros órganos jurisdiccionales. Hay tribunais de comarca con competencia objetiva general y otros con competencia objetiva específica.

    Se componen por secciones, que pueden ser de competencia objetiva genérica, de competencia objetiva específica y de proximidad. Dichas secciones se denominan en función de la competencia y del nombre del municipio en el que tienen sede.

    Pueden crearse las siguientes secciones de competencia objetiva específica:

    1. central de lo civil;
    2. local de lo civil;
    3. central de lo penal;
    4. local de lo penal;
    5. local de delitos leves;
    6. de instrucción;
    7. de familia y menores;
    8. de lo social;
    9. de lo mercantil;
    10. de ejecución.

    Los órganos jurisdiccionales de primera instancia actúan, según el asunto, como un tribunal unipersonal, como un tribunal colegiado o como un tribunal con jurado, y existe un presidente por cada tribunal de comarca, que tiene competencias de representación y dirección, de gestión procesal, de administración y de funcionamiento.

    Cuando en un mismo tribunal o sección ejerzan funciones más de cinco magistrados, el presidente del tribunal podrá, tras oír a estos, proponer al Consejo General del Poder Judicial que designe a un magistrado coordinador, de una o varias secciones, previo consentimiento de este. Bajo la dirección del presidente del tribunal, el magistrado coordinador ejerce las competencias que este le atribuya, sin perjuicio de su correspondiente derecho de avocación, y debe rendir cuentas de su labor cuando así lo solicite el presidente del tribunal.

    Órganos jurisdiccionales administrativos y tributarios

    Compete a los órganos jurisdiccionales administrativos y tributarios juzgar las acciones y recursos contenciosos que tengan por objeto dirimir litigios derivados de relaciones jurídicas administrativas y tributarias. Son órganos jurisdiccionales administrativos y tributarios los siguientes:

    1. el Tribunal Supremo Administrativo;
    2. los tribunales centrales administrativos;
    3. los tribunales administrativos de partido;
    4. los tribunales tributarios.

    Tribunal Supremo Administrativo

    El Tribunal Supremo Administrativo es el órgano superior jerárquico de los órganos jurisdiccionales administrativos y tributarios, sin perjuicio de la competencia propia del Tribunal Constitucional.

    Tiene su sede en Lisboa y su jurisdicción se extiende a todo el territorio portugués.

    El Tribunal Supremo Administrativo comprende una sala contencioso-administrativa y una sala de lo contencioso-tributario. Es competente, esencialmente, para resolver los recursos presentados contra las resoluciones de los tribunales centrales administrativos.

    El Tribunal Supremo Administrativo funciona bajo la dirección de un presidente, asistido por tres vicepresidentes.

    En función de la materia, el Tribunal funciona en pleno, pleno de cada sala o por salas. El pleno del Tribunal y el pleno de cada sala solo conocen de cuestiones de Derecho.

    Tribunales centrales administrativos

    Los tribunales centrales administrativos funcionan, por norma general, como órganos jurisdiccionales de segunda instancia de la jurisdicción contencioso-administrativa. Actualmente, existen dos tribunales centrales administrativos (Norte y Sur).

    Su principal función es resolver los recursos interpuestos contra las resoluciones de los tribunales administrativos de partido (círculo) y los tribunales tributarios.

    Todos ellos están compuestos por una sala de lo contencioso-administrativo y una sala de lo contencioso-tributario.

    Los tribunales centrales administrativos funcionan bajo la dirección de un presidente, asistido por dos vicepresidentes.

    Los tribunales centrales administrativos conocen de cuestiones de hecho y de Derecho.

    Tribunales administrativos de partido y tribunales tributarios

    Se trata de órganos jurisdiccionales de primera instancia cuya principal función es dirimir litigios en materia administrativa y tributaria. Pueden funcionar separadamente, denominándose «tribunal administrativo de partido» y «tribunal tributario», o pueden funcionar de forma agregada, en cuyo caso se les denomina «tribunal administrativo y fiscal».

    Funcionan bajo la dirección de un presidente, nombrado por el Consejo Superior de los Tribunales Administrativos y Fiscales, con un mandato de cinco años.

    En general, funcionan como órgano unipersonal, pero la ley dispone que, en determinados casos, el tribunal puede funcionar con una formación diferente.

    Juzgados de paz

    Los juzgados de paz (julgados de paz) constituyen una forma alternativa de resolución de litigios de naturaleza exclusivamente civil: asuntos de escasa cuantía y no relacionados con el Derecho de familia, el Derecho de sucesiones y el Derecho laboral.

    Según la Ley n.º 78/2011, de 13 de julio, en su última versión, son competentes para tramitar y resolver las acciones declarativas cuya cuantía no exceda los 15 000 EUR, que es el límite de la competencia de los órganos jurisdiccionales de primera instancia.

    Con arreglo al artículo 9 de dicha Ley, los juzgados de paz son competentes para tramitar y resolver:

    1. las acciones para el cumplimiento de obligaciones distintas de las relativas al cumplimiento de una obligación pecuniaria y se refieran a un contrato de adhesión;
    2. las acciones de entrega de bienes muebles;
    3. las acciones derivadas de derechos y deberes de los copropietarios, cuando la asamblea de los copropietarios no haya acordado la obligatoriedad del recurso a arbitraje para resolver los conflictos entre copropietarios, o entre los copropietarios y el administrador;
    4. las acciones de resolución de litigios entre los propietarios de predios relacionadas con las servidumbres: de paso forzoso, de desagüe y de aguas, de medianería, de apertura de ventanas, puertas, balcones y obras similares, de tejado y de vistas (plantación de árboles y arbustos y construcción de muros divisorios);
    5. las acciones reivindicatorias, posesorias, de usucapión, de accesión y de división de cosa común;
    6. las acciones relativas al derecho de uso y administración de copropiedad, de superficie, de usufructo, de uso y habitación y al derecho real de habitación periódica;
    7. las acciones relativas a arrendamientos urbanos, con excepción de las acciones de desahucio;
    8. las acciones relativas a la responsabilidad civil contractual y extracontractual;
    9. las acciones relativas a incumplimientos contractuales, excepto en el caso de contratos de trabajo y arrendamientos rústicos;
    10. las acciones relativas a la garantía general de las obligaciones.

    Los juzgados de paz también son competentes para tramitar las demandas de indemnización por daños y perjuicios, cuando no se haya reclamado en el proceso penal o se haya desistido en dicho proceso, resultantes de:

    1. lesiones menores;
    2. delitos contra la integridad física por negligencia;
    3. calumnias;
    4. injurias;
    5. hurtos;
    6. delitos de daños;
    7. alteraciones de lindes;
    8. engaños para obtener alimentos, bebidas o servicios.

    De conformidad con el artículo 16, en cada juzgado de paz existe un servicio de mediación para toda persona interesada; es un modo de resolución alternativa de litigios, que pretende la resolución de forma preliminar mediante acuerdo entre las partes. Dicho servicio es competente para mediar en los litigios que puedan ser objeto de mediación, aunque no sean de la competencia del juzgado de paz.

    Última actualización: 29/01/2024

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    Tribunales ordinarios nacionales - Rumania

    Esta página ofrece información sobre los órganos jurisdiccionales de Rumanía.

    Introducción al sistema judicial de Rumanía

    El sistema judicial de Rumanía está estructurado del modo siguiente:

    Órganos jurisdiccionales y fiscalías

    Nivel 1

    1. Juzgados de primera instancia (176)
    2. Fiscalías

    Nivel 2

    1. Tribunales de distrito (42)
    2. Tribunales especializados (3)
    3. Tribunal de menores y de familia (1)
    4. Fiscalías

    Nivel 3

    1. Tribunales de apelación (15)
    2. Fiscalías

    Nivel 4

    1. Tribunal Supremo de Casación y Justicia
    2. Fiscalía
    • El sistema judicial rumano está constituido por el Tribunal Supremo de Casación y Justicia (Înalta Curte de Casație și Justiție) y los restantes órganos jurisdiccionales.

    Órganos jurisdiccionales

    Tribunal Supremo de Casación y Justicia

    Como El enlace abre una nueva ventanaórgano jurisdiccional supremo del país, es la única instancia judicial con capacidad para asegurar la interpretación y aplicación unitarias de la ley por los restantes órganos jurisdiccionales. El «recurso en interés de la ley» es el principal procedimiento para ello.

    El Tribunal Supremo de Casación y Justicia está organizado en 4 salas, cada una con sus propias competencias:

    • Sala I de lo Civil
    • Sala II de lo Civil
    • Sala de lo Penal
    • Sala de lo Contencioso-Administrativo y de lo Tributario

    Las cuatro Salas de Cinco Magistrados, las Salas Mixtas (Secțiile Unite), la Sala de Resolución de Recursos en Interés de la Ley y la Sala de Solución de Cuestiones de Derecho son otras instancias del Tribunal Supremo con sus propias competencias jurisdiccionales.

    La Sala I de lo Civil, la Sala II de lo Civil y la Sala de lo Contencioso-Administrativo y de lo Tributario del Tribunal Supremo de Casación y Justicia conocen en apelación de los recursos contra las resoluciones dictadas por los tribunales de apelación y otras resoluciones previstas por la ley, así como de los recursos interpuestos contra las resoluciones no firmes o de las disposiciones judiciales de cualquier tipo que no puedan ser impugnadas por ninguna otra vía y cuyo proceso haya quedado suspendido ante los tribunales de apelación.

    La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de Casación y Justicia conoce de lo siguiente:

    1. en primera instancia, de los litigios y los procesos de los que conoce, en virtud de la ley, en primera instancia el Tribunal Superior de Casación y Justicia;

    La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de Casación y Justicia conoce de los delitos de alta traición, los delitos cometidos por senadores, diputados y europarlamentarios rumanos, miembros del Gobierno, magistrados del Tribunal Constitucional, magistrados del Consejo Superior de la Magistratura, magistrados del Tribunal Supremo de Casación y Justicia y fiscales adscritos a dicho Tribunal.

    1. de los recursos de apelación contra las resoluciones en materia penal dictadas en primera instancia por los tribunales de apelación y el Tribunal Militar de Apelación;
    2. de los recursos contra las resoluciones en materia penal dictadas en primera instancia por los tribunales de apelación, el Tribunal Militar de Apelación y la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de Casación y Justicia;
    3. de los recursos de apelación contra las resoluciones no firmes o de las disposiciones judiciales de cualquier tipo que no puedan ser impugnadas por ninguna otra vía y cuyo proceso haya quedado suspendido ante los tribunales de apelación;
    4. de los recursos de casación contra las resoluciones firmes en materia penal, en las condiciones legalmente previstas;
    5. de las peticiones de decisión prejudicial sobre cuestiones de Derecho;
    6. de los conflictos de competencia en los casos en que sea el órgano jurisdiccional superior común de los órganos jurisdiccionales en conflicto;
    7. de las solicitudes de traslado del tribunal de apelación competente a otro tribunal de apelación;
    8. de otros casos específicos previstos por ley.

    Salas de Cinco Magistrados

    De conformidad con el artículo 24 de la Ley n.º 304/2004, en su versión modificada y publicada de nuevo, las Salas de Cinco Magistrados conocen de los recursos de apelación contra las resoluciones dictadas en primera instancia por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de Casación y Justicia, de los recursos de casación contra las resoluciones dictadas en apelación por una Sala de Cinco Magistrados previa admisión a trámite, de los recursos contra las sentencias dictadas en primera instancia por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de Casación y Justicia, de los asuntos en materia disciplinaria de conformidad con la ley y de otros asuntos de su competencia por ley, así como de los recursos contra las resoluciones por las que se inadmitan a trámite recursos ante el Tribunal Constitucional dictadas por otra Sala de Cinco Magistrados. De conformidad con el artículo 51, apartado 3, de la Ley n.º 317/2004, en su versión modificada, la Sala de Cinco Magistrados conoce de los recursos contra las resoluciones dictadas por el Consejo Superior de la Magistratura en materia disciplinaria.

    El Tribunal Supremo de Casación y Justicia actúa en Salas Mixtas para:

    1. conocer de los recursos relativos a la modificación de su propia jurisprudencia.
    2. interponer ante el Tribunal Constitucional recursos para el control previo de la constitucionalidad de las leyes.

    Tribunales de apelación

    El trabajo de los El enlace abre una nueva ventanatribunales de apelación de Rumanía es dirigido por un presidente, que puede ser asistido por uno o dos vicepresidentes.

    Operan en secciones o salas especializadas por razón de materia:

    • civil;
    • penal;
    • de menores y de familia;
    • contencioso-administrativa y tributaria;
    • laboral y de seguridad social, sociedades, registro mercantil, insolvencia, competencia desleal y otros asuntos;
    • marítima y fluvial

    Cada uno de los 15 tribunales de apelación tiene personalidad jurídica propia y una competencia que abarca varios tribunales de distrito (en torno a tres, de media).

    En materia civil, los tribunales de apelación conocen de los asuntos siguientes:

    en primera instancia, de las demandas en materia contencioso-administrativa y tributaria, en virtud de la legislación especial.

    en apelación, de los recursos de apelación contra las resoluciones dictadas en primera instancia por los tribunales de distrito.

    en casación, de los recursos contra las resoluciones dictadas en apelación por los tribunales de distrito o contra las resoluciones dictadas en primera instancia por tribunales de distrito que, con arreglo a la ley, no pueden ser objeto de recurso, y en los demás casos previstos expresamente por la ley.

    En materia penal, los tribunales de apelación conocen de los asuntos siguientes:

    En primera instancia:

    • infracciones previstas en los artículos 394 a 397, 399 a 412 y 438 a 445 del Código Penal;
    • infracciones relativas a la seguridad nacional de Rumanía previstas en la legislación especial;
    • infracciones cometidas por jueces y magistrados de juzgados y tribunales y fiscales adscritos a estos órganos jurisdiccionales;
    • infracciones cometidas por abogados, notarios, agentes judiciales, interventores financieros del Tribunal de Cuentas y auditores públicos externos;
    • infracciones cometidas por altos dignatarios de cultos reconocidos legalmente y los demás miembros de la jerarquía eclesiástica con rango de arzobispo o equivalente como mínimo;
    • infracciones cometidas por magistrados asistentes del Tribunal Supremo de Casación y Justicia, magistrados de los tribunales de apelación y del Tribunal Militar de Apelación, y fiscales adscritos a estos órganos jurisdiccionales.
    • infracciones cometidas por miembros del Tribunal de Cuentas, el presidente del Consejo Legislativo, el Defensor del Pueblo y sus adjuntos y cuestores;
    • solicitudes de remisión en los casos previstos por la ley.

    En apelación, conocen de los recursos de apelación contra las resoluciones en materia penal dictadas en primera instancia por los juzgados y los tribunales de distrito.

    Los tribunales de apelación conocen también de las cuestiones de competencia entre los tribunales de distrito o entre los juzgados primera instancia y los tribunales de distrito de los que dependen, así como entre los juzgados de primera instancia dependientes de tribunales de distrito diferentes, pero que dependen territorialmente del Tribunal de Apelación.

    Los tribunales de apelación resuelven también las solicitudes de extradición o de traslado al extranjero de personas condenadas.

    Tribunales de distrito

    Los El enlace abre una nueva ventana42 tribunales de distrito tienen personalidad jurídica y están organizados por distritos. Tienen jurisdicción sobre todos los juzgados de primera instancia de su distrito.

    Operan en secciones o salas especializadas por razón de materia:

    • civil;
    • penal;
    • de menores y de familia;
    • contencioso-administrativa y tributaria;
    • laboral y de seguridad social, sociedades, registro mercantil, insolvencia, competencia desleal y otros asuntos;
    • marítima y fluvial.

    En materia civil, los tribunales de distrito conocen de los asuntos siguientes:

    en primera instancia, los tribunales de distrito conocen de todas las demandas que no competan legalmente a otros órganos jurisdiccionales.

    En apelación, de los recursos de apelación contra las resoluciones dictadas en primera instancia por los juzgados de primera instancia.

    En casación, de los recursos interpuestos contra las sentencias dictadas por los juzgados de primera instancia que, con arreglo a la ley, no pueden ser objeto de recurso, y en los demás casos previstos expresamente por la ley.

    En materia penal, los tribunales de distrito conocen de los asuntos siguientes:

    En primera instancia:

    • infracciones contra la vida, la integridad física y la salud; infracciones contra la libertad personal; destrucción dolosa; infracciones con consecuencias especialmente graves; tráfico de inmigrantes; tortura; infracciones de corrupción y cometidas en el ejercicio de una función; divulgación de secretos de Estado; divulgación de secretos comerciales o no públicos; obtención ilegal de fondos; malversación; incumplimiento del régimen aplicable a los materiales nucleares o radiactivos; incumplimiento del régimen aplicable a los materiales explosivos; transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida; infracciones contra la seguridad e integridad de los sistemas y datos informáticos; creación de un grupo delictivo organizado;
    • infracciones premeditadas con resultado de muerte de una persona;
    • infracciones cuyo procesamiento penal hayan efectuado la Dirección de Investigación de la Delincuencia Organizada y el Terrorismo o la Dirección Nacional de Lucha contra la Corrupción si no competen legalmente a otros órganos jurisdiccionales jerárquicamente superiores;
    • infracciones de blanqueo de capitales y evasión fiscal previstas en el artículo 9 de la Ley n.º 241/2005 de prevención y lucha contra la evasión fiscal, en su versión modificada;
    • otras infracciones atribuidas legalmente a su jurisdicción.

    Los tribunales de distrito conocen de las cuestiones de competencia entre los tribunales de su distrito, así como los recursos interpuestos contra las resoluciones dictadas por los juzgados de primera instancia en los casos previstos por la ley.

    Juzgados de primera instancia

    Los juzgados de primera instancia carecen de personalidad jurídica y se organizan a nivel de distritos y del Municipio de Bucarest.

    En materia civil, los juzgados conocen principalmente de los asuntos siguientes:

    • demandas atribuidas por el Código Civil a la jurisdicción de los órganos de tutela y familia, salvo que la ley disponga expresamente lo contrario;
    • solicitudes de inscripción en el registro civil, con arreglo a la ley;
    • demandas cuyo objeto sea la administración de edificios de varios pisos, apartamentos o locales propiedad exclusiva de diferentes personas, así como las relativas a las relaciones jurídicas entre asociaciones de propietarios y otras personas físicas o jurídicas, según corresponda;
    • solicitudes de desahucio;
    • demandas relativas a zanjas y muros medianeros, a la distancia entre las construcciones y sembrados, a la servidumbre de paso y a cualquier servidumbre u otra limitación del derecho de propiedad establecidas legalmente, por las partes o por vía judicial;
    • demandas relativas a los desplazamientos de las lindes de las parcelas y a la delimitación de estas;
    • demandas posesorias;
    • demandas relativas a obligaciones no pecuniarias de hacer o no hacer, independientemente de si tienen origen contractual o no, excepto las atribuidas legalmente a la jurisdicción de otros órganos;
    • solicitudes de declaración judicial del fallecimiento de una persona;
    • solicitudes de partición judicial, independientemente de su cuantía;
    • demandas en materia de derechos de sucesión, con independencia de su cuantía;
    • solicitudes de usucapión, con independencia de su cuantía;
    • demandas en materia de propiedad inmobiliaria, con excepción de las atribuidas por ley especial a la jurisdicción de otros órganos;
    • cualquier otra demanda pecuniaria de una cuantía igual o inferior a 200 000 leus, independientemente de la calidad de las partes, profesionales o no;

    Asimismo, los juzgados de primera instancia conocen de los recursos contra las resoluciones de las autoridades públicas con poderes jurisdiccionales y de otros organismos con estos mismos poderes, en los casos previstos por ley, así como otras demandas atribuidas legalmente a su jurisdicción.

    En materia penal, los juzgados conocen principalmente de los asuntos siguientes:

    En general, de todas las infracciones no atribuidas legalmente en primera instancia a los tribunales de distrito, los tribunales de apelación o el Tribunal Supremo de Casación y Justicia.

    Puede obtenerse información sobre los órganos jurisdiccionales en el El enlace abre una nueva ventanaportal del Ministerio de Justicia de Rumanía.

    Bases de datos jurídicas

    Están disponibles en línea las bases de datos jurídicas siguientes:

    Última actualización: 24/02/2020

    El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

    Tribunales ordinarios nacionales - Eslovenia

    Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios en Eslovenia.

    Órganos jurisdiccionales ordinarios

    De conformidad con el artículo 98 de la Ley de órganos jurisdiccionales (Zakona o sodiščih), los órganos jurisdiccionales ordinarios de Eslovenia son los siguientes:

    • los tribunales locales (okrajna sodišča);
    • los tribunales de distrito (okrožna sodišča);
    • los tribunales superiores (višja sodišča);
    • el Tribunal Supremo de la República de Eslovenia (Vrhovno sodišče) (en lo sucesivo, el «Tribunal Supremo»).

    Competencia de los tribunales locales

    De conformidad con el artículo 99 de la Ley de órganos jurisdiccionales, los tribunales locales de Eslovenia tienen competencia para lo siguiente.

    Materia penal

    1. Juzgar en primera instancia las infracciones penales punibles con una multa o una pena de hasta tres años de privación de libertad, salvo los delitos de difamación cometidos por medio de prensa, radio, televisión u otros medios de comunicación.
    2. Instruir el sumario de las infracciones penales descritas anteriormente.
    3. Realizar otras tareas determinadas por ley.

    Materia civil

    Resolver en primera instancia:

    1. asuntos civiles, de conformidad con la Ley de enjuiciamiento civil (Zakonom o pravdnem postopku);
    2. asuntos de sucesiones y otros asuntos no contenciosos, a menos que la ley disponga otra cosa, así como los relativos al registro de la propiedad;
    3. asuntos de ejecución, a menos que la ley disponga otra cosa.

    Otras materias

    Resolver otros asuntos con arreglo a las disposiciones legales.

    Asistencia jurídica gratuita

    Decidir sobre la asistencia jurídica gratuita cuando otros órganos jurisdiccionales no sean jurídicamente competentes para ello y en casos de delitos menores.

    Competencia de los tribunales de distrito

    De conformidad con el artículo 101 de la Ley de órganos jurisdiccionales, los tribunales de distrito de Eslovenia tienen competencia para lo siguiente.

    Materia penal

    1. Conocer en primera instancia de los delitos que no sean competencia de los tribunales locales.
    2. Instruir el sumario de los delitos descritos en el apartado 1 anterior.
    3. Llevar a cabo las diligencias preliminares y juzgar en primera instancia los delitos cometidos por menores de edad.
    4. Resolver en primera instancia sobre la ejecución de sentencias penales dictadas por órganos jurisdiccionales extranjeros.
    5. Ejecutar las sentencias penales contempladas en los apartados 1, 3 y 4, así como las sentencias penales de los tribunales locales.
    6. Autorizar o denegar restricciones de derechos humanos y de libertades fundamentales.
    7. Resolver a puerta cerrada (incluso en asuntos penales que son de competencia de los tribunales locales).
    8. Realizar otras tareas determinadas por ley.
    9. Controlar la legalidad y la corrección del trato que reciben las personas condenadas y de las detenidas.

    Las salas especializadas de los tribunales (de distrito) se ocupan de los cometidos recogidos en los apartados 1, 2, 3, 6, 7 y 8 en asuntos especialmente complejos de delincuencia económica y organizada, terrorismo, corrupción y otras actividades delictivas de este tipo.

    Materia civil

    Resolver en primera instancia:

    1. asuntos civiles, de conformidad con la Ley de enjuiciamiento civil (Zakonom o pravdnem postopku);
    2. reconocimientos de resoluciones de órganos jurisdiccionales extranjeros;
    3. asuntos de concurso forzoso, quiebra y liquidación, cuando sean de su competencia, y los litigios conexos;
    4. asuntos sobre derechos de propiedad intelectual;
    5. solicitudes de medidas provisionales, presentadas antes del inicio de un procedimiento civil, sobre las que el tribunal debe pronunciarse de conformidad con las normas relativas al contencioso económico y financiero, o en los litigios que sean objeto de un convenio de arbitraje, y solicitudes de medidas provisionales relacionadas con los derechos de propiedad intelectual;
    6. procedimientos no contenciosos con arreglo a la ley.

    Otras materias

    • Administrar el registro judicial.
    • Resolver otros asuntos con arreglo a las disposiciones legales.
    • Resolver sobre la asistencia jurídica gratuita en asuntos civiles, penales y de otro tipo.
    • Resolver sobre el auxilio judicial internacional.

    Competencia de los tribunales superiores

    De conformidad con el artículo 104 de la Ley de órganos jurisdiccionales, los tribunales superiores de Eslovenia tienen competencia para lo siguiente.

    1. Resolver en segunda instancia sobre recursos interpuestos contra las resoluciones de los tribunales locales y de distrito de su demarcación judicial.
    2. Resolver sobre conflictos de competencia entre los tribunales locales o de distrito de su demarcación judicial y sobre declinatorias e inhibitorias de competencia entre tribunales locales o de distrito dentro de esa misma demarcación judicial.
    3. Realizar otras tareas determinadas por ley.

    Bases de datos jurídicas

    Denominación y URL de la base de datos

    El enlace abre una nueva ventanaPoder Judicial de la República de Eslovenia

    ¿Es gratuito el acceso a la base de datos jurídica?

    Sí, el acceso a la base de datos es gratuito.

    Breve descripción del contenido

    El sitio web del El enlace abre una nueva ventanaPoder Judicial de la República de Eslovenia ofrece acceso a un gran número de bases de datos, como por ejemplo:

    • el sistema judicial de la República de Eslovenia;
    • la administración judicial;
    • los registros públicos (registro de la propiedad, registro judicial).

    Enlaces relacionados

    El enlace abre una nueva ventanaLista de órganos jurisdiccionales

    Última actualización: 16/04/2020

    El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

    Tribunales ordinarios nacionales - Eslovaquia

    Esta sección informa sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios en Eslovaquia.

    Órganos jurisdiccionales ordinarios: introducción

    La justicia en la República Eslovaca es ejercida por órganos jurisdiccionales independientes e imparciales. En todos los niveles, la justicia está separada de los demás órganos del Estado.

    Bases de datos jurídicos

    Base de datos El enlace abre una nueva ventanaSlov-Lex del Ministerio de Justicia de la República Eslovaca

    El proyecto de recopilación electrónica de leyes (Slov-Lex) del Ministerio de Justicia de la República Eslovaca se basa en dos sistemas de información interconectados:

    1. eZbierka: sistema de información para la consulta, por parte de los destinatarios del Derecho, de versiones electrónicas consolidadas vinculantes de normas jurídicas y otro tipo de normas;
    2. eLegislatíva: sistema de información para la gestión de procesos en todas las etapas del proceso legislativo, que cuenta con herramientas de edición avanzadas para los autores de textos legislativos.

    Beneficios para el público objetivo

    Habida cuenta del principio fundamental del Derecho según el cual el desconocimiento del Derecho no exime de su cumplimiento y que, por tanto, todos deben ser conscientes de sus derechos y obligaciones, de que cada vez es más difícil de aplicar en la práctica, de que cada vez es mayor el volumen y complejidad de las normas jurídicas, el proyecto Slov-Lex contribuye a mejorar el cumplimiento de este principio garantizando un acceso efectivo a todos a las normas vigentes.

    • Ciudadanos: el proyecto proporciona, en particular a través de eZbierka, un acceso gratuito y mejor en términos de forma y contenido al Derecho vigente y mejora el nivel de información sobre las nuevas normas.
    • Profesionales del Derecho: tienen acceso permanente al Derecho vigente y la posibilidad de informarse sobre las nuevas normas adoptadas en Eslovaquia o por la Unión Europea, ya sea en general o en un ámbito específico en el que estén especializados.
    • Empresarios: también tienen acceso gratuito y permanente al Derecho vigente y la posibilidad de informarse sobre las nuevas normas adoptadas en Eslovaquia o por la Unión Europea, ya sea en general o en un ámbito específico en el que ejercen su actividad; con un mejor entorno regulador se puede generar condiciones más favorables para los empresarios y reducir la carga administrativa de las empresas.
    • Entes territoriales: tienen acceso gratuito y permanente al Derecho vigente, con lo que parte de su labor administrativa se ve reducida, en concreto, la obligación administrativamente gravosa y costosa de buscar, imprimir y archivar el boletín oficial cada día hábil.
    • Órganos de la Administración del Estado: el proyecto les garantiza un acceso gratuito y permanente al Derecho vigente y, por tanto, una reducción de su labor administrativa y del coste financiero del proceso legislativo, así como la posibilidad de desempeñar mejor su papel en la creación de normas jurídicas y la aplicación de la legislación de la Unión Europea.
    • Órganos del poder judicial: pueden consultar de forma rápida y permanente todo el Derecho vigente o que lo haya estado, así como ver las referencias de las resoluciones judiciales relativas a los textos vigentes en el momento en cuestión, lo que permite eliminar, al menos parcialmente, las actividades rutinarias de búsqueda y aumentar la eficiencia de la labor de los jueces y los funcionarios de justicia.
    • Órganos del poder legislativo: pueden servirse de un instrumento eficaz para la creación de normas jurídicas y la administración del proceso legislativo, lo que les exime de una serie de tareas administrativas gravosas y les permite concentrarse más en el contenido de las propuestas y proposiciones.

    Organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios

    Sistema judicial eslovaco

    El sistema judicial eslovaco comprende:

    • 54 tribunales de distrito (okresný súd);
    • 8 tribunales regionales (krajský súd);
    • el Tribunal Penal Especial (Špecializovaný trestný súd);
    • el Tribunal Supremo de la República Eslovaca (Najvyšší súd Slovenskej republiky).

    Competencia de los tribunales

    Tribunales de distrito

    Los tribunales de distrito actúan como órganos de primera instancia en asuntos civiles y penales a no ser que la normativa procesal dicte otra cosa.

    Los tribunales de distrito resuelven también asuntos electorales en casos contemplados en leyes específicas.

    Tribunales regionales

    Los tribunales regionales actúan como órganos de segunda instancia en asuntos civiles y penales conocidos en primera instancia por tribunales de distrito.

    La normativa que regula los procedimientos judiciales especifica también los asuntos civiles y penales en los que los tribunales regionales actúan como órganos de primera instancia.

    Los tribunales regionales actúan como órganos de primera instancia en contenciosos administrativos a no ser que leyes específicas dicten otra cosa.

    Los tribunales regionales conocen también de otros asuntos cuando así lo requieren leyes específicas, (por ejemplo, la Ley n.º 166/2003 de protección de la privacidad contra el uso no autorizado de tecnología de la información y por la que se modifican otras leyes).

    El Tribunal Penal Especial

    El Tribunal Penal Especial conoce de asuntos penales y otros asuntos contemplados en la normativa procesal.

    El Tribunal Supremo

    El Tribunal Supremo resuelve:

    • recursos ordinarios interpuestos contra resoluciones de tribunales regionales y del Tribunal Penal Especial contemplados en la normativa procesal;
    • recursos extraordinarios interpuestos contra resoluciones de tribunales de distrito, tribunales regionales, el Tribunal Penal Especial y el Tribunal Supremo contemplados en la normativa procesal;
    • conflictos de jurisdicción entre órganos jurisdiccionales y órganos de la Administración pública;
    • las cuestiones de competencia contempladas en la normativa procesal;
    • otros asuntos contemplados por ley o en los tratados internacionales.

    El Tribunal Supremo analiza la actividad decisoria de los tribunales en los asuntos en los que ya se ha dictado sentencia definitiva.

    El Tribunal Supremo vela asimismo por que haya una interpretación y aplicación uniforme y coherente de las leyes y demás normas de aplicación general:

    • con sus propios pronunciamientos;
    • adoptando dictámenes orientados a armonizar la interpretación de las leyes y demás normas de aplicación general;
    • publicando sentencias firmes de importancia fundamental en la «Recopilación de dictámenes del Tribunal Supremo y resoluciones de los tribunales de la República Eslovaca» (Zbierke stanovísk najvyššieho súdu a rozhodnutí súdov Slovenskej republiky).

    Enlaces relacionados

    El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia

    Última actualización: 27/02/2023

    El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

    Tribunales ordinarios nacionales - Finlandia

    Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios y contencioso-administrativos en Finlandia

    Órganos jurisdiccionales ordinarios y contencioso-administrativos: introducción

    Cabe distinguir los órganos jurisdiccionales finlandeses en generales, que conocen de asuntos civiles y penales, contencioso-administrativos, que se ocupan de este tipo de asuntos, y especializados.

    Son órganos jurisdiccionales generales aquellos que tienen una competencia general por razón de la materia. Con otras palabras, se ocupan de los asuntos que no son competencia específica de otros órganos jurisdiccionales. Son los siguientes:

    • los tribunales regionales (käräjäoikeudet; hay 20 actualmente);
    • los tribunales de apelación (hovioikeudet; hay 5 actualmente);
    • el Tribunal Supremo (Korkein oikeus).

    Los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos se ocupan de asuntos de esta naturaleza.

    Son el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo (korkein hallinto-oikeus) y los tribunales contencioso-administrativos (alueelliset hallinto-oikeudet), de carácter regional. En Finlandia hay seis tribunales contencioso-administrativos: los de Helsinki, Hämeenlinna, Finlandia Oriental, Finlandia Septentrional, Turku y Vaasa. Las islas Åland tienen su propio tribunal contencioso-administrativo, el Ålands förvaltningsdomstol.

    La máxima instancia judicial en estas materias es el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo.

    Tribunales regionales

    Los El enlace abre una nueva ventanatribunales regionales funcionan como órganos jurisdiccionales de primera instancia. Conocen de asuntos civiles y penales y de ciertas causas de jurisdicción voluntaria, como divorcios. Hay en Finlandia 20. Varían considerablemente tanto en número de asuntos tramitados como en la dotación de personal. Tramitan 550 000 asuntos al año aproximadamente (80 000 penales, 420 000 civiles y 50 000 de jurisdicción voluntaria). El conjunto de los tribunales regionales emplea a unas 1 900 personas.

    La actividad y administración de estos órganos jurisdiccionales están reguladas en el Código judicial (käräjäoikeuslaissa) (673/2016) y en los reglamentos de procedimiento de dichos órganos jurisdiccionales. Con arreglo a dicha Ley, el magistrado que preside un tribunal regional actúa, además, como responsable administrativo del mismo.

    Los tribunales regionales pueden contar igualmente con jueces legos, que intervienen en las causas penales más graves y en los asuntos registrales; son nombrados por el municipio. El Ministerio de Justicia determina el número de jueces legos que deben designar los municipios; su remuneración corre a cargo de los fondos públicos.

    El procedimiento en los tribunales regionales

    En los tribunales regionales, las causas civiles transcurren en dos fases: la audiencia previa (valmistelu) y el juicio (pääkäsittely). La audiencia previa se inicia con la presentación de los escritos de las partes. Los asuntos cuyo objeto sean deudas no impugnadas se resuelven en esta fase. Se celebra una audiencia presidida por un magistrado.

    Si no es posible resolver el litigio durante la fase de audiencia previa, se señala una fecha para el juicio. En este, se constituye el tribunal con uno o tres magistrados y se procura que el procedimiento transcurra de forma continua, en la medida de lo posible.

    En las causas penales, la composición del tribunal varía en función del delito que se juzgue. Los juicios de delitos leves son resueltos por un solo magistrado, y los juicios por los delitos de mayor gravedad, por un magistrado y dos jueces legos o por tres magistrados.

    El procedimiento penal sigue los mismos principios que el civil, y es posible celebrar una vista preparatoria. El tribunal puede pedir al acusado que formule una declaración antes del juicio principal, que es oral; la sentencia se dicta basándose en las circunstancias de hecho que las partes hayan probado al tribunal. Todas las pruebas deben practicarse en la fase de juicio oral, y también se intenta que el proceso transcurra sin interrupciones. Durante esta fase no se puede modificar la composición del tribunal. En las condiciones establecidas por la ley, las causas penales también pueden tramitarse conforme a un procedimiento escrito, sin juicio oral.

    Si el tribunal no llega a un consenso sobre la sentencia, esta se somete a votación. Cada miembro del tribunal tiene derecho a un voto. En caso de empate, el magistrado que presida el tribunal tiene voto de calidad; en las causas penales prevalece la alternativa más favorable al acusado.

    Las sentencias de los tribunales regionales deben estar motivadas. La mayoría de las veces se comunican a las partes inmediatamente después del juicio oral. Sin embargo, en los asuntos penales de gran envergadura o de especial complejidad pueden demorarse hasta un máximo de dos semanas; en tal caso, la secretaría del tribunal debe comunicarlas por escrito a las partes.

    Tribunales de apelación

    Existen El enlace abre una nueva ventanacinco tribunales de apelación en Finlandia: los de Helsinki, Finlandia Oriental (Kuopio), Rovaniemi, Vaasa y Turku.

    En calidad de órganos de segunda instancia, dirimen las apelaciones y recursos contra las sentencias de los tribunales regionales. En determinados casos, actúan también como tribunales de primera instancia, por ejemplo: en caso de procesamiento de jueces de órganos jurisdiccionales inferiores y de altos funcionarios.

    Los tribunales de apelación velan asimismo por la aplicación de los preceptos legales en los tribunales regionales y se ocupan de determinadas materias relacionadas con la administración judicial. En particular, han de emitir dictámenes, destinados a la comisión de selección de jueces, en relación con los candidatos que soliciten una plaza en un tribunal regional o de apelación. La redacción de estos dictámenes se encomienda a un comité específico del tribunal. El presidente del tribunal de apelación es el responsable de su funcionamiento y eficacia.

    Los tribunales de apelación se organizan en salas, compuestas por un presidente y otros magistrados. Las salas suelen estar integradas por tres magistrados.

    El procedimiento en los tribunales de apelación

    En algunos asuntos civiles y penales, el recurrente necesita una autorización del tribunal de apelación para presentar su recurso. Los supuestos de autorización están regulados por ley. El tribunal de apelación sustancia los recursos, bien mediante procedimiento escrito, bien mediante vista oral.

    El Tribunal Supremo

    El El enlace abre una nueva ventanaTribunal Supremo constituye la última instancia de recurso. Al igual que los tribunales de apelación, se organiza en salas, formadas por cinco magistrados.

    Para plantear un recurso ante el Tribunal Supremo, la parte interesada o afectada debe solicitar autorización para recurrir la sentencia de un órgano jurisdiccional. Recibida la solicitud, la examina el Tribunal Supremo para decidir si procede o no conceder la autorización para recurrir. La decisión es tomada por una sección formada por dos o tres magistrados, y la autorización para recurrir solo se concede si se da alguno de los motivos previstos en la ley.

    Desde el año 1980, las sentencias del Tribunal Supremo sientan precedente. Una vez dictadas, los restantes tribunales de justicia deben atenerse a ellas en situaciones similares. No se requiere la autorización para recurrir en los casos en que el tribunal de apelación haya actuado como órgano jurisdiccional de primera instancia.

    El presidente del Tribunal Supremo modera las actuaciones del mismo. Sus vocales se denominan magistrados del Tribunal Supremo (oikeusneuvoksiksi). En las tareas de secretaría intervienen el secretario jefe, los secretarios jefes asistentes y otros secretarios de mayor o menor categoría.

    Además de sentar jurisprudencia, el Tribunal Supremo nombra a los jueces que deben ocupar plazas provisionales durante más de un año. También emite dictámenes sobre las propuestas de ley y las peticiones de indulto presentadas al presidente de la República.

    El procedimiento en el Tribunal Supremo suele ser escrito. Sin embargo, cabe la posibilidad de realizar un juicio oral cuando se considere necesario.

    Jurisdicción contencioso-administrativa

    Tribunales contencioso-administrativos

    La Constitución finlandesa dispone que todas las actividades públicas deben respetar rigurosamente el Derecho. Las personas físicas o jurídicas que consideren que una resolución de una autoridad administrativa es ilegal pueden, por norma general, impugnarla.

    Las resoluciones de las autoridades administrativas deben indicar cómo y ante quién pueden recurrirse. En muchos casos, se puede solicitar a dicha autoridad administrativa que rectifique su resolución; si tras ello, la parte interesada sigue insatisfecha con la resolución, puede dirigirse a un El enlace abre una nueva ventanatribunal contencioso-administrativo. Las circunscripciones judiciales de los tribunales administrativos están basadas en la estructura territorial de las provincias, de modo que una o más provincias pueden formar parte de una circunscripción judicial.

    Los tribunales contencioso-administrativos determinan, basándose en el recurso interpuesto, si la resolución impugnada es conforme a Derecho. Si el pronunciamiento de este tribunal no satisface a la parte interesada, en la mayoría de los casos puede interponer un nuevo recurso ante el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo o, al menos, solicitar autorización para interponer un recurso ante el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo.

    Los tribunales contencioso-administrativos se rigen por la Ley de tribunales contencioso-administrativos (430/1999), por el Decreto del Consejo de Ministros (865/2016) y por los reglamentos de procedimiento interno de aquellos. En materia procesal, se aplica la Ley del procedimiento contencioso-administrativo (586/1996) a los tribunales contencioso-administrativos.

    Los tribunales contencioso-administrativos tramitan más de 20 000 asuntos al año. La mayoría de los casos son recursos, pero los tribunales contencioso-administrativos también tratan otros asuntos contencioso-administrativos, así como asuntos de aprobación de resoluciones administrativas sometidas a su examen. Según la clasificación que aplican las secretarías, existe casi 300 categorías de asuntos, lo que muestra la gran variedad de supuestos tratados. Los tribunales contencioso-administrativos son tribunales regionales de competencia general, ya que, por norma general, resuelven todos los litigios contencioso-administrativos. No obstante, algunas categorías de asuntos son de competencia exclusiva de algunos tribunales contencioso-administrativos:

    • El tribunal contencioso-administrativo de Helsinki conoce de asuntos en materia de IVA y de aduanas.
    • El tribunal contencioso-administrativo de Vaasa conoce de los recursos relativos a autorizaciones y permisos, y a las resoluciones de carácter restrictivo en el ámbito de la Ley de Aguas y la Ley de Protección del Medio Ambiente.
    • El tribunal contencioso-administrativo de Hämeenlinna conoce de los recursos en materia de ayudas agrícolas, medidas de desarrollo rural y ayudas de reestructuración agrícola.
    • El tribunal contencioso-administrativo de Finlandia Septentrional conoce de los recursos en materia de ayudas a la cría de renos y los medios naturales de subsistencia, y resuelve también determinadas cuestiones sobre la Ley sobre los skolts.

    Los tribunales contencioso-administrativos están formados por un magistrado que preside y otros magistrados. El presidente es responsable del funcionamiento y la eficacia de su tribunal. Los tribunales contencioso-administrativos pueden dividirse en salas. Las salas están presididas por un magistrado nombrado presidente de la sala. Además de los magistrados, integran los tribunales contencioso-administrativos los ponentes y el personal de la oficina judicial. Los tribunales contencioso-administrativos emplean a un total de 550 personas.

    Organización de los tribunales contencioso-administrativos

    Los tribunales contencioso-administrativos son órganos colegiados con un quorum de tres magistrados. Se componen de un presidente y magistrados. En ciertos asuntos, como en los de salud mental o protección de menores, también se puede llamar a título auxiliar a un perito en las fases de tramitación y deliberación. En los asuntos relacionados con las aguas y la protección del medio ambiente, también participan, además de los magistrados, jueces especializados en ciencias naturales o en tecnología. En estas categorías de asuntos, el tribunal se compone de cuatro miembros.

    Es posible resolver algunos de los asuntos más simples en configuraciones más pequeñas, siempre que ello no perjudique la tutela judicial de las partes.

    Los asuntos en que sea manifiesto que no es precisa una nueva interpretación de la ley podrán ser resueltos en sala con solo dos magistrados. Algunos ejemplos de estos asuntos son las acciones relativas a los impuestos sobre la renta, sobre el patrimonio inmobiliario y sobres los vehículos automóviles y las acciones relativas a las licencias de obras. Cuando se tramite un asunto en sala con dos miembros y los magistrados discrepen, el asunto se somete a la deliberación de la composición normal de tres magistrados. Un solo magistrado puede resolver cuestiones sobre infracciones de aparcamiento, remolque de vehículos, permisos de conducir y multas en transporte público. También puede un solo magistrado acordar suspensiones que puedan considerarse medidas cautelares y ordenar el cese o la suspensión de la ejecución forzosa de impuestos y gravámenes.

    Procedimiento en los tribunales contencioso-administrativos

    Los asuntos de los que conocen los tribunales contencioso-administrativos se tramitan principalmente por escrito, pero en los últimos años se ha producido un aumento de las vistas orales y los reconocimientos judiciales. Se recurre con bastante frecuencia a las vistas orales en el ámbito de la protección de menores y en asuntos de extranjería.

    Durante la instrucción, el demandante o el recurrente debe, en principio, aportar las pruebas que demuestren sus pretensiones y fundamentar estas. No obstante, los tribunales contencioso-administrativos tienen la obligación de asegurarse de que se esclarecen los hechos, en virtud del principio de instrucción de oficio. En virtud de la Ley del procedimiento contencioso-administrativo, los tribunales contencioso-administrativos deben examinar de oficio cuantas cuestiones sean necesarias para garantizar que el proceso sea justo, equitativo y pertinente.

    Los tribunales contencioso-administrativos tramitan los asuntos por orden cronológico. Sin embargo, algunos casos son tramitados con carácter urgente por ley. Una vez que el asunto se ha admitido a trámite, el ponente prepara el expediente del asunto. La secretaría del tribunal contencioso-administrativo y los notarios y a veces también los propios magistrados del tribunal pueden actuar como ponentes. El ponente recaba los dictámenes e informes necesarios de las autoridades correspondientes y es responsable de tomar declaración a las partes.

    Una vez se presenta la demanda o el recurso, se examinan los requisitos de admisión a trámite; en el caso de un recurso, se solicita el dictamen de la autoridad correspondiente y se solicitan los documentos justificativos necesarios. A continuación, se toma declaración a cualquier otra parte interesada y al recurrente.

    El ponente elabora un dictamen motivado. Los magistrados examinan los documentos y el dictamen motivado y, posteriormente, dictan sentencia en sesión plenaria.

    Los tribunales contencioso-administrativos tienen en cuenta todas las cuestiones planteadas y deciden qué hechos son pertinentes para resolver el asunto. Si los magistrados que deben fallar no logran una posición unánime, se somete la cuestión a votación. El ponente también puede presentar otro dictamen, con conclusiones distintas. Tras la sesión, la motivación de la sentencia puede especificarse con mayor detalle; una vez los magistrados firman la sentencia, se notifica a las partes y a la autoridad correspondiente.

    El Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo

    El El enlace abre una nueva ventanaTribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo es la mayor instancia judicial en materia contencioso-administrativa.

    La mayoría de los asuntos presentados ante el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo son recursos contra las sentencias de los tribunales contencioso-administrativos. En algunos casos, primero se debe obtener una autorización para recurrir ante el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo.

    En Finlandia, también se pueden impugnar ante el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo por cuestiones jurídicos las decisiones gubernamentales y ministeriales en ejercicio de las máximas competencias del ejecutivo.

    El Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo puede emitir dictámenes y pronunciarse sobre cuestiones legislativas. Supervisa la práctica jurisprudencial en su orden jurisdiccional con el objetivo de garantizar que sea funcional y eficaz. Además, el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo nombra a los jueces que deben ocupar plazas provisionales durante más de un año.

    El Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo cuenta con un presidente, que ejerce las labores de dirección. Sus vocales se denominan magistrados (oikeusneuvoksiksi); actualmente hay unos 20. Además, el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo cuenta con unos 50 letrados que actúan como ponentes, así como unos cuarenta colaboradores de diversa índole. El Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo está dividido en salas. Un secretario judicial está al frente de la secretaría judicial.

    El Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo tramita unos 6 000 asuntos al año. Por lo general, las sentencias se dictan en salas de cinco magistrados. La inadmisión de recursos puede decidirla una formación de cinco magistrados. Para la resolución de asuntos en materia de aguas, protección del medio ambiente, patentes, modelos de utilidad y planos de circuitos integrados, será necesario que haya dos peritos a título auxiliar además de los magistrados. Los peritos tienen la condición de jueces independientes. Los asuntos de los que conoce el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo se tramitan principalmente por escrito; se organizan menos de diez vistas orales y reconocimientos judiciales al año.

    Bases de datos y sitios web jurídicos

    Denominación de la base de datos

    El enlace abre una nueva ventanaFinlex

    El enlace abre una nueva ventanaSitio web del Sistema judicial

    ¿Es gratuito el acceso a la base de datos o al sitio web?

    El sitio web es gratuito.

    El sitio web sobre el El enlace abre una nueva ventanaSistema judicial sirve como ventanilla única para quienes buscan información sobre los tribunales, fiscales, agentes judiciales y otros organismos públicos relacionados con la administración de la justicia en Finlandia.

    Incluye, por ejemplo, las sentencias más recientes de los tribunales de apelación y los tribunales contencioso-administrativos. Las mayores bases de datos sobre el Tribunal Supremo, los tribunales de apelación, los tribunales contencioso-administrativos y los órganos jurisdiccionales especiales se encuentran en El enlace abre una nueva ventanaFinlex, portal de acceso gratuito gestionado por el Ministerio de Justicia finlandés.

    Última actualización: 02/02/2021

    El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

    Tribunales ordinarios nacionales - Suecia

    Esta sección contiene información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales ordinarios en Suecia.

    Órganos jurisdiccionales ordinarios – introducción

    Los órganos jurisdiccionales generales conocen de los asuntos civiles y penales. Están organizados en un sistema de tres niveles:

    • los tribunales de primera instancia (tingsrätt);
    • los tribunales de apelación (hovrätt); y
    • el El enlace abre una nueva ventanaTribunal Supremo (Högsta domstolen).

    Los tribunales generales contencioso-administrativos conocen de los asuntos relacionados con la administración pública. Están organizados en un sistema de tres niveles:

    • los tribunales contencioso-administrativos provinciales (länsrätt);
    • los tribunales contencioso-administrativos de apelación (kammarrätt); y
    • el El enlace abre una nueva ventanaTribunal Supremo Contencioso-Administrativo (Högsta förvaltningsdomstolen).

    Además, existen algunos juzgados y tribunales especializados que tienen encomendado el conocimiento de determinados tipos de asuntos y materias específicas, tales como el El enlace abre una nueva ventanaTribunal Laboral (Arbetsdomstolen) y el El enlace abre una nueva ventanaTribunal del Mercado (Marknadsdomstolen).

    Última actualización: 09/11/2020

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    Tribunales ordinarios nacionales - Inglaterra y Gales

    Esta sección ofrece información sobre los órganos jurisdiccionales ordinarios en Inglaterra y Gales.

    La organización de los diversos órganos jurisdiccionales en Inglaterra y Gales es la siguiente. Para más información, véase la página web del El enlace abre una nueva ventanaServicio de la Judicatura de Su Majestad (Her Majesty's Courts and Tribunals Service), que presta servicios administrativos y de asistencia a todos los órganos jurisdiccionales, excepto el Tribunal Supremo.

    Tribunal Supremo (Supreme Court)

    El 1 de octubre de 2009, el El enlace abre una nueva ventanaTribunal Supremo del Reino Unido asumió las competencias de la Comisión de Apelación de la Cámara de los Lores (Appellate Committee of the House of Lords). Asumió asimismo las funciones transferidas de la Comisión Judicial del Consejo Privado de la Reina o Judicial Committee of the Privy Council, que es la última instancia jurisdiccional de varios países independientes de la Commonwealth, los territorios de ultramar del Reino Unido y los territorios dependientes de la Corona británica.

    El Tribunal Supremo es el órgano jurisdiccional de última instancia del Reino Unido para asuntos tanto penales como civiles, si bien no pueden recurrirse ante él las sentencias penales de Escocia. Solamente se concede autorización para recurrir ante el Tribunal Supremo si están en juego cuestiones de Derecho de interés general.

    Tribunal de Apelación (Court of Appeal)

    El Tribunal de Apelación se divide en las Salas de lo Penal y de lo Civil, y sus vistas suelen tener lugar en Londres.

    La Criminal Division (Sala de lo Penal), presidida por el juez decano de los LoresLord Chief Justice, conoce de los recursos contra las penas y condenas impuestas mediante sentencias del Tribunal de la Corona (Crown Court). Puede anular o confirmar las condenas, ordenar la celebración de un nuevo juicio y, en los recursos contra una pena, modificar esta (pero no elevar su duración). No obstante, si el asunto ha sido remitido por el El enlace abre una nueva ventanafiscal general (Attorney General) al Tribunal de Apelación, este tiene competencia para aumentar la pena si considera que es indebidamente clemente.

    El Tribunal de Apelación tiene una competencia ampliada para conocer de recursos ad hoc, como los que atañen a la publicación de ciertos informes o a la restricción del acceso público a ciertos documentos, los recursos contra sentencias contrarias a la acusación y diversos recursos contemplados en la Ley de productos del delito de 2002 (Proceeds of Crime Act 2002). Por otra parte, se ocupa de los recursos en asuntos de Derecho militar.

    Los juicios orales de esta Sala suelen celebrarse con tres magistrados, aunque se dicta una única resolución (por mayoría).

    La Civil Division (Sala de lo Civil) está presidida por un magistrado conocido como Master of the Rolls. Conoce, fundamentalmente, de los recursos contra las resoluciones del Tribunal Superior (incluidas las Chancery, Queens Bench and Family Divisions), de los juzgados de condado (county courts) de toda Inglaterra y Gales, y de ciertos órganos cuasi judiciales (tribunals). Los juicios orales suelen celebrarse ante tres jueces de los Lores, que se pronuncian como un solo órgano decisorio. Al fallar, sus miembros pueden ordenar lo que, en su opinión, debería haber ordenado el órgano jurisdiccional a quo o de procedencia. En algunos casos, se ordena repetir el juicio.

    El Tribunal de Apelación no suele interrogar a testigos. Sus resoluciones se basan normalmente en pruebas documentales, en transcripciones de vistas previas y en los argumentos de los abogados que comparecen en representación de las partes.

    El Tribunal Superior (High Court)

    El Tribunal Superior tiene su sede en Londres, aunque puede celebrar vistas en otros lugares de Inglaterra y Gales. Tiene competencia para conocer de casi cualquier proceso civil, aunque, en la práctica, se ocupa fundamentalmente de los asuntos de mayor dimensión o complejidad. Se organiza en tres salas:

    • La Queen’s Bench Division (Sala de la Reina) es la mayor de las tres y conoce de una amplia gama de asuntos civiles, incluidas las demandas por daños y perjuicios derivados de incumplimientos contractuales, ilícitos civiles y difamación, los litigios mercantiles, tecnológicos y en materia de construcción, y los asuntos de Derecho marítimo (procesos civiles relativos a buques, como los casos de colisión, daños a la carga y salvamento).
    • La Chancery Division (Sala de la Cancillería) conoce, en particular, de asuntos relacionados con la propiedad inmobiliaria, incluida la administración de herencias yacentes, la interpretación de testamentos, las patentes y la propiedad intelectual, los casos de insolvencia y los conflictos relativos a empresas y sociedades.
    • La Family Division (Sala de Asuntos de Familia) conoce de muchos de los casos de divorcio más complejos y los aspectos económico-matrimoniales correspondientes. Conoce de asuntos relativos a menores (en particular, las tutelas, las adopciones y la sustracción de menores), los asuntos sujetos a la competencia del Tribunal Tutelar (Court of Protection) y los relacionados con el tratamiento médico de menores bajo la jurisdicción inherente del Tribunal Superior.

    Tribunal Administrativo (Administrative Court)

    Las competencias del Tribunal Administrativo son variadas y abarcan la aplicación del Derecho administrativo en Inglaterra y Gales, y la supervisión de los órganos jurisdiccionales y cuasi judiciales de rango inferior.

    La competencia de supervisión, ejercida principalmente a través del recurso contencioso-administrativo (judicial review), abarca a las personas físicas u organismos que desempeñan funciones de Derecho público. Con el recurso contencioso-administrativo, se garantiza que las resoluciones de estas personas u organismos se ajustan a Derecho, y no exceden de las facultades que les haya otorgado el Parlamento.

    El Tribunal Administrativo conoce asimismo de acciones y recurso diversos:

    • los recursos presentados, en virtud de determinadas disposiciones, contra las resoluciones de ministros, órganos de la Administración local y órganos cuasi judiciales;
    • las acciones ejercidas al amparo de la Ley de nacionalidad, inmigración y asilo de 2002 (Nationality, Immigration and Asylum Act 2002);
    • los recursos por error en la jurisprudencia aplicada presentados contra ciertas resoluciones de los juzgados de paz (magistrates’ courts) y el Tribunal de la Corona;
    • las peticiones de habeas corpus;
    • las peticiones de procesamiento por desacato a un órgano jurisdiccional;
    • las solicitudes relativas a litigantes temerarios;
    • las peticiones al amparo de la Ley de funcionarios forenses de 1988 (Coroners Act 1988);
    • diversas solicitudes al amparo de las Leyes de prevención del terrorismo, de productos del delito, de tráfico de drogas y de la justicia penal.

    En 2009 se abrieron dependencias regionales del Tribunal Administrativo en Birmingham, Cardiff, Leeds y Manchester, con lo que se posibilitó que demandantes y solicitantes puedan formular determinados tipos de peticiones más cerca del lugar de su domicilio. En noviembre de 2012, se inauguró una nueva dependencia regional en Bristol.

    Secciones de apelación (divisional courts)

    Ciertos recursos contra las resoluciones de órganos jurisdiccionales de nivel inferior se sustancian en las secciones de apelación del Tribunal Superior (constituidas, al menos, por dos magistrados).

    Los recursos contra las sentencias de los juzgados de condado (county courts), respecto de la competencia jurisdiccional de la Chancery Division y de la Queen's Bench Division, se sustancian en las respectivas secciones de apelación de ambas Divisions.

    La sección de apelación de la Queen's Bench Division conoce, entre otros asuntos, de los recursos por cuestiones de Derecho presentados contra sentencias de los juzgados de paz y del Tribunal de la Corona [salvo cuando éste se ocupe de un procedimiento con acusación formal (indictment)].

    La sección de apelación de la Family Division conoce de los recursos contra las resoluciones en esta materia adoptadas por los juzgados de paz.

    Juzgados de condado (county courts)

    Los juzgados de condado conocen de la mayoría de causas civiles en Inglaterra y Gales. Dicho de forma simple, tratan de las causas civiles menos complejas, mientras que las más complejas corresponden al Tribunal Superior. En su mayor parte, se ocupan de casos de cobro de deudas. No obstante, se ocupan asimismo de los desahucios (p. ej., en los casos de impago de hipotecas), las reclamaciones por lesiones o por negligencia, y los asuntos relacionados con quiebras.  Algunos juzgados de condado también actúan como registros de distrito del Tribunal Superior, donde pueden dictarse sentencias de este. Además, algunos tienen competencia especializada para poder conocer de cuestiones menos complejas que de otro modo serían de competencia del Tribunal Superior.

    Las demandas por deudas o por daños y perjuicios de cuantía inferior a 5 000 libras esterlinas suelen someterse a un proceso especial de menor cuantía, sencillo y poco costoso, sin necesidad de intervención de abogado. En estos casos, el juez puede ser asumir un papel más activo y ayudar al demandante y al demandado con sus argumentos. Los juzgados de condado ofrecen asimismo un servicio interno de mediación en caso de demandas de menor cuantía, aunque existen asimismo servicios externos de mediación para otros tipos de demandas.

    Los juzgados de condado se ocupan también de asuntos de familia, incluidos los de divorcio y los que atañen a los hijos, como los de residencia, tutela y adopciones. Algunas de estas causas son complejas y las sustancia el Tribunal Superior. En el centro de Londres, todos estos asuntos se sustancian en la secretaría principal de la Family Division, y no en los juzgados de condado. El Children and Family Court Advisory and Support ServiceCAFCASS (Servicio de asesoramiento y asistencia del tribunal de menores y asuntos de familia) presta servicios de mediación familiar.

    Tribunal de la Corona (Crown Court)

    El Tribunal de la Corona es un órgano jurisdiccional nacional, con sede en diversos lugares de Inglaterra y Gales. Conoce de las causas penales graves juzgadas en primera instancia por los juzgados de paz. Los juicios orales se celebran ante un magistrado y un jurado de 12 miembros.

    En ocasiones, también son necesarios jurados en los asuntos civiles (difamación y acciones contra la policía por acusaciones dolosas), aunque, a menudo, esto no ocurre. En tales casos, el juicio oral se celebra en el Tribunal Superior o en un juzgado de condado. El Tribunal de la Corona actúa asimismo como segunda instancia para los recursos contra sentencias de los juzgados de paz.

    Juzgados de paz (magistrates' courts)

    Los juzgados de paz se ocupan principalmente de asuntos penales y juzgan la mayoría de los delitos. Los delitos más graves se trasladan al Tribunal de la Corona. Conocen asimismo de ciertas causas civiles, algunas de ellas relacionadas con el Derecho de familia, el cobro de algunos tipos de deuda, como las vinculadas a los impuestos locales, la concesión de permisos de actividad empresarial (p. ej., licencias para la venta de alcohol), el incumplimiento de las condiciones de concesión de licencias o de las resoluciones judiciales y las infracciones en asuntos relacionados con las apuestas y el juego.

    En la mayoría de los casos, están formados por jueces legos (lay magistrates), también conocidos como jueces de paz, que carecen de formación jurídica. Suelen intervenir tres jueces, asesorados en materia de Derecho por secretarios judiciales que sí cuentan con ese tipo de formación. Los asuntos más complejos son vistos por miembros profesionales de la judicatura a tiempo completo, conocidos como jueces de distrito (district judges). Hay también jueces de distrito adjuntos, que ejercen su labor a tiempo parcial.

    Los juzgados de paz pueden imponer multas y condenar a penas de privación de libertad (de corta duración), y en algunos casos se remite la causa al Tribunal de la Corona para que dicte sentencia.

    Ciertos juzgados de paz reciben la designación de «juzgados de menores» (youth courts) o «juzgados de familia» (family proceedings courts). Están compuestos por jueces legos con formación específica y se ocupan respectivamente de acusaciones y demandas contra menores y de asuntos en materia de familia.

    Enlaces relacionados

    El enlace abre una nueva ventanaServicio de la Judicatura de Su Majestad

    Última actualización: 28/05/2020

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    Tribunales ordinarios nacionales - Irlanda del Norte

    Esta página ofrece un resumen general de los distintos tipos de órganos jurisdiccionales de Irlanda del Norte.

    Órganos jurisdiccionales ordinarios – introducción

    Los distintos órganos jurisdiccionales de Irlanda del Norte están organizados del siguiente modo:

    Tribunal Supremo (Supreme Court)

    En 2009, el nuevo Tribunal Supremo de Reino Unido asumió las competencias del Comité de Apelación de la Cámara de los Lores (Appellate Committee of the House of Lords). También asumió las funciones delegadas del Comité Judicial del Consejo Privado (Judicial Committee of the Privy Council: tribunal de última instancia en varios países independientes de la Commonwealth, territorios de ultramar de Reino Unido y dependencias de la Corona británica).

    El Tribunal Supremo es el órgano jurisdiccional de última instancia en Reino Unido tanto para asuntos penales como civiles, aunque los asuntos penales en Escocia no pueden ser objeto de recurso ante el Tribunal Supremo. Normalmente, se concederá autorización para interponer recurso ante el Tribunal Supremo sólo si el asunto entraña cuestiones de Derecho de interés público.

    Tribunal de Apelación (Court of Appeal)

    El Tribunal de Apelación tiene su sede en los Tribunales de Justicia de la Corona (Royal Courts of Justice) de Belfast. Conoce de los recursos penales procedentes del Tribunal de la Corona (Crown Court) y de los recursos civiles procedentes del Tribunal Superior (High Court).

    Tribunal Superior (High Court)

    El Tribunal Superior de Belfast conoce de asuntos civiles y de recursos en materia penal; asimismo es competente para revisar la actuación de personas físicas u organismos con objeto de cerciorarse de que han actuado de modo legal y equitativo. El Tribunal Superior normalmente se ocupa de los asuntos de cuantía superior a 30 000 £. En algunas circunstancias, un asunto de cuantía superior a 30 000 £ puede remitirse desde el Tribunal Superior al tribunal de condado (county court) y, del mismo modo, un asunto de cuantía inferior a 30 000 £ puede ser devuelto desde un tribunal de condado al Tribunal Superior.

    El Tribunal Superior tiene tres salas, a saber

    • Sala de familia: La sala de familia sustancia asuntos complejos de divorcios contenciosos, tutela, adopción, violencia doméstica y otros. Asimismo conoce de los recursos interpuestos contra las decisiones de los tribunales de magistrados (magistrates’ courts) y los tribunales de condado (county courts) en asuntos matrimoniales, casos de personas incapacitadas y asuntos de testamentaría simples.
    • Sala de Justicia de la Reina (Queens Bench Division): La Sala de Justicia de la Reina conoce de reclamaciones complejas o de mayor cuantía en materia de indemnización. También sustancia un número limitado de recursos interpuestos contra las decisiones de los tribunales de magistrados o de los tribunales de la Corona (Crown courts), revisa la actuación de organizaciones para verificar si han actuado legalmente y sustancia demandas por calumnia o difamación.
    • Sala de la Cancillería (Chancery Division): La Sala de la Cancillería conoce de asuntos relativos a trusts, litigios testamentarios, disolución de sociedades, quiebras, hipotecas, entidades sin ánimo de lucro, impugnación de impuestos (normalmente, impuestos sobre la renta), etc.

    Tribunal de la Corona (Crown Court)

    Los tribunales de la Corona conocen de los siguientes tipos de asuntos:

    • las infracciones penales más graves, que son juzgadas por un juez y, en la mayoría de los casos, por un jurado;
    • las declaraciones de condena por el tribunal de magistrados que se devuelven al tribunal de la Corona para dictar sentencia.

    Las penas de prisión y multa impuestas por los tribunales de la Corona son más graves que las impuestas por el tribunal de magistrados.

    Tribunal de condado (County Court)

    Los tribunales de condado se ocupan de asuntos civiles que son sustanciados por un juez o un juez de distrito. El tribunal de condado normalmente conoce de asuntos de una cuantía inferior a 30 000 £ (o 45 000 £ en asuntos de equidad). Los asuntos de cuantía superior son sustanciados por el Tribunal Superior – véase anteriormente. Todas las demandas derivadas de contratos de crédito regulados deben incoarse ante el tribunal de condado, con independencia de su cuantía.

    Ejemplos de asuntos sustanciados por el tribunal de condado:

    Los tribunales de condado pueden conocer de una amplia gama de asuntos, pero los más habituales son los siguientes:

    • litigios entre arrendadores y arrendatarios: por ejemplo, posesión (desahucio), demora en el pago de las rentas, reparaciones;
    • litigios de consumidores: por ejemplo, bienes o servicios defectuosos;
    • demandas por lesiones personales (lesiones causadas por negligencia): por ejemplo, accidentes de tráfico, caída en socavones en el pavimento, accidentes de trabajo;
    • casos de divorcio por mutuo acuerdo, pero sólo en algunos tribunales de condado;
    • asuntos de discriminación por razón de raza y sexo;
    • problemas de deudas: por ejemplo, una solicitud de pago por un acreedor;
    • problemas laborales: por ejemplo, salarios o sueldos pendientes o pago en lugar de preaviso;
    • recursos procedentes del tribunal de magistrados que son sustanciados por un juez (y al menos dos jueces legos si el demandado es una persona joven).

    Asuntos de menor cuantía

    Los asuntos de menor cuantía son también competencia del tribunal de condado. En general, un asunto de menor cuantía se refiere a una pretensión de un importe no superior a 3 000 £.

    Tribunal de magistrados (Magistrates’ Court)

    El tribunal de magistrados conoce de asuntos penales y algunos asuntos civiles. Los casos son sustanciados por un juez de distrito (tribunal de magistrados).

    Asuntos penales ante el tribunal de magistrados

    Los tribunales de magistrados se ocupan de infracciones penales en las que el imputado no tiene derecho a un juicio por jurado. Se denominan delitos menos graves (summary offences). En los delitos menos graves, la pena máxima es de seis meses de prisión y/o de 5 000 £ de multa.

    Los tribunales de magistrados también conocen de delitos en los que el imputado puede optar por un juicio por jurado pero decide que el asunto sea sustanciado por un tribunal de magistrados. Si el imputado opta por un juicio por jurado, el asunto se devolverá al tribunal de la Corona.

    Tribunal de menores (Youth Court)

    El tribunal de menores (youth court) conoce de los delitos cometidos por menores de edades comprendidas entre diez y diecisiete años. El tribunal de menores forma parte del tribunal de magistrados y los asuntos son sustanciados ante un juez de distrito (tribunal de magistrados) y otros dos jueces legos con formación especializada. Si un menor es acusado de un delito muy grave, cuya pena, si hubiera sido cometido por un adulto, fuera de 14 años de prisión o más, el tribunal de menores puede devolver el asunto al tribunal de la Corona (Crown court).

    Asuntos civiles ante el tribunal de magistrados
    Los tribunales de magistrados son competentes en un número limitado de asuntos civiles, a saber:

    • algunas deudas civiles: por ejemplo, demoras en el pago del impuesto sobre la renta, cotizaciones a la seguridad social, demoras en el pago del IVA, tipos;
    • licencias: por ejemplo, concesión, renovación o revocación de licencias para bares y clubes;
    • algunos problemas matrimoniales: por ejemplo, alimentos y expulsión de un cónyuge de la vivienda familiar;
    • bienestar de los menores: por ejemplo, órdenes de supervisión o atención por las autoridades locales, procedimientos de adopción y órdenes de residencia.

    Tribunales de instrucción (Coroners’ Courts)

    Investigan las circunstancias de las muertes repentinas, violentas o no naturales.

    Enlaces relacionados

    El enlace abre una nueva ventanaServicio de los órganos jurisdiccionales de Irlanda del Norte

    Última actualización: 16/01/2019

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    Tribunales ordinarios nacionales - Escocia

    Esta página contiene una introducción a los órganos jurisdiccionales ordinarios escoceses del Reino Unido.

    Órganos jurisdiccionales ordinarios – Introducción

    La administración del Tribunal Supremo de Justicia (Court of Session), del Tribunal Superior de lo Penal (High Court of Justiciary), de los juzgados de primera instancia (Sheriff Courts) y de los juzgados de paz (Peace Courts) corresponde al El enlace abre una nueva ventanaServicio de Tribunales Escocés (SCS), organismo independiente con personalidad jurídica presidido por el juez decano de Escocia (Lord President).

    Tribunales superiores de Escocia

    En Escocia, los tribunales superiores son el Tribunal Supremo de Justicia y el Tribunal Superior de lo Penal.

    Tribunal Supremo de Justicia (Court of Session)

    El Tribunal Supremo de Justicia es el más alto órgano jurisdiccional en asuntos civiles. Tiene su sede en el edificio del Parlamento en Edimburgo. Actúa como tribunal de apelación, pero también como órgano jurisdiccional en materia civil que conoce de los asuntos relativos al cobro de deudas, daños y perjuicios, asuntos de familia y mercantiles.

    Tribunal Superior de lo Penal (High Court of Justiciary)

    El Tribunal Superior de lo Penal se ocupa de los recursos en los procesos solemnes y en los casos de delitos graves. Se constituye en forma de un juez y un jurado.

    Para pronunciarse sobre los recursos, este Tribunal se reúne en Edimburgo.  Para otros asuntos dispone de sedes permanentes en Edimburgo, Glasgow y Aberdeen, pero también puede celebrar juicios en pueblos y ciudades de toda Escocia.

    Juzgados de primera instancia (Sheriff Courts)

    A los efectos judiciales, Escocia se divide en seis partidos judiciales (sheriffdoms) Cada uno de ellos está presidido por un Juez Principal (Sheriff principal) que, además de conocer de los recursos en materia civil, tiene la responsabilidad de la tramitación eficiente de todos los asuntos en los juzgados de primera instancia.

    En los seis partidos judiciales hay un total de 39 juzgados de primera instancia que varían en cuanto a su tamaño y composición, pero que desempeñan las mismas funciones.

    La vista se celebra ante el juez de primera instancia(Sheriff). Los juzgados de primera instancia se ocupan de tres grandes categorías de asuntos (civiles, penales y sucesorios) y cuentan con secretarios judiciales y otro personal.

    Los jueces en el procedimiento sumario (Summary Sheriffs) tienen competencias para desempeñar las funciones del juez de primera instancia en los procesos civiles y penales.

    Existe, además, un nuevo Juzgado de lesiones (Sheriff Personal Injury Court), con sede en Edimburgo.

    El Tribunal de apelación de primera instancia (Sheriff Appeal Court) está compuesto por uno o tres jueces que conocen de los recursos en materia civil contra las resoluciones de los juzgados de primera instancia.

    El Tribunal de apelación de primera instancia conoce de los recursos contra las resoluciones de los juzgados de primera instancia y de los juzgados de paz en asuntos penales.  También conoce de los recursos contra las resoluciones de los juzgados de primera instancia y de los juzgados de paz en materia de fianzas.

    Asuntos civiles

    La mayor parte de los procesos civiles son litigios entre personas físicas o jurídicas. Los juzgados de primera instancia son competentes en tres categorías de asuntos:

    • Los procesos ordinarios, referidos en general a asuntos de divorcio, custodia de los hijos, propiedad y deudas o daños y perjuicios de cuantía inferior a £5 000.  Aparte de los asuntos de familiares (salvo que se trate de una única pretensión en materia de alimentos), solo pueden tramitarse ante los juzgados de primera instancia las demandas de cuantía inferior a £100 000.
    • Los procesos sumarios, procesos abreviados que resuelven litigios relativos a los atrasos de alquileres de viviendas sociales y los daños derivados de lesiones por un valor monetario igual o inferior a £5 000.
    • Los procesos simples, que resuelven demandas por un valor monetario igual o inferior a £5 000 en las que se pretende el pago, la entrega o la recuperación de la posesión, o una orden de hacer algo específico.

    Además, los juzgados de primera instancia conocen de otras muchas demandas y procedimientos civiles, como los siguientes:

    • Adopción de menores.
    • Liquidación de sociedades.
    • Diligencias previas en accidentes con resultado de muerte.
    • Concursos de acreedores.

    Asuntos penales

    Los asuntos penales que son competencia de los juzgados de primera instancia pueden tramitarse por el procedimiento ordinario o por el procedimiento abreviado. La decisión sobre el procedimiento a seguir en cada caso concreto corresponde a la Fiscalía (Procurator Fiscal).

    El procedimiento solemne se utiliza en los casos graves en los que la condena puede consistir en una pena de privación de libertad de hasta doce meses o una multa por un importe ilimitado. La vista se celebra ante un juez de primera instancia asistido de un jurado.

    El procedimiento abreviado se utiliza principalmente en asuntos menos graves, en los que la vista se celebra ante un juez de primera instancia sin intervención de jurado. Aunque las competencias condenatorias del juez de primera instancia solo alcanzan a las penas de privación de libertad de hasta doce meses, en algunas ocasiones se ven ampliadas.

    Asuntos de Derecho sucesorio

    Los asuntos relacionados con el Derecho sucesorio se refieren sobre todo a la adjudicación de herencias. La competencia del órgano jurisdiccional para autorizar a un ejecutor testamentario a reunir y distribuir el patrimonio se denomina «confirmación». Esta solo tiene lugar previo depósito en el juzgado de un inventario del patrimonio del difunto.

    Si los bienes hereditarios no exceden de £30 000, la herencia se considera de «menor cuantía» y el personal de la secretaría del juzgado asesora al albacea para la cumplimentación de los formularios correspondientes. Si excede de £30 000, se recomienda consultar a un asesor jurídico.

    Juzgados de paz

    Los juzgados de paz son órganos jurisdiccionales compuestos por un juez lego asistido por un funcionario de carrera. El oficial de justicia asesora al juez de paz en asuntos legales y procesales. El juzgado se ocupa de los asuntos penales de escasa cuantía. La pena máxima que puede imponer un juez de paz es de 60 días de privación de libertad o una multa de hasta £2 500.

    El secretario judicial (sheriff clerk) desempeña el trabajo administrativo del juzgado de primera instancia y del juzgado de paz, que incluye:

    • Cobro de multas e indemnizaciones.
    • Emisión de copias de autos judiciales sobre fianzas, trabajos en beneficio de la comunidad y restricción de libertad.
    • Citación y gestión de los miembros del jurado.

    Para más información sobre los órganos jurisdiccionales de Escocia, puede consultarse el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaServicio de Tribunales Escocés.

    Enlaces relacionados

    El enlace abre una nueva ventanaServicio de Tribunales Escocés

    Última actualización: 02/07/2020

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