In several Member States there are specialised courts, which deal with specific matters. Often such courts deal with disputes concerning administrative issues or in some cases with disputes between private persons or businesses.
Several Member States have specialised courts for administrative matters, i.e. disputes between public authorities and private persons or firms regarding decisions by the public administration, such as a dispute on a building license, an authorisation to run a business or a tax assessment note.
As regards disputes between private persons and/or businesses ("civil matters"), in some Member States there are specialised courts on employment matters.
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En esta sección se ofrece un resumen de los órganos jurisdiccionales especializados de Bélgica.
Toda la información relativa a los órganos jurisdiccionales especializados en una materia (derecho laboral, derecho mercantil, etc.) se incluye en el apartado «Órganos jurisdiccionales ordinarios».
Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional comprueba la conformidad de las leyes, los decretos y las ordenanzas con la Constitución. Además, supervisa el reparto de competencias entre las entidades federadas y el Estado federal.
Es un órgano jurisdiccional formado por 12 jueces, que velan por el respeto de la Constitución por parte de los legisladores belgas. Puede anular y suspender leyes, decretos y ordenanzas. El Tribunal Constitucional fue concebido como un órgano jurisdiccional especializado. Debido a su particular misión, es independiente tanto del poder legislativo como de los poderes ejecutivo y judicial.
Sustituyó al Tribunal de arbitraje, creado en 1980 durante la transformación progresiva de Bélgica en un Estado federal. La primera denominación le fue atribuida por su fundador debido a su misión original de actuar como árbitro entre los diversos legisladores pertenecientes al Estado federal y a las comunidades y regiones. En aquel momento su misión se limitaba a la supervisión de la conformidad de las leyes, los decretos y las ordenanzas con las reglas de reparto de competencias inscritas en la Constitución y en las leyes de reforma institucional.
La denominación «Tribunal Constitucional», introducida el 7 de mayo de 2007, brinda una mayor conformidad con sus competencias, que se han ampliado a la supervisión de las leyes, los decretos y las ordenanzas contrarias al título II de la Constitución (artículos 8 a 32 relativos a los derechos y libertades de los ciudadanos belgas), así como a los artículos 170 y 172 (legalidad en asuntos fiscales e igualdad fiscal) y 191 (protección de los ciudadanos de origen extranjero).
El grupo lingüístico francés está formado por seis jueces y el grupo lingüístico neerlandés está formado por otros seis. Uno de los jueces debe tener conocimientos suficientes de alemán. En cada grupo lingüístico, tres de los jueces tienen una experiencia de cinco años como mínimo en calidad de miembros de una asamblea parlamentaria y tres jueces han ejercido en el ámbito del Derecho (profesor de Derecho en una universidad belga, magistrado del Tribunal de Casación o del Consejo de Estado o letrado del Tribunal Constitucional).
Fuente: sitio web del Tribunal Constitucional.
Consejo de Estado
Es una institución a la vez consultiva y jurisdiccional que se encuentra en la intersección de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. El Consejo de Estado debe su existencia principalmente a la voluntad de los legisladores de proporcionar a todas las personas físicas y jurídicas un recurso eficaz contra los actos administrativos irregulares que les hayan causado algún perjuicio.
Por lo tanto, suspender y anular los actos administrativos (actos individuales y reglamentos) contrarios a las normas del derecho vigente constituye la principal competencia del Consejo de Estado.
No obstante, la protección contra la arbitrariedad administrativa no es la única misión del Consejo. Además, desempeña la función de órgano consultivo en materias legislativas y reglamentarias.
El Consejo de Estado también actúa como juez de casación en los recursos interpuestos contra las resoluciones de los órganos jurisdiccionales administrativos inferiores.
El Consejo de Estado dicta resoluciones mediante sentencias y órdenes en relación con las demandas presentadas.
El Consejo está compuesto por 44 miembros vitalicios: 1 primer presidente, 1 presidente, 14 presidentes de sala y 28 consejeros de Estado.
Los miembros se reúnen en la asamblea general del Consejo de Estado y en una de las salas de la sección de lo contencioso-administrativo o de la sección legislativa.
Fuente: sitio Web del Consejo de Estado de Bélgica.
Sitio Web del Consejo de Estado.
Sitio Web del Tribunal Constitucional.
Sí, el acceso es gratuito.
Servicio Público Federal de Justicia
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En esta sección encontrará información sobre los órganos jurisdiccionales especializados del sistema judicial búlgaro.
En la República de Bulgaria no existen órganos jurisdiccionales especializados en Derecho laboral, marítimo, mercantil o de otro tipo.
Con la adopción del nuevo Código de Procedimiento Administrativo en 2006, la República de Bulgaria se dotó de un sistema de órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos. Integran este sistema 28 tribunales administrativos a escala de distrito y un Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo.
Los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos tienen competencia para juzgar todos los asuntos en los que se solicite:
Cualquier persona puede interponer una demanda para que se determine la existencia o inexistencia de una relación legal o derecho de tipo administrativo si es parte interesada y no le cabe ninguna otra vía de recurso.
Los recursos contra actos administrativos individuales deben ser examinados por el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo en cuyo ámbito de competencia territorial tenga su sede la autoridad que adoptó el acto administrativo impugnado, donde esté el domicilio permanente o actual o la sede del demandante. Los asuntos deben ser examinados por el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo en cuyo ámbito de competencia territorial tenga su sede la autoridad que adoptó el acto administrativo impugnado, cuando:
Los recursos contra actos administrativos generales deben ser examinados por el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo del lugar donde se encuentre la sede de la autoridad que haya adoptado el acto impugnado.
Si la autoridad que adoptó el acto administrativo tuviera su sede en el extranjero, el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Sofía sería el encargado de conocer de los recursos.
Las indemnizaciones por daños se presentan ante el tribunal del lugar donde se encuentre el domicilio o sede del demandante. Lo mismo ocurre para las que se presenten conjuntamente con una impugnación de conformidad con los párrafos 1-4.
Si el tribunal competente no pudiera juzgar el caso, el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo ordenará que sea remitido a otro tribunal administrativo del mismo nivel.
No cabe recurso judicial contra los actos administrativos que tengan por objeto la aplicación directa de la política nacional en materia de asuntos exteriores, defensa y seguridad, salvo en los casos prescritos por la ley.
El Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo conoce de:
En el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo hay secciones encabezadas por el presidente o su adjunto, que está facultado para presidir las salas jurisdiccionales de la sección en cuestión. Las secciones están repartidas en divisiones.
La historia de los órganos jurisdiccionales militares se inició el 1 de julio de 1879. En 1956, el sistema de tribunales y juzgados militares se reestructuró, a raíz de la ubicación de los ejércitos en las ciudades de Sofía, Plovdiv, Sliven, Varna y Pleven. En la actualidad los órganos jurisdiccionales militares siguen la misma estructura.
Como órgano jurisdiccional de primera instancia, el tribunal militar examina las causas penales relacionadas con delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones por soldados en servicio militar, generales, oficiales, suboficiales y personal de menor rango de otros ministerios y organismos y el personal civil destinado en el Ministerio de Defensa, el ejército de Bulgaria, las estructuras dependientes del Ministerio de Defensa, la Agencia de Seguridad Nacional y el Servicio Nacional de Inteligencia. Los casos juzgados por los tribunales militares pueden ser recurridos ante el Tribunal Militar de Apelación como instancia de recurso intermedia. El Código de Procedimiento Penal establece el ámbito de competencia de los tribunales militares. Dichos tribunales tienen el mismo estatuto que los de distrito. Existe un único tribunal militar de apelación que examina los recursos contra los actos de los órganos jurisdiccionales militares de todo el país.
El Tribunal Penal Especializado se creó por la Ley que modificaba y completaba a la Ley del Poder Judicial, publicada en el Boletín Oficial nº 1/2011. Es único para todo el territorio de la República de Bulgaria, se parece a un tribunal de distrito y tiene su sede en Sofía. La competencia del Tribunal Pena especializado viene determinada por la ley. El artículo 411 bis del Código de Procedimiento Penal enumera de forma exhaustiva los delitos que están sujetos a la competencia del Tribunal Penal Especializado, cometidos principalmente por grupos de delincuencia organizada o por iniciativa de dichos grupos.
El Tribunal Penal Especializado está compuesto por jueces y presidido por un presidente.
El Tribunal de Apelación Penal Especializado examina los recursos (zhalbi et protesti) contra las decisiones del Tribunal Penal Especializado. Tiene su sede en Sofía.
El Tribunal de Apelación Penal Especializado está compuesto por jueces y presidido por un presidente. Los recursos de casación contra los actos del Tribunal de Apelación Penal Especializado se presentan ante el Tribunal Superior de Casación, que es la instancia jurisdiccional suprema en materia penal.
La Sala de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Bulgaria resuelve en litigios civiles y en litigios relacionados con lagunas en los contratos o adaptaciones de los contratos a nuevas circunstancias, si una o todas las partes tienen su residencia o domicilio en la República de Bulgaria.
La Sala de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Bulgaria ha consolidado su posición como la principal institución arbitral de Bulgaria, gracias a la confianza que ha merecido la gran profesionalidad de sus actividades como organismo de resolución de conflictos legales. La Sala de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Bulgaria resuelve cada año entre 250 y 300 litigios de carácter tanto nacional como internacional. El 82% de los casos nacionales se resuelven en un plazo de nueve meses, y el 66% de los internacionales en un plazo de doce meses.
Al mismo tiempo, la Sala de Arbitraje participa activamente en el proceso de mejora de la legislación sobre arbitraje. No pueden remitirse a la Sala de Arbitraje los litigios relacionados con derechos reales de propiedad, reclamaciones de pensión alimenticia o derechos nacidos de la relación laboral, ni tampoco los litigios de carácter moral y familiar.
Cada uno de los órganos jurisdiccionales de Bulgaria tiene una sede electrónica en la que informa de su estructura y actividades, de los asuntos que está examinando y de los que ha resuelto, y proporciona información de otro tipo accesible al público.
La sede electrónica del Consejo Superior de la Magistratura ofrece una lista pormenorizada de los órganos jurisdiccionales de Bulgaria, junto con sus direcciones y sedes electrónicas (sólo en búlgaro).
Las resoluciones judiciales se publican inmediatamente después de su promulgación en la sede electrónica del órgano jurisdiccional correspondiente, de conformidad con la Ley de Protección de Datos Personales y la Ley de Protección de la Información Clasificada.
Las resoluciones sobre asuntos relacionados con el estado civil o de salud de las personas se publican sin su motivación.
Para más información, puede consultar las siguientes sedes electrónicas:
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En general, no existen tribunales especializados en la República Checa, aunque sí salas especializadas en los órganos jurisdiccionales ordinarios (para asuntos de Derecho laboral).
El Tribunal Constitucional es el órgano jurisdiccional encargado de proteger la constitucionalidad.
El Tribunal Constitucional conoce de los asuntos en sesión plenaria o en cuatro salas formadas por tres magistrados.
Sólo el pleno puede resolver sobre cuestiones fundamentales de relevancia nacional y jurídica, como la anulación de una Ley del Parlamento, el enjuiciamiento o incapacitación del Presidente de la República o la disolución de un partido político.
En los plenos han de intervenir todos los magistrados, diez de los cuales deben estar presentes cuando se dicte sentencia. Las sentencias han de dictarse por mayoría de nueve magistrados cuando se trate de la anulación de una Ley del Parlamento, el enjuiciamiento o incapacitación del Presidente de la República o la aprobación de una interpretación jurídica diferente a la de una sentencia anterior del Tribunal.
En los demás asuntos, el Tribunal actúa en salas formadas por tres magistrados. Entre esos asuntos están, por ejemplo, los relativos a recursos de constitucionalidad interpuestos por particulares o por municipios, a conflictos electorales o de elegibilidad que afecten a los diputados y a conflictos de competencias entre la Administración central y las corporaciones locales.
El Tribunal Constitucional está formado por 15 magistrados, que son nombrados por el Presidente de la República, con el consentimiento del Senado, para un mandato de diez años. No hay restricciones a que su mandato sea renovado.
La administración del Tribunal corresponde a su presidente y a dos vicepresidentes. Cada magistrado cuenta con un equipo de asesores jurídicos y un secretario.
Para más información, consulte el sitio web del Tribunal Constitucional.
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Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales especializados de Dinamarca.
El Tribunal Marítimo y Mercantil, constituido en 1862, se ocupa de todos los asuntos en materia marítima y mercantil.
Sus competencias se han ido ampliando con el tiempo y en la actualidad se ocupa de los asuntos relativos a la Ley de marcas, a la Ley de dibujos y modelos, a la Ley de prácticas comerciales, a la Ley de la competencia, a las condiciones de comercio exterior y a otras cuestiones mercantiles.
Dentro de él, la Sala de concursos de acreedores se ocupa de las insolvencias, suspensiones de pagos, liquidaciones forzosas y reestructuraciones de deuda en el área metropolitana del Gran Copenhague.
El Tribunal del Registro de la Propiedad se creó el 1 de enero de 2007 y tiene jurisdicción sobre todo el territorio nacional.
Está prevista la asunción paulatina, por su parte, de las competencias en materia de registro de la propiedad de los juzgados locales. Se ocupará, por tanto, del registro de títulos de propiedad, hipotecas y otras cargas, de los regímenes económicos matrimoniales, etc.
El Tribunal será competente para dirimir los conflictos por cuestiones de registro, y sus sentencias podrán ser recurridas ante la Audiencia de Dinamarca Occidental.
El Tribunal Especializado de Procesamiento y Revisión se ocupa de los asuntos disciplinarios relativos a los jueces y la plantilla judicial, incluidos los juzgados de las Islas Feroe y Groenlandia y la Junta de Admisión a Trámite de Recursos. Asimismo, puede solicitar la reapertura del caso y la suspensión del abogado defensor en las causas penales.
Está formado por un magistrado del Tribunal Supremo, un magistrado de audiencia, un juez de juzgado local, un letrado y un letrado con conocimientos científicos.
El sistema judicial danés no prevé este tipo de jurisdicción.
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Esta sección ofrece información sobre los órganos jurisdiccionales especializados en Alemania.
Los tribunales de lo laboral conocen de los litigios jurídico-laborales derivados de las relaciones contractuales entre empresarios y trabajadores (Derecho laboral individual), así como de los litigios entre las partes en los convenios colectivos, como los sindicatos y las asociaciones empresariales (Derecho laboral colectivo), o entre los trabajadores y los comités de empresa.
Los tribunales de lo laboral (de los Estados federados) actúan como órganos de primera instancia. La formación judicial del tribunal de trabajo es la Kammer (tipo de sala). En principio, actúan en salas formadas por un juez de carrera, que hace de presidente, y dos jueces legos, uno en representación de los trabajadores y otro de los empresarios. Algunas decisiones que no forman parte del procedimiento oral son tomadas por el presidente de la sala, sin la participación de los jueces legos.
La competencia para conocer de los recursos de apelación y las reclamaciones contra resoluciones de los tribunales de trabajo corresponde a los tribunales superiores de trabajo (los Landesarbeitsgerichte, que también son tribunales de los estados federados). Sus salas están integradas, igualmente, por un juez de carrera y dos jueces legos, uno en representación de los trabajadores y otro de los empresarios.
Las decisiones en última instancia a nivel federal corresponden al Tribunal Federal de Trabajo (Bundesarbeitsgericht), cuyas salas están integradas por un presidente, otros dos magistrados de carrera y dos jueces legos, uno en representación de los trabajadores y otro de los empresarios.
La competencia para el control de las decisiones administrativas se reparte entre las tres ramas del orden jurisdiccional contencioso-administrativo: la jurisdicción contencioso-administrativa ordinaria, la jurisdicción social y la jurisdicción tributaria. Una característica importante de todas ellas es la aplicación del principio de actuación de oficio, en virtud del cual los tribunales deben investigar los hechos del caso por iniciativa propia (es decir, no sólo a instancia de parte o a raíz de las pruebas presentadas por las partes). La justificación de este principio radica en que la verdad material de las decisiones judiciales afecta al interés público.
La jurisdicción contencioso-administrativa ordinaria cuenta con tres instancias:
En principio, son competentes en primera instancia los tribunales contencioso-administrativos (Verwaltungsgerichte). Los tribunales superiores contencioso-administrativos (Oberverwaltungsgerichte) son, ante todo, tribunales de apelación que controlan — de hecho y de derecho— las resoluciones de los tribunales de primera instancia. El Tribunal Federal Contencioso-Administrativo es, salvo en contadas excepciones, un tribunal de casación.
La jurisdicción contencioso-administrativa es competente para conocer, en principio, de todos los litigios entre los particulares y la Administración relativos a la correcta aplicación de las normas administrativas y a los actos administrativos. No obstante, la competencia corresponde a los tribunales ordinarios en los casos en que la Administración no haya actuado en ejercicio de sus prerrogativas públicas, sino como una empresa privada. Esto es aplicable a todos los litigios derivados de esta actividad. Además, quedan fuera del orden jurisdiccional contencioso-administrativo los litigios cuya competencia esté atribuida por ley a otro órgano jurisdiccional (como los tribunales económico-administrativos, los juzgados de lo social o los tribunales ordinarios).
Los tribunales contencioso-administrativos actúan en Kammer, salas integradas normalmente por tres jueces de carrera y dos jueces legos. Por su parte, los tribunales superiores contencioso-administrativos actúan en Senate, salas integradas, en principio, por tres jueces de carrera. En el Tribunal Federal Contencioso-Administrativo, los Senate están integrados, normalmente, por cinco jueces de carrera. No obstante, en los tribunales contencioso-administrativos los litigios pueden encomendarse a un juez único.
El orden jurisdiccional social se divide, al igual que el contencioso-administrativo ordinario, en tres instancias, con su correspondiente división de tareas. La competencia en primera instancia corresponde, por regla general, a los juzgados de lo social (Sozialgericht). Los 14 tribunales superiores de lo social (Landessozialgericht) actúan como órganos de apelación, mientras que el Tribunal Federal de lo Social (Bundessozialgericht) es, salvo en contados casos excepcionales, una instancia de casación.
Los tribunales del orden jurisdiccional de lo social conocen principalmente de los litigios en materia de seguridad social (pensiones y seguros de accidente, enfermedad y cuidados de convalecencia), seguro de desempleo, seguro básico para demandantes de empleo y ayudas sociales (especialmente la asistencia social, las prestaciones concedidas en virtud de la Ley de prestaciones en materia de asilo y determinadas cuestiones de Derecho de personas con discapacidad grave). Los juzgados de lo social actúan en Kammern, salas integradas por un juez de carrera y dos jueces legos. Los tribunales superiores de lo social y el Tribunal Federal de lo Social actúan en Senate, salas compuestas por tres magistrados de carrera y dos jueces legos.
La jurisdicción tributaria está formada por los tribunales económico-administrativos de primera instancia y el Tribunal Federal Económico-Administrativo (Bundesfinanzhof), que actúa como tribunal de casación. Competen a la jurisdicción tributaria, principalmente, los litigios relativos a gravámenes, impuestos y derechos de aduana federales. Las salas de los tribunales económico-administrativos están compuestas por tres jueces de carrera y dos jueces legos. Las salas del Tribunal Federal Económico-Administrativo están compuestas, en principio, por cinco jueces de carrera. En los tribunales económico-administrativos podrá encomendarse el conocimiento de los casos a un único juez.
El Tribunal Constitucional Federal vela a escala federal por la observancia de la Constitución. Sus resoluciones se basan únicamente en la Constitución. La mayoría de los asuntos que llegan a él corresponden a recursos de amparo, presentados por los particulares contra la vulneración de sus derechos fundamentales mediante resoluciones judiciales, actos administrativos o disposiciones legislativas. Normalmente, tales demandas sólo serán admisibles si no han prosperado los recursos interpuestos ante todos los demás órganos jurisdiccionales competentes (es decir, cuando ya se haya resuelto en última instancia) o cuando, excepcionalmente, pueda inteponerse recurso de inconstitucionalidad directamente contra un acto legislativo.
Existen otros tipos de procedimientos, como los de control judicial abstracto y concreto de la constitucionalidad de las normas y los procedimientos destinados a comprobar si se han respetado los límites competenciales de los órganos constitucionales federales. Algunas sentencias del Tribunal Constitucional Federal pueden tener fuerza de ley. El tribunal está integrado por dos Senate, salas compuestas por ocho magistrados cada una, y decide ya sea en Kammern, salas de tres magistrados, o en Senate, en la mayoría de los casos sin vista oral.
Los tribunales constitucionales de los estados federados o los tribunales superiores estatales son los tribunales constitucionales de los Estados federados (Länder). Son competentes principalmente para conocer de los litigios constitucionales con arreglo al Derecho del estado federado (Landesrecht), que rige también su constitución, funcionamiento y competencias.
Tribunal Federal de Trabajo (Bundesarbeitsgericht)
Tribunal Federal Contencioso-Administrativo (Bundesverwaltungsgericht)
Tribunal Federal de lo Social (Bundessozialgericht)
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Esta sección ofrece información sobre los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos y los órganos jurisdiccionales especializados de Estonia.
Órganos jurisdiccionales especializados
La Constitución estonia contempla la posibilidad de crear órganos jurisdiccionales con competencias especializadas. En cambio, prohíbe la formación de tribunales de emergencia.
En Estonia no se han creado órganos jurisdiccionales especializados.
El Tribunal Supremo desempeña simultáneamente las funciones de órgano jurisdiccional general de última instancia y de tribunal constitucional.
Como tribunal constitucional, el Tribunal Supremo:
Ningún ciudadano puede presentar a título personal un recurso de anticonstitucionalidad.
Los datos de contacto correspondientes pueden encontrarse en el sitio web del Tribunal Supremo.
Los recursos de anticonstitucionalidad se regulan en la Ley de procedimiento del Tribunal Constitucional.
Los tribunales de lo contencioso-administrativo son los órganos jurisdiccionales competentes para examinar, en primera instancia, los conflictos derivados de actos administrativos. En Estonia actúan como autoridades judiciales independientes únicamente en primera instancia.
Los tribunales o audiencias de distrito son los órganos jurisdiccionales competentes para examinar, en segunda instancia, los recursos contra las resoluciones de los tribunales de lo contencioso-administrativo.
La competencia de los tribunales de lo contencioso-administrativo, el procedimiento para incoar una acción ante estos ellos y las normas de procedimiento correspondientes se establecen en el Código de procedimiento contencioso-administrativo.
En Estonia hay dos tribunales de lo contencioso-administrativo: el tribunal de Tallin y el tribunal de Tartu.
Los tribunales de lo contencioso-administrativo se dividen en secciones.
El Tribunal de lo contencioso-administrativo de Tallin se divide en dos secciones:
El Tribunal de lo contencioso-administrativo de Tartu se divide en dos secciones:
En Estonia hay dos audiencias de distrito que actúan como órganos jurisdiccionales de segunda instancia.
Los datos de contacto de estos órganos pueden encontrarse en su sitio web. El acceso a la base de datos es gratuito.
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Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales especializados en Irlanda, tomando como referencia la organización de los órganos jurisdiccionales en general. Si desea conocer más acerca de los órganos jurisdiccionales en general, vea las secciones sobre la Organización de la Justicia y sobre los Órganos jurisdiccionales ordinarios.
El procedimiento de menor cuantía constituye un medio barato e informal de resolución de las demandas en materia de consumo en el que no es obligatorio que las partes litigantes estén legalmente representadas. Los Juzgados de Menor Cuantía (Small Claims Courts) forman parte de los Juzgados de Distrito (District Courts). Este procedimiento se aplica a las demandas por cuantía no superior a 2 000 EUR y en las que un consumidor adquiere mercancías o servicios, sufre un daño menor en su patrimonio o reclama la devolución de un depósito de alquiler. En el caso de demandas sin oposición, las partes no tienen que personarse en el Juzgado. Si la parte demandada se opone a la demanda y no puede alcanzarse un acuerdo extrajudicial, conoce del litigio un juez del Juzgado de Distrito; su sentencia puede recurrirse ante el Juzgado de Condado (Circuit Court).
Juzgado de lo Mercantil
Desde el punto vista organizativo, los Juzgados de lo Mercantil (Commercial Courts) son Salas especializadas de los Tribunales Superiores (High Court). Una de sus principales características es su celeridad. A fin de lograr la pronta tramitación de los asuntos, cuentan con una serie de procedimientos sumarios, regulados en el Reglamento de los Tribunales Superiores aprobado por la Orden 63A.
Los Juzgados de lo Mercantil se ocupan de los asuntos calificados de mercantiles con arreglo al artículo 1 de dicha Orden, entre ellos, los de Derecho de sociedades, Derecho concursal, propiedad intelectual, contratos de construcción de buques y aeronaves, Derecho administrativo y Derecho constitucional. En virtud del artículo 1, letra a), de la Orden 63A, para su admisión a trámite en el Juzgado la cuantía de la demanda o de la reconvención debe ser como mínimo de 1 000 000 EUR. No existe un límite mínimo para los asuntos previstos en el artículo 1, letra b), que están sujetos a la discreción del Juez.
Tribunal para el Tratamiento de Adicciones
El Programa Judicial para el Tratamiento de Adicciones (Drug Treatment Court Programme), que se desarrolla a nivel de los Juzgados de Distrito, ofrece a los toxicómanos acusados de delitos no violentos una oportunidad para salir del círculo vicioso drogas, delincuencia y cárcel. La idoneidad de los candidatos se valora en función de su motivación para comprometerse a seguir el programa.
Otros tribunales
Diversos tribunales se ocupan de las reclamaciones en materia de impuesto sobre la renta, derechos de asistencia social, demandas interpuestas de conformidad con la normativa sobre igualdad de oportunidades, solicitudes de inmigración, ordenación urbanística y asuntos laborales. Estos tribunales no están presididos por jueces sino por especialistas cualificados y sus decisiones pueden ser objeto de recurso o revisión por el Juzgado de Condado o el Tribunal Superior.
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Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales especializados en Grecia.
El Tribunal de Cuentas, constituido con arreglo al artículo 98 de la Constitución griega (Συντάγματος), es un órgano supremo de naturaleza dual, con funciones judiciales y administrativas, aunque mantiene el carácter judicial en el ejercicio de sus funciones administrativas. Su composición es igual a la del Consejo de Estado (Συμβούλιο της Επικρατείας). Ejerce sus funciones judiciales en pleno, en tres salas y en secciones.
Sus principales competencias son las siguientes:
Contra sus resoluciones no cabe recurso ante el Consejo de Estado.
Son tribunales penales especiales, competentes para conocer de todos los delitos cometidos por el personal militar (sin excepción).
El Tribunal Especial Supremo es similar a un tribunal constitucional, en el sentido de que la mayoría de los conflictos sometidos a su jurisdicción son de naturaleza constitucional. Este Tribunal está constituido con arreglo al artículo 100 de la Constitución y su función consiste en juzgar la validez de las elecciones parlamentarias, determinar la pérdida del escaño de parlamentarios o resolver los conflictos entre los tres órganos jurisdiccionales supremos griegos. Sus sentencias son firmes, esto es, no son recurribles.
Está formado por el presidente del Consejo de Estado, el presidente del Tribunal Supremo, el presidente del Tribunal de Cuentas, cuatro vocales del Consejo de Estado y cuatro vocales del Tribunal Supremo (designados por sorteo cada dos años).
Lo preside el presidente del Consejo de Estado o del Tribunal Supremo (el de mayor edad). Para el conocimiento de los asuntos que impliquen la resolución de conflictos y controversias de naturaleza constitucional o relativos a la interpretación de disposiciones legales se incorporan al Tribunal dos catedráticos de facultades de Derecho de universidades griegas.
Este Tribunal, constituido con arreglo al artículo 99 de la Constitución y la Ley n.º 693/1977, conoce de las causas penales contra funcionarios judiciales. Está integrado por el presidente del Consejo de Estado, que actúa como presidente, un vocal del Consejo de Estado, un vocal del Tribunal Supremo, un vocal del Tribunal de Cuentas, dos catedráticos de facultades de Derecho de universidades griegas y dos abogados [miembros del Consejo Disciplinario Supremo de la Abogacía (Ανώτατου Πειθαρχικού Συμβουλίου των δικηγόρων), designados por sorteo].
Este Tribunal está regulado en el artículo 86 de la Constitución.
Se constituye para cada asunto específico con seis magistrados del Consejo de Estado y siete del Tribunal Supremo, elegidos por sorteo por el presidente del Parlamento una vez incoado el proceso. Las vistas se realizan en sesión pública parlamentaria y son dirigidas por los magistrados integrantes, nombrados o ascendidos a este cargo antes de la presentación de la propuesta de incoación del proceso. El Tribunal lo preside el magistrado de mayor rango del Tribunal Supremo, y en caso de igualdad, el de mayor edad. Actúa como fiscal un fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo o su sustituto (designado por sorteo).
El Tribunal conoce de los delitos cometidos por los ministros y secretarios de Estado en el ejercicio de sus funciones, previa remisión del caso por el Parlamento tras la supresión del aforamiento.
Este Tribunal está regulado en el artículo 88 de la Constitución.
Está integrado por los miembros del Tribunal especial para los casos de prevaricación judicial contemplado en el artículo 99 de la Constitución, más otro catedrático y otro abogado.
Conoce de los conflictos sobre retribuciones (de toda clase) y pensiones de los jueces y magistrados de carrera, en caso de que la resolución de la cuestión jurídica pueda influir en el salario, la pensión o la situación tributaria de un grupo más amplio de personas.
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La Constitución Española de 1978 establece en su artículo 117 que el principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales.
En la organización judicial española, la jurisdicción ordinaria se divide en cuatro órdenes jurisdiccionales: civil, penal, contencioso-administrativo y social o laboral.
Junto a los cuatro órdenes jurisdiccionales de la jurisdicción ordinaria se sitúa la jurisdicción militar, integrante del Poder Judicial del Estado, que corresponde exclusivamente a los órganos judiciales militares establecidos por la Ley.
Los conflictos de jurisdicción entre los Juzgados o Tribunales de cualquier orden jurisdiccional de la jurisdicción ordinaria y los órganos judiciales militares, son resueltos por una Sala especial del Tribunal Supremo, la Sala de Conflictos de Jurisdicción, compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo, dos Magistrados de la Sala del Tribunal Supremo del orden jurisdiccional en conflicto y dos Magistrados de la Sala de lo Militar, todos ellos designados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial.
Dentro de los órdenes jurisdiccionales de la jurisdicción ordinaria existen Juzgados especializados por razón de la materia. Así por ejemplo, los juzgados de violencia sobre la mujer, los juzgados de lo mercantil o los juzgados de vigilancia penitenciaria o los de menores.
La Ley orgánica del Poder Judicial prevé la existencia de los siguientes juzgados especializados:
Los Juzgados de lo Mercantil, en funcionamiento desde el 1 de septiembre de 2004, son órganos judiciales especializados. Se encuentran integrados en el orden jurisdiccional civil.
Con carácter general, en cada provincia, con jurisdicción en toda ella y sede en su capital, habrá uno o varios juzgados de lo mercantil.
También podrán establecerse en poblaciones distintas de la capital de provincia cuando, atendidas la población, la existencia de núcleos industriales o mercantiles y la actividad económica, lo aconsejen, delimitándose en cada caso el ámbito de su jurisdicción.
Podrán establecerse juzgados de lo mercantil que extiendan su jurisdicción a dos o más provincias de la misma comunidad autónoma.
Los juzgados de lo mercantil conocerán de cuantas cuestiones se susciten en materia concursal, en los términos previstos en su Ley reguladora.
Los juzgados de lo mercantil conocerán, asimismo, de cuantas cuestiones sean de la competencia del orden jurisdiccional civil, respecto de, entre otras, las demandas en las que se ejerciten acciones relativas a competencia desleal, propiedad industrial, propiedad intelectual y publicidad, así como todas aquellas cuestiones que dentro de este orden jurisdiccional se promuevan al amparo de la normativa reguladora de las sociedades mercantiles y cooperativas.
Los juzgados de lo mercantil tendrán competencia para el reconocimiento y ejecución de sentencias y demás resoluciones judiciales y arbitrales extranjeras, cuando éstas versen sobre materias de su competencia, a no ser que, con arreglo a lo acordado en los tratados y otras normas internacionales, corresponda su conocimiento a otro juzgado o tribunal.
Las Audiencias Provinciales conocerán de los recursos que establezca la ley contra las resoluciones dictadas en primera instancia por los juzgados de lo mercantil, salvo las que se dicten en incidentes concursales que resuelvan cuestiones de materia laboral, debiendo especializarse a tal fin una o varias de sus Secciones, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Podrán interponerse los demás recursos que establezca la LOPJ en los casos establecidos por la misma.
Los Juzgados de Marca Comunitaria son los Juzgados de lo Mercantil de la localidad de Alicante en cuanto ejerzan su competencia para conocer en primera instancia y de forma exclusiva de todos aquellos litigios que se promuevan al amparo de lo previsto en los Reglamentos nº 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria, y nº 6/2002, del Consejo, de 12 de diciembre de 2001, sobre los dibujos y modelos comunitarios.
En el ejercicio de esta competencia, dichos juzgados extenderán su jurisdicción a todo el territorio nacional y a estos solos efectos se denominan Juzgados de Marca Comunitaria.
Se encuentran integrados en el orden jurisdiccional civil.
Asimismo, la Sección o Secciones de la Audiencia Provincial de Alicante que se especialicen conocerán, además, en segunda instancia y de forma exclusiva, de todos aquellos recursos a los que se refiere el artículo 101 del Reglamento núm. 40/94, del Consejo de la Unión Europea, de 20 de diciembre de 1993, sobre la Marca Comunitaria, y el Reglamento 6/2002, del Consejo de la Unión Europea, de 12 de diciembre de 2001, sobre los Dibujos y Modelos Comunitarios. En el ejercicio de esta competencia extenderán su jurisdicción a todo el territorio nacional y a estos solos efectos se denominarán Tribunales de Marca Comunitaria.
Los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria tendrán las funciones jurisdiccionales previstas en la Ley General Penitenciaria en materia de ejecución de penas privativas de libertad y medidas de seguridad, control jurisdiccional de la potestad disciplinaria de las autoridades penitenciarias, amparo de los derechos y beneficios de los internos en los establecimientos penitenciarios y demás que señale la Ley. Se encuentran integrados en el orden jurisdiccional penal.
En cada provincia, y dentro del orden jurisdiccional penal, habrá uno o varios Juzgados de Vigilancia penitenciaria.
En la villa de Madrid, con jurisdicción en toda España, habrá uno o varios Juzgados Centrales de Vigilancia Penitenciaria.
Los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria tendrán las funciones jurisdiccionales previstas en la Ley General Penitenciaria en materia de ejecución de penas privativas de libertad y medidas de seguridad, control jurisdiccional de la potestad disciplinaria de las autoridades penitenciarias, amparo de los derechos y beneficios de los internos en los establecimientos penitenciarios y demás que señale la ley.
Las Audiencias Provinciales conocerán de los recursos que establezca la Ley contra las resoluciones dictadas por los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de la provincia.
Podrán interponerse los demás recursos que establezca la LOPJ en los casos establecidos por la misma.
En cada provincia, con jurisdicción en toda ella y sede en su capital, habrá uno o más Juzgados de Menores.
En la villa de Madrid, con jurisdicción en toda España, habrá un Juzgado Central de Menores, que conocerá de las causas que le atribuya la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Los Juzgados de Menores son competentes para conocer de los delitos cometidos por las personas mayores de 14 años y menores de 18.
Corresponde a los Jueces de Menores el ejercicio de las funciones que establezcan las leyes para con los menores que hubieren incurrido en conductas tipificadas por la ley como delito y aquellas otras que, en relación con los menores de edad, les atribuyan las leyes.
Las Audiencias Provinciales conocerán de los recursos que establezca la Ley contra las resoluciones dictadas por los Juzgados de Menores de la provincia.
Podrán interponerse los demás recursos que establezca la LOPJ en los casos establecidos por la misma.
En cada partido habrá uno o más Juzgados de Violencia sobre la Mujer, con sede en la capital de aquél y jurisdicción en todo su ámbito territorial. Tomarán su designación del municipio de su sede.
El Gobierno, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial y en su caso, con informe de la Comunidad Autónoma con competencias en materia de Justicia, puede establecer mediante Real Decreto que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer que se determinen extiendan su jurisdicción a dos o más partidos dentro de la misma provincia.
El Consejo General del Poder Judicial puede acordar, previo informe de las Salas de Gobierno, que, en aquellas circunscripciones donde sea conveniente en función de la carga de trabajo existente, el conocimiento de los asuntos competencia de estos Juzgados corresponda a uno de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, o de Instrucción en su caso.
En los partidos judiciales en que exista un solo Juzgado de Primera Instancia e Instrucción será éste el que asuma el conocimiento de los asuntos competencia de los Juzgados de violencia sobre la mujer.
Se encuentran integrados en el orden jurisdiccional penal.
Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer conocerán, en el orden penal, de conformidad en todo caso con los procedimientos y recursos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de los siguientes supuestos, entre otros:
Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer podrán conocer en el orden civil, en todo caso de conformidad con los procedimientos y recursos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil, de los siguientes asuntos, entre otros:
Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tendrán de forma exclusiva y excluyente competencia en el orden civil cuando concurran simultáneamente los siguientes requisitos:
Cuando el Juez apreciara que los actos puestos en su conocimiento, de forma notoria, no constituyen expresión de violencia de género, podrá inadmitir la pretensión, remitiéndola al órgano judicial competente.
En todos estos casos está prohibida o vedada la mediación.
Las Audiencias Provinciales conocerán de los recursos que establezca la Ley contra las resoluciones dictadas por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de la provincia.
Podrán interponerse los demás recursos que establezca la LOPJ en los casos establecidos por la misma.
En España los tribunales especializados, que no suponen afectación del principio de unidad jurisdiccional al integrarse los mismos en los cinco órdenes jurisdiccionales, pueden establecerse no sólo por ser creados por la Ley Orgánica del Poder Judicial específicamente, como sucede con los Juzgados de lo Mercantil, los de Menores o los de Violencia sobre la Mujer, sino que también pueden ser fruto de la especialización que al amparo del artículo. 98 de la mencionada haya realizado el Consejo General del Poder Judicial, como sucede con los Juzgados de Familia, los Juzgados de Ejecución Hipotecaria o los Juzgados de Ejecutorias.
La Constitución Española de 1978 dedica su Título VI al Poder Judicial, estableciendo en su artículo 117 que el principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales.
Este principio se plasma en la existencia de una única jurisdicción, integrada por un único cuerpo de jueces y magistrados que constituyen la Jurisdicción Ordinaria.
La Constitución española establece que la Justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.
Los Jueces y Magistrados no podrán ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados, sino por alguna de las causas y con las garantías previstas en la ley.
El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.
Los Juzgados y Tribunales no ejercerán más funciones que las señaladas y las que expresamente les sean atribuidas por ley en garantía de cualquier derecho.
Al margen del Poder Judicial, la propia Constitución prevé, en Títulos diferentes, la existencia de dos órganos constitucionales denominados Tribunales. Se trata de órganos que gozan plenamente de independencia e imparcialidad y están sometidos únicamente al imperio de la ley.
Estos órganos constitucionales son el Tribunal Constitucional y el Tribunal de Cuentas.
El Tribunal Constitucional español se configura como un órgano ubicado fuera del Poder Judicial.
Es el intérprete supremo de la Constitución, es independiente de los demás órganos constitucionales y está sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica.
Es único en su orden y extiende su jurisdicción a todo el territorio nacional.
Se compone de doce magistrados nombrados por el Rey, de ellos, cuatro a propuesta del Congreso, por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, eligiendo entre ellos un presidente y un vicepresidente.
El Tribunal Constitucional conocerá en los casos y en la forma que determina la ley, entre otros:
Para más información: El Tribunal Constitucional
El Tribunal de Cuentas es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado, así como del Sector Público.
Sin perjuicio de su propia jurisdicción, se sitúa en la órbita del Poder Legislativo con dependencia directa de las Cortes Generales.
Cuenta con doce miembros, los Consejeros de Cuentas, designados seis por el Congreso de los Diputados y seis por el Senado que disfrutan de los principios de independencia, inamovilidad e incompatibilidades, al igual que los jueces.
Al Tribunal de Cuentas se le asignan dos funciones:
Para más información: Tribunal de Cuentas.
Se reconocen en el artículo 125 de la Constitución como una de las formas de participación popular en la Administración de Justicia.
El artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Judicial reconoce como Tribunales consuetudinarios al Tribunal de las Aguas de la Vega Valencia y al Consejo de Hombres Buenos de Murcia. Ambos son instituciones jurídicas consuetudinarias de gestión del agua.
Desde el año 2009 estos dos Tribunales consuetudinarios españoles se encuentran inscritos en la Lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad y constituyen la prueba viviente de la capacidad de los grupos humanos para organizar de forma democrática sistemas complejos, desde la base social
Es la institución de Justicia existente en Europa con mayor antigüedad.
Actuará, en el ámbito territorial de Valencia.
Está compuesto por ocho síndicos labradores elegidos democráticamente por los regantes de la Huerta Valenciana y sus competencias son, la equitativa distribución de las aguas entre los distintos propietarios de tierras agrícolas, la resolución de las cuestiones de hecho surgidas entre los propios regantes y la imposición de las sanciones correspondientes por las infracciones de las Ordenanzas de Riego.
El Consejo de Hombres Buenos es una institución jurídica de origen medieval que queda institucionalizada y regulada legalmente en 1849 como órgano supremo de Justicia de la Huerta de Murcia. El Consejo está formado por un Presidente, un Secretario y cinco Vocales
El Consejo de Hombres Buenos de Murcia celebra públicamente su audiencia todos los jueves en el Salón de plenos del Ayuntamiento y falla cada juicio en la sesión del día o a lo más tardar en la siguiente audiencia. Las resoluciones se emiten de plano y por mayoría de votos, aunque en caso de empate decide el voto del presidente. Las sanciones resultantes de la justicia del Consejo de Hombres Buenos de Murcia son de exclusiva naturaleza pecuniaria. Los fallos emitidos por este tribunal tienen un carácter definitivo, firme y ejecutorio.
Para más información: El Consejo de Hombres Buenos.
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE ESPAÑA
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En esta sección se ofrece una visión general de los órganos jurisdiccionales constitucionales y contencioso-administrativos de Francia.
El Consejo Constitucional (Conseil constitutionnel), instituido por la Constitución de la V República el 4 de octubre de 1958, no ocupa el escalón más alto de ninguna pirámide judicial, ni del orden jurisdiccional ordinario y ni del contencioso-administrativo. En este sentido, no es un tribunal supremo.
El Consejo Constitucional está compuesto por nueve consejeros y se renueva por tercios cada tres años. Los consejeros son nombrados, por un mandato de nueve años no renovable, por el presidente de la República y el presidente de cada una de las asambleas del Parlamento (Senado y Asamblea Nacional), respectivamente. Quienes han desempeñado el cargo de presidente de la República tienen la condición de consejeros natos del Consejo Constitucional con carácter vitalicio siempre que no tengan un cargo incompatible con el mandato de consejero del Consejo, en cuyo caso no pueden ejercer como tales.
Al presidente del Consejo Constitucional lo nombra el presidente de la República entre los consejeros.
No hay ninguna restricción de edad o profesión para ser consejero del Consejo Constitucional. No obstante, el cargo de consejero es incompatible con los de ministro del Gobierno o consejero del Consejo Económico y Social (Conseil économique et social), así como con cualquier mandato electoral. Los consejeros están sujetos además a las mismas incompatibilidades profesionales que los parlamentarios.
El Consejo Constitucional es una institución permanente, cuyas sesiones se ajustan al ritmo que recibe recursos. Solo se reúne y juzga en pleno. Para aprobar resoluciones, se requiere un quórum de siete consejeros. En caso de empate, el presidente tiene el voto de calidad. No existe la posibilidad de formular voto particular.
El procedimiento es escrito y contradictorio. No obstante, en los contenciosos electorales las partes pueden solicitar que se les dé audiencia. Por otra parte, en las cuestiones de inconstitucionalidad (questions prioritaires de constitutionnalité), a las partes o sus representantes se les da audiencia.
Las competencias del Consejo Constitucional pueden clasificarse en dos categorías:
Los procedimientos normativos
El control preventivo de constitucionalidad es abstracto, facultativo (en el caso de las leyes ordinarias o los compromisos internacionales) y obligatorio (en el caso de las leyes orgánicas y los reglamentos de las asambleas parlamentarias). Se ejerce por vía de recurso tras la votación en el Parlamento, pero antes de la promulgación de la ley, de la ratificación o aprobación del compromiso internacional o de la entrada en vigor del reglamento de la asamblea en cuestión. El recurso facultativo pueden interponerlo una autoridad política (presidente de la República, primer ministro, presidente de la Asamblea Nacional o del Senado), sesenta diputados o sesenta senadores.
El control de constitucionalidad por vía de excepción fue implantado el 1 de marzo de 2010, con la entrada en vigor de la cuestión de inconstitucionalidad. Desde esa fecha, cualquier parte de un proceso judicial puede impugnar la conformidad de una disposición legislativa con los derechos y libertades que garantiza la Constitución. El Consejo Constitucional puede conocer de este tipo de cuestiones por remisión del Consejo de Estado (Conseil d'État) o del Tribunal de Casación (Cour de cassation); en tal caso, debe pronunciarse en un plazo de tres meses.
Como árbitro del reparto de competencias entre leyes y reglamentos, el Consejo Constitucional también conoce de los recursos del presidente de la asamblea en cuestión (Asamblea Nacional o Senado) o del Gobierno durante el procedimiento legislativo y, a posteriori, de los recursos del primer ministro para la deslegalización de disposiciones legislativas.
Los procedimientos electorales y referendario
El Consejo Constitucional vela por la regularidad de la elección del presidente de la República y de los referendos, cuyos resultados corresponde a este proclamar. También es juez de la regularidad de las elecciones, los regímenes de elegibilidad y la incompatibilidad de los parlamentarios.
Las actuaciones del Consejo en materia electoral, cuya legitimación activa está ampliamente abierta a los electores, han aumentado considerablemente tras aprobarse la legislación sobre organización y control de la financiación de los gastos electorales, que encomienda al Consejo la competencia correspondiente en lo que respecta a los candidatos a las elecciones legislativas y presidenciales (en apelación).
El Consejo Constitucional emite dictámenes cuando es consultado oficialmente por el jefe de Estado en relación con la aplicación del artículo 16 de la Constitución (sobre las competencias extraordinarias en estados de crisis) y, con posterioridad, en relación con las decisiones tomadas en ese marco.
Por otra parte, el Gobierno consulta al Consejo sobre los textos relativos a la organización de la votación para la elección del presidente de la República y los referendos.
Todas las resoluciones revisten la misma forma:
Las resoluciones son vinculantes para los poderes públicos y todas las autoridades administrativas y judiciales. No son susceptibles de recurso alguno. La autoridad de cosa juzgada no se vincula únicamente al fallo, sino también a los fundamentos, puesto que se basa en ellos. El Consejo Constitucional admite, sin embargo, los recursos de rectificación de errores materiales.
Las disposiciones declaradas inconstitucionales en el marco del control preventivo no pueden ser promulgadas ni aplicadas.
Las disposiciones declaradas inconstitucionales a raíz de una cuestión de inconstitucionalidad quedan derogadas desde el momento de la publicación de la resolución del Consejo Constitucional o en una fecha posterior fijada por esta. El Consejo Constitucional determina las condiciones y los límites conforme a los que los efectos producidos por dichas disposiciones pueden ser impugnados.
El efecto de las resoluciones en materia electoral varía, yendo desde la anulación de votos hasta la anulación de las propias elecciones, y puede conllevar la declaración de inelegibilidad de candidatos o la destitución de oficio de un cargo electo.
Las resoluciones son notificadas a las partes y publicadas en el Boletín Oficial de Francia (Journal officiel de la République Française), con el texto del recurso parlamentario y las alegaciones del Gobierno cuando interviene en el marco del control preventivo.
Por último, todas las resoluciones dictadas por el Consejo Constitucional se pueden consultar en su sitio web.
El control de la Administración corre a cargo de los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos, que son independientes de la Administración (separación de los poderes ejecutivo y judicial) y distintos de los órganos jurisdiccionales del orden jurisdiccional ordinario (dualismo jurisdiccional). También tienen competencia en este ámbito ciertos organismos administrativos, pero las resoluciones de estos son objeto también de control judicial.
Los tribunales de lo contencioso-administrativo (tribunaux administratifs) son los órganos jurisdiccionales de competencia genérica en primera instancia de este orden jurisdiccional. Hay numerosos órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos especializados y de naturaleza muy variada:
El recurso contra las sentencias de los tribunales de lo contencioso-administrativo se interpone, en principio, ante los tribunales de apelación de lo contencioso-administrativo (cours administratives d’appel), cuyas sentencias se recurren, en casación, ante el Consejo de Estado, actuando como Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo (Conseil d'État). Además de su función como órgano de casación, conforme a la cual solo examina, al igual que el Tribunal de Casación, la correcta aplicación de las normas procesales y sustantivas en las resoluciones judiciales impugnadas, el Consejo de Estado es también, en determinados asuntos, como los relativos a los reglamentos de los ministros, juez en primera y última instancia.
Los conflictos de competencia entre los dos órdenes jurisdiccionales los resuelve el Tribunal de Conflictos de Competencia (Tribunal des conflits), compuesto de forma paritaria por magistrados del Tribunal de Casación y consejeros del Consejo de Estado.
El Consejo Constitucional vela por la conformidad de las leyes con la Constitución; su competencia no se extiende a los actos administrativos o la actuación de la Administración.
Los tribunales de lo contencioso-administrativo (42) y los tribunales de apelación de lo contencioso-administrativo (actualmente 8 y pronto 9) se organizan en salas cuyo número y especialización varían en función del personal del órgano jurisdiccional y de las decisiones de organización interna que tome el presidente del tribunal. Por su parte, el Consejo de Estado consta de una sola sala (Sala de lo Contencioso-Administrativo o Section du contentieux) de cometido jurisdiccional; las demás salas, denominadas «administrativas», desempeñan la función consultiva del Consejo de Estado.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo está compuesta por diez secciones especializadas en materias contencioso-administrativas concretas. La formación que conoce de asuntos de competencia genérica es el resultado de combinar dos de estas secciones (nueve consejeros); si el asunto es más delicado, puede ser juzgado por la combinación de los presidentes de sección, del presidente de la Sala y de los presidentes adjuntos (diecisiete consejeros) o por la combinación de los presidentes de sección y el vicepresidente del Consejo de Estado (trece consejeros).
Históricamente, los miembros de los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos no tenían la condición de jueces, ni magistrados (magistrats) en el sentido de la Constitución francesa, condición reservada a los miembros del orden jurisdiccional ordinario. En efecto, se rigen por el estatuto general de la función pública. Por esta razón, los textos aplicables a los miembros de los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos no contuvieron durante mucho tiempo ninguna regla distinta a las aplicables a los demás cuerpos de funcionarios. Sin embargo, en los años ochenta se produjo un cambio que reforzó la independencia estatutaria de los miembros de los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos.
El Consejo Constitucional (mediante resolución de 22 de julio de 1980) consagró la existencia y la independencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, que figura entre los principios fundamentales reconocidos por las leyes de la República. De este modo, los jueces y magistrados del orden jurisdiccional contencioso-administrativo gozan de un estatuto especial que garantiza su independencia y, en particular, su inamovilidad.
Por otra parte, desde que entró en vigor la Ley 2016-483, de 20 de abril de 2016, sobre el código deontológico y los derechos y obligaciones de los funcionarios (loi n° 2016-483 du 20 avril 2016 relative à la déontologie et aux droits et obligations des fonctionnaires), los miembros de los tribunales de lo contencioso-administrativo y de los tribunales de apelación de lo contencioso-administrativo tienen la consideración legal de jueces y magistrados [artículo L231-1 del Código de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (code de justice administrative)].
Si bien los jueces y magistrados del orden jurisdiccional ordinario están agrupados en un solo cuerpo, los miembros del orden jurisdiccional contencioso-administrativo pertenecen a dos cuerpos diferentes: el de los consejeros del Consejo de Estado y el de los jueces y magistrados de lo contencioso-administrativo.
Aunque las reglas que les eran de aplicación estuvieron repartidas durante mucho tiempo en textos diferentes, ahora sin embargo se agrupan en el Código de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Francia, la publicidad en internet de las bases de datos jurídicas se considera un servicio público. El sitio https://www.legifrance.gouv.fr/ comprende:
Sí, el acceso a la base de datos es gratuito.
Breve descripción del contenido
La base JADE tiene más de 230 000 resoluciones (se añaden unas 12 000 al año), mientras que la base CONSTIT tiene más de 3 500 resoluciones (se añaden unas 150 al año).
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Las jurisdicciones especiales son los tribunales mercantiles (trgovački sud) y los tribunales administrativos (upravni sud), que constituyen la primera instancia, y el Tribunal Penal de Apelación (visoki prekršajni sud) de la República de Croacia, el Tribunal Mercantil de Apelación (visoki trgovački sud) de la República de Croacia y el Tribunal Administrativo de Apelación (visoki upravni sud) de la República de Croacia, que constituyen la instancia de apelación.
Competencias judiciales:
En la República de Croacia se han creado nueve tribunales mercantiles (Zagreb, Split, Rijeka, Osijek, Bjelovar, Varaždin, Zadar, Pazin, Dubrovnik),
los cuales:
Tribunales mercantiles de la República de Croacia
En la República de Croacia se han creado cuatro tribunales administrativos (Zagreb, Split, Rijeka y Osijek), los cuales:
Tribunales mercantiles de la República de Croacia
Tribunal Penal de Apelación de la República de Croacia,
Ulica Augusta Šenoe 30
10 000 Zagreb
tlf.: +385 1 480 75 10
fax: +385 1 461 12 91
correo electrónico: predsjednik@vpsrh.pravosudje.hr
http://sudovi.pravosudje.hr/VPSRH/
Tribunal Mercantil de Apelación de la República de Croacia,
Berislavićeva 11
10 000 Zagreb
tlf.: +385 1 489 68 88
fax: +385 1 487 23 29
Tribunal Administrativo de Apelación de la República de Croacia,
Frankopanska 16
10 000 Zagreb
tlf.: +385 1 480 78 00
fax: +385 1 480 79 28
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Esta sección contiene información sobre la organización de la jurisdicción especial en Italia.
La justicia italiana se administra en nombre del pueblo italiano y los jueces - por imperativo constitucional - están sujetos únicamente a la ley. En virtud del artículo 102 de la Constitución italiana, la función jurisdiccional la ejercen órganos jurisdiccionales ordinarios instituidos y regulados por las normas sobre el sistema judicial: esto quiere decir que no se pueden instituir órganos jurisdiccionales extraordinarios o especiales (distintos de los previstos expresamente). En los órganos jurisdiccionales ordinarios solo pueden crearse salas especializadas para determinadas materias, también con la participación de ciudadanos idóneos ajenos a la magistratura. La propia Constitución contempla, no obstante, la posibilidad de que existan órganos jurisdiccionales no pertenecientes al poder judicial (la jurisdicción ordinaria).
La justicia italiana se divide en materia civil (en sentido amplio) entre la jurisdicción ordinaria y jurisdicción administrativa. Los órganos de la jurisdicción administrativa son competentes para la tutela frente a la administración pública de los intereses legítimos, en particular las materias indicadas por ley, incluidos los derechos subjetivos: los órganos jurisdiccionales administrativos son el Tribunal Administrativo Regional (TAR) - que es el órgano de primera instancia - y el Consejo de Estado, que es el órgano de apelación. La jurisdicción ordinaria es competente en materia de «derechos subjetivos»; la jurisdicción administrativa es competente en materia de «intereses legítimos». La Ley de la jurisdicción administrativa , que define la competencia, se publicó mediante el Decreto ley n.º 104 de 2010. La Ley de la jurisdicción administrativa (LJA) puede obtenerse gratuitamente en versión francesa, inglesa y alemana
Otra potestad judicial es la jurisdicción contable: El Tribunal de Cuentas es competente en los asuntos de contabilidad pública y en otros asuntos especificados por ley. La Ley de la jurisdicción contable se publicó mediante el Decreto ley n.º 174 de 2016.
En Italia existe también una jurisdicción tributaria cuyas normas procesales se establecen en el Decreto ley n.º 546 de 1992. La jurisdicción tributaria la ejercen las comisiones tributarias provinciales (órganos de primera instancia) y las comisiones tributarias regionales (órganos de apelación). Competen a la jurisdicción tributaria todos los litigios que tengan por objeto los impuestos de todo tipo y especie, comoquiera que se denominen, incluidos los impuestos regionales, provinciales y municipales; la cotización al servicio sanitario nacional; los recargos y adiciones tributarios; las sanciones correspondientes junto con los intereses y cualquier pena accesoria.
Contra las sentencias dictadas por los órganos jurisdiccionales especiales puede recurrirse en casación por vulneración de la ley (artículo 111 de la Constitución).
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En la República de Chipre funcionan los siguientes órganos jurisdiccionales especializados:
El juzgado contencioso-administrativo tiene jurisdicción exclusiva para conocer en primera instancia de los recursos presentados con arreglo al artículo 146 de la Constitución contra las resoluciones, actos u omisiones de las personas o los órganos que ejerzan competencias administrativas. Puede anular cualquier acto administrativo ejecutivo que implique abuso de poder o que sea contrario a la legislación en general o, en concreto, a la Constitución. Cuando el recurso se refiere a una materia tributaria o un procedimiento de protección internacional, el juzgado puede modificar total o parcialmente la resolución o el acto.
El juzgado de familia tiene jurisdicción exclusiva para conocer de solicitudes de divorcio, patria potestad, pensión alimenticia y conflictos patrimoniales entre parejas cuyos miembros profesen la fe cristiana ortodoxa.
Para las personas pertenecientes a alguno de los otros grupos religiosos existentes en Chipre, a saber, armenios, maronitas y católicos, la jurisdicción sobre los asuntos mencionados corresponde al juzgado de familia de los grupos religiosos.
Hay tres juzgados de familia, uno para Nicosia y Kyrenia, otro para Limasol y Pafos y otro para Lárnaca y Famagusta. Hay además un juzgado de familia para los grupos religiosos, que tiene su sede en Nicosia y atiende a todo el país.
Los asuntos presentados ante el juzgado de familia son resueltos por un solo juez, excepto las solicitudes de divorcio, en las que lo componen tres jueces.
El juzgado de lo social tiene jurisdicción exclusiva para conocer de todos los conflictos laborales resultantes de las situaciones de extinción del empleo, como el pago de indemnizaciones por despido improcedente (salvo cuando el importe reclamado exceda del equivalente a dos años de sueldo, caso en el cual las competencias se trasladan al juzgado de distrito), la indemnización sustitutiva del preaviso y la indemnización por regulación de empleo, así como las demandas derivadas de contratos de trabajo, como las relativas a los salarios pendientes de pago, las vacaciones anuales, las pagas extraordinarias o las primas. Es asimismo competente para conocer de toda demanda civil basada en la Ley de protección de la maternidad (Ο περί Προστασίας της Μητρότητας Νόμος), de los asuntos de trato desigual y acoso sexual en el lugar de trabajo y de los conflictos entre los fondos de previsión (Ταμεία Πρόνοιας) y sus miembros.
Los juzgados de lo social están compuestos por un presidente o un juez, miembro del Servicio Judicial de la República (Δικαστική Υπηρεσία της Δημοκρατίας), y dos jueces legos designados conforme a la recomendación de los representantes patronales y de los empleados. Los jueces legos desempeñan un papel meramente consultivo.
Existen actualmente tres juzgados de lo social, con sede en Nicosia, Limasol y Lárnaca, respectivamente.
El juzgado de control de los arrendamientos tiene jurisdicción para conocer de los asuntos relativos a la recuperación de la posesión de los inmuebles arrendados, la determinación de la renta justa y cualquier otra cuestión asociada o adicional.
Cada juzgado de control de los arrendamientos está formado por un presidente, miembro del poder judicial, y dos jueces legos designados por las asociaciones de inquilinos y propietarios. Los jueces legos desempeñan un papel meramente consultivo. Este juzgado tiene dos salas.
El Tribunal Administrativo de Protección Internacional tiene jurisdicción exclusiva para pronunciarse en primera instancia sobre todo recurso presentado por un solicitante de asilo conforme al artículo 146 de la Constitución y publicado conforme a la Ley sobre los refugiados, o contra la omisión de actuar de conformidad con la misma Ley.
El Tribunal Militar es competente para juzgar las infracciones cometidas por personal militar en contravención del Código Penal Militar (Στρατιωτικός Ποινικός Κώδικας), la Ley de la Guardia Nacional (Ο περί Εθνικής Φρουράς Νόμος), el Código Penal (Ποινικός Κώδικας) o cualquier otra ley, independientemente de la pena prevista. El Tribunal Militar también ejerce su jurisdicción sobre los civiles en los casos en que así se prevé en el Código Penal Militar o en cualquier otra disposición.
Si la graduación del acusado es de coronel o superior, el Tribunal Militar se constituye del mismo modo que las audiencias penales.
El presidente del Tribunal es un juez perteneciente al Servicio Judicial de la República. Intervienen asimismo dos oficiales del ejército designados por el Consejo Superior de la Judicatura (Ανώτατο Δικαστικό Συμβούλιο).
No existe aún ninguna base de datos jurídica oficial. Hay varias bases de datos de este tipo de naturaleza privada; algunas prestan servicios por suscripción y otras proporcionan un acceso gratuito.
Contienen información sobre sentencias judiciales y legislación primaria.
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Esta sección ofrece un resumen de los órganos jurisdiccionales especializados de Letonia.
Órganos jurisdiccionales especializados
De conformidad con la Constitución de la República de Letonia (Latvijas Republikas Satversme, en lo sucesivo «la Constitución»), el país cuenta con un Tribunal Constitucional (Satversmes tiesa), que es una institución judicial independiente que examina si, en los casos de su competencia, las leyes y reglamentos son conformes a la Constitución, y también conoce de otros asuntos que le asigna la ley. El Tribunal Constitucional puede anular leyes y normas de rango legislativo o partes de estas.
De conformidad con el artículo 16 de la Ley del Tribunal Constitucional (Satversmes tiesas likums), este examina los asuntos relativos a:
El Tribunal Constitucional está formado por siete magistrados, que son ratificados en su cargo por mayoría en el Parlamento (por no menos de cincuenta y un votos); de ellos tres son nombrados a propuesta de al menos diez diputados del Parlamento, dos a propuesta del Consejo de Ministros y dos más a propuesta del pleno del Tribunal Supremo. Los candidatos propuestos por el Tribunal Supremo deben elegirse entre los magistrados letones.
El Tribunal Constitucional no puede actuar de oficio; solo resuelve los recursos presentados por las personas facultadas para ello de acuerdo con la legislación.
Las siguientes personas e instituciones tienen derecho a solicitar la apertura de un procedimiento relativo a la constitucionalidad de una ley o un acuerdo internacional firmado o celebrado por Letonia (incluso antes de su ratificación por el Parlamento), a la conformidad de otras leyes y reglamentos o partes de los mismos con las disposiciones legislativas de rango superior; así como a la conformidad de la legislación nacional letona con los acuerdos internacionales celebrados por Letonia que no sean contrarios a la Constitución:
Las siguientes personas e instituciones están legitimados para solicitar la apertura de un procedimiento relativo a la conformidad con la ley de otros actos del Parlamento, el Consejo de Ministros, el presidente de la República, el presidente del Parlamento o el primer ministro (excepto los actos administrativos):
El derecho a solicitar la apertura de un procedimiento relativo a la conformidad de cualquier decreto por el que un ministro, facultado por el Consejo de Ministros, suspenda una decisión adoptada por una autoridad local, se otorga a la autoridad local de que se trate.
Los asuntos relativos a la constitucionalidad de las leyes, los decretos y otros actos del Consejo de ministros, la conformidad de las disposiciones de la legislación nacional letona con los acuerdos internacionales celebrados por Letonia que nos son incompatibles con la Constitución, y la constitucionalidad de los acuerdos internacionales firmados o celebrados por Letonia (incluso antes de que sean aprobados por el Parlamento), así como las leyes o reglamentos o partes de los mismos, se sustancian ante el Tribunal Constitucional en pleno. Los demás casos son examinados por una sala formada por tres magistrados, salvo resolución en contrario del propio Tribunal Constitucional.
Las sentencias del Tribunal Constitucional son firmes y entran en vigor en el momento de adoptarse. Las sentencias del Tribunal Constitucional y las interpretaciones que contienen de una disposición impugnada son vinculantes para los órganos de la Administración central y local (incluidos los órganos jurisdiccionales), los funcionarios y los particulares, sean éstos personas físicas o jurídicas.
Cuando el Tribunal Constitucional declare una disposición jurídica no conforme con otra disposición de rango superior, aquella se considerará nula a partir del día en el que se publique la sentencia, salvo que el Tribunal Constitucional disponga otra cosa. Si el Tribunal Constitucional considera que un acuerdo internacional firmado o celebrado por Letonia es inconstitucional, el Gobierno deberá proceder a modificar o denunciar el acuerdo, o bien a suspender su aplicación o la adhesión al mismo.
Con arreglo a las disposiciones de la Ley del poder Judicial (Likums par tiesu varu), para el examen de los asuntos a los que se refieren el Código Procesal Civil (Civilprocesa likums) y el Código Procesal Penal (Kriminālprocesa likums), se creó el Tribunal Económico (Ekonomisko lietu tiesa). Se encuentra en Riga y tiene jurisdicción sobre todo el territorio de Letonia.
Con arreglo al Derecho civil, el Tribunal Económico es competente para:
Al mismo tiempo, con arreglo al Derecho penal el Tribunal Económico es competente para:
El Tribunal Regional de Riga (Rīgas apgabaltiesa) conoce de los recursos contra las sentencias del Tribunal Económico.
Bases de datos jurídicas
Jurisprudencia del Tribunal Constitucional (búsqueda)
Sí, el acceso es gratuito.
La base de datos contiene las sentencias del Tribunal Constitucional de la República de Letonia.
La función de búsqueda de la base de datos y las sentencias están disponibles en letón y en inglés.
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Esta sección ofrece información sobre los órganos jurisdiccionales especializados de Lituania.
El Tribunal Constitucional de la República de Lituania (Lietuvos Respublikos Konstitucinis teismas) garantiza la supremacía de la Constitución dentro del ordenamiento jurídico. Resuelve los casos de inconstitucionalidad, declarando si las leyes y otros instrumentos legislativos adoptados por el Parlamento son conformes con la Constitución, y si los decretos del Presidente de la República y del Gobierno se ajustan a la Constitución y demás preceptos legales.
Lituania cuenta con seis tribunales de lo contencioso-administrativo:
El Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo (Vyriausiasis administracinis teismas) actúa como órgano jurisdiccional de primera o de última instancia en los asuntos que le competen. Examina los recursos contra las sentencias, resoluciones, mandamientos y órdenes de los tribunales de lo contencioso-administrativo de distrito, y de los tribunales regionales en los asuntos relacionados con infracciones administrativas.
Entiende también de las peticiones de reapertura de expedientes administrativos cerrados, incluidos los relacionados con infracciones administrativas, en los casos previstos por la legislación. El Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo ha desarrollado procedimientos judiciales uniformes en lo relativo a la interpretación y aplicación de las leyes y otros instrumentos legislativos.
Los tribunales regionales de lo contencioso-administrativo son órganos jurisdiccionales especializados. Examinan las demandas por acciones u omisiones (incumplimiento de obligaciones) de los órganos de la Administración, tanto los de carácter público como de orden interno.
Conocen de los litigios en el ámbito de la Administración pública, examinando los conflictos sobre legalidad de las actuaciones y resoluciones administrativas, infracciones tributarias, etc.
Antes de llevar el asunto por vía contencioso-administrativa, las actuaciones y resoluciones de cualquier órgano administrativo pueden ser impugnadas por vía administrativa. En tales casos, el examen inicial de los recursos corresponde a las comisiones oficiales de lo contencioso, que existen a nivel municipal y de distrito, siendo su máxima instancia la Comisión Superior de lo Contencioso (Vyriausioji administracinių ginčų komisija).
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En esta sección encontrará un resumen de los órganos jurisdiccionales especializados en Luxemburgo.
Consejo Arbitral y Consejo Superior de la Seguridad Social (Conseil arbitral et Conseil supérieur de la sécurité sociale)
El Consejo Arbitral de la Seguridad Social conoce de todo litigio en materia de seguridad social relativo a la afiliación o la sujeción obligatoria a un régimen, las cotizaciones, las multas administrativas y las prestaciones, salvo aquellos previstos en el artículo 317 o relativos a los artículos 147 y 148 del Código de Seguros Sociales (Code des assurances sociales); el Consejo Superior de la Seguridad Social conoce de los correspondientes recursos de apelación. Contra las resoluciones dictadas en última instancia por el Consejo Arbitral de la Seguridad Social y las sentencias del Consejo Superior puede interponerse recurso de casación.
Salvo disposición legal en contrario, el recurso de apelación puede interponerse ante la Corte de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Luxemburgo, contra las resoluciones dictadas por el Tribunal Contencioso-Administrativo en cuanto que órgano de anulación, contra las resoluciones administrativas individuales y contra las decisiones relativas a actos administrativos de carácter reglamentario. La Corte de lo Contencioso-Administrativo conoce también, en apelación y como órgano que conoce del fondo del asunto, de los recursos interpuestos contra decisiones de otros órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos que hayan dictado sentencia en recursos contra decisiones administrativas (recours en réformation) en aquellos casos en que la competencia haya sido atribuida a dichos órganos jurisdiccionales mediante leyes especiales.
Todos los letrados facultados para actuar ante los órganos jurisdiccionales del Gran Ducado están también facultados para actuar ante la Corte de lo Contencioso-Administrativo; no obstante, solo los «letrados inscritos en la lista I» de los cuadros elaborados anualmente por los Colegios de Abogados tienen derecho a llevar a cabo actos de instrucción y de procedimiento (ministère d´avocat à la Cour).
El Estado es representado ante la Corte de lo Contencioso-Administrativo por un delegado del Gobierno o por un letrado.
El Tribunal Contencioso-Administrativo, con sede en Luxemburgo, conoce de los recursos interpuestos contra todo tipo de decisiones administrativas por incompetencia, abuso y desviación de poder e infracción de la ley o de procedimientos destinados a proteger los intereses privados, siempre y cuando la ley y los reglamentos no prevean ningún otro recurso contra estas decisiones, y de los recursos contra los actos administrativos de carácter reglamentario, con independencia de la autoridad de la que emanen. Conoce también, en principio, de los litigios en materia de impuestos directos y de impuestos y tasas municipales.
Se puede interponer recurso de apelación contra las resoluciones del Tribunal Contencioso-Administrativo ante la Corte de lo Contencioso-Administrativo (Cour Administrative).
El Tribunal Contencioso-Administrativo actúa como juez de hecho y de Derecho en los recursos interpuestos contra las decisiones del director de la Administración de Tributos Directos (Administration des contributions directes) en los casos en que las leyes en la materia prevean tal recurso.
El Tribunal Constitucional falla, mediante sentencia, sobre la conformidad de las leyes a la Constitución, con la excepción de aquellas relativas a la aprobación de tratados.
Cuando una parte cuestiona la constitucionalidad de una ley ante un órgano jurisdiccional del orden judicial o del orden contencioso-administrativo, este tiene la obligación de someter la cuestión al Tribunal Constitucional, a no ser que considere que: a) no es necesario decidir sobre la cuestión planteada para dictar su sentencia; b) la cuestión es totalmente infundada; c) el Tribunal Constitucional ya ha fallado sobre una cuestión referida al mismo objeto.
El Tribunal Constitucional está integrado por el presidente del Tribunal Superior de Justicia (Cour Supérieure de Justice), el presidente de la Corte de lo Contencioso-Administrativo (Cour Administrative), dos consejeros del Tribunal de Casación (Cour de Cassation) y cinco magistrados nombrados por el Gran Duque basándose en el dictamen conjunto del Tribunal Superior de Justicia y la Corte de lo Contencioso-Administrativo. El Tribunal Constitucional consta de una sala de cinco magistrados.
Consúltese la sección sobre los órganos jurisdiccionales de la página web del Ministerio de Justicia.
Sí, el acceso al banco de datos es gratuito.
Breve descripción del contenido
Consúltese la página web del Consejo Arbitral y del Consejo Superior de la Seguridad Social.
Consúltese la página web de los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos.
Consúltese la página web del Tribunal Constitucional.
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Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales especializados en Hungría.
La Ley Fundamental de Hungría define el sistema judicial como una estructura de múltiples niveles, y dispone la creación de órganos jurisdiccionales especializados para determinados tipos de causas. Dentro del sistema judicial, los tribunales administrativos y laborales (közigazgatási és munkaügyi bíróságok) funcionan como tribunales especializados.
Los tribunales administrativos y laborales funcionan desde el 1 de enero de 2013. Anteriormente, los tribunales laborales y los tribunales generales desempeñaban su cometido.
Como tribunal de primera instancia, el tribunal administrativo y laboral ejerce el control judicial de los actos y decisiones administrativos y conoce de los asuntos relativos a las relaciones laborales y relaciones jurídicas similares, así como de otras causas que contempla la ley. El tribunal general o, en los asuntos relativos al control judicial de los actos administrativos, el Tribunal Supremo (Kúria), actúa como tribunal de segunda instancia.
El Tribunal Constitucional es un órgano autónomo que funciona independientemente del sistema judicial.
El Tribunal Constitucional es el órgano principal encargado de velar por el cumplimiento de la Ley Fundamental y tiene su sede en Budapest.
El Tribunal Constitucional está formado por 15 miembros elegidos para 12 años por una mayoría de dos tercios de los miembros del Parlamento Húngaro. El Presidente es elegido, entre los miembros del Tribunal Constitucional, por una mayoría también de dos tercios de los miembros del Parlamento. El mandato del Presidente finaliza al llegar a término su mandato como Juez del Tribunal Constitucional. Los miembros del Tribunal Constitucional no pueden ser miembros de partidos políticos ni llevar a cabo actividades políticas. La descripción de sus competencias, su organización y su funcionamiento se establecen mediante leyes fundamentales.
Como parte de las competencias enumeradas en los puntos b), c) y d), el Tribunal Constitucional anula actos jurídicos y otras resoluciones legislativas que se determinen contrarias a la Ley Fundamental;
como parte de las competencias enumeradas en el punto d), anula las resoluciones judiciales contrarias a la Ley Fundamental;
como parte de las competencias enumeradas en el punto f), puede anular actos jurídicos y otras resoluciones legislativas que sean contrarias a un tratado internacional;
o determinar las consecuencias jurídicas establecidas en las leyes fundamentales.
Se puede encontrar información adicional en el sitio web del Tribunal Constitucional de la República de Hungría (Magyar Köztársaság Alkotmánybírósága).
Sitio web oficial del Tribunal Constitucional de la República de Hungría
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Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales especializados en Malta.
Tribunal Constitucional | Segunda instancia Apelación | Este tribunal conoce de los recursos relativos a las presuntas violaciones de los derechos humanos, la interpretación de la Constitución y la nulidad de las leyes. También tiene competencia en primera instancia para decidir sobre las cuestiones que atañen a los diputados de la Cámara de Representantes y sobre cualquier asunto que se le remita en relación con las votaciones para la elección de esos diputados. | Presidido por el Juez Presidente (Chief Justice) y otros dos jueces |
Sala Primera del Tribunal Civil | Primera instancia | La Sala Primera del Tribunal Civil también conoce de los asuntos relativos a las presuntas violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales protegidos por la Constitución y por el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. | Presidida por un juez |
Tribunal Laboral | Primera instancia | Este tribunal conoce de los asuntos relativos a los despidos improcedentes y al trato discriminatorio o injusto en el lugar de trabajo. | Presidido por un presidente |
Consejo de Regulación de los Arrendamientos | Primera instancia | El Consejo de Regulación de los Arrendamientos conoce de los asuntos relacionados con las modificaciones en las condiciones de los arrendamientos, incluidos los incrementos de renta y la resolución de los contratos. Estos asuntos deben referirse a los contratos de arrendamiento celebrados antes del 1 de junio de 1995. | Presidido por un magistrate (juez de asuntos de pequeña cuantía) |
Consejo de Arbitraje sobre Terrenos | Primera instancia | El Consejo de Arbitraje sobre Terrenos conoce de los asuntos relativos a la clasificación de los terrenos expropiados, la utilidad pública de la expropiación y el importe de la indemnización debida al propietario. | Presidido por un magistrate |
Consejo de Control de Arrendamientos Rústicos | Primera instancia | Este Consejo conoce de los asuntos relativos a los arrendamientos rústicos y las reclamaciones presentadas por los propietarios en relación con la resolución de los contratos. | Presidido por un magistrate |
Tribunal de lo Contencioso-Administrativo | Primera instancia | Este tribunal tiene la competencia del control judicial de los actos administrativos. | Presidido por un juez o un magistrate |
Tribunal de Partición de Herencias | Primera instancia | Este Tribunal conoce y resuelve los asuntos relativos a la partición de los bienes comunes entre herederos de una persona fallecida. | Presidido por un árbitro |
Tribunal de Competencia y Recursos de los Consumidores | Apelación | Este tribunal conoce y resuelve los recursos contra las resoluciones, órdenes o medidas del Director General de Competencia y del Director General de Consumo. Las resoluciones del Tribunal son definitivas, excepto en casos excepcionales en los que se admite recurso. Esos recursos se limitan, no obstante, a cuestiones de Derecho. | Presidido por un juez y dos vocales |
Tribunal de Revisión de Actos Notariales | Primera instancia | Se trata de un tribunal especial que supervisa a todos los Notarios, los archivos notariales y el Registro Público. Tiene competencias para examinar e inspeccionar los archivos notariales, el Registro Público y las notarías, y para imponer sanciones disciplinarias. Este tribunal también tiene competencias para ordenar la enmienda de los datos incorrectos contenidos en los archivos del Registro Público. | Compuesto por miembros conocidos como visitors (Inspectores) |
El procedimiento contencioso-administrativo es el que se aplica para el examen y anulación judicial, en su caso, de las resoluciones dictadas por los órganos, autoridades o agencias administrativos.
Esta actuación puede ser solicitada por cualquiera que se vea perjudicado por una resolución o acto de la Administración que le ataña. El artículo 469A del capítulo 12 de la Legislación de Malta ofrece el correspondiente fundamento jurídico. No obstante, incluso en ausencia de dicha disposición legislativa, este procedimiento puede considerarse como una facultad inherente de los tribunales, con arreglo a la doctrina de la separación de poderes adoptada en general por los Estados democráticos.
Son competentes al respecto los órganos jurisdiccionales ordinarios (en concreto, la Sala Primera del Tribunal Civil), con posibilidad de recurso ante el Tribunal de Apelación.
La Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa entró en vigor el 1 de enero de 2009 y en ella se dispuso la creación del correspondiente Tribunal Contencioso-Administrativo, órgano independiente e imparcial que examina los actos administrativos de que se trate y resuelve asimismo sobre los conflictos que se le someten. Para ser nombrado presidente del mismo se requiere ser o haber sido juez o magistrate (juez de asuntos de pequeña cuantía) en Malta. Contra sus sentencias cabe recurso ante el Tribunal de Apelación.
Los tribunales locales forman parte integrante del sistema judicial de Malta. Pueden percibirse como una extensión de los tribunales y se ocupan de infracciones que, aun siendo de carácter trivial, pueden causar grandes molestias a la población en general. Son presididos por un Comisario de Justicia (Commissioner for Justice), a quien se designa y destituye del mismo modo que a cualquier otro miembro del poder judicial (magistrate). De este modo se garantiza que todo ciudadano tenga la oportunidad de manifestar quejas específicas, y al mismo tiempo, que se respetan los principios fundamentales de un juicio imparcial. Existen nueve tribunales locales que tutelan a varios municipios juntos.
Véase la página «Organización de la justicia en los Estados miembros – Malta», que ofrece información detallada sobre las bases de datos pertinentes y enlaces a las mismas.
Ministerio de Justicia, Cultura y Administración local
Servicios judiciales – Sentencias en línea
Servicios judiciales – Procedimientos judiciales
Servicios judiciales – Utilización de las salas
Servicios judiciales – Estadísticas
Servicios judiciales – Subastas judiciales
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Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales especializados en los Países Bajos.
Los órganos jurisdiccionales administrativos de los Países Bajos son los siguientes:
Puede encontrarse más información en el sitio web del Poder Judicial de los Países Bajos.
Información sobre los órganos jurisdiccionales especializados (en inglés)
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En esta sección se informa sobre los órganos jurisdiccionales especializados en materias civil y penal en Austria.
En principio, en el marco de la jurisdicción ordinaria, cada órgano jurisdiccional es competente para conocer de todos los asuntos judiciales civiles y penales atribuidos a la instancia pertinente: un tribunal de distrito (Bezirksgericht) o un órgano jurisdiccional de primera o segunda instancia.
En las principales ciudades austriacas también hay órganos jurisdiccionales especializados:
Los asuntos de Derecho laboral consisten sobre todo en litigios civiles sobre relaciones laborales, tal y como se definen en el artículo 50 de la Ley de los tribunales de lo laboral y social (Arbeits- und Sozialgerichtsgesetz o ASGG). Se rigen por sus propias normas procesales, que son similares a las de los asuntos civiles, pero con algunas normas especiales adicionales.
Los asuntos de Derecho se interponen en primera instancia ante los tribunales regionales o, en Viena, ante el Tribunal de lo Laboral y lo Social; en segunda instancia, ante los Tribunales Superiores Regionales (Oberlandsgerichte) y en última instancia ante el Tribunal Supremo de lo Civil y Penal (Oberster Gerichtshof). Las resoluciones se dictan en formación colegiada (Senate), sea cual sea la instancia, de uno o varios jueces o magistrados profesionales (Berufsrichter) y de sendos jueces legos en representación de los empleadores y los empleados, respectivamente (Laienrichter).
Las vías de recurso en los asuntos de Derecho laboral son las mismas que las previstas en materia civil, aunque con menos restricciones. Por ejemplo, puede interponerse un recurso de casación (Revision) ante el Tribunal Supremo, independientemente de la cuantía del litigio, cuando se trata de resolver una cuestión jurídica de gran importancia.
Los asuntos mercantiles consisten esencialmente en asuntos civiles en los que es parte un empresario, tal y como se definen en el artículo 51 de la Ley relativa al ejercicio de la jurisdicción y la competencia de los órganos jurisdiccionales ordinarios en materia civil (Jurisdiktionsnorm). Están sujetos al procedimiento civil ordinario, con pocas normas especiales. Sin embargo, en los asuntos en que la resolución se debe dictar colegiadamente, un juez lego perteneciente al sector empresarial interviene en primera y segunda instancia (pero no en el Tribunal Supremo).
Las acciones reguladas por la Ley de defensa de la competencia (Kartellgesetz), se interponen ante el Tribunal Superior Regional de Viena que es el Tribunal de Defensa de la Competencia (Kartellgericht) de primera instancia. Tiene competencia en todo el territorio austriaco. De los recursos en segunda y última instancia contra las resoluciones del Tribunal de Defensa de la Competencia conoce el Tribunal Supremo, como instancia superior de este (Kartellobergericht). La resolución se adopta de forma colegiada; en ambos casos, se componen por uno o más jueces o magistrados profesionales y dos jueces legos especializados. Suelen ejercer de jueces legos personas nombradas por la Cámara de Comercio de Austria (Wirtschaftskammer Österreich), por una parte, y, salvo algunas excepciones, por la Cámara Federal de Trabajadores y Empleados (Bundeskammer für Arbeiter und Angestellte), por otra.
En los procedimientos no contenciosos (Verfahren außer Streitsachen), los órganos jurisdiccionales se pronuncian sobre asuntos de Derecho privado que, debido a su carácter particular (procedimientos de regularización, procedimientos relacionados con la asistencia judicial o procedimientos que no responden al esquema clásico de dos partes con intereses contrapuestos), se tramitan mediante este tipo de procedimiento (comparable a la jurisdicción voluntaria).
En la mayoría de los casos, son los tribunales de distrito los que conocen en primera instancia, los tribunales regionales, en segunda instancia, y el Tribunal supremo, en última instancia. Esta clase de procedimientos se celebran en primera instancia ante un solo juez [Einzelrichter(in)] o un funcionario judicial con una formación específica [Rechtspfleger(in)]; en segunda y tercera instancia ante órganos jurisdiccionales colegiados compuestos por tres o cinco jueces o magistrados de carrera.
Las vías de recurso son comparables a las previstas en el ámbito civil. Hay, sin embargo, menos restricciones debido al carácter particular de estos procedimientos. Además, en segunda instancia hay un cierto margen para presentar nuevos argumentos, más allá de las alegaciones y argumentos presentados en primera instancia.
Debido a la diversidad de los asuntos tratados en este tipo de procedimientos, existen muchas disposiciones de carácter excepcional en los distintos ámbitos.
En el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, Austria cuenta con:
En particular, los tribunales del orden contencioso-administrativo conocen de las acciones contra resoluciones y actos administrativos no procesales, así como de las acciones contra las consecuencias de la inacción o el silencio administrativos (Säumnisbeschwerden).
El Tribunal Federal de lo Tributario conoce de los recursos relativos a las exacciones públicas (con algunas excepciones) y al Derecho penal financiero, en la medida en que estas cuestiones hayan sido sustanciadas directamente por las autoridades federales tributarias o penales financieras. El Tribunal Federal de lo Contencioso-Administrativo conoce principalmente de los recursos contra las resoluciones dictadas por las autoridades federales directamente dependientes de la Administración federal. De lo contrario, resuelven los recursos, en principio, los tribunales regionales de lo contencioso-administrativo.
En determinadas circunstancias, puede interponerse recurso de casación ante el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo contra las resoluciones de los tribunales del orden contencioso-administrativo. Se puede recurrir al Tribunal Constitucional (Verfassungsgerichtshof) en casos de ilegalidad que se extiendan al ámbito de la Constitución, en particular en caso de vulneración de los derechos fundamentales.
Otros órganos jurisdiccionales especializados
El Tribunal Constitucional es, junto con el Tribunal Supremo de lo Civil y Penal y el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo, uno de los tres órganos jurisdiccionales que componen la cúspide del poder judicial austriaco. Al igual que los otros dos, el Tribunal Constitucional tiene su sede en Viena y su competencia se extiende a todo el territorio austriaco.
La labor primera del Tribunal Constitucional es comprobar el cumplimiento de la Constitución, que incluye también el respeto de los derechos fundamentales. En concreto, es competente para examinar la constitucionalidad de los siguientes actos normativos, previa presentación de recurso de constitucionalidad:
En caso necesario, el Tribunal Constitucional puede anular dichas resoluciones.
A diferencia de los jueces y magistrados de otros órganos jurisdiccionales, los magistrados del Tribunal Constitucional ejercen su función a título honorario [Honoratiorenrichter(innen)] y no siguiendo la carrera judicial. Se trata de personas destacadas con una carrera prestigiosa en el desempeño de una profesión jurídica. La mayoría desempeña el cargo a tiempo parcial y pueden seguir ejerciendo su profesión anterior (p. ej., como jueces o profesores universitarios, pero no como funcionarios de la Administración, ya que en tal caso tendrían que ser liberados de sus obligaciones oficiales). El Tribunal Constitucional se reúne expresamente en sesiones que suelen tener lugar cuatro veces al año.
El sitio web del Ministerio Federal de Justicia austríaco (enlace aquí) ofrece información general sobre el sistema judicial austríaco.
Sí.
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Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales especializados en Polonia.
Existen diversos órganos jurisdiccionales especializados en Polonia.
El Tribunal Supremo constituye el máximo órgano jurisdiccional. Supervisa judicialmente las resoluciones de los demás tribunales y garantiza la coherencia en la interpretación de las leyes y en la práctica judicial.
El Tribunal Supremo no es un tribunal ordinario. Se ocupa de los recursos de casación y de otros tipos contra las sentencias de los órganos inferiores y adopta resoluciones encaminadas a aclarar las disposiciones jurídicas que plantean dudas o cuya aplicación ocasiona divergencias en la adopción de resoluciones judiciales. Asimismo, adopta resoluciones para dar respuesta a las dudas de índole jurídica planteadas en relación con asuntos específicos.
El Tribunal Supremo (Sąd Najwyższy) publica sus sentencias, con la correspondiente parte expositiva, en su sitio web, Tribunal Supremo, que también está disponible en inglés.
El Tribunal Constitucional (Trybunał Konstytucyjny) no se considera un órgano jurisdiccional ordinario.
Se ocupa de:
Todas sus sentencias se publican, con la correspondiente parte expositiva, en el sitio web del Tribunal Constitucional, que también está disponible en inglés.
El Tribunal de Estado (Trybunał Stanu) se ocupa de las acusaciones de vulneración de la Constitución o de otras disposiciones legislativas por parte de las personas que ocupan (o han ocupado) los puestos más altos del Estado.
Puede encontrarse más información en el sitio web del Tribunal de Estado.
La jurisdicción contencioso-administrativa corresponde al Tribunal Superior de lo Contencioso-Administrativo (Naczelny Sąd Administracyjny) y a los tribunales regionales de lo contencioso-administrativo, uno por cada voivodato o región (wojewódzkie sądy administracyjne).
El Tribunal Superior de lo Contencioso-Administrativo:
El Tribunal Superior de lo Contencioso-Administrativo (Naczelny Sąd Administracyjny) publica todas sus resoluciones, con la correspondiente parte expositiva, desde el 1 de octubre de 2007. Las resoluciones precedentes se encuentran en proceso de adición a la base de datos. El sitio web del Tribunal sólo está disponible en polaco.
El Tribunal Superior de lo Contencioso-Administrativo (Naczelny Sąd Administracyjny) publica dichas resoluciones en su sitio web.
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Esta página ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales especializados de Portugal.
Los órganos jurisdiccionales de primera instancia son, en general, los tribunales comarcales (tribunais de comarca). Es responsabilidad de estos órganos jurisdiccionales preparar y enjuiciar los asuntos que no sean competencia de otros órganos jurisdiccionales. Hay tribunais de comarca con competencia objetiva general y otros con competencia objetiva específica.
Se componen por secciones, que pueden ser de competencia objetiva genérica, de competencia objetiva específica y de proximidad. Dichas secciones se denominan en función de la competencia y del nombre del municipio en el que tienen sede.
Pueden crearse las siguientes secciones de competencia objetiva específica:
También hay órganos jurisdiccionales con una competencia territorial extendida, que tienen una competencia objetiva específica:
De estas secciones, cabe destacar, en particular:
A estas secciones compete:
En materia de estado civil y Derecho de familia, tramitan y resuelven:
Además de las competencias en este ámbito, también ejercen las competencias que la ley atribuye a los órganos jurisdiccionales en los procedimientos de formación de inventario por motivo de separación judicial, divorcio, declaración de inexistencia o anulación de matrimonio civil, así como en los casos especiales de liquidación de regímenes económicos conjuntos a los que se aplica el régimen de dichos procedimientos.
En el ámbito de los menores e hijos mayores de edad, les compete:
Además de las competencias en este ámbito, les compete:
Por lo que se refiere a las cuestiones educativas y de protección tutelares, les compete:
En materia civil, conocen de la siguiente lista no exhaustiva de materias: cuestiones derivadas de relaciones de trabajo asalariado y de relaciones establecidas con vistas a la celebración de contratos de trabajo, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, contratos asimilados por ley a los contratos de trabajo, contratos de aprendizaje y de prácticas, así como de los aspectos civiles relacionados con las huelgas.
Tramitan y resuelven:
También conocen de los recursos contra las resoluciones de los registradores del Registro Mercantil, así como de los recursos contras las decisiones de dichos registradores con respecto a los procedimientos administrativos de disolución y liquidación de sociedades mercantiles.
En el marco de los procedimientos civiles de ejecución, ejercen las competencias contempladas en el Código de Procedimiento Civil, con exclusión de los procedimientos que sean competencia del tribunal de la propiedad intelectual, el tribunal de la competencia, la regulación y la supervisión, el tribunal de lo marítimo, las secciones de familia y menores, las secciones de lo social y las secciones de lo mercantil, así como la ejecución de sentencias penales sobre aspectos civiles que, con arreglo a la normativa procesal penal, no deban sustanciarse en un proceso civil.
Conoce de las cuestiones relativas a:
Conoce, además de otros asuntos, de las cuestiones relativas al recurso, revisión y ejecución de decisiones, resoluciones y otras medidas jurídicamente impugnables en el contexto de procedimientos de infracción ante una serie de organismos reguladores, como la Autoridad de la Competencia (Autoridade da Concorrência), la Autoridad Nacional de la Aviación Civil (Autoridade Nacional da Aviação Civil), el Banco de Portugal y la Comisión del Mercado de Valores Mobiliarios (Comissão do Mercado de Valores Mobiliários).
Conoce de las cuestiones relativas a:
Controla y supervisa la ejecución y resuelve sobre la modificación, sustitución y extinción de la pena o medida privativa de libertad impuesta por sentencia tras su sustanciación en juicio. En concreto, le compete:
Lleva a cabo la instrucción penal, decide sobre el sobreseimiento y ejerce las funciones judiciales de investigación cuando la actividad delictiva tiene lugar en demarcaciones de diferentes tribunales de segunda instancia (tribunais da relação) y versa sobre los siguientes delitos:
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Esta página ofrece información sobre los órganos jurisdiccionales especializados de Rumanía.
El Tribunal de Menores y de Familia, que tiene su sede en Brașov, conoce de los asuntos relativos a infracciones penales cometidas por menores o contra menores. Antes de la creación de este tribunal especializado, esas infracciones eran competencia del Tribunal de Braşov.
Hay tres tribunales especializados (antiguos tribunales mercantiles):
Estos órganos conocen de los asuntos relacionados con empresarios. Se considera empresarios a todos aquellos que explotan una empresa.
Las competencias de los órganos jurisdiccionales militares se contemplan en la Ley de Procedimiento Penal. Los órganos jurisdiccionales militares tienen el estatuto de unidades militares.
Su orden jerárquico es el siguiente:
En los órganos jurisdiccionales militares ejercen su actividad jueces militares, funcionarios, archiveros y otros empleados.
Hay cuatro tribunales militares en Rumanía:
Como órgano jurisdiccional de primera instancia, el tribunal militar puede conocer de todos los delitos cometidos por el personal militar hasta el grado de coronel, así como otros asuntos específicos previstos por la ley.
Tribunal Militar de Apelación de Bucarest
El Tribunal Militar de Apelación conoce de lo siguiente:
No existen tribunales de lo contencioso-administrativo en Rumanía. Los asuntos de esta naturaleza son competencia de las salas especializadas de lo contencioso-administrativo de los órganos jurisdiccionales.
El Tribunal Constitucional está formado por nueve magistrados designados por un período improrrogable de nueve años. Tres de ellos son nombrados por la Cámara de Diputados, tres por el Senado y tres por el Presidente de Rumanía. Los magistrados del Tribunal Constitucional eligen a su presidente mediante votación secreta por un período de tres años. El Tribunal Constitucional debe sustituir a una tercera parte de sus miembros cada tres años.
De conformidad con el artículo 146 de la Constitución de Rumanía, el Tribunal Constitucional tiene las atribuciones siguientes:
Están disponibles en línea las bases de datos jurídicas siguientes:
Sí, el acceso a la base de datos es gratuito.
El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.
Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales especializados en Eslovenia.
Con arreglo a la ley, los tribunales de trabajo tienen competencia en primera instancia en los conflictos laborales individuales y colectivos, mientras que el Tribunal de lo Social tiene competencia en los conflictos de carácter social.
Los tribunales de trabajo y el Tribunal de lo Social de primera instancia deciden en primera instancia. El Tribunal Superior de Trabajo y de lo Social (Višje delovno in socialno sodišče) resuelve los recursos contra las decisiones de los tribunales de trabajo y del Tribunal de lo Social de primera instancia, mientras que el Tribunal Supremo de la República de Eslovenia conoce de los recursos contra las resoluciones del Tribunal Superior de Trabajo y de lo Social y de sus revisiones.
Los tribunales de trabajo tienen competencia en los siguientes conflictos laborales individuales:
Son competentes además para decidir si una compañía de seguros es parte codemandada en los procesos de indemnización por daños y perjuicios para cuya resolución tengan competencia.
Los tribunales de trabajo tienen competencia en los siguientes conflictos laborales colectivos:
El Tribunal de lo Social es competente en los conflictos de carácter social siguientes:
1. Regímenes de pensiones de jubilación y de invalidez:
2. Seguro de enfermedad:
3. Seguro de desempleo y contratación:
4. Protección parental y prestaciones familiares:
5. Prestaciones sociales:
El Tribunal de lo Social es competente además en los ámbitos señalados anteriormente para resolver los siguientes conflictos sociales:
El Tribunal de lo Social es competente igualmente en los restantes conflictos de carácter social que disponga la ley.
Los órganos de primera instancia son los siguientes:
Todos ellos actúan en su sede correspondiente, a menos que se disponga que deban hacerlo en dependencia externas.
Los tribunales de primera instancia de trabajo y de lo social ejercen en salas formadas por un juez de carrera, como presidente, y dos jueces legos, uno de ellos elegido a partir de una lista de candidatos compuesta por trabajadores o asegurados, y el otro a partir de una lista de candidatos compuesta por empresarios o instituciones.
Un juez, ejerciendo como órgano unipersonal, decide en los conflictos laborales individuales y en los de carácter social relativos a las demandas patrimoniales cuya cuantía no sea superior a 40 000 EUR. Determinados asuntos importantes deben ser resueltos por un juez que ejerza como órgano unipersonal, con independencia de la cuantía del litigio, por ejemplo: los conflictos laborales individuales relativos a la suspensión del contrato de trabajo, el período de prueba, las horas extraordinarias, las pausas, las vacaciones, licencias y otras ausencias del trabajo, la obligación de realizar un trabajo debido a circunstancias excepcionales, las sanciones disciplinarias, la suspensión temporal de empleo por la apertura de un expediente disciplinario y los traslados temporales; asimismo, en los conflictos sociales relativos al derecho a un subsidio por asistencia, el derecho a un subsidio de invalidez y el derecho a curas termales.
El Tribunal Superior de Trabajo y de lo Social resuelve los recursos interpuestos contra las resoluciones dictadas por los tribunales de trabajo y el Tribunal de lo Social de primera instancia. El Tribunal Supremo de la República de Eslovenia (Vrhovno sodišče Republike Slovenije) conoce de los recursos interpuestos contra las resoluciones dictadas por el Tribunal Superior de Trabajo y de lo Social y de sus revisiones.
El Tribunal Superior de Trabajo y de lo Social tiene su sede en Liubliana.
Actúa en salas formadas por tres magistrados.
El Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de la República de Eslovenia es competente en los asuntos contencioso-administrativos, de conformidad con los métodos y procedimientos establecidos en la Ley de lo Contencioso-Administrativo.
En un litigio administrativo, se garantiza la protección de los derechos e intereses de las personas físicas y jurídicas en cumplimiento de las decisiones y acciones de la Administración central, de los entes locales y de los titulares de autorizaciones públicas, de conformidad con la Ley.
En un litigio administrativo, el tribunal debe:
En los litigios administrativos, el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de la República de Eslovenia debe resolver en primera instancia. Contra sus resoluciones cabe recurso ante el Tribunal Supremo de la República de Eslovenia, que se ocupa asimismo de los recursos de revisión de dichas resoluciones.
El Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de la República de Eslovenia tiene su sede en Liubliana.
Actúa en su sede central y en las siguientes secciones:
El Tribunal de lo Contencioso-Administrativo ejerce en salas formadas por tres magistrados, excepto en algunos casos contemplados por la ley, que son resueltos por un único juez.
El Tribunal de lo Contencioso-Administrativo ejerce como órgano unipersonal en la suspensión del procedimiento; conoce de los recursos y revisiones en una sala formada por tres magistrados; en los conflictos de competencia entre el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo y el Tribunal Supremo, la sala está formada por cinco magistrados.
Encontrará más información sobre los tribunales de Eslovenia en el sitio web oficial del Tribunal Supremo de la República de Eslovenia.
Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de la República de Eslovenia
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Esta sección contiene información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales especializados en Eslovaquia.
Los asuntos contencioso-administrativos son, esencialmente, competencia de los tribunales regionales (krajských súd) y del Tribunal Supremo de la República Eslovaca (Najvyšší súd Slovenskej republiky).
La República Eslovaca no tiene juzgados de lo contencioso-administrativo, sino salas de lo contencioso-administrativo independientes.
El Tribunal Constitucional de la República Eslovaca (Ústavný súd Slovenskej republiky) es un órgano jurisdiccional independiente competente para resolver acerca de la constitucionalidad de las disposiciones legales.
El Tribunal Constitucional tiene su sede en Košice (Hlavná 110, Košice 042 65), aunque dispone de oficinas en Bratislava (Župné námestie 12).
Conforme a lo dispuesto en la Constitución de la República Eslovaca, el Tribunal Constitucional resuelve sobre:
Además, el Tribunal Constitucional:
El Tribunal Constitucional se compone de 13 jueces.
Los jueces del Tribunal Constitucional son nombrados por el presidente de la República Eslovaca, a propuesta del Consejo Nacional de la República Eslovaca, por un periodo de doce años. El Consejo Nacional de la República Eslovaca propone el doble de candidatos que de jueces han de ser designados por el presidente de la República Eslovaca.
El Tribunal Constitucional decide en salas de tres miembros o en el Pleno.
Las resoluciones del Tribunal Constitucional son definitivas: no existe contra ellas vía de recurso alguna.
El Tribunal Constitucional puede incoar un procedimiento cuando recibe una moción presentada por:
El sitio web del Tribunal Constitucional de la República Eslovaca permite acceder gratuitamente a:
El Tribunal penal especial (Špecializovaný trestný súd) se creó en 2009, en sustitución del Tribunal Especial. El Tribunal penal especial conoce de los asuntos penales y otros asuntos definidos en el Código de Procedimiento Penal. Es un tribunal de primera instancia con el rango de tribunal regional. El ámbito de aplicación del Tribunal penal especial se determina en el artículo §14 de la Ley 301/2005, de Enjuiciamiento Criminal.
Información de contacto del Tribunal penal especial de la República Eslovaca:
Dirección: Suvorovova č. 5/A, P.O.BOX 117, 902 01 Pezinok Teléfono: +421 33 69 031 14 Fax: +421 33 69 032 72El Tribunal penal especial es competente para conocer de los delitos siguientes:
El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.
Esta sección ofrece información sobre la organización de los órganos jurisdiccionales especializados en Finlandia.
En Finlandia existen varios órganos jurisdiccionales especializados, cuyas competencias están definidas en las respectivas leyes que los constituyeron. Los órganos jurisdiccionales especializados se crearon para conocer de determinados tipos de asuntos de los que no podían conocer los órganos jurisdiccionales generales ni los administrativos, dada la necesidad de poseer determinados conocimientos específicos. Son los siguientes:
El Tribunal de Trabajo (Työtuomioistuin) examina y dirime los litigios derivados de la interpretación de la Ley de contratos de trabajo, la Ley de contratos de los funcionarios civiles, la Ley de contratos de los funcionarios municipales y la ley que regula la contratación de los funcionarios al servicio de la Iglesia Evangélica Luterana. Se ocupa también de los conflictos relacionados con los contratos de los funcionarios y los convenios colectivos de los trabajadores.
El Tribunal de Competencia (Markkinaoikeus) es un órgano jurisdiccional especializado en materia de competencia y su protección, de propiedad intelectual y en Derecho mercantil.
El Tribunal de Seguros (Vakuutusoikeus) es un órgano jurisdiccional especializado en cuestiones de seguridad social. Conoce de los asuntos en los que una persona tiene derecho a una pensión contributiva, una pensión nacional, una prestación por desempleo o una indemnización por un accidente laboral, una enfermedad profesional, lesiones derivadas de un delito o una incapacidad o accidente derivada del servicio militar.
El Tribunal Superior competente en materia de acusación contra altos cargos del Gobierno y de la Administración (Valtakunnanoikeus) examina las causas que impliquen imputaciones de ejercicio improcedente de sus funciones por parte de los ministros, magistrados del Tribunal Supremo y del Tribunal Supremo de lo contencioso-administrativo y determinados altos funcionarios de la Administración. Este Tribunal se convoca únicamente en caso necesario.
El sitio web del sistema judicial finlandés contiene información sobre el sistema judicial del país. Se trata de un portal único que facilita información sobre los tribunales, los fiscales, las autoridades con facultades coercitivas y los servicios de asistencia jurídica gratuita.
Contiene, por ejemplo, la jurisprudencia más reciente de los tribunales de apelación y de los tribunales administrativos, así como enlaces a los sitios web de todos ellos.
El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.
Esta sección ofrece información sobre la organización de los juzgados y tribunales especializados en Suecia.
Existen varios órganos jurisdiccionales especializados que conocen de los litigios en una serie de ámbitos concretos.
Los tribunales inmobiliarios y medioambientales (mark- och miljödomstolar) resuelven las peticiones de permisos para operaciones que puedan dañar el medio ambiente, incluido el acuático, y conocen de los asuntos relativos a la protección de la salud, la conservación de la naturaleza, la recogida de desechos, las zonas contaminadas y los residuos peligrosos, las indemnizaciones por daños y perjuicios relacionadas con el medio ambiente, las solicitudes de permisos inmobiliarios, de edificación y de demolición con arreglo a la Ley de Planificación y Edificación, los derechos de arrendamiento de terrenos y los recursos sobre cuestiones de planificación, ordenación territorial, servidumbres de uso público y expropiación. Los cinco tribunales inmobiliarios y medioambientales son órganos jurisdiccionales especializados de los tribunales de distrito de Nacka, Vänersborg, Växjö, Umeå y Östersund. Las resoluciones y sentencias de los tribunales inmobiliarios y medioambientales se pueden recurrir ante el Tribunal de Apelación Inmobiliario y Medioambiental, que forma parte del Tribunal de Apelación de Svea. Cabe recurrir ante el Tribunal Supremo las resoluciones del Tribunal de Apelación Inmobiliario y Medioambiental en relación con asuntos dirimidos en primera instancia por alguno de los tribunales inmobiliarios y medioambientales
Los tribunales marítimos (sjörättsdomstolar) conocen de los asuntos regulados por el Código Marítimo sueco (1994:1009). Hay siete tribunales marítimos adscritos a los tribunales de distrito de Luleå, Sundsvall, Estocolmo, Kalmar, Malmö, Gotemburgo y Karlstad.
Los tribunales de extranjería (migrationsdomstolar) revisan las decisiones adoptadas por el Departamento de Inmigración y Refugiados (Migrationsverket) en materia de extranjería y ciudadanía. Estos tribunales son órganos jurisdiccionales especializados que forman parte de los tribunales de lo contencioso-administrativo de Malmö, Gotemburgo y Estocolmo. Cabe recurrir sus resoluciones y sentencias ante el Tribunal de Apelación de Extranjería, que forma parte a su vez del tribunal de lo contencioso-administrativo de Estocolmo.
Algunos tipos de litigios sobre arrendamientos, derechos de habitación y alquileres son sometidos a las comisiones regionales de arrendamientos y alquileres (regionala hyres- och arrendenämnder). Son instancias con competencias similares a las de los órganos jurisdiccionales.
En Suecia no existe un Tribunal Constitucional u otro órgano jurisdiccional de ese tipo.
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Esta sección ofrece información sobre algunos órganos jurisdiccionales especializados en Inglaterra y Gales, incluidos varios órganos cuasi judiciales (tribunals).
La Ley judicial y de ejecución (Tribunals Courts and Enforcement Act 2007) creó una única estructura unificada para la mayoría de los tribunals, dividida en el First-tier Tribunal (tribunal de primer nivel) y el Upper Tribunal (tribunal de nivel superior). El First-tier Tribunal y el Upper Tribunal se componen de salas diferenciadas que abarcan materias distintas de órdenes jurisdiccionales similares. Puede consultarse información detallada sobre los tribunals en el sitio web del Servicio de la Judicatura de Su Majestad (Her Majesty’s Courts and Tribunals Service).
El First-tier Tribunal es un tribunal genérico, cuya función principal es conocer de los recursos contra las decisiones gubernamentales en los ámbitos en los que se le ha atribuido competencia al tribunal. En algunos supuestos, tiene competencia en todo el Reino Unido. El First-tier Tribunal se compone actualmente de siete salas:
Upper Tribunal (tribunal de nivel superior)
El Upper Tribunal conoce, principal pero no exclusivamente, de los recursos contra resoluciones del First-tier Tribunal. Se trata de una instancia cuasi judicial susceptible de recurso (court of record) y tiene competencia para conocer de los recursos de revisión judicial en determinadas circunstancias.
El Upper Tribunal se compone de:
Una característica de los tribunals es su conocimiento especializado en el ámbito objeto de los recursos. El sistema de tribunals está concebido de tal forma que los jueces son expertos en la rama del Derecho de su competencia y los miembros del tribunal que no sean juristas poseen, bien titulación profesional adecuada, bien experiencia pertinente y suficiente en el ámbito de que se trate. La composición del tribunal a la hora de conocer de los recursos depende del objeto de este.
El Employment Tribunal y el Employment Appeal Tribunal no forman parte de la estructura unificada de tribunals, pero cuentan con el apoyo del Servicio de la Judicatura de Su Majestad (Her Majesty’s Courts and Tribunals Service). Su función es desempeñar las tareas administrativas necesarias para permitir la tramitación de las demandas ante los Employment Tribunals y de los recursos interpuestos posteriormente ante el Employment Appeal Tribunal.
En Inglaterra y Gales, el Administrative Court (Tribunal administrativo) tiene competencia en materia contencioso-administrativa en Inglaterra y Gales, así como una competencia supervisora sobre los órganos jurisdiccionales y tribunals inferiores.
Órganos jurisdiccionales especializados
En Inglaterra y Gales hay varios tribunales especializados:
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Esta sección ofrece información sobre los órganos jurisdiccionales a los que la Oficina Judicial de Irlanda del Norte (Northern Ireland Courts and Tribunals Service) presta apoyo de carácter administrativo.
El Ministerio de Justicia, a través de la Oficina Judicial (que actúa como agencia ejecutiva del mismo), es responsable de la administración de ciertos órganos jurisdiccionales de Irlanda del Norte.
La Oficina Judicial es oficialmente responsable de los siguientes órganos jurisdiccionales:
En abril de 2010, la Oficina Judicial asumió la gestión administrativa del Servicio de recursos (Appeals Service) y del Comité de evaluación de alquileres (Rent Assessment Panel), dos entidades que gestiona de conformidad con un acuerdo de nivel de servicio. En el programa de reforma de la planta judicial está previsto que ambas queden adscritas a la Oficina Judicial.
La Oficina Judicial también brinda asistencia administrativa, con arreglo a un acuerdo de nivel de servicio, a todos los órganos jurisdiccionales que tienen su sede en Irlanda del Norte pero son competentes en todo el territorio del Reino Unido, en particular: la Sala de lo Fiscal (Tax Chamber), la Sala de Inmigración y Asilo (Immigration and Asylum Chamber) y la Sección de derecho a la información de la Sala de Regulación General del Tribunal de Primera Instancia (Information Rights jurisdiction within the General Regulatory Chamber of the First-tier Tribunal), así como la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior (Administrative Appeals Chamber of the Upper Tribunal).
Se puede encontrar más información sobre el trabajo de los órganos jurisdiccionales gestionados por la Oficina Judicial, incluidos los datos de contacto de cada uno de ellos, en la página web del Oficina Judicial de Irlanda del Norte.
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Esta sección describe algunos de los órganos jurisdiccionales especializados de Escocia.
La Ley judicial y de ejecución (Tribunals and Courts Enforcement Act 2007) creó una estructura única unificada para la mayoría de los tribunals (órganos cuasi judiciales) adscritos al Gobierno del Reino Unido, dividida en el First-tier Tribunal (tribunal de primer nivel) y el Upper Tribunal (tribunal especial de nivel superior). El First-tier Tribunal y el Upper Tribunal se componen de salas diferenciadas que abarcan materias distintas de órdenes jurisdiccionales similares. Puede consultarse información detallada sobre los tribunals en el sitio web del Servicio de la Judicatura de Su Majestad (Her Majesty’s Courts and Tribunals Service).
La Ley de los tribunals de Escocia de 2014 crea un First-tier Tribunal y un Upper Tribunal para Escocia. El 1 de diciembre de 2016, comenzaron a transferirse a la nueva estructura los primeros tribunals.
El artículo 39 de la Ley de Escocia (Scotland Act 2016) permite la descentralización en favor de Escocia de las competencias de administración y funcionamiento de una serie de tribunals.
El First-tier Tribunal del Reino Unido es un tribunal genérico cuya función principal es conocer de los recursos contra las decisiones gubernamentales en los ámbitos en los que se le ha atribuido competencia al tribunal. En algunos supuestos, tiene competencia en todo el Reino Unido, Escocia inclusive. El First-tier Tribunal se compone actualmente de siete salas:
El Upper Tribunal del Reino Unido conoce, principal pero no exclusivamente, de los recursos contra resoluciones del First-tier Tribunal del Reino Unido. Se trata de una instancia cuasi judicial susceptible de recurso (court of record) y tiene competencia para conocer de los recursos de revisión judicial en determinadas circunstancias.
El UK Upper Tribunal se compone de:
Una característica de los tribunals es su conocimiento especializado en el ámbito objeto de los recursos. El sistema de tribunals está concebido de tal forma que los jueces son expertos en la rama del Derecho de su competencia y los miembros del tribunal que no sean juristas poseen, bien titulación profesional adecuada, bien experiencia pertinente y suficiente en el ámbito de que se trate. La composición del tribunal a la hora de conocer de los recursos depende del objeto de este.
El Employment Tribunal y el Employment Appeal Tribunal no forman parte de la estructura unificada de tribunals, pero cuentan con el apoyo del Servicio de la Judicatura de Su Majestad (Her Majesty’s Courts and Tribunals Service). Su función es desempeñar las tareas administrativas necesarias para permitir la tramitación de las demandas ante el Employment Tribunal y de los recursos interpuestos posteriormente ante el Employment Appeal Tribunal. Existe un Employment Appeal Tribunal propio de Escocia.
En Escocia existen varios tribunals. La mayoría de los tribunals los dirige un presidente, y cada uno de ellos tiene diferentes poderes de ejecución. Las competencias van desde los recursos contra multas de aparcamiento hasta el tratamiento e internamiento obligatorios de pacientes con enfermedades mentales graves.
Los recursos contra las resoluciones de los tribunals escoceses son resueltos por la jurisdicción civil de Escocia y pueden ser examinados por el sheriff court (primera instancia judicial de escocia en materia civil y penal) y el Court of Session (máxima autoridad judicial civil de Escocia).
La Ley de tribunales especiales de Escocia (Scotland’s Tribunals Act 2014) ha establecido una estructura de tribunals simplificada, basada en dos instancias. El magistrado de mayor rango de Escocia, el Lord President, ha asumido la dirección de las nuevas estructuras, de forma similar al modelo británico anteriormente descrito. El Lord President ha delegado una serie de funciones en Lady Smith, que ha sido nombrada presidenta de los tribunals escoceses (President of the Scottish Tribunals). El Upper Tribunal asumirá la competencia para conocer de la mayoría de los recursos interpuestos contra las resoluciones del First-tier Tribunal, que hasta ahora habían sido competencia de otros órganos jurisdiccionales. La administración del First-tier Tribunal y del Upper Tribunal corresponde al Servicio Escocés de la Judicatura (Scottish Courts and Tribunals Service). Los tribunals se transferirán al sistema de tribunals escoceses por fases; la primera transferencia comenzó en diciembre de 2016.
En general, el procedimiento de los tribunals del Reino Unido y de Escocia suele ser menos formal que en los órganos jurisdiccionales ordinarios. Pueden ser miembros de un tribunal especialistas o expertos que no sean juristas, como médicos y otros legos, si bien el presidente suele tener, por norma general, formación jurídica.
Las cuestiones de Derecho administrativo (control judicial) en Escocia son competencia del Court of Session. Se puede encontrar más información sobre los tribunals escoceses en el sitio web del Servicio Escocés de la Judicatura (Scottish Courts and Tribunals Service).
En Escocia, cuando un asunto (civil o penal) plantea un problema de constitucionalidad derivado de los acuerdos de descentralización del Reino Unido (por ejemplo, cuestiones relativas a los derechos humanos), el Tribunal Supremo del Reino Unido puede resolver el asunto.
El Juzgado de lesiones (Sheriff Personal Injury Court)
Este órgano jurisdiccional se creó el 22 de septiembre de 2015 para servir como centro nacional especializado en asuntos de lesiones cuya cuantía demanda sea superior a 5 000 GBP. Las partes tienen también la opción de presentar la acción por lesiones, por la cuantía que sea, ante el sheriff court con competencia local. Existe una regulación especial para el caso de lesiones en el lugar de trabajo: las demandas cuya cuantía sea superior a 1 000 GBP pueden presentarse directamente en el Juzgado de lesiones; las demandas cuya cuantía sea igual o inferior a 1 000 GBP pueden ser remitidas a dicho Juzgado si el sheriff court considera que son lo suficientemente difíciles o importantes. Desde el 22 de septiembre de 2015, el Court of Session ya no conoce de las acciones por lesiones cuya cuantía sea inferior a 100 000 GBP.
Otros órganos jurisdiccionales:
Servicio de la Judicatura de Su Majestad
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