Cómo llevar un asunto al tribunal

Chequia
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European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Debo acudir a un tribunal o existe otra alternativa?

Todo el mundo tiene el derecho a presentar una demanda ante un órgano jurisdiccional para la protección de un derecho que haya sido objeto de infracción o amenaza. Se recomienda siempre intentar resolver en primer lugar el litigio de forma amistosa. También se pueden emplear métodos de resolución de litigios alternativos. En determinados ámbitos del Derecho civil, el Estado permite que las partes de la relación jurídica en cuestión remitan un litigio judicial a otro órgano privado. En la República Checa se recurre al arbitraje, que está regulado en la Ley n.º 216/1994 sobre los procedimientos de arbitraje y la ejecución de laudos arbitrales, modificada. Los procedimientos de arbitraje tienen como resultado un laudo arbitral que es vinculante para las dos partes del litigio y que corresponde a una resolución ejecutoria. La mediación en los asuntos no penales se regula en la Ley n.º 202/2012 sobre la mediación y por la que se modifican determinadas leyes (Ley de mediación). Para obtener más información, véase «Resolución alternativa de litigios – República Checa».

Incluso después de presentar una demanda ante un órgano jurisdiccional, es posible, en función de la naturaleza del asunto, proponer que el órgano jurisdiccional deba procurar un acuerdo amistoso (véanse los artículos 67 a 69 y el artículo 99 de la Ley n.º 99/1963 de Enjuiciamiento Civil, modificada). Un acuerdo judicial aprobado tiene el mismo efecto que una sentencia firme. Constituye asimismo un título de ejecución de una resolución judicial. Los acuerdos judiciales aprobados representan un obstáculo para un asunto resuelto.

2 ¿Existe un plazo para emprender una acción judicial?

Los plazos varían en función de cada caso, por lo que es preferible solicitar asesoramiento jurídico cuanto antes. La demanda debe interponerse ante el órgano jurisdiccional competente antes de que expire el plazo de prescripción (la demanda se debe presentar ante el órgano jurisdiccional dentro del plazo de prescripción).

En el caso de la prescripción por extinción del plazo legal, la obligación del deudor no se extingue, pero se debilita. Esto significa que no puede ser objeto de indemnización si el deudor alega el plazo de prescripción. El plazo de prescripción se regula en general en los artículos 609 a 653 de la Ley n.º 89/2012 del Código Civil. El plazo de prescripción general es de tres años a partir de la fecha en que se puede ejercer el derecho por primera vez. La duración de los plazos de prescripción especial depende de la naturaleza del derecho ejercido.

3 ¿Debo dirigirme a un tribunal de este Estado miembro?

Véase «Jurisdicción – República Checa».

4 En caso de que así sea, ¿a qué tribunal de este Estado miembro debo dirigirme en función de mi domicilio y del de la otra parte o de otros elementos de mi demanda?

La competencia de los órganos jurisdiccionales se determina por las normas de la competencia territorial, objetiva y funcional.

La competencia territorial define el ámbito de competencia de los órganos jurisdiccionales del mismo tipo. Determina qué órgano jurisdiccional de primera instancia debe conocer y resolver un asunto específico. Las normas básicas de la competencia territorial se establecen en los artículos 84 a 89a de la Ley n.º 99/1963 de Enjuiciamiento Civil, modificada. No obstante, debe tenerse en cuenta que en determinados casos la competencia territorial puede estar regulada por el Derecho de la Unión directamente aplicable, que tiene prioridad sobre la legislación nacional (véanse determinadas disposiciones del Reglamento n.º 44/2001 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, que no solo regula la competencia internacional sino también la territorial), lo que implica que las normas de la competencia territorial con arreglo al Derecho checo no se aplican siempre.

El qué órgano jurisdiccional con competencia territorial es el qué órgano jurisdiccional ordinario de la parte contra quien se interpone la demanda (demandado), a menos que la ley disponga lo contrario. El órgano jurisdiccional ordinario es siempre un tribunal de distrito. Cuando un tribunal regional sea competente en primera instancia (véase la pregunta 2.1), el tribunal regional en cuyo distrito está situado el órgano jurisdiccional ordinario (tribunal de distrito) de la parte demandada tiene competencia territorial. Cuando se interponga una demanda contra varios demandados, tendrá competencia territorial el órgano jurisdiccional ordinario de cualquiera de ellos.

  • El órgano jurisdiccional ordinario de una persona física es el tribunal de distrito del lugar en el que tenga su residencia, y si no la tiene, el tribunal del distrito donde se encuentre. Por residencia se entiende el lugar en el que vive una persona con la intención de permanecer en él de forma permanente (es posible que existan varios de esos lugares, en cuyo caso todos esos tribunales serán el órgano jurisdiccional ordinario).
  • El órgano jurisdiccional ordinario de una persona física en un asunto mercantil será, para los asuntos derivados de actividades comerciales, el tribunal del distrito donde se encuentre su centro de actividad (la dirección inscrita en el registro público); en caso de que no tenga un centro de actividad, el tribunal de distrito del lugar en el que tenga su residencia, y si tampoco tiene, el tribunal de distrito del lugar de estancia.
  • El criterio para determinar el órgano jurisdiccional ordinario de una persona jurídica es su domicilio social (véanse los artículos 136 a 137 de la Ley n.º 89/2012 del Código Civil).
  • El órgano jurisdiccional ordinario de un administrador concursal durante el desempeño de su cargo es el tribunal de distrito del lugar de su domicilio social.
  • Se aplican normas especiales al órgano jurisdiccional ordinario del Estado (tribunal en cuyo distrito tenga el domicilio social la unidad organizativa del Estado competente con arreglo a un reglamento jurídico especial y, si el tribunal con competencia territorial no se puede determinar de esta forma, el tribunal en cuyo distrito se produzcan las circunstancias que dan lugar al derecho objeto de la demanda), de un de un municipio (el tribunal en cuyo distrito está situado el municipio) y de una unidad autónoma territorial superior (el tribunal en cuyo distrito tengan su domicilio social sus órganos administrativos).

Si el demandado es un ciudadano de la República Checa que no tiene órgano jurisdiccional ordinario, o no lo tiene en la República Checa, será competente el tribunal en cuyo distrito tenga su última residencia conocida en la República Checa. Los derechos patrimoniales contra una persona que no tenga otro órgano jurisdiccional competente en la República Checa se pueden ejercer ante el tribunal en cuyo distrito se encuentren sus bienes.

También se puede interponer una demanda (moción para iniciar un procedimiento) contra una persona extranjera ante el tribunal en cuyo distrito esté situada su empresa o una unidad organizativa de su empresa en la República Checa.

La competencia objetiva define el alcance de la competencia entre cada tipo de órgano jurisdiccional, determinando qué órgano jurisdiccional conocerá del asunto en primera instancia. En los procedimientos judiciales civiles, la competencia objetiva de los órganos jurisdiccionales establece que los tribunales de distrito son competentes en los procedimientos de primera instancia, a menos que la ley establezca expresamente que la competencia objetiva la tienen los tribunales regionales o el Tribunal Supremo de la República Checa.

La competencia funcional define el alcance de la competencia de órganos jurisdiccionales de diferentes tipos que conocen de los mismos asuntos sucesivamente en situaciones que implican interponer recursos ordinarios y extraordinarios (en otras palabras, define qué órgano jurisdiccional resolverá sobre los recursos ordinarios y extraordinarios).

5 ¿A qué tribunal debo dirigirme en este Estado miembro en función de la naturaleza de mi demanda y del importe del litigio?

Como ya se ha señalado anteriormente (véase la respuesta a la pregunta 4), la competencia objetiva de los tribunales en los procedimientos civiles en primera instancia corresponde a los tribunales de distrito.

Se han establecido excepciones a este principio en favor de los tribunales regionales, que conocen y resuelven los asuntos enumerados en las disposiciones del artículo 9, apartado 2 de la Ley n.º 99/1963 de Enjuiciamiento Civil, modificada. Se trata, principalmente, de las resoluciones en asuntos que, debido a su naturaleza, requieren un determinado nivel de especialización y en asuntos que son más complejos desde el punto de vista jurídico y práctico. Los tribunales regionales resuelven como tribunales de primera instancia en los asuntos siguientes:

  1. en los litigios entre el empleador y el empleado en relación con los acuerdos mutuos de sobrepago de prestaciones de seguros de pensión, seguros de enfermedad, ayuda social estatal y asistencia material, así como en los litigios relativos a los acuerdos mutuos de indemnización retrospectiva pagada como resultado del derecho a una prestación de seguro de enfermedad;
  2. en los litigios relativos a huelgas o cierres patronales ilícitos;
  3. en los litigios relativos a un Estado extranjero o a personas que disfruten de inmunidad y privilegios diplomáticos cuando dichos litigios se atribuyan a la competencia de los tribunales checos;
  4. en los litigios relativos a la anulación de laudos arbitrales sobre la ejecución de obligaciones derivadas de un convenio colectivo;
  5. en los litigios relativos a las relaciones jurídicas en la constitución de sociedades mercantiles, generalmente sociedades beneficiarias, dotaciones y fondos de dotación, y en los litigios entre corporaciones empresariales y sus socios o miembros, así como en los litigios mutuos entre los socios y los miembros derivados de su participación en la corporación empresarial;
  6. en los litigios entre corporaciones empresariales, sus socios o miembros y los miembros de sus órganos oficiales o síndicos, respecto a las relaciones en el ejercicio del cargo de miembros de los órganos oficiales o de la liquidación;
  7. en los litigios derivados de la legislación sobre derechos de autor;
  8. en los litigios relativos a la protección de derechos objeto de infracción o presunta infracción por competencia desleal o restricciones ilícitas sobre la competencia;
  9. en los litigios relativos a la protección del nombre y la reputación de personas jurídicas;
  10. en los litigios relativos a garantías financieras y letras de cambio, pagarés e instrumentos de inversión;
  11. en los litigios derivados del comercio de productos básicos;
  12. en los litigios relativos a las juntas generales de comunidades de propietarios y los litigios derivados de estas, a excepción de los litigios relativos a las aportaciones de los miembros de la comunidad para la gestión de la vivienda y los terrenos, los litigios relativos a anticipos por servicios y el método de reparto del coste de los servicios;
  13. en los litigios relativos a la transformación de empresas y cooperativas, incluido cualquier procedimiento de indemnización, de conformidad con las leyes especiales;
  14. en los litigios relativos a la adquisición de plantas y el alquiler de estas o de parte de ellas;
  15. en los litigios relativos a los contratos de obras que sean contratos públicos que superen los límites establecidos, incluidos los suministros necesarios para la ejecución de tales contratos;
  16. en los litigios relativos a la responsabilidad legal, en caso de incumplimiento del deber de diligencia;
  17. en los litigios derivados de las normas reguladoras de las agrupaciones empresariales;
  18. en los litigios relativos a la garantía de los créditos de los acreedores en caso de reducción del capital social de una sociedad o de la inversión básica de los miembros de una cooperativa.

El Tribunal Supremo de la República Checa es competente en primera y única instancia en los procedimientos para el reconocimiento de resoluciones extranjeras sobre asuntos matrimoniales [no se aplicará al reconocimiento de las resoluciones de otros Estados miembros de la UE cuando sea de aplicación Reglamento (CE) n.º 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1347/2000] y en los litigios para determinar y denegar el parentesco de conformidad con los artículos 51 y 55, apartado 1, de la Ley n.º 91/2012 sobre el Derecho privado internacional.

6 ¿Puedo acudir por mi cuenta a un tribunal o debo pasar por un intermediario como, por ejemplo, un abogado?

No existe en los procedimientos civiles checos ninguna obligación general de estar representado por un abogado.

Capacidad para demandar y ser demandado

Todas las personas pueden actuar de forma independiente ante el órgano jurisdiccional como parte en los procedimientos judiciales dentro de los límites de su capacidad jurídica (artículo 20, apartado 1 de la Ley n.º 99/1963 de Enjuiciamiento Civil, modificada). Una persona física adquiere la capacidad jurídica plena al cumplir la mayoría de edad. La mayoría de edad está establecida en dieciocho años. Antes de alcanzar esa edad, la mayoría de edad se puede lograr mediante la admisión de una demanda de reconocimiento de capacidad jurídica (artículo 37 de la Ley n.º 89/2012 del Código Civil) o mediante la celebración del matrimonio. En caso de que una parte en un procedimiento no tenga capacidad jurídica plena, podrá estar representada en el mismo. Una persona mayor de edad que tenga restringida la capacidad jurídica puede carecer también de la capacidad para demandar y ser demandada.

La representación puede derivarse de la legislación, de una resolución de un órgano estatal (representación legal) o de un poder notarial. Cualquier persona que asista a un procedimiento como representante de una parte deberá demostrar la autenticidad de dicha representación.

Una persona física que no pueda actuar de forma independiente ante el órgano jurisdiccional deberá estar representada por su tutor legal o por un curador (artículos 22 y 23 y artículo 29 de la Ley n.º 99/1963 de Enjuiciamiento Civil, modificada).

Las partes en los procedimientos (con capacidad jurídica) podrán también estar representadas por la persona que elijan ´mediante un poder (artículos 24 a 28a de la Ley n.º 99/1963, de Enjuiciamiento Civil, con sus modificaciones).

7 Para incoar el asunto, ¿a quién debo dirigirme concretamente?: ¿a la recepción o a la secretaría del tribunal, o bien a cualquier otra administración?

La demanda se interpone ante el órgano jurisdiccional que tiene la competencia objetiva, territorial y funcional. Las direcciones de los tribunales checos se pueden encontrar en el sitio web del Ministerio de Justicia checo.

8 ¿En qué lengua debo formular mi solicitud? ¿Puedo hacerlo oralmente o debe ser necesariamente por escrito? ¿Puedo hacerlo por fax o por correo electrónico?

Todas las partes tienen el mismo estatus en los procedimientos civiles y tienen derecho a una vista judicial en su lengua materna (artículo 18 de la Ley n.º 99/1963 de Enjuiciamiento Civil, modificada). El derecho a una vista judicial se restringe al procedimiento oral y no es aplicable a la comunicación escrita entre el órgano jurisdiccional y las partes (y viceversa). La demanda debe interponerse, por lo tanto, en checo.

La demanda se puede presentar por escrito (artículo 42 de la Ley n.º 99/1963 de Enjuiciamiento Civil, modificada). Las demandas escritas se presentan en papel o en formato electrónico a través de una red pública de datos o por fax. El escrito de demanda que se remita por fax o en formato electrónico deberá ir seguido, a más tardar tres días más tarde, del envío del texto original. Cuando la presentación se realice en formato electrónico con una firma certificada electrónicamente (de conformidad con la Ley n.º 227/2000 sobre la firma electrónica, modificada) o se trate de una presentación electrónica con arreglo a un reglamento jurídico especial (Ley n.º 300/2008 sobre actos electrónicos y conversión de documentos autorizados) no será necesario remitir posteriormente los documentos originales.

La demanda y la solicitud de una orden de ejecución solo podrán realizarse oralmente y registrarse (artículo 14 de la Ley n.º 292/2013 sobre procedimientos judiciales especiales, modificada) en el caso de los procedimientos que también puedan iniciarse sin demanda o de los procedimientos de autorización de matrimonio, para la protección contra la violencia de género, para determinar o denegar el parentesco y de adopción. Cada tribunal de distrito debe presentar el escrito en el registro y remitirlo inmediatamente al tribunal competente. Este tipo de presentación tiene el mismo efecto que si se realiza ante el tribunal competente.

9 ¿Existen formularios para presentar la demanda? Y en caso de que no los hubiera, ¿cómo debe estar constituido el expediente? ¿Existen elementos que deban incluirse obligatoriamente en el expediente?

No existen formas prescritas para interponer la demanda. La demanda debe contener datos generales (artículo 42, apartado 4, de la Ley n.º 99/1963 de Enjuiciamiento Civil, con sus modificaciones) y datos especiales (artículo 79, apartado 1, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Los datos generales incluyen la designación del órgano jurisdiccional al que se remite la demanda y la designación de la persona que interpone la demanda. También debe figurar en la demanda el asunto al que se refiere y las pretensiones, y debe ir firmada y fechada.

Los datos especiales incluyen el apellido, el nombre y la dirección de las partes, o la fecha de nacimiento o los números de identificación de las partes (el nombre de la sociedad o el nombre y el domicilio social de una persona jurídica, número de identificación, nombre del país y unidad organizativa pertinente del Estado que comparece ante el órgano jurisdiccional en su nombre), así como, en su caso, también sus representantes, una descripción de los hechos principales y una descripción de la prueba en la que se fundamenta el demandante, y debe indicar claramente las pretensiones del demandante.

Si la demanda no contiene los datos necesarios, o si son incomprensibles o no están claros, el órgano jurisdiccional solicitará a la parte que subsane tales defectos dentro un plazo determinado. Si no lo hace y el procedimiento no puede continuar como resultado de ello, el órgano jurisdiccional desestimará la demanda. El órgano jurisdiccional omitirá cualquier otra presentación hasta que se haya corregido o completado debidamente la demanda (artículo 43 de la Ley n.º 99/1963 de Enjuiciamiento Civil, modificada). La demanda debe remitirse en el número de ejemplares exigido para garantizar que un ejemplar lo conserve el órgano jurisdiccional y que cada parte reciba otro, en su caso (artículo 42, apartado 4 de la Ley n.º 99/1963 de Enjuiciamiento Civil, modificada).

10 ¿Se deben pagar tasas al tribunal? En caso afirmativo, ¿cuándo hay que hacerlo? ¿Hay que pagar los honorarios del abogado desde el principio?

Se cobran tasas judiciales en los procedimientos ante los órganos jurisdiccionales de la República Checa para los actos enumerados en las Tasas judiciales por los actos realizados por los órganos jurisdiccionales y los actos de la administración judicial. Los importes de estas tasas se establecen en la Ley n.º 549/1991 sobre tasas judiciales, modificada. Las tasas judiciales se establecen como una cantidad fija, o bien se determinan como un tipo porcentual basado en el valor del objeto del procedimiento judicial.

Algunos asuntos, principalmente los no litigiosos, están exentos del pago de tasas. Los asuntos que están «objetivamente exentos» incluyen cuestiones relativas a la tutela, la adopción, las obligaciones de pensión alimenticia entre padres e hijos, etc. Estos procedimientos están totalmente exentos del pago de tasas.

Los demandantes en los procedimientos para determinar los pagos de pensiones alimenticias y las indemnizaciones por daños a la salud, lesiones laborales, enfermedades laborales, etc. están personalmente exentos del pago de tasas. Si el demandante en un procedimiento está personalmente exento del pago de tasas y el órgano jurisdiccional estima su demanda, el demandado asumirá el pago de las tasas.

También se pueden exenciones individuales en atención a la situación financiera y social de las partes en los procedimientos y las circunstancias específicas del asunto del que se conoce. Si el demandante tiene necesidades materiales como resultado de un paro prolongado, una enfermedad grave, etc., puede solicitar al órgano jurisdiccional la exención total o parcial del pago de las tasas. La solicitud correspondiente se debe adjuntar preferiblemente a la demanda principal. Al resolver sobre la exención del pago de tasas, el órgano jurisdiccional tiene en cuenta el patrimonio general del demandante, las circunstancias económicas y sociales, el importe de las tasas judiciales, la naturaleza de la demanda, etc. No obstante, no debe constituir un ejercicio arbitrario o claramente desesperanzador, ni una obstrucción de derechos. Véase también «Asistencia jurídica – República Checa».

Las tasas deben pagarse al presentar la demanda. Si no se pagan al mismo tiempo que la demanda, el órgano jurisdiccional solicitará a la parte que pague las tasas y le indicará que, si no se pagan en el plazo señalado, el procedimiento se suspenderá.

11 ¿Puedo acceder a la asistencia jurídica gratuita?

Véase «Asistencia jurídica – República Checa».

12 ¿En qué momento mi demanda se considera efectivamente interpuesta? ¿Recibiré una confirmación de que la demanda ha sido admitida a trámite?

Los procedimientos judiciales comienzan en la fecha en la que se presenta la demanda ante el órgano jurisdiccional (artículo 82 de la Ley n.º 99/1963 de Enjuiciamiento Civil, con sus modificaciones) o cuando el órgano jurisdiccional dicta una resolución sobre el inicio del procedimiento sin demanda (artículo 13, apartado 2 de la Ley n.º 292/2013 sobre procedimientos judiciales especiales, modificada). El hecho de presentar la demanda ante el órgano jurisdiccional da inicio el procedimiento y el órgano jurisdiccional no expide ninguna confirmación especial de que el procedimiento ha comenzado. Si se presenta una demanda personalmente ante la secretaría judicial, se puede confirmar solicitando que se selle una copia de la demanda.

Si la demanda tiene defectos (no contiene los datos prescritos, no está clara o es incomprensible), el órgano jurisdiccional solicitará a la parte que los subsane. Si tales defectos no se subsanaran en el plazo indicado por el órgano jurisdiccional y el procedimiento no pudiera continuar por este motivo, el órgano jurisdiccional desestimará la demanda y suspenderá el procedimiento.

13 ¿Tendré información precisa del calendario de tramitación de esta demanda (por ejemplo, el plazo para la comparecencia)?

Tan pronto como se haya iniciado el procedimiento, el órgano jurisdiccional procederá sin más dilaciones para garantizar que se conoce del asunto y se resuelve lo antes posible (artículo 100, apartado 1 de la Ley n.º 99/1963 de Enjuiciamiento Civil, modificada). El órgano jurisdiccional debe notificar la demanda a las otras partes del procedimiento en persona (artículo 79, apartado 3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Durante el procedimiento, el órgano jurisdiccional informará a las partes de sus derechos y obligaciones. Cuando se deba llevar a cabo un acto procesal específico, el órgano jurisdiccional fijará un plazo para su ejecución.

Las partes y sus representantes tienen derecho a consultar el expediente judicial, a excepción del acta de votación, y a preparar extractos y copias de este. El magistrado presidente permitirá a cualquier persona con un interés legítimo o con motivos justificados para ello que consulte el expediente y haga extractos y copias de este, a menos que se trate de un expediente cuyo contenido deba mantenerse confidencial por ley (artículo 44 de la Ley n.º 99/1963 de Enjuiciamiento Civil, modificada).

Última actualización: 27/09/2021

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