Si mi reclamación debe sustanciarse en este país

Sistemas de indemnización disponibles en los países de la UE

El artículo 12 de la Directiva sobre indemnización exige que cada país de la UE establezca un sistema de indemnización nacional para todas las víctimas de delitos dolosos violentos. De conformidad con esta norma, todas las víctimas de delitos dolosos violentos tienen derecho a obtener una indemnización del sistema de indemnización nacional del país en cuyo territorio se cometió el delito.

Aquí se puede consultar información acerca del sistema o sistemas de indemnización disponibles en los países de la UE.

Algunos de los países también ofrecen una indemnización a sus propios nacionales en caso de que el delito se haya perpetrado en el extranjero. Actualmente, este aspecto no se incluye en las normas de la UE.

De conformidad con la Directiva sobre indemnización, se puede solicitar una indemnización del país de la UE en el que se cometió el delito si la víctima vive en ese Estado (caso de ámbito nacional) o si vive en otro país de la UE (caso transfronterizo).

Por tanto, se recomienda a los interesados que consulten la información del país en el que se cometió el delito.

Para obtener información detallada de ámbito nacional, se debe seleccionar la bandera del país pertinente.

Última actualización: 08/10/2020

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