Sistemas de justicia nacionales

Belgia

En esta sección encontrará una visión general de la organización de los tribunales.

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Belgia

Organización de la justicia: el sistema judicial

El sistema jurídico belga es un sistema de tradición civilista que comprende un conjunto de normas codificadas, aplicadas e interpretadas por los jueces.

En Bélgica la organización de los tribunales y los juzgados es una competencia exclusivamente federal.

Principios

Antes de establecer el sistema judicial en Bélgica, conviene examinar algunos principios constitucionales y generales relativos a la organización del poder judicial.

Junto con el poder legislativo y ejecutivo, la Constitución estableció el poder judicial, ejercido por los tribunales de justicia. Por lo tanto, los tribunales constituyen un poder independiente junto con los demás poderes constitucionales.

La función del poder judicial es juzgar los casos, por lo que aplica la ley: El poder judicial tiene la misión de juzgar. Por lo tanto, aplica el Derecho: resuelve en litigios civiles y aplica el Derecho penal a las personas que han cometido un delito. Se distingue la judicatura (jueces y asesores de los tribunales y juzgados) y el Ministerio Fiscal (ministerio público o fiscalía).

Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 144 y 145 de la Constitución, los litigios relativos a los derechos civiles son competencia exclusiva de los tribunales y los que tienen por objeto derechos políticos son competencia de los tribunales, con excepción de las excepciones establecidas por la ley.

Un órgano jurisdiccional u otro órgano competente para dictar sentencia solo puede constituirse por ley. No podrán constituirse comisiones o tribunales extraordinarios bajo ningún nombre, de conformidad con el artículo 146 de la Constitución.

Las vistas judiciales son públicas, a menos que el acceso público ponga en peligro la moral o la paz; en tal caso, el tribunal lo declara mediante sentencia (artículo 148, apartado 1, de la Constitución). El principio de las audiencias públicas garantiza la transparencia de la justicia.

La sentencia debe estar motivada. Se dicta en público (artículo 149 de la Constitución). La exigencia de motivación impuesta por la Constitución y por el artículo 780 del Código Judicial (Code Judiciaire/Gerechtelijk Wetboek) implica que el juez debe responder a los argumentos de hecho y de Derecho alegados por las partes. La motivación debe ser completa y clara, precisa y suficiente. La exigencia de motivación, al igual que la independencia del poder judicial, protege al justiciable frente a posibles acciones arbitrarias, y puede decidir a la luz de las razones para interponer un recurso ante un tribunal de apelación o ante el Tribunal de Casación (Cour de cassation/Hof van Cassatie).

El artículo 151, apartado 1, de la Constitución establece la independencia de los jueces en el ejercicio de sus funciones, así como la independencia de la Fiscalía Estatal en la realización de investigaciones y actuaciones judiciales en casos individuales, sin perjuicio únicamente del derecho del ministro competente a ordenar la incoación de un procedimiento penal y a emitir directrices vinculantes en materia de política penal, incluidas directrices sobre política de investigación y enjuiciamiento.

En virtud del apartado 4 de dicha disposición, los jueces de paz, los jueces de los tribunales, los asesores de los tribunales y de la Cour de cassation serán nombrados por el Rey en las condiciones y modalidades establecidas por la ley.

Los jueces son nombrados para toda la vida. Se jubilan a una edad determinada por ley y reciben una pensión prevista por la ley. Un juez solo puede ser privado de su cargo o ser suspendido por sentencia judicial. Un juez solo puede ser trasladado mediante su nombramiento para un nuevo puesto y solo con su consentimiento (artículo 152 de la Constitución). Los funcionarios de la Oficina de Asesores del Estado también son nombrados y destituidos por el Rey (artículo 153 de la Constitución).

Los sueldos de los miembros de la judicatura se determinan por ley (artículo 154 de la Constitución).

Los jueces no pueden aceptar un puesto asalariado de un gobierno, a menos que actúen de forma gratuita y el cargo no implique una incompatibilidad según lo establecido por la ley (artículo 155 de la Constitución).

Tipo de tribunal

Bélgica cuenta con cinco grandes zonas judiciales que constituyen cinco jurisdicciones del Tribunal de apelación: Bruselas, Lieja, Mons, Gante y Amberes.

Estas zonas se dividen en distritos judiciales (arrondissement judiciaires/gerechtelijke arrondissementen), cada uno de los cuales dispone de un tribunal de première instance (tribunal de première instance/rechtbank van eerste aanleg). Hay 12 partidos judiciales en el país. El distrito judicial de Bruselas cuenta con dos tribunales de primera instancia, uno de ellos neerlandófono y el otro de lengua francesa.

Además, hay 9 tribunales de trabajo y 9 tribunales de empresas en los distritos judiciales.

Los distritos se dividen, a su vez, en cantones judiciales (cantón judiciaire/gerechtelijk kanton), cada uno de ellos con un tribunal de paz. Hay 187 cantones en el país.

En cada una de las diez provincias, así como en el distrito administrativo de Bruselas-Capital, existe un Tribunal de lo penal. El Tribunal Supremo no es un tribunal permanente. Se convoca cada vez que se envía a los acusados antes de ello.

La naturaleza y la gravedad de un delito, la naturaleza del conflicto y la importancia de las sumas en juego determinan el órgano jurisdiccional al que habrá que acudir.

En algunos casos es la naturaleza del litigio la que determina el tribunal o juzgado al que habrá que acudir. Así pues, el juez de paz es competente para conocer de los litigios en materia de vecindad y el tribunal de primera instancia es competente en materia de divorcio. En otros casos el criterio depende de la calidad de las partes. En principio, el tribunal de lo mercantil es un tribunal especializado que conoce de los litigios entre empresas.

Una vez decidido el tipo de tribunal competente, hay que designar el lugar en el que se examinará el caso.

En materia civil la acción puede llevarse ante el juez correspondiente al domicilio del demandado o ante el juez del lugar en que se ha contraído la obligación o en que debería ser ejecutada.

En materia penal, son igualmente competentes el tribunal o juzgado del lugar en el que se ha cometido el delito, el tribunal o juzgado del lugar en el que reside el sospechoso y el tribunal o juzgado del lugar en el que se podría encontrar. En el caso de las personas jurídicas el tribunal o juzgado competente es el correspondiente al lugar de la sede social o al lugar en que dicha persona jurídica lleva a cabo la explotación comercial.

Jerarquía de los órganos jurisdiccionales:

Órganos jurisdiccionales y su jerarquía Los órganos jurisdiccionales ordinarios están organizados en una jerarquía. La estructura de los tribunales y juzgados es la siguiente:

4

TRIBUNAL DE CASACIÓN

3

Tribunales de apelación

Orden jurisdiccional social.

Sentados

2

Órganos jurisdiccionales de primera instancia

Tribunales de trabajo

Tribunales de empresa

1

Jueces de paz

Tribunales policiales

Las sentencias de los tribunales inferiores se denominan jugements/vonnissen. Las sentencias de los tribunales de apelación, los tribunales de trabajo, los tribunales de familia y el Tribunal de Casación se denominan arrêts/arresten.

Los tribunales civiles se ocupan principalmente de litigios privados entre personas, tanto físicas como jurídicas.

La finalidad de los tribunales penales es sancionar a los autores de actos punibles mediante las penas prescritas por la ley (prisión, servicio social, multa, etc.).

Hay ocasiones en las que una de las partes no está de acuerdo con una resolución. Varias vías de recurso permiten a las partes o, en algunos casos, a terceros obtener una nueva resolución en un asunto ya resuelto por un órgano jurisdiccional. Las vías de recurso se dividen en dos categorías: existen dos tipos de vías de recurso ordinarias:

Existen dos vías de recurso ordinarias: oposición y recurso.
Laoposición permite al acusado condenado en rebeldía oponerse a la sentencia. En este caso, el órgano jurisdiccional que se pronunció sobre él puede reconsiderar el asunto. A
excepción de un número limitado de casos en los que esto no es posible, la apelación es un derecho que pueden ejercer todas las partes interesadas. Una persona condenada, una parte que reclama una indemnización por daños y perjuicios, un demandante, un demandado o la Oficina del Asesor del Estado tienen la oportunidad de que el caso sea oído por segunda vez. La apelación siempre es examinada por un órgano jurisdiccional superior al que dictó la primera sentencia.

En el cuadro siguiente se resumen los tribunales y juzgados que tratarán las apelaciones en función de la instancia de la que emane la sentencia que se desea recurrir:

Sentencia

Recurso

Magistrado civil

— Asuntos civiles

Tribunal de primera instancia (sección civil)

— Asuntos mercantiles

Tribunal General del compromiso

Tribunal de policía

Asuntos penales

Tribunal de primera instancia (Tribunal Penal)

— Asuntos civiles

Tribunal de primera instancia (Civil Court)

Tribunal Laboral

Juzgado de lo Social

Tribunal de Primera Instancia

Tribunal de Apelación

Tribunal General del compromiso

Tribunal de Apelación

En la apelación los jueces (juges) (en un órgano jurisdiccional de primera instancia o tribunal) o los asesores (conseillers) (en un órgano jurisdiccional de segunda instancia o Cour) deliberan por segunda y última vez sobre el fondo del asunto y se pronuncian en última instancia. Las partes tienen la posibilidad adicional de interponer un recurso de casación.

Por lo tanto, además de estos recursos ordinarios, existen procedimientos «extraordinarios», entre los que cabe destacar el recurso de casación ante el Tribunal de Casación. El recurso ante el Tribunal de Casación no constituye ni una tercera instancia ni una tercera instancia. La Cour de cassation no examina los hechos del asunto que se le ha sometido, sino su conformidad con la ley.

Además de los órganos jurisdiccionales antes mencionados, en Bélgica existen otros dos tipos de órganos jurisdiccionales. Desempeñan un papel de supervisión: El Consejo de Estado y el Tribunal Constitucional. El Consejo de Estado es un tribunal administrativo superior que supervisa la Administración. Interviene cuando un ciudadano considera que la Administración ha infringido la ley. La función del Tribunal Constitucional es garantizar que las leyes, decretos y ordenanzas sean conformes a la Constitución y vigilar el reparto equitativo de competencias entre los poderes públicos de Bélgica.

Bases de datos

El portal del Poder Judicial de Bélgica proporciona acceso, entre otras cosas, a la jurisprudencia, la legislación belga y el boletín oficial Moniteur belge.

¿Es gratuito el acceso a las bases de datos legales?

Sí, el acceso a la base de datos es gratuito.

Enlaces

Servicio Público Federal de Justicia

Última actualización: 13/01/2021

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