Mediación en los países de la UE

Países Baixos

La mediación, acompañada de un mediador independiente, aporta muchos beneficios al conflicto. En muchos casos, la mediación es necesaria durante un breve período de tiempo. Esto puede evitar vías duraderas y costosas. Y contribuye a mantener la relación entre las partes, Las partes buscarán conjuntamente una solución.

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¿Con quién debo ponerme en contacto?

En los Países Bajos existen distintos registros de mediadores. La Mediatorsfederatie Nederland (MfN) ha sido tradicionalmente una organización que establece un registro (el antiguo registro NMI). Además de la MfN, hay otras organizaciones que llevan un registro de mediadores. El Registro Internacional ADR es un ejemplo de ello.

La Junta de Asistencia Jurídica Gratuita también lleva un registro. El registro es obligatorio para los mediadores que lleven a cabo casos sobre la base de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita (incluida una mediación adicional).

¿En qué área es admisible o más frecuente el recurso a la mediación?

La mediación siempre está permitida y se utiliza con mayor frecuencia en el Derecho civil y en el Derecho público. Además, la mediación en procesos penales es posible si se cumplen una serie de condiciones.

¿Existen reglas específicas a seguir?

El recurso a la mediación es totalmente voluntario. Podrá elaborarse un acuerdo de mediación. Este acuerdo incluye acuerdos sobre, por ejemplo, la confidencialidad y los costes.

Los mediadores inscritos en un registro de calidad deben cumplir las normas (en vigor) establecidas por el registro correspondiente. En muchos casos, se prevé un mecanismo de denuncia.

Información y formación

Para ser inscritos en un registro de calidad, los mediadores deben cumplir requisitos predefinidos. Estos requisitos pueden incluir una formación básica reconocida en mediación, la superación de un examen de conocimientos teóricos, un centro de evaluación y la presentación de una declaración de conducta.

Además, podrán imponerse requisitos adicionales tras el registro para poder permanecer registrados, como un número mínimo de casos de mediación al año, formación o cursos, participación en intervisión o participación en una revisión inter pares cuando un inter pares independiente e imparcial evalúe si los servicios de mediación cumplen el nivel medio que cabe esperar de un profesional.

¿Cuál es el coste de la mediación?

La tarifa horaria puede variar según el mediador. Factor determinante es, junto a la experiencia profesional, la especialización. Es aconsejable preguntar de antemano al mediador cuáles son sus honorarios por hora, así como cuáles son los gastos complementarios a que pueda haber lugar. El mediador ha de dejar claro cuál es el coste de sus servicios. Además, el coste de la mediación depende de su duración y de la frecuencia de las consultas. El coste medio de los servicios de un mediador es de 150 EUR por hora (sin IVA). Si el órgano jurisdiccional se refiere a un mediador, la parte pagadora puede reclamar una contribución inicial de 150 EUR por las primeras 2.5 horas de mediación.

De no poder hacer frente al coste de un mediador, el interesado puede en determinadas circunstancias optar a la asistencia jurídica gratuita. Si tiene derecho a asistencia jurídica gratuita, solo pagará la «contribución propia». El importe de la contribución propia depende de sus ingresos y su patrimonio.

Para más información sobre el coste de la mediación, véase la siguiente página web.

¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

Un acuerdo transaccional celebrado entre las partes puede, a petición de estas, constar en un documento notarial, que permite su ejecución en los Países Bajos sobre la base del artículo 430, apartado 1, del Código Procesal Civil.

Enlaces relacionados

Federación de Mediadores de los Países Bajos

Registro del Consejo de Asistencia Jurídica Gratuita

Registro ADR

Última actualización: 22/02/2024

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