Registros mercantiles en los países de la UE

Chequia

Esta sección ofrece una visión general de la regulación del registro público en la República Checa. El registro público lo integran el Registro de Asociaciones, el Registro Mercantil, el Registro de Fundaciones, el Registro de Instituciones, el Registro de Comunidades de Propietarios y el Registro de Organizaciones de Utilidad Pública.

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Chequia

Historia del Registro Mercantil de la República Checa

¿Cuándo se creó?

La forma y regulación actuales del Registro Mercantil son consecuencia de la recodificación del Derecho civil que entró en vigor el 1 de enero de 2014 con la aprobación del nuevo Código Civil (Ley n.º 89/2012) y la legislación conexa, en concreto, la Ley n.º 90/2012 sobre sociedades mercantiles (zákona č. 90/2012 Sb., o obchodních korporacích) y la Ley n.º 304/2013 sobre registros públicos de personas jurídicas y físicas, y sobre el registro de fondos fiduciarios (zákona č. 304/2013 Sb., o veřejných rejstřících právnických a fyzických osob a o evidenci svěřenských fondů) («la Ley de registros»). En la actualidad, el Registro Mercantil es uno de los denominados registros públicos y está sujeto a la regulación general de la Ley de registros. Además del Registro Mercantil, son registros públicos:

  • el Registro de Asociaciones, en el que se inscriben las asociaciones, los sindicatos, los sindicatos internacionales, las organizaciones patronales, las organizaciones patronales internacionales y las asociaciones afiliadas;
  • el Registro de Fundaciones, en el que se inscribe la información sobre las fundaciones y los fondos de dotaciones;
  • el Registro de Institutos, en el que se inscribe la información sobre los institutos;
  • el Registro de Comunidades de Propietarios, en el que se inscribe la información sobre las comunidades de propietarios;
  • el Registro de Organizaciones de Utilidad Pública, en el que se inscribe la información sobre las organizaciones de utilidad pública.

En este texto, el término «registro público» también designa al Registro Mercantil.

Desde el 1 de enero de 2018, la Ley de registros también regula la inscripción de los fondos fiduciarios (actividad que, a diferencia de los registros públicos, solo es parcialmente pública).

Además de la Ley de registros, también existe una legislación específica independiente que regula los registros públicos de determinados tipos de formas jurídicas, a saber, un registro de asociaciones de caza (que llevan las autoridades estatales responsables de la caza, es decir, los municipios pertinentes con competencias ampliadas), un registro de partidos y movimientos políticos (que lleva el Ministerio del Interior), los registros de iglesias registradas, organizaciones confesionales y otras entidades jurídicas (que lleva el Ministerio de Cultura) y un registro de entidades jurídicas educativas (que lleva el Ministerio de Educación, Juventud y Deporte). Estos registros públicos se regulan y gestionan básicamente de la misma manera que los registros públicos regulados por la Ley de registros.

Desde una perspectiva histórica, la creación del Registro Mercantil en territorio checo está relacionada con la codificación del Derecho mercantil de 1863 que tuvo lugar en Cisleitania. El Registro Mercantil se creó mediante la Ley n.º 1/1863 (el Código General de Comercio), que también era aplicable en otros países. La Ley establecía la obligatoriedad de la inscripción de las entidades en el Registro Mercantil. A raíz de un cambio en el sistema jurídico, en 1950, el Registro Mercantil se transformó en el Registro de Sociedades. Los acontecimientos sociales y políticos posteriores propiciaron el restablecimiento del Registro Mercantil en 1992, sobre la base del concepto subyacente tanto al Registro Mercantil original como al Registro de Sociedades. El concepto de Registro Mercantil de 1992 ha mantenido sus características esenciales hasta nuestros días, e incluso ha sobrevivido a la citada refundición del Derecho privado de 2014.

¿Cuándo se digitalizó?

Aunque, hasta el 1 de julio de 2005, no existía una obligación legal de llevar el Registro Mercantil en formato electrónico, se lleva en dicho formato desde el 1 de enero de 1997. El Registro Mercantil es un sistema de información de la administración pública. Está vinculado a otros registros básicos (por ejemplo, el Registro de Personas). El registro básico contiene datos de referencia, enlaces de referencia e identificadores de personas físicas y, en su caso, datos de autenticación y operativos, así como otros datos obligatorios. Los datos de referencia están vinculados a los datos que figuran en otros registros, lo que garantiza la interoperabilidad de estos últimos. Esto significa que, si se modifican los datos de un registro, la modificación se aplicará automáticamente en los demás registros básicos que contengan los mismos datos. Un ejemplo común es un cambio de nombre, que también se aplicará en los demás registros.

En algunos casos, como los datos relativos a las personas registradas antes del 1 de enero de 1997, estos solo están disponibles en papel, ya que los documentos o los datos inscritos no se han digitalizado y no son accesibles a través de la aplicación de registros públicos.

¿Qué legislación se aplica actualmente?

Desde la refundición del Derecho privado de 2014, el contenido de los registros públicos (incluido el Registro Mercantil) se regula por la Ley de registros. Otros aspectos técnicos están regulados por la normativa de desarrollo, a saber, el Decreto n.º 323/2013 sobre los requisitos de los formularios utilizados para solicitar la inscripción en un registro público, o para modificar o retirar dichas solicitudes, y por el que se derogan determinados decretos, y el Reglamento del Gobierno n.º 351/2013 por el que se determina el tipo de interés de demora, los costes asociados a la reclamación de títulos de crédito y los honorarios del administrador concursal, el síndico y los miembros designados judicialmente de los órganos de una entidad jurídica, y por el que se regulan determinadas cuestiones relativas al Boletín Oficial del Registro Mercantil (Obchodní věstník), los registros públicos de personas físicas y jurídicas y el registro de fondos fiduciarios y de los titulares reales.

Por otra parte, el registro de titulares reales de entidades jurídicas se regula, desde el 1 de junio de 2021, por una ley independiente [Ley n.º 37/2021 sobre el Registro de Titularidad Real (zákonem č. 37/2021 Sb., o evidenci skutečných majitelů)]. Desde el 1 de enero de 2018 hasta esa fecha, el Registro de Titularidad Real se regulaba por la Ley de registros.

¿Qué información ofrece el registro?

¿Quién puede acceder al registro?

Cualquier persona tiene derecho a consultar el Registro Mercantil y cualquier otro registro público, y a hacer copias de los datos que contienen.

Además de la consulta directa del Registro Mercantil, el expediente correspondiente puede consultarse ante un órgano jurisdiccional. En este caso, no obstante, es necesario demostrar un interés jurídico para que el órgano jurisdiccional competente autorice el acceso al expediente. Las personas que demuestren su interés jurídico podrán consultar el expediente (incluidos sus anexos y una lista de todas sus partes) sin restricciones.

Dado el elevado nivel de transparencia y la publicidad prácticamente total de la información y los documentos, resulta más práctico consultar directamente el Registro Mercantil, ya que cualquier persona puede hacerlo sin necesidad de demostrar ningún interés jurídico.

¿Qué información ofrece el registro?

¿Qué tipos de datos se conservan en el registro? (¿qué tipos de entidades se inscriben en un registro público?; ¿qué ocurre con la información sobre insolvencia, los informes financieros, etc.?)

Se inscriben en el Registro Mercantil todas las sociedades (sociedades colectivas, sociedades comanditarias, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas) y sus sucursales y cooperativas, así como los establecimientos y sucursales de entidades jurídicas extranjeras que operan en Chequia. También se inscriben en el Registro Mercantil las personas físicas que desarrollan una actividad empresarial en Chequia y que soliciten su inscripción.

Los establecimientos o sucursales solo se inscriben en el Registro Mercantil si están constituidas. Los establecimientos o sucursales de entidades jurídicas extranjeras cuyo domicilio social esté situado fuera de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo deberán inscribirse en el Registro Mercantil. Si una entidad jurídica extranjera incluida en esta categoría no ha trasladado su establecimiento o parte del mismo a Chequia, es la propia entidad la que se inscribe en el registro. Los establecimientos o sucursales de entidades jurídicas extranjeras cuyo domicilio social esté situado en la UE o el EEE solo se inscriben en el Registro Mercantil si así lo solicitan.

El Registro Mercantil contiene información muy detallada sobre las personas inscritas. Este elevado nivel de transparencia posibilita un alto grado de escrutinio público, del que se ocupan tanto el Registro Mercantil como la sbírka listin (recopilación de documentos), un repositorio de documentos importantes de las personas inscritas.

En particular, en los registros públicos se inscribe la siguiente información:

  • nombre (o razón social) y domicilio social, y la dirección en la que se encuentra o reside la persona inscrita;
  • ámbito de actividad o negocio (alternativamente, una descripción de la finalidad perseguida por la entidad);
  • forma jurídica de la persona jurídica;
  • fecha de constitución (y disolución) de la persona jurídica;
  • número de nacimiento de la persona física o el número de identificación de la persona jurídica;
  • nombre y composición del consejo de administración, y procedimiento para actuar en nombre de la persona jurídica;
  • nombre y composición del órgano de control;
  • información relativa al apoderado y el modo en que actúa en nombre de la persona jurídica.

La lista anterior no es exhaustiva. La información que figura en el registro varía en función de la forma de la persona jurídica.

En el caso del Registro Mercantil, la información inscrita también incluye lo siguiente:

  • el importe del capital social de una sociedad de responsabilidad limitada;
  • el importe de la aportación social y el importe efectivamente desembolsado;
  • información relativa a gravámenes y otros derechos reales sobre una participación en una sociedad mercantil que no esté representada por valores o anotaciones en cuenta;
  • información relativa a las sucursales.

En el Registro Mercantil también figura información adicional relativa a la disolución y baja en el Registro de la persona inscrita:

  • la fecha de declaración de nulidad de la persona jurídica y de su disolución (con indicación del motivo legal);
  • información relativa a la apertura y el cierre del procedimiento de liquidación (con información detallada sobre el síndico);
  • información sobre el procedimiento de insolvencia y su apertura, información sobre el administrador concursal, restricciones aplicables al derecho del deudor a disponer de la masa del concurso sobre la base de una resolución del órgano jurisdiccional que conoce del procedimiento concursal, declaración y anulación de la quiebra, autorización de reorganización, aprobación del plan de reorganización y ejecución del mismo o de partes fundamentales del mismo, mandamientos judiciales de ejecución que afecten a la participación de un socio de la empresa o una orden de ejecución que afecte a la participación de un socio de la empresa, así como resoluciones judiciales relativas al archivo de los procedimientos de ejecución o notificaciones de que los procedimientos de ejecución han finalizado por medios distintos del archivo (deberá indicarse el motivo de la decisión); mandamientos judiciales de ejecución relativos a la venta de una empresa o de una parte de la misma, u órdenes de ejecución relativas a la venta de una empresa o de una parte de la misma, así como resoluciones judiciales relativas al archivo de los procedimientos de ejecución o notificaciones de que los procedimientos de ejecución han finalizado por medios distintos de la suspensión (deberá indicarse el motivo), y resoluciones judiciales relativas a medidas cautelares que restrinjan o prohíban la enajenación de la participación de un accionista en una sociedad, de una empresa o de una parte sustancial del patrimonio de una sociedad, así como la revocación o finalización de tales medidas (deberá indicarse el motivo); y
  • los motivos legales de la baja de una persona jurídica en el Registro Mercantil.

Si se nombra a un administrador fiduciario para una persona jurídica inscrita, el órgano jurisdiccional añadirá al Registro Mercantil información relativa al administrador fiduciario.

Si, por cualquier motivo, se inscribe en el Registro Mercantil a una persona física, también se incluye en este la siguiente información: fecha de nacimiento, número de nacimiento (si se ha asignado) y dirección de estancia o residencia (si esta última es distinta de la dirección de estancia). No obstante, los números de nacimiento no se hacen públicos.

En el caso de los establecimientos o sucursales de una entidad jurídica extranjera, también debe indicarse en el Registro Mercantil el ordenamiento jurídico en virtud del cual se constituyó dicha entidad.

En el caso de las personas físicas que sean miembros de los consejos de administración y de los órganos de supervisión, apoderados, miembros de sociedades colectivas y comanditarias y accionistas de sociedades de responsabilidad limitada, deberán inscribirse en el Registro Mercantil los datos relativos a su residencia o lugar de estancia permanente y su fecha de nacimiento.

¿Qué tipos de documentos se almacenan o conservan (expedientes, recopilaciones de documentos, estatutos, actas de las asambleas generales, etc.)?

Los registros públicos contienen una recopilación de documentos. La ley especifica los documentos que deben depositarse en la recopilación de documentos. Estos son fundamentalmente:

  • la escritura de constitución (estatuto de asociación, estatutos, acta de la asamblea constituyente de la cooperativa u otra escritura de constitución en función de la forma adoptada por la persona jurídica) y los estatutos de las fundaciones, fondos de dotaciones o institutos;
  • decisiones relativas al nombramiento, elección, destitución u otro tipo de fin del mandato de las personas que sean miembros del consejo de administración o, en su caso, de otras personas autorizadas a contraer compromisos en nombre de una persona jurídica (por ejemplo, el director de una sucursal);
  • informes anuales;
  • estados financieros ordinarios, extraordinarios y consolidados;
  • decisiones relativas a la disolución de una persona jurídica, informes finales sobre el procedimiento de liquidación y resoluciones judiciales relativas al nombramiento del administrador de la persona jurídica;
  • decisiones relativas a la transformación de una persona jurídica y al proyecto de transformación, notificaciones relativas a la denegación o no aprobación del proyecto de transformación, resoluciones judiciales relativas a la nulidad del proyecto de transformación o del acuerdo adoptado en la junta general o en la junta de socios en la que se haya aprobado el proyecto de transformación;
  • dictámenes periciales sobre la valoración de una aportación en especie en el momento de la constitución de una fundación, fondo de dotación, instituto, sociedad de responsabilidad limitada o sociedad anónima, o en el momento de la ampliación de su capital social o capital de dotación, dictámenes periciales sobre la valoración de la contribución en especie a una cooperativa, dictámenes periciales sobre la valoración de los activos en el momento de la transformación de las sociedades y cooperativas, y dictámenes periciales sobre la valoración de los activos en el momento de la adquisición de activos de una sociedad anónima de sus fundadores a título oneroso con arreglo a la Ley n.º 90/2012 sobre sociedades mercantiles;
  • cualquier resolución judicial adoptada en el marco de un procedimiento de insolvencia;
  • resoluciones judiciales relativas a la nulidad de la decisión adoptada por uno de los órganos constitutivos de una persona jurídica;
  • documentos que acrediten la adquisición de una empresa con arreglo a las disposiciones del Código Civil relativas a dichas adquisiciones;
  • decisiones adoptadas por la junta general relativas a la exención de los trabajadores del pago íntegro del precio de emisión de las acciones suscritas o a su derecho a adquirirlas en otras condiciones preferentes.

La ley especifica los documentos que deben depositarse en la recopilación de documentos. En términos generales, se trata de documentos que afectan de forma fundamental a la constitución, disolución y funcionamiento de una persona jurídica; en ellos se indica quién puede representar a la persona jurídica y quién está autorizado a contraer compromisos en su nombre.

¿Cómo se llevan a cabo las búsquedas (y qué criterios de búsqueda están disponibles)?

En persona

Los registros públicos solo son accesibles a través de la aplicación web de registros públicos. Los datos relativos a las personas inscritas antes del 1 de enero de 1997 están disponibles en papel, si aun no se han digitalizado, y puede que no estén disponibles a través de la aplicación web de registros públicos.

En el sitio web del Registro

Pueden realizarse búsquedas gratuitas a través de la aplicación web de registros públicos. Las inscripciones pueden consultarse por nombre o razón social de la entidad inscrita, por el número de identificación de la persona o por el número de expediente con el que la persona está inscrita en el tribunal registral. Las búsquedas pueden afinarse mediante datos adicionales sobre la dirección inscrita, el nombre de la calle, el órgano jurisdiccional ante el que está inscrita la entidad, la forma jurídica de esta, etc. También es posible hacer una búsqueda por el tipo de participación en la persona inscrita: por tanto, puede realizarse una búsqueda de personas físicas y jurídicas que participen de cualquier forma en una persona jurídica inscrita.

Además, los datos abiertos están disponibles en https://dataor.justice.cz/. El conjunto de datos del catálogo local de datos abiertos de la aplicación de registros públicos vinculado al año en curso se actualiza diariamente. Si el conjunto de datos está vinculado a un año anterior, se actualiza anualmente (siempre en enero del año en curso). En la información detallada del conjunto de datos se ofrece una descripción del mismo. El contenido del conjunto de datos y una descripción del catálogo local de datos abiertos de la aplicación de registros públicos puede consultarse en la guía del usuario disponible en el siguiente enlace: https://dataor.justice.cz/files/ISVR_OpenData_Uzivatelska_prirucka.pdf.

¿Qué criterios de búsqueda hay?

Pueden realizarse búsquedas por nombre, razón social o número de identificación de la persona inscrita, o por los datos de la persona física o jurídica de que se trate.

Expedición de documentos

¿Se pueden obtener a título gratuito?

Puede obtenerse un extracto parcial o completo del registro público o de la recopilación de documentos. Un extracto parcial contiene únicamente los últimos datos válidos inscritos en el Código de Comercio. Un extracto completo contiene todos los datos del interesado que se han inscrito.

¿Hay que pagar tasas?

Solo se cobra por este servicio si se solicita una copia en papel. No obstante, también se aplica una tasa por el envío de extractos en formato electrónico a un buzón de datos o por correo electrónico. No se aplicará una tasa si el solicitante facilita un soporte de datos. No obstante, si el órgano jurisdiccional envía un extracto electrónico en un soporte de datos no facilitado por el solicitante (es decir, también en los casos en que el órgano jurisdiccional envía el extracto electrónico a un buzón de datos o por correo electrónico), se cobra una tasa, ya que la expedición del extracto certificado no es una mera transferencia de datos.

¿Cómo puedo obtener un extracto del Registro, una copia certificada o una transcripción de documentos?

Podrá obtenerse gratuitamente una copia certificada en el sitio web de la aplicación de registros públicos. Por esta vía pueden obtenerse copias íntegras y parciales. Solo se cobra por este servicio si se solicita una copia en papel. Las copias en papel están sujetas a una tasa de 70 CZK por cada página (o por página comenzada) de la copia y pueden solicitarse al tribunal registral en el que esté inscrito el interesado.

Procedimientos relacionados con el Registro Mercantil

¿Cómo puedo iniciar un procedimiento relacionado con el Registro Mercantil (cómo puedo presentar una solicitud en el Registro, cómo se certifican los documentos, qué tipo de documentos deben adjuntarse)?

Las solicitudes de inscripción inicial, modificación y baja deben presentarse utilizando el formulario prescrito disponible en el sitio web de la aplicación de registros públicos. Este formulario solo puede cumplimentarse electrónicamente. Una vez cumplimentado, el formulario que contiene la solicitud de inscripción deberá generarse y presentarse en papel o electrónicamente.

La inscripción la lleva a cabo el tribunal registral o un notario. Por regla general, el procedimiento se inicia mediante solicitud. En algunos casos, los procedimientos pueden iniciarse de oficio por un órgano jurisdiccional; se trata principalmente de situaciones en las que el órgano jurisdiccional tiene conocimiento de una discrepancia entre la situación inscrita y la situación real, o de casos en los que la inscripción contraviene las disposiciones legales de carácter obligatorio. Una vez presentada la solicitud, el órgano jurisdiccional verifica su competencia para conocer del asunto, si el solicitante tiene capacidad jurídica para presentarla y si la solicitud contiene todos los datos necesarios y va acompañada de los documentos pertinentes. Si la solicitud presenta una deficiencia que puede subsanarse, el órgano jurisdiccional pide al solicitante que la subsane (por ejemplo, que presente los documentos que falten o que corrija las deficiencias de la solicitud). A continuación, el órgano jurisdiccional comprueba si los documentos adjuntos respaldan la información que se va a inscribir conforme a la solicitud, y si el nombre (razón social) a inscribir podría confundirse con otro nombre o es engañoso. A continuación, el órgano jurisdiccional resuelve sobre la inscripción y la tramita.

La inscripción solo puede tramitarse por un notario si se cumplen los requisitos legales (lo que no siempre sucede). La principal ventaja de las inscripciones tramitadas por un notario es su rápida tramitación, ya que el notario puede proceder a la inscripción el mismo día en que se redacta el acta notarial. Otra ventaja es que el solicitante no está obligado a generar una solicitud en el formulario prescrito.

El notario podrá llevar a cabo la inscripción si:

  • los hechos que van a inscribirse están avalados por una escritura pública;
  • la escritura pública contiene una declaración positiva sobre la legalidad del contenido del acta notarial; y
  • el solicitante ha cumplido otros trámites mediante la presentación de los documentos pertinentes.

El acta notarial es una escritura pública (normalmente una escritura de constitución) que sirve de base para la inscripción en un registro público, o un acta de una resolución adoptada por un órgano que forma parte de una persona jurídica (por ejemplo, una decisión de una junta general por la que se destituye a un consejo de administración). No todos los instrumentos jurídicos deben revestir la forma de documento público (escritura pública). No obstante, esto no excluye la posibilidad de otorgar una escritura pública como instrumento jurídico, aun cuando la ley no lo exija. Las escrituras públicas también pueden revestir la forma de actas notariales y utilizarse para la inscripción directa por un notario.

En cualquier caso, la solicitud debe ir acompañada de:

  1. documentos acreditativos de los hechos a inscribir, y
  2. documentos que la ley exige que se depositen en la recopilación de documentos.

La ley no enumera todos los documentos exigidos. Los documentos que deben presentarse varían en función de la forma de la persona jurídica. En general, cualquier hecho a inscribir que no pueda constatarse a partir de un sistema de información de la administración pública o una parte del mismo, que constituya un registro o una lista públicos, requerirá una prueba documental.

Entre otros, se debe presentar una licencia comercial o de otro tipo si se quiere inscribir el modelo de negocio o ámbito de actividad en el Registro Mercantil.

Por ejemplo, no es necesario documentar el consentimiento a la inscripción de los socios de una sociedad de responsabilidad limitada, ya que dicho consentimiento se demuestra mediante el otorgamiento de una escritura de constitución en forma de escritura pública. Cuando dicho consentimiento no se otorgue sobre la base de una declaración certificada mediante escritura pública, deberá autenticarse la firma de los miembros que figura en el documento por el que se otorga el consentimiento.

También debe documentarse el motivo legal de uso de las dependencias en las que la sociedad tiene su domicilio social. Esto significa que, si una sociedad tiene su domicilio social en dependencias sujetas a un contrato de arrendamiento, debe aportarse, como motivo legal de utilización de las dependencias, el contrato de arrendamiento o una declaración del propietario por la que se autoriza al uso de las dependencias como domicilio social.

Algunos hechos objeto de inscripción solo pueden documentarse mediante declaración jurada. Entre estos figuran, por ejemplo, los criterios de selección de los órganos constitutivos de una persona jurídica.

Por lo general, los documentos que se utilicen para justificar la información inscrita deben presentarse en su forma original o como copia oficialmente certificada. No es necesario certificar los documentos que la ley exige que se depositen en la recopilación de documentos. Estos documentos se presentan simplemente en formato de documento portátil (pdf.) con una capa de texto, o en formato «Extensible Hypertext Markup Language» (XHTML).

Por cada inscripción en el registro se cobran las siguientes tasas judiciales:

  • 12 000 CZK por la inscripción inicial de una sociedad anónima en un registro público;
  • 6 000 CZK por la inscripción inicial de una persona en un registro público, salvo que se trate de una sociedad anónima;
  • 2 000 CZK por modificaciones o adiciones a la inscripción.

Tasas de inscripción notarial:

  • 8 000 CZK por la inscripción inicial de una sociedad anónima en un registro público;
  • 2 700 CZK por la inscripción inicial de una persona en un registro público, salvo que se trate de una sociedad anónima;
  • 1 000 CZK por modificaciones o adiciones.

Las tasas judiciales de hasta 5 000 CZK pueden abonarse mediante timbre o transferencia a la cuenta bancaria del órgano jurisdiccional correspondiente. Las tasas judiciales superiores a 5 000 CZK deben abonarse exclusivamente mediante transferencia a la cuenta bancaria del órgano jurisdiccional correspondiente. Las tasas de inscripción notarial pueden abonarse directamente al notario.

Los procedimientos relacionados con el Registro Mercantil estarán exentos del pago de tasas si:

  1. la inscripción se refiere a una persona física o jurídica que esté incursa en un procedimiento de insolvencia, en virtud del cual se esté tramitando su insolvencia o insolvencia inminente y en el que ya se haya dictado una resolución declarativa de insolvencia; o
  2. la inscripción se refiere a una asociación, asociación afiliada, sindicato, sindicato internacional, organización patronal, organización patronal internacional, fundación, fondo de dotación, instituto u organización de utilidad pública inscrita en un registro público, o a modificaciones de dicha inscripción.

Los procedimientos en los que el solicitante sea un sindicato, sindicato internacional, organización patronal o una organización patronal internacional (o una rama de las mismas) están exentos del pago de tasas si se ha inscrito su constitución, transformación o liquidación en el registro público.

En caso de inscripción notarial se aplicarán las mismas condiciones para la exención de tasas. La inscripción notarial sobre la base de una escritura pública relativa a la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada que contenga solo los datos exigidos por el Código Civil y la Ley de Sociedades y según la cual la obligación de aportación debe cumplirse mediante pago en metálico también está exenta del pago de tasas.

En persona

Las solicitudes de inscripción en un registro público pueden presentarse en persona en la ventanilla del tribunal registral o ante un notario.

En línea

Las solicitudes de inscripción pueden presentarse electrónicamente. Las solicitudes electrónicas pueden presentarse, principalmente, a través de un buzón de datos, enviarse a la dirección de correo electrónico de la ventanilla del órgano jurisdiccional o a través de la aplicación web ePodatelna. La aplicación web de registros públicos podrá utilizarse para presentar documentos a depositar en la recopilación de documentos. Los documentos también pueden presentarse en formato CD y DVD portátiles. Las solicitudes de inscripción en formato electrónico deberán incluir una firma electrónica reconocida, salvo cuando se envíen a través del buzón de datos del solicitante.

¿Cómo se tramitan las solicitudes?

El tribunal registral examina en primer lugar si la persona que presenta la solicitud está facultada para ello, si se ha presentado de la forma prescrita, si contiene toda la información requerida, si es inteligible y precisa, si va acompañada de documentos justificativos de los hechos que van a inscribirse y si el objetivo perseguido por la persona jurídica es lícito.

A continuación, el órgano jurisdiccional examina si los datos que van a inscribirse en virtud de la solicitud están efectivamente respaldados por los documentos adjuntos a la solicitud. Es importante señalar que todos los hechos que van a inscribirse deben estar respaldados por los documentos adjuntos a la solicitud.

El órgano jurisdiccional también comprueba que el nombre (razón social) de la persona jurídica que va a inscribirse no se confunde con el nombre (razón social) de otra persona ya inscrita, y que no resulta engañoso.

Eficacia jurídica de la inscripción registral

Efecto de las inscripciones frente a terceros de conformidad con el artículo 17 de la Directiva (UE) 2017/1132

La condición de inscrito en un registro público es una condición jurídicamente válida para todas las personas que desconocen que la condición de inscrita de una entidad no se corresponde con la condición jurídica real. Esto significa que las personas inscritas estarán vinculadas por los actos jurídicos ejecutados sobre la base de los hechos inscritos en un registro público, aunque no se correspondan con la situación real. Por ejemplo, el consejo de administración de una sociedad puede exigirle que ejecute actos jurídicos incluso cuando haya cesado en sus funciones, si este hecho no se ha inscrito en el registro público y un tercero no ha tenido conocimiento del mismo. Se trata de proteger la buena fe de terceros.

Si un hecho no se inscribe en el registro público (aunque debería haberlo sido), la persona inscrita no puede alegar la situación real como objeción frente a un tercero que actuó de buena fe en lo que respecta a la situación inscrita. No obstante, esto no se aplica si la persona inscrita demuestra que el tercero tenía conocimiento de la situación real.

Discrepancias entre lo inscrito y lo publicado

La situación inscrita en un registro público surte efectos frente a terceros a partir de la fecha en que se haga pública. No obstante, una persona inscrita puede alegar que el tercero tenía conocimiento de los hechos inscritos. Los datos y el contenido de los documentos depositados en la recopilación de documentos no podrán ser invocados por la persona inscrita como motivo de objeción contra terceros hasta el decimosexto día desde su publicación, pero solo si el tercero demuestra que no pudo tener conocimiento de los hechos inscritos en ese plazo. Esto significa que la carga de prueba de que el tercero no pudo tener conocimiento de los hechos inscritos recae en dicho tercero.

¿Quién es responsable de la exactitud de la información consignada en el Registro?

Las personas inscritas deben asegurarse de que los datos inscritos en el Registro Mercantil estén actualizados. Además, las personas inscritas tienen un incentivo para asegurarse de que los datos inscritos en el Registro Mercantil estén actualizados y sean correctos, ya que la condición de inscrito en un registro público es una condición jurídicamente válida para todas las personas que desconocen que la condición de inscrita de una determinada entidad no se corresponde con la situación jurídica real. Esto significa que las personas inscritas estarán vinculadas por los actos jurídicos ejecutados sobre la base de los hechos inscritos en un registro público, aunque no se correspondan con la situación real. Por ejemplo, el consejo de administración de una sociedad puede exigirle que ejecute actos jurídicos incluso cuando haya cesado en sus funciones, si este hecho no se ha inscrito en el registro público y un tercero no ha tenido conocimiento del mismo. Se trata de proteger la buena fe de terceros.

También podrá imponerse una multa administrativa a la persona inscrita si esta no responde a una petición del tribunal registral de revelación de hechos o presentación de los documentos necesarios para una resolución en un procedimiento incoado de oficio por el propio tribunal, o para que presente documentos que, en virtud de esta u otra ley, deban depositarse en la recopilación de documentos; el importe de las multas administrativas puede ascender a 100 000 CZK. Si la persona inscrita incumple repetidamente dichos requisitos o si el incumplimiento puede tener consecuencias graves para terceros, y si existe un interés jurídico correspondiente, el tribunal registral podrá incoar (también de oficio) un procedimiento con vistas a la liquidación de la persona jurídica. El tribunal registral informa a la persona inscrita de este hecho y le concede un plazo razonable para subsanar las deficiencias.

Los tribunales registrales también luchan activamente contra la existencia de empresas inactivas, es decir, empresas que no generan ninguna actividad económica y que solo existen formalmente. La principal razón para sancionar y eliminar las sociedades inactivas es el riesgo de que puedan servir como mulas para el fraude financiero (especialmente el fiscal), ya que es más fácil utilizar empresas existentes para actividades ilegales. Un órgano jurisdiccional puede disolver una sociedad cuando 1) no haya depositado sus estados financieros en la recopilación de documentos durante, al menos, dos ejercicios fiscales, a pesar de estar obligado a hacerlo por ley; 2) no se haya podido contactar con ella. Se considera que no se ha podido contactar con una sociedad si no se le puede notificar un requerimiento de presentación de los estados financieros que falten en la recopilación de documentos. Si la sociedad simplemente no ha depositado sus estados financieros (a pesar de estar obligada a hacerlo por ley), pero se le puede notificar el requerimiento, el órgano jurisdiccional impone una sanción administrativa como incentivo para que la persona inscrita presente los documentos necesarios.

Si un hecho no se inscribe en el registro público (aunque debería haberlo sido), la persona inscrita no puede alegar la situación real como objeción frente a un tercero que actuó de buena fe en lo que respecta a la situación inscrita. No obstante, esto no se aplica si la persona a inscribir demuestra que el tercero tenía conocimiento de la situación real.

Además, con arreglo al § artículo 37 bis, apartado 1, letra h), de la Ley n.º 563/1991 sobre contabilidad, puede imponerse una sanción en caso de infracción administrativa en forma de multa de hasta el 3 % del valor de los activos; la autoridad tributaria competente es la responsable de las infracciones administrativas. El incumplimiento de los requisitos relativos a un registro público también puede sancionarse como infracción administrativa con arreglo al § artículo 9, apartado 2, de la Ley n.º 251/2016 sobre determinadas infracciones administrativas; en estos casos, la autoridad competente es el municipio con competencias ampliadas. En determinadas circunstancias, dichas infracciones pueden constituir un delito [§artículo 254 de la Ley n.º 40/2009 (Código Penal)].

Procedimientos de protección de datos

Procedimientos relativos a los derechos del interesado en relación con la publicación y el almacenamiento de sus datos personales

Desde el punto de vista de la legislación en materia de protección de datos [Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos)], la base jurídica para dicho tratamiento es el artículo 6, apartado 1, letra c), del RGPD (el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento) y la letra e) del RGPD (el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento) en relación con el artículo 6, apartado 3, del RGPD, es decir, es una forma de tratamiento establecida directamente por la ley.

Los motivos por los que los datos personales de las personas físicas, en particular los datos relativos a la residencia (lugar de estancia), se publican en los registros públicos se derivan de los principios de publicidad, tanto formal (§artículos 3 a 6 de la Ley de registros públicos) como material (§artículos 8 y 9 de la Ley de registros públicos), lo que significa que el Estado permite el acceso general de todas las personas a los datos de las entidades individuales inscritas en el registro y, al mismo tiempo, respeta el principio de buena fe (confianza de los ciudadanos) en los hechos inscritos, de modo que los datos personales del Registro Mercantil pueden utilizarse, por ejemplo, para verificar la exactitud de los datos de identificación en el marco de las relaciones comerciales, entregar documentos oficiales a los miembros de los consejos de administración, etc.

Además, la publicidad de la identidad de los miembros de los consejos de administración se exige desde hace mucho tiempo en virtud del Derecho de la UE [véase, en particular, el artículo 14, letra d), y el artículo 30, apartado 1, letra e), de la Directiva (UE) 2017/1132 sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades, que también incluye una modificación de la antigua Primera Directiva 68/151/CEE del Consejo]; en el marco de la legislación checa, los requisitos establecidos en la Directiva también se aplican a las entidades inscritas en los registros públicos.

Por lo que respecta a los datos inscritos en los registros públicos, los interesados gozan de todos los derechos derivados de los artículos 12 a 22 del RGPD, con las excepciones que en ellos se enumeran. Por ejemplo, con arreglo al artículo 17, apartado 3, letra b) del RGPD, no puede estimarse una solicitud de baja porque el tratamiento es necesario «para el cumplimiento de una obligación legal que requiera el tratamiento de datos impuesta por el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable del tratamiento, o para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable»; esta obligación legal deriva directamente de la Ley n.º 304/2013 sobre los registros públicos de las personas físicas y jurídicas y la inscripción de los fondos fiduciarios.

Los interesados afectados pueden ejercer sus derechos directamente ante los tribunales registrales competentes o ante el delegado de protección de datos.

Información de contacto

Datos de contacto de los tribunales registrales:

Tribunal Municipal de Praga

Slezská 2000/9, 120 00 Praga

podatelna@msoud.pha.justice.cz

Teléfono: 224 172 111

Buzón de datos: snkabbm

Tribunal Regional de České Budějovice

Zátkovo nábř. 10/2, 370 84 České Budějovice

podatelna@ksoud.cbu.justice.cz

Teléfono: 389 018 111

Buzón de datos: 832abay

Tribunal Regional de Plzeň

Veleslavínova 21/40, 306 17 Plzeň

podatelna@ksoud.plz.justice.cz

sbirkalistin@ksoud.plz.justice.cz

Teléfono: 377 869 611

Buzón de datos: yaraba4

Tribunal Regional de Ústí nad Labem

Národního odboje 1274/26, 400 92 Ústí nad Labem

podatelna@ksoud.unl.justice.cz

Teléfono: 475 247 111 (centralita)

Buzón de datos: phgaba8

Tribunal Regional de Hradec Králové

Československé armády 218/57, 502 08 Hradec Králové

podatelna@ksoud.hrk.justice.cz

Teléfono: 498 016 111

Buzón de datos: ep7abae

Tribunal Regional de Brno

Husova 353/15, 601 95 Brno

podatelna@ksoud.brn.justice.cz

Teléfono: 546 511 111 (centralita)

Buzón de datos: 5wwaa9j

Tribunal Regional de Ostrava

Havlíčkovo nábřeží 1835/34, 728 81 Ostrava

podatelna@ksoud.ova.justice.cz

Teléfono: 596 153 111

Buzón de datos: jhyaeqv

Referencias útiles

Aplicación web de los registros públicos: https://or.justice.cz/ias/ui/rejstrik

Presentaciones ante los registros públicos: https://or.justice.cz/ias/ui/podani

Información relativa a las presentaciones ante registros públicos en el portal de la administración pública: https://portal.gov.cz/sluzby-verejne-spravy/rejstriky-katastry-evidence-vypisy-overeni-a-statistika-KAT-419/rejstriky-pravnickych-a-fyzickych-osob-KAT-642

Información sobre la inscripción en registros públicos en el sitio web del Colegio Notarial checo: https://www.nkcr.cz/casopis-ad-notam/detail/39_254-zapis-do-verejneho-rejstriku-notarem

Información sobre registros públicos en el portal Businessinfo.cz: https://www.businessinfo.cz/navody/verejne-rejstriky-ppbi/2/

Última actualización: 04/10/2023

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