Reglamento «Bruselas II bis» — Cuestiones matrimoniales y de responsabilidad parental

Italia

Contenido facilitado por
Italia

BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES

El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

Italia

Derecho de familia - Reglamento «Bruselas II bis» — Cuestiones matrimoniales y de responsabilidad parental


*entrada obligatoria

Artículo 67 (a)

Nombres, direcciones y medios técnicos para las comunicaciones de las autoridades centrales designadas de conformidad con el artículo 53:

La autoridad central para todo el territorio nacional es el Departamento de Justicia de Menores y Comunitaria (Dipartimento per la Giustizia Minorile e di Comunità).

Via Damiano Chiesa, 24

00136 Roma

Teléfono:         +39 06 68188326; 06 68188331; 06 68188335

Fax:                 +39 06 68808085

Correo electrónico: autoritacentrali.dgmc@giustizia.it

Buzón electrónico funcional: prot.dgmc@giustiziacert.it

Artículo 67 (b)

Las lenguas admitidas para las comunicaciones dirigidas a las autoridades centrales de conformidad con el artículo 57, apartado 2, son: el italiano, el inglés y el francés.

Artículo 67 (c)

Para el certificado relativo al derecho de visita y el certificado relativo a la restitución del menor (artículo 45, apartado 2,), las lenguas admitidas son: el italiano, el inglés y el francés.

Artículos 21 y 29

Las solicitudes a que se refieren los artículos 21 y 29 se presentarán ante los órganos jurisdiccionales o autoridades competentes siguientes:

— en Italia, la Corte d’appello (Tribunal de apelación).

Artículo 33

El recurso a que se refiere el artículo 33 se presentará ante los órganos jurisdiccionales siguientes:

— en Italia, la Corte d’appello.

Artículo 34

La resolución dictada sobre el recurso a que se refiere el artículo 34, únicamente podrá ser objeto:

— en Italia, de un recurso de casación.

 

Esta página web forma parte del portal Tu Europa.

Nos gustaría recibir sus comentarios acerca de la utilidad de la información ofrecida.

Your-Europe

Última actualización: 11/01/2024

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.