Tasas judiciales aplicables al requerimiento europeo de pago

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Introducción

A los requerimientos europeo de pago se aplicarán las normas sobre el cálculo y el pago de los derechos de timbre (forma en que se pagan las tasas judiciales en Lituania) establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil de la República de Lituania.

De conformidad con el Decreto n.º 1240 del Gobierno de la República de Lituania, de 27 de octubre de 2001, por el que se adoptan las normas para el cálculo, el pago, la imputación y el reembolso de los derechos de timbre, estos últimos también pueden pagarse electrónicamente.

¿Qué tasas se aplican?

El importe de los derechos de timbre que deben pagarse se indica en el siguiente punto.

¿Cuánto tendré que pagar?

En el caso de una petición de requerimiento, el derecho de timbre que se debe abonar es igual a una cuarta parte del importe adeudado por ejercer una acción judicial, pero no puede ser inferior a diez euros, salvo en los casos en que, por ley o por resolución judicial, la persona esté total o parcialmente exenta del derecho de timbre o cuando se aplace el pago de dicho derecho.

Si, después de que el órgano jurisdiccional haya expedido el requerimiento, el deudor impugna y el acreedor interpone una demanda según los cauces de los procedimientos ordinarios, el mencionado derecho de timbre se deduce de la cuantía del derecho de timbre adeudado por la nueva demanda.

Si se considera que la demanda del acreedor no se ha presentado conforme a lo dispuesto en el artículo 439, apartado 6, de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no se devuelve al demandante el derecho de timbre pagado.

¿Qué ocurre si no pago las tasas judiciales a tiempo?

La petición debe ir acompañada de los documentos y demás pruebas en los que el demandante base sus pretensiones, así como del justificante de pago del derecho de timbre.

Si no se ha pagado el derecho de timbre, el juez fija en resolución un plazo adecuado, que no puede ser inferior a siete días, para subsanar la situación. La resolución se notifica a más tardar el día hábil siguiente a aquel en el que es dictada.

Si la parte que presenta el documento procesal ha cumplido las instrucciones del juez y ha subsanado la situación dentro del plazo prescrito, se considera que el documento procesal ha sido presentado en la fecha en que se presentó por primera vez al órgano jurisdiccional. En caso contrario, no se admite a trámite el documento procesal y, a más tardar cinco días hábiles después de la expiración del plazo para subsanar la situación, el juez dicta una resolución por la que se devuelve el documento procesal, junto con los documentos que lo acompañan, a la persona que lo haya presentado.

¿Cómo puedo efectuar el pago?

Los derechos de timbre se ingresan en la cuenta específica de ingresos de la Inspección nacional de impuestos (Valstybinė mokesčių inspekcija), que depende del Ministerio de Finanzas, según el método elegido por la persona interesada (banca electrónica, pago en efectivo, transferencia u otro).

¿Qué debo hacer tras el pago?

La prueba del pago del derecho de timbre (una orden de pago u otro documento que confirme el pago) debe contener la información siguiente:

  1. el nombre, apellidos y número de identificación personal del ordenante (o la razón social y el número registral, si se trata de una persona jurídica);
  2. el nombre, apellidos y número de identificación personal de la otra parte (demandado, deudor, etc.) (o la razón social y el número registral, si se trata de una persona jurídica);
  3. la fecha del pago;
  4. la referencia del pago;
  5. el importe abonado;
  6. el objeto del pago (con indicación del pago del derecho de timbre y el nombre del órgano jurisdiccional competente).

Si el derecho de timbre es abonado por un representante de la parte (abogado, asesor jurídico u otra persona que represente los intereses de la parte en el proceso), la orden de pago u otro documento que confirme el pago debe contener, además de la información antes mencionada, el nombre, los apellidos y el número de identificación personal (o la razón social y el número registral, si se trata de una persona jurídica) de la parte representada.

Si el derecho de timbre se paga electrónicamente, no es necesario ningún documento para confirmar su pago.

Última actualización: 23/02/2023

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