Derechos de las víctimas – por país

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Las víctimas de delitos tienen una serie de derechos en los procesos penales y previos al juicio, con especial protección para los niños y las víctimas de delitos contra la libertad sexual y la trata de seres humanos.

La víctima de un delito tiene derecho a:

  1. acceso a los servicios de apoyo a las víctimas;
  2. una asistencia y apoyo psicológicos y profesionales eficaces por parte de organismos, organizaciones e instituciones de apoyo a las víctimas, de conformidad con la ley;
  3. la protección contra intimidaciones y represalias;
  4. la protección de su dignidad al declarar como víctima;
  5. ser oída sin demoras indebidas tras la denuncia de un delito y, posteriormente, a ser interrogada no más de lo estrictamente necesario a efectos del proceso penal;
  6. ir acompañada por una persona de confianza en cualquier diligencia en la que participe;
  7. ser objeto de exámenes médicos mínimos y solo si estos son absolutamente indispensables para el proceso penal;
  8. presentar una querella o ejercitar la acción civil con arreglo al Código Penal (Kazenski zakonik), participar en el proceso penal como parte perjudicada, y ser informada del sobreseimiento (artículo 206, apartado 3, del Código Penal) y de la decisión de la fiscalía (državni odvjetnik) de no acusar, así como del derecho a constituirse en acusación particular sin la fiscalía;
  9. ser informada por la fiscalía sobre el curso dado a su denuncia (artículo 206 bis del Código Penal) y a presentar queja ante una instancia superior de la fiscalía (artículo 206 ter del Código Penal);
  10. solicitar y recibir información sin demoras indebidas sobre la puesta en libertad o la prisión preventiva del autor del delito, su fuga o puesta en libertad, y sobre las medidas adoptadas para garantizar la protección de la víctima;
  11. solicitar y recibir información sobre cualquier resolución firme que ponga fin al proceso penal;
  12. otros derechos previstos por la ley.

La víctima de un delito contra la libertad sexual o de trata de seres humanos tiene los derechos siguientes, además de los mencionados anteriormente:

  1. hablar con un asesor jurídico antes del interrogatorio, corriendo el coste a cargo del Estado;
  2. contar con un representante judicial a cargo del Estado;
  3. ser interrogada por una persona del mismo sexo en la comisaría de policía o en la oficina de la fiscalía y ser interrogada por la misma persona si tiene lugar otro interrogatorio;
  4. negarse a contestar preguntas innecesarias relativas a su vida personal que no estén relacionadas con el delito;
  5. solicitar que se la interrogue con un dispositivo audiovisual (artículo 292, apartado 4, del Código Penal);
  6. tener garantías en cuanto a la confidencialidad de los datos de carácter personal;
  7. pedir que su declaración se efectúe a puerta cerrada.

Si un menor es víctima de un delito, le amparan los siguientes derechos, además de los mencionados anteriormente:

  1. contar con un representante judicial a cargo del Estado;
  2. tener garantías en cuanto a la confidencialidad de los datos de carácter personal;
  3. declarar a puerta cerrada.

Se consideran menores las personas que no han cumplido 18 años.

Los menores que sean víctimas y testigos de un delito deben ser interrogados por el juez de instrucción en la vista probatoria; son citados a través de sus progenitores o tutores.

Acusación privada

Cuando se denuncia un delito, la fiscalía actúa de oficio en la mayoría de los casos.

Sin embargo, ciertos delitos solo son perseguibles a instancia de la persona ofendida. La acusación privada debe ejercitarse en un plazo de tres meses a contar desde la fecha en que la persona física o jurídica legitimada haya tenido conocimiento del delito y de la autoría del mismo.

Acción civil

Las personas perjudicadas por un delito tienen derecho a ejercitar acciones civiles respecto de los delitos enjuiciados en el proceso penal.

A estos efectos, la víctima de un delito es una parte perjudicada.

Se pueden ejercitar las acciones siguientes:

  • indemnización por daños y perjuicios, que pueden ser tangibles o intangibles (dolor sufrido o miedo);
  • restitución de bienes, si la parte perjudicada puede probar que era la propietaria o titular legítima de los mismos;
  • anulación de negocio jurídico concreto, si el delito tuvo como resultado una transacción patrimonial (si el acusado obligó a la víctima a celebrar un contrato).

Puede ejercitarse la acción civil en el marco del proceso penal o interponerse demanda en un proceso civil separado contra el acusado. Si la acción se ejercita en el proceso penal, un requisito para que sea estimada es que el órgano jurisdiccional declare culpable al demandado/acusado.

Este requisito no se aplica si se presenta demanda en un proceso civil separado.

Derechos de las partes perjudicadas durante la instrucción y en el proceso penal

Una víctima que participe como parte perjudicada en un proceso penal tiene derecho a:

  • utilizar su propio idioma, incluyendo la lengua de signos para sordos y sordociegos, y a ser asistida por un intérprete si no entiende o no habla el croata, o por un traductor o intérprete de lengua de signos si es sorda o sordociega;
  • presentar una demanda civil y solicitar la adopción de medidas cautelares;
  • ser representada por un tercero;
  • alegar hechos y aportar pruebas o solicitar su práctica;
  • asistir a la vista probatoria;
  • asistir a las actuaciones del proceso, tomar parte en las diligencias probatorias y presentar un escrito de alegaciones finales;
  • consultar los autos;
  • ser informada por la fiscalía con respecto a las medidas tomadas en base a su denuncia y a presentar queja ante una instancia superior de la fiscalía;
  • recurrir;
  • intimar la restauración de la situación anterior al delito;
  • ser notificada del resultado del proceso penal.

La fiscalía y el órgano jurisdiccional están obligados a examinar, tanto antes como durante cada etapa del procedimiento penal, si existe alguna posibilidad de que el acusado repare a la parte perjudicada por los daños causados. Asimismo, informarán a la parte perjudicada de los derechos a utilizar su propio idioma, incluyendo la lengua de signos para sordos y sordociegos, y a ser asistida por un intérprete si no entiende o no usa el croata, o por un traductor o intérprete de lengua de signos si es sorda o sordociega, a presentar una demanda civil y solicitar medidas cautelares, a alegar hechos y aportar pruebas o solicitar su práctica, a asistir a la vista probatoria y a las actuaciones del proceso, a tomar parte en las diligencias probatorias y presentar un escrito de alegaciones finales, a consultar los autos, a ser informada por la fiscalía con respecto a las medidas tomadas en base a su denuncia y a presentar queja ante una instancia superior de la fiscalía.

Derecho a indemnización económica

La Ley de indemnización económica a las víctimas de delitos o Zakon o novčanoj naknadi žrtvama kaznenih djela [Narodne novine (Boletín Oficial de Croacia) n.os 80/08 y 27/11] establece un derecho a indemnización económica para las víctimas de delitos violentos dolos cometidos en Croacia, o para sus familiares, en las condiciones establecidas en esa Ley.

Establece el derecho a una indemnización económica para las víctimas de delitos violentos dolosos y especifica los requisitos y el procedimiento a seguir, los órganos competentes para resolver y los que participan en el procedimiento y los órganos competentes y el procedimiento en casos transfronterizos.

Las víctimas de delitos violentos dolosos tienen derecho a una indemnización económica con cargo al Estado.

La policía, la fiscalía y los órganos jurisdiccionales están obligados a facilitar información sobre el derecho a indemnización, los formularios de solicitud necesarios y, a petición de la víctima, orientación general e información sobre cómo cumplimentar la solicitud y sobre la documentación requerida.

Las solicitudes de indemnización económica deben presentarse ante el Ministerio de Justicia (Ministarstva pravosuđa) mediante el formulario que puede descargarse del sitio web del Ministerio.

Formulario de solicitud de indemnización económica para víctimas de delitos_(HR)  PDF (223 Kb) hr

La solicitud debe presentarse en un plazo de seis meses a contar desde la fecha en que se haya cometido el delito. Si existen razones legítimas por las cuales una víctima no haya podido presentar tal solicitud en ese plazo, debe hacerlo en los tres meses siguientes a la fecha en que dejen de concurrir estas razones y, en cualquier caso, en un plazo de tres años a contar desde la fecha de comisión del delito.

Si la víctima es un menor o una persona que tenga la capacidad de obrar limitada y su representante legal no presentó la solicitud en los seis meses siguientes a la fecha en que se cometió el delito, el plazo de seis meses comienza a correr a partir del día en que la víctima cumple 18 años o del día en que se incoa el proceso penal una vez que la víctima haya alcanzado la mayoría de edad o del día en que se restablezca su capacidad obrar.

Personas con derecho a indemnización económica:

  • víctimas de delitos que impliquen actos de violencia que tengan ciudadanía croata o de un Estado miembro de la Unión Europea o que sean residentes permanentes en la Unión Europea, siempre que el delito se haya cometido en Croacia;
  • víctimas que hayan sufrido lesiones corporales graves o cuya salud se haya deteriorado como consecuencia del delito (tienen derecho a una indemnización por los gastos de tratamiento, siempre que no estén cubiertos por el seguro médico obligatorio y hasta un máximo igual al importe del seguro médico croata, así como a una indemnización por lucro cesante hasta un máximo de 35 000 HRK);
  • los parientes cercanos de la víctima fallecida (cónyuge o pareja, hijo/a, progenitor, padre adoptivo, hijo/a adoptado/a, padrastro o madrastra, hijastro/a, pareja del mismo sexo, abuelo/a y nieto/a si vivían en el mismo hogar que la víctima) tienen derecho a una indemnización de hasta 70 000 HRK por la pérdida de los alimentos reconocidos por ley;
  • en caso de fallecimiento de la víctima, la persona que haya pagado los gastos de sepelio tiene derecho a una indemnización de hasta 5 000 HRK;
  • siempre que la policía o la fiscalía reciben denuncia del delito o inician de oficio actuaciones en un plazo de seis meses a contar a partir de la fecha en que fue cometido, independientemente de si se conoce o no la identidad del autor.

Cuando se determina el importe de la indemnización, se tiene en cuenta la conducta de la víctima durante y después del delito o su contribución a la causa del daño y a la magnitud del daño, si la persona es una víctima inmediata y si ha denunciado el delito a las autoridades competentes y cuándo. Además, se valora la cooperación de la víctima con la policía y las autoridades competentes para llevar al autor ante la justicia, teniendo en cuenta si la víctima inmediata ayudó a causar o exacerbar el daño; en cualquiera de estos casos, la indemnización a la que tiene derecho la víctima se reduce en consecuencia. Se deniega la solicitud de indemnización o se reduce el importe si se descubre que la víctima está implicada en un delito organizado o en una organización delictiva. También se puede denegar o reducir el importe de la indemnización si la concesión de la indemnización completa es contraria a los principios de equidad, moralidad y orden público.

Aviso de puesta en libertad del autor del delito

Cuando un acusado es condenado a prisión, el Servicio de Apoyo a las Víctimas y Testigos (Služba za podršku žrtvama i svjedocima) del Ministerio de Justicia informa a la víctima de la fecha de puesta en libertad del reo (liberación incondicional y libertad condicional).

Obligación legal de informar a las víctimas de la puesta en libertad del reo

De conformidad con las disposiciones de la Ley por la que se modifica la Ley de ejecución de las sentencias de privación de libertad (Zakon o izmjenama i dopunama Zakona o izvršenju kazne zatvora), el Servicio de Apoyo a las Víctimas y Testigos del Ministerio de Justicia está obligado a informar a la víctima, a la parte perjudicada o a su familia sobre la puesta en libertad del reo.

Se notifica a las víctimas la puesta en libertad de un reo en supuestos de delitos contra la libertad sexual y la moralidad sexual, la vida y la integridad física o de delitos violentos.

Se proporciona esta información a la víctima, a la parte perjudicada o a su familia, independientemente de que el reo sea liberado incondicionalmente o en régimen de libertad condicional.

Además, cuando se decida sobre la conveniencia de permitir que un reo abandone la prisión para dirigirse a su domicilio o su residencia temporal, los centros penitenciarios pueden exigir al Servicio de Apoyo a las Víctimas y Testigos que recabe la opinión de la víctima o de su familia con respecto a dicha posibilidad. Dicho Servicio informa al Servicio de Libertad Condicional con arreglo al parecer de la víctima.

Apoyo a testigos y víctimas

El apoyo a las víctimas y los testigos en Croacia es coordinado por el Servicio de Apoyo a las Víctimas y Testigos del Ministerio de Justicia.

Las víctimas y los testigos pueden obtener apoyo e información sobre sus derechos y sobre los procesos en la oficina del Servicio de Apoyo a las Víctimas y Testigos en los distintos órganos jurisdiccionales.

Estos servicios se han creado en siete tribunales de condado (županijski sud), a saber, Zagreb, Zadar, Osijek, Vukovar, Split, Sisak y Rijeka. Prestan a las víctimas (y testigos) y a las personas que las acompañen apoyo emocional, información práctica e información sobre sus derechos. También prestan apoyo los servicios de los tribunales municipales (općinski sud) y a los tribunales de delitos leves competentes (prekršajni sud).

Las víctimas también pueden informarse sobre sus derechos y sobre los tipos de asistencia disponibles llamando al número gratuito 116 006, del Centro Nacional de Atención a las Víctimas de Delitos (véase el sitio web del Centro).

El Ministerio de Justicia también presta a las víctimas y los testigos apoyo e información sobre sus derechos; las consultas pueden enviarse por correo electrónico a: zrtve.i.svjedoci@pravosudje.hr o al sitio web del Ministerio de Justicia de Croacia: https://pravosudje.gov.hr/

Apoyo a víctimas y testigos en casos transfronterizos

El Servicio de Apoyo a las Víctimas y Testigos, creado en el Ministerio de Justicia, presta apoyo e información a los testigos y las victimas citados en procesos internacionales por medio de la figura del auxilio judicial (incluidos los testigos de crímenes de guerra).

Se envían cartas informativas a los testigos citados para que presten declaración en órganos jurisdiccionales de Croacia o a los testigos croatas citados para comparecer ante órganos jurisdiccionales extranjeros.

Los testigos de crímenes de guerra reciben protección física cuando sea necesario y, además, asistencia para preparar su viaje y comparecer ante el órgano jurisdiccional competente (en el caso de testigos y otras partes citados ante órganos judiciales competentes en Croacia respecto de interrogatorios en procesos penales relacionados con crímenes de guerra o, fuera de Croacia, cuando dicho apoyo se refiera a una solicitud de asistencia jurídica internacional).

Enlaces con información pertinente:

1. Mis derechos como víctima de un delito

2. Denunciar un delito y mis derechos durante la investigación o el juicio

3. Mis derechos tras el juicio

4. Compensación

5. Mis derechos de apoyo y asistencia

Última actualización: 27/03/2023

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