Resoluciones en materia civil y mercantil - Reglamento Bruselas I

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Reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil - Reglamento Bruselas I


*entrada obligatoria

Anexo I - Reglas de competencia nacionales mencionadas en el artículo 3, apartado 2, y en el artículo 4, apartado 2

Ninguna

Anexo II - Tribunales o autoridades competentes ante los que se podrán presentar las solicitudes a las que se refiere en el artículo 39

Los tribunales de primera instancia (tribunaux de première instance / rechtbanken van eerste aanleg / Gerichte Erster Instanz).

Anexo III -Tribunales de los Estados miembros ante los que se podrán interponer los recursos a los que se refiere en el artículo 43, apartado 2

- Cuando se trate de un recurso del demandado: los tribunales de primera instancia.

- Cuando se trate de un recurso del demandante: los tribunales de apelación (cours d’appel / hoven van beroep / Appellationshöfe).

Anexo IV - Recursos que podrán interponerse en virtud del artículo 44

Recurso de casación.

Última actualización: 02/04/2024

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