Restricciones en materia sucesoria: normas especiales

Alemania
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Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 Con arreglo a la ley de este Estado miembro, ¿imponen las normas especiales, por motivos económicos, familiares o sociales, alguna restricción que se refiera o afecte a la sucesión de bienes inmuebles, determinadas empresas u otras categorías especiales de bienes situadas en él?

En Alemania hay restricciones especiales en el sentido del artículo 30 del reglamento relativo al derecho sucesorio en el derecho de herencia campesina, que en determinadas circunstancias sujeta los bienes de uso agrícola a disposiciones especiales en materia sucesoria.

Existen disposiciones de este tipo en la ley sobre herencia conocida como Höfeordnung, que se aplica como ley federal parcial en Hamburgo, Baja Sajonia, Renania del Norte-Westfalia y Schleswig-Holstein, así como en las leyes de herencia campesina de algunos estados federados (Hofgütergesetz de Baden y Anerbengesetz de Wurtemberg en el estado de Baden-Wurtemberg, esta última aplicable solo a sucesiones en las que el causante haya nacido antes del 1 de enero de 1930; la Landgüterordnung en Hesse; la Höfeordnung en Renania-Palatinado; y la Höfegesetz en Bremen). En los demás estados federados no existen disposiciones de este tipo. Para determinar el derecho de herencia campesina correspondiente a cada caso, hay que recurrir al artículo 36, párrafo 2, letra c), del citado reglamento. Por lo demás, cabe aplicar el fragmentario derecho de herencia de fincas rústicas del Código Civil (artículos 1515, párrafo 2, 2049 y 2312) así como el artículo 13 de la Ley sobre bienes inmuebles (GrundstücksverkehrsG), que permite la adjudicación de una explotación a un solo coheredero.

En cuanto a contenido, la Höfeordnung incluye un derecho de herencia especial para determinadas explotaciones agrícolas. Este sirve para evitar la fragmentación de las explotaciones agrícolas y silvícolas en la sucesión. Las disposiciones de las Höfeordnungen prevén que un solo heredero (el heredero de la finca) reciba la propiedad, asegurando así la conservación intergeneracional de unas explotaciones agrícolas viables. Las disposiciones no solo sirven a los intereses privados del propietario individual de la finca, sino también al interés público en el mantenimiento de explotaciones agrícolas indivisas y productivas.

Los demás coherederos tienen derecho a ser compensados —la cuantía de estas indemnizaciones es inferior a la correspondiente a otro tipo de controversias sucesorias— con el fin de proteger la explotación agrícola frente a reclamaciones de compensación o indemnización demasiado elevadas y que por tanto puedan poner en riesgo la existencia de la propia explotación.

2 Con arreglo a la ley de este Estado miembro, ¿se aplican esas normas especiales a la sucesión de los bienes citados independientemente de cuál sea el Derecho aplicable a la sucesión?

Debido al objetivo político-económico del derecho de herencia campesina, que consiste en garantizar la conservación intergeneracional de las explotaciones agrícolas, las citadas disposiciones especiales deben aplicarse a los bienes agrícolas situados en el territorio nacional sin tener en cuenta la legislación aplicable a la sucesión del causante.

3 Con arreglo a la ley de este Estado miembro, ¿existen procedimientos especiales que garanticen el cumplimiento de las normas especiales citadas?

La legislación alemana, en el marco del reglamento de procedimiento para asuntos relacionados con fincas (HöfeVfO), prevé determinados procedimientos de control por parte del tribunal encargado de asuntos agrícolas, por ejemplo si hay disposiciones testamentarias o convenios de transmisión de fincas que contravengan la legislación sobre fincas.

Última actualización: 15/12/2023

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