Demandas de escasa cuantía

Alemania

Contenido facilitado por
Alemania

BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES

El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

Alemania

Procedimientos transfronterizos europeos - procedimientos de escasa cuantía


*entrada obligatoria

Artículo 25, apartado 1, letra a) – Órganos jurisdiccionales competentes

A efectos del proceso europeo de escasa cuantía establecido por el Reglamento (CE) n.º 861/2007, son competentes para dictar sentencia cualesquiera órganos jurisdiccionales de los Estados federados que tengan atribuida competencia con arreglo a la normativa aplicable a la jurisdicción, la competencia territorial y la competencia material (https://e-justice.europa.eu/content_jurisdiction-85-DE-es.do?init=true). Por norma general, la resolución de estos litigios corresponde a los tribunales de lo civil y penal (Amtsgerichte).

Los Estados federados de Baden-Württemberg, Hesse, Renania del Norte-Westfalia, Sajonia-Anhalt y Schleswig-Holstein han concentrado la competencia con respecto a estos procesos de la forma siguiente:

En Baden-Württemberg:

Asuntos de los que conocen tribunales de lo civil y penal:

1) el Tribunal de lo Civil y Penal de Heidelberg,

en la demarcación judicial del Tribunal Superior Regional de lo Civil y Penal de Karlsruhe;

2) el Tribunal de lo Civil y Penal de Heilbronn,

en la demarcación judicial del Tribunal Superior Regional de lo Civil y Penal de Stuttgart.

En Hesse:

1) el Tribunal de lo Civil y Penal de Fráncfort del Meno, en los asuntos de los que conocen tribunales de lo civil y penal;

2) el Tribunal Regional de lo Civil y Penal de Fráncfort del Meno, en los asuntos de los que conocen los tribunales regionales de lo civil y penal.

En Renania del Norte-Westfalia:

el Tribunal de lo Civil y Penal de Essen, en los asuntos de los que conocen tribunales de lo civil y penal.

En Sajonia-Anhalt:

el Tribunal de lo Civil y Penal de Halle (Saale).

En Schleswig-Holstein:

Asuntos de los que conocen tribunales de lo civil y penal:

1) el Tribunal de lo Civil y Penal de Flensburg, en la demarcación del Tribunal Regional de lo Civil y Penal de Flensburg (que abarca los distritos judiciales de Flensburg, Husum, Niebüll y Schleswig);

2) el Tribunal de lo Civil y Penal de Itzehoe, en la demarcación del Tribunal Regional de lo Civil y Penal de Itzehoe (que abarca los distritos judiciales de Elmshorn, Itzehoe, Meldorf y Pinneberg);

3) el Tribunal de lo Civil y Penal de Kiel, en la demarcación del Tribunal Regional de lo Civil y Penal de Kiel (que abarca los distritos judiciales de Bad Segeberg, Eckernförde, Kiel, Neumünster, Norderstedt, Plön y Rendsburg); y

4) el Tribunal de lo Civil y Penal de Lübeck, en la demarcación del Tribunal Regional de lo Civil y Penal de Lübeck (que abarca los distritos judiciales de Ahrensburg, Eutin, Lübeck, Oldenburg, Ratzeburg, Reinbek y Schwarzenbek).

Artículo 25, apartado 1, letra b) – Medios de comunicación

En todos los órganos jurisdiccionales están disponibles los siguientes medios de comunicación: el correo, incluidos los servicios de mensajería privados, el fax, la entrega en mano o la presentación de la demanda en la oficina de presentación de demandas del tribunal (Rechtsantragstelle).

Asimismo, se pueden presentar demandas en formato electrónico en todos los estados federales (Länder), en determinados tribunales y en todos los tribunales federales. En estos casos, la persona responsable de presentar el documento electrónico deberá adjuntar una firma electrónica autorizada, para lo cual es necesario un programa de ordenador que permita crear firmas electrónicas y una tarjeta con el correspondiente lector de tarjetas. También es posible ponerse en contacto con los tribunales que ofrecen este servicio a través de la interfaz CODEX‑e desde otros Estados miembros. La información relativa a los tribunales que permiten el acceso electrónico se puede encontrar en http://www.justiz.de/ y http://www.egvp.de/ o en los sitios web de cada tribunal.

A partir del 1 de enero de 2018, se podrán presentar documentos electrónicos en todos los tribunales federales y en las Land courts, de conformidad con el artículo 130, letra a), del Código de Enjuiciamiento Civil revisado, siempre que el documento electrónico lleve la firma electrónica autorizada de la persona responsable o esté firmado por esta y sea transmitido por medios seguros. Se considerarán «medios seguros»:

1. el servicio alemán de administración electrónica «De‑Mail» con la autenticación del remitente (absenderbestätigt);

2. el buzón de correo electrónico específico para los abogados («beA»);

3. el buzón de correo electrónico específico para las autoridades públicas («beBPo»).

Un Reglamento del Gobierno Federal que entrará en vigor el 1 de enero de 2018 establecerá los parámetros técnicos para la transmisión de documentos electrónicos.

Artículo 25, apartado 1, letra c) – Autoridades u organizaciones competentes para prestar asistencia práctica

Los tribunales locales tienen competencia para ofrecer asistencia práctica, de conformidad con el artículo 11 del Reglamento (CE) n.° 861/2007 modificado. El personal pertinente, en especial el personal de las oficinas de presentación de demandas o de los mostradores de información, proporciona asistencia práctica de acuerdo con el organigrama de la institución. La información relativa a los tribunales locales competentes y a los medios de comunicación puede encontrarse en el Atlas Judicial Europeo. Véase el punto a) anterior.

Artículo 25, apartado 1, letra d) – Medios de notificación y comunicación electrónicas y medios para manifestar el consentimiento en cuanto a su uso

En virtud del artículo 174, apartados 1 y 2, del Código de Enjuiciamiento Civil, los escritos procesales pueden notificarse mediante fax, con acuse de recibo, a un abogado, a un notario, a un agente judicial (Gerichtsvollzieher), a un asesor fiscal o a cualquier otra persona que goce de una confianza especial por razón de su profesión, a una autoridad pública, a una empresa o a un organismo de Derecho público.

Los documentos electrónicos pueden también notificarse a las mismas personas, en virtud del artículo 174, apartado 3. Los mismos principios se aplican a las otras partes del proceso judicial, siempre y cuando hayan dado su consentimiento expreso para que los documentos se transmitan en formato electrónico. El documento debe estar firmado electrónicamente y estar protegido para evitar su difusión a terceras partes no autorizadas. Los documentos también se pueden transmitir por medio de «De-Mail».

A partir del 1 de enero de 2018, en lugar de utilizar una firma electrónica, se podrán enviar documentos electrónicos mediante un canal de transmisión seguro (sicherer Untermittlungsweg), conforme al artículo 130, letra a), del Código de Enjuiciamiento Civil. Las personas mencionadas anteriormente deberán crear un canal de transmisión seguro para la notificación de documentos electrónicos. La notificación electrónica será con acuse de recibo electrónico en un formato estructurado y legible por una máquina. Con este fin, el tribunal proporcionará una serie de datos cuando notifica el documento.

La aceptación, de conformidad con el artículo 13 y el artículo 174, apartado 3, del Código de Enjuiciamiento Civil, se puede manifestar utilizando los medios descritos en el punto b) anterior.

Para más información, véase el punto b).

Artículo 25, apartado 1, letra e) – Personas o profesiones sujetos a la obligación de aceptar la notificación de documentos u otras comunicaciones escritas por medios electrónicos

A raíz de la introducción del artículo 31, letra a), apartado 1, primera oración, del Código Federal que regula las profesiones jurídicas («BRAO»), el colegio federal de abogados debe crear un buzón de correo electrónico específico para cada abogado de Alemania. Uno de los objetivos del artículo 31, letra a), es garantizar que se pueda contactar a todos los abogados de Alemania a través de canales electrónicos. El buzón de correo electrónico específico para los abogados se estableció el 28 de noviembre de 2016.

Sin embargo, su utilización no es obligatoria. El artículo 31 del Reglamento relativo al directorio y al buzón de los abogados (Rechtsanwaltsverzeichnis- und -postfachverordnung) indica que, hasta el 31 de diciembre de 2017, la información que se reciba a través del buzón de correo electrónico específico para los abogados solo debe tenerse en cuenta si el propietario del mismo ha autorizado previamente su utilización. Este periodo de uso voluntario tiene como finalidad dar a los abogados la oportunidad de introducir la nueva tecnología de forma progresiva y, a la vez, garantizar que el buzón funcione de forma adecuada antes de que su utilización sea obligatoria. Con efecto a partir del 1 de enero de 2018, se añadirá un nuevo apartado 6 al artículo 31, letra a), del BRAO, por el cual se obliga a todos los abogados a tomar debidamente en cuenta la información enviada al buzón de correo electrónico específico para los abogados. Una enmienda legislativa a tal efecto figura en el proyecto de ley de aplicación de la Directiva relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y de enmienda de otras disposiciones relativas a las profesiones jurídicas (véase Bundestagsdrucksache 18/9521, páginas 9 y 107 y siguientes).

El Reglamento (CE) n.° 1393/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil (notificación de documentos) también regula este ámbito.

Artículo 25, apartado 1, letra f) – Tasas judiciales y medios de pago

Las tasas judiciales para el proceso europeo de escasa cuantía están sujetas a la Ley relativa a las costas judiciales («GKG»).

El tribunal cobra las tasas a través de una factura de costas judiciales (Gerichtskostenrechnung). Las tasas son exigibles cuando se presenta la demanda, si bien el proceso puede continuar aunque no se haya realizado el pago.

Son responsables del pago de las tasas judiciales, además del demandante, cualquier otra persona a quien el tribunal atribuya tal responsabilidad, o cualquiera que la asuma como parte de un acuerdo.

Las tasas se establecen en una tabla de costas anexa a la Ley relativa a las costas judiciales («KV-GKG»). El apartado 1210 de la KV-GKG establece un tipo de tarifa de 3,0 unidades para el proceso europeo de escasa cuantía. En caso de conclusión temprana del proceso, la tarifa se reduce a 1,0 (apartado 1211 de la KV-GKG).

Las tasas se fijan de acuerdo con la cantidad en cuestión en el caso, normalmente la misma que el importe de la demanda. Si, además de la demanda principal, se realizan demandas incidentales (intereses y costas) la cantidad de las mismas no se tendrá en cuenta.

Se aplican las siguientes tasas:

Cantidades hasta

EUR

Tarifa 3,0

EUR

Tarifa 1,0

EUR

500,00

105,00

35,00

1 000,00

159,00

53,00

1 500,00

213,00

71,00

2 000,00

267,00

89,00

3 000,00

324,00

108,00

4 000,00

381,00

127,00

5 000,00

438,00

146,00

Además de estas tasas, se requiere el pago de otros gastos, tales como los gastos por testigos, peritos o intérpretes.

El pago se puede realizar mediante transferencia bancaria. Los datos bancarios se envían junto a la solicitud de pago que emite la oficina de la caja del tribunal.

Artículo 25, apartado 1, letra g) – Procedimiento de recurso y órganos jurisdiccionales competentes

Las resoluciones judiciales dictadas en primera instancia son susceptibles de recurso ordinario (Berufung), de conformidad con las normas establecidas en el Código de Enjuiciamiento Civil, en particular en los artículos 511 y siguientes. Dicho recurso debe presentarse en el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la resolución judicial. El órgano jurisdiccional que tiene competencia para conocer los recursos incoados en el proceso europeo de escasa cuantía es el tribunal regional (Landgericht) que determinan las normas relativas a la jurisdicción territorial.

La sentencia a un recurso dictada por un tribunal regional puede impugnarse en cuestiones de Derecho si el órgano jurisdiccional en cuestión lo admite. Dicho recurso sobre cuestiones de Derecho (Revision) debe admitirse, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 543, apartado 2, del Código de Enjuiciamiento Civil, si el caso es de importancia esencial o si tal recurso es necesario para desarrollar el Derecho o garantizar una jurisprudencia uniforme.

Artículo 25, apartado 1, letra h) – Procedimiento de revisión de la sentencia y órganos jurisdiccionales competentes para conocer de dicha revisión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1104, apartado 1, del Código de Enjuiciamiento Civil, si se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 18 y se realiza la solicitud, se continúa el proceso volviéndose al estado en que se encontraban antes de dictarse la resolución judicial. El órgano jurisdiccional con competencia es el que conoció el litigio original.

Artículo 25, apartado 1, letra i) – Lenguas aceptadas

Se podrá utilizar únicamente la lengua alemana. En los distritos del país donde reside la población soraba, los sorabos tienen el derecho de hablar sorabo en el tribunal.

Artículo 25, apartado 1, letra j) – Autoridades competentes por lo que respecta a la ejecución

Para obtener información relativa a las autoridades con competencia en materia de ejecución, véase el resumen en «Procedimientos de ejecución de una sentencia». El órgano jurisdiccional que tiene competencia para adoptar resoluciones, en virtud del artículo 23, es el tribunal competente para conocer del litigio principal.

Última actualización: 18/01/2024

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.