En el ámbito de la justicia civil, los procesos y procedimientos pendientes iniciados antes del final del período transitorio proseguirán con arreglo a la legislación de la UE. El Portal de e-Justicia mantendrá la información relativa al Reino Unido, sobre la base de un acuerdo mutuo con este país, hasta el final de 2024.

Si mi reclamación debe sustanciarse en este país

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¿Por qué tipos de delito puedo obtener una indemnización?

Puede solicitar una indemnización si es una víctima inocente de un delito violento o si uno de sus seres queridos ha fallecido como consecuencia de un delito violento. El anexo B del régimen de indemnización enumera qué es un delito violento y qué no lo es a los efectos del régimen de indemnización. También se concede una indemnización a las personas heridas al asumir un riesgo excepcional y justificado con el fin de prevenir o reducir el efecto un delito, incluida la detención de un presunto delincuente.

¿Por qué tipos de lesiones puedo obtener una indemnización?

Puede solicitar una indemnización por lo siguiente:

  • lesiones mentales o físicas,
  • abusos sexuales o físicos,
  • por fallecimiento de un familiar.

No todas las reclamaciones de indemnización tendrán éxito; deben reunirse los requisitos exigidos por las normas del régimen de indemnización.

¿Puedo obtener una indemnización si soy familiar o persona a cargo de una víctima que haya fallecido a consecuencia del delito? ¿Qué familiares o personas a cargo de la víctima pueden obtener una indemnización?

Si usted es un familiar cercano de una persona que fallece como resultado de sus lesiones, es posible que pueda solicitar un pago. Para tener derecho a tales pagos, usted debe ser lo que el régimen de indemnización denomina un pariente elegible (qualifying relative).

Un pariente elegible es una persona que en el momento de la muerte del fallecido era:

  • el cónyuge o la pareja civil de la persona fallecida, que vivía con ella en el mismo domicilio;
  • la pareja de la persona fallecida (distinta del cónyuge o la pareja civil) que vivía en el mismo domicilio y lo había hecho durante un período ininterrumpido de al menos dos años inmediatamente antes de la fecha del fallecimiento;
  • una persona que cumplía los puntos anteriores, pero que no vivía con la persona fallecida debido a la mala salud o enfermedad de una de las dos personas;
  • el cónyuge o pareja civil, o un ex cónyuge o pareja civil, de la persona fallecida que estaba económicamente a su cargo;
  • un progenitor de la persona fallecida; o
  • un hijo de la persona fallecida.

¿Puedo obtener una indemnización si soy familiar o persona a cargo de una víctima que haya sobrevivido al delito? ¿Qué familiares o personas a cargo de la víctima pueden obtener una indemnización en ese caso?

Puede tener derecho a presentar una reclamación por una lesión mental si presenció un incidente en el que un ser querido resultó herido como consecuencia de un delito violento. También podría tener derecho si se vio involucrado en el período inmediatamente posterior a un incidente en el que un ser querido resultó herido.

Para poder reclamar un pago porque presenció un incidente o se vio involucrado en el período inmediatamente posterior a un incidente en el que un ser querido resultó herido, debe haber sufrido una lesión mental derivada de ello. Será necesaria una prueba médica de un psiquiatra o de un psicólogo clínico que confirme que es así.

Los familiares que pueden tener derecho se han enumerado anteriormente.

¿Puedo obtener una indemnización si no soy nacional de un país de la UE?

Solo tendrá derecho a recibir un pago de este régimen de indemnización si cumple uno de los requisitos de residencia, nacionalidad u de otro tipo del apartado 10. Esto significa que usted debía residir de forma habitual en el Reino Unido en la fecha del incidente o que se cumple una de las condiciones de los apartados 11 o 13 del régimen de indemnización.

También tendrá derecho a recibir una indemnización si es nacional de un Estado miembro de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) o del Convenio Europeo sobre Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos. Se aplican disposiciones especiales a las posibles víctimas de la trata de seres humanos y a las personas que han presentado solicitudes de asilo.

Los criterios completos figuran en el apartado 10 del régimen de indemnización.

¿Puedo reclamar una indemnización a este país si resido aquí o soy de aquí (este es mi país de residencia o nacionalidad) incluso si el delito se cometió en otro país de la UE? ¿Puedo optar por esa vía en vez de reclamar la indemnización en el país donde se cometió el delito? Si es así, ¿en qué condiciones?

Con arreglo al régimen de indemnización, se paga una indemnización por los incidentes ocurridos en Gran Bretaña (Escocia, Inglaterra y Gales).

Si usted es residente en el Reino Unido y ha sufrido lesiones como consecuencia de un delito violento en otro país que forma parte de la Unión Europea, podrá recibir ayudar para solicitar una indemnización en dicho país. Deberá llamar al Equipo de asistencia en la UE al 0300 003 3061 o enviar un correo electrónico a eucat@cica.gov.uk.

Si ha resultado herido fuera de la UE, puede presentar una solicitud en virtud de un régimen de indemnización similar gestionado por el país en cuestión. Póngase en contacto con el Ministerio de Asuntos Exteriores (Foreign and Commonwealth Office) para obtener más información. Puede encontrar más información en https://www.gov.uk.

¿Tengo que haber denunciado el delito a la policía antes de poder reclamar una indemnización?

Sí. Si el delito por el cual usted quiere una indemnización no ha sido denunciado a la policía, no se hará ningún pago. Uno de los requisitos del régimen de indemnización es que todos los incidentes por los que se presente una reclamación se denuncien a la policía.

¿Tengo que esperar al resultado de las investigaciones policiales o del procedimiento penal antes de poder reclamar?

No. No necesita esperar al resultado de las investigaciones policiales o del procedimiento penal antes de presentar una reclamación.

¿Tengo que tratar, en primer lugar, de obtener una indemnización del autor del delito, si este ha sido identificado?

El régimen de indemnización está previsto como un último recurso. Cuando exista la posibilidad de solicitar otro tipo de indemnización, debe hacerlo. Se espera que usted tome todas las medidas razonables para obtener prestaciones de la seguridad social, pagos de seguros y otras indemnizaciones por daños y perjuicios a las que usted pueda tener derecho como consecuencia de sus lesiones.

¿Puedo obtener una indemnización aunque el autor del delito no haya sido identificado o condenado? En caso afirmativo, ¿qué pruebas debo presentar en apoyo de mi reclamación?

Usted puede seguir teniendo derecho a recibir una indemnización con arreglo al régimen de indemnización aunque no se conozca a su agresor o este no haya sido condenado. Se espera que haya colaborado plenamente con cualquier investigación policial. Las decisiones en el marco del régimen de indemnización se adoptan sopesando todas las probabilidades.

¿Existe un límite de tiempo para reclamar una indemnización?

Debe presentar su solicitud tan pronto como sea razonablemente factible para usted. Si usted era un adulto en el momento del incidente, normalmente deberá presentarla en un plazo máximo de dos años desde que sucedió. Solo se puede ampliar el plazo cuando:

  • debido a circunstancias excepcionales la solicitud no se pudo presentar antes; y
  • las pruebas aportadas para fundamentar la solicitud permiten que un agente de reclamaciones pueda resolver al respecto sin necesidad de realizar investigaciones exhaustivas adicionales.

¿Qué pérdidas y gastos están cubiertos por la indemnización?

a) Para la víctima del delito:

- Daños materiales (no psicológicos):

  • Gastos médicos de las lesiones (tratamiento médico: asistencia ambulatoria y hospitalaria y recuperación): No, el régimen de indemnización no cubre los gastos médicos inmediatos.
  • Necesidades o gastos adicionales derivados de las lesiones (es decir, cuidados y asistencia, tratamiento temporal y permanente, fisioterapia a largo plazo, adaptación del hogar, ayudas especiales, etc.): Se pueden realizar pagos por estos gastos dependiendo de las circunstancias. Solo se valorarán estos gastos especiales si las lesiones ponen de manifiesto que usted no ha podido trabajar o que ha estado incapacitado para ello durante más de 28 semanas.
  • Lesiones permanentes (invalidez y otras incapacidades permanentes):
    • Pérdida de ingresos durante los tratamientos médicos y después de ellos (inclusive los ingresos perdidos y la pérdida de capacidad para obtenerlos o la reducción de los medios de subsistencia, etc.): Únicamente cuando tenga una incapacidad absoluta o parcial para trabajar como consecuencia directa de una lesión ocasionada por un delito durante un período de más de 28 semanas.
    • Pérdida de oportunidades: Sí, con sujeción a las normas de admisibilidad.
    • Gastos vinculados a los procesos judiciales relativos a la infracción que ha causado los daños, como los honorarios de abogados o las costas judiciales: No.
    • Indemnización por los efectos personales robados o dañados: No.
    • Otros: Consúltense las normas de admisibilidad del régimen de indemnización.

- Daños psicológicos (morales):

  • Dolor y sufrimiento de la víctima: Sí, sujeto a las normas de admisibilidad.

b) Para los derechohabientes o familiares de la víctima:

- Daños materiales (no psicológicos):

  • Gastos de sepelio: Sí.
  • Gastos médicos (tratamiento de un familiar, asistencia ambulatoria y hospitalaria, rehabilitación, etc.): No.
  • Pérdida de los medios de subsistencia o de oportunidades: Sí, cuando la víctima haya fallecido, y con sujeción a las normas de admisibilidad.

- Daños psicológicos:

  • Dolor y sufrimiento de los familiares o derechohabientes / indemnización de los supervivientes en caso de fallecimiento de la víctima: Puede tener derecho a presentar una reclamación por una lesión mental si presenció un incidente en el que un ser querido resultó herido como consecuencia de un delito violento. También podría tener derecho si se vio involucrado en el período inmediatamente posterior a un incidente en el que un ser querido resultó herido. Para poder reclamar un pago porque presenció un incidente o se vio involucrado en el período inmediatamente posterior a un incidente en el que un ser querido resultó herido, debe haber sufrido una lesión mental derivada de ello. Será necesaria una prueba médica de un psiquiatra o de un psicólogo clínico que confirme que es así.

¿Se abona la indemnización en un pago único o por mensualidades?

Siempre que sea posible, se pagará la reclamación con una única suma a tanto alzado.

¿De qué manera podrían mi propio comportamiento en relación con el delito, mis antecedentes penales o la falta de cooperación por mi parte durante el procedimiento de indemnización afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

Su reclamación puede verse afectada si:

  • no coopera plenamente con la policía y el sistema de justicia penal;
  • tiene una condena no cumplida que suponía una pena de privación de libertad o de servicios comunitarios;
  • su conducta contribuyó al incidente;
  • su historial, como lo demuestran sus condenas penales u otras pruebas, hace que sea inapropiado que se le conceda una indemnización; o
  • no coopera plenamente con el CICA.

¿De qué manera podría mi situación financiera afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización o a su importe?

El régimen de indemnización no depende del nivel de ingresos.

¿Qué otros criterios podrían, en su caso, afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

No se pagará una indemnización en las siguientes circunstancias:

  • si resultó herido antes del 1 de agosto de 1964;
  • si la lesión se produjo fuera de Gran Bretaña;
  • si ya ha presentado una reclamación al CICA por la misma lesión producida en el mismo incidente;
  • si el agresor podría beneficiarse de alguna prestación;
  • si la lesión se produjo antes del 1 de octubre de 1979 y usted y el agresor vivían juntos como miembros de la misma familia.

La indemnización también será objeto de retención o reducción cuando usted haya recibido una indemnización por la misma lesión de otras fuentes, incluidos los daños y perjuicios reconocidos por un tribunal civil.

¿Cómo se calcula la indemnización?

Las normas del régimen de indemnización y la cuantía de los pagos concedidos los fija el Parlamento y se calculan en función de un baremo de lesiones. El montante de la indemnización varía para reflejar la gravedad de la lesión.

¿Existen límites mínimos o máximos para la indemnización que puede concederse?

La indemnización mínima es de 1 000 GBP y la máxima es de 500 000 GBP.

¿He de estimar el importe en el formulario de reclamación? En caso afirmativo, ¿recibiré instrucciones sobre cómo calcularlo o sobre otros aspectos?

El cálculo de la indemnización que se debe pagar se hace de oficio.

¿Las indemnizaciones que reciba de otras fuentes (como un seguro de mi empleador o cualquier otro sistema de seguro privado) por los mismos daños se deducirán de la indemnización abonada por la autoridad u organismo?

La indemnización será reducida si usted ha recibido, o tiene derecho a recibir, un pago por la misma lesión como resultado de:

  • cualquier otra indemnización por lesiones derivadas de delitos o un pago similar;
  • una resolución de un órgano jurisdiccional civil que ordene el pago de una indemnización por daños y perjuicios;
  • el pago de una reclamación de daños y perjuicios; o
  • cualquier decisión u oferta de indemnización realizada durante un proceso penal.

En caso de que se reciba pagos o prestaciones especiales, se le reducirá su pago para tener en cuenta las prestaciones de la seguridad social por la misma lesión y el pago de seguros, independientemente de quién haya pagado la prima, en caso de que usted solicite adaptaciones en su hogar o cuidados personales.

¿Puedo obtener un anticipo de la indemnización? Si es así, ¿en qué condiciones?

Cuando se compruebe que usted cumple los requisitos para recibir una indemnización pero no se pueda aún dictar la resolución definitiva, se contemplará la posibilidad de realizarle un pago provisional. Por lo general, la dilación en dictar la resolución definitiva se debe a que se está esperando hasta conocer las consecuencias a largo plazo de su lesión.

¿Puedo obtener una indemnización adicional o complementaria (por ejemplo, a raíz de un cambio de circunstancias o empeoramiento de salud, etc.) después de la adopción de la decisión principal?

Se valorará reabrir un expediente de reclamación tras el pago final si:

  • la persona que ha aceptado una indemnización muere posteriormente como resultado de la lesión derivada del delito que dio lugar a la indemnización; o
  • se ha producido un cambio tan importante en el estado de salud del solicitante que permitir que se mantenga la resolución original supondría una injusticia para el solicitante.

Normalmente, no se reabre un caso a menos que sea dentro de los dos años siguientes a la resolución definitiva. Si se pide reabrir un caso pasados dos años de la resolución, solo se valorará si puede proporcionar pruebas suficientes para resolver sobre el caso sin necesidad de realizar investigaciones exhaustivas adicionales.

¿Qué justificantes debo adjuntar a mi reclamación?

La información que tendrá que aportar dependerá del tipo de solicitud que presente. El proceso de solicitud indicará qué información se requiere en ese momento. También se le comunicará por escrito si debe aportar información adicional.

¿Existen gastos administrativos o de otro tipo que deban abonarse en el momento de la recepción y tramitación de la solicitud?

La presentación de una solicitud de indemnización no tiene ningún coste. Si procede, se le pedirá que proporcione pruebas médicas. Si la obtención de las pruebas médicas conlleva un coste, usted deberá asumirlo. El coste de la obtención de pruebas médicas podrá variar, pero en cualquier caso usted no debería pagar más de 50 GBP en total.

¿Qué autoridad decide sobre las reclamaciones de indemnización (en los casos de ámbito nacional)?

El organismo encargado de la reparación a las víctimas de delitos (Criminal Injuries Compensation Authority).

¿Dónde debo presentar la reclamación (en los casos de ámbito nacional)?

Criminal Injuries Compensation Authority (CICA)
Alexander Bain House
Atlantic Quay
15 York Street
Glasgow
G2 8JQ

Teléfono: (Reino Unido) +44 (0)300 003 3601;
(desde fuera del Reino Unido): +44 (0) 203 684 2517

Sitio web: https://www.gov.uk.

¿Tengo que estar presente durante el procedimiento o cuando se tome una decisión sobre la reclamación?

No, la información pertinente le será comunicada.

¿Cuánto se tarda (aproximadamente) en recibir la decisión de la autoridad competente sobre una reclamación de indemnización?

El tiempo necesario para evaluar su reclamación variará dependiendo de su complicación. Por ejemplo, las reclamaciones relativas a pérdidas de ingresos llevarán más tiempo que las que implican un pago con arreglo al baremo de lesiones. El CICA no resolverá su reclamación hasta que usted confirme que se ha recuperado todo lo posible de sus lesiones. Se trata de resolver los casos sencillos en un plazo de doce meses a partir de su recepción.

Si no estoy satisfecho con la decisión de la autoridad, ¿cómo puedo impugnarla?

Si no está de acuerdo con la decisión original y desea que sea revisada, debe enviar a la autoridad su solicitud de revisión por escrito en un plazo de 56 días desde la fecha de la decisión original. Debe adjuntar asimismo cualquier prueba adicional de apoyo a su reclamación que desee que se valore.

Tras la recepción de su solicitud de revisión junto con toda la información de apoyo, un agente de reclamaciones, distinto del que tomó la decisión original, la estudiará. La decisión de revisión puede ser más o menos favorable que la decisión original, o puede que la decisión original no se modifique.

Si no está de acuerdo con una decisión de revisión, puede impugnarla judicialmente ante el First-tier Tribunal (Criminal Injuries Compensation) de acuerdo con las normas de procedimiento del mismo. Puede encontrar estas normas en el sitio web de dicho órgano jurisdiccional.

¿Dónde puedo obtener los formularios necesarios y el resto de información para la presentación de una reclamación de indemnización?

Puede solicitar una indemnización a través de nuestro sitio web, que también incluye información útil sobre el régimen de indemnización.

¿Existe algún servicio telefónico o sitio web especial a esos efectos?

El enlace al sitio web aparece más arriba; puede recibir ayuda de los asesores del Centro de Atención al Ciudadano (Customer Service Centre) llamando al +44(0)300 003 3601. Tenga en cuenta que los asesores del Centro de Atención al Ciudadano solo le atenderán en inglés.

¿Puedo obtener asistencia jurídica gratuita (ayuda de un abogado) a la hora de preparar la reclamación?

Para solicitar una indemnización no necesita contratar a un representante, como un abogado (solicitor)o una empresa de gestión de reclamaciones. Si decide contratar a un representante, nosotros no podremos sufragar su coste y usted tendrá que asumirlo.

¿Existen organizaciones de ayuda a las víctimas que puedan ayudarme a reclamar una indemnización?

Puede ponerse en contacto con el Servicio de Información a las Víctimas para que le ayuden con su reclamación.

Última actualización: 15/10/2019

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