Divorcio y separación legal

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Artículo 7, apartado 2 a 4 – Requisitos formales que sean de aplicación a los convenios sobre la elección de la legislación aplicable

Actualmente, Luxemburgo no prevé ningún requisito formal complementario.

Artículo 5, apartado 3 - Posibilidad de designar la legislación aplicable en el curso del procedimiento

Luxemburgo no prevé la posibilidad de elegir la ley aplicable ante el órgano jurisdiccional en el curso del procedimiento.

Última actualización: 03/11/2021

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