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Plazos de los procedimientos

Irlanda
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European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Cuáles son los tipos de plazos procesales aplicables en el proceso civil?

Los principales tipos de plazos son los siguientes:

Plazo para contestar a la demanda: En los asuntos civiles de los que conoce el Tribunal Superior (High Court / An Ard-Chúirt) en primera instancia, una vez se le notifica al demandado que es objeto de una demanda este dispone de un plazo de ocho días para presentar su escrito de personación, denominado appearance. Sin embargo, este plazo de ocho días no se aplica en el procedimiento abreviado especial (special summons); según lo dispuesto en el título 12, artículo 2, del Reglamento de los órganos jurisdiccionales superiores (Rules of the Superior Courts), no hay plazo para la presentación del escrito de personación.

El plazo general de ocho días se computa desde la fecha de la notificación, salvo disposición en contrario del órgano jurisdiccional. A continuación, el demandado dispone de un plazo adicional de veintiocho días a contar desde la fecha de presentación del escrito de demanda o de vencimiento del plazo para presentar el escrito de personación (statement of claim), si esta fecha fuera posterior, para presentar un escrito de contestación (defence) (título 21, artículo 1, del Reglamento de los órganos jurisdiccionales superiores).

En el procedimiento ordinario civil de los tribunales regionales (Circuit Court / An Chúirt Chuarda), el demandado está obligado a presentar su escrito de contestación al demandante en un plazo de diez días a contar desde que presente su escrito de personación [título 15, artículo 4, del Reglamento de los tribunales regionales (Circuit Court Rules), de 2001]. En los tribunales de distrito (District Court / An Chúirt Dúiche), el escrito de personación y el de contestación deben presentarse a más tardar veintiocho días después de la notificación de la demanda [título 42 del Reglamento de los tribunales de distrito (District Court Rules)].

Plazo para la ejecución de una sentencia: En el Tribunal Superior, la ejecución de una sentencia puede incoarse en un plazo de seis años a contar desde la fecha en que la sentencia pasó a ser un título ejecutivo (título 42, artículo 23, del Reglamento de los órganos jurisdiccionales superiores). Es necesario solicitar una autorización especial al órgano jurisdiccional para incoar la ejecución cuando hayan transcurrido seis años o en caso de subrogación de las partes por fallecimiento u otro motivo. La acción de ejecución de una sentencia se considera por ley que ha caducado pasados doce años desde la fecha en que la sentencia pasó a ser un título ejecutivo [artículo 11 de la Ley de prescripción y caducidad (Statute of Limitations), de 1957].

Plazos de prescripción: En materia contractual, las partes del contrato disponen de un plazo de seis años para interponer demanda a contar desde la fecha en que se produjo el hecho del que trae causa la demanda. En materia de responsabilidad extracontractual, el plazo general para interponer demanda es de seis años, aunque se aplican reglas especiales en relación con las lesiones y vulneraciones del derecho al honor.

En el caso de las lesiones, hay un plazo de dos años para interponer demanda a contar desde la fecha de la lesión o a partir de la fecha en que se tuvo conocimiento de la causa de la lesión, si fuera posterior [artículo 7 de la Ley de responsabilidad civil y órganos jurisdiccionales (Civil Liability and Courts Act), de 2004].

En el caso de las vulneraciones del derecho al honor, hay un plazo de un año para interponer demanda, que puede ampliarse a dos años en circunstancias excepcionales.

En el caso de las acciones contra la masa hereditaria, la demanda debe interponerse en un plazo de dos años a contar desde el fallecimiento del causante o con arreglo al plazo ordinario de prescripción, según cuál sea inferior [artículo 9, apartado 2, de la Ley de responsabilidad civil (Civil Liability Act), de 1961].

Las acciones derivadas de una unión de hecho contempladas en la parte 15 de la Ley de uniones civiles registradas y de determinados derechos y obligaciones de las uniones de hecho (Civil Partnership and Certain Rights and Obligations of Cohabitants Act), de 2010, deben ejercitarse en un plazo de dos años a contar desde la finalización de la relación.

En los casos de reclamación de predios, el plazo de prescripción es de doce años.

En el caso de las demandas de atrasos de alquileres convencionales, el plazo de prescripción es de seis años. En el caso de la acción por la que el deudor pretende la restitución posesoria del bien hipotecado en posesión del acreedor, el plazo es de doce años. En el caso de las demandas por operaciones de auxilio y salvamento, se aplica un plazo de prescripción de dos años. En el caso de las indemnizaciones por daños y perjuicios derivadas de vicios ocultos de vehículos a motor, el plazo para interponer la demanda es de dos años [artículo 13, apartado 8, de la Ley de venta de mercancías y prestación de servicios (Sale of Goods and Supply of Services Act), de 1980]. En el caso de las indemnizaciones por daños y perjuicios por productos defectuosos, la acción debe ejercitarse en un plazo de tres años [artículo 7, apartado 1, de la Ley de responsabilidad civil por productos defectuosos (Liability for Defective Products Act), de 1991].

2 Lista de los días considerados inhábiles de acuerdo con el Reglamento (CEE, Euratom) n° 1182/71, de 3 de junio de 1971.

La normativa relativa a los señalamientos y las vacaciones judiciales se encuentra en el enlace que figura al final del presente documento.

Además de los sábados y los domingos, la lista de días inhábiles de Irlanda es la siguiente:

Año Nuevo (1 de enero)

Día de San Patricio (17 de marzo)

Lunes de Pascua

Navidad (25 de diciembre)

Día de San Esteban (26 de diciembre)

El primer lunes de mayo, junio y agosto

El último lunes de octubre

Cuando el día de Navidad, el día de San Esteban o el día de Año Nuevo cae en un fin de semana, el siguiente día hábil pasa a ser festivo. Durante las vacaciones judiciales el tipo de actuaciones judiciales que se puede realizar es reducido, como las del servicio de guardia y las solicitudes urgentes. Por ejemplo, durante las vacaciones de agosto y septiembre, se realizan pocas actuaciones judiciales en los órganos jurisdiccionales superiores y los tribunales regionales.

3 ¿Cuáles son las normas generales aplicables en materia de plazos procesales en el proceso civil?

La Ley de prescripción y caducidad, de 1957, en su versión modificada, especifica los plazos para el ejercicio de las acciones y los recursos judiciales. Las demandas presentadas después de que venza el plazo de prescripción solo se inadmiten o desestiman si el demandado la impugna con arreglo a la Ley de prescripción y caducidad. Por consiguiente, dicha ley no afecta a la legitimación del demandante, pero puede desencadenar un efecto preclusivo cuando así se solicite. Por otra parte, hay que destacar que, incluso en el caso de que se interponga la demanda dentro del plazo pertinente, el Tribunal Superior tiene competencia para desestimar de oficio la demanda en interés de la justicia cuando la demanda es tan cuantiosa o ha transcurrido tanto tiempo entre la fecha del hecho del que deriva la acción y la fecha de incoación del proceso que la estimación de la demanda sería injusta para el demandado. Véase la respuesta a la pregunta 1.

4 Cuando un acto o trámite tiene que llevarse a cabo dentro de un determinado plazo, ¿en qué momento se inicia el cómputo del plazo?

El plazo empieza a correr desde la fecha del hecho pertinente o la fecha en que se tuvo conocimiento del hecho pertinente (por ejemplo, una lesión). Por ejemplo, si el órgano jurisdiccional concede una semana para realizar una actuación, esta debe realizarse o el documento pertinente debe presentarse en el plazo de una semana a contar desde la fecha en que se dicta la resolución en la que se ordena que se haga. Del mismo modo, si una parte dispone de seis años para ejecutar una sentencia, ello quiere decir seis años a contar desde la fecha en que la sentencia pasó a ser un título ejecutivo.

En general y salvo disposición contraria en una norma promulgada, cuando se dice que un plazo comienza en un día determinado, dicho día se incluye en el plazo [artículo 18, letra h), de la Ley de interpretación (Interpretation Act), de 2005]. Sin embargo, el título 122, artículo 10, del Reglamento de los órganos jurisdiccionales superiores dispone que, cuando se fije un número concreto de días (y no se especifique que se excluyen el día de inicio y el final), el primer día no se tiene en cuenta al computar el plazo.

5 ¿El momento de inicio del cómputo del plazo puede verse afectado o modificado por el método de notificación o traslado de documentos (notificación por un agente judicial o por el servicio postal)?

Si debe trasladarse un documento a la otra parte en una fecha o plazo determinado, normalmente se le envía por correo postal franqueado o certificado. Si se da traslado del documento por correo postal franqueado, se considera trasladado a la otra parte en el momento en que el sobre que contiene el documento llegaría ordinariamente al destinatario, normalmente el día siguiente al del depósito en correos. [Régimen del traslado de la demanda en los tribunales regionales: título 11, artículo 10, y título 14, artículo 3, inciso vi), del Reglamento de los tribunales regionales, de 2001; régimen del traslado de la demanda en los tribunales de distrito: título 41 del Reglamento de los tribunales de distrito; régimen del traslado de la demanda en el Tribunal Superior: título 9 del Reglamento de los órganos jurisdiccionales superiores].

El título 122, artículo 9, del Reglamento de los órganos jurisdiccionales superiores regula las normas generales temporales, incluido el momento en que se consideran efectuadas las notificaciones y los traslados.

6 Cuando la ocurrencia de un determinado acontecimiento marca el inicio del cómputo del plazo, ¿el día en que se produce ese acontecimiento se tiene en cuenta para el cómputo del plazo?

Cuando se indique que un plazo comienza en un día determinado o se computa a partir de un día determinado, por ejemplo, si un documento debe trasladarse a una parte en un plazo de siete días, se considera incluido en dicho plazo el primer día (por ejemplo, el día en que se dicta la resolución) con arreglo a lo dispuesto en la normativa procesal. Sin embargo, el título 122, artículo 10, del Reglamento de los órganos jurisdiccionales superiores dispone que, cuando se fije un número concreto de días (y no se especifique que se excluyen el día de inicio y el final), el primer día no se tiene en cuenta. Cuando se indique que un plazo vence en un día determinado o se computa a partir de un día determinado, dicho día se considera incluido en el plazo. Cuando se permita el traslado de un documento o la incoación de un proceso en un plazo inferior a seis días, el sábado, el domingo, el día de Navidad y el Viernes Santo no se tienen en consideración para el cálculo del plazo (título 122 del Reglamento de los órganos jurisdiccionales superiores).

7 Cuando el plazo se señala en días, ¿el número de días indicado incluye los días naturales o los días hábiles?

Días naturales, salvo que se indique lo contrario.

8 ¿Cuándo se señala el plazo en semanas, meses o años?

Cuando el plazo para realizar una actuación o incoar un proceso se fije en meses o años, dicho plazo se calcula por meses naturales, salvo que se indique lo contrario.

9 ¿Cuándo expira el plazo si este se señala en semanas, meses o años?

En general y salvo disposición contraria en una norma promulgada, cuando se dice que un plazo comienza en un día determinado o se computa a partir de un día determinado, dicho día se incluye en el plazo y, cuando se dice que un plazo termina en un día determinado o se computa hasta un día determinado, dicho día se incluye en el plazo [artículo 18, letra h), de la Ley de interpretación, de 2005]. Sin embargo, el título 122, artículo 10, del Reglamento de los órganos jurisdiccionales superiores dispone que, cuando se fije un número concreto de días (y no se especifique que se excluyen el día de inicio y el final), el primer día no se tiene en cuenta al computar el plazo.

10 Si el plazo expira un sábado, un domingo o un día festivo o inhábil, ¿se prorroga hasta el primer día hábil siguiente?

Sí; cuando el plazo para realizar una actuación o incoar un proceso venza en sábado, domingo u otro día en que las dependencias judiciales estén cerradas y, por tanto, en que no pueda realizarse la actuación o incoarse el proceso, dicho plazo vence el próximo día en que estén abiertas las dependencias judiciales. Esta norma se aplica siempre que haya un plazo de prescripción.

11 ¿Existen determinadas circunstancias en las que los plazos se pueden prorrogar? ¿Cuáles son las condiciones para beneficiarse de esas prórrogas?

Cuando una ley establece un plazo de prescripción, los órganos jurisdiccionales no tienen competencia para prorrogar dicho plazo. No obstante, existe una competencia discrecional judicial para prorrogar o acortar los plazos establecidos en los reglamentos procesales o en resoluciones judiciales en determinados casos. Si el demandante considera que concurren circunstancias excepcionales para ello, puede pedir al órgano jurisdiccional que sustancie la demanda inmediatamente sin esperar a que se dé traslado al demandado. Esto se conoce como una demanda ex parte o «sin notificación» (without notice). Si se dicta una resolución ex parte, se notifica al respecto a la otra parte y, a continuación, se le da la oportunidad de comparecer y solicitar la modificación o rescisión de la resolución. Por lo general, el plazo de presentación de documentos judiciales puede ampliarse si media acuerdo de las partes. Cuando una parte pretende ampliar el plazo para recurrir, debe demostrar que tenía la intención de interponer el recurso dentro del plazo establecido, que el incumplimiento del plazo se debió a un error y que su pretensión está fundada. Que se haya causado un perjuicio a la otra parte por la demora puede ser un factor pertinente; en tales circunstancias, el órgano jurisdiccional puede ejercer su facultad discrecional y denegar la prórroga del plazo.

12 ¿Cuáles son los plazos para los recursos?

El recurso de apelación contra las resoluciones del Tribunal Superior debe interponerse en un plazo de veintiocho días a contar desde la fecha en que se dicte la resolución recurrida.

Quien quiera recurrir en apelación la resolución de un tribunal regional, debe interponer el recurso en un plazo de diez días a contar desde la fecha en que se dicte la sentencia o auto recurrido (título 61, artículo 3, del Reglamento de los órganos jurisdiccionales superiores).

Quien quiera recurrir en apelación la resolución de un tribunal de distrito, debe interponer el recurso en un plazo de catorce días a contar desde la fecha en que se dicte la resolución (título 101, artículo 1, del Reglamento de los tribunales de distrito).

Para impugnar judicialmente una resolución judicial o administrativa, la acción debe ejercerse a la mayor brevedad posible en un plazo de tres meses a contar desde la fecha en que tuvieron lugar los hechos que fundamentan la acción, salvo que el órgano jurisdiccional entienda que hay motivos suficientes para prorrogar dicho plazo (título 84, artículo 21, apartado 1, del Reglamento de los órganos jurisdiccionales superiores).

13 ¿Pueden los tribunales modificar los plazos, en particular los plazos para comparecer, o fijar una fecha precisa para la comparecencia?

Cuando una ley establece un plazo de prescripción, los órganos jurisdiccionales no tienen competencia para prorrogar o acortar dicho plazo. Sin embargo y sin perjuicio de lo que dispongan otras leyes, el órgano jurisdiccional goza de una facultad discrecional para prorrogar o acortar el plazo para realizar determinadas actuaciones. Tanto el Reglamento de los órganos jurisdiccionales superiores como el Reglamento de los tribunales regionales establecen la facultad de prorrogar o acortar los plazos fijados en el mismo Reglamento o fijados por cualquier órgano jurisdiccional.

14 Cuando un documento destinado a una parte residente en un lugar en el que podría obtener una prórroga del plazo se le notifica en un lugar en el que sus residentes no disfrutan de tal prórroga, ¿pierde esa persona el citado beneficio?

No, la parte no deja de beneficiarse del plazo prorrogado.

15 ¿Cuáles son las consecuencias del incumplimiento de los plazos?

El incumplimiento por una parte de los plazos fijados por el órgano jurisdiccional, en un reglamento procesal o en la legislación tiene efecto preclusivo y puede conllevar la desestimación de su pretensión. Por ejemplo, si el demandado no presenta escrito de personación o escrito de contestación, el demandante puede solicitar que se dicte sentencia en rebeldía.

Si se dicta sentencia en rebeldía, el demandado puede solicitar la rescisión de la sentencia o recurrir ante una instancia superior. Si el demandante no comunica a tiempo la información relativa a su demanda, el demandado puede solicitar la terminación del proceso por defecto procesal grave. El demandante puede recurrir esta resolución ante una instancia superior. El órgano jurisdiccional también puede ejercer su facultad discrecional respecto de las costas procesales de manera que condene a la parte que haya incurrido en un retraso excesivo o que no haya respetado los plazos correspondientes.

16 Si el plazo expira, ¿de qué recursos disponen las partes que no lo hayan respetado?

La parte incumplidora puede solicitar al órgano jurisdiccional que dicte auto por el que prorrogue el plazo. Si del vencimiento del plazo ha derivado una sentencia en rebeldía, puede solicitar la rescisión de la sentencia o, si no prospera su acción, recurrir ante una instancia superior.

Última actualización: 17/10/2023

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