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Plazos de los procedimientos

Países Bajos
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European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Cuáles son los tipos de plazos procesales aplicables en el proceso civil?

Los plazos que se aplican al Derecho procesal civil se pueden agrupar, en grandes rasgos, como sigue.

A. Plazos mínimos de notificación para emplazar a la otra parte y a cualquier tercero o testigo que deba comparecer en el proceso. Por lo general, se aplica un plazo de al menos una semana. En principio, también se aplica un plazo de al menos una semana cuando se emplaza a terceros interesados para que se personen, a menos que el órgano jurisdiccional disponga lo contrario [artículos 114 a 119 y 276 (emplazamiento de las partes y de terceros) y artículos 170 y 284 (emplazamiento de testigos) del Código de Procedimiento Civil (Wetboek van Burgerlijke Rechtsvordering)]. Es importante señalar que si el demandado tiene un domicilio conocido fuera de los Países Bajos o se sabe que reside en el extranjero, el plazo de notificación para el emplazamiento de esta parte es de un mínimo de 4 semanas (artículo 115 del Código de Procedimiento Civil).

B. Plazos máximos para presentar recursos judiciales. El recurso de objeción (verzet) debe presentarse, por lo general, en un plazo de 4 semanas. En términos generales, rige un plazo de 3 meses para la interposición de un recurso de apelación (hoger beroep), un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (cassatie) y una acción para revisar una sentencia firme (herroeping) [véanse el artículo 143 (objeción), los artículos 339 y 358 (apelación), los artículos 402 y 426 (casación) y los artículos 383 y 391 (revisión de una sentencia firme) del Código de Procedimiento Civil].

C. Plazos para la realización de actos procesales por las partes y para las resoluciones del órgano jurisdiccional. Generalmente, suelen oscilar entre 2 y 6 semanas. En determinadas circunstancias, el órgano jurisdiccional puede conceder prórrogas para la realización de actos procesales.

D. Plazos de prescripción para iniciar acciones individuales o públicas. El período general de prescripción es de 20 años. No obstante, en muchos casos se aplica un período de prescripción más breve, de 5 años. Las infracciones sancionadas con multas coercitivas graduales prescriben a los 6 meses de la fecha de comisión. Un período de prescripción que ya está en curso puede ser interrumpido, después de lo cual puede iniciarse de nuevo el cómputo. Por ejemplo, el período de prescripción que se aplica a las autoridades públicas puede interrumpirse mediante el traslado de la sentencia o mediante cualquier otro acto de ejecución [artículos 306 a 325 del libro 3 del Código Civil (Burgerlijk Wetboek)].

Los plazos legales también deben cumplir los requisitos establecidos en la Ley general de prórroga de plazos (Algemene Termijnenwet).

2 Lista de los días considerados inhábiles de acuerdo con el Reglamento (CEE, Euratom) n° 1182/71, de 3 de junio de 1971.

Además de los sábados y los domingos, la Ley general de prórroga de plazos especifica las siguientes fechas como festivos nacionales generalmente reconocidos:

  • Día de Año Nuevo: 1 de enero;
  • Viernes Santo: el viernes anterior al Domingo de Resurrección;
  • Lunes de Pascua: el lunes posterior al Domingo de Resurrección;
  • Día de la Ascensión: primer jueves 40 días después del Domingo de Resurrección;
  • Día del Rey: 27 de abril;
  • Día de la Liberación: 5 de mayo;
  • Lunes de Pentecostés: lunes después de Pentecostés;
  • Navidad y Día de San Esteban: 25 y 26 de diciembre.

3 ¿Cuáles son las normas generales aplicables en materia de plazos procesales en el proceso civil?

Los plazos legales deben cumplir los requisitos establecidos en la Ley general de prórroga de plazos. Esta Ley dispone que un plazo establecido por ley que finalice en sábado, domingo o festivo nacional generalmente reconocido se amplía hasta el final del día siguiente que no sea sábado, domingo o festivo nacional generalmente reconocido. En caso necesario, todo plazo de al menos tres días se ampliará de manera que comprenda, como mínimo, dos días que no sean sábados, domingos o festivos nacionales generalmente reconocidos.

Según las reglas procesales de los litigios civiles que comienzan mediante notificación de la demanda con emplazamiento (civiele dagvaardingen) ante los juzgados de distrito (rechtbanken), se aplica un plazo de seis semanas como punto inicial para la realización de los actos procesales de las partes y el pronunciamiento de la sentencia. De conformidad con las normas procesales civiles para las secciones cantonales (kantonsectoren), en principio se aplican plazos de cuatro semanas (http://www.rechtspraak.nl/).

4 ¿Desde qué momento se tiene por realizado un acto de comunicación?

Los plazos comienzan a correr al día siguiente al acontecimiento determinante.

Emplazamiento

No procede.

Recursos

El plazo para el recurso de objeción (solo cabe frente a sentencias dictadas en rebeldía) tiene tres momentos distintos de inicio:

  1. el momento en el que se da traslado en persona de la sentencia a la parte contra la que se dicte la sentencia;
  2. en caso de que se emplee otro método de notificación: el momento en el que la parte contra la que se dicte la sentencia lleve a cabo un acto que demuestre que ha tenido conocimiento de la sentencia o del inicio de la ejecución, y
  3. en otros casos: el momento en el que finalice la ejecución de la sentencia.

El plazo para los recursos de apelación y casación contra sentencias se calcula a partir de la fecha en la que se dicta la sentencia. El primer día del plazo es el día siguiente al de la sentencia. Véase también la pregunta 12.

El plazo para los recursos de apelación y casación contra resoluciones se calcula:

  • a partir de la fecha en la que se dicta la resolución, en el caso de que el demandante y las partes interesadas se hayan personado en el proceso, y
  • después de que la resolución se haya trasladado o notificado, en el caso de otras partes interesadas.

El plazo para instar la revisión de una sentencia o resolución que haya devenido firme se inicia después de que se producido el motivo que justifica la revisión y el demandante o solicitante haya tenido conocimiento del mismo, pero en cualquier caso no antes de que la sentencia o la resolución hayan adquirido firmeza, es decir, mientras exista la posibilidad de dejarla sin efecto mediante objeción, apelación o casación.

Actos procesales

Los plazos fijados para llevar a cabo actos procesales suelen calcularse a partir de la fecha de señalamiento previa en semanas completas. Por ejemplo: en la audiencia previa un miércoles, el asunto queda señalado para vista el miércoles de cuatro semanas después, finalizando el plazo a las 10.00 horas. Si, por ejemplo, el órgano jurisdiccional moviese el asunto de fecha, el plazo se modificaría de forma acorde.

Plazos de prescripción

El momento de inicio de los plazos de prescripción que se aplican a las acciones judiciales depende de la naturaleza de la acción. Por ejemplo, la acción para exigir el cumplimiento de una obligación contractual de dar o hacer prescribe a los cinco años del día siguiente a la fecha en que la deuda se hizo exigible. Ejemplo: la acción para reclamar la cesación de una situación ilegal prescribe a los cinco años del día posterior a la fecha en que pueda reclamarse la cesación inmediata de la situación.

Ejecución

En principio, la acción de ejecución prescribe a los veinte años del día posterior a la fecha de la sentencia.

5 ¿El momento de inicio del cómputo del plazo puede verse afectado o modificado por el método de notificación o traslado de documentos?

No. Sin embargo, en algunos casos el modo en el que la parte tiene conocimiento de la sentencia influye en el inicio del plazo para plantear un recurso, por ejemplo, para plantear un recurso de objeción. Véase también la pregunta 4.

6 Cuando la ocurrencia de un determinado acontecimiento marca el inicio del cómputo del plazo, ¿el día en que se produce ese acontecimiento se tiene en cuenta para el cómputo del plazo?

No. El plazo comienza a correr el día posterior a la fecha del acontecimiento.

7 Cuando el plazo se señala en días, ¿el número de días indicado incluye los días naturales o los días hábiles?

A menos que se indique lo contrario, el Derecho neerlandés utiliza días naturales. La Ley general de prórroga de plazos dispone que un plazo establecido por ley que finalice en sábado, domingo o festivo nacional generalmente reconocido se amplía hasta el final del día siguiente que no sea sábado, domingo o festivo nacional generalmente reconocido.

Asimismo, en caso necesario, un plazo de al menos 3 días establecido por ley se ampliará para incluir, como mínimo, 2 días que no sean sábados, domingos o festivos nacionales generalmente reconocidos.

8 ¿Cuándo se señala el plazo en semanas, meses o años?

Los plazos señalados por meses o por años se computan de fecha a fecha por días naturales.

9 ¿Cuándo expira el plazo si este se señala en semanas, meses o años?

Emplazamiento

No procede.

Recursos

En los procedimientos que comienzan mediante notificación de la demanda con emplazamiento, los recursos se entiende interpuesto una vez se notifique el escrito de recurso y se emplace a la otra parte. A menos que lo permita el órgano jurisdiccional ante el que se emplaza a la parte para que comparezca, el agente judicial no podrá expedir la notificación después de las 20.00 horas. En consecuencia, el plazo realmente finaliza a las 20.00 horas del último día. En dichos procedimientos también debe tenerse en cuenta que ni el día en el que se expide el emplazamiento ni el día en el que se emplaza a la parte para que comparezca (la primera fecha de señalamiento) se computan al calcular el plazo de notificación del emplazamiento. En consecuencia, el plazo mínimo de notificación debe estar comprendido entre estas dos fechas.

En los procedimientos que se incoan con la presentación de la demanda (verzoekschriftprocedures), los recursos se interponen presentando el escrito correspondiente en el registro del órgano jurisdiccional, por correo postal, en persona durante el horario de apertura del registro o por fax hasta la medianoche del último día del plazo.

Para los recursos en asuntos de familia, la fecha de inicio del plazo difiere ligeramente de la que se aplica a los recursos en el resto de procedimientos que se incoan con la presentación de la demanda (véase también la pregunta 4, «Recursos»). El demandante puede interponer recurso de apelación en los tres meses posteriores a la fecha de la sentencia. Otras partes interesadas pueden interponer recurso de apelación en los tres meses posteriores a la notificación o traslado de la resolución.

Actos procesales

Si un asunto está incluido en el orden del día, la presentación de documentos se rige por las siguientes normas. En principio, un documento de un asunto señalado para una fecha concreta se puede presentar en el registro del órgano jurisdiccional, a más tardar, en el último día del plazo establecido para la presentación. Esta fecha constituye el último momento en que cualquier documento (a excepción de las emplazamientos) o informe debe obrar en posesión del órgano jurisdiccional. De conformidad con las normas procesales nacionales, el día y la hora en que deben presentarse los documentos, a más tardar, son los miércoles a las 10.00 horas. Si no se celebra vista porque el asunto se va a sustanciar por escrito, los documentos deben presentarse en el registro del órgano jurisdiccional en la fecha de señalamiento o en una fecha anterior. Las secciones cantonales de un órgano jurisdiccional siempre celebran una vista, dado que los actos procesales también pueden realizarse verbalmente en ese caso. Los documentos deben presentarse en el registro del órgano jurisdiccional, a más tardar, el día anterior a la fecha de señalamiento, por correo postal, en persona durante el horario de apertura del registro o por fax hasta la medianoche del día en cuestión.

Plazos de prescripción

Véase también «Plazos de prescripción», en la pregunta 4. Para algunas acciones es relevante el momento en el que la parte tiene conocimiento de un determinado hecho. Por ejemplo, la acción para reclamar el reembolso de un pago efectuado indebidamente expira a los cinco años del día posterior a la fecha en que el acreedor tuvo conocimiento tanto de la existencia de su derecho como de la identidad del destinatario del pago y, en cualquier caso, veinte años después del nacimiento de la deuda.

10 Si el plazo expira un sábado, un domingo o un día festivo o inhábil, ¿se prorroga hasta el primer día hábil siguiente?

Sí, todo plazo que venza un sábado, domingo o festivo nacional generalmente reconocido se amplía hasta el final del siguiente día que no sea sábado, domingo o festivo nacional generalmente reconocido. No obstante, de conformidad con la Ley general de prórroga de plazos, no se aplica a los plazos determinados mediante una cuenta atrás desde un momento o acontecimiento concreto. Dicho de otro modo, esta norma se aplica a los plazos máximos y no a los mínimos.

11 ¿Existen determinadas circunstancias en las que los plazos se pueden prorrogar? ¿Cuáles son las condiciones para beneficiarse de esas prórrogas?

En algunos casos, el Derecho neerlandés contempla una prórroga del vencimiento del plazo. Por ejemplo, si la parte perdedora fallece durante el período de presentación de recurso y los herederos de dicha parte desean sucederla en el proceso de recurso, comenzará a correr un nuevo plazo de tres meses.

No obstante, por lo general las normas asociadas a los plazos se aplican estrictamente, aunque el Tribunal Supremo de los Países Bajos (Hoge Raad der Nederlanden) ha hecho una excepción en los casos en los que la parte recurrente no tuvo conocimiento a tiempo de la sentencia debido a un error u omisión cometido por el órgano jurisdiccional. En dicho caso de incumplimiento del plazo sin que mediase culpa de la parte, se concedió una breve prórroga.

12 ¿Cuáles son los plazos para los recursos?

El plazo para interponer un recurso suele ser de tres meses. En determinados procedimientos civiles, como los sumarios (kort geding) y los acelerados (spoedprocedure), se aplican plazos más breves para los recursos de apelación y de casación, a saber, cuatro y ocho semanas, respectivamente.

13 ¿Pueden los tribunales modificar los plazos, en particular aquellos para comparecer, o fijar una fecha precisa para la comparecencia?

Todos los plazos de comparecencia de una parte son plazos mínimos. No se han establecido plazos máximos.

Emplazamiento

El plazo para la notificación del emplazamiento de una parte puede ser reducido por el órgano jurisdiccional a petición del demandante, en caso necesario con sujeción a determinadas condiciones. En los procedimientos sumarios solo se expide la cédula de emplazamiento después de que el órgano jurisdiccional haya especificado la fecha y la hora de la vista, que incluso puede celebrarse un domingo. En caso necesario, una parte puede ser emplazada con muy poca antelación. El órgano jurisdiccional también puede establecer un plazo de notificación más breve para el emplazamiento de una parte en los procedimientos que se incoan con la presentación de la demanda.

El órgano jurisdiccional no puede prorrogar el plazo para la notificación del emplazamiento de una parte, aunque puede establecer un plazo de notificación mayor para comparecer en los procedimientos que se incoan con la presentación de la demanda (véanse las preguntas 7 y 8).

Actos procesales

El órgano jurisdiccional puede prorrogar los plazos en los que las partes deben llevar a cabo actos procesales si así lo solicitan conjuntamente las partes. Si se realiza una petición unilateralmente, solo se puede conceder una prórroga por motivos imperiosos o por fuerza mayor. Los motivos imperiosos incluyen, por ejemplo, la complejidad factual o jurídica del asunto, la necesidad de esperar la sentencia de otro proceso pertinente o una situación en la que la parte o su abogado se encuentren enfermos o de vacaciones.

14 Cuando un documento destinado a una parte residente en un lugar en el que podría obtener una prórroga del plazo se le notifica en un lugar en el que sus residentes no disfrutan de tal prórroga, ¿pierde esa persona el citado beneficio?

La legislación neerlandesa no regula dicha situación.

15 ¿Cuáles son las consecuencias del incumplimiento de los plazos?v

Emplazamiento

Si se emplaza a una parte con poca antelación, el emplazamiento no será válido en caso de que el demandado no comparezca y el órgano jurisdiccional declarará la invalidez del mismo. La invalidez no se produce de manera automática. El demandante puede subsanar dicho defecto si consigue que el agente judicial remita al demandado una notificación modificada antes de la primera fecha de señalamiento.

Si el demandado no comparece en la primera fecha de señalamiento, se comprueba la cédula de emplazamiento para detectar cualquier defecto que pueda invalidarla. Si está en orden, se declara al demandado en rebeldía y se conceden generalmente las pretensiones por ausencia del demandado. Si el demandado no comparece y parece probable que no haya recibido la notificación del agente judicial a raíz de un defecto de esta, el órgano jurisdiccional declarará inválida la notificación.

Si el demandado no comparece o no designa un abogado a pesar de habérsele avisado de ello en la cédula de emplazamiento y resulta que la notificación del agente judicial contiene un defecto que la invalida, no se puede declarar al demandado en rebeldía. El órgano jurisdiccional señala una nueva fecha y ordena que se subsane el defecto a expensas del demandante. Si el demandado comparece y no invoca el defecto, se considera que el emplazamiento se ha realizado correctamente.

Recursos

Si se incumple el plazo para la presentación de un recurso, la consecuencia es la inadmisión del mismo. En tal caso, la resolución judicial recurrida deviene firme, es decir, ya no puede ser impugnada mediante un recurso de objeción, apelación o casación.

Actos procesales

Si un acto procesal no se lleva a cabo en el plazo establecido, puede obtenerse una prórroga si se dan determinadas condiciones (véase la pregunta 10). Si no puede obtenerse una prórroga, se pierde la oportunidad de llevar a cabo el acto procesal.

Plazos de prescripción

Si la parte interesada ha dejado que venza el plazo para emprender una acción judicial, el derecho amparado por la acción sigue existiendo. Sin embargo, ya no será posible ejercerlo por la vía judicial.

16 Si el plazo expira, ¿de qué recursos disponen las partes que no lo hayan respetado?

Las partes que no han observado los plazos disponen de los siguientes recursos.

Emplazamiento

Un demandado que no comparece en el primer señalamiento suele ser juzgado en rebeldía. Hasta que se haya dictado la sentencia definitiva, este demandado puede impedir que se dicte la sentencia en rebeldía personándose en el proceso. Una vez pronunciada la sentencia definitiva, la parte juzgada en rebeldía puede acogerse al recurso de objeción. Las sentencias en rebeldía, la prevención de una sentencia en rebeldía mediante la personación en el proceso y el recurso objeción no son opciones posibles en los procedimientos que se incoan con la presentación de la demanda. En estos casos, la parte interesada que no ha comparecido puede interponer recurso de apelación.

Recursos

El órgano jurisdiccional examina de oficio la observancia de los plazos de recurso. Los plazos para interponer recursos de apelación y casación son preclusivos e improrrogables. Los órganos jurisdiccionales son muy estrictos en la aplicación de estos plazos, en interés de la seguridad jurídica. No obstante, el Tribunal Supremo de los Países Bajos ha introducido cierta flexibilidad respecto de los recursos de apelación en los procedimientos que se incoan con la presentación de la demanda. El escrito de apelación debe indicar la fundamentación del recurso, pero en los casos en los que no se haya dado traslado aún de la resolución al recurrente y por tanto no puede conocer la motivación de la misma, se le permite la presentación posterior de la fundamentación del recurso en un escrito complementario. No obstante, la apelación propiamente dicha debe haber sido interpuesta en el plazo previsto para ello. Solo en casos puntuales en los que el órgano jurisdiccional haya cometido un doble error se prorroga el plazo a 14 días tras la recepción de la resolución. Este doble error se produce si la parte apelante no sabía y no pudo haber sabido cuándo se dictó la resolución, a raíz de un error cometido por el órgano jurisdiccional (o su secretaría), y si la resolución se envió o notificó solo después de vencido el plazo de apelación, a raíz de un error que no puede atribuirse al recurrente. En los procedimientos que comienzan mediante notificación de la demanda con emplazamiento, el escrito de apelación no tiene que exponer los fundamentos de la misma. Estos no se presentan hasta una fase posterior del procedimiento.

Actos procesales

En determinadas circunstancias, puede solicitarse una prórroga para la realización de actos procesales (véase la pregunta 13). Si no se concede la prórroga, se pierde la oportunidad de realizar el acto procesal.

Plazos de prescripción

La única forma de evitar que venzan los plazos de prescripción es la interrupción de los mismos a su debido tiempo (véase la pregunta 1, letra D). No obstante, en circunstancias muy excepcionales, el órgano jurisdiccional puede dictar que la invocación de la prescripción es contraria a los principios de racionalidad y equidad.

Última actualización: 09/02/2022

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