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1 - Mis derechos como víctima de un delito

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¿Qué información voy a obtener de las autoridades después de que haya sucedido el delito (p. ej., de la policía o del fiscal) pero antes incluso de denunciarlo?

Para ayudar a las víctimas de un delito y ofrecer orientación sobre las cuestiones que les afectan, el Ministerio Federal de Justicia y Protección de los Consumidores ha publicado la Ficha informativa para las víctimas de un delito y el Manual de las víctimas, y ha creado la plataforma http://www.hilfe-info.de.

La Ficha informativa para las víctimas de un delito está disponible en más de 25 idiomas en el sitio web del Ministerio Federal de Justicia y Protección de los Consumidores y a través de la plataforma hilfe-info.de, y proporciona una breve información sobre las instituciones de apoyo a las víctimas, la denuncia del delito, la obtención de información sobre el proceso penal, la aportación de pruebas, los costes, la representación legal y las indemnizaciones.

En el Manual de las víctimas se ofrece una descripción más detallada de los derechos de las víctimas en los procesos penales e incluye cartas modelo y direcciones de contacto.

Para más información sobre la posibilidad de recibir asistencia psicosocial, consúltese la ficha informativa correspondiente, disponible en línea y en inglés.

Con el fin de proporcionar acceso en línea a información esencial, el Ministerio de Justicia y Protección de los consumidores ha creado una plataforma nacional de protección de las víctimas. Para más información sobre asistencia y asesoramiento, indemnizaciones y el desarrollo de los procedimientos penales, consúltese http://www.hilfe-info.de. Las víctimas pueden hacer uso de un buscador de centros de asesoramiento para encontrar rápidamente asistencia en su proximidad con asesoramiento telefónico, en línea o personal.

Hilfe-Info.de ofrece información específica, por ejemplo, a las víctimas de delitos violentos de carácter personal y contra la libertad sexual, a las víctimas de delitos en el espacio digital y a las víctimas de actos terroristas. Allí se indican las personas de contacto, como el Prof. Dr. Edgar Franke, representante del Gobierno Federal para las necesidades de las víctimas y supérstites de delitos terroristas en Alemania.

Con la ayuda de un asistente, los usuarios pueden encontrar la asistencia adecuada de forma rápida y directa. Las distintas medidas de apoyo se explican con entrevistas en vídeo y audio y animaciones ilustrativas.

No vivo en el país de la UE en que se cometió el delito (ciudadano de la UE o de terceros países). ¿Cómo se protegen mis derechos?

Puede denunciar el delito a la Policía o al Ministerio Fiscal alemán. A continuación, el Ministerio Fiscal examina si es posible llevar a efecto las diligencias penales en Alemania. De no ser así o si no es posible procesar en Alemania por otros motivos, el Ministerio Fiscal remite el caso a la autoridad policial competente del Estado miembro de la UE en que se cometió el delito.

Si denuncio un delito, ¿qué información recibiré?

Recibirá una confirmación por escrito de su denuncia con un breve resumen de los datos aportados por usted sobre el momento, el lugar y la infracción denunciada.

Si así lo solicita en su denuncia, se le informará del posible sobreseimiento de la causa judicial, el lugar y la hora del juicio, los cargos contra el acusado y el resultado del proceso.

Además, como víctima del delito, se le informará, previa solicitud, de si la persona condenada ha recibido instrucciones de no ponerse en contacto o reunirse con usted.

Si manifiesta un interés legítimo o si se ha manifestado en el procedimiento para la admisión de la acción civil, también se le puede informar de si se han dictado o puesto fin a medidas de detención o reclusión contra el/los imputado(s) o condenado(s), o si se concede por primera vez una libertad condicional o un permiso. Se le informará sobre la libertad condicional o permiso si tiene un interés legítimo y no existen intereses legítimos específicos de la(s) persona(s) condenada(s).

También se le informará en caso de que el/los condenado(s) se hayan fugado de una medida privativa de libertad. En este caso, también se le notificarán las medidas adoptadas para protegerle.

¿Tengo derecho a servicios de interpretación o traducción gratuitos (al contactar con la policía u otras autoridades, o durante la investigación y el juicio)?

En el momento de la denuncia, recibirá la ayuda necesaria para poder presentar la denuncia en un idioma que usted entienda, sin coste alguno para usted. Puede recibir, previa solicitud, una confirmación por escrito de la denuncia en su idioma.

En caso necesario, dispondrá gratuitamente de un intérprete en el interrogatorio que se realice durante la investigación y en el juicio ante el tribunal. Lo mismo se aplica si participa activamente en el proceso como parte civil.

¿Cómo garantizan las autoridades que yo entienda y sea entendido (si soy un menor; si tengo alguna discapacidad)?

Los interrogatorios con menores son realizados por entrevistadores especialmente formados y con experiencia en el trato con menores. Los procedimientos relativos a delitos cometidos por adultos contra menores o jóvenes (los llamados «casos de protección de menores»), deben asignarse a jueces y fiscales de menores con formación pedagógica y experiencia en educación.

La comunicación con una persona con discapacidad auditiva o de expresión oral se realiza, según elija, de modo oral, escrito o con la asistencia de una persona llamada por el tribunal para facilitar la comunicación (por ejemplo, un intérprete de lengua de signos). El tribunal deberá proporcionar los medios técnicos necesarios para la comunicación oral y escrita.

Las personas ciegas o con discapacidad visual pueden presentar ante el tribunal escritos y otros documentos en un formato que puedan leer, en particular, en Braille. A petición de estas, los escritos procesales y demás documentos relativos al procedimiento judicial deben hacerse plenamente accesibles y deben tener acceso al expediente sin incurrir en gastos adicionales.

Servicios de apoyo a las víctimas

¿Quién presta apoyo a las víctimas?

En los procesos penales, usted, como víctima de un delito, puede recibir la asistencia jurídica de un abogado, por ejemplo, un asesor de testigos para su testimonio o como parte civil, incluso antes de declarar que desea participar en el procedimiento. En el interrogatorio, puede representarle un asesor de víctimas o una persona de su confianza, a menos que ello ponga en peligro el objetivo de la investigación.

Además de la asistencia jurídica, existe la posibilidad de recibir apoyo psicosocial antes, durante y después del juicio, que se asigna gratuitamente a los menores víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, así como a las víctimas adultas de delitos violentos y contra la libertad sexual graves especialmente vulnerables. Para más información, véase la ficha informativa sobre asistencia psicosocial.

En la República Federal de Alemania, el apoyo general a las víctimas es competencia de los Estados federados. En muchos Estados federados, se han designado representantes de las víctimas o se han creado ventanillas únicas para las víctimas de delitos violentos. Actúan bajo su propia responsabilidad según el ámbito de competencia definido. Para más información sobre los representantes, los servicios de asistencia y asesoramiento a las víctimas, así como sobre el apoyo existente, consulte http://www.hilfe-info.de y la ficha informativa «Mis derechos a recibir apoyo y asistencia».

¿Me remitirá la policía a los servicios de apoyo a las víctimas de forma automática?

La policía le informará de que puede obtener asistencia en las instituciones de apoyo a las víctimas, desde asesoramiento hasta la organización de alojamiento en un refugio o servicios terapéuticos.

Usted decide si desea acudir a ellas. No hay una remisión automática.

¿Cómo se protege mi privacidad?

La información sobre usted, así como sus datos, solo se compartirán con las instituciones de apoyo a las víctimas a petición suya y con su consentimiento expreso.

¿Tengo que denunciar el delito antes de poder acceder a los servicios de apoyo a las víctimas?

No, las instituciones de apoyo a las víctimas le ofrecen su asistencia independientemente de que haya presentado una denuncia.

Protección personal si estoy en peligro

¿Qué tipos de protección existen? ¿Quién me puede ofrecer protección?

Si se ve en una situación de peligro como consecuencia de su declaración en un proceso penal, existen varias formas de protección:

La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece en este caso que los datos personales se mantengan en secreto total o parcialmente.

Por norma general, debe facilitar todos los datos relativos a su identidad y domicilio en el momento de prestar declaración.

Si existen indicios razonables y tangibles de que la indicación de su domicilio podría poner en peligro sus intereses jurídicos o los de otras personas (p.ej., por temor al acecho), o hay motivos para creer que usted u otras personas podrían verse injustamente afectadas (p. ej., para evitar o influir en su declaración veraz), no tiene obligación de indicar su domicilio. Puede indicar otra dirección de contacto a la que las autoridades públicas puedan enviar correspondencia (p. ej., una citación judicial). Puede tratarse, por ejemplo, de la dirección de un abogado o de una institución de apoyo a las víctimas. Si existe un riesgo para la integridad física, la vida o la libertad, es posible incluso que se le permita mantener su identidad en secreto. El Ministerio Fiscal conservará por separado los registros relativos a su domicilio o identidad real hasta que se resuelva la situación de peligro.

También existe la posibilidad de que la policía proteja a los testigos

  • si presta declaración como testigo en el procedimiento y
  • su declaración es esencial;
  • su integridad física, su vida, su salud, su libertad o valores materiales importantes están en situación de peligro;
  • acepta las medidas de protección de víctimas y
  • las medidas se adaptan a su situación;

usted y su familia, así como otros parientes cercanos, pueden acogerse a un programa de protección de las víctimas. El programa incluye explícitamente la posibilidad de cambiar temporalmente de identidad.

Si es víctima de violencia doméstica, puede solicitar al tribunal familiar competente que le permita utilizar el hogar familiar común de forma exclusiva en el futuro y que se prohíba al autor del delito acercarse y ponerse en contacto con usted. La policía puede, como primera medida antes de una orden judicial, expulsar al autor del delito del hogar familiar o detenerlo. Si un menor es víctima de violencia familiar, el progenitor debe acudir no solo a la policía, sino también a las oficinas responsables del bienestar de los menores como primer punto de contacto para obtener asistencia y protección para el menor.

¿Evaluará alguien mi caso para comprobar si corro el riesgo de que el autor del delito vuelva a hacerme daño?

Las medidas de protección se mantendrán mientras persista el peligro. En cuanto tenga indicios de un riesgo nuevo o mayor, la policía adoptará las medidas de seguridad necesarias.

¿Evaluará alguien mi caso para comprobar si corro el riesgo de sufrir más daños a manos del sistema de justicia penal (durante la investigación y el juicio)?

A lo largo de todo el procedimiento penal, la policía, el Ministerio Fiscal y el tribunal deben tener siempre en cuenta la especial vulnerabilidad de los testigos que también son víctimas del delito.

¿De qué protección disponen las víctimas muy vulnerables?

En particular, se adoptarán las siguientes medidas para proteger a las víctimas muy vulnerables:

  • Cuando exista un riesgo inminente de perjuicio grave para el bienestar del testigo durante la investigación y el juicio, los interrogatorios podrán realizarse mediante un sistema de transmisión de imagen y sonido, de modo que el testigo no tenga que permanecer en la misma sala que el imputado o acusado.
  • Es posible excluir al público del juicio si se tratan circunstancias de la esfera personal de la víctima.
  • Las preguntas que atañen al honor o a la vida privada solo deben plantearse si son esenciales.

Soy menor de edad: ¿tengo derechos especiales?

Si tiene menos de 18 años de edad, la ley establece que un juez lleve a cabo el interrogatorio y pueda ser grabado en vídeo o cinta. Si es usted víctima de un delito violento o contra la libertad sexual, puede reproducirse esta grabación en el juicio y utilizarse como prueba, evitándole incluso tener que comparecer ante el tribunal y ser interrogado de nuevo en el juicio.

El Ministerio Fiscal está obligado a llevar a cabo las investigaciones con mayor celeridad.

En el juicio, como testigo menor, no está sujeto a ningún interrogatorio en ninguna de las partes del procedimiento. La vista será dirigida exclusivamente por el presidente del tribunal. Si el Ministerio Fiscal o la defensa tienen preguntas para usted, estas deben plantearse normalmente a través del tribunal.

Un familiar ha muerto a causa del delito: ¿cuáles son mis derechos?

Los parientes cercanos de personas fallecidas tienen derecho a interponer una acción civil en el proceso penal y, en este contexto, tienen derecho a recibir asistencia jurídica.

Además, tienen la posibilidad de recibir asistencia psicosocial.

Si un familiar fallece como consecuencia de un delito violento, es admisible una indemnización con arreglo a la Ley de indemnización a las víctimas (véase también Indemnización - Indemnización a las víctimas)

Un familiar ha sido víctima de un delito: ¿cuáles son mis derechos?

Los familiares también tienen la posibilidad de acudir a organismos de asesoramiento especializados para obtener información y orientación.

Además, los progenitores tienen a su disposición una línea de atención para padres 0800 1110550, donde pueden asesorarse de manera gratuita y anónima.

Si un familiar suyo tiene que declarar como testigo y usted no es testigo en el proceso, puede acompañarle y prestarle apoyo durante su declaración.

¿Puedo acceder a servicios de mediación? ¿En qué condiciones? ¿Estaré seguro durante la mediación?

Si usted y el imputado están de acuerdo, existe la posibilidad de llevar a cabo un procedimiento de mediación (que en Alemania se denomina «Täter-Opfer-Ausgleich»). En cada fase del procedimiento, el Ministerio Fiscal y el tribunal deben examinar las posibilidades de lograr un acuerdo entre el imputado y la víctima del delito y, en determinados casos, trabajar para lograr dicho acuerdo. El autor o la víctima del delito pueden también ponerse en contacto directamente con un servicio de mediación. El procedimiento de mediación propiamente dicho tiene lugar fuera del proceso penal, a menudo con la participación de mediadores especialmente formados. Por regla general, primero mantienen conversaciones por separado con cada una de las partes sobre su voluntad de cooperar y sus expectativas de alcanzar una solución satisfactoria para ambas partes. Un requisito previo para el procedimiento de mediación es la voluntad de cooperación de ambas partes. Además, el imputado debe admitir hasta cierto grado la responsabilidad del hecho antijurídico cometido. Suelen acordarse pagos en efectivo u otros tipos de reparación en el contexto del procedimiento de mediación.

Además, para poder actuar como acusación particular es necesario haber llevado a cabo un procedimiento de mediación previo en los órganos de arbitraje del Estado federado en el caso de determinados delitos, como la violación de domicilio, las injurias y calumnias, la violación del secreto de las comunicaciones y las lesiones.

¿Dónde puedo encontrar las normas en que se recogen mis derechos?

La lista (no exhaustiva) contiene las principales leyes en las que puede encontrar normas sobre Derecho penal y civil, así como las normas procesales. En los enlaces siguientes puede consultar los textos jurídicos:

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