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Tratamiento electrónico de asuntos y comunicación electrónica con los tribunales

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Austria
Contenido facilitado por
European Judicial Network
(in civil and commercial matters)

1 ¿Es posible incoar procedimientos judiciales vía Internet?

Sí, es posible iniciar una acción judicial a través de Internet mediante el sistema de justicia en red (ERV, por sus siglas en alemán). Para ello, es necesario inscribirse en uno de los centros de intercambio de información (clearing house) disponibles, tras lo cual se transmite la solicitud al sistema de justicia. El registro es de pago. Se aplica una tarifa base de aproximadamente 20 EUR mensuales, así como una tarifa de aproximadamente 30 céntimos por comunicación. El coste de una carta certificada en Austria ronda los 3 EUR.

Además, se puede hacer uso de un servicio gratuito de subida de documentos mediante la tarjeta ciudadana (ID Austria) para la comunicación informática. De todos modos, al contrario que con el sistema ERV, este servicio no incluye la posibilidad de notificar las respuestas al demandante.

2 De ser así, ¿para qué tipos de asuntos puede utilizarse? ¿Hay algún procedimiento que solo se pueda iniciar vía Internet?

El ERV hace posible la comunicación entre los órganos jurisdiccionales y fiscalías, por un lado, y entre las partes, por otro, posibilitando una comunicación igual a la que se da en papel. Está disponible para todo tipo de procesos. No existen procesos que únicamente se puedan iniciar a través de Internet.

3 ¿Está disponible el tratamiento automatizado en cualquier momento (es decir, 24 horas al día, siete días por semana) o sólo en un horario específico? De ser así, ¿cuál es el horario?

El servicio está disponible los siete días de la semana, las 24 horas del día.

4 ¿Debe facilitarse el contenido de la demanda en algún formato concreto?

No solamente los motivos de la demanda, sino todos los datos relevantes para el proceso deben introducirse en un formulario de formato XML (o en un documento PDF adjunto a dicho formulario). A partir de la creación, a mediados de 2023, del servicio de almacenamiento de datos Justizbox, también se admiten otros formatos de archivo (por ejemplo, para la transmisión de archivos de audio y vídeo).

5 ¿Cómo se garantiza la seguridad de la transmisión y del almacenamiento de los datos?

La transmisión de datos en el sistema ERV está asegurado mediante el protocolo https. Se precisa de certificados para las autenticaciones de todas las partes implicadas. La comunicación entre los servidores también requiere certificados. Además, en aras de la seguridad, se exige también el registro en un centro de intercambio de información (véase el apartado 1).

6 ¿Es necesario utilizar algún tipo de firma electrónica o de registro de la fecha y la hora?

Véase el apartado 5 (certificados). No es necesario el uso de una firma electrónica. Solamente existe un servicio de timbre cronométrico para la introducción de datos en el registro de la propiedad, que confirma la recepción de una presentación válida.

7 ¿Deben abonarse tasas judiciales? En caso afirmativo, ¿cómo se abonan y en qué medida difieren de las que se aplican a los procedimientos no electrónicos?

Al introducir datos en el sistema electrónico, se deben abonar tasas judiciales con arreglo al proceso de débito y recaudación. En general, las tasas del sistema electrónico de iniciación de pleito son del mismo importe que las que comporta la presentación de la demanda en papel. Existen casos especiales en los que se da la posibilidad de una reducción de tasas en el sistema de comunicación informático.

8 ¿Es posible retirar una demanda que se ha interpuesto vía Internet?

En este caso tampoco existen diferencias con el procedimiento en papel. Las reglas del Derecho procesal civil rigen también para el sistema ERV. Se puede revocar una demanda mediante este sistema, incluso si se presentó en papel.

9 Cuando el demandante incoa un procedimiento vía Internet, ¿el demandado puede, o debe, responder también vía internet?

Sí, internet puede utilizarse para contestar demandas, presentar recursos, etc. En general, el uso de la plataforma austriaca de justicia electrónica no es obligatorio; no obstante, los abogados, notarios, bancos, aseguradoras, sistemas seguridad social, la Fiscalía Financiera (Finanzprokuratur) y los colegios de abogados están obligados a utilizar dicha plataforma.

Los peritos y los intérpretes están obligados, en determinadas condiciones, a utilizar el sistema ERV.

10 En términos de procedimiento electrónico, ¿qué sucede si el demandado contesta a la demanda?

Las reglas del Derecho procesal civil rigen también para el sistema ERV.

11 ¿Qué ocurre a efectos del procedimiento electrónico si el demandado no contesta a la demanda?

Las reglas del Derecho procesal civil rigen también para el sistema ERV.

12 ¿Es posible presentar documentación ante un tribunal por vía electrónica y, si es así, en qué tipo de procedimientos, y cuáles son las condiciones para ello?

Sí, se puede enviar al tribunal todo tipo de documentos mediante el sistema ERV. Incluso en procesos del registro de propiedad y del registro mercantil se puede enviar documentación con la misma validez que un original.

13 ¿Pueden los documentos judiciales, y, en concreto, las sentencias, notificarse vía Internet?

Sí, a través del sistema ERV.

14 ¿Pueden comunicarse electrónicamente las resoluciones judiciales?

Sí, a través del sistema ERV.

15 ¿Es posible presentar un recurso y notificar la decisión al respecto vía Internet?

Sí, a través del sistema ERV.

16 ¿Es posible iniciar procedimientos de ejecución vía Internet?

Sí, a través del sistema ERV.

17 ¿Están facultadas las partes o sus representantes legales para consultar en línea los asuntos? En caso afirmativo, ¿cómo pueden hacerlo?

Sí, las partes y sus representantes pueden acudir a las cajas de compensación por Internet para examinar todos los procesos civiles y ejecutivos en los registros correspondientes. Únicamente podrán consultar los casos que les conciernan. A través del código de dirección se comprueba el derecho a examinar un caso. Este código es asignado individualmente a cada persona con derecho a consulta.

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