Hay dos tipos de órganos jurisdiccionales ordinarios: los juzgados municipales y los tribunales regionales.
Juzgados municipales (općinski sudovi)
- Conocen de asuntos contenciosos, no contenciosos y de ejecución.
- Conocen de sucesiones y asuntos relacionados los registros de la propiedad, y se ocupan de la administración de estos últimos.
- Conocen de las causas penales que no son de competencia de otros órganos jurisdiccionales.
- Conocen de asuntos relativos a infracciones que no son de competencia de otros órganos jurisdiccionales.
- Resuelven sobre el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones de órganos jurisdiccionales extranjeros y de las resoluciones de otras autoridades de un Estado en el que estas se consideran resoluciones judiciales.
- Llevan a cabo tareas relativas al auxilio judicial internacional en el marco de los procedimientos que sean de su competencia.
- Llevan a cabo tareas relativas a la cooperación judicial con los Estados miembros de la Unión Europea en el marco de los procedimientos que sean de su competencia.
- Llevan a cabo otras tareas especificadas por ley.
Juzgados municipales de Croacia
Tribunales regionales (županijski sudovi)
- Conocen de los recursos contra las resoluciones de los juzgados municipales, salvo que la ley disponga otra cosa.
- Conocen de asuntos en primera instancia cuando tal competencia esté contemplada por ley.
- Llevan a cabo procedimientos de investigación y los disciplinarios en el marco de la actividad notarial en caso de infracción disciplinaria y enjuician en primera instancia tales infracciones, cuando así lo disponga la ley.
- Conocen de los recursos interpuestos contra las resoluciones disciplinarias por irregularidades en el ejercicio de funciones notariales, cuando así lo disponga la ley.
- Llevan a cabo tareas relativas al auxilio judicial internacional en el marco de los procedimientos que sean de su competencia.
- Llevan a cabo tareas relativas a la cooperación judicial con los Estados miembros de la Unión Europea en el marco de los procedimientos que sean de su competencia, salvo en el caso de delitos leves.
- Ejecutan las sentencias penales extranjeras.
- Llevan a cabo otras tareas especificadas por ley.