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Notificación y traslado de documentos

Italia
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Nota: El Reglamento (CE) n.º 1393/2007 del Consejo fue sustituido por el Reglamento (UE) 2020/1784 del Parlamento Europeo y del Consejo con efectos a partir del 1 de julio de 2022.

Las notificaciones realizadas en virtud del nuevo Reglamento pueden consultarse aquí.

Artículo 2, apartado 1 - Organismos transmisores

Pulse en el siguiente enlace para ver todas las autoridades competentes relacionadas con este artículo.
Listas de autoridades competentes

Artículo 2, apartado 2 - Organismos receptores

Pulse en el siguiente enlace para ver todas las autoridades competentes relacionadas con este artículo.
Listas de autoridades competentes

Artículo 2, apartado 4, letra c) - Medios de recepción de documentos

Medios a su disposición para la recepción de los documentos: servicio postal.

Artículo 2, apartado 4, letra d) - Lenguas que podrán utilizarse para cumplimentar el formulario normalizado establecido en el anexo I

Las lenguas que pueden utilizarse para la elaboración del formulario son el italiano, el francés y el inglés.

Artículo 3 - Entidad central

La entidad central es el Ufficio Unico degli Ufficiali Giudiziari presso la Corte d’Appello di Roma:

Ufficio Unico degli Ufficiali Giudiziari presso la Corte d’Appello di Roma
Viale Giulio Cesare N. 52
I-00192 Roma

Tfno.: (39)06.328361

Fax: (39)06.328367933

Los documentos a notificar en Italia deben recibirse por correo postal y se devolverán a los organismos transmisores por la misma vía.

Conocimientos lingüísticos: italiano, francés e inglés.

Artículo 4 - Transmisión de documentos

Las lenguas a utilizar para rellenar el formulario de solicitud (formulario normalizado) son el francés y el inglés, además del italiano.

Artículos 8, apartado 3, y 9, apartado 2 - Plazos determinados establecidos por el Derecho nacional para la notificación de documentos

No se alega ninguna excepción.

Artículo 10 - Certificado y copia del documento notificado o trasladado

El formulario que certifica el cumplimiento de las formalidades relativas a la notificación o traslado podrá rellenarse en francés e inglés, además de en italiano.

Artículo 11 - Gastos de notificación o traslado

Por el momento no se contemplan tasas para la notificación de documentos procedentes del extranjero.

Artículo 13 - Notificación o traslado de documentos por medio de agentes diplomáticos o consulares

Italia se opone a la notificación o traslado directos de documentos judiciales por agentes diplomáticos o consulares a las personas que residan en el territorio de otro Estado Miembro (salvo si el documento se notifica a un nacional italiano que resida en otro Estado miembro).

Italia se opone a la notificación o traslado de documentos judiciales por agentes diplomáticos o consulares de un Estado miembro a las personas que residan en Italia, salvo si el documento debe notificarse a un ciudadano de dicho Estado miembro.

Artículo 15 - Solicitud directa de notificación o traslado

Nada se opone a que los interesados en un proceso judicial puedan hacer notificar directamente documentos judiciales a través de funcionarios públicos competentes del Estado Miembro receptor.

Artículo 19 - Incomparecencia del demandado

Italia no realizará las comunicaciones de los apartados 2 y 4.

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