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Si mi reclamación debe sustanciarse en este país

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¿Por qué tipos de delito puedo obtener una indemnización?

Chequia ofrece ayuda económica a las víctimas de delitos que hayan sufrido daños de salud y a los supérstites de las víctimas que hayan fallecido a consecuencia del delito. Asimismo, entre las personas con derecho a ayuda económica se incluyen las víctimas de delitos sexuales contra la dignidad humana y los menores maltratados.

¿Por qué tipos de lesiones puedo obtener una indemnización?

La ayuda financiera sirve para resolver una situación social deteriorada a consecuencia del delito y no sustituye a la obligación que tiene el autor del delito de indemnizar a la víctima por los daños causados.

Los supérstites reciben la ayuda financiera en una cantidad única. Las víctimas que hayan sufrido daños en la salud también pueden solicitar que la ayuda se conceda en una cantidad única (cuyo importe dependerá de la gravedad de las consecuencias ocasionadas) o pueden reclamar el reembolso de los costes de la asistencia sanitaria o una indemnización por la pérdida de ingresos. Las víctimas de delitos sexuales contra la dignidad humana o los menores maltratados pueden solicitar el reembolso de los costes de las terapias para aliviar los daños morales sufridos.

¿Puedo obtener una indemnización si soy familiar o persona a cargo de una víctima que haya fallecido a consecuencia de un delito? ¿Qué familiares o personas a cargo de la víctima pueden obtener una indemnización?

Sí, los supérstites de la víctima que haya fallecido a consecuencia de un delito tienen derecho a recibir una ayuda financiera en caso de que el supérstite sea el progenitor, el cónyuge, la pareja registrada, el hijo o el hermano de la persona fallecida y viviese de forma permanente en un hogar común con la víctima en el momento del fallecimiento, o bien en caso de que el supérstite sea una persona a quien la persona fallecida mantenía o tenía la obligación de hacerlo.

¿Puedo obtener una indemnización si soy familiar o persona a cargo de una víctima que haya sobrevivido al delito? ¿Qué familiares o personas a cargo de la víctima pueden obtener una indemnización en ese caso?

En este caso, no tiene derecho a recibir una ayuda financiera.

¿Puedo obtener una indemnización si no soy nacional de un país de la UE?

Sí, si es residente permanente o reside legalmente en otro Estado miembro de la Unión y ha sido víctima de un delito cometido en Chequia, o si reside legalmente en Chequia durante más de noventa días y ha sido víctima de un delito cometido en dicho país, si ha solicitado protección internacional en Chequia o se le ha concedido asilo o protección subsidiaria o ha sido víctima de un delito cometido en dicho país, cuando proceda, en las condiciones establecidas en un tratado internacional.

¿Puedo reclamar una indemnización a este país si resido aquí o soy de aquí (este es mi país de residencia o nacionalidad) incluso si el delito se cometió en otro país de la UE? ¿Puedo optar por esa vía en vez de reclamar la indemnización en el país donde se cometió el delito? Si es así, ¿en qué condiciones?

Si es ciudadano de Chequia, tiene derecho a recibir una ayuda financiera de este país, con independencia del país donde se haya cometido el delito del que es víctima.

¿Tengo que haber denunciado el delito a la policía antes de poder reclamar una indemnización?

Sí, es obligatorio.

¿Tengo que esperar al resultado de la investigaciones policiales o del proceso penal antes de poder reclamar la indemnización?

No es necesario esperar los resultados de la investigación. Se puede conceder ayuda financiera si la investigación que están llevando a cabo las autoridades judiciales competentes indica que no hay duda de que se haya cometido un delito y se reúnen las condiciones legales para optar a una ayuda financiera.

¿Tengo que tratar, en primer lugar, de obtener una indemnización del autor del delito, si este ha sido identificado?

Si no reclama una indemnización de daños y perjuicios al autor del delito, la ayuda financiera podría reducirse o incluso no concederse.

¿Puedo obtener una indemnización aunque el autor del delito no haya sido identificado o condenado? En caso afirmativo, ¿qué pruebas debo presentar en apoyo de mi reclamación?

En este caso, es necesario distinguir si se desconoce la identidad del autor del delito o si la persona procesada por el delito no ha sido condenada, aunque sea evidente que el delito se ha cometido (es decir, el delito se ha cometido, aunque podría haber sido por otra persona). En tal caso, tiene derecho a recibir una ayuda financiera. Sin embargo, si el autor del delito ha sido absuelto porque el acto llevado a juicio no constituye delito alguno, no tendrá derecho a dicha ayuda financiera. Las reclamaciones se evalúan principalmente sobre la base del material recopilado por las autoridades judiciales. Por tanto, debe justificar el importe del daño causado y, si procede, de cualquier daño que pueda tenerse en consideración (los costes de la asistencia sanitaria y la pérdida de ingresos).

¿Existe un límite de tiempo para reclamar una indemnización?

La reclamación debe presentarse en un plazo de dos años a partir del momento en que ha tenido conocimiento del daño y, a más tardar, en un plazo de cinco años a partir de la fecha del delito. El derecho a la asistencia finaliza al expirar uno de estos plazos. Las víctimas menores de edad de delitos sexuales contra la dignidad humana pueden presentar una demanda en los dos años siguientes a la mayoría de edad, o en los cinco años siguientes a la comisión del delito, si esta fecha es posterior.

¿Qué pérdidas y gastos están cubiertos por la indemnización?

a) Para la víctima del delito:

— daños materiales (no psicológicos):

  • los gastos de atención médica (tratamientos médicos hospitalarios y ambulatorios, rehabilitación): sí;
  • otras necesidades o gastos ocasionados por las lesiones, siempre que estén directamente relacionados con el restablecimiento de la salud (es decir, cuidados y asistencia, tratamientos temporales y permanentes, fisioterapia prolongada, adaptación de la vivienda, ayudas especiales, etc.): sí;
  • lesiones permanentes (invalidez y otras incapacidades permanentes):
    • la pérdida de ingresos durante y después del tratamiento médico (incluidos el lucro cesante, la pérdida de la capacidad laboral, la disminución de los medios de subsistencia etc.): sí;
    • pérdida de oportunidades: no;
    • los gastos asociados a procedimientos judiciales relacionados con el hecho que ocasionó el daño, como los honorarios de abogados y las costas judiciales: no;
    • indemnización por los efectos personales robados o dañados: no;
    • otros: no;

— daños psicológicos (morales):

  • dolor y sufrimiento de la víctima: no;

b) para los derechohabientes o familiares de la víctima:

— daños materiales (no psicológicos):

  • los gastos funerarios: no;
  • gastos médicos (tratamiento de un familiar, asistencia ambulatoria y hospitalaria, rehabilitación, etc.): no;
  • la pérdida de alimentos o de oportunidades: no;

— daños psicológicos:

  • el dolor y el sufrimiento de los familiares o derechohabientes, la indemnización de los familiares supérstites de la víctima fallecida: no.

¿Se abona la indemnización en un pago único o por mensualidades?

La ayuda financiera se abona en un solo pago.

¿De qué manera mi propio comportamiento en relación con el delito, mis antecedentes penales o la falta de cooperación por mi parte durante el procedimiento de indemnización podrían afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

Los antecedentes penales no son un factor decisivo en lo que respecta a su derecho a recibir ayuda financiera. Sin embargo, si no coopera con las autoridades judiciales para resolver el delito, no podrá recibir ninguna ayuda financiera. Tampoco recibirá ninguna ayuda si ha participado en el delito como cómplice.

En caso de no ofrecer la cooperación necesaria en el procedimiento de ayuda financiera, dicho procedimiento podría concluir o la reclamación podría ser rechazada.

¿De qué manera podría mi situación financiera afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

Solo si es evidente que su situación social no se ha visto mermada a consecuencia del delito es posible que no reciba ninguna ayuda financiera.

¿Qué otros criterios podrían, en su caso, afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

Si de algún modo ha contribuido a los daños, la ayuda financiera podría reducirse o incluso no concederse.

¿Cómo se calcula la indemnización?

Las víctimas que han sufrido daños menores a la salud pueden reclamar una cantidad única de 10 000 coronas checas (CZK).

Las víctimas que han sufrido daños graves a la salud pueden reclamar una cantidad única de 50 000 CZK.

En lugar de esta ayuda abonada en una cantidad única, las víctimas que han sufrido daños a la salud pueden solicitar una ayuda financiera de hasta 200 000 CZK, equivalente a los costes de asistencia sanitaria o la pérdida de ingresos que se hayan demostrado.

Los supervivientes tienen derecho a recibir una ayuda financiera abonada en una cantidad única de 200 000 CZK, salvo los hermanos que tienen derecho a una ayuda de 175 000 CZK.

¿Existen límites mínimos o máximos para la indemnización que puede concederse?

Como víctima de un delito que ha sufrido daños en la salud o como superviviente, puede recibir hasta 200 000 CZK (hasta 175 000 CZK si es hermano de una víctima fallecida como consecuencia de un delito). Asimismo, en caso de fallecimiento, la ayuda financiera total concedida a todos los supervivientes no puede ser superior a 600 000 CZK y, si hubiese varios supervivientes, la ayuda concedida se reduce proporcionalmente para no superar la cantidad máxima de la ayuda financiera.

¿He de estimar el importe en el formulario de reclamación? En caso afirmativo, ¿recibiré instrucciones sobre cómo calcularlo o sobre otros aspectos?

Sí.

¿Las indemnizaciones que reciba de otras fuentes (como un seguro de mi empleador o cualquier otro sistema de seguro privado) por los mismos daños se deducirán de la indemnización abonada por la autoridad u organismo?

Solo en el caso de un seguro que cubra la obligación del autor del delito de indemnizar por los daños causados, lo que, con arreglo a la legislación checa, resulta posible en la práctica en el caso de los accidentes de tráfico y de trabajo.

¿Puedo obtener un anticipo de la indemnización? Si es así, ¿en qué condiciones?

No se realizan pagos anticipados de la ayuda económica.

¿Puedo obtener una indemnización adicional o complementaria (por ejemplo, a raíz de un cambio de circunstancias o empeoramiento de salud, etc.) después de la adopción de la decisión principal?

Sí, hasta el importe máximo permitido.

¿Qué justificantes debo adjuntar a mi reclamación?

  • Un poder, una prueba del vínculo de parentesco con la víctima;
  • el certificado de defunción de la víctima;
  • una copia de la denuncia a la policía;
  • una copia de la decisión del órgano jurisdiccional;
  • documentación sobre el estado de salud;
  • facturas del hospital o facturas de gastos afines;
  • facturas de los costes de la asistencia sanitaria;
  • prueba de los ingresos.

¿Existen gastos administrativos o de otro tipo que deban abonarse en el momento de la recepción y tramitación de la solicitud?

No.

¿Qué autoridad decide sobre las reclamaciones de indemnización (en los casos de ámbito nacional)?

El Ministerio de Justicia.

¿Dónde debo dirigir la reclamación (en los casos de ámbito nacional)?

El Ministerio de Justicia.

¿Tengo que estar presente durante el procedimiento o cuando se tome una decisión sobre la reclamación?

No.

¿Cuánto se tarda (aproximadamente) en recibir la decisión de la autoridad competente sobre una reclamación de indemnización?

La reclamación debe decidirse en el plazo de tres meses.

Si no estoy satisfecho con la decisión de la autoridad, ¿cómo puedo impugnarla?

Interponiendo una acción administrativa ante el órgano jurisdiccional.

¿Dónde puedo obtener los formularios necesarios y el resto de información para la presentación de una reclamación de indemnización?

En el sitio web del Ministerio de Justicia, en las organizaciones no gubernamentales de apoyo a las víctimas de delitos y en los centros del Servicio de Presentación de Pruebas y de Mediación.

¿Existe algún servicio telefónico o sitio web especial a esos efectos?

No.

¿Puedo obtener asistencia jurídica gratuita (ayuda de un abogado) a la hora de preparar la reclamación?

Sí, aunque los gastos corren a su cargo.

¿Existen organizaciones de ayuda a las víctimas que puedan ayudarme a reclamar una indemnización?

El Círculo Blanco de Seguridad (Bílý kruh bezpečí) es una de las mayores organizaciones de este tipo; el Servicio de libertad condicional y mediación de Chequia [Probační a mediační služba ČR] también ayuda a las víctimas. También prestan asistencia profesional las entidades inscritas en el registro de proveedores de asistencia a las víctimas de delitos. Esta asistencia incluye servicios psicológicos, asesoramiento social, asistencia jurídica gratuita, suministro de información jurídica y la posibilidad de participar en «programas de reparación» destinados a reconstruir las relaciones y reparar los daños causados.

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