1 ¿Es posible incoar procedimientos judiciales vía Internet?
Sí, puede iniciar procesos judiciales a través del portal web seguro de los órganos jurisdiccionales. Pueden acceder al portal web los ciudadanos, los abogados y otros profesionales del Derecho, así como los empresarios, las empresas y otras organizaciones.
Sin embargo, los procesos judiciales aún no pueden iniciarse por vía electrónica en todas las jurisdicciones o para todos los tipos de procesos.
Los recursos de casación (cassatiezaken) ante el Tribunal Supremo (Hoge Raad) pueden interponerse por vía electrónica; esto es obligatorio para las demandas civiles y (a partir del 1 de enero de 2023) para las querellas penales.
2 De ser así, ¿para qué tipo de asuntos puede utilizarse? ¿Hay algún procedimiento que solo se pueda iniciar vía Internet?
Demanda civil:
- los abogados pueden presentar las solicitudes de embargo por vía electrónica ante cualquier tribunal de primera instancia;
- los abogados pueden presentar solicitudes conjuntas de divorcio por vía electrónica ante el tribunal de primera instancia de la región central de los Países Bajos (en Utrecht) y el tribunal de primera instancia de Overijssel (en Almelo);
- los abogados están obligados a interponer recursos de casación por vía electrónica ante el Tribunal Supremo; véase Digitaal procederen bij de Hoge Raad - Hoge Raad.
Demanda contencioso-administrativa:
- los abogados deben iniciar los procedimientos por vía electrónica en asuntos de asilo e internamiento;
- pueden optar por presentar reclamaciones por vía electrónica en asuntos de inmigración regular;
- los ciudadanos, los abogados y otros profesionales pueden interponer recursos por vía electrónica ante cualquier tribunal de apelación en asuntos fiscales;
- los ciudadanos, los abogados y otros profesionales pueden interponer un recurso de casación por vía electrónica ante el Tribunal Supremo;
- los ciudadanos, los abogados y otros profesionales pueden optar por iniciar un procedimiento por vía electrónica en primera instancia o en apelación ante el Consejo de Estado (Raad van State) (véase Digitaal procederen — Raad van State).
Para una visión general actualizada de la digitalización en los tribunales de primera instancia y de apelación de cada demarcación consúltese el siguiente sitio web Digitalisering rechtspraak | Rechtspraak.
3 ¿Está disponible el tratamiento automatizado en cualquier momento (es decir, 24 horas al día, siete días por semana) o sólo en un horario específico? De ser así, ¿cuál es el horario?
Puede ejercitar una acción o presentar documentos procesales ante los distintos órganos jurisdiccionales a través de un portal web. Se puede acceder al portal web en cualquier momento. El mantenimiento y los fallos del sistema se notifican a través del sitio web del órgano jurisdiccional de que se trate. Si necesita ayuda, puede ponerse en contacto con un servicio de asistencia, como el centro de servicio del poder judicial (servicecentrum van de Rechtspraak), por vía electrónica o por teléfono de lunes a viernes durante las horas de oficina y a primera hora de la tarde.
4 ¿Debe facilitarse el contenido de la demanda en algún formato concreto?
Cuando exista la posibilidad de iniciar un procedimiento específico por vía electrónica, deben presentarse otros documentos a través del portal web del órgano jurisdiccional de que se trate. Por regla general, debe cumplimentarse un cuestionario digital en el portal. Los documentos deben cargarse en formato PDF/A; no pueden superar los 25 megabytes y deben cumplir los requisitos de reconocimiento óptico de caracteres (ROC). Los archivos de audio deben estar en formato MP3, las imágenes en JPEG y los archivos de vídeo en Mp‑4‑H.264.
Estas especificaciones se establecen en las normas procesales de los órganos jurisdiccionales (Procesreglementen | Rechtspraak).
5 ¿Cómo se garantiza la seguridad de la transmisión y del almacenamiento de los datos?
El poder judicial registra los datos (personales) necesarios para el buen desarrollo del proceso. Estos datos se tratan de forma confidencial y segura de conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La «carpeta electrónica» que contiene los documentos judiciales y los documentos adjuntos está cifrada para garantizar que solo el órgano jurisdiccional al que se dirigen los documentos pueda leer su contenido.
Enlace a: Digitalisering rechtspraak | Rechtspraak.
6 ¿Es necesario utilizar algún tipo de firma electrónica o de registro de la fecha y la hora?
Sí, al iniciar sesión en el portal web de un órgano jurisdiccional, debe proporcionar un medio digital de autenticación. Las normas procesales correspondientes especifican qué medios de autenticación se aceptan [wetten.nl — Regeling — Besluit elektronisch procederen — BWBR0044275 (overheid.nl)]. En el caso de los abogados, su tarjeta de abogado; en el de las organizaciones, su identificación electrónica (e-herkenning); y para los ciudadanos, su identificación electrónica DigiD más una autenticación adicional mediante mensaje de texto.
7 ¿Deben abonarse tasas judiciales? En caso afirmativo, ¿cómo se abonan y en qué medida difieren de las que se aplican a los procedimientos no electrónicos?
Sí, deben abonarse tasas judiciales para todos los procedimientos. No existe una tasa diferenciada para los procedimientos electrónicos. En el caso de los procedimientos electrónicos, las tasas judiciales se abonan en línea. Si no se realiza el pago, se interrumpe el proceso de incoación del procedimiento. Los bufetes de abogados pueden tener una cuenta con el poder judicial.
8 ¿Es posible retirar una demanda que se ha interpuesto vía Internet?
Sí, el reglamento interno del órgano jurisdiccional de que se trate determina la forma en que deben retirarse las demandas.
9 Cuando el demandante incoa un procedimiento vía Internet, ¿el demandado puede, o debe, responder también vía internet?
No, a menos que sea obligatorio llevar a cabo el proceso por vía electrónica, en cuyo caso el demandado debe responder en línea. Cuando la presentación electrónica sea facultativa, y en función de lo estipulado en las normas procesales, el demandado puede presentar escritos procesales utilizando el sistema de correo electrónico seguro del poder judicial (Veilig Mailen).
10 En términos de procedimiento electrónico, ¿qué sucede si el demandado contesta a la demanda?
Los procedimientos electrónicos se tramitan íntegramente en línea. El demandado recibe por correo electrónico una notificación de cada nuevo documento cargado en el expediente electrónico. El demandado puede agregar sus propios documentos y consultar el expediente por vía electrónica. La resolución judicial se pone a disposición de las partes en línea en forma de expediente electrónico.
11 ¿Qué ocurre a efectos del procedimiento electrónico si el demandado no contesta a la demanda?
Si la demanda se ha notificado o trasladado correctamente a la parte contraria, puede dictarse una resolución en rebeldía. Las actuaciones judiciales se notifican a la parte contraria por escrito.
12 ¿Es posible presentar documentación ante un tribunal por vía electrónica y, si es así, en qué tipo de procedimientos, y cuáles son las condiciones para ello?
Véanse las respuestas a las preguntas 1 y 2. Cuando la presentación electrónica no sea obligatoria, los documentos también pueden enviarse por correo postal. No es posible enviar mensajes y documentos por correo electrónico estándar. En virtud de la Orden sobre Procedimientos Electrónicos (Besluit Elektronisch procederen), las normas procesales de los órganos jurisdiccionales especifican qué sistemas de correo electrónico seguros pueden utilizarse.
13 ¿Pueden los documentos judiciales, y, en concreto, las sentencias, notificarse vía Internet?
Por regla general, los documentos judiciales, y en particular las sentencias, no pueden notificarse o trasladarse por vía electrónica. Véase también la respuesta a la pregunta 10.
14 ¿Pueden comunicarse electrónicamente las resoluciones judiciales?
Sí, pero solo las resoluciones judiciales en procesos que se han llevado a cabo por vía electrónica, en cuyo caso la resolución judicial se notifica a las partes a través del portal web seguro.
15 ¿Es posible presentar un recurso y notificar la decisión al respecto vía Internet?
Sí, los recursos pueden interponerse en línea para un número limitado de procesos; véase la respuesta a la pregunta 2. Cuando el proceso se ha llevado a cabo por vía electrónica en el tribunal de apelación, la resolución judicial también se notifica por vía electrónica a las partes. La resolución no puede trasladarse por vía electrónica.
16 ¿Es posible iniciar procedimientos de ejecución vía Internet?
Por regla general, los procesos de ejecución no pueden incoarse en línea. Sin embargo, los abogados pueden presentar solicitudes de embargo en línea (véase la respuesta a la pregunta 2).
17 ¿Están facultadas las partes o sus representantes legales para consultar en línea los asuntos? En caso afirmativo, ¿cómo pueden hacerlo?
Sí, en los procesos incoados por vía electrónica, las partes y sus representantes legales pueden consultar los autos en línea. Para ello, pueden iniciar sesión en el portal web del órgano jurisdiccional.