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Divorcio y separación legal

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Alemania
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(in civil and commercial matters)

1 ¿Cuáles son los requisitos para obtener el divorcio?

De conformidad con el artículo 1564, primera frase, del Código Civil alemán (Bürgerliches Gesetzbuch), un matrimonio solo puede disolverse por decisión judicial a solicitud de uno o ambos cónyuges.

Un matrimonio puede disolverse si se ha roto de forma irreparable (artículo 1565, apartado 1, primera frase, del Código Civil). El matrimonio se considera roto de manera irreparable cuando ha cesado la convivencia conyugal y no cabe esperar que los cónyuges vayan a reanudarla (artículo 1565, apartado 1, segunda frase, del Código Civil). Esto depende tanto del estado actual del matrimonio como del pronóstico para el futuro. Si los cónyuges no han vivido separados durante un año, solo es posible el divorcio si la continuación del matrimonio constituiría una dificultad irrazonable para el cónyuge que solicita el divorcio debido a razones atribuibles al otro cónyuge (artículo 1565, apartado 2, del Código Civil). El legislador ha establecido las siguientes presunciones irrefutables con respecto a la ruptura irreparable del matrimonio:

  • Los cónyuges han estado viviendo separados durante un año y ambos solicitan el divorcio o el demandado acepta el divorcio (artículo 1566, apartado 1, del Código Civil).
  • Los cónyuges han estado viviendo separados durante tres años (artículo 1566, apartado 2, del Código Civil).

Se considera que los cónyuges viven separados si no comparten un hogar común y uno de ellos manifiestamente no tiene intención de establecerlo porque rechaza la convivencia conyugal (artículo 1567, apartado 1, del Código Civil).

2 ¿Cuáles son las causas de divorcio?

El Derecho alemán solo establece como causa de divorcio la ruptura irreparable del matrimonio. No existe el divorcio por culpa de uno de los cónyuges.

3 Efectos jurídicos del matrimonio en:

3.1 las relaciones personales entre los cónyuges (por ejemplo, apellidos)

El cónyuge divorciado conserva el apellido de casado (artículo 1355, apartado 5, primera frase, del Código Civil). Mediante una declaración ante el Registro Civil, los cónyuges pueden recuperar su apellido de solteros o el que hubieran tenido hasta el matrimonio, así como anteponer o añadir su apellido de solteros, o el apellido que tuvieran en el momento de la determinación del apellido del matrimonio, al apellido del matrimonio (artículo 1355, apartado 5, segunda frase, del Código Civil).

3.2 el reparto de los bienes entre los cónyuges

3.2.1. Vivienda y enseres domésticos

Para la vivienda común compartida después de un divorcio, en principio se aplica lo siguiente según el artículo 1568a del Código Civil: El cónyuge que tenga una mayor dependencia del uso de la vivienda puede solicitar al otro cónyuge la cesión de la vivienda. Al hacerlo, deberá tenerse en cuenta el interés superior de los menores que vivan en la vivienda y las circunstancias de ambos cónyuges; no obstante, la cesión de la vivienda también puede seguir el principio de equidad por otros motivos.

En el caso de una vivienda alquilada, el cónyuge al que se le cede la vivienda asume el contrato de arrendamiento celebrado por el cónyuge obligado a ceder dicha vivienda en beneficio del otro, o continúa en solitario un contrato de arrendamiento celebrado por ambos cónyuges (artículo 1568a, apartado 3, del Código Civil).

En caso de vivienda en propiedad se aplica lo siguiente:

  • Si solo uno de los dos cónyuges, individualmente o junto con un tercero, es propietario o copropietario de la antigua vivienda, el otro cónyuge solo puede solicitar la cesión en casos excepcionales, en particular cuando resulte necesario para evitar dificultades indebidas, véase el artículo 1568a, apartado 2, del Código Civil.
  • Si la vivienda es propiedad conjunta de ambos cónyuges, se aplican los principios que se indican al principio del artículo 1568a del Código Civil.

En ambos casos, tanto el cónyuge que tiene derecho a la cesión de la vivienda como una persona con derecho a adherirse a un contrato de arrendamiento tienen derecho a solicitar la celebración de un contrato de arrendamiento en las condiciones habituales.

En el caso de los enseres domésticos debe diferenciarse entre los enseres que pertenecen al matrimonio en común y los enseres que pertenecen tan solo a uno de los cónyuges. Conforme al artículo 1568b del Código Civil, el cónyuge que más dependa del uso de los enseres domésticos de propiedad común puede exigir al otro la cesión y transferencia de dichos enseres. Como ocurre con la vivienda compartida (artículo 1568a del Código Civil), debe tenerse en cuenta el interés superior de los menores que vivan en el hogar y las circunstancias de los cónyuges, en virtud de las cuales la cesión y la transferencia también pueden seguir el principio de equidad por otros motivos.

Las consecuencias legales son las siguientes:

  • En el caso de los enseres domésticos de propiedad conjunta, el cónyuge que transfiere su propiedad de los enseres domésticos de conformidad con el artículo 1568b, apartado 1, del Código Civil puede exigir una compensación adecuada por ello (artículo 1568b, apartado 3, del Código Civil).
  • En el caso de enseres domésticos que solo pertenecen a uno de los cónyuges, el otro cónyuge no tiene ningún derecho sobre los mismos.

3.2.2. Compensación de las ganancias

Según la legislación alemana, los cónyuges constituyen una sociedad de gananciales, a menos que lo acuerden de otro modo mediante escritura de capitulaciones matrimoniales (artículo 1363, apartado 1, del Código Civil). Los bienes propios de los cónyuges no se convierten en bienes gananciales. Sin embargo, conforme al artículo 1363, apartado 2, segunda frase, del Código Civil, el incremento patrimonial generado por los cónyuges durante el matrimonio se compensa al extinguirse la sociedad de bienes gananciales.

En caso de divorcio, el incremento patrimonial se compensa de acuerdo con los artículos 1373 a 1390 del Código Civil.

Por «incremento patrimonial» se entiende el importe en que el patrimonio final de un cónyuge supera a su patrimonio inicial (artículo 1373 del Código Civil).

Por «patrimonio inicial» se entienden los bienes que pertenecen a cada cónyuge tras la deducción de las deudas al inicio del régimen económico (artículo 1374, apartado 1, del Código Civil). Conforme al artículo 1374, apartado 2, del Código Civil (tras la deducción de las deudas), este incluye los bienes que un cónyuge adquiere tras el inicio del régimen económico y durante el transcurso del matrimonio por razón de fallecimiento o con respecto a un futuro derecho de herencia, por donación o como dote, siempre que, a la luz de las circunstancias, no se consideren ingresos («bienes privativos»).

Por «patrimonio final» se entienden los bienes que pertenecen a cada cónyuge tras la deducción de las deudas al final del régimen económico matrimonial (artículo 1375, apartado 1, del Código Civil). Las denominadas «reducciones desleales de bienes» no se tienen en cuenta al calcular el patrimonio final. Esto significa que el patrimonio final aumenta en la cantidad en que dicho patrimonio se redujo como resultado de la reducción desleal de bienes (artículo 1375, apartado 2, del Código Civil alemán). La fecha determinante para el cálculo del patrimonio final es la fecha en la que se presenta la demanda de divorcio (artículo 1384 del Código Civil).

Conforme al artículo 1378, apartado 1, del Código Civil, si el aumento del patrimonio de un cónyuge supera el aumento del patrimonio del otro, la mitad del excedente corresponde al otro cónyuge como derecho de compensación.

En casos excepcionales y a petición del acreedor, el tribunal de familia puede ordenar la transferencia de determinados bienes al cónyuge con derecho a compensación (artículo 1383 del Código Civil). Sin embargo, esto solo es posible si:

  • es necesario para evitar una grave injusticia hacia el cónyuge con derecho a compensación, y
  • puede esperarse razonablemente de la persona obligada a realizar la compensación.

El valor de estos bienes transferidos se abonará a cuenta de la compensación reclamada.

Las disposiciones de los artículos 1373 a 1390 del Código Civil relativas a la compensación del incremento patrimonial no son aplicables si los cónyuges han registrado ante notario uno de los siguientes regímenes económicos (artículo 1410 del Código Civil):

  • régimen de separación de bienes (artículo 1414 del Código Civil),
  • régimen de bienes gananciales (artículos 1415 a 1518 del Código Civil),
  • régimen opcional de participación (artículo 1519 del Código Civil).

3.2.3. Consecuencias para los derechos de pensión de los cónyuges

Los derechos de pensión adquiridos por los cónyuges durante el matrimonio (por ejemplo, los derechos de pensión del sistema público de pensiones, del régimen de pensiones de los funcionarios, de un régimen de pensiones ofrecido por un grupo profesional o de regímenes de pensiones privados por jubilación e incapacidad) también se dividen en dos en caso de divorcio para la compensación de derechos de pensión. Esto garantiza que ambos cónyuges compartan por igual los derechos adquiridos durante el matrimonio y que cada cónyuge reciba derechos de pensión independientes.

3.3 los hijos menores de los cónyuges

3.3.1. Responsabilidad parental

Si ambos progenitores comparten la patria potestad y se divorcian, seguirán compartiéndola. En este contexto, y a excepción de los casos de peligro para el bienestar de los hijos, el órgano jurisdiccional solo interviene y decide cuando uno de los progenitores solicite ante el tribunal de familia la transmisión de la patria potestad o parte de la misma a ese único progenitor. Esta solicitud solo se acepta cuando se cuente con la aprobación del otro progenitor y el hijo de al menos 14 años de edad no se oponga o cuando quepa esperar que la revocación de la patria potestad conjunta y su atribución al progenitor solicitante es lo mejor para el bienestar del menor (véase el artículo 1671, apartado 1, del Código Civil).

Los hijos tienen derecho a tener contacto con sus progenitores; ambos progenitores tienen derecho y obligación de tener contacto con sus hijos (artículo 1684, apartado 1, del Código Civil alemán). La legislación alemana parte de la premisa de que el contacto entre un niño y ambos padres generalmente redunda en el interés superior del menor. Esto se aplica independientemente del reparto de la patria potestad. Tras una separación o divorcio, los órganos jurisdiccionales generalmente solo decretan un régimen de visitas si una de las partes lo solicita. Sin embargo, el órgano jurisdiccional también puede decretar un régimen de visitas de oficio si lo considera necesario para el bienestar del menor.

3.3.2. Alimentos

Los padres están obligados a mantener a sus hijos (artículo 1601 del Código Civil). Los hijos tienen derecho a ser mantenidos cuando no pueden mantenerse por sí solos (artículo 1602 del Código Civil). La obligación de los progenitores de prestar alimentos se determina conforme a su capacidad económica (artículo 1603 del Código Civil). Sin embargo, esta obligación de los padres con respecto a los hijos que viven en el hogar familiar que sean menores de 21 años se calcula al alza, es decir, lo determinante no son los ingresos disponibles, sino los que se pueden obtener (artículo 1603, apartado 2, del Código Civil). En principio, los progenitores deben contribuir al mantenimiento de sus hijos de forma proporcional a sus ingresos y patrimonio. Sin embargo, el progenitor que tiene la custodia del hijo cumple con su deber de alimentos mediante su cuidado y asistencia (artículo 1606, apartado 3, del Código Civil). Por lo tanto, por regla general, tras la separación de los progenitores tan solo el progenitor en cuya casa no vive el hijo está obligado al pago de alimentos en dinero (artículo 1612a, apartado 1, primera frase, del Código Civil).

Por alimentos se entienden todas las necesidades vitales del niño, con la inclusión de los costes de una formación adecuada (artículo 1610 del Código Civil).

3.4 la obligación de pagar una pensión alimenticia al otro cónyuge?

Tras el divorcio, los cónyuges deben asegurar su sustento por sí solos (artículo 1569 del Código Civil). Por lo tanto, deberán ejercer una actividad remunerada (artículo 1574, apartado 1, del Código Civil). En la medida en que para incorporarse a una actividad remunerada adecuada se requieran actividades de formación, estudios de perfeccionamiento o reciclaje profesional y siempre que quepa esperar que estos se vayan a finalizar con éxito, deben seguir, no obstante, una formación, unos estudios de perfeccionamiento o un reciclaje profesional (artículo 1574, apartado 3 del Código Civil).

Sin embargo, un cónyuge divorciado es acreedor de alimentos:

  • en la medida y por el tiempo en que se ocupe del cuidado de un hijo común (artículo 1570 del Código Civil) o no quepa esperar que pueda ejercer una actividad remunerada debido a una enfermedad o dolencia física o mental (artículo 1572 del Código Civil);
  • cuando, debido a su edad en un momento determinado, en particular en el momento del divorcio o de la finalización del cuidado y la educación de un hijo común, ya no quepa esperar que pueda ejercer una actividad remunerada (artículo 1571 del Código Civil);
  • en la medida y por el tiempo en que se encuentre realizando una formación, unos estudios de perfeccionamiento o un reciclaje profesional para compensar deficiencias formativas o desventajas causadas por el matrimonio. Un requisito para ello es que inicie dichas actividades de formación, estudios de perfeccionamiento o reciclaje profesional de la forma más rápida posible con el fin de acceder a una actividad remunerada que garantice su sustento, y que haya expectativas de que estos se vayan a finalizar con éxito (artículo 1575 del Código Civil);
  • en la medida y por el tiempo en que tras el divorcio el cónyuge no pueda encontrar un empleo adecuado (artículo 1573, apartado 1, del Código Civil);
  • en la medida y por el tiempo en que, debido a otras razones de peso, no quepa esperar que pueda ejercer una actividad remunerada y que, teniendo en cuenta los intereses de ambos cónyuges, sería una gran injusticia denegar una pensión (artículo 1576 del Código Civil);
  • cuando los ingresos obtenidos mediante una actividad remunerada adecuada no sean suficientes para cubrir el coste de los alimentos (artículo 1573, apartado 2, del Código Civil).

La cuantía de los alimentos se establece teniendo en cuenta el nivel de vida del matrimonio, y abarca también los gastos de un seguro adecuado de enfermedad y de asistencia, así como, en determinadas circunstancias, de edad avanzada o capacidad de trabajo reducida (artículo 1578 del Código Civil). Cuando el cónyuge deudor de alimentos, dada su situación laboral y patrimonial, y teniendo en cuenta sus demás obligaciones, no pueda garantizar al acreedor su pensión sin poner en peligro su propio sustento, solo debe prestar alimentos en una cuantía razonable teniendo en cuenta los ingresos y el patrimonio del cónyuge divorciado (artículo 1581, primera frase, del Código Civil). En cualquier caso, el cónyuge deudor de alimentos debe conservar los medios para vivir de acuerdo con el nivel de vida matrimonial.

Es posible la reducción o la limitación temporal de la pensión cuando no resulte equitativo un pago continuado ilimitado de la misma (artículo 1578b del Código Civil). La posibilidad de reducción o limitación temporal conforme al artículo 1578b del Código Civil se extiende en particular a los artículos 1570 a 1573 del Código Civil, si bien, de conformidad con su artículo 1570, las interpretaciones equitativas necesarias para la prolongación de la pensión una vez el hijo ha cumplido los tres años, por motivos relacionados con el hijo o los progenitores, representan un régimen especial para la limitación temporal.

En la ponderación conforme al artículo 1578b del Código Civil, deben tenerse en cuenta los intereses del hijo en común confiado al acreedor para el cuidado o educación del mismo. Asimismo, debe tenerse en cuenta hasta qué punto han surgido desventajas producidas por el matrimonio en relación con la posibilidad del cónyuge de sustentarse por sí mismo. Existen desventajas condicionadas por el matrimonio cuando los ingresos obtenidos por el cónyuge con derecho a pensión son inferiores a los que obtendría sin el matrimonio. De conformidad con el artículo 1578b, apartado 1, tercera frase, del Código Civil, puede producirse una desventaja de este tipo tanto por el cuidado de los hijos como por la organización de la llevanza de la casa y una actividad profesional. Al evaluar desventajas condicionadas por el matrimonio, deben tenerse en cuenta asimismo todas las circunstancias del caso específico en el marco de una apreciación completa.

4 ¿Qué significa en la práctica el concepto de «separación legal»?

Cualquiera de los cónyuges puede vivir separado si así lo desea y sin ningún trámite especial. Los artículos 1361 a 1361b del Código Civil contienen disposiciones especiales para el período de la separación (véase el punto 6).

5 ¿Cuáles son las causas de separación legal?

Los cónyuges deben vivir separados. Se considera que los cónyuges viven separados si no comparten un hogar común y uno de ellos manifiestamente no tiene intención de establecerlo porque rechaza la convivencia conyugal. La relación matrimonial también cesa si los cónyuges viven separados dentro de la misma vivienda (artículo 1567, apartado 1 del Código Civil).

6 ¿Cuáles son los efectos jurídicos de la separación legal?

Cuando los cónyuges vivan separados o uno de ellos quiera hacerlo, uno de los cónyuges puede exigir al otro que le ceda el domicilio conyugal o una parte del mismo para su propio uso exclusivo, siempre y cuando esto sea necesario para evitar una dificultad irrazonable (artículo 1361b del Código Civil). Si el cónyuge contra quien se dirige la solicitud ha causado ilícita e intencionalmente un daño al otro cónyuge en términos de integridad física, salud o libertad, o ha amenazado ilícitamente con causar dicho daño, generalmente la vivienda compartida se cederá para el uso exclusivo del otro cónyuge.

El reparto de los enseres domésticos también puede regularse en casos de separación (artículo 1361a del Código Civil). Cada uno de los cónyuges puede exigir al otro que le entregue los enseres domésticos que le pertenecen. Sin embargo, deben permitir que el otro cónyuge los use si ello es necesario para mantener su nuevo hogar propio y esta transferencia responde a la equidad en el caso en concreto (por ejemplo, la transferencia de una lavadora al cónyuge con el que viven los hijos). Los enseres domésticos que pertenecen conjuntamente a los cónyuges se reparten entre ellos según principios de equidad. Sin embargo, los derechos de propiedad de dichos enseres no se ven afectados, a menos que los cónyuges acuerden lo contrario.

Además, durante la separación, un cónyuge puede solicitar al otro una pensión adecuada de conformidad con el artículo 1361 del Código Civil teniendo en cuenta las condiciones de vida y la situación laboral y patrimonial de los cónyuges. La pensión durante la separación responde a la solidaridad matrimonial y debe garantizar que los cónyuges no se ven en situación de necesidad debido a la separación. Asimismo, independientemente de las limitaciones económicas, debe abrirse una oportunidad para que los cónyuges retornen a la vida conyugal. Por lo tanto, los cónyuges siguen siendo responsables el uno del otro en un nivel comparativamente mayor, de modo que tan solo existen requisitos limitados en relación con la autonomía económica y la obligación de sustentarse a sí mismo del cónyuge. Un cónyuge separado tiene derecho a alimentos si no está en situación de satisfacer sus necesidades con sus ingresos y patrimonio.

7 ¿Qué significa en la práctica el concepto de «anulación del matrimonio»?

En el derecho matrimonial alemán no existe la figura de la «declaración de nulidad».

Sin embargo, un matrimonio en el que uno de los cónyuges sea menor de 16 años en el momento de la celebración es inválido según el artículo 1303, segunda frase, del Código Civil alemán. En tales casos, el tribunal de familia puede declarar la nulidad del matrimonio.

El matrimonio solo puede anularse mediante una resolución judicial a instancia de parte (artículos 1313 y ss. del Código Civil).

En la práctica, los procedimientos para anular un matrimonio o para establecer la invalidez de un matrimonio son poco frecuentes.

8 ¿Cuáles son las causas de anulación del matrimonio?

Las razones de anulación del matrimonio son las infracciones de la legislación o los vicios de consentimiento en el momento de la celebración del matrimonio. Se enumeran de forma exhaustiva en el artículo 1314 del Código Civil.

9 ¿Cuáles son los efectos jurídicos de la anulación del matrimonio?

El matrimonio se disuelve una vez que la decisión de anulación sea firme y vinculante (artículo 1313, segunda frase, del Código Civil). Las consecuencias de la anulación de un matrimonio solo se determinan parcialmente según las disposiciones relativas al divorcio (en los casos mencionados en el artículo 1318 del Código Civil).

10 ¿Hay medios alternativos extrajudiciales para solucionar las cuestiones relativas al divorcio?

En caso de divorcio, los progenitores tienen derecho a recibir asesoramiento relacionado con la ayuda a niños y adolescentes por parte de la oficina de bienestar de los menores (Jugendamt). El asesoramiento tiene como finalidad ayudar a los progenitores que viven separados o se han divorciado a crear las condiciones que les permitan cumplir con su responsabilidad parental en beneficio de los niños o adolescentes. Se asiste a los progenitores, con la participación prudencial de los niños y adolescentes, en el desarrollo conjunto de un plan para cumplir con sus obligaciones. En el sitio web https://www.dajeb.de/ hay disponible una base de datos con todos los centros de asesoramiento. Además, existe la posibilidad de recurrir a la mediación para evitar disputas y alcanzar un acuerdo amistoso. En el sitio web https://www.bafm-mediation.de/ se puede encontrar más información sobre mediación familiar.

11 ¿Dónde debo presentar mi demanda (petición) de divorcio, separación legal o anulación del matrimonio? ¿Qué trámites se requieren y qué documentos deben adjuntarse a la demanda?

El Derecho alemán solo reconoce la disolución del matrimonio (divorcio), la anulación del matrimonio o el establecimiento de la existencia o inexistencia del matrimonio [artículo 121 de la Ley alemana relativa a los procedimientos de familia y a los procedimientos de jurisdicción voluntaria (Gesetz über das Verfahren in Familiensachen und in den Angelegenheiten der freiwilligen Gerichtsbarkeit)].

En principio, las solicitudes en materia matrimonial deben presentarse ante las divisiones de Derecho familiar de los tribunales locales (tribunales de familia) [artículo 23b de la Ley de Constitución de los Tribunales (Gerichtsverfassungsgesetz), artículo 111, apartado 1, y artículo 121 de la Ley alemana relativa a los procedimientos de familia y a los procedimientos de jurisdicción voluntaria]. La competencia territorial se determina de acuerdo con el artículo 122 de esta Ley. La representación por un abogado es obligatoria para los cónyuges (artículo 114 de la Ley alemana relativa a los procedimientos de familia y a los procedimientos de jurisdicción voluntaria).

12 ¿Puedo obtener asistencia jurídica gratuita?

Cualquier ciudadano que, debido a sus circunstancias personales y económicas, no pueda sufragar los gastos de un proceso en absoluto, o solo pueda sufragarlos parcialmente o a plazos, tiene derecho a solicitar asistencia jurídica gratuita para los procesos ante los tribunales de familia. La condición para ello es que su demanda judicial o su defensa tengan probabilidad de éxito y no parezcan arbitrarias. De esta forma se posibilita económicamente a las clases desfavorecidas el acceso a la justicia. La asistencia jurídica gratuita cubre, dependiendo de los ingresos o activos disponibles, la totalidad o parte de la contribución del solicitante a los gastos judiciales. Los gastos de representación legal están cubiertos si el órgano jurisdiccional designa un abogado. Se puede encontrar más información en el folleto titulado Beratungshilfe und Prozesskostenhilfe («Asesoramiento y asistencia jurídica gratuita», en alemán) en la página web del Ministerio Federal de Justicia https://www.bmj.de/.

13 ¿Se puede recurrir una resolución de divorcio, separación legal o anulación de matrimonio?

Es lícito el recurso de apelación contra la resolución sobre el divorcio o la anulación del matrimonio de conformidad con los artículos 58 y siguientes. de la Ley alemana relativa a los procedimientos de familia y a los procedimientos de jurisdicción voluntaria. La decisión acerca de la apelación le corresponde al tribunal superior regional de lo civil y penal (Oberlandesgericht) competente. La representación por parte de un abogado es, nuevamente, obligatoria.

14 ¿Qué debo hacer para que se reconozca en este Estado miembro una resolución judicial de divorcio, separación legal o anulación del matrimonio dictada por un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro de la Unión Europea?

Lo siguiente se aplica a las resoluciones en procesos judiciales iniciados antes del 1 de agosto de 2022:

De conformidad con el Reglamento (CE) n.º 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, en lo sucesivo «Reglamento Bruselas II bis», una resolución de este tipo (a excepción de las dictadas en Dinamarca) se reconoce de forma automática en la República Federal de Alemania, es decir, no se requiere un procedimiento de reconocimiento especial. Conforme al Reglamento Bruselas II bis, por lo general la condición previa es que el proceso de divorcio, separación legal, anulación o declaración de nulidad se haya iniciado después del 1 de marzo de 2001 (véase el artículo 64 del Reglamento Bruselas II bis para las excepciones). Para casos más antiguos se aplica principalmente el Reglamento precedente al Reglamento Bruselas II bis, esto es, el Reglamento Bruselas II.

Las resoluciones dictadas en Dinamarca siguen requiriendo un procedimiento de reconocimiento especial conforme al artículo 107 de la Ley alemana relativa a los procedimientos de familia y a los procedimientos de jurisdicción voluntaria.

Lo siguiente se aplica a las resoluciones en procesos judiciales iniciados el 1 de agosto de 2022 o después de esta fecha:

De conformidad con el Reglamento (UE) 2019/1111 del Consejo, de 25 de junio de 2019 (el «Reglamento Bruselas II ter»), una resolución de este tipo (a excepción de las dictadas en Dinamarca) se reconoce de forma automática en Alemania, es decir, no se requiere un procedimiento de reconocimiento especial.

Cabe destacar que, conforme al Reglamento Bruselas II ter, los documentos públicos formalizados o registrados oficialmente y los acuerdos registrados el 1 de agosto de 2022 o después de esta fecha en asuntos relativos al divorcio y la separación que tienen un efecto legalmente vinculante en el Estado miembro original, también se reconocen automáticamente.

15 ¿A qué órgano jurisdiccional hay que acudir para impugnar el reconocimiento de una resolución de divorcio, separación legal o anulación del matrimonio dictada por un órgano jurisdiccional en otro Estado miembro de la Unión Europea

Lo siguiente se aplica a las resoluciones en procesos judiciales iniciados antes del 1 de agosto de 2022:

En el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n.º 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, el órgano jurisdiccional competente para conocer de una solicitud de no reconocimiento de este tipo de resoluciones es, por regla general, el tribunal de lo civil y penal (tribunal de familia) sujeto a la competencia territorial del tribunal superior regional de lo civil y penal en cuya demarcación:

  • se encuentre la residencia habitual del demandado, o
  • (cuando no exista tal competencia) surja el interés de la constatación o exista una necesidad de asistencia,
  • o, de lo contrario, el tribunal de familia de Pankow.

El Estado federado de Baja Sajonia, donde las competencias existentes según los criterios mencionados con anterioridad se concentran en el Tribunal de lo Civil y Penal de Celle para los tres distritos de los tribunales superiores regionales de lo civil y penal, constituye una excepción.

El procedimiento se rige por las disposiciones de la Ley de procedimiento internacional en materia de derecho de familia, enmendada el 31 de julio de 2022, conjuntamente con las disposiciones de la Ley alemana relativa a los procedimientos en materia de familia y a los procedimientos de jurisdicción voluntaria y el Código Procesal Civil.

Cabe señalar que, en general, el mismo procedimiento se aplica a las solicitudes de no reconocimiento de un documento público formalizado o registrado oficialmente o de no reconocimiento de un acuerdo registrado en asuntos relativos al divorcio y la separación legal.

Lo siguiente se aplica a las resoluciones en procesos judiciales iniciados el 1 de agosto de 2022 o después de esta fecha:

En el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2019/1111 del Consejo, de 25 de junio de 2019, el órgano jurisdiccional competente para conocer de una solicitud de no reconocimiento de este tipo de resoluciones es, por regla general, el tribunal de lo civil y penal (tribunal de familia) sujeto a la competencia territorial del tribunal superior regional de lo civil y penal en cuya demarcación:

  • se encuentre la residencia habitual del demandado en el momento en el que se inicia el proceso, o
  • (cuando no exista tal competencia) surja el interés de la constatación o exista una necesidad de asistencia,
  • o, de lo contrario, el tribunal de familia de Pankow.

El Estado federado de Baja Sajonia, donde las competencias existentes según los criterios mencionados con anterioridad se concentran en el Tribunal de lo Civil y Penal de Celle para los tres distritos de los tribunales superiores regionales de lo civil y penal, constituye una excepción.

El procedimiento se rige por las disposiciones de la Ley de procedimiento internacional en materia de derecho de familia, conjuntamente con las disposiciones de la Ley alemana relativa a los procedimientos en materia de familia y a los procedimientos de jurisdicción voluntaria y el Código Procesal Civil.

16 ¿Qué legislación de divorcio tiene que aplicar el órgano jurisdiccional en un proceso entre dos cónyuges que no residen en este Estado miembro o que tienen nacionalidades diferentes?

La legislación aplicable a las condiciones y efectos de un divorcio relacionado con la legislación de otro Estado se determina, en Alemania y otros dieciséis Estados miembros de la Unión Europea, conforme a las normas del Reglamento (UE) n.º 1259/2010 del Consejo, de 20 de diciembre de 2010, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial (el «Reglamento Roma III»). Las normas del Reglamento Roma III deben aplicarse incluso en el caso de que el Derecho aplicable no coincida con el Derecho de un Estado miembro partícipe.

 

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