1 ¿Cuáles son los requisitos para obtener el divorcio?
Para que el tribunal dicte una resolución sobre el divorcio, la persona o personas con legitimación activa (locus standi) deben iniciar un procedimiento judicial de divorcio (civil o no contencioso), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50, 369 y 453 de la Ley de Familia (Obiteljski zakon) [Narodne Novine (NN; Boletín Oficial de la República de Croacia n.os 103/15, 98/19, 47/20, 49/23 y 156/2023)]. Si los cónyuges tienen un hijo menor de edad en común, la petición de divorcio por mutuo acuerdo debe ir acompañada de los documentos justificativos correspondientes (informe sobre el asesoramiento obligatorio y plan de cuidado parental compartido; artículos 55 y 456 de la Ley de Familia). Se aplican normas similares cuando los cónyuges tienen un hijo menor de edad en común y solo uno de ellos presenta una demanda de divorcio (informe sobre el asesoramiento obligatorio, artículo 57 en relación con el artículo 379 de la Ley de Familia).
Por lo tanto, antes de presentar una demanda conjunta de divorcio de mutuo acuerdo o antes de que uno de los cónyuges inicie una acción de divorcio, los cónyuges que tengan hijos menores de edad en común deberán presentar una solicitud de asesoramiento obligatorio a la oficina regional del Instituto Croata de Trabajo Social (Hrvatski zavod za socijalni) con competencia territorial para el lugar en el que el menor tenga un domicilio permanente o temporal, o para el lugar en el que los cónyuges tuvieron su último domicilio común, ya sea permanente o temporal (artículos 321, 322, 323 de la Ley de Familia).
2 ¿Cuáles son las causas de divorcio?
Las condiciones para la obtención del divorcio se rigen por lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley de Familia. Con arreglo a las mencionadas disposiciones legales, un órgano jurisdiccional disolverá un matrimonio si:
- ambos cónyuges solicitan el divorcio de mutuo acuerdo;
- constata que se ha producido una ruptura grave e irreversible del vínculo conyugal; o
- ha transcurrido un año desde la disolución de la unión matrimonial.
3 Efectos jurídicos del matrimonio en:
3.1 las relaciones personales entre los cónyuges (por ejemplo, apellidos)
Una de las consecuencias jurídicas de la disolución del matrimonio es el cese de los derechos personales y de los deberes de los cónyuges (artículos 30 a 33 de la Ley de Familia). La Ley de Familia establece expresamente que, en el caso de disolución del matrimonio (por anulación o divorcio), cada uno de los ex cónyuges podrá conservar el apellido que tenía cuando se produjo dicha disolución (artículo 48 de la Ley de Familia).
3.2 el reparto de los bienes entre los cónyuges
Antes de la liquidación de los bienes conyugales (de común acuerdo o por resolución judicial, en procedimientos no contenciosos), el problema más frecuente es el de diferenciar los derechos y bienes que forman parte del patrimonio conyugal de los derechos y bienes que constituyen el patrimonio individual de un cónyuge o del otro (diferenciando los tres tipos de bienes). Estos problemas se resuelven en un procedimiento civil basado en las disposiciones pertinentes de la Ley de Familia (artículos 34 a 39 y artículos 43 a 46), en caso de que los cónyuges no puedan alcanzar un acuerdo para el reparto de bienes (capitulaciones matrimoniales, artículos 40 a 42 de la Ley de Familia), con la aplicación alternativa de la Ley sobre Propiedad y Otros Derechos Reales (Zakon o vlasništvu i drugim stvarnim pravima), la Ley de Obligaciones Civiles (Zakon o obveznim odnosima), la Ley de Registro de Tierras (Zakon o zemljišnim knjigama), la Ley de Sociedades (Zakon o trgovačkim društvima), la Ley de Ejecución (Ovršni zakon) y el Código Procesal Civil (Zakon o parničnom postupku) (artículos 38, 45 y 346 de la Ley de Familia).
3.3 los hijos menores de los cónyuges
Entre las consecuencias jurídicas de la disolución de un matrimonio que afectan a los hijos menores de edad, hay algunos asuntos importantes: el progenitor con el que vivirán los hijos después de la disolución del matrimonio; el mantenimiento de una relación personal con el progenitor con el que no vivirán los hijos; la pensión alimenticia de los hijos; y la forma en que se organizarán los restantes ámbitos del cuidado parental (como la representación del menor, la conclusión de asuntos jurídicos, la gestión y disposición de los bienes del menor, y la educación y la salud del niño). Los cónyuges pueden llegar a un acuerdo en relación con estas consecuencias jurídicas del divorcio (plan de cuidado parental compartido) y, por lo tanto, iniciar un procedimiento de divorcio no judicial más rápido y sencillo, (artículos 52, 54 a 55, 106 y 453 a 460 de la Ley de Familia). Si los cónyuges no elaboran un acuerdo de custodia compartida que contenga un acuerdo sobre las citadas consecuencias jurídicas del divorcio, estos asuntos serán resueltos automáticamente por el órgano jurisdiccional en los procedimientos civiles de divorcio iniciados mediante la interposición de una demanda (artículos 53 a 54, 56 a 57 y 413 de la Ley de Familia). No obstante, los progenitores pueden llegar a un acuerdo sobre las consecuencias jurídicas del divorcio durante los procedimientos civiles de divorcio. En ese caso, el órgano jurisdiccional decidirá sobre la base del acuerdo de los progenitores, si considera que dicho acuerdo redunda en el interés superior del menor (artículo 104, apartado 3, en relación con el artículo 420 de la Ley de Familia).
3.4 la obligación de pagar una pensión alimenticia al otro cónyuge?
La Ley de Familia prevé la posibilidad de que un cónyuge solicite la pensión alimenticia antes de la conclusión del juicio de divorcio. En caso de que no se presente una solicitud de alimentos durante el juicio de divorcio, el ex cónyuge dispone de un plazo de seis meses desde la disolución del matrimonio para presentar la demanda de alimentos correspondiente, siempre que las condiciones legales para tal prestación se cumplan al concluir la vista principal del juicio de divorcio y sigan cumpliéndose hasta la conclusión de la vista principal del juicio relativo a los alimentos (artículos 295 a 301 y 423 a 432 de la Ley de Familia). Las condiciones legales para la pensión alimenticia son que el cónyuge que presenta la solicitud de alimentos no disponga de medios suficientes para su sustento o no pueda obtenerlos de su patrimonio, y esté incapacitado para el trabajo o no pueda encontrar empleo, siempre que el cónyuge contra el que se ha presentado la solicitud disponga de medios y capacidad suficientes para cumplir dicha obligación (artículo 295 de la Ley de Familia). La pensión se fija para un período determinado de tiempo. El artículo 298 de la Ley de Familia establece que la obligación de alimentos del cónyuge puede durar hasta un año, dependiendo de la duración del matrimonio y de la posibilidad de que el demandante tenga garantizado un medio de subsistencia de otra manera en un futuro previsible. La Ley de Familia también regula las modalidades de cumplimiento de la obligación de alimentos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 296 de la Ley de Familia, la pensión alimenticia para los cónyuges se determina como una suma mensual regular que se paga por adelantado. Sin embargo, es posible que el órgano jurisdiccional, a petición de uno o de ambos cónyuges, ordene el pago de una suma única, en función de las circunstancias del caso. De conformidad con el artículo 302 de la Ley de Familia, los cónyuges también pueden celebrar un acuerdo de alimentos en caso de divorcio (artículos 302 y 470 a 473 de la Ley de Familia).
4 ¿Qué significa en la práctica el concepto de «separación legal»?
No existe ningún término equivalente a «separación legal» (zakonska rastava) en el Derecho de familia de Croacia. Un término análogo a «separación legal» que se recoge en la legislación actual sería «disolución de la unión matrimonial» (prestanak bračne zajednice). La «disolución de la unión matrimonial» se produce si los cónyuges ponen fin a todas las relaciones mutuas que, por lo demás, caracterizan la vida conyugal, es decir, si ya no desean vivir como cónyuges y mantener su unión. La «disolución de la unión matrimonial» es un término del Derecho matrimonial, ya que, de conformidad con el artículo 51 de la Ley de Familia, una de las causas legales de disolución del matrimonio es que haya transcurrido más de un año desde la disolución de la unión matrimonial. La «disolución de la unión matrimonial» también tiene un significado específico en lo que respecta al reparto de bienes entre los cónyuges, ya que, de conformidad con el artículo 36 de la Ley de Familia, los bienes adquiridos por los cónyuges mediante un trabajo a lo largo de la duración de la unión matrimonial (a diferencia del matrimonio), o que se deriven de dichos bienes, se consideran bienes matrimoniales.
5 ¿Cuáles son las causas de separación legal?
No existe ningún término equivalente a «separación legal» (zakonska rastava) en el Derecho de familia de Croacia. Un término análogo a «separación legal» que se recoge en la legislación actual sería «disolución de la unión matrimonial» (prestanak bračne zajednice). La Ley de Familia no establece las condiciones para la «disolución de la unión matrimonial», puesto que la unión matrimonial es un concepto jurídico y representa el contenido de la vida conyugal. La disolución de la unión matrimonial sobreviene cuando los cónyuges terminan todas las relaciones mutuas que de otro modo constituyen la vida conyugal, es decir, si ya no desean vivir como una pareja casada y cumplir el contenido de tal relación (p. ej., si dejan de comunicarse). La disolución de la unión matrimonial se suele manifestar en la práctica cuando uno de los cónyuges deja el hogar familiar y abandona al otro cónyuge.
6 ¿Cuáles son los efectos jurídicos de la separación legal?
No existe ningún término equivalente a «separación legal» (zakonska rastava) en el Derecho de familia de Croacia. Un término análogo a «separación legal» que se recoge en la legislación actual sería «disolución de la unión matrimonial» (prestanak bračne zajednice). La «disolución de la unión matrimonial» es un término del Derecho matrimonial, ya que, de conformidad con el artículo 51 de la Ley de Familia, una de las causas legales de disolución del matrimonio es que haya transcurrido más de un año desde la disolución de la unión matrimonial. La «disolución de la unión matrimonial» también tiene un significado específico en lo que respecta al reparto de bienes entre los cónyuges, ya que, de conformidad con el artículo 36 de la Ley de Familia, los bienes adquiridos por los cónyuges mediante un trabajo a lo largo de la duración de la unión matrimonial (a diferencia del matrimonio), o que se deriven de dichos bienes, se consideran bienes matrimoniales. La lógica que subyace a tal legislación es que la duración de la unión matrimonial no tiene porqué coincidir con la duración del matrimonio, especialmente cuando el matrimonio acaba en divorcio. Por regla general, la disolución de la unión matrimonial ocurre antes que se inicie el procedimiento de divorcio. El procedimiento de divorcio, por lo tanto, puede seguir en curso tras la «disolución de la unión matrimonial», y por lo general eso es lo que ocurre (sobre todo si se ha acudido a la vía judicial en el procedimiento).
7 ¿Qué significa en la práctica el concepto de «anulación del matrimonio»?
En el Derecho de familia de Croacia, se utiliza el término poništaj braka, en lugar del término poništenje braka, para expresar la «anulación matrimonial». La «anulación matrimonial» es uno de los motivos para la disolución del matrimonio (artículo 47 de la Ley de Familia) y constituye uno de los tres litigios matrimoniales que el ordenamiento jurídico croata regula (artículo 369 de la Ley de Familia). La «anulación matrimonial» es una sanción de Derecho de familia cuando se ha celebrado un matrimonio en contra de las disposiciones sobre la validez del matrimonio (artículos 25 a 29 de la Ley de Familia). Se aplica en procedimientos civiles iniciados mediante la interposición de una demanda (artículo 369 de la Ley de Familia). Las disposiciones sobre «anulación matrimonial» se aplican cuando un matrimonio no es válido (artículos 29, 49 y 369 a 378 de la Ley de Familia).
8 ¿Cuáles son las causas de anulación del matrimonio?
En el Derecho de familia de Croacia, se utiliza el término poništaj braka, en lugar del término poništenje braka, para expresar la «anulación matrimonial». Un matrimonio es nulo si se ha celebrado contraviniendo las disposiciones de los artículos 25 a 28 de la Ley de Familia, es decir, si lo han contraído menores de edad, personas con discapacidad intelectual, personas privadas de la capacidad de obrar para hacer declaraciones relativas a su situación personal, o personas que son parientes consanguíneos o entre las que existe parentesco por adopción, o si alguno de los contrayentes ya forma parte de un matrimonio o una unión registrada. Las disposiciones sobre la «nulidad matrimonial» se aplicarán a dicho matrimonio (artículo 29 de la Ley de Familia).
9 ¿Cuáles son los efectos jurídicos de la anulación del matrimonio?
En el Derecho de familia de Croacia, se utiliza el término poništaj braka, en lugar del término poništenje braka, para expresar la «anulación matrimonial». Las consecuencias jurídicas de la «anulación matrimonial» se regulan de la misma forma que la disolución del matrimonio por divorcio (véase la respuesta a la pregunta 3).
10 ¿Hay medios alternativos extrajudiciales para solucionar las cuestiones relativas al divorcio?
En el ordenamiento jurídico croata, el divorcio está regulado como un procedimiento judicial y no existe la posibilidad de un procedimiento de divorcio no judicial. No obstante, uno de los principios fundamentales del Derecho de familia, que se pone especialmente de relieve en los procedimientos de divorcio, es la resolución consensuada de las relaciones familiares, que es tarea de todos los organismos que prestan apoyo profesional a las familias o deciden sobre las relaciones familiares (artículo 9 de la Ley de Familia). El Derecho de familia, por lo tanto, contempla dos tipos de procedimientos no judiciales, cuyo objetivo comprende la resolución consensuada de los asuntos relativos al divorcio: el asesoramiento obligatorio (artículos 321 a 330 de la Ley de Familia) y la mediación familiar (artículos 331 a 344 de la Ley de Familia). El asesoramiento obligatorio lo lleva a cabo un equipo de expertos de la oficina regional del Instituto Croata de Trabajo Social (Hrvatski zavod za socijalni rad) y constituye una forma de apoyo a los miembros de la familia (por ejemplo, los cónyuges que tienen la intención de iniciar un procedimiento de divorcio con un hijo menor de edad en común) para adoptar decisiones consensuadas sobre las relaciones familiares, prestando especial atención a la protección de las relaciones familiares que afectan al menor. Esto incluye la elaboración de un plan de cuidado parental compartido, que es un acuerdo sobre las consecuencias jurídicas del divorcio y en el que se debe detallar: el lugar y la dirección de residencia del menor; el tiempo que pasará el menor con cada uno de los progenitores; cómo se compartirá la información relativa a la aprobación de las decisiones que afecten al menor; la importancia del intercambio de información sobre el menor; el importe de la pensión alimenticia como obligación del progenitor con el que no vive el menor; y cómo se resolverán los problemas futuros. Las decisiones consensuadas también deben abarcar las consecuencias jurídicas de no alcanzar un acuerdo y de iniciar procedimientos judiciales para decidir sobre los derechos personales del menor. La mediación familiar es un proceso en el que las partes intentan resolver los conflictos familiares de forma consensuada con el apoyo de uno o varios mediadores familiares. El principal objetivo del proceso es elaborar un plan de cuidado parental compartido y otros acuerdos relacionados con el menor, así como sobre todas las demás cuestiones de carácter material e inmaterial.
11 ¿Dónde debo presentar mi demanda (petición) de divorcio, separación legal o anulación del matrimonio? ¿Qué trámites se requieren y qué documentos deben adjuntarse a la demanda?
Los cónyuges sin hijos menores de edad pueden iniciar un procedimiento judicial mediante la interposición de una demanda de divorcio o mediante la presentación de una demanda de divorcio de mutuo acuerdo (artículo 50 de la Ley de Familia). En ninguno de los dos casos se aplica el procedimiento no judicial de asesoramiento obligatorio —una forma de apoyo profesional a los miembros de la familia para llegar a decisiones consensuadas sobre las relaciones familiares, proporcionado por un equipo de expertos de la oficina regional del Instituto Croata de Trabajo Social (Hrvatski zavod za socijalni rad)— (artículos 321 a 322 de la Ley de Familia), y los cónyuges inician inmediatamente un procedimiento judicial de divorcio (civil o no contencioso), que es relativamente sencillo y rápido. Lo anterior también se aplica a los procedimientos judiciales de anulación del matrimonio en los que los cónyuges no tienen hijos menores de edad en común.
Los cónyuges con hijos menores de edad pueden iniciar un procedimiento judicial mediante la interposición de una demanda de divorcio o mediante la presentación de una demanda de divorcio de mutuo acuerdo (artículo 50 de la Ley de Familia). Sin embargo, antes de iniciar un procedimiento de divorcio (mediante la interposición de una demanda de divorcio por uno de los cónyuges o de mutuo acuerdo) en caso de que haya un hijo menor de edad en común, los cónyuges deben participar en un asesoramiento obligatorio no judicial. Se trata de una forma de apoyo profesional a los miembros de la familia encaminada a alcanzar decisiones consensuadas sobre las relaciones familiares, proporcionada por un equipo de expertos de la oficina regional del Instituto Croata de Trabajo Social (Hrvatski zavod za socijalni rad) con competencia territorial para el lugar donde el niño tiene su domicilio permanente o temporal, o para el lugar donde los cónyuges tuvieron por última vez su domicilio permanente o temporal compartido (artículos 321 a 322 de la Ley de Familia). El objetivo de esta normativa es proporcionar a los cónyuges apoyo profesional, en particular en la elaboración de un plan de custodia compartida, que es un acuerdo sobre las consecuencias jurídicas del divorcio y en el que se deben detallar: el lugar y la dirección de residencia del menor; el tiempo que pasará el niño con cada uno de los progenitores; cómo se compartirá la información relativa a la aprobación de las decisiones que afecten al menor; cómo se compartirá la información importante sobre el menor; el importe de la pensión alimenticia como obligación del progenitor con el que no vive el menor; y cómo se resolverán los problemas futuros. Los padres pueden elaborar un plan de cuidado parental compartido durante el asesoramiento obligatorio, o redactarlo por ellos mismos o durante la mediación familiar [un proceso extrajudicial en el que los cónyuges intentan resolver los litigios derivados de las relaciones familiares de forma consensuada con el apoyo de uno o varios mediadores familiares (artículo 331 de la Ley de Familia)]. Mediante la elaboración de un plan de cuidado parental compartido, los cónyuges pueden optar por procedimientos de divorcio no contenciosos más sencillos y rápidos, que se inician mediante la presentación de una demanda (artículos 52, 54 a 55, 106 y 453 a 460 de la Ley de Familia). Los cónyuges con un hijo menor en común deben adjuntar a su solicitud de divorcio de mutuo acuerdo el informe sobre el asesoramiento obligatorio a que se refiere el artículo 324 de la Ley de Familia y el plan de cuidado parental compartido a que se refiere el artículo 106 de la Ley de familia (artículo 456 de la Ley de Familia).
Si los cónyuges no elaboran un plan de cuidado parental compartido que contenga un acuerdo sobre las citadas consecuencias jurídicas del divorcio, estos asuntos serán resueltos automáticamente por el órgano jurisdiccional en los procedimientos civiles de divorcio iniciados mediante la interposición de una demanda (artículos 53 a 54, 56 a 57, y 413 de la Ley de Familia). Si los cónyuges tienen un hijo menor de edad en común, deben adjuntar a su demanda de divorcio el informe sobre el asesoramiento obligatorio a que se refiere el artículo 324 de la Ley de Familia.
12 ¿Puedo obtener asistencia jurídica gratuita?
En el ordenamiento jurídico croata, las cuestiones relativas a la asistencia jurídica gratuita y la posibilidad de exención del pago de las costas procesales y las tasas judiciales están reguladas por la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita (Zakon o besplatnoj pravnoj pomoći) (NN n.os 143/2013 y 98/2019). Una parte puede tener derecho a asistencia jurídica gratuita primaria en todos los procedimientos judiciales, en particular los litigios matrimoniales y otros procedimientos de Derecho de familia, siempre que cumpla los requisitos legales (artículos 9 a 11 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita). Una parte puede tener derecho a asistencia jurídica gratuita secundaria en todos los procedimientos de Derecho de familia y en otros procedimientos establecidos en la ley, siempre que cumpla los requisitos legales (artículos 12 a 25 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita). La cuestión de la obtención de una exención del pago de las costas procesales para procedimientos específicos, incluidos los procedimientos de Derecho de familia, está regulada por el apartado 3 del artículo 13 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. Debe prestarse especial atención a las disposiciones:
- regular la prestación de asistencia jurídica gratuita secundaria sin determinar la situación económica de la persona en cuestión (artículo 15 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita);
- regular el procedimiento para obtener la asistencia jurídica gratuita secundaria (artículos 16 a 18 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita);
- regular el ámbito de aplicación de la prestación de asistencia jurídica gratuita secundaria (artículo 19 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita), y
- regular las cuestiones procesales y otras cuestiones pertinentes para la obtención de asistencia jurídica gratuita (artículos 20 a 25 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita).
Al mismo tiempo, se debe prestar atención a los artículos 10 y 11 de la Ley de Tasas Judiciales (Zakon o sudskim pristojbama) [NN n.os 74/95, 57/96, 137/02, (26/03), 125/11, 112/12, 157/13, 110/15, 118/18 y 51/23], con relación a las partes que están siempre exentas del pago de tasas judiciales.
13 ¿Se puede recurrir una resolución de divorcio, separación legal o anulación de matrimonio?
Las resoluciones en materia de divorcio o nulidad matrimonial admiten recurso. Todas las partes tienen este derecho durante el proceso. La Ley de Familia no regula explícitamente los recursos en los litigios matrimoniales. Más bien, las disposiciones del artículo 346 prevén la aplicación alternativa de las disposiciones del Código Procesal Civil (Zakon o parničnom postupku) (NN n.os 53/91, 91/92, 58/93, 112/99, 88/01, 117/03, 88/05, 02/07, 84/08, 123/08, 57/11, 148/11, 25/13, 89/14, 70/19, 80/22, 114/22 y 155/23).
El artículo 348 del Código Procesal Civil regula los recursos contra una sentencia, mientras que el artículo 378 regula los recursos contra una resolución. En cuanto a las vías de recurso, la Ley de Familia establece que no es admisible un recurso judicial contra las sentencias dictadas en segunda instancia en un litigio matrimonial (artículo 373 de la Ley de Familia).
14 ¿Qué debo hacer para que se reconozca en este Estado miembro una resolución judicial de divorcio, separación legal o anulación del matrimonio dictada por un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro de la Unión Europea?
De conformidad con el artículo 30 del Reglamento (UE) 2019/1111, dicha resolución se reconoce en Croacia sin necesidad de un procedimiento específico.
Además, no se requiere un procedimiento específico para actualizar los registros de estado civil de un Estado miembro sobre la base de una resolución de divorcio, separación judicial o nulidad matrimonial dictada en otro Estado miembro y contra la cual no sea posible apelar con arreglo al Derecho de dicho Estado miembro.
15 ¿A qué órgano jurisdiccional hay que acudir para impugnar el reconocimiento de una resolución de divorcio, separación legal o anulación del matrimonio dictada por un órgano jurisdiccional en otro Estado miembro de la Unión Europea
Las solicitudes de reconocimiento o no reconocimiento de una resolución (artículo 21, apartado 3, del Reglamento Bruselas II bis) deben presentarse ante el tribunal municipal (općinski sud) con competencia local. En ese caso, se aplica el proceso descrito en la sección 2 del capítulo III del Reglamento Bruselas II bis.
El recurso jurídico, es decir, un recurso en virtud del artículo 33 del Reglamento Bruselas II bis, se presenta a los órganos jurisdiccionales de segunda instancia [tribunales de condado (županijski sudovi)] a través del tribunal de primera instancia que adoptó la decisión (tribunal municipal de la mencionada lista).
16 ¿Qué legislación de divorcio tiene que aplicar el órgano jurisdiccional en un proceso entre dos cónyuges que no residen en este Estado miembro o que tienen nacionalidades diferentes?
Si los cónyuges han elegido la ley aplicable al divorcio, se aplicará una de las siguientes leyes: la ley del país en el que ambos cónyuges tengan su residencia habitual cuando se elija la ley aplicable; la ley del país en el que hayan tenido su última residencia habitual conjunta si uno de ellos aún tiene su residencia habitual en ese país; la ley del país del que al menos uno de ellos sea nacional cuando se elija la ley aplicable; Derecho croata [artículo 36 de la Ley de Derecho Internacional Privado (Zakon o meto unarodnom privatnom pravu), NN n.os 101/17 y 67/23]. Si los cónyuges no eligieron la ley aplicable de conformidad con el artículo 36 de la Ley de Derecho internacional privado, se aplicará al divorcio una de las siguientes leyes:
- la ley del país donde ambos cónyuges tengan su residencia habitual cuando se inicie el procedimiento de divorcio;
- la ley del país en el que hayan tenido su última residencia habitual conjunta si uno de ellos aún tiene su residencia habitual en ese país;
- la ley del país del que sean nacionales en el momento de iniciarse el procedimiento de divorcio;
- Derecho croata.
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