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Mediación en los países de la UE

Irlanda
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La Ley de mediación de 2017 (Mediation Act 2017) comenzó a aplicarse el 1 de enero de 2018.  La Ley crea un marco legal amplio para fomentar la resolución de los litigios a través de la mediación como alternativa a los procesos judiciales. El objetivo último de la Ley es fomentar la mediación como una alternativa viable, eficaz y eficiente a los procesos judiciales que reduce las costas judiciales, acelera la resolución de los litigios y genera menos tensión y acritud que las inherentes a dichos procesos.

La Ley:

  • contiene principios generales sobre el ejercicio de la mediación por los mediadores acreditados (artículos 6 a 8),
  • contempla la introducción de códigos de buenas prácticas para el ejercicio de la mediación por los mediadores acreditados (artículo 9),
  • dispone la confidencialidad de la comunicación entre las partes durante la mediación (artículo 10),
  • contempla la posibilidad de crear en el futuro un Consejo de Mediación para supervisar la evolución del sector (artículo 12),
  • introduce la obligación de que los solicitors y los barristers (dos tipos de abogados) aconsejen a las partes que consideren la posibilidad de recurrir a la mediación como medio de solucionar sus diferencias (artículos 14 y 15),
  • dispone que el órgano jurisdiccional puede, de oficio o a instancia de las partes, pedirles que se sometan a la mediación como un medio de resolver el litigio (artículo 16),
  • regula el efecto de la mediación en los plazos de prescripción y caducidad (artículo 18),
  • establece que el órgano jurisdiccional puede tener en cuenta, en el pronunciamiento sobre las costas en los procesos contemplados en el artículo 16 de la Ley, lo injusto de la negativa poco razonable o la ausencia de respuesta de una de las partes a considerar el recurso a la mediación, o lo injusto de la negativa poco razonable o la ausencia de respuesta de una de las partes a participar en la mediación a raíz de la invitación del órgano jurisdiccional a hacerlo con arreglo al artículo 16 (artículos 20 y 21).

La Ley abarca todos los procesos judiciales civiles, salvo determinadas excepciones explicitadas en el artículo 3 de la Ley.

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