1 ¿Qué significa la ejecución en materia civil y mercantil?
Procesos de ejecución con arreglo al Código de Ejecución
Se entiende por ejecución la situación en la que una autoridad ejecutiva da cumplimiento a una obligación declarada por un órgano jurisdiccional o por cualquier otro organismo. Por lo general, la ejecución se refiere a una obligación de pago o de desalojo de una vivienda. Hay otro tipo de ejecución relacionada con el secuestro de bienes u otras medidas de garantía.
La ejecución relativa a la obligación de pago se aplica mediante embargo, que permite la incautación de los bienes del deudor. Si la obligación exige que una persona desaloje una vivienda, por ejemplo, la ejecución se efectúa por vía de desahucio. Por lo demás, la ejecución consiste, por norma general, en la imposición al demandado, por parte de la autoridad ejecutiva, de la satisfacción de las obligaciones que le incumben o el cumplimiento de un requerimiento u otra disposición. La autoridad ejecutiva puede asimismo imponer multas coercitivas.
Procesos de ejecución con arreglo al Código de Familia
La ejecución con arreglo al Código de Familia se refiere a las medidas para llevar a la práctica lo dispuesto en las resoluciones relativas a la guarda y custodia, el lugar de residencia, el contacto con menores o su entrega. El órgano jurisdiccional que decide sobre la ejecución puede imponer una multa coercitiva u ordenar su recaudación por la policía. Estas mismas normas relativas a la ejecución se aplican cuando una resolución extranjera se ejecuta de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/1111 del Consejo (el Reglamento «Bruselas II»), si tal ejecución afecta a un menor. Sin embargo, cuando la ejecución afecta a las costas judiciales o a los bienes del menor, se aplica el Código de Ejecución de Deudas.
2 ¿Qué autoridad(es) goza(n) de competencia para proceder a una ejecución?
La ejecución con arreglo al Código de Ejecución la lleva a cabo la Autoridad de Ejecución (Kronofogdemyndigheten). Es esta autoridad quien ordena, por ejemplo, un embargo. Aunque la responsabilidad jurídica global de la ejecución corresponde a un agente de ejecución de rango superior, la ejecución normalmente la llevan a cabo otros funcionarios (agentes de ejecución auxiliares).
3 ¿Cuáles son las condiciones para la expedición de una resolución o un título ejecutivo?
3.1 Procedimiento
Procesos de ejecución con arreglo al Código de Ejecución
La ejecución debe fundarse en una sentencia u otro título ejecutivo.
La ejecución puede fundarse en los siguientes títulos ejecutivos:
- una sentencia, fallo o resolución de un órgano jurisdiccional;
- un acuerdo ratificado por un órgano jurisdiccional, o un acuerdo arbitral que un órgano jurisdiccional haya declarado ejecutivo;
- una orden de sanción aprobada, una orden por la que se impone una multa o un requerimiento de pago aprobado;
- un laudo arbitral o una resolución de sobreseimiento de un proceso arbitral;
- un compromiso por escrito, en presencia de dos testigos, relativo a una pensión alimenticia prevista por el Código Matrimonial (äktenskapsbalken) y por el Código de Familia (föräldrabalken);
- una resolución de una autoridad administrativa que incluya una obligación de pago, siempre que la decisión pueda ser recurrida;
- una resolución de una autoridad administrativa que pueda ejecutarse en virtud de una normativa específica;
- un documento que pueda ejecutarse con arreglo a normas específicas;
- un fallo o una resolución de la Autoridad de Ejecución relativos a un requerimiento de pago o de asistencia en la ejecución, y requerimientos europeos de pago que esta autoridad haya declarado ejecutivos.
Una vez expedido el título ejecutivo, no es necesario que un órgano jurisdiccional u otro tipo de autoridad dicte ninguna otra resolución suplementaria para que pueda procederse a la ejecución.
Una parte importante del trabajo de la Autoridad de Ejecución es reunir información sobre los bienes del deudor. Los deudores deben aportar datos sobre sus bienes, dentro del plazo establecido por la Autoridad de Ejecución, y deben confirmar, bien en una declaración, bien en una entrevista, la veracidad de estos datos, so pena de sanciones penales. La autoridad también puede exigir al deudor que aporte estos datos e imponerle una multa en caso de que no lo haga. El juzgado de primera instancia impone la multa a petición de la Autoridad de Ejecución.
Las solicitudes de ejecución pueden presentarse verbalmente o por escrito. La solicitud verbal implica que el solicitante (la persona que solicita la ejecución) se presente ante la Autoridad de Ejecución.
Se cobra una tasa (tasa de ejecución) para cubrir los costes que soporta el Estado en los procesos de ejecución (gastos administrativos). Si la ejecución tiene lugar, estos gastos se cobran por regla general a la persona contra la que se solicita la ejecución (la contraparte del solicitante), siempre que sea posible. Sin embargo, normalmente quien responde de los gastos ante el Estado es el solicitante. Pueden concederse exenciones a la norma sobre la responsabilidad del solicitante, en particular para la mayoría de las demandas de alimentos y de indemnización por delitos.
Como norma general, se cobra una tasa de base por cada título ejecutivo en el que se basa una ejecución. En un proceso de ejecución relativo a una pretensión de Derecho privado, esta tasa de base asciende a 600 SEK.
Otras tasas que pueden pagarse son las tasas de preparación, las tasas de venta y las tasas especiales.
Procesos de ejecución con arreglo al Código de Familia
Se puede solicitar la ejecución de una resolución dictada por un órgano jurisdiccional ordinario relativa a la guarda y custodia, el lugar de residencia, el régimen de visitas o la entrega de los menores. También se puede solicitar la ejecución de un acuerdo por escrito relativo a la guarda y custodia, el lugar de residencia o el régimen de visitas celebrado entre los padres y aprobado por la junta de protección social. Las sentencias extranjeras también pueden ejecutarse en Suecia, por ejemplo, las sentencia que sean ejecutivas con arreglo al Reglamento Bruselas II.
De los procesos de ejecución conocen los tribunales de primera instancia. La demanda de ejecución se presenta generalmente ante el tribunal de primera instancia en cuya demarcación se encuentra el lugar de residencia del menor. Si el menor no reside en Suecia, la solicitud debe presentarse ante el juzgado de primera instancia de Estocolmo (Stockholms tingsrätt).
La solicitud puede presentarla, por ejemplo, un progenitor para que su hijo se mude o para poder tener contacto con él.
Al tramitar el caso, el órgano jurisdiccional puede emitir instrucciones especiales a algún trabajador de los servicios sociales para que intente convencer a la persona que tenga la guarda del menor de que haga de forma voluntaria lo que se indica en la resolución o en el acuerdo. Si la cuestión es urgente, el órgano jurisdiccional o la autoridad policial pueden resolver que hay que ocuparse del menor de forma inmediata. El órgano jurisdiccional puede imponer una multa u ordenar la intervención de la policía para llevar a cabo la ejecución.
Cualquiera de las partes puede ser responsable del pago de las costas de la otra en los procedimientos de ejecución con arreglo al Código de Familia. Una parte que haya originado gastos por la recogida o el cuidado de un menor podrá tener que pagar esos gastos al Estado.
3.2 Condiciones principales
Procesos de ejecución con arreglo al Código de Ejecución
Hay algunos casos en los que la ejecución puede denegarse. Así ocurre, por ejemplo, cuando la imprecisión del título ejecutivo impide que sirva de fundamento jurídico de la ejecución.
Otro supuesto sería el de que la persona a la que una sentencia obliga a hacer algo alega que ya ha cumplido con tal obligación, como por ejemplo una obligación de pago.
Otro caso podría ser el de que la persona contra la que se dirige la ejecución tiene una demanda de reconvención contra el solicitante; por ejemplo, si presenta un crédito compensable. Esta compensación supone un impedimento a la ejecución si la Autoridad de Ejecución constata que la demanda de reconvención se ha presentado por medio de un título ejecutivo válido o se funda en una prueba escrita del crédito y se cumplen las demás condiciones para la compensación.
Si el deudor declara que existe algún otro asunto entre las partes que constituye un impedimento para la ejecución y dicha objeción no se puede desestimar, es posible que la ejecución tampoco tenga lugar. Un ejemplo podrían ser las objeciones a un plazo de prescripción.
Si un órgano jurisdiccional revoca un título ejecutivo, la ejecución debe ser rectificada inmediatamente si es posible.
En algunos casos, el órgano jurisdiccional también puede ordenar que un proceso de ejecución en curso se extinga (lo cual se conoce como inhibición).
Procesos de ejecución con arreglo al Código de Familia
Se supone que lo que se determina en una resolución o acuerdo responde a los intereses del menor. El órgano jurisdiccional no puede reexaminar una resolución o un acuerdo en su evaluación de la ejecución, y la principal alternativa supone lograr el cumplimiento voluntario. Si se requiere cualquier tipo de medida obligatoria, la opción más probable es la imposición de una multa. La recogida física solo se puede usar como último recurso.
En ocasiones pueden presentarse impedimentos para efectuar la ejecución, por ejemplo si el menor se encuentra enfermo.
Si el menor ha alcanzado una edad y un nivel de madurez que exigen que se tenga en cuenta su voluntad, la ejecución no puede efectuarse en contra de su voluntad, salvo si el órgano jurisdiccional considera que es necesario para el interés del menor.
4 Objeto y naturaleza de las medidas de ejecución
4.1 ¿Qué tipo de bienes pueden ser objeto de ejecución?
Procesos de ejecución con arreglo al Código de Ejecución
Para que un bien pueda embargarse, deben cumplirse determinadas condiciones. El bien debe
- pertenecer al deudor;
- ser transferible;
- tener un valor pecuniario.
En principio, el embargo puede afectar a cualquier tipo de bien. Se pueden embargar tanto bienes muebles como inmuebles.
Los bienes muebles no abarcan solamente bienes personales (como automóviles, barcos y otros efectos), sino también activos (esto es, saldos bancarios) y derechos de distinto tipo (usufructos o partes de una sucesión, por ejemplo).
Los salarios, pensiones u otros ingresos también pueden ser objeto de embargo.
Ahora bien, algunos bienes son inembargables. Es el caso de los efectos personales. Normalmente, las normas sobre efectos personales se aplican únicamente a personas físicas. Entre los efectos personales se encuentran, por ejemplo
- ropa y otros objetos de uso personal del deudor hasta un valor razonable;
- mobiliario, menaje de la casa y otros equipamientos necesarios para el hogar y su mantenimiento;
- herramientas de trabajo y distintos equipamientos necesarios para la actividad profesional o para la formación del deudor;
- bienes personales, como medallas y trofeos deportivos, que posean tal valor sentimental para el deudor que sería desmesurado embargarlos;
- los saldos monetarios y bancarios, etc., que sean razonablemente necesarios para el mantenimiento del deudor hasta la llegada prevista de ingresos que cubran sus necesidades; por regla general, este plazo no es superior a un mes.
Algunas categorías de bienes pueden quedar también protegidas del embargo en virtud de disposiciones particulares. Es el caso, por ejemplo, de las indemnizaciones.
El embargo del salario solo puede afectar a la parte del mismo que supere la suma necesaria para que el deudor pueda subvenir a sus necesidades y a las de su familia.
En este sentido, determinados créditos que tienen prioridad sobre otros. Una demanda relativa a una pensión alimenticia o a una indemnización por delito prevalece sobre otros procesos individuales.
4.2 ¿Qué efectos surten las medidas de ejecución?
Procesos de ejecución con arreglo al Código de Ejecución
Una vez los bienes le han sido embargados, el deudor ya no dispone del mismo control sobre ellos. El deudor no puede disponer de sus bienes en detrimento del solicitante, transfiriéndolos o cediéndolos de otro modo sin la autorización del Autoridad de Ejecución, a menos que esta lo haya autorizado por motivos excepcionales y previa consulta al solicitante.
Cualquier persona que disponga ilícitamente de bienes embargados se expone a sanciones penales.
Una resolución de embargo confiere derechos de preferencia sobre los bienes.
En un proceso de ejecución, los terceros están obligados, dentro del plazo decidido por la Autoridad de Ejecución, a comunicar si el deudor tiene con ellos créditos u otras transacciones que puedan servir para determinar si el deudor posee bienes embargables. El deber de información incumbe también a cualquier persona en posesión de bienes del deudor en virtud, por ejemplo, de prenda o depósito. Un banco, por ejemplo, debe comunicar la información relativa a las cuentas bancarias, las cajas fuertes o los bienes del deudor que estén bajo su custodia. Los familiares y los amigos del deudor también están sujetos al deber de información.
La información puede solicitarse por escrito u oralmente a los terceros, a los que, si es preciso, se puede convocar para interrogarles. Como medios coercitivos pueden utilizarse la multa y la privación de libertad.
La Autoridad de Ejecución debe vender los bienes embargados sin demora. Estas ventas forzosas normalmente se llevan a cabo en subastas públicas, aunque a veces se pueden organizar en privado.
Los importes percibidos en un proceso de ejecución deben notificarse y pagarse al solicitante lo antes posible.
4.3 ¿Qué validez tienen estas medidas?
Procesos de ejecución con arreglo al Código de Ejecución
La decisión de embargo no está sujeta a ningún plazo de validez. La legislación, no obstante, parte del principio de que los bienes deben venderse sin demora; a este respecto léase el punto 4.2.
Siempre que sea posible, el desahucio debe tener lugar dentro de las cuatro semanas siguientes a la transmisión de los documentos necesarios a la Autoridad de Ejecución Forzosa.
Procesos de ejecución con arreglo al Código de Familia
El despacho de ejecución surte efecto de forma inmediata, salvo disposición en contrario. Es válido hasta que se dicte otra resolución. Una orden de multa normalmente indica que una acción debe llevarse a cabo en un plazo determinado, por ejemplo la entrega de un menor al solicitante. Una resolución sobre la ejecución relativa al contacto suele indicar cuándo puede tener lugar.
Una orden relativa a la ejecución no impide que se examine una nueva demanda.
5 ¿Se pueden recurrir las decisiones por las que se concede esta medida?
Procesos de ejecución con arreglo al Código de Ejecución
En general, las resoluciones de la Autoridad de Ejecución Forzosa pueden recurrirse. El recurso se envía a la Autoridad de Ejecución Forzosa, que lo remite al tribunal de primera instancia.
La persona a quien afecta la resolución de la Autoridad puede recurrirla si resulta perjudicada. Las resoluciones relativas al embargo del salario pueden recurrirse sin límite de tiempo. Las resoluciones sobre otras formas de embargo pueden recurrirse dentro de las tres semanas siguientes a su notificación. Los terceros pueden recurrir las resoluciones de este tipo sin límite de tiempo.
El juzgado de primera instancia puede decidir que por el momento no se tome ninguna medida de ejecución (lo cual se conoce como inhibición) o, si existen razones particulares que así lo justifiquen, revocar una medida de ejecución ya adoptada.
Procesos de ejecución con arreglo al Código de Familia
La resolución del juzgado de primera instancia por la que se ordena la ejecución es recurrible ante el tribunal de apelación. El recurso debe presentarse por escrito y notificarse al juzgado de primera instancia. El plazo para interponer un recurso es de tres semanas.
6 ¿La ejecución está sujeta a algún tipo de limitación, en particular de plazos o en aras de la protección del deudor?
El Código de Ejecución contiene disposiciones que limitan la posibilidad de ejecución, por ejemplo para proteger al deudor. Hasta cierto punto, el deudor puede evitar la ejecución que se está llevando a cabo presentando una objeción, como por ejemplo en caso de prescripción. Los ejemplos más habituales de restricciones a la ejecución consisten en la exclusión del embargo de algunos bienes y activos en consideración a las necesidades del deudor. El embargo de bienes materiales puede, por ejemplo, excluir los bienes no embargables, como el dinero que el deudor necesite para su manutención inmediata. Cuando se embarguen los salarios, se excluirá un «importe de reserva» para cubrir los gastos de subsistencia ordinarios y los costes relativos a la vivienda del deudor.
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