Introducción
Las demandas presentadas en el marco del proceso de escasa cuantía en asuntos transfronterizos [Reglamento (CE) n.º 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, que entró en vigor el 1 de enero de 2009] se presentan a través del formulario A y se dirigen al órgano jurisdiccional competente de conformidad con las disposiciones relativas a la competencia ratione loci. El proceso europeo de escasa cuantía tiene por objeto simplificar y acelerar la resolución de los litigios transfronterizos cuando el importe no exceda de 5 000 EUR. El Reglamento se aplica a todos los Estados miembros de la Unión Europea, con excepción de Dinamarca.
Los litigantes pueden recurrir al proceso europeo de escasa cuantía como alternativa a los procesos previstos por la legislación de los Estados miembros. Cualquier sentencia dictada en un Estado miembro en el proceso europeo de escasa cuantía debe reconocerse y ejecutarse en otro Estado miembro sin que se precise una declaración de ejecutabilidad y sin que exista la posibilidad de oponerse a su reconocimiento.
A efectos del proceso de escasa cuantía, se ponen a disposición formularios normalizados en todas las lenguas de la UE. Para iniciar el procedimiento, debe cumplimentarse el formulario A. Todos los documentos pertinentes, como recibos y facturas, deben adjuntarse al formulario.
La ejecución en otro Estado miembro solo puede denegarse si la sentencia es incompatible con otra sentencia dictada en el otro Estado miembro relativa a las mismas partes. La ejecución se hace de conformidad con las normas y procedimientos nacionales del Estado miembro en el que se ejecute la resolución.
¿Qué tasas se aplican?
El importe de la tasa judicial depende del importe del crédito o de la demanda. Véase también: ¿Cuánto tendré que pagar?
¿Cuánto tendré que pagar?
Las tasas aplicables para el año 2024 se reparten como sigue:
| Naturaleza del importe del crédito o de la demanda | Tasas judiciales para personas jurídicas | Tasas judiciales para personas físicas | Tasas judiciales para personas insolventes |
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Asuntos relacionados con un crédito o una demanda: - de importe indeterminado o - de importe inferior o igual a 500 EUR |
130 EUR | 87 EUR | 87 EUR |
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Asuntos relacionados con un crédito, o una demanda, por un importe superior a 5 000 EUR y no más de 12 500 EUR |
524 EUR | 248 EUR | 87 EUR |
Para más información sobre las tasas aplicables, véase Rechtspraak.nl (Sistema judicial de los Países Bajos).
¿Qué ocurre si no pago las tasas judiciales a tiempo?
Las tasas judiciales deben pagarse por adelantado. Si no se efectúa el pago en el plazo de un mes, la demanda es rechazada por el organismo competente y el asunto no se tramita.
¿Cómo puedo efectuar el pago?
El pago reclamado puede hacerse por medio de una transferencia (electrónica o no).
¿Qué debo hacer tras el pago?
Después del pago, el demandado es informado y debe cumplimentar y devolver el formulario de respuesta.