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4 - Compensación

Rumanía
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¿Cuál es el proceso para obtener una indemnización por daños y perjuicios del autor del delito? (por ejemplo, un asunto judicial, constituirse en parte civil o interponer una acción civil)

Puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios del autor del delito si se constituye en una parte civil del proceso penal. Deberá tomar esta medida antes de que se empiece con las diligencias de prueba. Los órganos jurisdiccionales deben informarle sobre este derecho. Puede constituirse en parte civil en el proceso penal de manera oral o por escrito. Sin embargo, debe especificar qué daños y perjuicios reclama, los motivos y las pruebas sobre las que se fundamenta su demanda.

Podrá presentarla ante la oficina del fiscal o ante el órgano jurisdiccional que conocerá el fondo del asunto.

La sentencia también incluirá la indemnización por daños y perjuicios impuesta por el órgano jurisdiccional contra el autor del delito.

Usted podrá presentar una acción independiente ante el juzgado de lo civil a fin de reclamar una indemnización por daños y perjuicios, incluso si no es parte civil del proceso penal.

El órgano jurisdiccional ordenó al autor del delito que me pagase los daños/la indemnización. ¿Cómo me aseguro de que el autor del delito pague?

Mientras haya una sentencia en vigor por la que se condena al autor del delito al pago de una indemnización, este debe hacerlo sin que usted tenga que tomar medidas adicionales. Si el autor del delito no efectúa el pago, usted podrá solicitar que se ejecute la sentencia.

Para ello, deberá presentar ante un agente judicial la sentencia por la que se le concede la indemnización. El agente judicial tomará las medidas necesarias para que se ejecute la decisión judicial y le informará sobre qué hacer después.

Si el autor del delito no paga, ¿puede el Estado darme un anticipo? ¿En qué condiciones?

El Estado podrá asumir el importe de su indemnización en determinadas condiciones.

Si el autor del delito es insolvente o está en paradero desconocido, el Estado efectuará el pago de su indemnización, siempre que presente una solicitud de indemnización. Dispone de un plazo de un año para presentar dicha solicitud. La fecha en la que empieza el plazo depende de la solución impuesta por los órganos jurisdiccionales.

Si no conoce al autor del delito, dispone de un plazo de tres años a partir de la fecha en la que se cometió el delito para presentar la solicitud de indemnización, salvo que un asegurador haya abonado el importe total de la indemnización.

Podrá presentar una solicitud de pago anticipado de la indemnización. Para ello, primero deberá presentar la solicitud de indemnización, como se mencionó anteriormente. El pago anticipado podrá pedirse en la solicitud de indemnización o posteriormente en un plazo de treinta días. Tiene derecho a recibir un pago anticipado siempre que su situación financiera sea precaria.

Si su solicitud de daños y perjuicios/indemnización es rechazada, deberá reembolsar el pago anticipado recibido. La solicitud de indemnización deberá presentarse ante el órgano jurisdiccional competente.

¿Tengo derecho a recibir una indemnización por parte del Estado?

Así es. Se concede una indemnización, previa solicitud, si usted es víctima de tentativa de homicidio o tentativa de asesinato, lesiones, delito doloso que ocasionen lesiones a la víctima, violación, relaciones sexuales con un menor o agresión sexual, trata de personas o trata de menores, delito de terrorismo o de cualquier otro delito violento doloso.

Puede obtener una indemnización si uno de los delitos mencionados se cometió en territorio rumano y usted es ciudadano rumano, extranjero o apátrida que reside legalmente en Rumanía, ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea, si se encontraba legalmente en Rumanía en el momento en que se comité el delito, o si es un ciudadano extranjero o apátrida residente en el territorio de un Estado miembro de la Unión Europea que se encontraba legalmente en Rumanía en el momento en que se cometió el delito.

La indemnización solo se concede si usted ha remitido el asunto a las autoridades encargadas de la investigación penal en un plazo de sesenta días desde la fecha en que se cometió el delito. Si la víctima no estuviera física o mentalmente en condiciones de notificarlo a las autoridades encargadas de la investigación penal, el plazo de sesenta días se calcula a partir de la fecha en que desaparezca la incapacidad.

Si usted es menor de 18 años, no está obligado a denunciar el delito a las autoridades encargadas de la investigación penal, su representante legal puede hacerlo en su nombre. Si su representante legal no ha solicitado una indemnización en los plazos establecidos, dichos plazos empiezan a correr desde la fecha en que usted cumpla 18 años.

Si el delincuente es una persona conocida, puede concedérsele una indemnización siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • ha solicitado una indemnización en el plazo de un año;
  • ha presentado una demanda civil como parte civil en el proceso penal, salvo que el asunto haya concluido;
  • el autor del delito es insolvente o no está localizable;
  • no ha recibido de una compañía de seguros una reparación completa de los daños sufridos.

Si no está en condiciones de presentar su reclamación de indemnización, el plazo de un año se calcula a partir de la fecha en que desaparezca la incapacidad.

Si el delincuente es una persona conocida, puede solicitar una indemnización en un plazo de tres años a partir de la fecha en que se cometió el delito.

Tiene derecho a una indemnización por las siguientes categorías de daños sufridos como consecuencia del delito: hospitalización y otros gastos médicos; perjuicio importante como consecuencia de la destrucción o degradación de los activos de la víctima, o porque han quedado inutilizados o la víctima ha quedado desposeída como consecuencia del delito; las ganancias de las que se vea privado como consecuencia del delito.

Si usted es un cónyuge supérstite, hijo o persona dependiente de una víctima fallecida, tiene derecho a una indemnización por los gastos funerarios y la manutención de los que la víctima se vea privada como consecuencia del delito.

También puede solicitar una indemnización por los daños morales sufridos como consecuencia del delito.

Para cubrir cualquier necesidad urgente, puede recibir un anticipo de la indemnización en forma de vale. Los vales se otorgan por un importe máximo equivalente a cinco salarios mínimos brutos nacionales establecidos para el año en que se solicite el anticipo. Los vales se utilizan exclusivamente para cubrir los gastos de alimentación, alojamiento, transporte, medicación y productos sanitarios, así como para artículos de higiene y uso personal, y se distribuirán a través de las instituciones y autoridades públicas competentes, así como de asociaciones y fundaciones activas en el ámbito de la protección de las víctimas y la asistencia social. El anticipo de la indemnización en forma de vale debe reembolsarse.

¿Tengo derecho a recibir una indemnización si el autor del delito no es condenado?

Si el órgano jurisdiccional penal no concede una compensación con respecto a la acción civil, podrá presentar una acción independiente ante el juzgado de lo civil para reclamar daños y perjuicios.

Si el órgano jurisdiccional penal estima que no existe delito o que no ha sido cometido por la persona contra la que ha presentado la denuncia, usted no tiene derecho a recibir indemnización por daños y perjuicios ni en el proceso penal ni en acciones civiles independientes, ya que la resolución del órgano jurisdiccional penal tiene fuerza de cosa juzgada para los órganos jurisdiccionales civiles.

Si no es parte civil en proceso penal, podrá presentar una acción independiente en el juzgado de lo civil durante el juicio penal, o incluso cuando este haya terminado, con sujeción a los plazos generales.

¿Tengo derecho a recibir un pago de emergencia mientras espero la decisión respecto a mi solicitud de indemnización?

Sí, en determinadas condiciones Podrá presentar una solicitud de pago anticipado de la indemnización. Véase la respuesta a la pregunta sobre pagos anticipados.

También puede beneficiarse de un anticipo de la indemnización en forma de vale para cubrir necesidades urgentes. Los vales se otorgan por un importe máximo equivalente a cinco salarios mínimos brutos nacionales establecidos para el año en que se solicite el anticipo. Los vales solo pueden utilizarse para cubrir gastos de alimentación, alojamiento, transporte, medicamentos y suministros sanitarios, así como artículos de higiene y uso personal. Los vales se distribuyen a través de las instituciones y autoridades públicas competentes, así como de asociaciones y fundaciones activas en el ámbito de la protección de las víctimas y la asistencia social.

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