1 Con arreglo a la ley de este Estado miembro, ¿imponen las normas especiales, por motivos económicos, familiares o sociales, alguna restricción que se refiera o afecte a la sucesión de bienes inmuebles, determinadas empresas u otras categorías especiales de bienes situadas en él?
Existen normas que limitan los derechos sucesorios (diritti di successione) a determinados miembros de la familia en caso de transferencias de viviendas sociales o terrenos asignados a determinadas categorías (por ejemplo, a los exiliados de Yugoslavia después de la Segunda Guerra Mundial) y destinados a la agricultura.
Estas limitaciones están desapareciendo, ya que sucesivas leyes han hecho posible su eliminación (por ejemplo, compensando a los constructores de viviendas sociales) o los plazos legales aplicables a dichas limitaciones han expirado.
2 Con arreglo a la ley de este Estado miembro, ¿se aplican esas normas especiales a la sucesión de los bienes citados independientemente de cuál sea el Derecho aplicable a la sucesión?
Sí, existen normas que pueden limitar la sucesión a determinados miembros de la familia (por ejemplo, en el caso de los terrenos agrícolas asignados por razones sociales, la herencia puede limitarse a los miembros de la familia que continúen ejerciendo una actividad agrícola).
3 Con arreglo a la ley de este Estado miembro, ¿existen procedimientos especiales que garanticen el cumplimiento de las normas especiales citadas?
No existen procedimientos especiales para verificar o controlar el cumplimiento de las normas en cuestión.