1 Con arreglo a la ley de este Estado miembro, ¿imponen las normas especiales, por motivos económicos, familiares o sociales, alguna restricción que se refiera o afecte a la sucesión de bienes inmuebles, determinadas empresas u otras categorías especiales de bienes situadas en él?
No.
2 Con arreglo a la ley de este Estado miembro, ¿se aplican esas normas especiales a la sucesión de los bienes citados independientemente de cuál sea el Derecho aplicable a la sucesión?
En virtud del artículo 7 de la Ley sobre Derecho internacional privado de 4 de febrero de 2011 (Diario Oficial de 2015, punto 1792), no se aplicará la legislación extranjera cuando los efectos de dicha aplicación sean contrarios a los principios fundamentales del ordenamiento jurídico de la República de Polonia.
3 Con arreglo a la ley de este Estado miembro, ¿existen procedimientos especiales que garanticen el cumplimiento de las normas especiales citadas?
No.