Costas en Portugal
Costas por asistencia jurídica gratuita y otros reembolsos
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 Caso  | 
 Asistencia jurídica gratuita  | 
 Reembolso  | 
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 ¿Cuándo y en qué condiciones se concede?  | 
 ¿Cuándo se concede asistencia total?  | 
 Condiciones  | 
 ¿Puede la parte ganadora obtener el reembolso de las costas?  | 
 Si el reembolso no es total, ¿cuál es el porcentaje en general?  | 
 ¿Qué costas nunca se reembolsan?  | 
 ¿Hay casos en los que deba reembolsarse la asistencia jurídica gratuita a la entidad que la concede?  | 
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 Caso A  | 
 Las personas jurídicas con ánimo de lucro no tienen derecho a asistencia jurídica gratuita  | 
 Sí  | 
 El reembolso de las costas procesales no es íntegro cuando la parte perdedora tuvo asistencia jurídica gratuita, en cuyo el Estado solo resarce a la parte ganadora por el Estado, por las tasas judiciales pagadas (pero no por los restantes elementos que integran las costas)  | 
 Solo está previsto el reembolso al Estado por el propio beneficiario de la asistencia jurídica gratuita, y en los casos en que durante el proceso o en los cuatro años siguientes este dispusiese de medios económicos suficientes o si fuese condenado como demandante de mala fe  | 
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 Caso B  | 
 Las personas jurídicas con ánimo de lucro no tienen derecho a asistencia jurídica gratuita  | 
 Sí  | 
 El reembolso de las costas procesales no es íntegro cuando la parte perdedora tuvo asistencia jurídica gratuita, en cuyo el Estado solo resarce a la parte ganadora por las tasas judiciales pagadas (pero no los restantes elementos que integran las costas)  | 
 Solo está previsto el reembolso al Estado por el propio beneficiario de la asistencia jurídica gratuita, y en los casos en que durante el proceso o en los cuatro años siguientes este dispusiese de medios económicos suficientes o si fuese condenado como demandante de mala fe  | 
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