Costas en Portugal
Costas por asistencia jurídica gratuita y otros reembolsos
Caso |
Asistencia jurídica gratuita |
Reembolso |
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¿Cuándo y en qué condiciones se concede? |
¿Cuándo se concede asistencia total? |
Condiciones |
¿Puede la parte ganadora obtener el reembolso de las costas? |
Si el reembolso no es total, ¿cuál es el porcentaje en general? |
¿Qué costas nunca se reembolsan? |
¿Hay casos en los que deba reembolsarse la asistencia jurídica gratuita a la entidad que la concede? |
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Caso A |
Las personas jurídicas con ánimo de lucro no tienen derecho a asistencia jurídica gratuita |
Sí |
El reembolso de las costas procesales no es íntegro cuando la parte perdedora tuvo asistencia jurídica gratuita, en cuyo el Estado solo resarce a la parte ganadora por el Estado, por las tasas judiciales pagadas (pero no por los restantes elementos que integran las costas) |
Solo está previsto el reembolso al Estado por el propio beneficiario de la asistencia jurídica gratuita, y en los casos en que durante el proceso o en los cuatro años siguientes este dispusiese de medios económicos suficientes o si fuese condenado como demandante de mala fe |
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Caso B |
Las personas jurídicas con ánimo de lucro no tienen derecho a asistencia jurídica gratuita |
Sí |
El reembolso de las costas procesales no es íntegro cuando la parte perdedora tuvo asistencia jurídica gratuita, en cuyo el Estado solo resarce a la parte ganadora por las tasas judiciales pagadas (pero no los restantes elementos que integran las costas) |
Solo está previsto el reembolso al Estado por el propio beneficiario de la asistencia jurídica gratuita, y en los casos en que durante el proceso o en los cuatro años siguientes este dispusiese de medios económicos suficientes o si fuese condenado como demandante de mala fe |