Artículo 3, apartado 1: organismos transmisores
      
      
        
                Office of the State Advocate / L-Uffiċċju tal-Avukat tal-Istat (Abogacía del Estado) 
 Dirección: 16, Casa Scaglia, Triq Mikiel Anton Vassalli, Valletta, VLT1311 
 Teléfono:    +35622265000 
 Correo electrónico: info@stateadvocate.mt
        
            Artículo 3, apartado 2: organismos receptores
      
      
        
                Office of the State Advocate / L-Uffiċċju tal-Avukat tal-Istat (Abogacía del Estado) 
 Dirección: 16, Casa Scaglia, Triq Mikiel Anton Vassalli, Valletta, VLT1311 
 Teléfono:     +35622265000 
 Correo electrónico: info@stateadvocate.mt
        
            Artículo 3, apartado 4, letra c): medios de recepción de documentos
      
      
        
                Correo certificado. Los documentos originales, junto con el anexo 1 y un comprobante bancario, deben enviarse por vía postal; se admite el envío previo de copias por correo electrónico.
        
            Artículo 3, apartado 4, letra d): lenguas que pueden utilizarse para cumplimentar el formulario que figura en el anexo I
      
      
        
                Maltés e inglés.
        
            Artículo 4: órgano central
      
      
        
                Office of the State Advocate / L-Uffiċċju tal-Avukat tal-Istat (Abogacía del Estado) 
 Dirección: 16, Casa Scaglia, Triq Mikiel Anton Vassalli, Valletta, VLT1311 
 Teléfono:      +35622265000 
 Correo electrónico: info@stateadvocate.mt
Demarcaciones: Malta y Gozo.
        
            Artículo 7: asistencia en la determinación del domicilio
      
      
        
                Artículo 7, apartado 1, letra c): el domicilio de las personas jurídicas puede consultarse en el sitio web del Registro Mercantil maltés (Business Registry / Reġistru dwar in-Negozju):
https://registry.mbr.mt/ROC/companySearch.do?action=companyDetails&_=1576703936233
El sistema en línea del Registro posibilita que cualquier persona física busque información sobre sociedades, fundaciones y asociaciones. La información que obra en poder del Registro es pública y de consulta gratuita. Algunos de los datos que se ofrecen son la razón social y el número registral de las sociedades, el domicilio social y la fecha de constitución. Cualquier persona puede buscar una sociedad por su número registral o por su razón social o parte de la misma.
En cuanto a la dirección de las personas físicas, el organismo transmisor extranjero puede solicitar ayuda para determinar dicha dirección a efectos de notificación o traslado dirigiéndose a la dirección de correo electrónico del organismo receptor maltés: info@stateadvocate.mt 
 Es importante que en la solicitud figure el número de identificación de la persona destinataria de la notificación o el traslado y su nombre y apellidos.
El organismo receptor maltés, de oficio, i) no presenta solicitudes de información sobre direcciones ii) ni presta dicha ayuda.
        
            Artículo 8: transmisión de documentos
      
      
        
                Maltés e inglés.
        
            Artículo 12: negativa a aceptar la notificación o el traslado de un documento
      
      
        
                No procede con respecto a Malta la comunicación contemplada en el artículo 12, apartado 2, del Reglamento, relativa a la traducción del formulario L del anexo I a una lengua de un tercer país.
        
            Artículo 13: fecha de notificación o traslado
      
      
        
                No procede con respecto a Malta la comunicación contemplada en el artículo 33, apartado 1, en relación con el artículo 12, apartado 5, y el artículo 13, apartado 2, ya que el Derecho nacional no prescribe un plazo determinado.
        
            Artículo 14: certificado y copia del documento notificado o trasladado
      
      
        
                Maltés e inglés.
        
            Artículo 15: gastos de notificación o traslado
      
      
        
                La legislación maltesa establece una tasa fija de 50 EUR por cada solicitud de notificación o traslado de documentos en Malta. El comprobante del pago debe adjuntarse a la solicitud de notificación o traslado. Los documentos en cuestión se devuelven sin tramitarse si la solicitud de notificación o traslado no va acompañada de un comprobante bancario que acredite la realización del pago. El pago de las tasas debe efectuarse mediante transferencia bancaria a la Abogacía del Estado a través de la cuenta bancaria siguiente:
Nombre del banco: Banco Central de Malta (Central Bank of Malta / Bank Ċentrali ta’ Malta).
Titular de la cuenta: AG Office – Receipt of Service Documents [Abogacía del Estado (Recepción de notificaciones y traslados)]
Número de cuenta: 40127EUR-CMG5-000-Y
IBAN: MT24MALT011000040127EURCMG5000Y
Código SWIFT: MALTMTMT
        
            Artículo 17: notificación o traslado de documentos por medio de agentes diplomáticos o funcionarios consulares
      
      
        
                Malta se opone a la notificación o el traslado de documentos por medio de agentes diplomáticos o funcionarios consulares.
        
            Artículo 19: notificación y traslado electrónicos
      
      
        
                n/p
        
            Artículo 20: notificación o traslado directos
      
      
        
                La Abogacía del Estado junto con la Agencia de Servicios Judiciales (Court Services Agency / Aġenzija dwar is-Servizzi tal-Qrati).
        
            Artículo 22: incomparecencia del demandado
      
      
        
                No es posible, ya que se exige prueba de la notificación o el traslado. No obstante, si se dicta sentencia contra una persona a la que no se ha notificado o trasladado la citación debidamente y con antelación suficiente, puede presentar, en un plazo de tres meses a contar desde el día en que tenga conocimiento de la sentencia, recurso extraordinario de revisión.
        
            Artículo 29: relación con los convenios o acuerdos entre Estados miembros
      
      
        
                n/p
        
            Artículo 33, apartado 2: notificación sobre la pronta utilización del sistema informático descentralizado 
      
      
        
                n/p