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Formación inicial de los jueces y fiscales en la Unión Europea

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Jueces

Descripción general

La formación inicial es obligatoria para todos los jueces recién nombrados de Lituania. Este tipo de formación se organiza para todos los nuevos jueces: los jueces ordinarios y los jueces de lo contencioso-administrativo asisten a esta formación al mismo tiempo.

Antes de impartirlos, la Administración Judicial Nacional elabora los programas de formación (conforme a una evaluación de las necesidades de formación), en coordinación con el Comité de Relaciones Internacionales y Formación del Consejo Judicial, y los somete a la aprobación del Consejo Judicial. Una vez se han aprobado los programas de formación, la Administración Judicial Nacional organiza la formación inicial.

El número de participantes que asisten a dicha formación depende del número de jueces nombrados ese año. Por lo general, el número es, como mínimo, de cinco a ocho jueces al año. Normalmente, la formación inicial se organiza dos veces al año. No obstante, si en un año concreto se nombra un mayor número de jueces, pueden organizarse más sesiones de formación inicial para satisfacer el aumento de la demanda.

Acceso a la formación inicial

La formación es obligatoria, por lo que cada juez recién nombrado debe cursarla en el plazo de un año desde su nombramiento.

Formato y contenido de la formación inicial

La formación inicial es una formación de cinco días de duración que abarca temas relativos a competencias interpersonales. Las formaciones relacionadas con el Derecho (en particular, la formación sobre el Derecho de la Unión) están disponibles para los jueces recién nombrados (además de para los demás jueces) a través de la programación ordinaria de la formación, organizada de conformidad con los programas aprobados por el Consejo Judicial.

Finalización del proceso de formación inicial y cualificación

Dado que en Lituania el nombramiento como juez solo tiene lugar tras superar los exámenes con las puntuaciones más altas, no existe un examen posterior a la impartición del programa de formación inicial.

Fiscales

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