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Formación inicial de los jueces y fiscales en la Unión Europea

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Descripción general

La Escuela Nacional de la Magistratura (École nationale de la magistrature) es la única institución que forma a los jueces y fiscales de los órganos jurisdiccionales ordinarios. Para ser juez (magistrats du siège) o fiscal (magistrats du parquet) en los órganos jurisdiccionales ordinarios es obligatorio seguir la formación inicial.

La Escuela Nacional de la Magistratura imparte formación a diversas categorías de personas; la duración de la formación depende del proceso de selección.

El método de la Escuela Nacional de la Magistratura combina diversos formatos de enseñanza complementarios, de los que el principal es la creación de pequeños grupos de estudio que trabajan bajo las órdenes de un supervisor.

El formato de grupos de estudio ofrece módulos temáticos para pequeños grupos basados en simulacros. Los grupos de estudio están compuestos por unos veinte estudiantes con perfiles diferentes y se crean para todo el período de formación de siete meses en Burdeos para la «clase de año» principal. Esto permite a los formadores dirigir con eficacia el grupo y proporcionar orientaciones individuales adaptadas, así como centrarse en la interactividad como método de enseñanza.

Además, los estudiantes reciben formación a través de clases o conferencias impartidas en el aula de conferencias, talleres temáticos, simulacros de situaciones y vistas, debates y mesas redondas, trabajos escritos y aprendizaje en línea.

Hay veinticinco formadores permanentes (coordinadores de formación) en la escuela de Burdeos. Veintitrés de ellos son jueces profesionales en comisión de servicios en la Escuela Nacional de la Magistratura durante un máximo de seis años y, por tanto, pueden impartir una enseñanza que refleja la práctica profesional en la vida real en los órganos jurisdiccionales. Un director de los servicios de secretaría judicial y un coordinador de la enseñanza de lenguas completan el equipo docente. Los coordinadores de formación son asignados a uno de los ocho ámbitos de formación y sus tareas son aportar conocimientos especializados, supervisar la producción de materiales de formación y enseñar u organizar sesiones de formación.

Además, alrededor de cincuenta profesores asociados colaboran con frecuencia con la Escuela Nacional de la Magistratura con grupos de estudio y simulacros de vistas junto a su trabajo como jueces profesionales. También se recurre a otros profesionales, como abogados, médicos, profesores e investigadores. Cada año, más de 750 colaboradores aportan conocimientos especializados en Derecho, historia, sociología, psicología, psiquiatría, medicina forense y criminología.

La formación de los futuros jueces y fiscales está orientada a la enseñanza de la práctica profesional propia de las funciones que desempeñarán, como la redacción de sentencias y escritos de acusación, la realización de entrevistas judiciales, la presidencia de vistas o la adopción de las medidas necesarias para conocer de un asunto civil o penal. Por consiguiente, el 70 % de la formación se dedica a períodos de prácticas, la mayoría de ellos realizados en órganos jurisdiccionales. Estos períodos de prácticas a tiempo completo son esenciales para la formación práctica en las funciones de los jueces y los fiscales a través de la inmersión en el futuro entorno de trabajo. Son supervisados por jueces profesionales en órganos jurisdiccionales, quienes desempeñan la función de supervisores de prácticas bajo la coordinación de un director de un centro de prácticas.

Los jueces y fiscales en prácticas tienen la condición de jueces profesionales y funcionarios. Tan pronto como son nombrados, ingresan en la judicatura y juran respetar la confidencialidad de los documentos que lleguen a su conocimiento. Se les paga durante su formación y se comprometen a prestar servicio al Estado francés durante al menos diez años.

Acceso a la formación inicial

Para acceder a la judicatura, los futuros jueces deben superar un examen de oposición o un procedimiento de selección basado en cualificaciones o expedientes. Las diferentes vías de acceso a la Escuela Nacional de la Magistratura hacen posible la selección de candidatos procedentes de diversos ámbitos académicos y profesionales. Esta diversidad de procedencias garantiza una fiel representación de la sociedad francesa.

El Ministerio de Justicia fija cada año el número de plazas disponibles en las distintas oposiciones en función del número previsto de jueces y fiscales necesarios y de las limitaciones presupuestarias.

Cada año, la Escuela Nacional de la Magistratura celebra tres tipos de oposiciones, además de una oposición complementaria:

  • El primer tipo de oposición está abierto a candidatos con un título de máster o equivalente que tengan 31 años o menos de edad; es la que recibe el mayor número de candidatos.
  • El segundo tipo de oposición está abierto a los funcionarios con cuatro años de antigüedad en el puesto y que tengan como máximo 48 años y 5 meses de edad a 1 de enero del año en que se celebre la oposición; y el tercer tipo de oposición está abierto a las personas con ocho de experiencia profesional en el sector privado o que ocupen cargos electos; las pruebas son las mismas en ambas oposiciones.
  • La oposición complementaria está destinada a las personas mayores de 35 años con una experiencia profesional de al menos siete años.

Clases preparatorias para el primer tipo de oposición

La Escuela Nacional de la Magistratura ha creado clases preparatorias en las que se aplica el principio de «igualdad de oportunidades» para fomentar la diversidad de la selección y apoyar a candidatos meritorios y motivados procedentes de entornos desfavorecidos. Cada año se abren cinco clases de preparación de los candidatos al primer tipo de oposición de acceso a la Escuela Nacional de la Magistratura.

Selección de jueces en prácticas mediante cualificaciones

Solo pueden acceder por esta vía las personas de entre 31 y 40 años con experiencia en los ámbitos del Derecho, la economía o las ciencias humanas y sociales que las habiliten para el ejercicio de funciones judiciales y que posean cualificaciones derivadas de su situación profesional.

Las condiciones de acceso son las siguientes: selección por un comité de promoción sobre la base de un expediente presentado al fiscal general ante el tribunal de apelación (Cour d’appel) del lugar de residencia del candidato.

Selección directa

Las personas en posesión de dos títulos de máster cuya experiencia profesional las habilite específicamente para acceder a la judicatura pueden ser seleccionadas directamente, sin necesidad de someterse a un examen de oposición. Deben contar con al menos siete años de experiencia profesional cualificada para ser seleccionados en el segundo nivel (edad mínima: 35 años) y al menos quince años de experiencia para ser seleccionados en el primer nivel.

Las condiciones de acceso son las siguientes: selección mediante expediente presentado al Ministerio de Justicia, el cual lo remite a un comité. El comité puede exigir al candidato que complete un período de prueba no superior a seis meses en un órgano jurisdiccional antes de emitir su dictamen. La Escuela Nacional de la Magistratura organiza el período de prueba y se elabora un informe de evaluación. Tras el período de prueba, el candidato es entrevistado por el tribunal encargado de aprobar y clasificar a los jueces en prácticas, el cual emite un dictamen sobre su idoneidad para ejercer funciones judiciales. A continuación, el comité emite su dictamen final sobre el candidato.

Formato y contenido de la formación inicial

La duración de la formación inicial depende del proceso de selección.

El período más largo es de treinta y un meses en total en la Escuela Nacional de la Magistratura, alternando períodos de formación práctica en el lugar de trabajo con estudios en la Escuela Nacional de la Magistratura en Burdeos. Este modelo de formación se aplica a los candidatos seleccionados mediante el primer tipo de oposición (candidatos externos), el segundo (funcionarios), el tercero (ocho años de experiencia en el sector privado) y los seleccionados sobre la base de sus cualificaciones (antiguos abogados y personas con doctorado u otros títulos de Derecho). Los primeros dos años de este programa («fase de formación general») son comunes a todos los jueces en prácticas. Reciben formación en las capacidades esenciales y no técnicas de la profesión, los aspectos del entorno de trabajo que necesitan conocer para desempeñar la mayor parte de sus funciones, y las técnicas profesionales básicas comunes a las distintas funciones. Durante ese tiempo, los jueces en prácticas llevan a cabo una serie de períodos de prácticas, principalmente en los órganos jurisdiccionales, donde aplican las técnicas y prácticas comunes de la profesión.

Los últimos seis meses del programa de formación se dedican a la especialización en una única función elegida por el juez en prácticas para su primer puesto de trabajo. Este período de preparación para el primer puesto de trabajo comienza con una formación teórica en la Escuela Nacional de la Magistratura, en la que el juez en prácticas estudia en mayor detalle las técnicas profesionales y el contenido del cargo que ha elegido. A continuación, los candidatos realizan un último período de prácticas en un órgano jurisdiccional que les prepara para ocupar un puesto. Este período final debe permitirles ser plenamente operativos cuando asuman dicho puesto.

Puede consultar el calendario en este enlace.

El programa de formación para los candidatos seleccionados directamente o a través de la oposición complementaria, todos ellos con más de siete o quince años de experiencia profesional, es más breve, pero también se basa en períodos de estudios en Burdeos alternados con períodos de prácticas profesionales. Estos jueces o fiscales en prácticas siguen una formación de un mes en Burdeos antes de iniciar un período de prácticas de cuatro a cinco meses en un órgano jurisdiccional. Además, quienes superan la oposición complementaria realizan un nuevo período de prácticas tras haber elegido su primer puesto de trabajo.

Finalización del proceso de formación inicial y cualificación

Evaluación

La formación inicial de jueces y fiscales está sujeta a evaluación a lo largo de todo el programa de formación, durante los períodos de estudio y de prácticas profesionales. El objetivo es evaluar en qué medida los jueces y fiscales en prácticas han adquirido las capacidades profesionales esenciales y dominan las técnicas específicas de cada cargo. La evaluación en la Escuela Nacional de la Magistratura se basa en la evaluación continua y en las pruebas realizadas al final de los períodos de estudio y de los períodos de prácticas en los órganos jurisdiccionales.

Las evaluaciones de los períodos de prácticas las llevan a cabo los jueces profesionales en comisión de servicios en la Escuela, que son los coordinadores regionales de formación. Con sede local en doce regiones judiciales que comprenden varios tribunales de apelación, estos jueces en comisión de servicio ofrecen un vínculo entre la Escuela Nacional de la Magistratura y los órganos jurisdiccionales. Organizan períodos de prácticas profesionales para los jueces en prácticas, los supervisan y los evalúan durante sus períodos de prácticas.

Una vez finalizada la formación, el tribunal encargado de aprobar y clasificar a los jueces en prácticas emite un dictamen sobre la idoneidad de cada uno de ellos para desempeñar funciones judiciales al abandonar la Escuela, tras entrevistarlos y obtener un dictamen motivado del director sobre la base de los informes del coordinador regional de formación y del director del centro de prácticas. Los jueces y fiscales en prácticas considerados aptos para ejercer las funciones de juez y fiscal inician la última fase de su formación antes de ocupar un puesto en un órgano jurisdiccional, a saber, la formación preparatoria para su primer puesto de trabajo.

Primer nombramiento

Según los resultados del examen final para determinar la idoneidad y la clasificación, se elabora una lista por orden de méritos. Sobre esta base, los futuros jueces y fiscales profesionales eligen su primer destino a partir de una lista elaborada por el Ministerio de Justicia. Una vez completada la formación preparatoria previa al acceso a su destino, se les nombra juez o fiscal en el órgano jurisdiccional al que han sido adscritos. A continuación, prestan juramento como juez profesional y son nombrados para su primer destino mediante decreto del Presidente de la República, previa consulta al Consejo Supremo del Poder Judicial.

Una vez finalizada la formación inicial, los jueces y fiscales en prácticas pueden ser nombrados para uno de los ocho cargos (con excepción de aquellos que hayan superado una oposición complementaria, cuyo primer nombramiento solo puede ser para el cargo de juez ordinario o de fiscal jefe adjunto):

  • juez ordinario (juge);
  • juez de tutelas (juge des contentieux de la protection);
  • juez de instrucción (juge d’instruction);
  • juez de menores (juge des enfants);
  • juez de vigilancia penitenciaria (juge de l'application des peines);
  • fiscal jefe adjunto (substitut du procureur de la République);
  • fiscal general adjunto (substitut placé auprès du procureur général);
  • juez adscrito al primer presidente de un tribunal de apelación (juge placé auprès du premier président).
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