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Formación inicial de los jueces y fiscales en la Unión Europea

Suecia
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Jueces

Descripción general

La Administración Nacional Sueca(Academia de Formación Judicial) es responsable de la formación de los jueces, de los jueces de lo contencioso-administrativo y del personal de los órganos jurisdiccionales. La formación inicial de los jueces y jueces de lo contencioso-administrativo es obligatoria (la Fiscalía sueca forma a los fiscales suecos). Los vínculos con la base legal son sólidos. El número de participantes en la sesiones de formación inicial es de, aproximadamente, mil personas.

Acceso a la formación inicial

La formación inicial tiene una duración de cuatro años.

Una vez terminada la formación universitaria, que suele tener una duración de seis años, la fase inicial consiste en solicitar un puesto como secretario de un órgano jurisdiccional durante dos años.

El siguiente paso (para convertirse en juez) es solicitar un puesto de secretario ponente en un tribunal de apelación (hovrätt) o en un tribunal de apelación de lo contencioso-administrativo (kammarrätten). Tras un mínimo de un año en tal órgano, el juez en prácticas vuelve al tribunal de primera instancia (tingsrätt) o al tribunal de primera instancia de lo contencioso-administrativo provincial (förvaltningsrätt) por un período mínimo de dos años. A continuación, debe ejercer, al menos, un año en un tribunal de apelación o en un tribunal de apelación de lo contencioso-administrativo, durante el que ejerce como juez asociado. Tras completar este período de aprendizaje, el secretario ponente es nombrado juez asociado. Los secretarios ponentes y los jueces asociados se denominan jueces interinos.

Formato y contenido de la formación inicial

Hay diez sesiones de formación obligatorias (de una semana cada una) que se imparten en Estocolmo. La mayoría de los formadores son jueces de rango superior o profesores universitarios, pero también médicos, psicólogos y expertos en distintos ámbitos.

La formación abarca una amplia gama de temas de Derecho de la Unión, como el Derecho civil, el Derecho penal y cuestiones de Derecho de la propiedad o ámbitos especializados del Derecho, Derecho administrativo y de la seguridad social, Derecho financiero, Derecho mercantil, Derecho laboral, competencias judiciales y derechos fundamentales.

Se ofrece una formación mixta (conferencias, seminarios, debates y seminarios web) y la formación se imparte en grupos reducidos. El número medio de participantes es de veinte a veinticinco por sesión. No hay formación lingüística.

Finalización del proceso de formación inicial y cualificación

Facilitación de información sobre el examen final, responsable del examen, el procedimiento de designación como juez, fiscal o abogado una vez finalizada la formación inicial.

No hay un examen final, pero los jueces asociados obtienen una nota. Una vez que se es juez asociado, se debe trabajar en distintos ámbitos [por ejemplo, por delegación en un Ministerio de Estado o como asistente en uno de los tribunales supremos (högsta domstolen)] durante algunos años antes de poder solicitar un nombramiento como juez titular.

En cuanto a la designación de jueces titulares (de rango superior), incluidos los ascensos, la Administración Judicial Nacional solo es competente para notificar la vacante. El nombramiento propiamente dicho lo lleva a cabo el Gobierno a propuesta del Consejo del Poder Judicial. Sus miembros son nombrados por el Gobierno, pero es una autoridad estatal plenamente independiente. El Consejo es competente respecto al proceso de elección de candidatos, que incluye, entre otras cosas, la solicitud de referencias sobre los cargos que el candidato haya ocupado en los últimos años. Una vez facilitadas las referencias, el Consejo envía una declaración escrita sobre los candidatos al presidente del órgano jurisdiccional en cuestión, que, a continuación, lleva a cabo entrevistas con los candidatos que considere aptos para el puesto vacante y, tras estas, emite un dictamen escrito sobre dichos candidatos, junto con una clasificación. A continuación, el Consejo elabora su propia clasificación y envía su recomendación al Gobierno. El Gobierno no está obligado a seguir la recomendación del Consejo, pero debe recabar su dictamen si quiere apartarse de esta.

Fiscales

Descripción general

Todos los nuevos fiscales deben cursar una formación básica obligatoria, que actualmente abarca aproximadamente catorce semanas de formación in situ, así como cierta formación digital. La formación básica está dividida en cuatro módulos que se completan en un período aproximado de dos años y medio. Cada grupo de estudio cuenta con treinta participantes. El Centro de Formación del Ministerio Fiscal es el responsable de la formación básica obligatoria.

Todos los nuevos fiscales tienen, al menos, un supervisor en el lugar de trabajo que se encarga de la formación introductoria durante los primeros nueve meses. A continuación, comienza la formación básica obligatoria.

Acceso a la formación inicial

Todos los nuevos fiscales deben cursar la formación básica obligatoria. No obstante, el fiscal debe ser un empleado permanente para comenzar la formación básica. Se adquiere la condición de empleado permanente al cabo de nueve o doce meses. Independientemente de su formación, como antiguo abogado o juez, todos los nuevos fiscales cursan la formación básica obligatoria.

Formato y contenido de la formación inicial

El objetivo general de la formación básica es que todos los fiscales se sientan seguros al desempeñar de forma independiente sus funciones en todos los tipos de asuntos que normalmente conocen.

El objetivo de la formación básica es que los nuevos fiscales adquieran unos conocimientos y una experiencia que les permitan tramitar todos los asuntos que no requieran una competencia especializada directa. Además, la formación básica pretende otorgar a los nuevos fiscales una base de conocimientos para el servicio de guardia.

La formación básica se intercala con trabajo práctico como fiscal en una fiscalía local. Así, la formación básica consiste en un aprendizaje basado en el trabajo.

La formación básica se divide en cuatro módulos. El fiscal asiste a un módulo por semestre. Entre los módulos tres y cuatro, hay una pausa de un semestre. A continuación, una selección de los participantes realiza un intercambio en el marco del programa AIAKOS.

El primer módulo tiene una duración de quince días, el segundo y el tercero de veinte, y el cuarto de quince días.

Cada módulo tiene cuatro directores (fiscales) que planifican y organizan el curso y se ocupan de los participantes. La mayoría de los formadores son profesores internos y fiscales de rango superior del Ministerio Fiscal. También hay formadores externos, como agentes de policía, jueces, científicos forenses, psicólogos y periodistas.

El contenido de la formación básica es muy amplio, ya que abarca catorce semanas. No hay una formación específica en Derecho de la Unión. No obstante, sí existe formación sobre el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Finalización del proceso de formación inicial y cualificación

No hay un examen final. Se es y se ejerce como fiscal desde el primer día. Al cabo de unos dos años y nueve meses obtienen un título especial, y con él, mayores permisos y facultades. Al final del cuarto módulo se celebra una ceremonia.

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