Descripción general
La formación inicial de los jueces subalternos, los fiscales subalternos y los magistrados instructores subalternos es obligatoria de conformidad con el artículo 249, apartado 1, punto 1, y el artículo 258 de la Ley del Sistema Judicial. Los jueces y fiscales en prácticas siguen planes de estudios diferentes en función de la profesión para la que se están preparando: jueces subalternos, fiscales subalternos o magistrados instructores subalternos. El estatuto de los candidatos a jueces subalternos, fiscales subalternos y magistrados instructores subalternos se rige por las Normas para la formación de los candidatos a jueces subalternos, fiscales subalternos y magistrados instructores subalternos. El número de jueces o fiscales en prácticas varía en función del año y del número de vacantes, establecido por la sala correspondiente del Consejo Supremo del Poder Judicial.
El Instituto Nacional de Justicia también ofrece una formación obligatoria para los jueces de los tribunales provinciales (Okrazhen sad) y de primera instancia (Rayonen sad), fiscales y jueces de los tribunales de lo contencioso-administrativo (Administrativen sad) nombrados mediante oposición centralizada para el primer mandato, de conformidad con el artículo 249, apartado 1, punto 2, de la Ley del Sistema Judicial. Durante el primer año tras la toma de posesión, deben cursar una formación inicial obligatoria (artículo 259 de la Ley del Sistema Judicial). Los programas de formación son diferentes según las funciones de los magistrados (jueces, jueces de lo contencioso-administrativo, fiscales o magistrados instructores) y la instancia (tribunales provinciales o de primera instancia).
Formación inicial e introductoria (en inglés y búlgaro)
Ley del Sistema Judicial (en inglés y búlgaro)
Reglamento interno sobre la organización y el procedimiento de la actividad de formación del Instituto (en búlgaro)
La formación de los abogados es responsabilidad del Centro de formación de abogados «Krustiu Tsonchev».
Acceso a la formación inicial
La principal vía de incorporación al poder judicial es la constituida por los cargos de jueces, fiscales y magistrados instructores subalternos. Los candidatos que deseen convertirse en magistrados subalternos deben superar con éxito las oposiciones centralizadas organizadas por la sala correspondiente del Consejo Supremo del Poder Judicial. De conformidad con el artículo 176, apartado 1, de la Ley del Sistema Judicial, la oposición anual la anuncia la sala correspondiente del Consejo Supremo del Poder Judicial. Los candidatos deben ser ciudadanos búlgaros; deben estar en posesión de un título universitario en Derecho y haber obtenido la competencia jurídica a través de las prácticas realizadas en el marco de la Ley del Sistema Judicial, así como poseer las cualidades morales y profesionales que el Código Deontológico exige a los magistrados búlgaros.
Las condiciones, los requisitos y la organización de las oposiciones centralizadas se regulan en la sección II de la Ley del Sistema Judicial. Según el artículo 184 de la Ley del Sistema Judicial, la oposición consiste en un examen oral y escrito, que se califica con arreglo a una escala de seis puntos. El examen escrito consiste en un estudio de caso en el que se evalúan los conocimientos y las capacidades del candidato. Una parte fundamental de la oposición es la prueba sobre Derecho de la Unión y derechos humanos. El examen oral consiste en una entrevista con el candidato en la que se formulan preguntas sobre los distintos ámbitos del Derecho, así como sobre cuestiones relacionadas con el Código Deontológico de los magistrados búlgaros, con arreglo a un compendio publicado de antemano. Los que superan los exámenes pasaran a ser candidatos a jueces, fiscales y magistrados instructores subalternos, y deben completar la formación inicial de nueve meses de duración en el Instituto Nacional de Justicia. Una vez finalizado con éxito el curso de formación inicial, los jueces y fiscales en prácticas se convierten en jueces, fiscales y magistrados instructores subalternos, y ejercen durante dos años bajo la supervisión de un tutor experimentado. La tutoría es una parte fundamental de la formación de los jueces, fiscales y magistrados instructores subalternos. El Instituto Nacional de Justicia forma en profundidad a los tutores sobre la manera más eficaz de desempeñar su función.
Otra vía de incorporación del poder judicial es el procedimiento recogido en el artículo 178, apartado 1, de la Ley del Sistema Judicial. La sala correspondiente del Consejo Supremo del Poder Judicial designa los puestos vacantes en los tribunales provinciales y de primera instancia, las respectivas fiscalías, los tribunales de lo contencioso-administrativo y los órganos de instrucción que se deben cubrir por oposición para un primer mandato. El número de vacantes se fija teniendo en cuenta las necesidades de la autoridad judicial correspondiente. La selección se realiza sobre la base de un examen de oposición, que incluye un examen escrito y oral (artículo 184 de la Ley del Sistema Judicial). Los candidatos seleccionados son nombrados jueces, jueces de lo contencioso-administrativo, fiscales y magistrados instructores. A diferencia de la oposición a magistrados subalternos, en este caso existe un requisito de experiencia profesional: tres años en el caso de los magistrados de los tribunales provinciales y ocho años en el de los jueces de los tribunales de primera instancia, los jueces de los tribunales de lo contencioso-administrativo, los fiscales de los tribunales de primera instancia o los magistrados instructores. Los candidatos nombrados deben cursar la formación inicial en el Instituto Nacional de Justicia durante el primer año tras la toma de posesión (artículo 259 de la Ley del Sistema Judicial). De conformidad con el artículo 259 de la Ley del Sistema Judicial, se les asigna un juez o fiscal tutor.
Ley del Sistema Judicial (en inglés)
Código Deontológico de los magistrados búlgaros (en inglés y búlgaro)
Formato y contenido de la formación inicial
De conformidad con el artículo 258, apartado 1, de la Ley del Sistema Judicial, la formación inicial obligatoria para los candidatos a magistrados subalternos tiene una duración de nueve meses.
Con arreglo al artículo 249, apartado 1, punto 2, de la Ley del Sistema Judicial, la formación inicial para los jueces, jueces de lo contencioso-administrativo, fiscales y magistrados instructores de los tribunales provinciales y de primera instancia recién nombrados tiene una duración media de un mes, y consiste en módulos en línea y sesiones de formación presencial.
Un comité de programa asesora al Instituto Nacional de Justicia sobre la preparación y actualización de los programas de formación inicial e introductoria. Estos son aprobados por el consejo de administración del Instituto Nacional de Justicia previa coordinación con el Consejo Supremo del Poder Judicial.
El objetivo de los programas de formación inicial e introductoria es desarrollar competencias multifuncionales, entre otras, las capacidades jurídicas, la ética judicial y las competencias no jurídicas relacionadas con el conocimiento de los contextos económico, social y cultural. La formación en Derecho de la Unión es fundamental para garantizar que los jueces y fiscales en prácticas comprenden el papel del Derecho de la Unión en los ordenamientos jurídicos nacionales y el Estado de Derecho. El Derecho de la Unión se integra en el programa nacional de formación y se imparte en módulos independientes. El Instituto Nacional de Justicia elaboró un conjunto de recursos de autoaprendizaje sobre Derecho de la Unión, al que pueden acceder los miembros del poder judicial en cualquier momento:
- órganos jurisdiccionales nacionales y el Derecho de la Unión;
- procedimientos del Tribunal de Justicia;
- órganos jurisdiccionales de lo contencioso-administrativo y el Derecho de la Unión;
- ciudadanía europea y políticas interiores de la UE;
- cooperación judicial en materia civil en la UE;
- cooperación judicial en materia penal en la UE.
En la plataforma de formación en línea también hay disponible un recurso de autoaprendizaje sobre inglés jurídico, que incluye presentaciones en vídeo, ejercicios de autoaprendizaje y herramientas de autoevaluación.
La formación de los candidatos a magistrados subalternos la imparten formadores permanentes y temporales del Instituto. Las normas de selección de formadores del Instituto Nacional de Justicia se recogen en la Ley del Sistema Judicial y en el Reglamento interno sobre la organización y el procedimiento de la actividad de formación del Instituto. La formación la imparten principalmente jueces y fiscales; los expertos ajenos al poder judicial imparten formación a través de una comisión de servicio y en temas especializados en los que sus conocimientos especializados son necesarios.
La metodología de la formación es práctica, e incluye simulaciones de juicios, juegos de rol, asignación de tareas y ejercicios prácticos, aprendizaje cooperativo, actividades en grupos pequeños, debates, visitas de estudio, estudio de casos, tormentas de ideas, método bola de nieve, discusiones, etc.
El Instituto Nacional de Justicia participa activamente en el programa AIAKOS de la Red Europea de Formación Judicial (REFJ) y en el concurso THEMIS. La cooperación bilateral con las instituciones de formación judicial de toda Europa también desempeña un papel importante en el programa de formación inicial del Instituto en términos de intercambio de buenas prácticas y experiencias profesionales. En 2021, los candidatos búlgaros a jueces subalternos, junto con sus compañeros de la Escuela Judicial (España), participaron en un juicio simulado conjunto en línea, en el que se debatió el reconocimiento y ejecución de una petición en virtud de la orden europea de investigación.
Formación inicial obligatoria (en inglés y búlgaro).
Reglamento interno sobre la organización y el procedimiento de la actividad de formación del Instituto (en búlgaro)
Finalización del proceso de formación inicial y cualificación
Tras completar la formación de cinco meses de duración, los candidatos a jueces, fiscales y magistrados instructores subalternos realizan el examen final. El Consejo Supremo del Poder Judicial, en coordinación con el departamento de formación inicial del Instituto Nacional de Justicia, es el responsable de los exámenes finales. La sala correspondiente del Consejo Supremo del Poder Judicial nombra por sorteo a las comisiones examinadoras, que seleccionan los casos y formulan las preguntas a los jueces y fiscales en prácticas. Las comisiones examinadoras están compuestas por:
- en el caso de los exámenes escritos y orales de los candidatos a jueces subalternos: cinco jueces de los tribunales de primera instancia y de apelación, y dos miembros suplentes;
- en el caso de los candidatos a fiscales subalternos: cinco fiscales de las fiscalías de distrito y de apelación, y dos miembros suplentes;
- en el caso de los candidatos a magistrados instructores subalternos: cinco fiscales de las fiscalías de distrito y de apelación, y dos miembros suplentes.
Los candidatos a jueces subalternos realizan exámenes escritos sobre Derecho civil material y procesal, y Derecho penal material y procesal. Durante las seis horas de duración de los exámenes escritos, los candidatos a jueces subalternos deben redactar una sentencia. En el transcurso de los exámenes orales, se espera que los jueces en prácticas ofrezcan soluciones jurídicas a asuntos reales.
Los candidatos a fiscales subalternos realizan exámenes orales y escritos sobre Derecho penal material y procesal. Deben redactar un escrito de acusación u otro acto de procesamiento y responder a las preguntas de la comisión examinadora.
Los candidatos a magistrados instructores subalternos realizan exámenes escritos y orales sobre Derecho penal material y procesal. Deben preparar una propuesta de imputación del acusado. El examen oral consiste en responder a preguntas prácticas sobre un asunto real.
El resultado de los exámenes se califica conforme a una escala de seis puntos. A partir de las notas del examen escrito y oral se obtiene una nota media, que, a continuación, se presenta a la sala correspondiente del Consejo Supremo del Poder Judicial. El candidato a juez, fiscal o magistrado instructor subalterno debe obtener una calificación media superior a «muy bien 4,50». Quienes no superen los exámenes se presentan a un nuevo examen escrito y oral, que se programa en una fecha no anterior en un mes ni posterior en dos meses al anuncio de su calificación. Si un candidato recibe de nuevo una puntuación inferior a «muy bien 4,50», no es nombrado juez, fiscal o magistrado instructor subalterno. Las Normas sobre la organización y el procedimiento de examen de los candidatos a jueces subalternos, fiscales subalternos y magistrados instructores subalternos una vez finalizada la formación en el Instituto Nacional de Justicia regulan el procedimiento de examen.
Los jueces, jueces de lo contencioso-administrativo, fiscales y magistrados instructores de los tribunales provinciales y de primera instancia recién nombrados deben participar activamente en la formación inicial del Instituto Nacional de Justicia. Durante la formación, sus progresos se evalúan a través de diversas medidas y herramientas de evaluación de la formación, en particular, los comentarios sobre la participación en debates, los estudios de casos, las actividades de grupo, las sesiones de preguntas y respuestas y la autoevaluación.
Normas sobre la organización y el procedimiento de examen de los candidatos a jueces subalternos, fiscales subalternos y magistrados instructores subalternos una vez finalizada la formación en el Instituto Nacional de Justicia (en búlgaro).