Mediation in EU countries

Mediation is at varying stages of development in Member States. There are some Member States with comprehensive legislation or procedural rules on mediation. In others, legislative bodies have shown little interest in regulating mediation. However, there are Member States with a solid mediation culture, which rely mostly on self-regulation.

More and more disputes are being brought to court. As a result, this has meant not only longer waiting periods for disputes to be resolved, but it has also pushed up legal costs to such levels that they can often be disproportionate to the value of the dispute.

Mediation is in most cases faster and, therefore, usually cheaper than ordinary court proceedings. This is especially true in countries where the court system has substantial backlogs and the average court proceeding takes several years.

This is why, despite the diversity in areas and methods of mediation throughout the European Union, there is an increasing interest for in this means of resolving disputes as an alternative to judicial decisions.

Please select the relevant country's flag to obtain detailed national information.

Last update: 17/11/2021

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Mediación en los países de la UE - Bélgica

En lugar de iniciar un proceso, ¿por qué no resolver un conflicto a través de la mediación? Es una forma alternativa de solucionar conflictos por la que un mediador ayuda a las partes a llegar a un acuerdo. En Bélgica, el Gobierno y los profesionales son conscientes de las ventajas que presenta la mediación.

¿A quién contactar?

La Comisión Federal de Mediación.

Si bien no realiza funciones mediadoras, la Comisión Federal reglamenta la profesión y mantiene actualizada la lista de los mediadores acreditados.

La secretaría de la Comisión proporciona información en El enlace abre una nueva ventananeerlandés y en El enlace abre una nueva ventanafrancés. Puede contactarse con ella por El enlace abre una nueva ventanacorreo electrónico o escribiendo a la siguiente dirección:

SPF Justice
Commission fédérale de médiation
Rue de la Loi, 34
1040 Bruxelles
Tel: (+32) 2 224 99 01
Fax: (+32) 2 224 99 07

La Comisión Federal de Mediación garantiza, gracias a la acreditación de los mediadores, la calidad y el desarrollo de la mediación.

La lista de mediadores está disponible en El enlace abre una nueva ventananeerlandés y en El enlace abre una nueva ventanafrancés.

¿En qué ámbito es admisible la mediación y/o cuál es el más frecuente?

La mediación es admisible en los siguientes ámbitos:

  • Derecho civil, incluidos los litigios familiares;
  • Derecho mercantil;
  • Derecho laboral;
  • existe asimismo una mediación penal y compensadora, pero estos ámbitos no son competencia de la Comisión Federal de Mediación.

El ámbito de mediación más frecuente es el derecho civil, especialmente los asuntos familiares.

¿Hay que seguir unas normas específicas?

El recurso a la mediación es una opción voluntaria de las partes y no se somete a sanciones en caso de fracaso.

En función de las disposiciones recientes del derecho de familia, el juez debe informar a las partes acerca de la existencia de la mediación y de las posibilidades que ofrece.

Existe un Código de Conducta de los mediadores, disponible en El enlace abre una nueva ventananeerlandés y El enlace abre una nueva ventanafrancés.

Información y formación

Existe abundante información disponible en el sitio Web, tanto en El enlace abre una nueva ventananeerlandés como en El enlace abre una nueva ventanafrancés, acerca de los diferentes aspectos de la mediación (desarrollo de la mediación, coste, direcciones, etc.).

El Rincón de los profesionales

Esta sección del sitio Web informa acerca de los criterios de acreditación y las condiciones de formación de los mediadores.

La Comisión Federal de Mediación ha regulado la formación de los mediadores, pero la formación propiamente dicha corre a cargo del sector privado.

 

El programa comprende un tronco común de 60 horas que se reparten en un mínimo de 25 horas de formación teórica y un mínimo de 25 horas de formación práctica.

  • El tronco común abarca los principios generales de mediación (ética/filosofía), el estudio de las diferentes modalidades alternativas de solución de conflictos, el derecho aplicable, los aspectos sociológicos y psicológicos y el proceso de mediación.
  • Los ejercicios prácticos cubren las materias del programa y desarrollan, mediante juegos de rol, la aptitud para negociar y comunicar.

Además de este tronco común, existen programas específicos de un tipo determinado de mediación (un mínimo de 30 horas que se reparten libremente entre el tiempo de formación teórica y práctica).

Existen programas específicos centrados en la mediación en los ámbitos familiar, civil y mercantil y social.

Criterios de acreditación

  • Criterios de acreditación de mediadores.
  • Directrices para la presentación de solicitudes para obtener la acreditación de mediador en virtud de la Ley de 21 de febrero de 2005.
  • Lista de documentos necesarios para solicitar el reconocimiento como mediador (Word).

Criterios de formación/formación permanente

Formación básica

  • Decisión de 1 de febrero de 2007 mediante la que se establecen las condiciones y procedimientos de autorización de los centros de formación y de la formación de mediadores autorizados (PDF)
  • Centros de formación de mediadores autorizados por la Comisión Federal de Mediación.

Formación permanente

  • Decisión de 18 de diciembre de 2008 mediante la que se definen las obligaciones de los mediadores acreditados en materia de formación continua y los criterios de acreditación de los programas en este ámbito.

Código de buena conducta

  • Código de buena conducta del mediador autorizado (Word).

Gestión de quejas

  • Decisión relativa al procedimiento de retirada de acreditación, al establecimiento de las sanciones que emanan del código de buena conducta y al procedimiento de aplicación de dichas sanciones.

¿Cuál es el coste de la mediación?

La mediación no es gratuita. Los honorarios del mediador son objeto de acuerdo entre el mediador privado y las partes. No están regulados por la ley. Por lo general, cada parte paga la mitad de los honorarios.

Las partes pueden obtener ayuda para costear los honorarios de un mediador si sus ingresos son modestos y a condición de que el mediador esté acreditado.

¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

Según la El enlace abre una nueva ventanaDirectiva 2008/52/CE, debe garantizarse la posibilidad de solicitar que se dé carácter ejecutivo a un acuerdo escrito resultante de la mediación. Los Estados miembros comunican qué tribunales u otras autoridades son competentes para recibir tales solicitudes. Bélgica todavía no ha comunicado esta información.

No obstante, conforme a los artículos 1733 y 1736 del Código de Procedimiento Judicial, un juez puede homologar el acuerdo resultante de la mediación, hecho que confiere a dicho acuerdo carácter auténtico y ejecutorio. En cuanto a la forma, el acuerdo se convierte en una sentencia.

Existe una alternativa a la homologación. Es posible trasladar el acuerdo resultante de la mediación a un acta notarial ante un notario. Así, el acuerdo pasa a tener carácter auténtico y ejecutorio sin necesidad de recurrir a un juez. Esta opción solo es posible si todas las partes están de acuerdo.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaServicio Público Federal de Justicia

Comisión Federal de Mediación

Última actualización: 06/08/2019

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Mediación en los países de la UE - Bulgaria

En lugar de acudir a la vía judicial, ¿por qué no trata de resolver su litigio a través de la mediación? Se trata de una modalidad alternativa de solución de litigios mediante la cual un mediador ayuda a las partes a llegar a un acuerdo. En Bulgaria, tanto las autoridades públicas como los profesionales del Derecho conocen las ventajas de la mediación.

¿Con quién contactar?

El Ministerio de Justicia (министъра на правосъдието) ha creado un Registro de mediadores dentro del Registro central de entidades sin ánimo de lucro que ofrecen servicios públicos.

Desde el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia se pueden consultar:

¿En qué ámbitos es admisible o más común la mediación?

La mediación es admisible en muchos de ámbitos del Derecho. Sin embargo, estos ámbitos no están regulados o limitados por la legislación. Hasta la fecha, la mayoría de los mediadores dados de alta se han especializado en la mediación mercantil y empresarial.

¿Hay que seguir unas normas específicas?

La mediación es completamente voluntaria. Aunque ofrece una vía alternativa de resolución de litigios que evita ir a juicio, la mediación no es un requisito previo para iniciar un proceso judicial.

No existe un código de conducta específico para los mediadores. Sin embargo, se incluyen disposiciones sobre normas deontológicas en la Ley de mediación (Закона за медиацията) y en el Decreto n.º 2/2007 del Ministerio de Justicia, de 15 de marzo de 2007, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento para acreditar a las organizaciones que impartirán formación a los mediadores.

Información y formación

Las organizaciones que imparten formación a los mediadores proceden del sector privado.

Algunos de los temas objeto de formación son los procedimientos judiciales, las normas deontológicas de los mediadores y el procedimiento que establecen la Ley de mediación y el Decreto n.º 2/2007 del Ministerio de Justicia, de 15 de marzo de 2007.

¿Cuál es el coste de la mediación?

La mediación no es gratuita: la cantidad a pagar la acuerdan el mediador y las partes.

¿Es posible ejecutar un acuerdo de mediación?

De conformidad con la El enlace abre una nueva ventanaDirectiva 2008/52/CE (que promueve y facilita la mediación como modalidad alternativa de resolución de litigios transfronterizos en la UE), debe ser posible solicitar que se dé carácter ejecutivo al contenido de un acuerdo escrito resultante de una mediación.

Las disposiciones de la El enlace abre una nueva ventanaDirectiva 2008/52/CE sobre el carácter ejecutivo de los acuerdos de mediación se han transpuesto por medio de la Ley de mediación.

Los Estados miembros lo comunicarán a los órganos jurisdiccionales y demás autoridades competentes para que tramiten estas solicitudes.

Última actualización: 19/05/2023

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Mediación en los países de la UE - Chequia

En vez de acudir a la justicia, ¿por qué no resolver los litigios a través de la mediación?

Se trata de una modalidad de resolución alternativa de litigios (RAL), por la que el mediador contribuye a que se pongan de acuerdo las partes. La ventaja de recurrir a la mediación es el tiempo que se gana gracias a esta forma de resolución de litigios (en comparación con un procedimiento judicial prolongado) y, con frecuencia, el ahorro económico que supone, pues permite evitar las costas judiciales.

¿Con quién contactar?

El El enlace abre una nueva ventanaServicio de presentación de pruebas y de mediación de la República Checa es el órgano central para la tramitación de las mediaciones como vía para afrontar las consecuencias de un delito entre el delincuente y la víctima en los procedimientos penales. El responsable de este servicio es el Ministerio de Justicia.

Para solicitar mediación en asuntos que no sean penales, pueden dirigirse a uno de los mediadores que prestan este servicio. Basta con introducir el término «mediace» (mediación) en diversas páginas web para acceder a las señas de los mediadores que ejercen en la República Checa.

Puede encontrarse una lista de mediadores, por ejemplo, en las páginas de internet de la Asociación de mediadores checos, del Colegio de Abogados de la República Checa y de la Unión para los procedimientos de arbitrio y mediación de la República Checa. Los datos relativos al Servicio de presentación de pruebas y de mediación de la República Checa, que ejerce sus funciones en el marco de los tribunales de distrito correspondientes, están disponibles en las páginas de internet de este servicio.

De conformidad con la ley 202/2012 sobre mediación, el Ministerio de Justicia gestiona una El enlace abre una nueva ventanalista en la que están inscritos los mediadores.

Son varias las organizaciones no gubernamentales (ONG) y otras entidades que prestan servicios en el ámbito de la mediación.

¿En qué área es admisible o más frecuente el recurso a la mediación?

La mediación es admisible en todos los ámbitos del Derecho, excepto en los excluidos por ley. Se contempla en los ámbitos del Derecho de familia, el Derecho mercantil y el Derecho penal. De acuerdo con el Código de Procedimiento Civil, el juez encargado del proceso puede, siempre que proceda, ordenar que las partes comparezcan en una reunión inicial de tres horas con un mediador. En este caso, el proceso puede quedar en suspenso durante un período máximo de tres meses.

¿Hay reglas específicas de obligado cumplimiento?

Sí, la mediación se rige actualmente por la ley 202/2012 sobre mediación y, en el ámbito del procedimiento penal, por la ley 257/2000 relativa al Servicio de Mediación de la República Checa.

Información y formación

Todo mediador que ejerza de conformidad con la ley 202/2012 sobre la mediación deberá realizar con éxito un examen profesional ante una comisión nombrada por el Ministerio de Justicia. Todo mediador que ejerza sus funciones en el marco del Servicio de presentación de pruebas y de mediación de conformidad con la ley 257/2000 de presentación de pruebas deberá realizar con éxito un examen de cualificación.

El Servicio de presentación de pruebas y de mediación garantiza la formación de los mediadores que ejercen dentro del sistema de justicia penal; por otro lado, existen distintos organismos e instituciones educativas que se encargan de impartir la formación en el ámbito de la mediación no penal.

¿Cuál es el coste de la mediación?

La mediación que presta el Servicio de presentación de pruebas y de mediación es gratuita, y los gastos que de ella se puedan derivar los sufraga el Estado.

Cuando un órgano jurisdiccional suspenda un procedimiento que no sea penal e imponga a las partes la comparecencia a una reunión con un mediador, las tres primeras horas de dicha reunión se remunerarán conforme al baremo establecido en las disposiciones de aplicación (400 CZK por cada hora comenzada). El montante se distribuirá entre las dos partes equitativamente (si las partes están exentas del pago de costas judiciales, es el Estado el que abona este importe). Si la mediación dura más de tres horas, el coste adicional se distribuirá entre las dos partes de manera equitativa, hasta el importe acordado entre mediador y partes en la mediación (es decir, las partes en litigio).

¿Es posible ejecutar un acuerdo obtenido a través de mediación?

La El enlace abre una nueva ventanaDirectiva 2008/52/CE permite a las partes de un litigio solicitar por escrito que se ejecute el acuerdo resultante de la mediación. Todo acuerdo entre las partes que recurran a la mediación en un asunto que no sea penal podrá remitirse al órgano jurisdiccional correspondiente para su aprobación mediante las oportunas diligencias. A la hora de emitir una resolución en un determinado asunto, el fiscal y el órgano jurisdiccional podrán considerar los resultados de la mediación obtenidos en el contexto de procedimientos penales por el Servicio de presentación de pruebas y de mediación.

Última actualización: 14/01/2022

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Mediación en los países de la UE - Dinamarca

En Dinamarca pueden contratarse los servicios de un mediador privado. Esta mediación privada no está legalmente regulada y sus costes serán de cuenta de las partes. Existe además la posibilidad de mediación en asuntos civiles ante los tribunales de distrito, el Tribunal Superior y el Tribunal Marítimo y Mercantil, así como de mediación penal (véase lo expuesto a continuación).

Mediación en asuntos civiles

Las reglas de la mediación judicial en los asuntos civiles tramitados ante los tribunales de distrito, el Tribunal Superior o el Tribunal Marítimo y Mercantil están contenidas en el capítulo 27 de la Ley de la administración de Justicia.

Según ella, a solicitud de las partes, el tribunal puede designar un mediador judicial que les ayude a alcanzar un acuerdo para resolver el conflicto (mediación judicial).

La finalidad del procedimiento es ofrecer a las partes la oportunidad, si lo desean, de resolver el conflicto por medios alternativos a la conciliación judicial tradicional, basada en las normas legales, o a la sentencia judicial. La mediación judicial ofrece así la oportunidad de llegar a un acuerdo, que será más satisfactorio para ambas partes al permitirles un mejor control de los acontecimientos y la consideración de sus intereses subyacentes, sus necesidades y sus perspectivas futuras.

El mediador puede ser un juez, un funcionario del órgano jurisdiccional o un abogado autorizado por la administración judicial para actuar como tal en el ámbito territorial de competencia del Tribunal Superior correspondiente.

El mediador determina el curso de la mediación, previa consulta a las partes. Puede reunirse por separado con cada una de éstas, con la autorización de ambas.

Salvo acuerdo en contrario, cada parte corre con las costas de la mediación.

Si la mediación da lugar a un acuerdo resolutorio, puede dejarse constancia formal de él, tras lo cual puede desestimarse el caso.

El artículo 478, apartado 1, párrafo 2, de la Ley de la administración de Justicia prevé la ejecución de los acuerdos de conciliación ante los tribunales u otras autoridades en los supuestos legalmente previstos para la ejecución de las resoluciones judiciales.

El artículo 478, apartado 1, párrafo 4, prevé también la ejecución de los acuerdos de conciliación extrajudicial en materia de impago de deudas si en ellos se prevé expresamente que llevan aparejada ejecución.

La Ley de la administración de Justicia puede consultarse en el sitio web El enlace abre una nueva ventanaInformación sobre la ley.

Mediación en asuntos penales

Existe también un sistema permanente y nacional de resolución de conflictos en materia penal establecido por la Ley 467, de 12 de junio de 2009, sobre los comités de resolución de conflictos en casos de infracción penal, que entró en vigor el 1 de enero de 2010.

Corresponde al comisario de Policía de cada distrito la creación de un comité de resolución de conflictos en el que se reúnan, si lo desean, la víctima y el infractor, junto con un mediador neutral.

 Sólo puede llevarse a cabo la mediación con acuerdo de las partes. Para ello, los menores de 18 años necesitan la autorización de su representante legal. La mediación implica la aceptación de la infracción por parte del autor, al menos en sus aspectos básicos.

Previa consulta a las partes, el mediador determina la actuación del comité. Luego, durante el procedimiento, les ayuda a analizar la infracción y a formular los posibles acuerdos.

La mediación no sustituye en ningún caso a las penas y las restantes consecuencias legales de las infracciones penales.

La Ley sobre los comités de resolución de conflictos relacionados con infracciones penales puede consultarse en el sitio web El enlace abre una nueva ventanaInformación sobre la ley.

¿Con quién puedo contactar?

En los asuntos civiles, puede consultar al tribunal encargado del caso. La dirección, el número de teléfono y otros datos del tribunal pueden consultarse en el sitio web de la El enlace abre una nueva ventanaDomstolsstyrelsen (El enlace abre una nueva ventanaAdministración judicial).

En los asuntos penales, puede consultar a la comisaría de distrito. La dirección, el número de teléfono y otros datos de la comisaría pueden encontrarse en el sitio web de la El enlace abre una nueva ventanaPolicía Nacional de Dinamarca.

¿En qué áreas puede utilizarse o se utiliza más la mediación?

Véase lo anteriormente expuesto.

¿Hay alguna regla especial?

Véase lo anteriormente expuesto.

Información y formación

Véase lo anteriormente expuesto.

Gastos de la mediación

Véase lo anteriormente expuesto.

¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

Véase lo anteriormente expuesto.

Última actualización: 04/05/2022

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Mediación en los países de la UE - Alemania

En lugar de acudir a la vía judicial, ¿por qué no trata de resolver su litigio a través de la mediación? Se trata de una modalidad alternativa de solución de litigios mediante la cual un mediador ayuda a las partes a llegar a un acuerdo.

¿Con quién contactar?

Numerosas organizaciones prestan servicios de mediación. A continuación, se ofrece una lista no exhaustiva de las de mayor tamaño:

Todas ellas ayudan a las partes que así lo desean a buscar a un mediador adecuado.

¿En qué ámbito es admisible o más frecuente el recurso a la mediación?

Por regla general, siempre se admite la mediación cuando el ordenamiento jurídico no prescribe formalmente la resolución judicial de una determinada clase de litigios o asuntos. Los ámbitos en los que es más frecuente son los del Derecho de familia, el Derecho de sucesiones y el Derecho mercantil.

¿Hay que seguir unas normas específicas?

El 26 de julio de 2012 entró en vigor en Alemania la Ley de mediación (Mediationsgesetz): artículo 1 de la Ley de fomento de la mediación y otras formas de resolución extrajudicial de controversias (Gesetz zur Förderung der Mediation und anderer Verfahren der außergerichtlichen Konfliktbeilegung), de 21 de julio de 2012 [Boletín Legislativo Federal de Alemania I (BGBI), p. 1 577]. Se trata de la primera norma de rango legislativo que regula formalmente los servicios de mediación en ese país. Incorpora asimismo al ordenamiento jurídico alemán la Directiva europea sobre mediación, esto es, la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles (DO L 136 de 24.5.2008, p. 3). El alcance de la Ley de mediación alemana rebasa los requisitos de la Directiva europea; esta contempla únicamente los litigios mercantiles y civiles transfronterizos, mientras que la norma alemana abarca todas las modalidades de mediación, con independencia del tipo de litigio o el lugar de residencia de las partes.

La Ley de mediación alemana solo establece principios fundamentales, pues los mediadores y las partes deben disponer de un margen de maniobra considerable durante el proceso de mediación. La Ley define al principio los términos «mediación» y «mediador», para diferenciar la mediación de otras formas de resolución de litigios. Con arreglo a esa norma, la mediación es un procedimiento estructurado en cuyo marco las partes tratan de encontrar, de manera autónoma y voluntaria, una solución de mutuo acuerdo al litigio con la ayuda de uno o varios mediadores. Los mediadores son personas independientes e imparciales, sin poder decisorio, que guían a las partes en el proceso de mediación. Se ha evitado deliberadamente establecer en la Ley una regulación procesal precisa del procedimiento. Sin embargo, sí se establece una serie de exigencias de transparencia y de limitación de la actividad de los mediadores, con el fin de proteger la independencia y la imparcialidad de estos. Además, se obliga expresamente a los mediadores, y a sus ayudantes, a preservar rigurosamente la confidencialidad de sus clientes.

La Ley fomenta la resolución de los litigios de mutuo acuerdo al incluir una serie de diferentes incentivos en los códigos procesales [por ejemplo, en el Código Procesal Civil (Zivilprozessordnung)]. Así, en lo sucesivo, cuando las partes incoen un proceso civil, tienen que indicar si ya han tratado de resolver el asunto extrajudicialmente, por ejemplo a través de un procedimiento de mediación, y si existen razones concretas que desaconsejen esa vía. El órgano jurisdiccional puede además sugerir que las partes traten de resolver el litigio recurriendo a la mediación o a otra modalidad de resolución extrajudicial; si las partes rechazan seguir esa opción, el órgano jurisdiccional puede suspender el proceso. Por el momento, no se contempla la concesión de asistencia jurídica gratuita para la mediación. De conformidad con el artículo 278, apartado 5, del Código Procesal Civil, el órgano jurisdiccional puede referir a las partes a un acto de conciliación u otras formas de composición ante un juez determinado que no está facultado para resolver, conocido como juez conciliador (Güterichter). El juez conciliador está facultado para emplear todos los métodos disponibles de resolución de litigios, entre ellos, la mediación.

El Gobierno Federal dio cumplimiento a su obligación de informar a la Cámara Baja del Parlamento (Bundestag) sobre la repercusión de la Ley al cabo de cinco años desde la fecha de entrada en vigor de esta, por medio del informe de 20 de julio de 2017. Puede consultarse el informe El enlace abre una nueva ventanaaquí. En él se muestra que la mediación no se emplea aún en Alemania como método alternativo de resolución en la medida en que sería deseable. El informe no sugiere que sea preciso adoptar medidas legislativas de carácter inmediato. No obstante, basándose en las conclusiones del informe, el Gobierno Federal analizará cómo se puede mejorar la consecución del objetivo de fomentar la mediación, fijado en la Ley de mediación.

Información y formación

Puede encontrarse información general en el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaMinisterio Federal de Justicia (Bundesministerium der Justiz):

No existe ninguna norma jurídica que defina el perfil profesional de los mediadores. Tampoco se restringe el acceso a la profesión. Son los propios mediadores los responsables de garantizar que disponen de la experiencia y los conocimientos necesarios (con formación y cursos de perfeccionamiento profesional adecuados) para guiar con solvencia a las partes durante el proceso de mediación. La Ley establece los conocimientos generales, las competencias y los procedimientos que debería abarcar la formación previa idónea. Cualquier persona que satisfaga esos criterios puede ejercer de mediador. No hay una edad mínima obligatoria, ni tampoco es necesario, por ejemplo, que el mediador haya recibido una formación básica acreditada con un título universitario.

Si para las partes es importante que el mediador tenga una formación de calidad y una experiencia práctica suficiente, son libres de escoger un mediador «certificado» (zertifiziert). A tal fin, el Ministerio Federal de Justicia aprobó, en ejercicio de su competencia normativa, el Reglamento sobre la formación inicial y continua de los mediadores certificados (Verordnung über die Aus- und Fortbildung von zertifizierten Mediatoren), en el que se especifican los requisitos de formación para ser certificado como mediador y los requisitos de formación continua para mantener la certificación, así como los requisitos aplicables a las instituciones responsables de esta formación.

Por el momento no se contempla ningún procedimiento formal.

En la actualidad, diversas personas, asociaciones, organizaciones, universidades y empresas ofrecen cursos de formación para mediadores.

¿Cuál es el coste de la mediación?

La mediación no es gratuita; el pago correspondiente es objeto de un acuerdo entre el mediador privado y las partes.

No hay normativa que regule los honorarios de la mediación ni estadísticas sobre su coste, pero suelen oscilar entre 80 y 250 EUR por hora.

¿Es posible ejecutar un acuerdo de mediación?

En principio, los acuerdos de mediación pueden ejecutarse con la ayuda de un abogado (como transacción extrajudicial) o de un notario (como documento público notarial), conforme a los artículos 796 bis a 796 quater y artículo 794, apartado 1, punto 5, del Código Procesal Civil.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaConsorcio Federal de Mediación Familiar

El enlace abre una nueva ventanaAsociación Federal de Mediación

El enlace abre una nueva ventanaAsociación Federal de Mediación Empresarial y Laboral

El enlace abre una nueva ventanaCentral de Mediación

El enlace abre una nueva ventanaAsociación de Abogados de Alemania

Última actualización: 17/05/2023

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Mediación en los países de la UE - Estonia

En lugar de acudir a la vía judicial ¿por qué no resolver la controversia a través de la mediación? Se trata de un sistema de resolución alternativa de litigios en el que un mediador ayuda a las partes en conflicto a llegar a un acuerdo. La Administración y los profesionales de la justicia de Estonia conocen las ventajas de la mediación.

¿A quién acudir?

La mediación se refiere a las actuaciones de los mediadores y organismos de mediación en asuntos civiles. La mediación se rige por la Ley de mediación (Lepitusseadus), que se promulgó para transponer al ordenamiento estonio la Directiva 2008/52/CE, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles.

Con arreglo a la Ley de mediación, puede ejercer de mediador cualquier persona física a la que las partes hayan pedido que actúe como mediador. Los abogados y notarios también pueden actuar como mediadores. La Ley contempla asimismo que un órgano administrativo estatal o local ejerza de mediador.

Puede consultarse la lista de notarios en la El enlace abre una nueva ventanapágina web del Consejo del Notariado (Notarite Koja).

En la El enlace abre una nueva ventanapágina web del Consejo de la Abogacía de Estonia (Eesti Advokatuuri) figura la lista de abogados dispuestos a actuar como mediadores.

También se puede contactar con las siguientes organizaciones no gubernamentales:

  • El enlace abre una nueva ventanaColegio de Mediadores de Estonia, que solo ofrece información en estonio e inglés.
  • El enlace abre una nueva ventanaUnión Estonia para el Bienestar del Menor (Eesti Lastekaitse Liit), organización sin ánimo de lucro que defiende los derechos del menor. Entre sus actividades se encuentran el asesoramiento a padres que desean divorciarse o separarse, animándoles a utilizar los servicios de un mediador a fin de proteger el interés de sus hijos. La Unión Estonia organiza sesiones de formación sobre la mediación familiar.
  • La El enlace abre una nueva ventanaAsociación Estonia de Seguros (Eesti Kindlustusseltside Liit) ha creado la figura del mediador de seguros para ocuparse de los conflictos entre los tomadores de seguros y las compañías de seguros y sus agentes.

La Comisión de Derechos de Autor (autoriõiguse komisjon) creada en el Ministerio de Justicia (Justiitsministeerium) es un organismo de mediación en el sentido del artículo 19 de la Ley de mediación. La Comisión se ocupa de las solicitudes relativas a las medidas que deban aplicarse para permitir la libre utilización, en determinados supuestos, de una obra o elemento análogo protegido por derechos de autor.

De conformidad con la Ley de regulación de los conflictos colectivos laborales (kollektiivse töötüli lahendamise seadus), las partes pueden recurrir al Mediador Público (riiklik lepitaja) en caso de conflicto colectivo laboral (conflicto sobre las condiciones de un convenio colectivo). El Mediador Público es un experto imparcial que ayuda a las partes implicadas en un conflicto laboral a llegar a un acuerdo. El Mediador Público para los conflictos colectivos es Meelis Virkebau; correo electrónico: meelis.virkebau@riikliklepitaja.ee. Puede encontrarse más información en la El enlace abre una nueva ventanapágina web del Mediador Público.

En algunos casos, el mediador puede ser el canciller de Justicia (õiguskantsler). Aunque la ley reguladora de las funciones del canciller de Justicia no utiliza el concepto de Defensor del Pueblo, este canciller también desempeña funciones de Defensor del Pueblo al controlar que los organismos de la Administración respeten los derechos y libertades fundamentales de las personas y los principios de buena gobernanza, así como al supervisar a las Administraciones locales, las personas jurídicas de Derecho público y las entidades privadas que desempeñan funciones públicas. Desde 2011, el canciller de Justicia desempeña también funciones de Defensor del Pueblo con respecto a los niños, con arreglo al artículo 4 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y se ha ocupado de la mediación en controversias sobre discriminación. Puede encontrarse más información en la El enlace abre una nueva ventanapágina web de la Secretaría del Canciller de Justicia (Õiguskantsleri Kantselei).

¿En qué ámbitos es posible o más frecuente recurrir a la mediación?

El procedimiento de mediación regulado en la Ley de mediación se puede emplear, por lo general, para la resolución de todos los litigios civiles cuyo objeto litigioso sea disponible. No existen estadísticas comparadas, pero probablemente la mediación es más frecuente en el ámbito del Derecho de familia.

El canciller de Justicia resuelve los conflictos en materia de discriminación en los casos en que una persona declara haber sido discriminada por razón de su sexo, raza, nacionalidad (origen étnico), color, lengua, origen, religión, creencias políticas o de otro tipo, situación social o económica, edad, minusvalía, orientación sexual u otras características previstas en la ley. Los mediadores también pueden actuar en caso de que se infrinjan los derechos fundamentales.

El Mediador Público actúa como mediador en los conflictos colectivos laborales.

¿Hay normas específicas que cumplir?

En el ordenamiento jurídico estonio, el recurso a la mediación es, por lo general, voluntario. Las reglas de la mediación y las condiciones para que el acuerdo de mediación sea aplicable se establecen en la El enlace abre una nueva ventanaLey de mediación.

El Código Procesal Civil (tsiviilkohtumenetluse seadustik) contiene una disposición especial que prevé la mediación por un juez en los casos en que un progenitor infrinja el régimen de visitas. Con arreglo al artículo 563 de dicho Código, a instancia de uno de los progenitores, el órgano jurisdiccional puede convocar a ambos progenitores para resolver el conflicto por medio de un acuerdo. El órgano jurisdiccional convoca a los progenitores a comparecer en persona y les informa de las posibles consecuencias jurídicas (multa o privación de libertad) si no comparecen.

El Código Procesal Civil también dispone lo siguiente: si el órgano jurisdiccional lo considera necesario para la resolución del asunto, habida cuenta de los hechos y de las circunstancias del asunto, puede obligar a las partes a someterse a mediación con arreglo al procedimiento dispuesto en la Ley de mediación.

El Reglamento del mediador de seguros de la Asociación Estonia de Seguros se puede consultar en este El enlace abre una nueva ventanaenlace.

La mediación del canciller de Justicia está regulada en la Ley sobre el Canciller de Justicia (õiguskantsleri seadus). La resolución de conflictos colectivos laborales, las actividades del Mediador Público y los derechos y obligaciones de las partes en este procedimiento se rigen por la Ley de regulación de los conflictos colectivos laborales.

Las características específicas del procedimiento de mediación llevado a cabo por la Comisión de Derechos de Autor se establecen en la Ley de derechos de autor.

Información y formación

La información sobre los mediadores que ejercen con arreglo a la Ley de mediación, especialmente los notarios y abogados, se encuentra en las páginas web de las personas que ejercen de mediadores. Puede consultarse la lista de notarios en la El enlace abre una nueva ventanapágina web del Consejo del Notariado (Notarite Koja). En la El enlace abre una nueva ventanapágina web del Consejo de la Abogacía de Estonia figura una lista de abogados que también ejercen de mediadores.

La información sobre las actividades del canciller de Justicia como Defensor del Menor puede consultarse en la El enlace abre una nueva ventanapágina web del canciller de Justicia; en la misma El enlace abre una nueva ventanapágina web puede encontrarse información sobre la mediación en litigios por discriminación.

La información sobre las actividades del Mediador Público se encuentra en la El enlace abre una nueva ventanapágina web del Mediador Público.

La formación de los mediadores la imparte el sector privado (p. ej., el Colegio de Mediadores) y no se rige por ninguna normativa específica.

Coste de la mediación

La mediación regulada en la Ley de mediación no es gratuita; su coste depende del acuerdo entre el mediador y las partes.

Si el órgano jurisdiccional ha propuesto a las partes que sometan el asunto a un mediador o las ha obligado a participar en el procedimiento de mediación previsto en la Ley de mediación, la parte que no pueda costearse el procedimiento debido a su situación económica, o que solo pueda hacerlo en parte o a plazos, puede solicitar, en concepto de asistencia jurídica gratuita, una exención parcial o total del coste del procedimiento de mediación a expensas del Estado.

Si el canciller de Justicia actúa como mediador no se pagan sus servicios. Sin embargo, puede haber gastos adicionales derivados del procedimiento de mediación. El canciller de Justicia decide quién debe pagar estos gastos.

La resolución de conflictos colectivos laborales por el Mediador Público también es un servicio gratuito. Los gastos derivados de la resolución de un conflicto colectivo laboral corren a cargo de la parte perdedora o se dividen de mutuo acuerdo entre las partes.

El organismo contractual de la Asociación Estonia de Seguros cobra una tasa administrativa de 50 EUR y el mediador de seguros unos honorarios de 160 EUR; con las cotizaciones a la Seguridad Social y de seguro de desempleo este importe asciende a 214,08 EUR. Si la mediación no tiene éxito, únicamente debe pagarse la mitad de los honorarios del mediador de seguros.

¿Se puede ejecutar un acuerdo de mediación?

De conformidad con la Ley de mediación, el acuerdo celebrado como consecuencia de un procedimiento de mediación puede ejecutarse si ha sido declarado ejecutable a instancia de parte (artículos 627 bis y 627 ter del Código Procesal Civil). Un notario también puede declarar ejecutorio un acuerdo de mediación en el que el mediador haya sido un notario o abogado con arreglo a las disposiciones establecidas en la Ley del notariado. Las normas especiales que regulan la ejecutoriedad de un acuerdo sobre el procedimiento relativo a las visitas con respecto a un menor se establecen en el artículo 563 del Código Procesal Civil.

Los acuerdos de mediación en los que interviene el canciller de Justicia tienen consideración de títulos ejecutivos.

El acuerdo alcanzado por el Mediador Público para resolver un conflicto laboral colectivo es obligatorio para ambas partes y válido a partir de la fecha de su firma, a menos que se convenga otra fecha para que empiece a desplegar efectos. No obstante, este tipo de acuerdo no constituye un título ejecutivo.

Última actualización: 14/01/2022

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Mediación en los países de la UE - Irlanda

La El enlace abre una nueva ventanaLey de mediación de 2017 (Mediation Act 2017) comenzó a aplicarse el 1 de enero de 2018.  La Ley crea un marco legal amplio para fomentar la resolución de los litigios a través de la mediación como alternativa a los procesos judiciales. El objetivo último de la Ley es fomentar la mediación como una alternativa viable, eficaz y eficiente a los procesos judiciales que reduce las costas judiciales, acelera la resolución de los litigios y genera menos tensión y acritud que las inherentes a dichos procesos.

La Ley:

  • contiene principios generales sobre el ejercicio de la mediación por los mediadores acreditados (artículos 6 a 8),
  • contempla la introducción de códigos de buenas prácticas para el ejercicio de la mediación por los mediadores acreditados (artículo 9),
  • dispone la confidencialidad de la comunicación entre las partes durante la mediación (artículo 10),
  • contempla la posibilidad de crear en el futuro un Consejo de Mediación para supervisar la evolución del sector (artículo 12),
  • introduce la obligación de que los solicitors y los barristers (dos tipos de abogados) aconsejen a las partes que consideren la posibilidad de recurrir a la mediación como medio de solucionar sus diferencias (artículos 14 y 15),
  • dispone que el órgano jurisdiccional puede, de oficio o a instancia de las partes, pedirles que se sometan a la mediación como un medio de resolver el litigio (artículo 16),
  • regula el efecto de la mediación en los plazos de prescripción y caducidad (artículo 18),
  • establece que el órgano jurisdiccional puede tener en cuenta, en el pronunciamiento sobre las costas en los procesos contemplados en el artículo 16 de la Ley, lo injusto de la negativa poco razonable o la ausencia de respuesta de una de las partes a considerar el recurso a la mediación, o lo injusto de la negativa poco razonable o la ausencia de respuesta de una de las partes a participar en la mediación a raíz de la invitación del órgano jurisdiccional a hacerlo con arreglo al artículo 16 (artículos 20 y 21).

La Ley abarca todos los procesos judiciales civiles, salvo determinadas excepciones explicitadas en el artículo 3 de la Ley.

Última actualización: 18/01/2024

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Mediación en los países de la UE - Grecia

En lugar de recurrir a los tribunales, ¿pueden resolverse los litigios a través de la mediación? Se trata de una modalidad alternativa de resolución de litigios en la que un mediador ayuda a las partes a llegar a un acuerdo. Tanto la Administración como los profesionales de la justicia griegos tienen presentes las ventajas de la mediación.

¿A quién hay que dirigirse?

En Grecia, prestan servicios de mediación las instancias siguientes:

  • De conformidad con la Ley 4640/2019 (El enlace abre una nueva ventanaBoletín Oficial, Serie A, n.º 190, 2019), por la que se incorpora en el ordenamiento jurídico nacional la Directiva 2008/52/CE, el mediador debe ser una persona: a) con titulación de educación superior o titulación equivalente expedida por una institución de reconocido prestigio internacional; b) que haya cursado estudios en una entidad de formación de mediadores reconocida por la Comisión Central de Mediación o que sea titular de un certificado expedido en otro Estado miembro de la Unión Europea; y c) acreditada por la Comisión Central de Mediación e inscrita en los Registros de Mediadores. A las personas con título de doctorado o título extranjero equivalente relacionado con la mediación no se les exige que hayan cursado estudios posteriores en una entidad de formación de mediadores para que estén acreditadas y pueden participar directamente en los exámenes de certificación. Están excluidas del ejercicio de la profesión de mediador las personas que sirven como empleados públicos, municipales y judiciales o empleados de personas jurídicas y organismos de Derecho público, así como los funcionarios judiciales y cargos públicos en activo. Los funcionarios públicos y los empleados de personas jurídicas de Derecho público pueden actuar como mediadores acreditados únicamente en la medida en que sea necesario para el desempeño de sus funciones.
  • La Comisión Examinadora, designada al efecto por la Comisión Central de Mediación, convoca exámenes para candidatos a mediadores al menos dos veces al año. Los exámenes incluyen pruebas orales y escritas, así como una evaluación basada en simulaciones.
  • La comisión examinadora decide el lugar, la fecha y el modo de realización de los exámenes. Esta información se comunica a las entidades de formación autorizadas y se publica en la página web del Ministerio de Justicia con al menos treinta días de antelación.
  • La Comisión Central de Mediación elabora y mantiene en formato electrónico los Registros de Mediadores, que se publican en el sitio web del Ministerio de Justicia: a) el Registro General de Mediadores, en el que están inscritos los mediadores acreditados de todo el territorio nacional por orden alfabético; y b) el Registro Especial de Mediadores, en el que están inscritos los mediadores acreditados en el distrito de cada juzgado/tribunal de primera instancia, por número de inscripción en el registro.
  • La acreditación de los mediadores y su inscripción en los Registros de Mediadores las realiza la Comisión Central de Mediación después de los exámenes. Los mediadores que ya estaban acreditados cuando entró en vigor la legislación actual conservan su acreditación.
  • El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ofrece un servicio público por el que los trabajadores pueden solicitar una audiencia oficial en caso de conflicto laboral. El servicio lo presta la Inspección de Trabajo (Επιθεώρηση Εργασίας), que encomienda a un inspector especializado el señalamiento de la audiencia para que el trabajador exponga en ella su posición. Esta audiencia es independiente de cualquier procedimiento judicial.
  • El Defensor del Consumidor (Συνήγορος του Καταναλωτή) es una autoridad independiente que rinde cuentas al Ministerio de Desarrollo Regional y Competencia. Funciona como órgano extrajudicial para la resolución consensuada de los litigios de consumo, pero también como institución de consulta del lado de la Administración para el tratamiento de problemas en su ámbito de competencias. De él dependen las El enlace abre una nueva ventanaComisiones para el Arreglo Amistoso de Diferencias (Επιτροπές Φιλικού Διακανονισμού), que tienen su sede en los gobiernos provinciales y actúan únicamente si no hay un proceso judicial en curso.

¿En qué materias es posible o más frecuente recurrir a la mediación?

En el proceso de mediación pueden tratarse litigios presentes o futuros de carácter civil y mercantil y de ámbito nacional o transfronterizo, siempre que las partes estén facultadas para disponer del objeto del litigio conforme a las disposiciones del Derecho sustantivo.

Asimismo, so pena de inadmisibilidad a trámite de las acciones judiciales, se someten al proceso de mediación los siguientes litigios particulares:

a) litigios entre los propietarios de pisos acerca de la relación de propiedad horizontal; litigios sobre el funcionamiento de la propiedad vertical simple o compleja; litigios entre los administradores de la propiedad por pisos y por inmuebles, por una parte, y los propietarios de los pisos y los inmuebles, por otra; y litigios sujetos al ámbito de regulación de los artículos 1003 a 1031 del Código Civil (Αστικός Κώδικας);

b) litigios relativos a reclamaciones de indemnización de cualquier tipo por daños de un automóvil, entre quienes tienen derecho a la indemnización o sus sucesores y quienes tienen la obligación de concederla o sus sucesores, así como las reclamaciones en virtud de contratos de seguro de automóvil, entre las empresas aseguradoras y los asegurados o sus sucesores, excepto si el hecho causante del daño provocó muerte o lesiones corporales;

c) litigios sobre retribuciones reguladas por el artículo 622A del Código Procesal Civil (Κώδικας Πολιτικής Δικονομίας);

d) litigios en el ámbito familiar, excepto los establecidos en el artículo 592, apartado 1, letras a), b) y c), del Código Procesal Civil;

e) litigios referentes a solicitudes de indemnización de pacientes o sus familiares contra médicos surgidas en el ejercicio de la actividad profesional de estos;

f) litigios derivados de la infracción de marcas comerciales, patentes y diseños o modelos industriales;

g) litigios relacionados con contratos bursátiles;

  • en el ámbito del Derecho laboral y de la resolución de litigios de consumo, según los procedimientos mencionados;
  • en los casos en que hay víctimas de violencia doméstica (Ley 3500/2006);
  • en relación con determinados delitos, según lo establecido en la Ley 3904/2010.

¿Hay normas específicas que cumplir?

- El recurso a la mediación para los litigios sujetos a la Ley mencionada se contempla en los siguientes casos:

  1. si las partes acuerdan hacer uso de la mediación una vez surgida la controversia;
  2. si se pide a las partes que recurran a la mediación y ellas están de acuerdo;
  3. si la autoridad judicial de otro Estado miembro ordena el recurso a la mediación y dicho procedimiento no afecta a las buenas costumbres ni al orden público;
  4. si la legislación impone el recurso a la mediación;
  5. si un acuerdo escrito entre las partes incluye una cláusula de mediación.

- El órgano jurisdiccional que conozca de un litigio particular que pueda someterse a mediación está facultado, en todas las fases del procedimiento, según proceda, considerando según su discrecionalidad todas las circunstancias del caso juzgado, para pedir a las partes que recurran a la mediación a fin de resolver el litigio. Si las partes están de acuerdo, el correspondiente acuerdo escrito se incorpora a los autos. En este caso, el tribunal debe aplazar la vista del asunto entre tres y seis meses, sin contar las vacaciones judiciales. La consecuencia es la misma en los demás supuestos de recurso a la mediación durante el proceso judicial. Si las partes comparecen ante el órgano jurisdiccional representadas por un abogado, o al menos alguna de ellas lo hace, los poderes concedidos a este incluyen la celebración del acuerdo sobre el sometimiento del litigio a mediación.

- Someter un litigio de Derecho privado al procedimiento de mediación no excluye que se adopten medidas provisionales al respecto, conforme a lo dispuesto en el Código Procesal Civil. El juez que ordena las medidas provisionales puede determinar, de acuerdo con el artículo 693, apartado 1, del Código Procesal Civil, un plazo de al menos tres meses para la presentación de la demanda en relación con el asunto principal.

- El fiscal del juzgado/tribunal de primera instancia (Εισαγγελέας Πρωτοδικών), en el ejercicio de sus competencias, de acuerdo con el artículo 25, apartado 4, letra a), de la Ley 1756/1988 (Boletín Oficial, Serie A, n.º 35, 1988), está facultado para recomendar a las partes que recurran a la mediación, cuando esto sea posible.

- El acuerdo de las partes para recurrir al procedimiento de mediación está regulado por las disposiciones del Derecho sustantivo de contratos y debe describir el asunto al que se refiere el procedimiento.

- En el procedimiento de mediación las partes comparecen con su representante legal, excepto en el caso de los litigios de consumo y de los litigios de escasa cuantía, donde pueden comparecer a título personal. En el procedimiento puede participar también una tercera persona si lo consideran necesario las partes y el mediador.

- El mediador es designado por las partes o por una tercera persona elegida por ellas de común acuerdo, incluidos los centros de mediación. - Actúa de mediador solo una persona, salvo si las partes acuerdan por escrito que sean varias.

- La fecha, la hora, el lugar y los demás detalles del procedimiento de mediación son determinados por el mediador de acuerdo con las partes. - Si no es posible que las partes y el mediador se encuentren físicamente en el mismo lugar y en la misma fecha, la mediación puede realizarse de forma telemática utilizando un ordenador u otro sistema de videoconferencia al que tengan acceso las demás partes en el litigio.

- El mediador puede, en el desempeño de sus funciones, comunicarse con cualquiera de las partes y reunirse con ellas conjuntamente o por separado. La información que obtenga a través de estos contactos con una de las partes no se notifica a la otra parte sin el consentimiento de la primera.

- El procedimiento de mediación tiene en principio carácter confidencial, no se conservan actas y debe llevarse a cabo de manera que no se infrinja su confidencialidad, salvo que las partes acuerden lo contrario. Antes del inicio del procedimiento, todos los participantes deben comprometerse por escrito a preservar la confidencialidad de la mediación. La misma obligación incumbe a cualquier tercera persona que participe en el procedimiento. Las partes, si lo desean, pueden comprometerse por escrito a mantener la confidencialidad del contenido del acuerdo al que se llegue, en su caso, como resultado de la mediación, salvo que su comunicación sea necesaria para hacerlo efectivo, de acuerdo con el artículo 8, apartado 4, o que se imponga por razones de orden público.

- Si el litigio continúa por la vía judicial o se somete a arbitraje, el mediador, las partes, sus representantes legales y todos los que participaran de algún modo en el procedimiento de mediación no son interrogados como testigos y se prohíbe que aporten datos procedentes de la mediación o relacionados con ella y, en especial, que se refieran a las conversaciones, las declaraciones y las propuestas de las partes, así como a las opiniones expresadas por el mediador, excepto en caso de que sea necesario por razones de orden público, principalmente para garantizar la protección de menores o para evitar peligros que afecten a la integridad física o la salud mental de personas.

- El mediador solo incurre en responsabilidad civil, en el desempeño de sus funciones, en caso de conducta dolosa.

Aplicación práctica de la resolución alternativa de litigios

El único mecanismo de esta clase que cabe considerar efectivo en Grecia es el arbitraje:

Conforme a los artículos 99 y siguientes de la Ley concursal (Πτωχευτικού Κώδικα), puede designarse un mediador para un procedimiento transaccional a instancia de una persona física o jurídica ante el tribunal concursal (πτωχευτικό δικαστήριο).

La Ley concursal determina la validez de la solicitud y la posibilidad de designar un mediador entre una lista de peritos. La función del mediador es lograr un acuerdo entre el deudor y la mayoría (la Ley determina el porcentaje) de sus acreedores para asegurar la supervivencia de su empresa por todos los medios adecuados.

El mediador puede solicitar a las entidades financieras y de crédito información sobre la actividad económica del deudor que sea de utilidad para la realización de su función.

Si no se llega a un acuerdo, el mediador lo comunica inmediatamente al presidente del tribunal concursal y se da inicio al procedimiento ante este órgano. En ese momento concluye la función del mediador.

Información y formación

La Comisión Central de Mediación es responsable de todas las cuestiones relacionadas con la puesta en práctica de la institución de la mediación.

La Comisión Central de Mediación puede constituir, según su criterio, subcomisiones para la rápida resolución y el seguimiento de cuestiones derivadas de la aplicación de la Ley 4640/2019. Estas subcomisiones están compuestas por miembros de la Comisión Central de Mediación, sin limitación en cuanto al número de subcomisiones en las que puede participar cada uno de los miembros. Están explícitamente autorizadas por la Comisión Central de Mediación para la resolución definitiva de los asuntos de los que se hagan cargo, salvo que en la Ley 4640/2019 se establezca específicamente que esta competencia corresponde a la Comisión Central de Mediación en su formación plenaria.

En cualquier caso, el marco de la Comisión Central de Mediación comprende obligatoriamente cuatro subcomisiones, que tienen un mandato de dos años y las siguientes responsabilidades:

  1. «Comisión del Registro de Mediadores», responsable de mantener los Registros de Mediadores y de todas las cuestiones conexas o de la publicación de actas que se refieran a los Registros mantenidos y de la recopilación de los informes de actividades anuales;
  2. «Comisión de Deontología y Control Disciplinario», responsable de velar por que los mediadores cumplan las obligaciones derivadas de la Ley 4640/2019, así como de aplicar la normativa disciplinaria e imponer las sanciones correspondientes;
  3. «Comisión de Inspección de Entidades de Formación», responsable de todo lo relacionado con las entidades que imparten formación a los mediadores;
  4. «Comisión Examinadora», responsable de la realización de los exámenes escritos y orales y de la calificación de los candidatos examinados con el fin de obtener su certificación.

Una entidad de formación de mediadores (en lo sucesivo, la «entidad»), que funciona con la licencia concedida mediante decisión específica y justificada por la Comisión Central de Investigación, es:

Una entidad de formación de mediadores (en lo sucesivo, la «entidad»), que funciona con la licencia concedida mediante decisión específica y justificada por la Comisión Central de Investigación, es:

A. Una persona jurídica de Derecho privado, la cual puede ser constituida por:

  1. un colegio de abogados o varios de ellos en común;
  2. un colegio de abogados o varios de ellos en colaboración con entidades o cámaras científicas, académicas o profesionales.

En los casos a) y b) es posible la colaboración con entidades de formación extranjeras, de reconocido prestigio a nivel internacional y con experiencia en la organización de formación en mediación y, más en general, en los métodos alternativos de resolución de litigios o en la práctica de la mediación.

B. El Centro de Educación y Formación Continua (KEDIVIM) de una Institución de Educación Superior, que tenga un programa relacionado y funcione exclusivamente con arreglo a las disposiciones pertinentes en vigor sobre el funcionamiento de estas instituciones de educación superior, siempre que se cumplan todos los requisitos de la Ley 4640/2019 en cuanto a las cualificaciones del personal docente para impartir formación en mediación y al número mínimo de docentes y de estudiantes.

C. Una persona física o jurídica establecida de conformidad con la legislación griega o de otro Estado miembro en vigor, cuya principal finalidad sea impartir formación en materia de mediación y otras formas de resolución alternativa de litigios.

Coste de la mediación

  1. La retribución del mediador se determina libremente mediante acuerdo por escrito entre el mediador y las partes.
  2. Si no hay acuerdo por escrito, la retribución del mediador se determina de la siguiente manera: a) en los casos en que la mediación sea obligatoria, la parte que promueve la mediación paga por adelantado al mediador la cantidad de cincuenta euros en concepto de retribución por la reunión inicial obligatoria; el pago de esta cantidad se divide por igual entre las partes; si el litigio se lleva ante un órgano jurisdiccional, la parte que no compareciera en el procedimiento de mediación, pese a haber sido legalmente convocada a hacerlo, o que no pagase su parte alícuota de la retribución del mediador por la reunión inicial obligatoria, es conminada, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 176 y siguientes del Código Procesal Civil, a pagar la cantidad total que abonase por esa reunión inicial obligatoria la parte que promovió el procedimiento; esta cantidad se considera incluida en las costas procesales con independencia del resultado del juicio; b) por cada hora de mediación tras la reunión inicial obligatoria, la retribución mínima está fijada en ochenta euros, cuyo pago se divide por igual entre las partes. El mediador debe proporcionar a las partes información completa sobre su retribución.

¿Es posible ejecutar un acuerdo de mediación?

Una vez finalizado el procedimiento de mediación, deben firmar un acta el mediador, las partes y sus representantes legales. Si no se llega a un acuerdo, el acta puede ser firmada únicamente por el mediador. Cada parte puede depositar en cualquier momento el acta del acuerdo en la secretaría del órgano jurisdiccional territorialmente competente que conozca o vaya a conocer del asunto. Una vez depositada el acta ante el órgano jurisdiccional competente, no se admite la presentación de demandas por el mismo litigio en la medida en que su objeto esté ya cubierto por el acuerdo entre las partes, y se suspende cualquier juicio pendiente.

Desde que se deposita en la secretaría del órgano jurisdiccional competente, el acuerdo de mediación tiene carácter ejecutivo de conformidad con el artículo 904, apartado 2, letra f), del Código Procesal Civil, siempre que lo pactado por las partes sea ejecutable. La copia oficial es publicada sin cobro de tasa alguna por el juez o el presidente del órgano jurisdiccional competente.

Si el acuerdo de mediación contiene también disposiciones que hagan referencia a acciones judiciales que, por ley, deban ser objeto de un acta notarial, dichas acciones deben ajustarse a ese formato de acta notarial. En este caso son aplicables las normas que regulan la redacción de estos documentos notariales y su transcripción.

Desde que se deposita en la secretaría del órgano jurisdiccional competente, el acuerdo de mediación puede utilizarse como título jurídico para registrar o cancelar una hipoteca, de conformidad con el artículo 293, apartado 1, letra c), del Código Procesal Civil.

La notificación por escrito del mediador a las partes de la celebración de la reunión inicial obligatoria o el acuerdo de recurso voluntario a la mediación con arreglo al artículo 5 suspenden los plazos de prescripción y de caducidad para el ejercicio de acciones y derechos, a condición de que esos períodos hayan comenzado conforme a lo dispuesto en el Derecho sustantivo y a los plazos procesales establecidos en los artículos 237 y 238 del Código Procesal Civil, mientras dure el procedimiento de mediación.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 261, 262 y 263 del Código Civil, los plazos de prescripción y de caducidad para el ejercicio de acciones y derechos de Derecho sustantivo interrumpidos empiezan a contarse de nuevo al día siguiente de aquel en que se redacta el acta de fracaso de la mediación o en que una parte notifique a la otra y al mediador su retirada de la mediación, o esta se termine o se suspenda por cualquier otro medio.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaColegio de Abogados de Atenas

El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales

El enlace abre una nueva ventanaDefensor del Consumidor

El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia

El enlace abre una nueva ventanaCentro Helénico de Mediación y Arbitraje

Última actualización: 12/03/2024

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Mediación en los países de la UE - España

La Administración de Justicia de España viene experimentando en las últimas décadas un importante aumento de la litigiosidad (hasta 9 millones de asuntos nuevos por año) que incide en su normal funcionamiento. Ello ha supuesto que en las distintas reformas de la misma llevadas a cabo en los últimos años no sólo se hayan modificado las normas procesales, sino también se haya incidido en la búsqueda de soluciones complementarias, de carácter extrajudicial, como sucede con la mediación, la conciliación y el arbitraje.

El impulso a la mediación ha venido fundamentalmente de la mano de la aprobación de una regulación general de la misma, que se contiene en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, que vino a incorporar al Derecho español la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, de mediación transfronteriza en asuntos civiles y mercantiles. Junto a ello se viene realizando un esfuerzo por implantar una cultura de mediación a través de diversas medidas, que van desde la difusión de la misma, a la firma de convenios entre el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial y las Comunidades Autónomas, además de contar con distintas corporaciones de Derecho público (como Colegios Profesionales y las Cámaras de Comercio), con la finalidad de favorecer su implantación.

¿Con quién contactar?

El Ministerio de Justicia pone a disposición del ciudadano un El enlace abre una nueva ventanaRegistro de Mediadores e Instituciones de Mediación (regulado en el El enlace abre una nueva ventanaR.D. 980/2013, de 13 de Diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la El enlace abre una nueva ventanaLey 5/2012, de 6 de julio, de Mediación). Este registro tiene carácter público y se constituye como una base de datos informatizada accesible a través del sitio web del Ministerio de Justicia que permite la búsqueda de mediadores en atención a su especialidad en el ámbito de la mediación familiar, la mediación civil o la mediación mercantil. El Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación garantiza a los ciudadanos que las personas e instituciones inscritas cumplen los requisitos establecidos en la Ley. La inscripción de un mediador en el Registro requiere contar con titulación universitaria o de formación profesional superior, con formación específica en materia de mediación y la cobertura de la responsabilidad civil derivada de su actuación profesional mediante un seguro o garantía equivalente.

En el El enlace abre una nueva ventanaPortal de la Administración de Justicia se informa de los órganos judiciales que, en los órdenes civil, mercantil, penal, social y familiar, prestan servicios de mediación intrajudicial, asimismo se informa de los diferentes servicios de mediación extrajudicial que se ofrece a través de diferentes Colegios y asociaciones profesionales.

¿En qué área es admisible o más frecuente el recurso a la mediación?

Donde se está registrando un mayor recurso a la mediación como sistema complementario para la resolución de conflictos es el ámbito civil y mercantil. Se cuenta aquí con la regulación que contiene la citada Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Esta Ley articula un marco general para el ejercicio de la mediación, completado por el El enlace abre una nueva ventanaReal Decreto 980/2013, de 13 de Diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley, sin perjuicio de las disposiciones aprobadas por las Comunidades Autónomas, principalmente en el ámbito de la mediación familiar. Como regla general, la mediación siempre será posible cuando se de una materia disponible para las partes por lo estar regulada por normas imperativas.

La mediación en el ámbito civil, incluida la mediación familiar y mercantil.

La mediación es el proceso de gestión o resolución positiva de conflictos, de carácter preventivo. Se basa en la cooperación, autonomía y responsabilidad de las personas implicadas por situaciones de ruptura, tensiones o conflictos que solicitan o aceptan voluntariamente la intervención del mediador, que actúa como un profesional cualificado, sujeto a los principios de confidencialidad, imparcialidad y neutralidad. Sin poder de decisión. Que les va a ayudar a encontrar nuevas vías de comunicación que les permita mejorar las relaciones familiares, la reconciliación y alcanzar por ellos mismos compromisos y acuerdos mutuamente aceptados, que beneficien.

La mediación puede desarrollarse al margen de un pleito o durante la tramitación del mismo. Para facilitar el recurso a la mediación durante la tramitación de un proceso Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, modificó la Ley de Enjuiciamiento Civil para incorporar la información a las partes en la audiencia previa de la posibilidad de recurrir a la mediación para intentar solucionar el conflicto, e incluso, atendiendo al objeto del proceso, el tribunal podrá invitar a las partes a que intenten un acuerdo que ponga fin al proceso. Del mismo modo, permite que las partes soliciten la suspensión del proceso para someterse a mediación o arbitraje.

Asimismo, el acuerdo alcanzado en una mediación puede convertirse en título ejecutivo bien mediante su elevación a escritura pública o bien mediante su homologación por el juez. Ello permitirá abrir un proceso de ejecución del acuerdo en caso de incumplimiento del mismo por una de las partes.

Cuando se trate de una mediación familiar se busca atender los intereses de toda la familia y, en particular, los de los menores, fomentando un espíritu de corresponsabilidad parental. En este sentido, destaca la importancia de la mediación familiar para la gestión emocional del conflicto, lo que garantiza una perdurabilidad de los acuerdos y un menor coste emocional de las partes enfrentadas.

El proceso de mediación es eficaz para la prevención de los conflictos familiares, en todos los ámbitos donde se relaciona ésta y, en concreto, contribuye a evitar:

  • Situaciones conflictivas en la familia, incluida la violencia
  • El enquistamiento de conflictos
  • La utilización de los hijos en el conflicto.
  • Separaciones y divorcios.
  • Comportamientos antisociales de los hijos y las posibles disfunciones de los hijos posteriores a la separación de los padres: regresiones, malas compañías, acercamiento a las drogas, etc.
  • La disociación del grupo familiar.

En el año 2013 se modificó la Ley Concursal para regular la mediación concursal, que fue objeto de nueva reforma en el año 20015, para facilitar el acceso a la misma de las personas naturales y las pymes, como forma de hacer posible una reestructuración de sus deudas y para facilitar la llamada segunda oportunidad, al regularse los requisitos y procedimiento para la exoneración de las deudas no satisfechas por las personas naturales.

La mediación en el ámbito penal

La mediación en el ámbito penal tiene como finalidad principal el resarcimiento de la víctima, a lo que añade su contribución a la reinserción del agresor.

En la justicia de menores (de 14 a 18 años de edad) la mediación está expresamente normada como medio para alcanzar la reeducación del menor. En este ámbito, la mediación la realizan los equipos de apoyo a la Fiscalía de Menores, aunque también puede realizarse por organismos de las Comunidades Autónomas y otras entidades como determinadas asociaciones especializadas en esta materia.

En el ámbito de la justicia de adultos, la mediación se ha incluido tras la aprobación de la El enlace abre una nueva ventanaLey 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, dentro de los servicios de justicia restaurativa, existiendo ya desde hace años distintos programas piloto. Aunque sigue pendiente una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que efectúe una regulación completa de la mediación penal, ya se recurre a la misma recurriendo a las normas que permiten la conformidad y la reducción de la pena por reparación del daño.

Habitualmente la mediación se realiza en relación con los delitos menos graves.

Por lo que a la violencia de género se refiere, la El enlace abre una nueva ventanaLey Orgánica 1/2004 sobre Medidas de Protección Integral contra la violencia de género, establece la prohibición expresa de la mediación cuando exista violencia de género. No obstante, cada vez son más los defensores de la mediación en esta rama del ordenamiento, siendo aconsejable evaluar el caso concreto para valorar si sería o no conveniente la mediación. En este sentido, el Consejo General del Poder Judicial en Informe sobre Violencia de Género en el ámbito familiar de 2001, destacaba la conveniencia de remitir al orden jurisdiccional civil las infracciones leves relativas a violencia doméstica.

El Consejo General del Poder Judicial apoya y supervisa las iniciativas de mediación que se llevan a cabo en Juzgados de Instrucción, Juzgados de lo Penal y Audiencias Provinciales en España.

La mediación en el orden jurisdiccional contencioso administrativo

La Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa no contempla de forma expresa la posibilidad de acudir a vías alternativas de heterocomposición para la solución de las controversias, si bien tampoco contiene ninguna prohibición al respecto.

Asimismo, esta ley recoge la posibilidad de que el control de la legalidad de las actividades administrativas se efectúe por otras vías complementarias de la judicial, para evitar la proliferación de recursos innecesarios y ofrecer fórmulas poco costosas y rápidas de resolución de los numerosos conflictos

La conciliación en el ámbito social

La conciliación es muy común en conflictos laborales. En ocasiones es obligatorio intentar la conciliación antes de acudir a los Tribunales. Los conflictos colectivos son habitualmente objeto de la mediación o conciliación, y los conflictos individuales van siendo mediados en algunas Comunidades Autónomas.

Las Comunidades Autónomas tienen organismos de conciliación laboral que se dedican a estas cuestiones. A nivel estatal el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje, SIMA, ofrece un servicio gratuito de mediación para conflictos que rebasen las competencias de los órganos de las Comunidades Autónomas.

La El enlace abre una nueva ventanaLey 36/2011, reguladora de la jurisdicción social, introduce una auténtica novedad al establecer, como norma general que toda demanda debe ir acompañada del certificado que acredite el intento de conciliación o mediación previa ante el servicio administrativo correspondiente, el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o ante órganos que asuman estas funciones en virtud de Convenio Colectivo, si bien el artículo siguiente enumera los procesos exceptuados de dicho requisito.

La ley 36/ 2011 no sólo introduce de forma expresa la referencia a la mediación a propósito de la conciliación pre- procesal, sino también una vez iniciado el procedimiento.

¿Existen reglas específicas a seguir?

La mediación es un proceso metodológico de gestión/resolución positiva de conflictos, en el que interviene una tercera persona mediador/a cualificada, imparcial y neutral, que facilita a las partes la obtención por sí mismas de un acuerdo satisfactorio y duradero en el tiempo. En cualquier caso, el procedimiento se regula de manera muy flexible para que las partes puedan adaptarlo a sus concretas necesidades.

El requisito fundamental es que las partes deseen resolver el conflicto y deseen llegar a una solución de común acuerdo, preparándose de manera positiva para que esa mediación se desenvuelva adecuadamente.

La mediación no es una solución para todos los conflictos que se den, no siendo aconsejable en litigios donde haya desequilibrio grave de poder o cuando el conflicto sea de tal intensidad que el acuerdo sea imposible.

La mediación es realizada por un tercero imparcial, el mediador, sujeto a los principios de la Ley 5/2012 en su actuación.

El mediador es:

  • Un profesional especializado, independiente, imparcial y neutral.
  • Está sujeto al principio confidencialidad y al de secreto profesional, así como a los de neutralidad e imparcialidad.
  • Sin poder de decisión.
  • Interviene previo consentimiento de todos los interesados.
  • Su tarea consiste en facilitar la comunicación y el diálogo constructivo entre las partes, para una gestión positiva de las diferencias y conflictos, en un marco de cooperación, consenso y autonomía.
  • Acompaña en la búsqueda de soluciones concretas, conduciendo a las personas a encontrar por sí mismas las bases de un acuerdo mutuo aceptable y duradero.

Las partes, con el auxilio de sus abogados, pueden decidir intentar la mediación una vez iniciado un proceso y comunicarlo al Tribunal, o bien, pueden ser contactadas por el Tribunal cuando se considere que el caso es susceptible de mediación.

Información y formación

La Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles, establece que el mediador deberá estar en posesión de título oficial universitario o de formación profesional superior y contar con formación específica para ejercer la mediación, que se adquirirá mediante la realización de uno o varios cursos específicos impartidos por instituciones debidamente acreditadas, que tendrán validez para el ejercicio de la actividad mediadora en cualquier parte del territorio nacional, y cuya duración mínima con carácter general es de 100 horas.

Algunas Comunidades Autónomas, a través de sus leyes y Reglamentos de desarrollo, se refieren a la formación necesaria para realizar mediación familiar. En general se exige que el mediador tenga una titulación Universitaria, al menos de grado medio, y que además se forme específicamente en mediación con cursos eminentemente prácticos de más de entre 100 y 300 horas de duración.

La formación específica en mediación es normalmente ofrecida por Institutos Universitarios y Colegios Profesionales.

¿Cuál es el coste de la mediación?

Por lo general, la mediación tiene un coste que soportarán las partes.

En el ámbito laboral, los servicios de las Comunidades Autónomas y del SIMA son gratuitos

En el ámbito familiar, los servicios ofrecidos por los entes que colaboran con los Tribunal son gratuitos en general, existiendo también financiación pública de la misma algunas Comunidades Autónomas (Canarias, Cataluña, entre otras).

En algunas Comunidades Autónomas se han establecido unas tasas por asistencia al servicio de Mediación Familiar, siempre excluyendo a aquellas personas que disfrutan de la asistencia jurídica gratuita. En Madrid, la asistencia a los Centros de Atención a la Familia supone el pago de 10 euros por miembro del núcleo familiar hasta un máximo de 40 euros por sesión. Quedan excluidos los menores de edad.

En el ámbito penal, la mediación ofrecida por los organismos públicos es gratuita.

Fuera de la mediación conectada con el Tribunal, las partes son libres de acudir a un mediador y pagar los honorarios que acuerden libremente. Respecto al coste de la mediación, la Ley 5/2012, establece de forma expresa que haya concluido o no con el resultado de un acuerdo, se dividirá por igual entre las partes, salvo pacto en contrario.

Con la finalidad de incentivar la solución de litigios por medios extrajudiciales, la El enlace abre una nueva ventanaLey 10/2012 que regula determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, establece una devolución de la cuota de la tasa, cuando se alcance una terminación extrajudicial que ahorre parte de los costes de la prestación de servicios.

¿Es posible ejecutar un acuerdo obtenido como resultado de una mediación?

La ley 5/ 2012 establece que las partes podrán elevar a escritura pública el acuerdo alcanzado tras un procedimiento de mediación. Si la mediación fuera intrajudicial bastará con pedir al tribunal la homologación del acuerdo para que adquiera el carácter de título ejecutivo e iniciar con él, en caso de incumplimiento, un proceso de ejecución.

Cuando el acuerdo de mediación haya de ejecutarse en otro Estado, además de la elevación a escritura pública, será necesario el cumplimiento de los requisitos que, en su caso, puedan exigir los convenios internacionales en que España sea parte y las normas de la Unión Europea.

Cuando el acuerdo se hubiere alcanzado en una mediación desarrollada después de iniciar un proceso judicial, las partes podrán solicitar del tribunal su homologación de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La posibilidad de ejecutar un acuerdo de mediación depende del grado de disponibilidad sobre las materias sobre las que se ha acordado.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaSERVICIO INTERCONFEDERAL DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE DE ESPAÑA

Última actualización: 17/01/2024

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Mediación en los países de la UE - Francia

En lugar de emprender un proceso judicial, ¿por qué no resolver el litigio a través de la mediación? Se trata de una forma alternativa de resolución de litigios en la que un mediador ayuda a las partes a llegar a un acuerdo. En Francia, tanto el Gobierno como los profesionales son conscientes de las ventajas de la mediación y, por ese motivo, los legisladores fomentan que se recurra a esta figura.

¿Con quién contactar?

En Francia, no existe una autoridad central o gubernamental responsable de la regulación de la mediación.

No existe ningún sitio web oficial en materia de mediación. No obstante, hay una sección de mediación en www.justice.fr, en el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaMediador Empresarial (Médiateur des entreprises) y en el sitio para la El enlace abre una nueva ventanamediación administrativa.

Con arreglo al artículo 8 de la Ley 2016-1547, de 18 de noviembre de 2016, de modernización del sistema judicial del siglo XXI (loi n° 2016-1547 du 18 novembre 2016 de modernisation de la justice du XXIe siècle), todos los tribunales de apelación (cours d’appel) publican listas de mediadores en materia civil, social y mercantil. El objetivo principal de estas listas es informar a los jueces y magistrados y están a disposición de los justiciables en distintos medios. En particular, se pueden consultar en el sitio web de los tribunales de apelación pertinentes.

¿En qué ámbitos es posible la mediación y en cuál es más frecuente?

Puede recurrirse a la mediación en cualquier momento y en todos los ámbitos del Derecho, con excepción de los relativos al orden público. Así pues, no es posible recurrir a la mediación para eludir las reglas de Derecho imperativo del matrimonio o el divorcio.

La mediación es común en diversos ámbitos, por ejemplo:

  • conflictos entre vecinos;
  • problemas entre propietarios y arrendatarios;
  • dificultades de carácter familiar;
  • litigios interpersonales en el seno de las organizaciones;
  • litigios entre empresas, en la ejecución de los contratos o en cualquier otra situación conflictiva;
  • litigios entre empresas y el sistema bancario;
  • dificultades en el marco de la contratación pública o litigios con las administraciones del Estado, los organismos públicos y los entes regionales y locales.

¿Existen reglas específicas a seguir?

Recurso a la mediación

Con la Ley 95-125, de 8 de febrero de 1995, relativa a la organización de los órganos jurisdiccionales y a los procedimientos civiles, penales y contencioso-administrativos (loi n° 95-125 du 8 février 1995 relative à l'organisation des juridictions et à la procédure civile, pénale et administrative), se introdujo la mediación civil en el Derecho francés.

La Ordenanza (ordonnance) 2011-1540, de 16 noviembre de 2011, transpuso al ordenamiento jurídico francés la Directiva 2008/52/CE, por la que se crea un marco que propicia que las partes encuentren, con la ayuda de un tercero, el mediador, una solución amistosa del litigio que las enfrenta, extendiendo su aplicación no solo a la mediación transfronteriza, sino también a la mediación interna, salvo en los litigios surgidos en el marco de un contrato de trabajo así como en materia de prerrogativas administrativas.

La Ordenanza de 16 de noviembre de 2011 también modificó la Ley de 8 de febrero de 1995, con el fin de establecer un marco general para la mediación. La Ordenanza ofrece una definición del concepto de mediación, precisa las cualidades que debe reunir el mediador y recuerda el principio de confidencialidad de la mediación, esencial para el éxito de la misma.

Desde 2010, el Mediador Empresarial, nombrado por decreto del presidente de la República y adscrito al Ministerio de Economía, Hacienda y Recuperación, ofrece un servicio de mediación gratuito y confidencial a sujetos públicos y privados. Contribuye al objetivo de interés general de desarrollar métodos de resolución alternativa de litigios. También puede asistir en los litigios entre empresas, tanto en la ejecución de los contratos como en cualquier otra situación conflictiva, y con las dificultades en el marco de la contratación pública o los litigios con las administraciones del Estado, los organismos públicos o los entes regionales y locales.

Por último, el Código de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (code de justice administrative) dedica una parte a la mediación contencioso-administrativa por iniciativa de las partes o del juez (véase el artículo L213-1 y siguientes).

Mediación de mutuo acuerdo

La mediación puede tener lugar por iniciativa de las partes. El mediador puede intervenir sin necesidad de que se inicie un proceso judicial.

No obstante, las partes que hayan iniciado un proceso judicial siguen teniendo la potestad, siempre que medie acuerdo entre ambas, de recurrir a un método que les permita hallar una solución amistosa a dicho litigio y, en particular, a un mediador.

Mediación judicial

Cuando se ejercita una acción judicial, el juez que conoce del asunto puede, tras comprobar que existe acuerdo entre las partes, nombrar a un tercero para que las escuche y contraste sus puntos de vista con objeto de que puedan encontrar una solución al conflicto que las enfrenta [artículo 131-1 del Código Procesal Civil (code de procédure civile)].

En asuntos de Derecho de familia, el juez también puede ordenar a las partes, solo en el marco de la determinación del ejercicio de la patria potestad o de las medidas provisionales en materia de divorcio, que asistan a una reunión de información sobre la mediación, que es gratuita para las partes y no puede predeterminar una solución [artículos 255 y 373-2-10 del Código Civil (code civil)].

La Ley 2019-222, de 23 de marzo de 2019, sobre la programación 2018-2022 y la reforma de la justicia (loi n° 2019-222 du 23 mars 2019 de programmation 2018-2022 et de réforme pour la justice), introdujo la mediación posterior a la sentencia en el artículo 373-2-10 del Código Civil:

En caso de desacuerdo, el juez trata de conciliar a las partes.

Con el fin de facilitar que los progenitores acuerden el ejercicio conjunto de la patria potestad, el juez puede proponerles la mediación, salvo si pende acusación de que uno de los progenitores ha ejercido violencia sobre el otro progenitor o el hijo, y nombrar, tras comprobar que existe acuerdo entre las partes, a un mediador de familia que trate de propiciar el acuerdo, también sobre el régimen definitivo de ejercicio de la patria potestad.

Puede emplazarles, salvo si pende acusación de que uno de los progenitores ha ejercido violencia sobre el otro progenitor o el hijo, a una sesión con el mediador de familia, para que les informe del objeto y del desarrollo de la mediación.

En materia contencioso-administrativa, el órgano jurisdiccional también puede proponer la mediación: cuando un tribunal de lo contencioso-administrativo (tribunal administratif) o un tribunal de apelación de lo contencioso-administrativo (cour administrative d’appel) conoce del asunto, el juez o magistrado ponente puede, tras comprobar que existe acuerdo entre las partes, ordenar la mediación para propiciar que lleguen a un acuerdo (artículo L213-1 del Código de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). Las mismas reglas se aplican en el Consejo de Estado (Conseil d’État), que es la máxima instancia judicial del orden jurisdiccional contencioso-administrativo (artículo L114-1 del Código de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Remisión a la mediación

Cuando se ejercita una acción judicial, el juez puede, aun en ausencia de acuerdo entre las partes para someterse a la mediación, emplazarles a una sesión con un mediador, para que les informe del objeto y del desarrollo de la mediación (artículo 127-1 del Código Procesal Civil).

Mediación obligatoria

Los cambios legislativos recientes han introducido en el Derecho francés el recurso obligatorio a la mediación en determinadas circunstancias.

El artículo 7 de la Ley 2016-1547, de 18 de noviembre de 2016, de modernización del sistema judicial del siglo XXII, introdujo, con carácter experimental, un intento de mediación familiar previa y obligatoria en once órganos jurisdiccionales. El final de este experimento, inicialmente al finalizar 2019, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2020 y luego hasta el 31 de diciembre de 2022.

Las personas que quieran que se modifique una resolución judicial en materia de Derecho de familia o una disposición de un convenio homologado judicialmente deben, so pena de inadmisión a trámite de su demanda o recurso, recurrir a la mediación familiar antes de emprender la acción judicial.

Se trata de las acciones relativas:

  • al lugar de residencia habitual del o de los hijos;
  • al derecho de visita;
  • a la contribución a la educación y a la manutención de los hijos menores de edad; - a las decisiones relativas al ejercicio de la patria potestad.

No es exigible el recurso a la mediación familiar antes de la acción judicial si:

  • pende acusación de que uno de los progenitores ha ejercido violencia sobre el otro progenitor o el hijo;
  • se solicita la homologación de un acuerdo de las partes;
  • otro motivo considerado legítimo por el juez.

Con la Ley 2019-222, de 23 de marzo de 2019, sobre la programación 2018-2022 y la reforma de la justicia, se impuso el recurso obligatorio a una de las formas de resolución alternativa de litigios, incluida la mediación, cuando el objeto de la demanda sea el pago de una cantidad no superior a 5 000 EUR, un conflicto entre vecinos o una controversia extraordinaria entre vecinos. En tal caso, antes de presentar la demanda y so pena de inadmisión a trámite declarada de oficio, las partes deben haber intentado una de las siguientes vías, a su elección: conciliación judicial, mediación o conciliación extrajudicial con asistencia letrada (procédure participative), salvo en cuatro casos tasados por ley:

  • si al menos una de las partes solicita la homologación de un acuerdo;
  • si se exige que se recurra a una vía en particular;
  • si el no poder recurrir a alguna de las formas de resolución amistosa antes mencionadas está justificado por un motivo legítimo, especialmente la falta de conciliadores judiciales disponibles en un plazo razonable;
  • si el juez o la autoridad administrativa debe, en virtud de una disposición específica, realizar un intento previo de conciliación;
  • si el acreedor ha intentado sin éxito un proceso simplificado de escasa cuantía (procédure simplifiée de recouvrement des petites créances).

En el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, los litigios pueden someterse a una mediación previa, obligatoria y gratuita con un mediador al que se nombra según el tipo de litigio. Actualmente, la mediación previa obligatoria se aplica a los litigios relativos a las decisiones de la Oficina de empleo (Pôle emploi) y a determinadas decisiones relativas a determinados funcionarios públicos [véase el Decreto 2022-433, de 25 de marzo de 2022, sobre el procedimiento de mediación previa obligatoria aplicable a determinados litigios de la función pública y a determinados litigios sociales (décret n° 2022-433 du 25 mars 2022 relatif à la procédure de médiation préalable obligatoire applicable à certains litiges de la fonction publique et à certains litiges sociaux)].

Mediación penal

Con arreglo al artículo 41-1 del Código Procesal Penal (code de procédure pénale) y si considera que tal medida puede garantizar la reparación del daño causado a la víctima, poner fin a la perturbación resultante del delito o contribuir a poner fin a la causa con aceptación de decreto, la fiscalía puede, antes de ejercer la acción penal, ya sea directamente o a través de un mediador adscrito a la fiscalía, ordenar, de oficio o con el consentimiento de la víctima, una sesión de mediación entre el autor y la víctima.

La mediación penal permite a la víctima y al autor participar activamente en la resolución de las dificultades derivadas del delito y, en particular, en la reparación de los daños de toda naturaleza derivados de su comisión. Con la asistencia de un mediador penal nombrado por la fiscalía, se permite a la víctima expresarse libremente, relatar los hechos y dar a conocer sus expectativas en relación con el perjuicio sufrido y la reparación deseada. Por su parte, el autor, mediante su confrontación directa con la víctima, debe tomar conciencia de sus actos y de sus consecuencias, con el objeto de prevenir la reincidencia.

Si no se lleva a cabo la mediación penal por la conducta del autor, la fiscalía puede, salvo que concurran nuevas circunstancias, ejercer la acción penal. La mediación penal está prohibida en materia de violencia conyugal, conforme al artículo 132-80 del Código Penal (code pénal), como resultado de la Ley 2020-936, de 30 de julio de 2020, de protección de las víctimas de violencia conyugal (loi n° 2020-936 du 30 juillet 2020 visant à protéger les victimes de violences conjugales).

Regulación de la mediación

En Francia, el código deontológico de los mediadores es el aprobado a nivel europeo.

El Mediador Empresarial también se basa en principios de actuación que son públicos.

Los servicios de mediación familiar concertados, es decir, que están financiados públicamente por las cajas de subsidios familiares, la mutualidad social agrícola y el Ministerio de Justicia, se comprometen a cumplir determinadas normas de funcionamiento y de calidad de su servicio pertenecientes al sistema nacional de referencia.

En 2017, se aprobó la El enlace abre una nueva ventanaCarta ética de los mediadores en litigios contencioso-administrativos.

Por último, en el Decreto 2017-1457, de 9 de octubre de 2017, sobre la lista de mediadores de los tribunales de apelación (décret n° 2017-1457 du 09 octobre 2017 relatif à la liste des médiateurs auprès de la cour d’appel), se especifican los requisitos para formar parte de estas listas. Para ello es necesario:

  1. no tener una condena, incapacitación o destitución de las contempladas en el boletín n.º 2 del Registro de antecedentes penales (casier judiciaire);
  2. no figurar como autor de actos contrarios al honor, a la probidad y a las buenas costumbres que hayan dado lugar a una sanción disciplinaria o administrativa de destitución, exclusión, revocación o retirada de la autorización o del acuerdo;
  3. justificar que se tiene una formación o experiencia que demuestre estar capacitado para ejercer la mediación, tanto en el caso de las personas físicas como de las jurídicas: toda persona física que pertenezca a una persona jurídica y que lleve a cabo actuaciones de mediación debe cumplir los requisitos establecidos para las personas físicas.

Información y formación

En la actualidad, el Derecho positivo francés no exige ninguna formación especial para ejercer la mediación.

En materia familiar, existe un título estatal de mediador de familia (diplôme d’Etat de médiateur familial). La obtención de tal título no es un requisito obligatorio para el ejercicio de la mediación familiar. Sin embargo, sí que es obligatorio para ejercer en un servicio concertado de mediación familiar.

En materia penal, las personas físicas, así como las asociaciones debidamente declaradas, están facultadas para ejercer la mediación en las demarcaciones de los tribunales de primera instancia (tribunaux judiciaires) y de los tribunales de apelación (cours d’appel) según lo dispuesto en el artículo R15-33-30 del Código Procesal Penal. Los mediadores reciben un mínimo de 35 horas de formación inicial, así como formación continua una vez están en activo.

¿Cuál es el coste de la mediación?

La mediación extrajudicial y judicial es de pago para las personas que recurren a este modo de resolución alternativa de litigios.

Es gratuita cuando se recurre a uno de los numerosos servicios públicos de mediación o se ordena en un asunto penal. Lo mismo sucede cuando es un requisito obligatorio para interponer un recurso contencioso-administrativo ante un órgano jurisdiccional contencioso-administrativo.

La remuneración del mediador puede estar incluida en la asistencia jurídica gratuita contemplada en los artículos 118-9 y siguientes del Decreto 91-1266, de 19 de diciembre de 1991. No obstante, no puede superar los 256 EUR por parte, ni 512 EUR para todas las partes.

En caso de mediación judicial, compete al juez competente tasar esa remuneración una vez concluida la mediación y previa presentación de una minuta o de un parte de gastos (artículo 119 del Decreto 91-1266, de 19 de diciembre de 1991). El juez determina el importe de los gastos reembolsables y la remuneración (artículos 131-6 y 131-13 del Código Procesal Civil). En ausencia de baremo regulador en vigor, el coste unitario de las prestaciones de la mediación familiar es variable.

En el caso de los servicios financiados con fondos públicos, es de aplicación un baremo de tarifas de contribución a pagar por las familias en el litigio. La contribución que deben pagar las partes, por sesión de mediación y por persona, oscila entre 2 y 131 EUR, en función de su renta.

¿Puede concederse fuerza ejecutiva a los acuerdos de mediación?

Cuando las partes llegan a un acuerdo, quedan vinculadas por este como si fuese un contrato.

Si las partes así lo desean, pueden otorgarle fuerza ejecutiva sometiéndolo a homologación judicial (véase el artículo 1565 del Código Procesal Civil y el artículo L213-4 del Código de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa) u homologación de la secretaría judicial previa instancia del abogado (Ley de 22 de diciembre de 2021).

Cuando la mediación se produce en el marco de un proceso judicial, el artículo 131-12 del Código Procesal Civil dispone que, a petición de las partes, el juez homologa el acuerdo que estas le sometan.

En el artículo L111-3, punto 1, del Código sobre los procedimientos civiles de ejecución (code des procédures civiles d'exécution), se afirma que tienen condición de título ejecutivo los acuerdos de mediación, judicial o extrajudicial, a los que los órganos jurisdiccionales (del orden jurisdiccional ordinario o del contencioso-administrativo) confieran fuerza ejecutiva.

En cuanto a la mediación penal, en el artículo 41-1, punto 5, del Código Procesal Penal se establece que, si el autor del delito se compromete a pagar una indemnización por daños y perjuicios a la víctima, esta puede, sirviéndose de este acuerdo, solicitar su cobro con arreglo al procedimiento monitorio, de conformidad con las reglas del Código Procesal Civil.

Última actualización: 19/04/2023

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Mediación en los países de la UE - Croacia

El Gobierno de la República de Croacia, a través del Ministerio de Justicia, proporciona un gran apoyo (legislativo, financiero y técnico) para el desarrollo y la promoción de la mediación, y se ha convertido en uno de los elementos importantes de la Estrategia de la reforma judicial.

Mediación judicial y extrajudicial

La mediación puede llevarse a cabo en todos los órganos jurisdiccionales de primera y segunda instancia ordinarios y especializados (juzgados municipales, de condado y de comercio, y en el Tribunal Superior de Comercio) en todas las fases del proceso y, por lo tanto, mientras dure el proceso de apelación. La mediación corre exclusivamente a cargo de un juez del órgano jurisdiccional de que se trate, que ha recibido formación en materia de mediación y figura en la lista de jueces mediadores determinada por el presidente del Tribunal con ocasión de la asignación anual de funciones. Un juez mediador nunca deberá mediar en un litigio en el que deba intervenir como juez.

Durante muchos años, la mediación extrajudicial ha sido llevada a cabo de forma muy satisfactoria por los centros de mediación de la Cámara de Economía croata, la Cámara de Artes y Oficios croata, la Asociación de Empresarios de Croacia, la Asociación Croata de Mediación, el Colegio de Abogados de Croacia, la Oficina de Seguros de Croacia y la Oficina para la Cooperación Social del Gobierno de la República de Croacia. No obstante, la mediación puede correr a cargo de determinados mediadores fuera de estos centros.

Con arreglo a lo dispuesto en la Ley de mediación (Narodne novine, Boletín Oficial de la República de Croacia), nº 18/11, las normas sobre el Registro de mediadores y las Normas de acreditación para las instituciones de mediación y los mediadores (NN, nº 59/11), el Ministerio de Justicia es quien se encarga de mantener el Registro de mediadores.

Comisión de resolución alternativa de litigios

El Ministerio de Justicia creó y nombró a la Comisión de resolución alternativa de litigios, que se compone de representantes de los órganos jurisdiccionales, la Fiscalía General del Estado, la Oficina para la Cooperación Social del Gobierno de la República de Croacia, la Cámara de Economía croata, la Asociación de Empresarios de Croacia, la Cámara de Artes y Oficios croata y el Ministerio de Justicia.

El mandato de la Comisión es supervisar el desarrollo de mecanismos alternativos para la resolución de litigios, supervisar la ejecución de los programas existentes y proponer medidas para promover el desarrollo de métodos alternativos de resolución de litigios.
El mandato de la Comisión también incluye emitir dictámenes y responder a las consultas que entren dentro de su ámbito de competencia.

En la reunión de la Comisión de resolución alternativa de litigios, que se celebró el 26 de noviembre de 2009, se aprobó un Código ético para mediadores.

Marco legislativo

La mediación como medio para resolver litigios se reguló por primera vez con un acto especial, la Ley de mediación (NN, n° 163/03, que entró en vigor el 24 de octubre de 2003), que ha integrado algunos de los principios rectores que figuran en la Recomendación del Consejo de Europa relativa a la mediación en asuntos civiles y mercantiles, así como el denominado Libro Verde sobre las modalidades alternativas de solución de conflictos en el ámbito del derecho civil y mercantil de la Unión Europea. La Ley fue modificada en 2009 y, a principios de 2011, se aprobó una nueva Ley de mediación
(NN, nº 18/11), que entró plenamente en vigor en la fecha de adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea.

Además de la Ley de mediación, que es la más importante, hay otras leyes que regulan esta materia en parte, así como reglamentos de ejecución que garantizan la aplicación de la ley.

Proceso de mediación

El proceso de mediación se inicia bien con una propuesta por una de las partes del litigio, aceptada por la otra parte, bien por medio de una propuesta conjunta de ambas partes para solucionar de manera amistosa el litigio, o bien mediante la propuesta de un tercero (por ejemplo, un juez en un proceso judicial).

Los mediadores son personas que, sobre la base de un acuerdo entre las partes, llevan a cabo la mediación. Los mediadores deben estar capacitados (los conocimientos y habilidades de un mediador son uno de los componentes esenciales para que esta tenga éxito) y recibir formación profesional continua. La Academia Judicial es de suma importancia para organizar y proporcionar formación a los mediadores.

La mediación se llevará a cabo según lo acordado por las partes. El mediador, en el trascurso de la mediación, se asegurará de que las partes reciban un trato justo y equitativo. Durante el procedimiento de mediación, el mediador puede reunirse con cada una de las partes por separado y, a menos que estas hayan acordado otra cosa, solo podrá revelar a una de las partes la información y los datos recibidos de la otra con el consentimiento de esta. El mediador podrá participar en la elaboración del acuerdo y formular recomendaciones en cuanto a su contenido.

El acuerdo alcanzado a través de la mediación es vinculante para las dos partes firmantes. Si, en virtud del acuerdo, las partes se comprometieron a determinadas obligaciones, deben cumplirlas a su debido tiempo. El acuerdo alcanzado a través de la mediación es un documento con fuerza ejecutiva si contiene una obligación pendiente de realización con respecto a la cual las partes puedan llegar a un compromiso, y si contiene un permiso directo de ejecución (cláusula ejecutoria).

A menos que las partes acuerden otra cosa, cada una asume sus propios costes, si bien los costes de la mediación son soportados por igual o conforme a lo dispuesto en una ley especial o en la normativa de las instituciones de mediación.

De acuerdo con la mayoría de los expertos en el campo de la mediación, cualquier litigio relativo a los derechos de los que pueden disponer libremente las partes es apto para la mediación y casi siempre se debe animar a las partes en conflicto a resolver las controversias de manera amistosa. La mediación es especialmente adecuada para los litigios entre empresas (es decir, los litigios comerciales), así como para los litigios transfronterizos (una de las partes tiene su domicilio o su residencia habitual en un Estado miembro de la Unión Europea) en materia civil y mercantil. Cabe señalar que los litigios transfronterizos no incluyen los procedimientos relativos a fiscalidad, aduanas o asuntos administrativos ni aquellos litigios relativos a la responsabilidad del Estado por actos u omisiones en el ejercicio de su autoridad.

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Última actualización: 20/07/2016

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Mediación en los países de la UE - Italia

En lugar de recurrir a la vía judicial, ¿por qué no intenta resolver su litigio a través de la mediación? Se trata de una modalidad de resolución alternativa de litigios en la que un mediador ayuda a las partes a llegar a un acuerdo. Tanto las autoridades públicas como los profesionales del Derecho conocen las ventajas de la mediación.

1. ¿Con quién contactar?

El El enlace abre una nueva ventanaDecreto Legislativo (decreto legislativo) n.º 28/2010 ha introducido en Italia la figura de la mediación civil y mercantil como vía extrajudicial de resolución de litigios sobre derechos disponibles.

Los servicios de mediación los prestan los organismos de mediación, que pueden ser públicos o privados y que están inscritos en un registro de organismos de mediación, del que es responsable el Ministerio de Justicia (Ministero della Giustizia).

Toda la información relativa a la mediación puede consultarse en el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia.

En particular, la lista de El enlace abre una nueva ventanaorganismos de mediación acreditados se publica en esa dirección.

Los interesados pueden, sirviéndose de esta lista, ponerse en contacto con el organismo de mediación de su elección y usar los servicios de sus mediadores. Puede obtenerse más información directamente de los responsables del organismo en cuestión.

2. ¿En qué área es admisible o más frecuente el recurso a la mediación?

Los organismos de mediación pueden ayudar a resolver extrajudicialmente litigios civiles o mercantiles relativos a derechos disponibles. La mediación en Italia es un requisito para ejercitar en juicio una acción relativa a una controversia en materia de copropiedad, derechos reales, proindivisos, sucesión hereditaria, contrato sucesorio sobre la empresa familiar (patti di famiglia), arrendamiento, comodato, arrendamiento de empresas, indemnización por daños y perjuicios derivados de responsabilidad médica o de injuria en ausencia del ofendido (diffamazione) a través de la prensa u otros medios de publicidad, y contratos de seguros, bancarios y financieros. En tales casos, la parte debe estar representada por un abogado. Puede ser facultativa, a instancia del órgano jurisdiccional o con arreglo a una obligación pactada en contrato por las partes.

3. ¿Existen reglas específicas a seguir?

Actualmente, el régimen general de la mediación civil y mercantil está establecido en el Decreto Legislativo n.º 28/2010 (en su versión modificada por el Decreto Ley n.º 69, de 21 de junio de 2013, convertido, tras convalidación, en la Ley n.º 98, de 9 de agosto de 2013, por el El enlace abre una nueva ventanaDecreto Ley n.º 132, de 12 de septiembre de 2014, convertido, tras convalidación con modificaciones, en la El enlace abre una nueva ventanaLey n.º 162, de 10 de noviembre de 2014, y por el El enlace abre una nueva ventanaDecreto Legislativo n.º 130, de 6 de agosto de 2015) y en el Decreto Ministerial n.º 180/2010.

4. Formación

Quien quiera ejercer de mediador debe cumplir los requisitos establecidos en el artículo 4, apartado 3, letra b), del Decreto Ministerial n.º 180/2010: tener una titulación no inferior a un título universitario de tres años o, alternativamente, colegiarse en una corporación profesional; tener una formación específica y haber completado un curso de capacitación de al menos cada dos años en un organismo de formación acreditado por el Ministerio de Justicia; haber participado como mediador en prácticas, durante este curso, en al menos veinte casos de mediación.

Las entidades formadoras que expiden los certificados que acreditan que los mediadores han completado los cursos de formación necesarios son organismos públicos o privados que acredita el Ministerio de Justicia a condición de que cumplan los requisitos aplicables.

5. ¿Cuál es el coste de la mediación?

El artículo 16 del Decreto Ministerial n.º 180/2010 establece los criterios para determinar el coste de la mediación, que incluye la tasa de incoación y los gastos propios de la mediación.

Los importes que puede tener esta tasa se especifican en el cuadro A anexo al Decreto; varían en función de la cuantía del litigio.

6. ¿Es posible ejecutar un acuerdo de mediación?

Con arreglo al artículo 12 del Decreto Legislativo n.º 28/2010, cuando las partes que participen en la mediación estén asistidas por un abogado, el acuerdo firmado por las partes y los propios abogados constituye un título ejecutivo a efectos de embargo, restitución posesoria, ejecución forzosa de obligaciones de hacer o y de no hacer e inscripción de hipotecas judiciales. Los abogados certifican que el acuerdo cumple las normas de Derecho imperativo y respeta el orden público. En todos los demás casos, el acuerdo adjunto al acta lo homologa mediante auto, a petición de una de las partes, el presidente o juez decano del órgano jurisdiccional competente una vez que se haya comprobado el cumplimiento de las normas de Derecho imperativo y el respeto del orden público. En los litigios transfronterizos a que se refiere el artículo 2 de la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, el acta la homologa el presidente o juez decano del órgano jurisdiccional en cuya demarcación deba ejecutarse el acuerdo.

7. ¿Es gratuita la consulta de la base de datos de mediadores?

En la actualidad, el Ministerio de Justicia publica periódicamente en su sitio web la lista de organismos de mediación y de mediadores adscritos a cada organismo de mediación.

El enlace abre una nueva ventanaEste enlace, tal como se indica en la sección 1, es de acceso abierto y gratuito.

Última actualización: 17/05/2023

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Mediación en los países de la UE - Chipre

¿Con quién contactar?

Para obtener información sobre el procedimiento de mediación en Chipre, póngase en contacto con el Ministerio de Justicia y Orden Público (Ypourgeío Dikaiosýnis kai Dimosías Táxeos), el Consejo de la Abogacía de Chipre (Pankýprios Dikigorikós Sýllogos), la Cámara de Comercio e Industria de Chipre (Kypriako Emporikó kai Viomichanikó Epimelitírio) o la Cámara Científico-Técnica de Chipre (Epistimonikó Technikó Epimelitírio Kýprou).

¿En qué ámbitos es admisible y más común el recurso a la mediación?

Con el consentimiento de las partes implicadas, se puede recurrir al procedimiento de mediación para resolver cualquier litigio civil, transfronterizo o no, incluidos los litigios mercantiles. La legislación no se aplica a los conflictos familiares ni a los conflictos laborales que no estén comprendidos en litigios transfronterizos.

¿Deben seguirse normas específicas?

De conformidad con la Ley de 2012 sobre Determinadas Cuestiones de Mediación en Litigios Civiles [Ley 159 (I)/2012], las partes eligen por consenso a un mediador. El procedimiento seguido es informal. En consulta con el mediador, las partes acuerdan la forma en que se llevará a cabo el procedimiento, su duración, la obligación de confidencialidad del procedimiento, la remuneración del mediador y las condiciones de pago, así como cualquier otra cuestión que se considere necesaria.

¿Cuál es el coste de la mediación?

De conformidad con la legislación, antes de iniciar el procedimiento de mediación las partes acuerdan en consulta con el mediador diversas cuestiones, como el modo de determinar la remuneración del mediador y las condiciones para efectuarle el pago, así como cualesquiera otros gastos judiciales. Por lo tanto, no es posible predecir el coste de la mediación, que dependerá esencialmente de la complejidad del asunto.

¿Es posible ejecutar un acuerdo que sea resultado de la mediación?

Si las partes llegan a un acuerdo transaccional, el mediador lo redactará por escrito y, bien ambas partes conjuntamente, bien una de ellas con el consentimiento expreso de la otra, podrán presentar ante el órgano jurisdiccional una solicitud de ejecución de dicho acuerdo. En este caso, debe ejecutarse del mismo modo que una resolución judicial.

Última actualización: 11/03/2024

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Nota: la versión original de esta página letón se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.

Mediación en los países de la UE - Letonia

En lugar de acudir a los tribunales, ¿por qué no trata de resolver su conflicto a través de la mediación? Se trata de una modalidad de solución alternativa de conflictos, mediante la cual un mediador ayuda a las partes implicadas en un conflicto a alcanzar un acuerdo. La Administración y los profesionales de la justicia de Letonia son conscientes de las ventajas de la mediación.

¿A quién contactar?

El uso de la mediación para resolver litigios civiles está todavía en sus inicios en Letonia. No existe ningún organismo central responsable de la regulación de la profesión de mediador.

Consejo de la Mediación

El El enlace abre una nueva ventanaConsejo de la Mediación (Mediācijas padome) es una asociación, fundada el 25 de julio de 2011, que reúne a varias asociaciones registradas en Letonia que ejercen actividades de mediación. Tiene por objeto elaborar normas comunes de formación de los mediadores e introducir la certificación de los programas de formación, redactar y adoptar un código de conducta de los mediadores certificados y representar a estos últimos, expresar su parecer a las autoridades nacionales y locales, otras autoridades y funcionarios, y emitir dictámenes sobre la legislación y la práctica jurídica en materia de mediación.

El Consejo de la Mediación fue fundado por las asociaciones siguientes:

  • Mediación y solución alternativa de litigios (Mediācija un ADR);
  • Mediación integrada en Letonia (Integrētā mediācija Latvijā);
  • Integración en la sociedad (Centro de ayuda a las víctimas) [Integrācija sabiedrībai (Cietušo atbalsta centrs)];
  • Asociación de mediadores comerciales (Komercmediatoru asociācija).

Mediación y solución alternativa de litigios

La organización El enlace abre una nueva ventanaMediación y solución alternativa de litigios se creó el 7 de abril de 2005. Sus objetivos son:

  • promover la introducción y la utilización progresiva de los métodos alternativos de solución de litigios (mediación, conciliación, determinación imparcial de los hechos, peritajes, arbitraje, etc.) en Letonia;
  • participar en los procesos de formulación de políticas: por ejemplo, en los grupos de trabajo creados por organismos públicos;
  • promover la mejora del nivel de cualificación profesional de sus miembros y# la prestación de servicios de mediación y solución alternativa de litigios de máxima calidad;
  • reunir a los profesionales de la solución alternativa de litigios para alcanzar objetivos comunes;
  • cooperar con las organizaciones internacionales y con otras personas físicas y jurídicas.

La organización asesora a las partes litigantes y a sus representantes en la elección de un especialista, e imparte conferencias y seminarios sobre la mediación y la solución alternativa de litigios. Algunos miembros son mediadores en ejercicio especializados en Derecho civil y penal. Han sido formados en técnicas de negociación y mediación, tanto en Letonia como en el extranjero, por mediadores y especialistas en la solución de litigios de Estados Unidos, Reino Unido, Alemania y otros países.

Mediación integrada en Letonia

La organización El enlace abre una nueva ventanaMediación integrada en Letonia (Integrētā mediācija Latvijā — IMLV) se creó el 10 de agosto de 2007. Aspira a una sociedad que sepa resolver correctamente los litigios, en la que los intereses de todas las partes estén representados por igual y donde el proceso de solución de litigios sea humano, equitativo y se base en la concertación. Se creó en estrecha cooperación con la organización homóloga alemana (Integrierte Mediation), con la idea de colaborar en los ámbitos de la educación, la formación complementaria, la supervisión, la introducción de servicios de mediación y la adopción de buenas prácticas.

El objetivo de IMLV es promover el desarrollo de la mediación a escala regional, nacional e internacional, mediante su integración en el proceso de solución de litigios en las instituciones y organizaciones, y también en el trabajo de los profesionales y en la sociedad en general.

Para lograrlo, IMLV se ha propuesto las siguientes actividades:

  • promover y desarrollar la idea de la mediación integrada en Letonia como una forma de solución de litigios moderna y de alta calidad;
  • promover la cooperación entre profesionales, organizaciones e instituciones;
  • definir y defender los conceptos y las ventajas de la mediación integrada;
  • informar y educar a la sociedad sobre los conceptos y las posibilidades de la mediación integrada;
  • dar a conocer más ampliamente los éxitos de la mediación integrada;
  • organizar la formación sobre mediación y sus posibilidades de integración en distintos ámbitos;
  • realizar estudios y encuestas.

IMLV reúne a diversos profesionales, entre ellos mediadores en ejercicio, que tratan de integrar las destrezas de mediación en su trabajo y concienciar a la sociedad de que la mediación es una alternativa viable para la solución de litigios.

Integración en la sociedad (Centro de ayuda a las víctimas)

El El enlace abre una nueva ventanaCentro de ayuda a las víctimas de la asociación Integración en la sociedad inició sus actividades en 2003. Su principal objetivo es apoyar a las víctimas de delitos. Desde 2004, cuenta con 20 mediadores con dominio de los procedimientos de mediación y capacitados para utilizarlos en la solución de litigios civiles y administrativos.

¿En qué ámbitos es admisible la mediación y/o cuáles son los más comunes?

La mediación es admisible en muchos ámbitos. Se utiliza especialmente en los litigios civiles relacionados con el Derecho de familia y el Derecho mercantil.

¿Hay que seguir unas normas específicas?

El recurso a la mediación es totalmente voluntario.

La mediación no constituye un requisito previo para iniciar o proseguir ningún tipo de procedimiento judicial.

La mediación no se rige en Letonia por leyes y reglamentos externos.

Información y formación

Sitio web dedicado a la mediación: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.mediacija.lv.

Las asociaciones Mediación y solución alternativa de litigios e Integración en la sociedad tienen formadores que ofrecen un curso básico en mediación destinado a futuros mediadores y un curso en competencias básicas de resolución de litigios para su uso en ámbitos profesionales y personales.

¿Cuál es el coste de la mediación?

Los servicios de mediación en la solución de litigios civiles no se prestan de forma gratuita. El coste de la mediación depende de factores como la cualificación y experiencia del mediador, la complejidad del litigio o el número de sesiones de mediación requeridas.

Sin embargo, en asuntos que conciernen a los intereses y derechos del menor, el Consejo de asuntos exteriores y conciliación del Tribunal de familia de Riga (Rīgas Bāriņtiesas Ārlietu un samierināšanas pārvalde) presta un servicio gratuito a los residentes en esta ciudad. Los litigios suelen estar relacionados con la pensión de alimentos, el lugar de residencia, los derechos de visita y la custodia y educación del menor.

¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

La El enlace abre una nueva ventanaDirectiva 2008/52/CE dispone que las partes en litigio pueden solicitar la ejecución de los acuerdos escritos resultantes de la mediación. Los Estados miembros deben comunicar a la Comisión Europea los órganos jurisdiccionales y demás autoridades competentes para tramitar ese tipo de solicitudes.

Letonia no ha comunicado aún esta información.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaMediācija.lv

Última actualización: 05/04/2024

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Mediación en los países de la UE - Lituania

En lugar de acudir a los tribunales, ¿por qué no trata de resolver su conflicto a través de la mediación? Se trata de una modalidad alternativa de solución de conflictos mediante la cual un mediador ayuda a las partes implicadas en un conflicto a alcanzar un acuerdo. La Administración y los profesionales de la justicia de la República de Lituania son conscientes de las ventajas de la mediación.

¿A quién contactar?

En Lituania no existe un organismo centralizado o de carácter oficial responsable de la mediación (tarpininkavimas) ni se está prevista su creación.

¿En qué ámbito es admisible la mediación y/o cuál es el más frecuente?

Su puede aplicar el procedimiento de mediación (taikinamasis tarpininkavimas) en los asuntos civiles (es decir, en los litigios planteados ante un órgano jurisdiccional ordinario con arreglo al procedimiento civil).

¿Hay que seguir unas normas específicas?

La mediación está regulada por la Ley de mediación y conciliación en materia civil (Civilinių ginčų taikinamojo tarpininkavimo įstatymas). En este marco, el recurso a la mediación es completamente voluntario. No existe una normativa específica ni código deontológico para los mediadores.

Información y formación

Tampoco existe de momento un programa de formación en este terreno. Sin embargo, el Ministerio de Justicia (Teisingumo ministerija) y algunas instituciones privadas ofrecen formación. Dichas instituciones privadas no están sujetas a ninguna reglamentación.

¿Cuál es el coste de la mediación?

De acuerdo con la Ley de mediación y conciliación en materia civil, los servicios de mediación pueden prestarse mediante remuneración o bien en forma gratuita. Cuando sean remunerados, el procedimiento sólo puede iniciarse después de que el mediador haya convenido con ambas partes en disputa el precio y la forma de pago de sus servicios.

¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

La El enlace abre una nueva ventanaDirectiva 2008/52/CE permite a las partes de un litigio solicitar la ejecución de los acuerdos escritos resultantes de la mediación. Los Estados miembros deben comunicar a la Comisión los órganos jurisdiccionales u otras autoridades competentes para recibir esas solicitudes.

La Ley de mediación y conciliación en materia civil dispone que los litigantes pueden elegir el órgano jurisdiccional competente, pudiendo ser el tribunal del distrito donde una de las partes tenga su domicilio o sede social.

Última actualización: 07/04/2023

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Mediación en los países de la UE - Luxemburgo

En lugar de acudir a los órganos jurisdiccionales, puede ser de interés resolver los litigios mediante la mediación. Se trata de un mecanismo alternativo de resolución de conflictos en el que un mediador ayuda a las partes a llegar a un acuerdo. El Gobierno y los profesionales de justicia del Gran Ducado de Luxemburgo están convencidos de las ventajas que brinda la mediación.

¿Con quién contactar?

No hay ningún organismo central responsable de la regulación de la actividad de los mediadores.

Aparte de la mediación en sectores específicos (banca, seguros, etc.), del El enlace abre una nueva ventanaDefensor del Pueblo (Ombudsman), que es responsable de la mediación en cuestiones administrativas, y del El enlace abre una nueva ventanaDefensor de los Derechos del Menor (Ombudskommittee fir t’Rechter vun de Kanner), las asociaciones jurídicas siguientes trabajan en el ámbito de la mediación:

¿En qué área es admisible o más frecuente el recurso a la mediación?

La mediación se admite principalmente en:

  • asuntos contencioso-administrativos,
  • asuntos penales,
  • asuntos de familia,
  • asuntos mercantiles y
  • litigios vecinales.

Las principales características de la mediación civil y mercantil son su naturaleza consensual, la confidencialidad del proceso y la independencia, imparcialidad y competencia del mediador. La mediación puede aplicarse a la totalidad o a una parte del litigio. Abarca tanto la mediación convencional como la judicial, siendo especialmente importante la mediación familiar.

En la mediación convencional (médiation conventionnelle) una parte puede proponer a la otra u otras partes, con independencia del proceso judicial o arbitral en curso, recurrir a la mediación en cualquier fase del procedimiento judicial, siempre que sea anterior a la deliberación previa a la resolución.

En la mediación judicial (médiation en justicemédiation judiciaire), el juez que esté conociendo de un asunto civil, mercantil o de familia puede iniciar la mediación judicial en cualquier fase del procedimiento, siempre que: sea anterior a la deliberación previa a la resolución; no se haya sometido al Tribunal de Casación; y no se trate del procedimiento de tramitación abreviada y urgente. El juez puede, de oficio o a instancia de ambas partes, pedir a estas que se sometan a la mediación; ambas partes tienen que estar de acuerdo. En los litigios que plantean problemas relacionados con el Derecho de familia (existe en este sentido una lista taxativa), el juez puede proponer a las partes una medida de mediación y señalar fecha para una reunión informativa gratuita para explicar los principios, el procedimiento y los efectos de la mediación.

En materia penal, la fiscalía puede, en determinadas condiciones y antes de decidir si ejerce o no la acción penal, recurrir a la mediación cuando tal medida:

  • pueda garantizar la reparación del daño causado a la víctima, o
  • pueda poner fin a los problemas resultantes del delito, o
  • pueda contribuir a la rehabilitación del autor del delito.

El recurso a la mediación no impide el ejercicio posterior de la acción penal, especialmente cuando no se respeten las condiciones de la mediación.

¿Existen reglas específicas a seguir?

El recurso a la mediación es completamente voluntario.

La mediación contencioso-administrativa y la mediación penal, así como las mediaciones denominadas «sectoriales», se rigen por una normativa específica.

Información y formación

La mediación en el ámbito penal

La El enlace abre una nueva ventanaLey de 6 de mayo de 1999 y el El enlace abre una nueva ventanaReglamento granducal de 31 de mayo de 1999 establecieron el régimen de la mediación penal. La fiscalía puede, antes de decidir si ejerce o no la acción penal, recurrir a la mediación si considera que tal medida puede garantizar la reparación del daño causado a la víctima, poner fin a los problemas resultantes del delito o contribuir a la rehabilitación del autor del delito. Si la fiscalía recurre a la mediación penal puede nombrar a una persona habilitada a tal efecto para que actúe de mediadora.

En cuanto a la habilitación:

La persona que quiera ser habilitada como mediador penal debe solicitarlo al Ministerio de Justicia (Ministère de la Justice), que se pronuncia sobre la solicitud tras recabar el dictamen del fiscal general del Estado.

La mediación en el ámbito civil y mercantil

La El enlace abre una nueva ventanaLey de 24 de febrero de 2012 creó un marco administrativo nacional para la mediación en materia civil y mercantil que se recoge en un nuevo título del nuevo Código Procesal Civil (Code de procédure civile). Mediante esta Ley, Luxemburgo transpuso la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles, al aplicar los principios enunciados en esta tanto a los litigios transfronterizos como a los nacionales. La Ley se completa con el El enlace abre una nueva ventanaReglamento granducal, de 25 de junio de 2012, por el que se establece el procedimiento de habilitación para las funciones de mediador judicial y familiar, el programa de formación específica en mediación y la celebración de una reunión informativa gratuita (Règlement grand-ducal du 25 juin 2012 fixant la procédure d'agrément aux fonctions de médiateur judiciaire et familial, le programme de la formation spécifique en médiation et la tenue d'une réunion d'information gratuite).

El mediador es un tercero cuya función es escuchar a las partes conjuntamente y, en su caso, por separado, para que estas encuentren una solución de consuno al conflicto que las opone. No se impone ninguna solución a las partes, sino que se les pide que lleguen a un acuerdo sobre una solución negociada amistosamente.

La mediación judicial y la mediación familiar puede realizarla un mediador habilitado o no habilitado. Un mediador habilitado es una persona física autorizada a tal fin por el Ministerio de Justicia.

En caso de mediación convencional y en caso de litigio transfronterizo, las partes pueden recurrir a un mediador no habilitado.

En cuanto a la habilitación:

El Ministerio de Justicia es la autoridad competente para habilitar a los mediadores. En materia civil y mercantil, los mediadores no necesitan habilitación para realizar la mediación convencional.

Cualquier persona física puede solicitar la habilitación si cumple las condiciones previstas en la Ley de 24 de febrero de 2012, por la que se introduce la mediación en materia civil y mercantil en el nuevo Código Procesal Civil, así como las condiciones previstas en el Reglamento granducal de 25 de junio de 2012.

En virtud de la Directiva 2008/52/CE anteriormente citada y del artículo 1251 quater, apartado 1, párrafo tercero, del nuevo Código Procesal Civil (sobre la mediación), los prestatarios de servicios de mediación que cumplan unos requisitos de habilitación equivalentes o esencialmente comparables en otro Estado miembro de la Unión Europea están dispensados de habilitación en el Gran Ducado de Luxemburgo.

La habilitación se concede por un período indefinido.

El artículo 1251 quater, apartado 2, del nuevo Código Procesal Civil y el Reglamento granducal de 25 de junio de 2012, anteriormente citado, mencionan las condiciones acumulativas que deben cumplir las personas físicas que quieran recibir la habilitación:

  1. ofrecer garantías de honorabilidad, competencia, formación, independencia e imparcialidad;
  2. presentar un certificado de antecedentes penales luxemburgués o un documento similar expedido por las autoridades competentes del país de residencia en que ha residido el solicitante en los últimos cinco años;
  3. gozar de todos los derechos civiles y políticos;
  4. poseer una formación específica en mediación sancionada por:
  • bien un máster en mediación de la Universidad de Luxemburgo o de una universidad, centro de enseñanza superior o centro de nivel equivalente de formación designado de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de un Estado miembro de la Unión Europea;
  • bien una experiencia profesional de tres años además de la «formación específica en mediación» mencionada en el artículo 2 del Reglamento granducal de 25 de junio de 2012;
  • bien una titulación en mediación reconocida en un Estado miembro.

La Universidad de Luxemburgo ofrece un El enlace abre una nueva ventanamáster en mediación.

¿Cuál es el coste de la mediación?

La mediación suele ser un procedimiento gratuito. Debe indicarse claramente si no es gratuita.

En la mediación convencional, los honorarios de los mediadores se fijan libremente. Los gastos y honorarios corren a cargo a partes iguales de ambas partes en conflicto, a no ser que decidan otra cosa.

En la mediación judicial y la mediación familiar, los honorarios se fijan por reglamento granducal.

¿Es posible ejecutar un acuerdo obtenido como resultado de una mediación?

Hay que señalar que los acuerdos resultantes de la mediación civil y mercantil tienen la misma eficacia que una resolución judicial. Estos acuerdos, con independencia de que se celebren en otro Estado de la Unión Europea o en Luxemburgo, son ejecutivos en la Unión Europea en virtud de la Directiva 2008/52/CE. La homologación del acuerdo total o parcial por el juez competente le atribuye su fuerza ejecutiva.

La Ley de 24 de febrero de 2012 transpone la Directiva al ordenamiento jurídico luxemburgués y pone a la mediación en pie de igualdad con los procedimientos judiciales existentes.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia

El enlace abre una nueva ventanaAsociación Luxemburguesa de Mediación y Mediadores Habilitados

El enlace abre una nueva ventanaCentro de Mediación Civil y Mercantil

El enlace abre una nueva ventanaCentro de Mediación Civil y Mercantil del Colegio de Abogados de Luxemburgo

El enlace abre una nueva ventanaCentro de Mediación

El enlace abre una nueva ventanaCentro de Mediación Socio-Familiar

Última actualización: 11/01/2022

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.
Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: húngaro.

Mediación en los países de la UE - Hungría

En lugar de acudir a los tribunales, ¿por qué no trata de resolver su conflicto a través de la mediación? Se trata de una modalidad alternativa de solución de conflictos (alternatív vitarendezés) mediante la cual un mediador (közvetítő) ayuda a las partes implicadas en un conflicto a alcanzar un acuerdo. La Administración y los profesionales del Derecho en Hungría son conscientes de las ventajas de la mediación.

¿A quién contactar?

En virtud de la Ley LV de 2002 sobre la mediación (a közvetítői tevékenységről szóló 2002. évi LV. törvény), corresponde al Ministerio de Justicia y Fuerzas de Seguridad (Igazságügyi és Rendészeti Minisztérium) mantener el registro de mediadores y de las entidades que facilitan mediadores.

Se puede acceder a un registro de mediadores y entidades jurídicas que ofrecen servicios de mediación en el El enlace abre una nueva ventanasitio web del Ministerio de Administración Pública y Justicia.

El sitio web ofrece a los usuarios información general y se pueden realizar búsquedas en el registro de mediadores por nombre, ámbito de especialización, competencias lingüísticas y condado en el que se encuentra la oficina correspondiente. En el caso de las entidades jurídicas, las búsquedas pueden hacerse por denominación, condado y nombre abreviado.

También pueden obtenerse los formularios de inscripción para los mediadores y las entidades que ofrecen servicios de mediación en el mismo El enlace abre una nueva ventanasitio web.

Entre las organizaciones no gubernamentales que ofrecen servicios de mediación se encuentran las siguientes:

  • Asociación Nacional de Mediación(El enlace abre una nueva ventanaOrszágos Mediációs Egyesület); y
  • Departamento de Mediación y Coordinación Jurídica de la Cámara de Comercio de Budapest (Budapesti Kereskedelmi és Iparkamara Mediációs és Jogi Koordinációs Osztálya).

¿En qué ámbito es admisible la mediación y/o cuál es el más frecuente?

La Ley LV de 2002 sobre mediación cubre los procedimientos civiles y excluye la mediación en procesos de injurias, procedimientos contencioso-administrativos, procedimientos de custodia, procedimientos de anulación de la patria potestad, procedimientos de ejecución, procedimientos de determinación de la paternidad o la ascendencia y recursos constitucionales.

¿Hay que seguir unas normas específicas?

El recurso a la mediación es voluntario, aunque presenta algunas ventajas previstas en la Ley de tasas (az illetékekről szóló törvény)y en el Código de procedimiento civil (polgári perrendtartás).

Si las partes recurren a la mediación después de la primera vista oral y el juez que preside el tribunal ratifica el acuerdo alcanzado, sólo se deberá pagar la mitad de las costas procesales. De ese importe pueden deducirse los honorarios del mediador, incluido el IVA (HÉA) (aunque con un tope máximo de 50 000 forints). La única limitación es que la cuantía final de las costas no puede ser inferior al 30 % del importe original. Esta reducción no es aplicable a los asuntos en que las leyes no autoricen la mediación.

Si las partes se someten a mediación antes de entablar un procedimiento civil, los honorarios del mediador, IVA incluido, con un límite de 50 000 HUF, se deducen del importe de las tasas judiciales que deben pagarse, no pudiendo en ningún caso situarse las tasas judiciales abonadas por debajo del 50 % del importe original. La reducción no ha lugar si la ley no permite la mediación en el caso en concreto o si las partes acuden a los tribunales a pesar de haberse llegado a una solución tras la mediación (excepto para dar cumplimiento a la resolución en ausencia de cumplimiento voluntario).

No existe un código deontológico nacional en este ámbito, pero la mayor parte de las asociaciones de mediadores se rigen por el Código de Conducta Europeo para los mediadores (közvetítők európai magatartási kódexe).

Existe un código de conducta específico para los conflictos laborales, elaborado por el Servicio de Conciliación y Mediación Laboral (Munkaügyi Közvetítői és Döntőbírói Szolgálat).

Algunos tribunales ofrecen mediación de manera gratuita a las partes para procedimientos ya en curso. Las normas detalladas y el listado de tribunales están disponibles en el sitio web central del poder judicial de Hungría.          
(http://birosag.hu/engine.aspx?page=Birosag_showcontent&content=Birosagi_kozvetites)

Información y formación

No se dispone de un sitio web concreto que publique información en inglés sobre temas de mediación, ni de un instituto de formación de mediadores a escala nacional.

El El enlace abre una nueva ventanasitio web sobre mediación solo está disponible en húngaro.

¿Cuál es el coste de la mediación?

La mediación no es gratuita; su coste dependerá del acuerdo alcanzado entre el mediador y las partes.

¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

En virtud de la El enlace abre una nueva ventanaDirectiva 2008/52/CE, las partes pueden solicitar que se dé carácter ejecutivo al contenido de un acuerdo escrito resultante de una mediación. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión los órganos jurisdiccionales u otras autoridades competentes para tramitar esas solicitudes.

Las partes podrán solicitar que se otorgue carácter ejecutivo al contenido del acuerdo que hayan alcanzado a través de la mediación. Podrán solicitar al tribunal o a un notario que incluya el acuerdo en una resolución aprobada por el tribunal o en un documento notarial, que tendrán carácter ejecutivo.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaSitio web del Registro de mediadores húngaros (A magyar közvetítők adatbázisának honlapja)

Última actualización: 06/04/2017

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Mediación en los países de la UE - Malta

En lugar de acudir a la justicia, ¿por qué no resolver los litigios a través de la mediación? La mediación es una forma de resolución alternativa de litigios (RAL) en la que un mediador ayuda a las partes a alcanzar un acuerdo. Tanto el Gobierno como los profesionales de la Justicia de Malta son plenamente conscientes de las ventajas de la mediación.

¿Con quién contactar?

El organismo gubernamental responsable de la mediación en Malta es el Centro de Mediación de Malta, creado en virtud del capítulo 474 de la El enlace abre una nueva ventanaLey de mediación de 2004. El Centro de Mediación constituye un foro al que pueden acudir las partes, o al que puede remitirse a estas, para resolver su litigio con la ayuda de un mediador.

Puede ponerse en contacto con el Centro a través del secretario del Centro de Mediación de Malta, en 158 Triq il-Merkanti, VLT 1176 La Valeta.

También puede llamar al + 356 23279220 o enviar un correo electrónico a El enlace abre una nueva ventanainfo@mediation.mt.

El Centro facilita a las partes una relación de los mediadores debidamente acreditados por esta institución, y les solicita que seleccionen de ella un mediador aceptable para ambas. Si las partes no llegan a un acuerdo sobre un mediador aceptable para ambas, el Centro designará como mediador a la persona que figura a continuación en la lista de mediadores autorizados.

¿En qué ámbito es admisible la mediación o cuál es el más frecuente?

La mediación es admisible en los litigios sobre asuntos civiles, de familia, sociales, mercantiles y laborales. Cabe señalar que la mediación en asuntos de familia se refiere a determinados litigios familiares, como los litigios sucesorios o los litigios derivados de empresas familiares. No incluye la separación o el divorcio, que son competencia del Tribunal de lo Civil (Sala de la Familia) [Qorti Ċivili (Sezzjoni tal-Familja)] y se rigen por una legislación específica.

¿Hay que seguir unas normas específicas?

La mediación es un proceso voluntario. No obstante, las partes en cualquier proceso pueden solicitar conjuntamente al órgano jurisdiccional que suspenda la tramitación mientras tratan de resolver su litigio a través de la mediación. Además, el órgano jurisdiccional puede proceder a tal suspensión por iniciativa propia durante el proceso y orientar a las partes para que intenten resolver el litigio a través de la mediación. Cabe señalar en cualquier caso que la mediación es obligatoria en los asuntos de familia, en particular en los relacionados con separaciones personales, derechos de visita a los hijos, cuidado y custodia de estos, y alimentos en favor de los hijos o los cónyuges.

El Centro de Mediación de Malta cuenta con un Código de Conducta, que los mediadores están obligados a observar durante los procesos de mediación.

En dicho Código figuran medidas de obligado cumplimiento. Se establece, por ejemplo, que el Consejo de Gobernadores (Board of Governors) del Centro está facultado para adoptar medidas disciplinarias contra cualquier mediador cuya conducta no se atenga, en todo o en parte, a la requerida con arreglo a los principios del propio Código, y que todo mediador del que se determine que ha contravenido cualquiera de sus disposiciones, o que se ha comportado de modo impropio, será suprimido de la lista de mediadores durante el período que el Consejo considere pertinente.

Información y formación

De conformidad con el Código de Conducta de los Mediadores, los mediadores deben seguir y aprovechar activamente las oportunidades de educación y formación que promuevan el dominio de las capacidades de mediación. El Centro de Mediación de Malta organiza de vez en cuando cursos de formación para mediadores. El primero de ellos, sobre capacidades de mediación, se celebró en julio de 2008. Otro curso, destinado a impartir formación en capacidades de mediación con especial atención a los aspectos psicológicos, sociales y jurídicos de la separación, se impartió del 16 al 18 de abril de 2009.

¿Cuál es el coste de la mediación?

La tarifa de la mediación está regulada por los Reglamentos 2 y 4 del Aviso Legal 309 de 2008, modificados por el Aviso Legal 365 de 2020 (véase la El enlace abre una nueva ventanaLegislación subsidiaria 474.01).

En la mediación en asuntos de familia, las partes pueden elegir, de mutuo acuerdo, a un mediador de su elección entre una lista de personas designadas por el Ministro de Justicia a tal efecto (en cuyo caso las partes asumen ellos mismos los gastos de mediación) o, alternativamente, el Tribunal de lo Civil (Sala de la Familia) asigna a un mediador, por turnos, entre las personas designadas por el Ministro de Justicia para actuar como mediadores judiciales [en cuyo caso los honorarios adeudados a los mediadores son abonados por el secretario del Tribunal de lo Civil (Sala de la Familia)].

¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

De conformidad con la El enlace abre una nueva ventanaDirectiva 2008/52/CE, debe ser posible solicitar que el contenido de un acuerdo escrito resultante de la mediación tenga fuerza ejecutiva. La Ley de mediación de 2004 fue modificada por la Ley IX de 2010, principalmente con el fin de transponer las disposiciones de la Directiva que regulan los litigios transfronterizos, ampliándolas a los asuntos nacionales.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaCentro de Mediación de Malta

El enlace abre una nueva ventanaLey de mediación de 2004

El enlace abre una nueva ventanaDirectiva 2008/52/CE

Última actualización: 19/05/2023

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Nota: la versión original de esta página neerlandés se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.

Mediación en los países de la UE - Países Bajos

La mediación conlleva la resolución de un litigio por las partes con la colaboración de un mediador independiente encargado de guiar y asesorar a las partes durante el proceso. Muchas son las ventajas que aporta esta vía extrajudicial de resolución de diferencias. Con gran frecuencia, la duración de los procesos de mediación es breve, lo que permite evitar procesos largos y costosos. Además, la mediación hace hincapié en que no se rompa la relación entre las partes, que juntas han de buscar una solución a sus diferencias.

¿A quién contactar?

En los Países Bajos existen distintos registros de mediadores. La El enlace abre una nueva ventanaFederación de Mediadores de Países Bajos (Mediatorsfederatie Nederland o MfN) lleva un El enlace abre una nueva ventanaregistro de mediadores (el antiguo registro NMI). La MfN representa a las mayores asociaciones de mediadores de los Países Bajos. En su registro solamente constan los mediadores que cumplan una serie de criterios de calidad cuidadosamente evaluados. El Gobierno de Países Bajos rige su registro de mediadores del sistema nacional de asistencia jurídica gratuita [El enlace abre una nueva ventanaregistro de la Junta de Asistencia Jurídica Gratuita (Raad voor Rechtsbijstand)] conforme a las normas de la MfN. También existe el El enlace abre una nueva ventanaRegistro Internacional ADR.

Dirección de la Federación de Mediadores:
Westblaak 140
3012 KM Rotterdam

La dirección postal es:
Postbus 21499
3001 AL Rotterdam

Número de teléfono: 010 - 201 23 44
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@mediatorsfederatienl.nl

¿En qué ámbito es admisible la mediación y/o cuál es el más frecuente?

La mediación siempre se permite y se utiliza ante todo en materia de Derecho civil y Derecho público. De unos años a esta parte también es posible recurrir a la mediación en el ámbito penal.

¿Hay que seguir unas normas específicas?

El recurso a la mediación es totalmente voluntario. Las partes no están obligadas a subscribir un acuerdo previo a la mediación, en el que se recogen los compromisos de confidencialidad y representación de las partes. Quienes recurran a los mediadores de la MfN se comprometen a subscribir un acuerdo previo a la mediación con arreglo al El enlace abre una nueva ventanaReglamento de la mediación de la MfN de 2017.

Los mediadores de la MfN han de ceñirse al código de conducta y el Reglamento de mediación fijados por dicha organización. Toda queja referente al desempeño de las funciones de los mediadores se pueden remitir a la Fundación para la Calidad de los Mediadores (Stichting Kwaliteit Mediators o SKM).

Información y formación

Para poder cursar el alta en el Registro de mediadores es preciso contar con una formación básica y reconocida en mediación, haber superado un examen teórico y una evaluación y presentar un certificado de buena conducta (Verklaring Omtrent het Gedrag o VOG).

Además, han de mantener sus conocimientos al día por periodos evaluables de tres años. Están pues obligados a llevar a cabo como mínimo nueve mediaciones con un mínimo de 36 horas de trabajo presencial, y un mínimo anual de dos mediaciones con un mínimo total de ocho horas de trabajo presencial. De las nueve mediaciones por trienio, un mínimo de tres han de coronarse con un acuerdo de mediación por escrito. Por otro lado, del total trienal de nueve mediaciones para el periodo no han de contabilizarse más de tres en comediación. Además, por trienio los mediadores han de obtener 48 puntos «PE» (formación continua) con un componente obligatorio de aprendizaje interpares. Cada tres años, los mediadores deben someterse a una evaluación por sus iguales: este procedimiento consiste en la valoración por parte de un colega independiente e imparcial acerca de si los servicios de mediación satisfacen el nivel medio que es de esperar en un profesional. En otras palabras, los Países Bajos exigen un alto nivel de calidad a los mediadores recogidos en el Registro de mediadores

¿Cuál es el coste de la mediación?

La tarifa horaria puede variar según el mediador. Factor determinante es, junto a la experiencia profesional, la especialización. Es aconsejable preguntar de antemano al mediador cuáles son sus honorarios por hora, así como cuáles son los gastos complementarios a que pueda haber lugar. El mediador ha de dejar claro cuál es el coste de sus servicios. Además, el coste de la mediación depende de su duración y de la frecuencia de las consultas. El coste medio de los servicios de un mediador es de 150 € por hora (sin IVA).

De no poder hacer frente al coste de un mediador, el interesado puede en determinadas circunstancias optar a la asistencia jurídica gratuita. De ser así, solamente se abona un copago (eigen beidrage), que varía en función de la renta y el patrimonio.

Para más información sobre el coste de la mediación, véase la siguiente El enlace abre una nueva ventanapágina web.

¿Es posible ejecutar un acuerdo de mediación?

La ley permite a las partes en un litigio solicitar que se dé carácter ejecutivo al contenido de un acuerdo de mediación escrito.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaFederación de Mediadores de los Países Bajos

El enlace abre una nueva ventanaCoste de la mediación

El enlace abre una nueva ventanaReglamento de la mediación de la MfN de 2017

Última actualización: 14/01/2022

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Mediación en los países de la UE - Austria

En lugar de acudir a la vía judicial, ¿por qué no trata de resolver su litigio a través de la mediación? Se trata de una modalidad alternativa de solución de litigios mediante la cual un mediador ayuda a las partes a llegar a un acuerdo.

¿Con quién contactar?

El Ministerio Federal de Justicia (Bundesministerium für Justiz) lleva una El enlace abre una nueva ventanalista de mediadores registrados. En ella pueden figurar únicamente mediadores debidamente cualificados tras haber recibido la formación pertinente.

No existe un órgano de la Administración competente en materia de servicios de mediación.

Sí hay, en cambio, asociaciones que prestan servicios de mediación con y sin ánimo de lucro, así como algunas organizaciones no gubernamentales que prestan apoyo a los mediadores.

Cuándo optar por la mediación

En asuntos de Derecho privado ordinario o Zivilrechtssachen (en Austria, este orden jurisdiccional comprende lo civil, lo laboral y lo social, lo mercantil y la jurisdicción voluntaria), la mediación puede ser útil para dirimir conflictos cuya resolución corresponde a los órganos jurisdiccionales ordinarios. La participación en la mediación es voluntaria y permite a las partes hallar su propia solución.

En determinados casos de conflicto entre vecinos, antes de poder ejercer una acción judicial es preciso tratar de resolver la cuestión extrajudicialmente, recurriendo a un comité de conciliación (Schlichtungsstelle), intentando un procedimiento de avenencia judicial (conocido como prätorischer Vergleichversuch) o a través de la mediación.

¿Hay que seguir unas normas específicas?

No existe ni un reglamento específico ni un código de conducta para los mediadores. Sí que existe una serie de derechos y deberes específicos que son de aplicación a las personas inscritas en la lista de mediadores registrados.

Los mediadores no aparecen registrados en función de su especialización (p. ej., en asuntos de familia, en asuntos médicos o en asuntos de construcción), pero los ámbitos de actividad abarcados por los mediadores inscritos sí pueden figurar como información adicional.

Toda persona que haya recibido la formación pertinente puede inscribirse en la lista de mediadores registrados de conformidad con la El enlace abre una nueva ventananormativa aplicable. No existen restricciones al uso del término «mediador/a» (Mediator*in) como título profesional; en cambio, no puede utilizarse la denominación «mediador/a registrado/a» (eingetragene*r Mediator*in) sin la habilitación correspondiente.

Información y formación

El enlace abre una nueva ventanaEn este enlace se ofrece información adicional, por ejemplo, sobre la formación y los requisitos para registrarse como mediador en Austria; esta información solo está disponible en alemán.

¿Cuál es el coste de la mediación?

Por lo general, la mediación no es gratuita.

La cuantía de los honorarios es objeto de acuerdo entre el mediador privado y las partes.

¿Es posible ejecutar un acuerdo de mediación?

La El enlace abre una nueva ventanaDirectiva 2008/52/CE dispone que las partes deben poder solicitar que se dé carácter ejecutivo al contenido de un acuerdo de mediación plasmado por escrito. Corresponde a los Estados miembros comunicar qué órganos jurisdiccionales u otras autoridades son competentes para conocer de esas solicitudes.

El contenido de un acuerdo de mediación únicamente es ejecutable si adopta la forma de una transacción (Vergleich) suscrita ante un órgano jurisdiccional o se plasma en un acta notarial.

Última actualización: 28/03/2023

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Nota: la versión original de esta página polaco se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.

Mediación en los países de la UE - Polonia

En lugar de acudir a los tribunales, ¿por qué no trata de resolver los conflictos a través de la mediación? Se trata de una modalidad alternativa de solución de conflictos en la que un mediador ayuda a las partes implicadas en un conflicto a alcanzar un acuerdo. La Administración pública y los profesionales del Derecho en Polonia conocen bien las ventajas de la mediación.

¿A quién contactar?

En 2010, en el Ministerio de Justicia se creó una célula esencial encargada de las cuestiones de mediación, que actualmente funciona como División para las víctimas de delitos y la promoción de la mediación (Wydział ds. Pokrzywdzonych Przestępstwem i ds. Promocji Mediacji) en el Departamento de Cooperación Internacional y Derechos Humanos. Pueden consultar información de contexto sobre las actividades de mediación en la El enlace abre una nueva ventanapágina web del Ministerio de Justicia (Ministerstwo Sprawiedliwości).

Durante los últimos años, el Ministerio de Justicia viene prestando particular atención en Polonia a cuestiones relacionadas con el desarrollo y la popularización de la mediación y otras formas de resolución alternativa de conflictos (RAC) y la mejora de la eficacia del sistema judicial y su accesibilidad a los ciudadanos.

En 2010 y a iniciativa del Ministerio se designó una red de coordinadores de mediación. En la actualidad hay 120 coordinadores (jueces, oficiales probatorios y mediadores), en ocho tribunales de apelación, todos los tribunales regionales y en seis zonas de los tribunales de distrito.

Por lo que respecta a la asesoría y los dictámenes, el Ministerio de Justicia trabaja con el Consejo Social en materia de resolución Alternativa de Litigios y Conflictos (Społeczną Radą ds. Alternatywnych Metod Rozwiązywania Konfliktów i Sporów) (el «Consejo RAC»: correo electrónico El enlace abre una nueva ventanaadr_rada@ms.gov.pl), que desempeña una función importante a la hora de fomentar la idea de la mediación y la comunicación entre la Administración central, el sistema judicial y el entorno de los mediadores.

Se creó por primera vez, mediante orden del ministro de Justicia de 1 de agosto de 2005, como organismo asesor del ministro sobre cuestiones relacionadas con la resolución alternativa de litigios y conflictos en sentido amplio. Entre los frutos del primer mandato del Consejo se encuentran los siguientes documentos:

El Consejo RAC fue designado para su segundo mandato mediante orden del ministro de Justicia de 3 de abril de 2009 (modificada mediante orden del ministro de Justicia de 1 de julio de 2011). El documento más importante de los elaborados por el Consejo en dicho mandato es El enlace abre una nueva ventanaEstablecimiento de cambios sistémicos (Założenia do zmian systemowych, marzo de 2012).

En la actualidad, el Consejo está compuesto por 23 representantes del ámbito científico que cuentan con experiencia en la práctica de la mediación, así como por representantes de organizaciones no gubernamentales, instituciones académicas y organismos gubernamentales.

Entre las facultades del Consejo se encuentra la elaboración de recomendaciones en relación con normas sobre el funcionamiento del sistema nacional de resolución alternativa de conflictos, y además:

  • la adaptación del sistema RAC a los requisitos del Derecho de la UE,
  • el desarrollo de un modelo uniforme de mediación en el sistema judicial polaco,
  • el fomento de normas para los procedimientos de mediación,
  • el fomento de mecanismos de RAC, como métodos de resolución de conflictos, entre los trabajadores del ámbito de la justicia, las fuerzas y cuerpos de seguridad y la sociedad civil,
  • la creación de un entorno institucional en el que puedan desarrollarse determinadas formas de RAC,
  • la ejecución de otros proyectos ad hoc para desarrollar la mediación en Polonia.

Existe asimismo un gran número de organizaciones no gubernamentales y privadas que desempeñan una función importante en la promoción de la mediación y la organización de sus principios. Estas organizaciones establecen sus propias normas de formación, los requisitos para los candidatos que deseen convertirse en mediadores, los métodos que rigen el procedimiento de mediación y las normas deontológicas y de buena práctica profesional. Estas normas son de carácter interno y solo se dirigen a los mediadores que sean miembros de tales organizaciones.

Las asociaciones más importantes son las siguientes:

Además, los colegios profesionales desarrollan actividades institucionales destinadas al fomento de la mediación. Entre ellos se incluyen los siguientes:

Las organizaciones no gubernamentales, dentro del ámbito de sus obligaciones legales, y las universidades pueden disponer de listas de mediadores permanentes (stały mediator). Los presidentes de los tribunales de distrito son los encargados de facilitar información sobre listas y centros. Los presidentes de los tribunales de distrito también facilitan listas de mediadores en causas penales y asuntos en que se vean implicados menores.

¿En qué ámbito es admisible la mediación y/o cuál es el más frecuente?

La mediación puede servir para resolver litigios en una serie de campos. Con arreglo al Derecho polaco, se ofrece mediación en los siguientes ámbitos:

  • Civil
  • Mercantil
  • Laboral
  • Familia
  • Menores
  • Penal
  • Contencioso-administrativo.

Puede consultarse información detallada a propósito de la mediación en El enlace abre una nueva ventanafolletos y panfletos elaborados y distribuidos por el Ministerio de Justicia.

El ámbito más común y eficaz al que se aplica la mediación es el de los procesos penales y civiles. En 2011-2012, el incremento más rápido en la mediación se observó en los ámbitos del Derecho de familia y mercantil.

¿Hay que seguir unas normas específicas?

La mediación es una manera voluntaria de resolver litigios y controversias y se lleva a cabo mediante:

  • un acuerdo de mediación (mediacja pozasądowa)
  • una resolución del tribunal que remite a la mediación (mediacja ze skierowania sądu).

Si las partes no eligen mediador, el tribunal está facultado para designar, a partir de una lista de personas con las cualificaciones adecuadas, a un mediador que participe en el procedimiento. En causas penales y en asuntos que impliquen a menores, el tribunal deberá designar a un mediador.

Entre otras disposiciones, la mediación se rige por el Código de Procedimiento Civil y Penal, la Ley de procedimiento en asuntos que impliquen a menores y la Ley relativa a las costas en causas civiles. Asimismo se han promulgado instrumentos de derecho derivado por los que se regula el procedimiento detallado de la mediación con respecto a determinados tipos de asuntos.

En relación con los menores, la reglamentación regula:

  • las condiciones que han de reunir las instituciones y personas autorizadas para llevar a cabo procedimientos de mediación,
  • el método de registro de las instituciones y personas autorizadas a llevar a cabo procedimientos de mediación,
  • el método de formación de mediadores,
  • el ámbito de aplicación y las condiciones de acceso de los mediadores al expediente del asunto,
  • la forma y alcance del informe sobre el avance y el resultado del procedimiento de mediación.

La reglamentación en asuntos penales establece las condiciones que han de cumplir las instituciones y personas autorizadas a llevar a cabo procedimientos de mediación:

  • la designación y revocación de las instituciones y personas autorizadas para llevar a cabo procedimientos de mediación;
  • el ámbito de aplicación y las condiciones de acceso al expediente del asunto de las instituciones y personas autorizadas a llevar a cabo procedimientos de mediación;
  • el método y el tipo de procedimiento de mediación.

En los asuntos de familia se aplican a los mediadores requisitos adicionales en relación con su formación y experiencia (psicología, pedagogía, sociología o derecho, y cualificaciones de tipo práctico para desarrollar la mediación en estos asuntos).

Un reglamento de ejecución establece el importe de la retribución y los gastos reembolsables de los mediadores en los procedimientos civiles (véase más adelante - ¿Cuál es el coste de la mediación?)

Información y formación

En la El enlace abre una nueva ventanapágina web del Ministerio de Justicia puede consultar información básica sobre la mediación en Polonia, que incluye, entre otras cosas: extractos de instrumentos legales relativos a la mediación, instrumentos legales internacionales relacionados con la mediación y El enlace abre una nueva ventanadocumentos y recomendaciones elaborados por el Consejo RAC, así como versiones electrónicas de El enlace abre una nueva ventanafolletos, panfletos, guías y posters que se publican para promover el concepto de mediación. Asimismo se publica El enlace abre una nueva ventanainformación actualizada sobre las actividades de promoción de la mediación y las actividades a escala nacional y regional en relación con el Día Internacional de la Resolución de conflictos. La página web también recopila El enlace abre una nueva ventanainformación, traducciones de instrumentos legales y ejemplos de buenas prácticas de otros países

Las cuestiones relacionadas con la mediación se abordan en la formación jurídica general, en la formación de jueces y fiscales y también en los programas de formación de la El enlace abre una nueva ventana Escuela Nacional del Poder Judicial y la Fiscalía (Krajowej Szkole Sądownictwa i Prokuratury).

La formación impartida a los coordinadores de mediación por el Ministerio de Justicia para que se preparen para desempeñar esa función ha abarcado los siguientes ámbitos: comunicación, gestión de equipos y colaboración con los mediadores.

Los propios mediadores eligen entre los cursos ofrecidos por los centros de mediación, las universidades y otras instituciones.

El Ministerio de Justicia elabora estadísticas sobre la mediación que incluyen:

  • el número de reenvíos a la mediación por parte de los tribunales,
  • el número de soluciones alcanzadas,
  • las condiciones de las soluciones (para la mediación en causas penales y en asuntos con la implicación de menores),
  • el número de procedimientos de mediación extrajudicial (en asuntos civiles).

En cuanto a las actividades relacionadas con proyectos, en los tribunales, las jefaturas regionales de policía y los centros de mediación se distribuyeron en 2010-2011 guías, folletos y panfletos con información sobre los distintos tipos de mediación y su uso práctico. Asimismo se llevó a cabo una campaña pública en televisión y radio, y se distribuyeron carteles con el fin de informar sobre la mediación a una gran parte de la ciudadanía. El Ministerio de Justicia actualiza y distribuye regularmente folletos, panfletos, información breve adjunta a los documentos procedimentales y posters, que también pueden conseguirse de forma gratuita en la página web del Ministerio.

Desde hace cinco años se celebra en Polonia el Día Internacional de la Resolución de conflictos y el Ministerio de Justicia está organizando un congreso nacional con este motivo. Además, para marcar este día tienen lugar en muchas ciudades decenas de pequeños congresos, eventos, seminarios y debates, a nivel regional y local.

¿Cuál es el coste de la mediación?

La información sobre mediación la distribuye de forma gratuita el Ministerio de Justicia. Un El enlace abre una nueva ventanaestudio muestra que la mediación es más eficiente desde el punto de vista de los costes que los procedimientos judiciales.

En las causas penales y los asuntos en que están implicados menores las partes no pagan los costes de la mediación sino que se sufragan con fondos del Tesoro. En otros tipos de asuntos, la retribución queda supeditada, por regla general, al acuerdo entre el mediador y las partes. No obstante, el mediador puede acceder a la mediación de forma gratuita.

En causas civiles, son las partes las que sufragan los costes: suelen pagar el 50 % cada una, a menos que lleguen a otro acuerdo. Por lo que respecta a los procedimientos de mediación instados por una resolución de un tribunal, el importe de la retribución del mediador en litigios distintos de los relacionados con el patrimonio es de 60 PLN (unos 15 EUR) por la primera sesión de mediación, y de 25 PLN (unos 6 EUR) por cada sesión adicional. Si los procedimientos se refieren a asuntos relacionados con el patrimonio, la retribución del mediador es el 1 % del valor del objeto del litigio [no menos de 30 PLN (unos 7,5 EUR) y no más de 1 000 PLN (aproximadamente 250 EUR)]. El mediador también tiene derecho a que se le reembolsen los gastos relacionados con la mediación (por ejemplo, los costes de correspondencia, teléfono, alquiler de salas). A los costes también se ha de añadir el IVA.

Si, como resultado de la mediación, se alcanza un acuerdo, el 75 % de las costas judiciales se reembolsarán a la parte que hubiera llevado el asunto ante los tribunales. En asuntos de divorcio y separación, se reembolsa el 100 % de las costas.

En el caso de mediación extrajudicial, es el centro de mediación el que calcula la retribución del mediador y el reembolso de sus gastos o bien son las partes las que pactan con el mediador antes de que comience la mediación. Las partes no pueden quedar exentas de sufragar los costes del mediador aunque lo estén de abonar las costas judiciales. En ambos tipos de mediación (judicial y extrajudicial) el mediador puede renunciar a su retribución.

¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

En asuntos civiles, si las partes han alcanzado un acuerdo, se adjunta al acta. El mediador deberá informar a las partes de que, al firmar el acuerdo, acceden a presentarlo ante el tribunal para que dé su aprobación. El mediador remite el acta con el acuerdo al tribunal y una copia de la misma a las partes. El tribunal pone en marcha sin dilación el procedimiento para aprobar o dictar una declaración de fuerza ejecutiva del acuerdo de mediación. El tribunal se negará a aprobar el acuerdo o a declarar su fuerza ejecutiva, en todo o en parte, si el acuerdo es contrario a la ley, a las buenas costumbres, pretende eludir la aplicación de la ley, es confuso o contiene contradicciones contrarias a los intereses legítimos del trabajador. Los acuerdos de mediación que hayan sido aprobados por los tribunales y declarados ejecutables tienen la validez legal de un acuerdo judicial y pueden ser ejecutados.

Entre los asuntos de familia abarcados por un posible acuerdo se encuentran la reconciliación de los cónyuges, el establecimiento de las condiciones de separación, las cuestiones de autoridad parental, el contacto con los hijos, la satisfacción de las necesidades familiares, los alimentos y el apoyo a los menores, y las cuestiones de patrimonio y vivienda. Tras la separación de los progenitores o los cónyuges, también son susceptibles de acuerdo cuestiones como la expedición de un pasaporte, la elección de la educación de los hijos, los contactos con otros miembros de la familia y la gestión del patrimonio de los hijos.

En los asuntos civiles el inicio del procedimiento de mediación interrumpe el plazo de prescripción.

En causas penales y asuntos en los que estén implicados menores, los acuerdos alcanzados durante la mediación no sustituyen a una resolución judicial y no son vinculantes para el tribunal; sin embargo, el tribunal debe respetar el contenido de la resolución al término del procedimiento. Entre las condiciones del acuerdo pueden encontrarse las siguientes: excusa formal, compensación por daños y perjuicios materiales y no materiales, servicios a la comunidad, pagos a la parte que sufra pérdidas, pagos para el bien social, etc.

Última actualización: 25/09/2014

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Mediación en los países de la UE - Portugal

La mediación es uno de los medios de resolución alternativa de litigios disponibles en Portugal, junto con el arbitraje y los servicios que prestan los juzgados de paz (julgados de paz). La Ley n.º 29/2013, de 19 de abril de 2009 (conocida como Ley de mediación), constituye el marco de la mediación nacional en el contexto de la resolución alternativa de litigios. Esta Ley establece los principios generales aplicables a la mediación llevada a cabo en Portugal, con independencia de la naturaleza del litigio objeto de la mediación, así como el régimen jurídico de la mediación civil y mercantil, de los mediadores y de la mediación pública. Con arreglo a la Ley de mediación, se entiende por:

  • «mediación»: la forma de resolución alternativa de litigios, llevada a cabo por entidades públicas o privadas, mediante la cual dos o más partes enfrentadas intentan voluntariamente llegar a un acuerdo con la ayuda de un mediador;
  • «mediador»: un tercero imparcial e independiente que no tiene autoridad para imponer una solución a las partes en la mediación, pero que les ayuda a llegar a un acuerdo definitivo sobre el objeto del litigio.

Naturaleza de la mediación y de los acuerdos de mediación

El recurso a la mediación es totalmente voluntario. El procedimiento de mediación es confidencial y solo pierde este carácter por razones de orden público y, en particular, cuando sea necesario para garantizar la protección del interés superior del menor, para garantizar la protección de la integridad física o mental de una persona por mediar peligro o para aplicar o ejecutar el acuerdo de mediación, y solo en la medida estrictamente necesaria para la protección de dichos intereses. El contenido de las sesiones de mediación no puede ser utilizado como prueba por un órgano jurisdiccional.

Tienen fuerza ejecutiva los acuerdos de mediación:

  1. que versen sobre un litigio que pueda ser objeto de mediación y para el que la ley no requiera homologación judicial;
  2. que las partes tengan capacidad suficiente para celebrar;
  3. que sean fruto de una mediación realizada con arreglo a las condiciones establecidas por ley;
  4. cuyo contenido no se oponga al orden público;
  5. en que haya intervenido como mediador uno de los que figuren en la lista que administra el Ministerio de Justicia (Ministério da Justiça). Se puede consultar la lista El enlace abre una nueva ventanaaquí.

Un acuerdo logrado mediante mediación en otro Estado miembro de la Unión Europea que cumpla lo dispuesto en las letras a) y d) tiene fuerza ejecutiva si el ordenamiento jurídico de dicho Estado también le confiere fuerza ejecutiva.

Ámbitos en que la mediación es admisible y/o más frecuente

La mediación es admisible en materia civil, mercantil, familiar, laboral y penal. En estos tres últimos ámbitos, existe un sistema público de mediación, con normas propias y específicas para cada uno de ellos.

Los juzgados de paz prestan un servicio de mediación respecto de los litigios que pueden ser objeto de mediación, aunque no sean de la competencia del juzgado de paz.

Estatuto de los mediadores

La Ley de mediación tiene un capítulo dedicado a la figura del mediador (artículos 23 a 29), en el que se fijan sus derechos y deberes. Los mediadores también deben actuar de conformidad con el El enlace abre una nueva ventanaCódigo de Conducta Europeo para Mediadores.

No existe ningún organismo público de formación de mediadores; de esta formación se encargan organismos privados, certificados por la Dirección General de Política Judicial (Direção-Geral da Política de Justiça) de conformidad con el Decreto n.º 345/2013, de 27 de noviembre.

¿Cuál es el coste de la mediación?

Por la utilización del sistema público de mediación familiar se devenga una tasa de 50 EUR por cada parte en el proceso, salvo en los supuestos siguientes:

  • cuando se concede asistencia jurídica gratuita;
  • cuando la autoridad judicial es la que remite a las partes a la mediación, de conformidad con el artículo 24 del Régimen general del procedimiento de tutela civil (Regime Geral do Processo Tutelar Cível);
  • cuando, a petición de las partes o con su consentimiento, la autoridad judicial remite a las partes a la mediación o cuando la que remite es una comisión de protección de niños y jóvenes en el marco de un proceso de fomento y protección de derecho de los menores.

El sistema público de mediación penal es gratuito.

Por la utilización del sistema público de mediación laboral se devenga una tasa de 50 EUR por cada parte en el proceso, sin perjuicio de que se pueda conceder asistencia jurídica gratuita.

A las tasas mencionadas se añaden los honorarios del mediador inscrito en dicho sistema público de mediación, que son fijos, si bien varían en función de si se llega o no a un acuerdo y de las diligencias realizadas para llegar a ese acuerdo.

Por la mediación en el marco de los juzgados de paz, cada parte debe abonar una tasa de 25 EUR en caso de que se llegue a acuerdo.

El coste de la mediación privada lo determina el mediador elegido por las partes.

Más información útil

El organismo gubernamental responsable de la regulación de la mediación pública es la El enlace abre una nueva ventanaDirección General de Política Judicial, a través de su Oficina de Resolución Alternativa de Litigios (Gabinete de Resolução Alternativa de Litígios). Aunque la Dirección General de Política Judicial no ofrece información sobre el modo de encontrar un mediador, ofrece El enlace abre una nueva ventanalistas de mediadores de los sistemas públicos de mediación. Una vez que se opta por la mediación con arreglo a las normas que rigen esta materia, se selecciona automáticamente un mediador.

Última actualización: 25/01/2023

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Mediación en los países de la UE - Rumania

En lugar de acudir a los tribunales, ¿por qué no trata de resolver los conflictos a través de la mediación? Se trata de una modalidad de solución alternativa de conflictos en la que un mediador ayuda a las partes implicadas en un conflicto a alcanzar un acuerdo. La Administración y los profesionales de la justicia rumanos son conscientes de las ventajas de la mediación.

¿A quién contactar?

El El enlace abre una nueva ventanaConsejo de Mediación, creado por la Ley 192/2006, de mediación, es el órgano supervisor en este campo. Es un organismo autónomo que actúa en interés público y tiene su sede en Bucarest.

La Ley 192/2006 estableció el marco legislativo para la introducción de la mediación, en el que operan los profesionales de esta disciplina.

Los miembros del Consejo de Mediación son elegidos por los mediadores y aprobados por el El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia.

Las principales funciones del Consejo de Mediación son:

  • Establecer los criterios de formación en el campo de la mediación con arreglo a las buenas prácticas internacionales y supervisar su cumplimiento por los profesionales.
  • Habilitar a los mediadores y mantener una Lista de mediadores actualizada.
  • Aprobar el currículo de formación de los mediadores.
  • Elaborar el Código ético y deontológico de los mediadores autorizados, así como las normas de responsabilidad disciplinaria.
  • Regular la organización y el funcionamiento del Consejo de Mediación.
  • Formular propuestas de modificación o corrección de la normativa sobre la mediación.

Los datos de contacto del El enlace abre una nueva ventanaConsejo de Mediación son:

Dirección: Cuza Vodă, 64, sector 4, Bucarest

Teléfono: 004 021 315 25 28; 004 021 330 25 60; 004 021 330 25 61

Fax: 004 021 330 25 28

Direcciones de correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanasecretariat@cmediere.ro, El enlace abre una nueva ventanaConsiliul_de_mediere@yahoo.com

Registro Nacional de Asociaciones Profesionales de Mediadores

El El enlace abre una nueva ventanaConsejo de Mediación ha creado el El enlace abre una nueva ventanaRegistro Nacional de Asociaciones Profesionales de Mediadores, en el que figuran las organizaciones privadas que promueven la mediación y representan los intereses profesionales de los mediadores.

He aquí una lista de las asociaciones profesionales de servicios de mediación:

Listado de mediadores

Conforme al artículo 12 de la Ley 192/2006, los mediadores autorizados están inscritos en el «Listado de mediadores» gestionado por el El enlace abre una nueva ventanaConsejo de Mediación y publicado en la Sección I del Boletín Oficial.

El «Listado de mediadores» está también disponible en los sitios web del El enlace abre una nueva ventanaConsejo de Mediación y el El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia.

La lista de mediadores autorizados contiene información sobre:

  • Las asociaciones profesionales a las que pertenecen
  • El centro en el que se licenciaron
  • El programa de formación de mediación que cursaron
  • Las lenguas en que pueden prestar sus servicios de mediación
  • Los datos de contacto

Las personas que desean resolver sus conflictos a través de la mediación pueden ponerse en contacto con un mediador en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del «Listado de mediadores» en las dependencias de los órganos jurisdiccionales y en el sitio web del Ministerio de Justicia.

El Consejo de Mediación está legalmente obligado a actualizar regularmente (al menos una vez al año) el Listado de mediadores y comunicar los nuevos datos a los órganos jurisdiccionales, los órganos de la Administración local y el Ministerio de Justicia.

¿En qué ámbito es admisible la mediación y/o cuál es el más frecuente?

El artículo 2 de la Ley 192/2006 permite a las partes solicitar la mediación en los conflictos civiles, penales y de familia y otros campos del derecho, con sujeción a las disposiciones legales. Los conflictos de consumo y otros conflictos relativos a derechos susceptibles de renuncia pueden resolverse también mediante la mediación, no así las cuestiones relativas a los derechos personales o no renunciables.

¿Hay que seguir unas normas específicas?

La mediación es una alternativa voluntaria. Las partes no están obligadas a iniciarla y pueden abandonar esta vía en cualquier momento. En otras palabras, pueden buscar otros medios de resolución del conflicto en cualquier momento: procedimiento judicial o arbitraje. Las partes interesadas pueden ponerse en contacto con un mediador antes de acudir a los tribunales o durante el proceso judicial.

No obstante, varias disposiciones legales nacionales en materia de mediación obligan a los jueces, en ciertos casos, a informar a las partes de la posibilidad y las ventajas de la mediación. En otros casos, se ofrecen diversos incentivos económicos a las partes que optan por la mediación u otro medio alternativo de resolución de conflictos.

El 17 de febrero de 2007, el El enlace abre una nueva ventanaConsejo de Mediación elaboró el Código ético y deontológico de la mediación, vinculante para todos los profesionales incluidos en el Listado de mediadores.

Información y formación

El sitio web del El enlace abre una nueva ventanaConsejo de Mediación " target="_blank">Consejo de Mediación es la principal fuente de información sobre la mediación.

La formación en mediación es exclusivamente privada, pero el El enlace abre una nueva ventanaConsejo de Mediación debe autorizar a los prestadores para asegurar que todos los cursos respondan a los mismos criterios.

El sitio web del El enlace abre una nueva ventanaConsejo de Mediación incluye también una lista de prestadores de formación de mediación.

Los cursos de formación se imparten regularmente. Actualmente existe un programa de formación correspondiente al curso de formación inicial (80 horas), en el que se establecen los objetivos de aprendizaje, las capacidades a desarrollar y los métodos de evaluación. Los ocho formadores autorizados por el Consejo de Mediación elaboran los materiales de apoyo y los ejercicios con arreglo al marco establecido por el programa nacional de formación.

¿Cuál es el coste de la mediación?

La mediación no es gratuita; el precio está sujeto al acuerdo entre el mediador privado y las partes afectadas.

No hay ayudas legales ni económicas de las autoridades locales o nacionales para la prestación de servicios de mediación.

¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

La El enlace abre una nueva ventanaDirectiva 2008/52/CE permite a las partes solicitar la ejecución de los acuerdos escritos resultantes de la mediación. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión los órganos jurisdiccionales u otras autoridades competentes para recibir tales solicitudes.

Rumanía no ha comunicado aún esta información.

Última actualización: 10/06/2013

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Mediación en los países de la UE - Eslovenia

En lugar de acudir a los tribunales, ¿por qué no trata de resolver su conflicto a través de la mediación? Se trata de una modalidad alternativa de solución de conflictos mediante la cual un mediador ayuda a las partes implicadas en un conflicto a alcanzar un acuerdo. La Administración y los profesionales de la justicia eslovenos son conscientes de las ventajas de la mediación.

¿A quién dirigirse?

    La Ley sobre resolución alternativa de litigios en asuntos judiciales (ZARSS, Boletín Oficial de la República de Eslovenia nº 97/09 y 40/12 - ZUJF), adoptada el 19 de noviembre de 2009 y que entró en vigor el 15 de junio de 2010, dispone que los tribunales de primera y de segunda instancia deben adoptar e implementar un programa de resolución alternativa de litigios para ofrecer a las partes medios alternativos de resolución de litigios en asuntos mercantiles, laborales, de familia y otros asuntos de derecho civil. En virtud de este programa, los tribunales deben permitir que las partes recurran a la mediación además de a otras modalidades de resolución alternativa de litigios.

    El Ministerio de Justicia y Administración Pública mantiene un El enlace abre una nueva ventanaregistro central de mediadores que actúan ante los tribunales en virtud de programas de resolución alternativa de litigios.

    Varias organizaciones no gubernamentales (ONG) intervienen en el ámbito de la mediación:

    Un Consejo para la resolución alternativa de litigios está operativo bajo los auspicios del Ministerio de Justicia y Administración Pública. El Consejo se creó en marzo de 2009 y es un órgano centralizado, independiente y especializado del Ministerio con una función de coordinación y consulta..

      ¿En qué materia es posible o más frecuente recurrir a la mediación?

      El recurso a la mediación es posible en asuntos civiles, de familia, mercantiles, labores y otros asuntos relativos a la propiedad en relación con demandas en las que las partes partes tienen capacidad para disponer y resolver. La mediación también es posible en otros asuntos, siempre y cuando no estén excluidos por ley.

      La mediación se utiliza sobre todo en asuntos civiles, familiares y mercantiles

      ¿Hay normas específicas que cumplir?

      El recurso a la mediación es voluntario. La Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles (ZMCGZ, Boletín Oficial de la República de Eslovenia nº 56/08) se refiere a la mediación en general, es decir, la mediación asociada a procedimientos judiciales y la mediación extrajudicial. Establece solo las reglas básicas para los procedimientos de mediación, que se rigen, en lo demás, por mecanismos de autorregulación. Por ejemplo, establece dónde empieza y termina la mediación, quién designa al mediador, las reglas de conducta básicas del mediador, la forma del acuerdo de resolución del litigio, cómo asegurar su cumplimiento, etc. Las partes pueden apartarse de las disposiciones de la Ley, excepto en lo relativo al principio de imparcialidad del mediador y el impacto de la mediación en los períodos de exclusión y limitación.

      La Asociación eslovena de Mediadores ha adoptado un código de conducta para los mediadores, pero sólo se aplica a los miembros de esta Asociación.

      Información y formación

      Encontrará información pertinente sobre la mediación y cómo establecer contacto con un mediador en los sitios web de diversas ONG, incluidas las siguientes:

      Varias ONG así como el El enlace abre una nueva ventanaCentro de Formación Judicial del Ministerio de Justicia y Administración Pública ofrecen formación para mediadores.

      Coste de la mediación

      De momento, la mediación judicial en virtud de la ZARSS en litigios derivados de relaciones entre padres e hijos y en litigios laborales debido a la terminación de un contrato laboral es gratuita para las partes; las partes solo deben pagar los honorarios de sus abogados. En todos los demás litigios, salvo los mercantiles, el tribunal cubre los honorarios del mediador durante las tres primeras horas de mediación.

      Las organizaciones privadas cobran diferentes honorarios por la mediación.

      ¿Se puede ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

      Un acuerdo como resultado de un proceso de mediación no es ejecutable en sí mismo. No obstante, las partes pueden acordar que el acuerdo de resolución de la disputa adopte la forma de un acto notarial directamente ejecutorio, una resolución judicial o un laudo arbitral basado en el acuerdo alcanzado.

      Enlaces relacionados

      Última actualización: 23/03/2018

      El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

      Mediación en los países de la UE - Eslovaquia

      En lugar de acudir a los órganos jurisdiccionales, puede ser de interés resolver los litigios mediante la mediación. Se trata de una modalidad de resolución alternativa de litigios por la que el mediador contribuye a que se pongan de acuerdo las partes. El Gobierno y los profesionales de la justicia de Eslovaquia están convencidos de las ventajas que brinda la mediación.

      ¿Con quién contactar?

      El sitio web del El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia de la República Eslovaca (Ministerstva spravodlivosti Slovenskej republiky) tiene una El enlace abre una nueva ventanasección dedicada a la mediación, que solo está disponible en eslovaco.

      ¿En qué área es admisible o más frecuente el recurso a la mediación?

      Los mecanismos de mediación se describen en la Ley n.º 420/2004, de mediación y por la que se modifican determinadas leyes (zákon č. 420/2004 Z.z. o mediácii a o doplnení niektorých zákonov), en su versión modificada, que regula:

      • el desarrollo de la mediación,
      • los principios básicos de la mediación, y
      • la organización y los efectos de la mediación.

      Dicha Ley se aplica a los litigios de Derecho civil, Derecho de familia, Derecho mercantil contractual y Derecho laboral.

      La mediación es un procedimiento extrajudicial en el que las partes se sirven de la ayuda de un mediador para resolver un conflicto derivado de una relación contractual o de otra clase. Se trata de un procedimiento por el que dos o más partes resuelven su diferencia con la ayuda de un mediador.

      A tenor del artículo 170, apartado 2, de la Ley n.º 160/2015, del Código Procesal Civil (zákon č. 160/2015 Z.z. Civilný sporový poriadok), en su versión modificada: «Si fuere posible y oportuno, el órgano jurisdiccional procurará una resolución amistosa del litigio o, en su caso, recomendará a las partes que se sometan a la mediación».

      Información y formación

      La sección sobre El enlace abre una nueva ventanamediación del sitio web del Ministerio de Justicia de la República Eslovaca ofrece información sobre la mediación en eslovaco. Para más información, consúltese el sitio web de la Red Judicial Europea.

      ¿Cuál es el coste de la mediación?

      La mediación es un servicio remunerado. La remuneración del mediador es individual y suele basarse en una tarifa horaria o fija. La mediación es una actividad empresarial y no hay costes fijos.

      ¿Es posible ejecutar un acuerdo de mediación?

      La El enlace abre una nueva ventanaDirectiva 2008/52/CE permite a las partes solicitar por escrito que se dé carácter ejecutivo el acuerdo de mediación. Los Estados miembros deben comunicarlo a los órganos jurisdiccionales y a las demás autoridades competentes para recibir dichas solicitudes.

      La mediación es un procedimiento informal, voluntario y confidencial de resolución extrajudicial de conflictos con la ayuda de un mediador. El objetivo de la mediación es lograr un acuerdo aceptable para ambas partes.

      El acuerdo resultante de la mediación debe plasmarse por escrito. Se aplica principalmente a las partes que lo firman y es vinculante para ellas. En virtud de este acuerdo, la parte que tenga derecho puede solicitar la ejecución judicial de la resolución o medidas de embargo si el acuerdo:

      • se otorga ante notario,
      • lo homologa como transacción un órgano jurisdiccional o de arbitraje.

      Si no se llega a un acuerdo de mediación, el asunto puede continuarse por la vía judicial.

      Enlaces relacionados

      El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia de la República Eslovaca

      Última actualización: 19/05/2023

      El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

      Mediación en los países de la UE - Finlandia

      En lugar de acudir a los tribunales, ¿por qué no tratar de resolver su conflicto a través de la mediación? Se trata de una modalidad de solución alternativa de conflictos, mediante la cual un mediador ayuda a las partes implicadas en un conflicto a alcanzar un acuerdo. La Administración y los profesionales de la justicia finlandeses son conscientes de las ventajas que la mediación ofrece.

      ¿A quién contactar?

      La gestión general, las directrices y la supervisión de la mediación en las causas penales y en determinadas causas civiles son responsabilidad del Ministerio de Asuntos Sociales. A las oficinas provinciales del sistema estatal de salud y bienestar corresponde garantizar la disponibilidad de servicios de mediación en cualquier parte del país.

      Puede encontrarse información sobre mediación en el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaInstituto Nacional de Salud y Bienestar.

      La gestión de los servicios de mediación adscritos a los órganos jurisdiccionales corresponde a los tribunales de primera instancia, ya que éstos son los que pueden decidir sobre el recurso a la mediación en los asuntos civiles. La finalidad de esta institución es ayudar a las partes en conflicto a encontrar una solución aceptable para ambas. Por este motivo, los resultados que se obtienen con la mediación suelen basarse más en lo que pueden conseguirse razonablemente, dadas las circunstancias, que en 5la aplicación estricta de la ley. Se ofrece información adicional sobre los tribunales de primera instancia en el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia. También puede consultarse un El enlace abre una nueva ventanafolleto sobre la mediación judicial.

      ¿En qué ámbito es admisible la mediación y/o cuál es el más frecuente?

      La mediación se utiliza tanto en causas civiles como penales.

      No obstante, se recurre a ella sobre todo en asuntos civiles, especialmente en los de menor cuantía. Por supuesto, no todos éstos deben someterse necesariamente a mediación judicial. Las reclamaciones de los consumidores, por ejemplo, pueden ser atendidas por los asesores de consumo y por la Junta de Reclamaciones de Consumo. En los asuntos penales existe un procedimiento específico para la mediación.

      Los asuntos civiles planteados ante los órganos jurisdiccionales generales pueden someterse a mediación en la forma establecida en la Ley 663/2005. Con ella se pretende el arreglo amistoso de los conflictos. Se exigen como requisitos previos que el asunto sea susceptible de mediación y que resulte apropiado recurrir a ésta teniendo en cuenta las pretensiones de las partes. La mediación puede ser solicitada por una de las partes, o por ambas, antes de ir a juicio. La solicitud escrita debe indicar el objeto del conflicto y las discrepancias en las posiciones de las partes. Se han de exponer asimismo los motivos por los que se considera que el asunto es susceptible de mediación.

      Puede recurrirse también a la conciliación (mediación) en las causas civiles en las que al menos una de las partes sea una persona física. En todo caso, en las causas civiles, a excepción de las resultantes de demandas de indemnización por daños provocados por infracciones penales, únicamente cabe la mediación cuando el asunto sea de pequeña cuantía, teniendo en cuenta su naturaleza y las pretensiones de las partes. Por lo demás, se aplica, en lo que proceda, la normativa sobre conciliación en las causas penales.

      Pueden acogerse al procedimiento de conciliación las partes que hayan manifestado de forma personal y voluntaria su conformidad con él, por lo que han de tener capacidad para comprender sus implicaciones y las soluciones que es posible alcanzar a través de esta institución. Por lo tanto, antes de que las partes acuerden recurrir a la conciliación, han de explicárseles sus derechos y la forma de participar en el proceso. Cualquiera de ellas tiene derecho a revocar su consentimiento en todo momento durante la fase de conciliación.

      Los menores de edad deben prestar su consentimiento personal a la conciliación. Además se requiere el acuerdo de su tutor o representante legal. Los adultos legalmente incapacitados pueden optar por la conciliación si comprenden el significado de la causa y dan su consentimiento personal al efecto.

      Es posible aplicar la conciliación a los delitos que se consideren adecuados para este procedimiento, dadas la naturaleza y circunstancias de la infracción, las relaciones entre el imputado y la víctima y los demás aspectos del contexto delictivo. Los delitos cuyas víctimas sean menores de edad no pueden someterse al proceso de conciliación cuando éstas requieran protección especial como consecuencia del tipo de delito o de su edad.

      Las oficinas de mediación son las competentes para recibir las peticiones correspondientes y para colaborar con los distintos órganos de la Administración durante todo el proceso. Cada caso de mediación se asigna a un mediador voluntario, elegido por los profesionales que trabajan en la oficina. Los mediadores intervienen en los procedimientos y en los trámites pertinentes en coordinación con la oficina de mediación, cuyo personal les ofrece orientación y supervisa la realización de sus tareas.

      ¿Hay que seguir unas normas específicas?

      En las causas penales sólo es posible recurrir a la conciliación si las partes han manifestado de forma personal y voluntaria su conformidad con ella y si tienen capacidad para comprender lo que significa y las soluciones que se pueden alcanzar a través de ella. En las causas civiles, para iniciar la mediación se requiere el consentimiento de todas las partes.

      En Finlandia existe un código nacional de buenas prácticas para mediadores, además de otros códigos sectoriales (p.ej. para determinados ámbitos especializados, como la mediación en asuntos relacionados con el derecho de familia, con la sanidad y con la construcción).

      Información y formación

      Hay disponible un folleto sobre la mediación judicial en el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia.

      El Instituto Nacional de Salud y Bienestar (THL) organiza cursos de formación para mediadores.

      El Instituto recopila también información estadística sobre la mediación en las causas penales y civiles, supervisa y lleva a cabo investigaciones sobre estas actividades, y coordina las iniciativas de desarrollo en esta materia. Sus actividades cuentan con el apoyo de la Junta Asesora sobre Mediación en las Causas Penales y Civiles.

      ¿Cuál es el coste de la mediación?

      La mediación es gratuita en las causas penales. De este modo, la víctima de un delito y el imputado pueden valorar con ayuda de un mediador imparcial los perjuicios mentales y materiales infligidos y acordar medidas para el resarcimiento de los daños (Ley 1016/2005).

      La mediación supone para las partes en conflicto un coste inferior al de un proceso judicial. Cada una de las partes paga únicamente sus propios costes y no los de la parte contraria. Si lo desean ambas, puede contratarse a un letrado asesor. También cabe la posibilidad de solicitar la ayuda de alguna oficina de asistencia jurídica gratuita.

      En la mediación judicial, un juez del tribunal de primera instancia hace las funciones de mediador. De hecho, la mediación en conflictos es una de las tareas habituales de cualquier juez. Cuando el caso exija conocimientos específicos sobre un tema determinado, el mediador, con el consentimiento de las partes, podrá contratar a un asesor, cuyos honorarios correrán por cuenta de las partes.

      La mediación judicial está sujeta al pago de una tasa, al igual que los restantes asuntos tramitados por los tribunales.

      ¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

      La Directiva 2008/52/CE permite a las partes de un litigio solicitar la ejecución de los acuerdos escritos resultantes de la mediación. Los Estados miembros deben informar a la Comisión sobre los órganos jurisdiccionales u otras autoridades competentes para recibir tales solicitudes.

      Finlandia no ha comunicado aún esta información.

      Enlaces relacionados

      El enlace abre una nueva ventanafolleto sobre la mediación judicial, El enlace abre una nueva ventanasitio web sobre mediación en los procesos civiles y penales (Instituto Nacional de Salud y Bienestar, THL)

      Última actualización: 09/02/2020

      El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

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      Mediación en los países de la UE - Suecia

      Si se encuentra envuelto en un litigio en materia civil, ¿porqué no intenta resolverlo a través de la mediación, en vez de acudir a los tribunales? La mediación es una modalidad alternativa de solución de conflictos, en la que un mediador ayuda a las partes enfrentadas en una controversia a alcanzar un acuerdo. El Gobierno y los profesionales de la Justicia de Suecia son conscientes de las ventajas de la mediación. También puede utilizarse en los asuntos penales, pero nunca puede sustituir a un procedimiento penal ni constituye una sanción por el delito. En estos asuntos, persigue que los infractores comprendan mejor las consecuencias de sus delitos y que las víctimas puedan sobrellevar las experiencias vividas.

      Mediación en asuntos civiles

      ¿Con quién ponerse en contacto?

      No existe un organismo central encargado de regular la profesión de mediador. Para solicitar información sobre la mediación cabe ponerse en contacto con la Agencia Nacional Sueca de la Judicatura, El enlace abre una nueva ventanaDomstolsverket. Esta institución ha elaborado una lista con las personas que se han mostrado dispuestas a desempeñar tales funciones, que puede consultarse en El enlace abre una nueva ventanahttps://www.domstol.se.

      En asuntos mercantiles, la El enlace abre una nueva ventanaCámara de Comercio de Estocolmo y la El enlace abre una nueva ventanaCámara de Comercio e Industria de Suecia Occidental disponen de servicios dedicados a la mediación.

      ¿En qué ámbitos se admite o es más frecuente la mediación?

      La mediación se admite en múltiples ámbitos, aunque es más frecuente en los asuntos de Derecho civil.

      Existe la posibilidad de recurrir a la intervención de un mediador en el transcurso del procedimiento judicial.

      ¿Existen normas específicas de obligado cumplimiento?

      El recurso a la mediación es totalmente voluntario. No hay normas específicas, tales como códigos de conducta para los mediadores.

      Información y formación

      No hay información específica sobre la formación para la mediación, ni existe ninguna institución nacional para la formación de mediadores.

      ¿Cuál es el coste de la mediación?

      La mediación no es gratuita; el importe a pagar debe ser acordado entre el mediador privado y las partes en conflicto. El coste de la mediación se reparte equitativamente entre las partes.

      Mediación en asuntos penales

      ¿Con quién ponerse en contacto?

      Desde el 1 de enero de 2008, las autoridades locales suecas deben obligatoriamente ofrecer mediación para todos los delitos cometidos por menores de 21 años. Tanto la Policía como las autoridades locales pueden tomar la iniciativa de preguntar al infractor si desea participar en una mediación.

      ¿En qué ámbitos se admite o es más frecuente la mediación?

      La mediación se puede utilizar en cualquier fase del procedimiento judicial y en relación con infractores de cualquier edad. En la Ley sobre mediación (Medlingslag) no se establece ninguna edad máxima, pero desde el 1 de enero de 2008 se exige que las autoridades locales suecas ofrezcan mediación para todos los delitos cometidos por menores de 21 años.

      ¿Existen normas específicas de obligado cumplimiento?

      La mediación no es parte del castigo. Se han de cumplir las condiciones siguientes:

      • La mediación debe ser voluntaria para ambas partes.
      • El delito debe haber sido denunciado a la Policía y el infractor debe haber reconocido su culpabilidad.
      • La mediación debe considerarse apropiada vistas las circunstancias.

      Información y formación

      Según la Ley, las personas designadas como mediadores deben ser competentes y honradas. También han de ser imparciales.

      Tanto las autoridades locales como el Consejo Nacional de Prevención de la Delincuencia (Brottsförebyggande Rådet) pueden ofrecer información adicional sobre la mediación.

      ¿Cuál es el coste de la mediación?

      En asuntos penales, la mediación es gratuita tanto para las víctimas como para los infractores.

      Última actualización: 09/11/2020

      El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

      Nota: la versión original de esta página inglés se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.

      Mediación en los países de la UE - Inglaterra y Gales

      En vez de recurrir a los tribunales ¿por qué no solucionar su litigio a través de la mediación? Este es un método alternativo de solución de conflictos por el que un mediador neutral ayuda a las partes del litigio a alcanzar un acuerdo. El Gobierno y los profesionales de la Justicia de Inglaterra y del País de Gales son conscientes de las ventajas de la mediación y están decididos a fomentar y utilizar la mediación cuando corresponda para la resolución de litigios como alternativa al proceso judicial. Los casos pueden optar a asistencia jurídica gratuita (si se reúnen los criterios habituales para ello).

      A quién contactar

      El Ministerio de Justicia es responsable de la política de mediación civil y familiar y de fomentarla, aunque únicamente en Inglaterra y el País de Gales.

      Mediación civil

      A fin de garantizar la calidad de la instancia de la mediación en los litigios civiles (con exclusión de la jurisdicción de litigios familiares en Inglaterra y Gales), el Ministerio de Justicia y el Departamento de Tribunales de la Reina (Her Majesty’s Courts and Tribunal Service: HMCTS) han establecido dos procedimientos de mediación civil mediante los que las partes pueden resolver los litigios en función de la cuantía de la demanda. El Servicio de Mediación en Procesos de Escasa cuantía es un servicio interno que ofrece y gestiona el HMCTS para casos cubiertos por el procedimiento de escasa cuantía, que se refieren, en general, a demandas inferiores a 10000 GBP. Para casos de mayor cuantía, superior a 10000 £, el Ministerio de Justicia, en colaboración con el El enlace abre una nueva ventanaConsejo de Mediación Civil (Civil Mediation Council: CMC), ha introducido un sistema de acreditación mediante el que los organismos que presten mediación pueden solicitar su inclusión en el registro de mediación civil para que los tribunales les remitan a las partes en los casos adecuados. El enlace abre una nueva ventana El CMC es una organización que representa a los prestadores de servicios de mediación civil y mercantil.

      Mediación familiar

      En los litigios familiares, la mediación está autorregulada y dispone de una serie de asociaciones o de organismos de acreditación a los que están afiliados los mediadores. Estos organismos se han agrupado formando el El enlace abre una nueva ventanaConsejo de Mediación Familiar (Family Mediation Council: FMC) para armonizar las normas de mediación familiar.El enlace abre una nueva ventana Otra función del FMC es la de representar a las organizaciones fundadoras que lo componen y a los profesionales de la mediación familiar en general en sus relaciones con el Gobierno.

      El FMC es un organismo no gubernamental que desempeña un papel central entre las organizaciones que lo componen, todas ellas organizaciones o asociaciones no gubernamentales y miembros fundadores del FMC. Las principales son las siguientes:

      • Grupo RAL (ADR Group)
      • Asociación de mediadores de familia (Family Mediators Association)
      • Mediación familiar nacional (National Family Mediation)
      • Colegio de mediadores de familia (College of Family Mediators)
      • Resolution
      • Asociación de abogados y notarios (Law Society)

      El Gobierno no tiene previsto en la actualidad crear un organismo regulador de la mediación civil o familiar.

      Los mediadores acreditados pueden localizarse en el registro de mediación civil de la El enlace abre una nueva ventanaweb de Justicia. En él puede averiguarse dónde hay un mediador geográficamente próximo; el coste de la mediación se calcula según una tasa fija, proporcional a la cuantía del litigio. Las partes que no puedan sufragar el coste de la mediación pueden disponer de un servicio de mediación gratuito, si reúnen condiciones para ello, que presta LawWorks. Este organismo puede contactarse en el teléfono 01483216815 o en el El enlace abre una nueva ventanasitio Law Works.

      Los servicios de mediación familiar pueden consultarse en la web GovUK (antes DirectGov) en: El enlace abre una nueva ventanaFamily Mediation Service Finder. Obsérvese que ya no funciona la Family Mediation Helpline.

      Para más información El enlace abre una nueva ventanasobre asistencia jurídica gratuita, y sobre las condiciones para beneficiarse de asistencia jurídica en el nuevo Servicio de información de asistencia jurídica gratuita, puede consultarse el sitio de información del Gobierno del Reino Unido en check-legal-aid.

      En qué ámbitos es admisible la mediación. En cuáles es más frecuente

      La mediación puede utilizarse para resolver toda una serie de litigios civiles y comerciales cotidianos, incluidos asuntos de vivienda, litigios mercantiles, litigios en el lugar de trabajo, litigios de escasa cuantía, deudas, litigios sobre lindes, litigios laborales, conflictos contractuales, demandas por daños corporales y negligencia, o litigios de comunidad como molestias o acoso.

      También puede recurrirse a la mediación en los conflictos familiares, divorcios, disoluciones, incluida la disolución de contratos civiles, solicitudes sobre menores, incluidas las de derecho de visitas y residencia. No se circunscribe a antiguos cónyuges o parejas. Así, por ejemplo, los abuelos pueden recurrir a la mediación familiar para convenir disposiciones que les permitan mantener una relación con sus nietos.

      ¿Deben seguirse normas específicas?

      Procedimiento de mediación civil

      La mediación civil no está regulada por ley ni tampoco es una condición previa para iniciar un procedimiento judicial. No obstante, las partes en los procedimientos civiles deben considerar seriamente las posibilidades de mediación antes de acudir a los tribunales.

      La normativa de procedimiento civil (Civil Procedure Rules: CPR) regula el procedimiento y la práctica que deben seguirse en materia civil en las distintas salas del Tribunal de Apelación, del Tribunal Supremo y de los tribunales de distrito. La CPR tiene un código de procedimiento, cuyo objetivo primordial es ayudar a los tribunales a resolver los asuntos con equidad. Parte de este objetivo superior exige que el tribunal recurra activamente a un procedimiento alternativo de resolución de litigios, lo que implica alentar a las partes implicadas a utilizar un procedimiento de resolución alternativa de litigios, si el tribunal lo considera apropiado y facilita el uso de dicho procedimiento.

      La mediación es totalmente voluntaria, pero en la normativa de procedimiento civil figuran los factores que deben tenerse en cuenta para decidir el importe de las costas aplicables. El órgano jurisdiccional debe sopesar los esfuerzos que se hayan realizado antes y durante el procedimiento para intentar resolver el litigio. Por lo tanto, si una parte ganadora hubiera rechazado previamente una oferta razonable de mediación, el juez puede decidir que no se obligue a la parte perdedora a pagar las costas de la parte ganadora.

      Procedimiento de mediación familiar

      Actualmente, la mediación familiar es un proceso totalmente voluntario. Desde abril de 2011 todos los demandantes (no solo los beneficiarios de financiación pública) han de considerar la posibilidad de recurrir a la mediación y asistir a una reunión de información y evaluación antes de presentar una reclamación ante el tribunal con arreglo al El enlace abre una nueva ventanaprotocolo de solicitud previa al presidente. El demandado eventual debe también asistir si lo invitan a hacerlo. Si el demandante persiste en su querella, deberá introducir el formulario FM1 con su demanda para demostrar que no está obligado a asistir a la reunión de información, que ha asistido a la misma y que la mediación no se consideró deseable o que asistió y la mediación se interrumpió o fue imposible resolver todos los puntos.

      En respuesta a las recomendaciones de la Revisión de la Justicia Familiar, el Gobierno introdujo una disposición en el proyecto de Ley de Menores y Familias de febrero de 2013 para elevar a requisito legal la tendencia actual a asistir a un encuentro de información y evaluación de la mediación (con algunas excepciones, por ejemplo en los casos en que haya pruebas de violencia doméstica).

      La presentación del formulario FM1 acompañando a la denuncia, como ya se ha dicho, será también un requisito legal. Se espera que la Ley entre en vigor y que se apliquen sus disposiciones en la primavera de 2014.

      Como las normas de procedimiento civil, las normas de procedimiento (una normativa completa de procedimientos judiciales), fomentan el recurso a métodos de solución alternativa de conflictos.

      Mantenimiento de la calidad profesional

      No hay un código de conducta de mediadores nacionales específico para Inglaterra y el País de Gales. No obstante, para ser acreditado por el CMC, el prestador de mediación civil debe atenerse a un código de conducta: el modelo es el El enlace abre una nueva ventanaCódigo de Conducta de la UE. La profesión se autorregula y el Gobierno no interviene para fomentar la adscripción a uno otro código.

      Todos los miembros fundadores del FMC tienen que garantizar que sus miembros (profesionales de la mediación familiar) se adhieran al El enlace abre una nueva ventanaCódigo de Conducta del FMC.

      Información y formación

      La información sobre mediación en el ámbito civil, servicios y precios puede consultarse en la web del Gobierno en el sitio del El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia: mediación civil.

      El Registro de Mediación Civil permite realizar búsquedas para encontrar un mediador que pueda facilitar la mediación en un lugar apropiado para las partes. El sitio web del CMC y los sitios web de las organizaciones CMC que prestan mediación dan más información sobre el proceso y los servicios disponibles.

      El Servicio de mediación familiar permite realizar búsquedas para encontrar un mediador en la localidad del usuario. Los sitios web de las organizaciones miembros del FMC facilitan más información sobre servicios de mediación.

      No hay organismo nacional de formación de mediadores en Inglaterra y el País de Gales. Los mediadores civiles se forman en el sector privado, que se autorregula. La profesión se autorregula y se ocupa de la formación de sus miembros.

      Los mediadores familiares proceden de una gran variedad de medios, como, por ejemplo, los servicios sociales, jurídicos y terapéuticos, y no existe ninguna obligación legal para que cursen una formación especializada. No obstante, las distintas asociaciones y organizaciones de acreditación imponen sus propios patrones de formación y normas profesionales, que incluyen requisitos de formación. Los mediadores que tienen contrato de mediación financiada con fondos públicos deben demostrar que alcancen un nivel elevado de acreditación y formación para llevar a cabo las reuniones iniciales de información y evaluación de la mediación y la propia mediación.

      ¿Cuál es el coste de la mediación?

      El coste de la mediación varía según quién la realice y, por lo general, no está regulado por el Estado. En materia civil, el coste de la mediación depende de la importancia de los asuntos en litigio y del tiempo necesario para llevar a cabo el proceso. Las tasas de prestación de mediación que presta el Registro de mediación civil en línea pueden consultarse en el sitio web de Justicia. La organización benéfica LawWorks puede contactarse en el teléfono 01483216815 o a través de la web El enlace abre una nueva ventanaLaw Works Mediation.

      ¿Se puede ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

      El enlace abre una nueva ventanahttps://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:136:0003:0008:EN:PDF

      El enlace abre una nueva ventanaLa Directiva 208/52/CE, aplicada en el Reino Unido en virtud de los Reglamentos de mediación transfronteriza (Directiva UE) 2011 (SI 2011 nº 1133) permite que, si en un litigio transfronterizo, una parte está domiciliada en un Estado miembro, solicite la ejecución de un acuerdo escrito resultado de una mediación. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión los órganos jurisdiccionales u otras autoridades competentes para recibir las solicitudes al efecto.

      La información sobre órganos jurisdiccionales competentes de Inglaterra y Gales puede consultarse en la web de órganos jurisdiccionales y tribunales de Su Majestad (El enlace abre una nueva ventanaHer Majesty’s Courts and Tribunals Service).

      Las partes en un litigio en materia civil que hayan llegado a un acuerdo en un proceso de mediación pueden solicitar al órgano jurisdiccional que un juez ratifique el acuerdo. Tras su ratificación por el juez, el acuerdo se convierte en un auto de avenencia jurídicamente vinculante y ejecutable, siempre que el órgano aprecie que el acuerdo es correcto.

      Las partes en litigios familiares que hayan alcanzado un acuerdo entre ellas, a través de sus abogados o a través de la mediación, podrán solicitar al órgano jurisdiccional que convierta su acuerdo en un auto de avenencia jurídicamente vinculante y ejecutable, siempre que el órgano aprecie que el acuerdo en cuestión es correcto. Es más probable que esto se aplique en acuerdos financieros que en litigios sobre menores.

      Enlaces relacionados

      El enlace abre una nueva ventanaCivil Mediation Council, El enlace abre una nueva ventanaFamily Mediation Council, El enlace abre una nueva ventanaCivil Mediation Online Directory, El enlace abre una nueva ventanaFamily Mediation Service Finder, El enlace abre una nueva ventanaEU Code of Conduct for Mediators El enlace abre una nueva ventanaFMC Code of Conduct, El enlace abre una nueva ventanaLawWorks Mediation

      Última actualización: 13/06/2017

      El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

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      Mediación en los países de la UE - Irlanda del Norte

      En lugar de acudir a los tribunales, ¿porqué no intentar resolver su litigio a través de la mediación? Esta es una modalidad alternativa de solución de conflictos («ADR», siglas en inglés de «Alternative Dispute Resolution»), a través de la cual un mediador ayuda a las partes enfrentadas en una controversia a alcanzar un acuerdo. El Gobierno y los profesionales de la Justicia de Irlanda del Norte son conscientes de las ventajas de la mediación.

      En Irlanda del Norte, no existe ningún organismo administrativo responsable de los servicios de mediación. No obstante, algunas organizaciones ofrecen sistemas de mediación y asesoramiento.

      ¿Con quién ponerse en contacto?

      El El enlace abre una nueva ventanaColegio de Abogados (Law Society) de Irlanda del Norte ha desarrollado un El enlace abre una nueva ventanaservicio de resolución de controversias, con objeto de prestar servicios de mediación para la solución de litigios. Este servicio no se limita a litigios planteados ante los tribunales, sino que puede utilizarse también en cualquier fase de una controversia.

      El servicio de resolución de controversias actúa a través de un grupo de abogados (solicitors y barristers), que cuentan con formación y acreditación para intervenir como mediadores en nombre de las partes enfrentadas.

      Otras organizaciones sin ánimo de lucro, como El enlace abre una nueva ventanaRelate y El enlace abre una nueva ventanaBarnardos, prestan ciertos servicios de asesoramiento y mediación en problemas familiares. La El enlace abre una nueva ventanaAgencia de Relaciones Laborales (Labour Relations Agency) ofrece un sistema de arbitraje para controversias relacionadas con el trabajo.

      ¿En qué ámbitos se admite y/o es más frecuente el recurso a la mediación?

      Los principales ámbitos son las controversias civiles y mercantiles, y la mediación en el ámbito de la familia, el centro de trabajo y las relaciones de vecindad.

      ¿Hay normas específicas a las que atenerse?

      En el ordenamiento jurídico de Irlanda del Norte, no existe un sistema de mediación judicial. Sin embargo, es probable que los órganos jurisdiccionales permitan la suspensión del procedimiento cuando exista la posibilidad de que la controversia pueda resolverse a través de la mediación – El enlace abre una nueva ventanaServicio Judicial (Court Service) de Irlanda del Norte.

      El El enlace abre una nueva ventanaColegio de Abogados (Law Society) de Irlanda del Norte establece normas y procedimientos para los servicios de resolución de controversias.

      Información y formación

      Los abogados (solicitors y barristers) que integran el grupo de resolución de controversias han recibido formación y están acreditados por el Colegio de Abogados (Law Society).

      ¿Cuál es el coste de la mediación?

      El coste de la mediación varía según la persona que la ofrezca y no está regulado por el Estado.

      ¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

      Un acuerdo alcanzado a través de mediación y firmado por las partes será admitido por los órganos jurisdiccionales como una transacción de una demanda judicial. Asimismo, si no existe demanda judicial, podrá ser exigido como un contrato vinculante entre las partes.

      Enlaces relacionados

      El enlace abre una nueva ventanaColegio de Abogados (Law Society) de Irlanda del Norte

      El enlace abre una nueva ventanaServicio de resolución de controversias

      El enlace abre una nueva ventanaRelate

      El enlace abre una nueva ventanaBarnardos

      El enlace abre una nueva ventanaAgencia de Relaciones Laborales (Labour Relations Agency)

      Última actualización: 06/03/2017

      El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

      Nota: la versión original de esta página inglés se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.

      Mediación en los países de la UE - Escocia

      En lugar de acudir a los tribunales, ¿por qué no tratar de resolver su conflicto a través de la mediación? Se trata de una modalidad de solución alternativa de conflictos, mediante la cual un mediador ayuda a las partes implicadas en un conflicto a alcanzar un acuerdo. La Administración y los profesionales de la justicia escoceses son conscientes de las ventajas de la mediación.

      En el Reino Unido, Escocia dispone de su propia organización y normas específicas en materia de mediación.

      ¿A quién contactar?

      La política de mediación en Escocia es competencia del Servicio del Ordenamiento Jurídico, perteneciente a la Dirección General de Asuntos Constitucionales, Legislativos y Judiciales del Gobierno Escocés.

      Direcciones importantes para temas de mediación:

      • Red escocesa de mediación (Scottish Mediation Network), 18 York Place, Edimburgo, EH1 3EP.
      • SACRO, Safeguarding Communities Reducing Offending (Protección de la comunidad mediante la reducción de los delitos), 29 Albany Street, Edimburgo EH1 3QN.
      • Red escocesa de mediación social (Scottish Community Mediation). 21 Abercromby Place, Edimburgo EH3 6QE. Relaciones en Escocia (Relationships Scotland), 18 York Place, Edimburgo, EH1 3EP.
      • Relaciones en Escocia (Relationships Scotland), 18 York Place, Edimburgo, EH1 3EP.

      ¿En qué ámbito es admisible la mediación y/o cuál es el más frecuente?

      Se puede recurrir a la mediación en cualquier ámbito del Derecho. Se utiliza más a menudo en los conflictos familiares y entre vecinos, aunque también en los de tipo mercantil y económico. La mediación es obligatoria en los conflictos sobre necesidades de asistencia adicional, y se debe ofrecer la posibilidad de conciliación en las reclamaciones relacionadas con discriminación por motivos de discapacidad.

      ¿Hay que seguir unas normas específicas?

      La profesión de mediador que está desarrollándose en Escocia no cuenta con un marco regulador oficial, ni se exige su intervención como requisito previo para poder emprender ningún tipo de proceso judicial: la mediación tiene siempre carácter voluntario.

      No obstante, existe un código deontológico para la mediación, que distingue las diferentes áreas de especialización, como el Derecho de familia, la sanidad y la construcción. El Gobierno Escocés apoya la labor de la Red escocesa de mediación (SMN) y el desarrollo del El enlace abre una nueva ventanaRegistro escocés de mediación (SMR). Todos los miembros de la SMN están obligados a observar el citado código deontológico. Los mediadores y servicios de mediación que figuran en el SMR pueden también acogerse a algún otro tipo de normativa más exigente. Los sitios web de estas nuevas organizaciones son de acceso gratuito y cuentan con muchos visitantes; los mediadores que aparecen en ellos tienen obligación de respetar el código deontológico.

      ¿Cómo puedo obtener información sobre la mediación?

      Es posible obtener información sobre mediación en el sitio web de la El enlace abre una nueva ventanaRed escocesa de mediación (SMN), y el El enlace abre una nueva ventanaRegistro escocés de mediación (SMR) indica la forma de encontrar un mediador en Escocia. Ambos sitios web están a disposición del público en general y permiten acceder gratuitamente a todo la información.

      El El enlace abre una nueva ventanaRegistro escocés de mediación es un listado de mediadores y servicios de mediación. Ofrece información sobre las personas que practican actividades de mediación de cualquier tipo. Su gestión corresponde a la El enlace abre una nueva ventanaRed escocesa de mediación (SMN).

      Sus datos son actualizados por los propios mediadores al menos una vez al año.

      El Registro escocés de mediación garantiza la calidad profesional de los mediadores inscritos, certificando que cumplen determinadas El enlace abre una nueva ventananormas establecidas por un El enlace abre una nueva ventanaComité de normas. La inclusión en él faculta para usar el título de «El enlace abre una nueva ventanaMediador inscrito en el Registro escocés», así como el logotipo de éste junto al nombre.

      Cuando un El enlace abre una nueva ventanaorganismo regulador certifique que el mediador se ajusta a las normas adicionales aplicables a las distintas áreas de especialización, es posible obtener un «distintivo» complementario.

      Información y formación

      Desde el año 2004, la red SMN ofrece en su sitio web un «mapa de la mediación», que ha sido actualizado en varias ocasiones son el apoyo económico del Gobierno Escocés. El vínculo aparece en varios folletos y sitios web que remiten al usuario al Registro y a la ventanilla de información incluida en él para facilitar la búsqueda de mediadores cualificados.

      El Registro gestiona también un servicio de atención telefónica, que remite las consultas a los servicios de mediación pertinentes.

      El Registro define asimismo las cualificaciones de los mediadores para que los interesados dispongan de mejor información al proceder a su selección.

      En Escocia existen programas de formación para las distintas áreas de mediación. Todos tienen una duración mínima de 30 horas y versan sobre los temas siguientes:

      • Principios y práctica de la mediación
      • Fases del proceso de mediación
      • Ética y valores en la mediación
      • Marco jurídico de los conflictos (si procede)
      • Habilidades de comunicación útiles en los procesos de mediación
      • Técnicas de negociación y su aplicación
      • Consecuencias de los conflictos y forma de afrontarlas
      • Temas de diversidad

      ¿Cuál es el coste de la mediación?

      El coste de la mediación varía en función del prestador del servicio, no estando regulado por el Estado.

      Por regla general, la mediación es gratuita para los usuarios privados en conflictos relativos a los hijos, de carácter vecinal o comunitario, referentes a necesidades de asistencia adicional o discriminación por motivos de discapacidad.

      Los honorarios de los mediadores privados pueden variar entre 200 y 2 000 libras o más diarias.

      ¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

      La El enlace abre una nueva ventanaDirectiva 2008/52/CE permite a las partes de un litigio solicitar la ejecución de los acuerdos escritos resultantes de la mediación. Los Estados miembros deben comunicar a la Comisión los órganos jurisdiccionales u otras autoridades competentes para recibir tales solicitudes.

      Enlaces relacionados

      El enlace abre una nueva ventanaRed escocesa de mediación, El enlace abre una nueva ventanaRegistro escocés de mediación, El enlace abre una nueva ventanaNormas, El enlace abre una nueva ventanaMediación en Escocia: mediadores registrados, El enlace abre una nueva ventanaOrganismos reguladores

      Última actualización: 11/10/2018

      El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.