En Francia, la asistencia jurídica gratuita se denomina asistencia jurisdiccional (aide juri-dictionnelle).
1 ¿Cuáles son los costes de un proceso y quién debe pagarlos normalmente?
Los costes de un proceso judicial son variables en función de la naturaleza y la complejidad del asunto, así como del tipo de procedimiento y del órgano jurisdiccional competente para conocer del asunto.
Se pueden distinguir tres categorías de costes:
• la remuneración del abogado, que no está baremada y, por tanto, se fija libremente entre el abogado y su cliente, corriendo en principio a cargo de este último, salvo que se le conceda asistencia jurídica gratuita;
• las costas, enumeradas de forma taxativa en el artículo 695 del Código Procesal Civil (Code de procédure civile) y que comprenden esencialmente:
a. los honorarios adeudados a abogados o a funcionarios o empleados públicos (officiers publics u officiers ministériels) (los honorarios son distintos de la remuneración);
b. los gastos judiciales adeudados a los agentes judiciales;
c. los gastos de peritajes judiciales e investigaciones;
d. las indemnizaciones que (si procede) deban pagarse a los testigos, sujetas a tarifas fijas;
e. la tasa judicial que paga el cliente al abogado;
f. los desembolsos: se trata de gastos baremados anticipados por los profesionales para atender a las necesidades del proceso.
Las costas corren a cargo de la parte perdedora. Este principio está recogido en el artículo 696 del Código Procesal Civil. Sin embargo, el juez puede, mediante resolución motivada, declarar que la totalidad o una parte de las costas corra a cargo de otra parte; en este último caso, determina cómo se deben repartir las costas.
• los demás gastos en que incurran, con ocasión del proceso, las partes: en principio corren a su cargo, salvo que el juez decida algo distinto; esta facultad discrecional del juez puede ejercerse tanto en materia penal como en materia civil. El juez tiene en cuenta la equidad o la situación económica de la parte condenada en costas. Puede, incluso de oficio, determinar que no ha lugar a dicha condena en costas.
En materia penal, el Estado corre con las costas judiciales. El condenado debe abonar una tasa judicial cuyo importe depende de la infracción.
2 ¿Qué es la asistencia jurídica gratuita?
La asistencia jurídica gratuita forma parte del marco jurídico y reglamentario para la asistencia jurídica contemplado en la Ley n.º 91-647, de 10 de julio de 1991, y en su Decreto de ejecución, el Decreto n.º 2020-1717, de 28 de diciembre de 2020. El objetivo de este marco es cumplir los requisitos del Derecho nacional e internacional relativos a la igualdad de acceso a la justicia y el derecho a un juicio justo.
La asistencia jurídica incluye:
- la asistencia jurídica gratuita: el pago total o parcial por parte del Estado de las costas procesales para un proceso en primera o segunda instancia, así como de las costas de los procesos relativos a la ejecución de resoluciones y las transacciones previas al proceso o el divorcio por consentimiento mutuo que se resuelva extrajudicialmente;
- la ayuda a la intervención del abogado en procesos penales extrajudiciales, como medidas en el contexto de la detención preventiva, alternativas al juicio (sentencia de conformidad, mediación, etc.) o asistencia en procedimientos penitenciarios ante la comisión disciplinaria;
- la ayuda precontenciosa (información, asesoramiento y consulta jurídica gratuita, etc.).
La asistencia jurídica gratuita y la ayuda a la intervención del abogado en procesos extrajudiciales permiten al Estado cubrir los honorarios de los abogados, la remuneración de los funcionarios públicos (agentes judiciales, notarios, etc.) y las tasas judiciales. El objetivo es garantizar que no se impida a las personas defender sus derechos debido a la falta de recursos financieros.
La asistencia jurídica gratuita puede cubrir la totalidad, parte o ninguno de los gastos. No cubre los gastos cubiertos por un contrato de seguro de defensa jurídica u otro sistema de protección. En su caso, la parte de los gastos cubiertos de esa forma se deduce de los importes anticipados por el Estado en concepto de asistencia jurídica gratuita.
3 ¿Cuáles son los requisitos para la concesión de la asistencia jurídica gratuita?
La asistencia jurídica gratuita la concede la delegación de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita (bureau d’aide juridictionnelle) del tribunal de primera instancia (tribunal judiciaire) en cuestión, previo cumplimiento de una serie de condiciones: recursos económicos, nacionalidad, lugar de residencia y admisibilidad.
También puede concederse de forma automática en el marco de determinados procesos y casos específicos, sin necesidad de realizar trámites adicionales distintos de los impuestos por el propio proceso.
- Requisito de recursos económicos:
Antes de otorgar la asistencia jurídica gratuita, las autoridades competentes comprueban que el interesado no disponga de recursos suficientes para defender sus derechos por la vía judicial. Para determinar si es así, se tienen en cuenta los límites máximos siguientes:
- límites máximos de renta;
- límites máximos relativos a los bienes muebles y activos financieros;
- límites máximos relativos a los bienes inmuebles.
Cabe señalar que los límites máximos dependen de la composición de la unidad familiar a efectos del impuesto sobre la renta. Sin embargo, si las dos partes del proceso para el que se presente la solicitud de asistencia jurídica gratuita proceden de la misma unidad familiar a efectos del impuesto sobre la renta, sus recursos se examinan por separado.
Estos límites máximos se ajustan cada año desde 2021 en función de las variaciones observadas en los precios al consumo, sin incluir el tabaco. El ajuste se incluye en una circular de carácter anual en el Boletín Oficial de Francia (Journal officiel de la République française).
Por consiguiente, las delegaciones de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita examinan las solicitudes del modo siguiente:
- El principal indicador utilizado para garantizar el cumplimiento del límite máximo de renta es la renta de referencia (revenu fiscal de référence o RFR). La renta de referencia es la suma anual de los distintos tipos de rendimientos que obtiene la unidad familiar a efectos del impuesto sobre la renta, calculada por la Administración tributaria y que figura en la portada de la liquidación del impuesto sobre la renta. El límite máximo varía en función de la composición de la unidad familiar a efectos del impuesto sobre la renta.
- A falta de la renta de referencia, el indicador utilizado es el de los recursos imponibles.
- Los límites máximos relativos a los bienes muebles y activos financieros (principalmente ahorros) se establecen en un reglamento. Cabe señalar que si el solicitante declara activos de valor cero (0 EUR), no se solicitan documentos justificativos.
- Los límites máximos relativos a los bienes inmuebles excluyen los activos que no puedan venderse o pignorarse sin afectar gravemente a las personas interesadas. Este es el caso, en particular, de la residencia principal y de los bienes utilizados con fines profesionales.
Para saber si tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita, puede consultar el sitio web service-public.fr, en el que se ofrece una herramienta en línea para simular el derecho a la asistencia jurídica gratuita mediante la introducción sus fuentes de ingresos: https://www.aidejuridictionnelle.justice.fr/simulateur. Cabe señalar que se trata de un instrumento indicativo que no puede predecir la resolución de las autoridades competentes y no sustituye en ningún caso al procedimiento de solicitud de asistencia jurídica gratuita.
La asistencia jurídica gratuita se concede sin examinar el requisito de recursos económicos a las víctimas de delitos muy graves (víctimas de atentados dolosos contra la vida o la integridad física), así como a sus derechohabientes.
Además, en el artículo 19-1 de la Ley de 10 de julio de 1991 se garantizan la remuneración de un abogado adscrito o designado de oficio para una lista limitada de procesos, sin que exista un examen previo del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad Dicho cumplimiento se verificará a posteriori, lo que puede dar lugar a la recuperación de los importes cubiertos por el Estado en caso de no cumplir dichos requisitos.
- Requisito de nacionalidad:
La asistencia jurídica gratuita puede concederse a las personas de nacionalidad francesa o a los nacionales de uno de los Estados miembros de la Unión Europea (con excepción de Dinamarca) o a los extranjeros que residan de forma habitual y regular en Francia. También se puede conceder asistencia jurídica gratuita para un asunto ante un órgano jurisdiccional francés a los extranjeros no residentes en Francia que sean ciudadanos de un Estado vinculado a Francia por un acuerdo internacional o bilateral que reconozca a sus ciudadanos el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Más específicamente, en principio es necesario contar con residencia habitual y regular en Francia. Sin embargo, la asistencia jurídica gratuita se concede sin requisito de residencia a los extranjeros que sean menores de edad, encausados, investigados, condenados o partes civiles, cuando se beneficien de una medida de protección en virtud del artículo 515-9 del Código Civil, cuando sean objeto de un proceso por aceptación de decreto (procédure de comparution sur reconnaissance préalable de culpabilité) o cuando estén sujetos a procedimientos relativos a las condiciones del Código de Entrada y Residencia de Extranjeros y Derecho de Asilo (code de l’entrée et du séjour des étrangers et du droit d’asile).
- Requisito de admisibilidad:
La asistencia jurídica gratuita se concede a aquellas personas cuya acción no sea manifiestamente inadmisible o infundada. Este requisito solo se aplica por naturaleza a la asistencia jurídica gratuita y no a la ayuda a la intervención del abogado en procesos extrajudiciales. Así pues, se considera manifiestamente inadmisible una acción prescrita o la incoación de un proceso como parte civil basada en hechos que no constituyen un delito.
Este requisito no es aplicable al demandado en la acción judicial en cuestión, a la persona civilmente responsable, al investigado, al encausado ni al condenado.
En casación, no se concede asistencia jurídica gratuita al solicitante en el caso de que no se pueda hallar ningún motivo de casación fundado.
Situaciones específicas
La asistencia jurídica gratuita se concede sin ningún examen de los requisitos si el solicitante ya ha recibido asistencia jurídica gratuita en el asunto y la contraparte ha recurrido la resolución dictada a favor del solicitante, en cuyo caso la asistencia jurídica gratuita se considera «mantenida».
Del mismo modo, a las personas que no reúnan los requisitos (de nacionalidad o recursos) para tener derecho a la asistencia jurídica gratuita se les puede conceder excepcionalmente la asistencia jurídica gratuita si su actuación resulta especialmente digna de interés debido al objeto del litigio o al coste previsible del proceso (artículos 3 y 6 de la Ley de 10 de julio de 1991, de asistencia jurídica gratuita). Este es también el caso de las víctimas de agresiones con intención de poner en peligro su vida o causar daños corporales, con el fin de permitirles ejercitar acciones civiles, así como para las personas a su cargo.
También existen varios procesos para los que la asistencia jurídica gratuita se concede automáticamente, a saber:
- los recursos contra las resoluciones individuales adoptadas de conformidad con el libro I y los títulos I a III del libro II del Código de Pensiones de Invalidez Militar y Víctimas de Guerra;
- los menores sujetos a una audiencia prevista en el artículo 388-1 del Código Civil;
- los procesos ante el Tribunal Nacional para el Derecho de Asilo (cour nationale du droit d’asile), a menos que el recurso sea manifiestamente inadmisible;
- las personas detenidas:
- sujetas a un procedimiento disciplinario en relación con su detención,
- sujetas a una medida de aislamiento (aislamiento automático, ampliación o levantamiento del aislamiento si lo hubiera solicitado el detenido),
- ante la comisión de la ejecución de condenas con arreglo al artículo 720 del Código Procesal Penal (code de procédure pénale);
- las personas internadas en un centro de internamiento sociomédico (centre socio-médico-judiciaire de sûreté) en relación con las resoluciones adoptadas en su contra para garantizar el buen funcionamiento del centro.
4 ¿Puede obtenerse asistencia jurídica gratuita para todo tipo de litigios?
La asistencia jurídica gratuita se concede a los demandantes y a los demandados, en procedimientos de jurisdicción voluntaria o contenciosos ante cualquier órgano jurisdiccional y en procedimientos de audiencia de menores.
Puede concederse para la totalidad o parte del procedimiento, así como con vistas a lograr una transacción antes de la incoación del proceso.
La asistencia jurídica gratuita también puede concederse para obtener la ejecución de una resolución judicial o de cualquier otro título ejecutivo, incluidos los dimanantes de otro Estado miembro de la Unión Europea, a excepción de Dinamarca.
5 ¿Hay un procedimiento específico para los casos urgentes?
La asistencia jurídica gratuita puede concederse provisionalmente en situaciones de emergencia, por ejemplo, cuando el proceso ponga en peligro las condiciones esenciales de vida de la persona interesada o en caso de ejecución forzosa que implique el embargo de bienes o el desahucio.
La concesión provisional de la asistencia jurídica gratuita la decide un magistrado del órgano jurisdiccional que conoce del asunto, a raíz de una solicitud informal por parte de la persona interesada o de oficio si esta ha presentado una solicitud de asistencia jurídica gratuita sobre la que aún no se ha adoptado una resolución.
Se concede automáticamente, es decir, sin más formalidad jurídica que la exigida por el propio proceso, cuando este se refiere a la emisión de una orden de protección, un mecanismo de protección de las víctimas de violencia doméstica.
También existe un régimen de asistencia jurídica gratuita garantizado aplicable a once procesos:
- el proceso judicial para el levantamiento y el control de las medidas de atención psiquiátrica;
- la asistencia de una persona que solicite o recurra la emisión de una orden de protección con arreglo al artículo 515-9 del Código Civil;
- el juicio inmediato;
- el juicio aplazado;
- la comparecencia ante un juez de instrucción;
- la audiencia de alegaciones relativas al internamiento o al mantenimiento en prisión preventiva;
- la asistencia de un menor en los procesos relativos a los servicios de protección de menores, los procesos ante el juez de menores en materia penal o el tribunal de menores (tribunal pour enfants), el interrogatorio voluntario sin detención, el interrogatorio preliminar o una investigación;
- la asistencia de un acusado ante el Tribunal Superior de lo Penal (cour d’assises) (tribunal penal de primera instancia que se ocupa de los delitos más graves), el tribunal penal departamental (cour criminelle départementale), el tribunal superior de menores (cour d’assises des mineurs) o el tribunal de menores (tribunal pour enfants) que dicta sentencia en materia penal;
- el proceso ante el juez competente en materia de libertad y prisión (juge des libertés et de la détention) relativo a la entrada y residencia de extranjeros;
- el proceso ante el tribunal de lo contencioso-administrativo (tribunal administratif) relativo a la expulsión de los extranjeros sujetos a una medida restrictiva de su libertad;
- el proceso extrajudicial en el sentido del artículo 11-2, puntos 2.º a 4.º, de la Ley de 1991.
Este sistema permite a su abogado solicitar el pago de su remuneración por parte del Estado. El Estado adelantará los gastos en su nombre. Por lo tanto, su derecho a la asistencia jurídica gratuita se examinará al término del proceso en cuestión. Si resulta que usted no cumple los requisitos de admisibilidad, tendrá que reembolsar los gastos al Estado.
6 ¿Dónde puedo obtener un formulario de solicitud de asistencia jurídica gratuita?
Puede descargar e imprimir el formulario de solicitud de asistencia jurídica gratuita en el siguiente enlace:
https://www.justice.fr/formulaire/demande-aide-juridictionnelle
También es posible presentar una solicitud de asistencia jurídica gratuita en línea directamente desde el sitio web https://www.aidejuridictionnelle.justice.fr/ si su solicitud se refiere a procesos en curso o futuros ante un órgano jurisdiccional.
La asistencia jurídica gratuita puede solicitarse antes de la presentación de la demanda o durante el proceso.
Asimismo, puede solicitar asistencia jurídica gratuita una vez finalizado el proceso. Por ejemplo, para ejecutar la resolución judicial.
También puede obtener un formulario de solicitud de asistencia jurídica gratuita en el tribunal de primera instancia de su lugar de residencia o donde se conocerá de su asunto, así como en su Punto de Justicia (Point Justice), Casa de la Justicia y el Derecho (Maisons de la Justice et du Droit), Punto de Acceso al Derecho (Point d’Accès au Droit) o Centro de Acceso al Derecho (Relais d’Accès au Droit). Puede buscarlos aquí: http://www.annuaires.justice.gouv.fr/lieux-dacces-aux-droits-10111/
Si se es francés residente en el extranjero, también se puede solicitar el formulario en un consulado o en el:
Département de l’entraide, du droit international privé et européen (Departamento de Asistencia Mutua, Derecho Internacional Privado y Derecho Europeo, DEDIPE) Ministère de la Justice, Direction des affaires civiles et du sceau (Ministerio de Justicia, Departamento de Asuntos Civiles y Precintos),
13 place Vendôme, 75042 París Cedex 01.
Si se es extranjero no residente en Francia, se puede obtener el formulario de asistencia jurídica gratuita a través de la autoridad central que el país haya designado para transmitir las solicitudes internacionales de asistencia jurídica gratuita. La mayoría de los países ha designado a su Ministerio de Justicia. Francia ha designado para el citado servicio al Ministerio de Justicia, concretamente la Bureau du droit de l'Union, du droit international privé et de l'entraide civile, direction des affaires civiles et du sceau (Oficina del Derecho de la Unión, del Derecho internacional privado y de la ayuda civil, Dirección de Asuntos Civiles y Judiciales, del Ministerio de Justicia de Francia), para tratar las solicitudes en materias civil, mercantil o contencioso-administrativa de los residentes de los Estados miembros del Consejo de Europa que sean parte en el Acuerdo Europeo relativo a la transmisión de solicitudes de asistencia jurídica gratuita, de 27 de enero de 1977. Por tanto, dicha Oficina es competente para recibir y enviar las solicitudes.
Si se es ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea (a excepción de Dinamarca) y residente en Francia o su litigio va a ser conocido por un órgano jurisdiccional francés, puede disfrutar de la asistencia jurídica gratuita transfronteriza en materias civil y mercantil de conformidad con la Directiva 2003/8/CE, de 27 de enero de 2003. En Francia, la oficina competente para tramitar estas solicitudes es el:
Bureau de l’aide juridictionnelle (Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita)
Service de l’accès au droit et à la justice et de l’aide aux victimes (SADJAV) (Departamento de Acceso a la Justicia y Apoyo a las Víctimas)
Ministère de la Justice (Ministerio de Justicia)
13 place Vendôme 75042 París Cedex 01.
Por último, si su solicitud es competencia de un tribunal de lo contencioso-administrativo o de un tribunal de apelación de lo contencioso-administrativo (cour administrative d’appel), no podrá completar su solicitud de asistencia jurídica gratuita en línea, sino que deberá utilizar el formulario CERFA [el Centro de Registro y Revisión de Formularios Administrativos (CERFA) es el organismo responsable de registrar y revisar los formularios oficiales para diversos fines en Francia].
7 ¿Qué documentos debo adjuntar a mi solicitud de asistencia jurídica gratuita?
El formulario de solicitud de asistencia jurídica gratuita debe ir acompañado de los documentos justificativos necesarios (liquidación del impuesto sobre la renta, prueba de la situación familiar o nacionalidad, etc.).
Puede encontrar la lista de documentos que deben facilitarse en el sitio web service-public.fr y en la Orden de 30 de diciembre de 2020 sobre el contenido del formulario de solicitud de asistencia jurídica gratuita y la lista de documentos justificativos.
Los documentos justificativos le permiten demostrar que su situación le da derecho a asistencia jurídica gratuita, en particular en lo que se refiere a lo siguiente:
- sus recursos financieros y los de las personas que viven habitualmente en su hogar;
- el objeto de su solicitud.
8 ¿Dónde debo presentar mi solicitud de asistencia jurídica gratuita?
Puede presentar la solicitud en la delegación de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita de su domicilio o de la demarcación en la que se encuentre el órgano jurisdiccional que vaya a conocer su asunto, o enviarla a dicha delegación.
Existe una delegación de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita en cada tribunal de primera instancia, encargada de tramitar las solicitudes de asistencia jurídica gratuita con vistas a llevar un asunto ante dicho órgano o ante los que se encuentren en su demarcación: tribunal de primera instancia, tribunal de lo contencioso-administrativo, tribunal laboral paritario (conseil des prud’hommes), tribunal de apelación (cour d’appel) y tribunal de apelación de lo contencioso-administrativo.
Sin perjuicio de la regla de la ventanilla única, también existe una delegación de la Oficina en cada uno de los órganos jurisdiccionales siguientes:
- el Tribunal de Casación (cour de cassation), que es la máxima autoridad judicial del orden jurisdiccional ordinario;
- Consejo de Estado (Conseil d’État), que es la máxima autoridad judicial del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo;
- el Tribunal Nacional para el Derecho de Asilo.
También puede solicitar asistencia jurídica gratuita en línea en la siguiente dirección: https://www.aidejuridictionnelle.justice.fr/
9 ¿Cómo me informarán de si efectivamente tengo derecho a la asistencia jurídica gratuita?
Se enviará una notificación de la resolución de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita a su domicilio.
Para estimar los posibles derechos de asistencia jurídica gratuita, puede utilizarse un simulador en línea en: https://www.justice.fr/simulateurs/aide-juridictionnelle
Esta simulación le permite saber si tiene derecho o no a la asistencia jurídica gratuita. Sin embargo, no sustituye a un examen adecuado de su solicitud. Por lo tanto, no puede predecir la resolución que adoptará la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita.
10 Si reúno los requisitos para la asistencia jurídica gratuita, ¿qué debo hacer?
El solicitante debe ponerse en contacto con su abogado (o con el auxiliar judicial: agente judicial, perito, notario, etc.) o con el que se le haya asignado, con objeto de exponerle su caso y facilitarle toda la información y documentación útil para que lleve a cabo su trabajo.
Si se le ha concedido asistencia jurídica gratuita parcial, debe acordar con él los honorarios complementarios que deba pagarle. Este importe debe constar en un acuerdo por escrito que deberá firmar.
11 Si reúno los requisitos para la asistencia jurídica gratuita, ¿quién elige mi abogado?
Rige el principio de libre elección del abogado.
Si va a servirse de un abogado de su elección, debe indicar el nombre del abogado en el formulario de solicitud de asistencia jurídica gratuita.
Sin embargo, si no lo conoce, el decano del colegio de abogados del tribunal de primera instancia o el juez decano o presidente del órgano jurisdiccional ante el que se haya presentado la demanda nombra a un abogado.
12 Si reúno los requisitos, ¿la asistencia jurídica gratuita cubre todos los costes de mi proceso?
La asistencia jurídica gratuita completa cubre todas las tasas judiciales, incluida la remuneración de los funcionarios judiciales (abogados, agentes judiciales, peritos, notarios, etc.) a los que se paga directamente. Esta retribución se calcula en función de un baremo por tipo de procedimiento.
También se puede conceder asistencia jurídica gratuita parcial, que cubre entre el 25 y el 55 % de las costas procesales en cuestión.
13 Si reúno parcialmente los requisitos para la asistencia jurídica gratuita, ¿quién pagará los otros costes?
Si se concede la asistencia jurídica gratuita parcial, queda a cargo del solicitante el importe pendiente no baremado, determinado de mutuo acuerdo entre el solicitante y el abogado, bajo el control del decano del colegio de abogados, al cual se puede recurrir en caso de controversia.
Al igual que en el caso de la asistencia jurídica gratuita completa, la asistencia jurídica gratuita parcial exime al beneficiario de la obligación de adelantar o depositar las costas procesales.
14 Si reúno los requisitos para la asistencia jurídica gratuita, ¿cubrirá las fases procesales posteriores como recursos y ejecución?
- Si es usted quien ejerce la acción, debe presentar una nueva solicitud que se examina con arreglo a los criterios establecidos en las normas en vigor aplicables.
- Por otra parte, si es la contraparte quien presenta la demanda, seguirá recibiendo la asistencia jurídica gratuita. No obstante, debe presentar formalmente una nueva solicitud ante la delegación de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita del tribunal de primera instancia del lugar en que tenga su domicilio o en el que el tribunal de apelación tenga su sede. Esta nueva solicitud no dará lugar a un nuevo examen de los documentos justificativos o, en particular, de sus recursos;
- Si el solicitante ya ha disfrutado de asistencia jurídica gratuita en las instancias anteriores y desea interponer un recurso de casación, las resoluciones anteriores de concesión pierden su validez. Debe presentarse una solicitud a la delegación de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita del Tribunal de Casación, la cual, además del nivel de recursos económicos, debe examinar la admisibilidad de la acción judicial pretendida. En casación, puede no concederse asistencia jurídica gratuita al solicitante en el caso de que no se pueda hallar ningún motivo de casación fundado.
15 Si se me concede la asistencia jurídica gratuita, ¿puede ésta revocarse durante el proceso e incluso con efecto retroactivo después de la terminación de este?
Se puede revocar la asistencia jurídica gratuita al beneficiario, en su totalidad o en parte (artículo 50 de la Ley de 1991 y artículos 65 a 68 del Decreto 2020-1717, de 28 de diciembre de 2020, de asistencia jurídica gratuita), durante o después del procedimiento, en los supuestos siguientes:
- si la asistencia jurídica gratuita se obtuvo con declaraciones o documentos inexactos,
- en acciones temerarias o declaradas dilatorias y manifiestamente inadmisibles,
- si, en el curso del procedimiento, el valor de los bienes muebles o inmuebles del beneficiario aumenta significativamente,
- cuando la resolución firme haya aportado recursos que superen los máximos para la concesión de la asistencia jurídica gratuita,
- cuando los elementos externos del nivel de vida del beneficiario de la asistencia jurisdiccional o de la ayuda a la intervención del abogado parezcan manifiestamente incompatibles con el importe de los recursos anuales tenidos en cuenta para evaluar su concesión.
Cuando se retira la asistencia jurídica gratuita, nace la obligación de reembolso, por parte del beneficiario, del importe de la contribución pagada por el Estado. En este caso, las autoridades del Estado dictarán un requerimiento de pago contra el beneficiario, en el que se indicará cómo reembolsar las costas judiciales anticipadas por el Estado.
16 ¿Puedo impugnar la resolución que me deniega la asistencia jurídica gratuita?
Si se deniega la asistencia jurídica gratuita, puede recurrir la decisión.
Puede recurrir usted mismo o con un abogado.
Puede recurrirse la decisión de denegar completamente la asistencia jurídica gratuita o la decisión de conceder una ayuda parcial si ha solicitado la ayuda total.
El recurso debe interponerse en un plazo de 15 días a partir del traslado de la resolución.
Debe indicar en el recurso las razones por las que impugna la decisión. Por ejemplo: un error en el número de personas de su hogar o en el importe de sus recursos.
El recurso debe enviarse a la delegación de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita que dictó la resolución, por correo certificado y con acuse de recibo.
Debe adjuntar una copia de la decisión impugnada.
El servicio que dictó la resolución remite su solicitud a la autoridad competente para resolver el recurso. La autoridad competente para resolver el recurso depende del órgano jurisdiccional con competencia para conocer del asunto para el que ha solicitado asistencia jurídica gratuita.
Autoridad competente para resolver el recurso en función del órgano jurisdiccional | |
Órgano jurisdiccional | Autoridad responsable de la resolución del recurso |
Procedimiento habitual | Presidente primero del tribunal de apelación del que depende el órgano jurisdiccional que conoce del asunto o el tribunal de apelación que conoce del asunto. |
Tribunal Nacional para el Derecho de Asilo (Cour nationale du droit d'asile). | Presidente del Tribunal Nacional para el Derecho de Asilo. |
Tribunal de lo contencioso-administrativo (Tribunal Administratif) | Presidente del tribunal de apelación de lo contencioso-administrativo del que depende el tribunal. |
Tribunal de apelación de lo contencioso-administrativo (Cour administrative d'appel) | Presidente del tribunal de apelación de lo contencioso-administrativo que conoce del asunto. |
Consejo de Estado (Conseil d'État) | Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Consejo de Estado. |
Tribunal de Casación (Cour de cassation) | Presidente primero del Tribunal de Casación. |
Tribunal de Conflictos de Competencia (Tribunal des conflits) | Presidente del Tribunal de Conflictos de Competencia. |
Una vez examinado el recurso, se le traslada la resolución por correo.
Esta segunda resolución es definitiva, es decir, no se podrá impugnar.
Nota:
- El recurso presentado por un abogado ante el presidente del tribunal de apelación de lo contencioso-administrativo o ante el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Consejo de Estado debe transmitirse a través de Télérecours.
- La asistencia jurídica gratuita puede concederse de forma retroactiva cuando una parte haya emprendido una acción judicial y haya ganado la causa tras habérsele denegado la ayuda por considerarse que no tenía posibilidades razonables de ganar.
17 ¿Tiene la solicitud de asistencia jurídica gratuita el efecto de suspender el plazo de prescripción?
Con arreglo a los artículos 43 y 44 del Decreto n.º 2020-1717, de 28 de diciembre de 2020, la solicitud de asistencia jurídica gratuita interrumpe el plazo en el que puede incoarse el proceso o recurso para el que se solicita la asistencia jurídica gratuita, siempre que la solicitud de asistencia jurídica gratuita se presente en el mismo plazo. Por consiguiente, este plazo comienza a correr de nuevo después de que la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita haya emitido una resolución definitiva sobre la solicitud. Lo mismo sucede con el plazo de prescripción.
A excepción de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita del Tribunal Nacional de Asilo. La solicitud de asistencia jurídica gratuita tiene por efecto suspender el plazo de un mes, que comienza a correr de nuevo tras la notificación de la resolución por la que se concede la asistencia jurídica gratuita (artículos 9 a 4 de la Ley de 10 de julio de 1991).