Nota: El Reglamento (CE) n.º 1206/2001 del Consejo fue sustituido por el Reglamento (UE) 2020/1783 del Parlamento Europeo y del Consejo con efectos a partir del 1 de julio de 2022.
Las notificaciones realizadas en virtud del nuevo Reglamento pueden consultarse aquí.
Artículo 2 – Órgano jurisdiccional requerido
El órgano jurisdiccional requerido competente para la obtención y práctica de pruebas en Croacia es:
el Tribunal Municipal (općinski sud) en cuyo territorio deban llevarse a cabo las actuaciones procesales. La obtención y práctica de pruebas puede ser realizada por uno o varios Tribunales Municipales con la autorización del presidente del Tribunal Supremo de la República de Croacia (predsjednik Vrhovnog suda Republike Hrvatske). Puede haber uno o varios Tribunales Municipales en la demarcación territorial de uno o varios Tribunales de Distrito (županijski sudovi).
La lista de organismos receptores (prijamna mjesta) de la República de Croacia, en la que figuran los nombres, las direcciones y la demarcación territorial de los órganos jurisdiccionales competentes, puede consultarse en la base de datos de órganos jurisdiccionales disponible en el Portal Europeo de e-Justicia.
Artículo 3 – Órgano central
El órgano central responsable de a) proporcionar información a los órganos jurisdiccionales; b) solucionar problemas ante las dificultades que pudieran surgir respecto de una solicitud; c) remitir solicitudes a los órganos jurisdiccionales competentes, en casos excepcionales y a petición de un órgano jurisdiccional competente, es:
el Ministerio de Justicia de la República de Croacia (Ministarstvo pravosuđa Republike Hrvatske)
Ulica grada Vukovara 49
Tel. +385 13714000
Fax +385 13714507
Página web: https://mpu.gov.hr/
Artículo 5 – Lenguas aceptadas para la cumplimentación de los formularios
La República de Croacia acepta impresos en croata.
Artículo 6 – Medios aceptados para la transmisión de las solicitudes y de otras comunicaciones
Las solicitudes y otras comunicaciones podrán enviarse por correo postal (y, en casos excepcionales, por fax o correo electrónico).
Artículo 17 – Organismo central o autoridad o autoridades competentes responsables de las decisiones sobre las solicitudes de obtención directa de pruebas
Ministerio de Justicia de la República de Croacia
Ulica grada Vukovara 49
10000 Zagreb
Tel. +385 13714000
Fax +385 13714507
Página web: https://mpu.gov.hr/
Artículo 21 – Acuerdos o arreglos en los que sean Partes los Estados miembros y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 21, apartado 2
Relación con acuerdos o convenios existentes o futuros entre los Estados miembros – acuerdos o convenios entre la República de Croacia y otros Estados miembros:
- Tratado entre la República de Croacia y la República de Eslovenia, de 7 de febrero de 1994, sobre asistencia judicial en materia civil y penal.