Nota: El Reglamento (CE) n.º 1206/2001 del Consejo fue sustituido por el Reglamento (UE) 2020/1783 del Parlamento Europeo y del Consejo con efectos a partir del 1 de julio de 2022.
Las notificaciones realizadas en virtud del nuevo Reglamento pueden consultarse aquí.
Artículo 2 – Órgano jurisdiccional requerido
Pulse en el siguiente enlace para ver todas las autoridades competentes relacionadas con este artículo.
Listas de autoridades competentes
Artículo 3 – Órgano central
Direção-Geral da Administração da Justiça (Dirección General de la Administración de Justicia)
Av. D. João II, 1.08.01 D/E, Pisos 0, 9 a 14
PT - 1990-097 LISBOA
Tel.: (+351) 217 906 500 y (+351) 217 906 200/1
Fax: (+351) 211 545 116 y (+351) 211 545 100
Correo electrónico: correio@dgaj.mj.pt
Página web: https://dgaj.justica.gov.pt/
Artículo 5 – Lenguas aceptadas para la cumplimentación de los formularios
Las lenguas que deben utilizarse para cumplimentar los formularios normalizados son la portuguesa o la española.
Artículo 6 – Medios aceptados para la transmisión de las solicitudes y de otras comunicaciones
Las solicitudes y otras comunicaciones pueden recibirse por:
Correo postal
Fax
Medios telemáticos
En caso de urgencia, pueden utilizarse los siguientes medios:
Telegrama
Llamada telefónica (seguida de un documento escrito)
Otros medios análogos de comunicación
Artículo 17 – Organismo central o autoridad o autoridades competentes responsables de las decisiones sobre las solicitudes de obtención directa de pruebas
El órgano central es la autoridad competente para evaluar las solicitudes de obtención directa de pruebas:
Direção-Geral da Administração da Justiça (Dirección General de la Administración de Justicia)
Av. D. João II, 1.08.01 D/E, Torre H
1990-097 LISBOA
Portugal
Tel.: (+351) 21 790 62 00
Fax: (+351) 211545100/60
Correo electrónico: correio@dgaj.mj.pt
Página web: https://dgaj.justica.gov.pt/
Artículo 21 – Acuerdos o arreglos en los que sean Partes los Estados miembros y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 21, apartado 2
A efectos del artículo 21, apartado 3, se adjuntan copias del Decreto n.º 14/98, de 27 de mayo, la Circular (Aviso) 274/98 y el Registro (Listagem) n.º 73/2000, en referencia al Convenio entre la República de Portugal y el Reino de España relativo a la cooperación judicial en materia penal y civil.