Anexo I - Reglas de competencia nacionales mencionadas en el artículo 3, apartado 2, y en el artículo 4, apartado 2
en Alemania: el artículo 23 de la Ley de enjuiciamiento civil (Zivilprozessordnung).
Anexo II - Tribunales o autoridades competentes ante los que se podrán presentar las solicitudes a las que se refiere en el artículo 39
en Alemania :
a) el Presidente de una sala del Landgericht
b) un notario (Notar) en un procedimiento de otorgamiento de la ejecución de un instrumento auténtico
Anexo III -Tribunales de los Estados miembros ante los que se podrán interponer los recursos a los que se refiere en el artículo 43, apartado 2
en Alemania, el Oberlandesgericht.
Anexo IV - Recursos que podrán interponerse en virtud del artículo 44
en Alemania, una Rechtsbeschwerde.