1. Procedimientos de rectificación y anulación (párrafo 2 del artículo 10)
- En el caso de resoluciones y transacciones judiciales, así como los acuerdos en materia de obligaciones de prestar alimentos a que se refiere el artículo 4, punto 3, letra b): solicitud de rectificación o de revocación de certificado de título ejecutivo europeo ante el órgano jurisdiccional o la autoridad administrativa que lo haya expedido [artículo 419, apartados 1 y 2, del Código de Procedimientos de Ejecución (Exekutionsordnung)].
- En el caso de documentos notariales ejecutables: solicitud de rectificación ante el notario que haya autorizado el documento y, cuando esto no sea posible, al titular de la función notarial correspondiente según los artículos 119 y 146 del Estatuto del Notariado (Notariatsordnung). En el caso de la revocación del certificado autorizado por notario, tienen competencia los órganos jurisdiccionales que conocen, según la normativa procesal aplicable, de las demandas por las que se impugna la fuerza ejecutiva de los documentos notariales (artículo 419, apartado 3, del Código de Procedimientos de Ejecución).
2. Procedimientos de revisión judicial (párrafo 1 del artículo 19)
- Si el documento se notificó correctamente: una solicitud de revocación (Antrag auf Wiedereinsetzung in den vorigen Stand) de los efectos por el incumplimiento del plazo para impugnar la demanda o por la no comparecencia en una vista.
- Si el documento no se notificó correctamente: en el caso de resoluciones sujetas a un proceso de una sola fase, como un requerimiento de pago (Zahlungsbefehl) o una orden para el pago de una letra de cambio (Wechselzahlungsauftrag), una solicitud de nueva entrega (Antrag auf neuerliche Zustellung); en el caso de una sentencia en rebeldía, un recurso completo (Berufung); y en el caso de otras resoluciones basadas en el incumplimiento, un recurso de casación (Rekurs).
3. Idiomas aceptados (párrafo 2 c del artículo 20)
La lengua aceptada en virtud del artículo 20, apartado 2, letra c), es el alemán.
Además de la lengua oficial (alemán), se puede usar el húngaro ante los Tribunales de Distrito de Oberpullendorf y Oberwart, el esloveno ante los Tribunales de Distrito de Ferlach, Eisenkappel y Bleiburg y el croata ante los Tribunales de Distrito de Eisenstadt, Güssing, Mattersburg, Neusiedl am See, Oberpullendorf y Oberwart.
4. Autoridades nombradas a efectos de la acreditación de documentos públicos con fuerza ejecutiva (artículo 25)
- En el caso de los acuerdos en materia de obligaciones de prestar alimentos a que se refiere el artículo 4, punto 3, letra b): la autoridad administrativa que homologó el acuerdo;
- En el caso de documentos notariales ejecutables: el notario que haya autorizado el documento y, cuando esto no sea posible, al titular de la función notarial correspondiente según los artículos 119 y 146 del Estatuto del Notariado. En el sitio web del Consejo Federal de la Notaría de Austria (Österreichischen Notariatskammer), http://www.notar.at/, se puede encontrar la lista oficial de los notarios que ejercen en Austria.